Islas bonaerenses: qué se puede hacer y cómo serán los permisos

 


Islas bonaerenses: los productores no podrán comprar las tierras, pero sí pedir permisos con canon

El nuevo régimen de la Provincia cierra la puerta a la venta de las islas, que son bienes públicos, y ofrece a productores y ocupantes históricos permisos de uso de hasta 15 o 25 años, con canon anual, controles y actividades limitadas por criterios ambientales.

El Decreto 1.517/2026, promulgado por el gobernador Axel Kicillof el 9 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial el 16, reordena el uso de las islas del litoral fluvial y marítimo bonaerense, incluida la Martín García. Su lógica responde a un cambio jurídico: desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, en 2015, esos territorios integran el dominio público estatal, no pueden venderse ni adquirirse por el paso del tiempo. La norma crea una herramienta para que una persona, una empresa, una organización o un organismo público use un inmueble isleño por un período y una finalidad determinados, pero la propiedad seguirá siempre en manos del Estado.

Sin compra, pero con permisos
El punto más sensible es la situación de productores que llevan años instalados en tierras públicas. Algunos productores forestales habían pedido a la Provincia poder comprar los predios que ocupan. El régimen cierra esa posibilidad: en cambio, quienes desarrollen allí una actividad admitida podrán tramitar un Permiso de Uso y Tenencia Precaria y, como regla general, pagar un canon. Estos permisos pueden ser onerosos o gratuitos, según quién los pida y para qué, y buscan regularizar situaciones existentes sin convertir a los ocupantes en dueños.

Qué se puede hacer y qué no
Los permisos podrán otorgarse a personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, constituidas legalmente en la Provincia, y cada solicitud deberá fundamentar el uso pretendido con razones técnicas, económicas, sociales, culturales o de interés general. Entre las actividades consideradas compatibles figuran la ganadería extensiva controlada, la silvicultura sustentable, la producción agroecológica, el aprovechamiento forestal racional, la apicultura, el turismo sustentable, la pesca, las actividades deportivas, el transporte fluvial, la vivienda familiar y las tareas de preservación de recursos naturales. Según la información a la que accedió el medio consultado, el decreto excluye la agricultura intensiva de monocultivos, la ganadería intensiva tipo feedlot, las actividades industriales contaminantes y los desarrollos inmobiliarios de mediana o gran escala, incluidas las urbanizaciones cerradas. La minería queda prohibida salvo autorización específica de la autoridad minera bonaerense. Un permiso provincial, además, no reemplaza los estudios y habilitaciones ambientales que correspondan a cada actividad.

Plazos, canon y revocación
Como regla general, los permisos no podrán superar los 15 años, un plazo que dependerá de la actividad y deberá contemplar, por ejemplo, el ciclo productivo. El límite llega a 25 años para la producción forestal y para la vivienda familiar única y permanente, y la autoridad podrá prorrogar el permiso por un período igual si se mantiene el destino. La tenencia será precaria: la Provincia podrá revocarla por razones de oportunidad, mérito o conveniencia sin indemnización. El uso será, en principio, oneroso, con un canon anual pagadero por adelantado, que fijará y actualizará la agencia tributaria provincial según la valuación fiscal y el valor locativo del inmueble, con intervención de Fiscalía de Estado. Ante la falta de pago habrá una intimación de 30 días y luego cobro por apremio, aunque podrán autorizarse planes de cuotas. Lo recaudado se destinará a infraestructura en las islas, saneamiento y mejoramiento ambiental, conservación de recursos naturales y compra de bienes y servicios para esas tareas. Serán gratuitos los permisos para organismos públicos que desarrollen políticas públicas y para organizaciones sin fines de lucro o instituciones privadas que realicen actividades culturales o de interés público directo.

Controles y lo que falta
Los permisionarios deberán acreditar periódicamente que usan la tierra para lo autorizado y que mantienen el inmueble y su entorno en condiciones adecuadas. No podrán ceder el permiso ni alquilar el inmueble, salvo excepciones como la prevista para los municipios, ni construir o hacer mejoras sin autorización previa: las obras aprobadas pasarán al patrimonio provincial sin compensación. Si una intervención pudiera alterar los flujos de agua o generar impacto ambiental, deberán intervenir los organismos de control. Cuando un permiso termine y el ocupante no devuelva el inmueble, la Provincia podrá disponer la desocupación administrativa, incluso con fuerza pública y tras un inventario de bienes.
La implementación todavía está pendiente: el Ministerio de Gobierno debe aprobar por resolución el procedimiento para pedir permisos y desarrollar una Mesa de Entrada Digital, y la Provincia tendrá que revisar y clasificar unos 500 expedientes pendientes sobre inmuebles isleños.


Fecha de Publicación: 30/09/2026
Provincia/Región: Buenos Aires
Fuentes Consultadas: Diario Página/12, Portal Infocielo, Gobierno de la Provincia de Buenos Aires

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