La Corte dejó sin límites la venta de tierras a extranjeros

 


La Corte Suprema dejó vigente el decreto que permite la venta sin límites de tierras a extranjeros

El máximo tribunal rechazó una demanda del Centro de Ex Combatientes de Malvinas de La Plata y revocó un fallo que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras Rurales, dispuesta por el Gobierno a través de un decreto en 2023. La decisión reavivó el rechazo de la oposición y del gobernador bonaerense Axel Kicillof.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una demanda que buscaba anular la derogación de la Ley de Tierras Rurales, dispuesta por el Poder Ejecutivo a través del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. Con esa decisión, el máximo tribunal revocó la inconstitucionalidad que había declarado previamente la Cámara Federal de La Plata sobre ese artículo del decreto, y dejó firme, en los hechos, la eliminación de los límites que existían para que extranjeros compraran tierras rurales en el país.

El origen del conflicto judicial
El caso comenzó cuando el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata presentó un amparo contra el Estado Nacional para que se declarara la inconstitucionalidad y la nulidad de la derogación de la Ley 26.737, sancionada en 2011, que regulaba y limitaba la posesión, propiedad o tenencia de tierras rurales en manos de ciudadanos o empresas extranjeras. Según planteó la organización, eliminar ese marco de protección facilitaba la extranjerización del territorio y la formación de latifundios, con impacto directo sobre la soberanía nacional y la integridad territorial del país. En primera instancia, el Juzgado Nacional en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata había rechazado la presentación, por considerar que la entidad de excombatientes no tenía legitimación suficiente para litigar. Pero en marzo de 2024 la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó esa decisión, declaró la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU y ordenó registrar la causa como proceso colectivo, con el argumento de que la soberanía nacional constituye un bien colectivo. El Estado apeló entonces ante la Corte Suprema.

Qué dijo la Corte
El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, declaró procedente el recurso del Estado y rechazó la demanda del CECIM por falta de legitimación activa: consideró que no se configuró un "caso" o "controversia" judicial concreta que habilitara la intervención de los tribunales. Según explicó el tribunal, la soberanía territorial es un elemento constitutivo del propio Estado y, por eso, no puede encuadrarse como un "bien colectivo" en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, lo que impide que una asociación civil como el CECIM reclame en su representación. La Corte remarcó, de todos modos, que su decisión se limitó exclusivamente a resolver la falta de legitimación de la parte actora, y aclaró expresamente que no implica un pronunciamiento sobre la validez constitucional del artículo 154 del DNU 70/2023 ni interfiere en las facultades del Congreso para tratar la norma.

La reacción de Kicillof y la oposición
El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, calificó la decisión como "el fallo de la infamia" en un mensaje publicado en la red social X. "La Corte acaba de tomar una decisión gravísima que afecta la soberanía nacional y la voluntad popular", escribió, y agregó: "lo que no pudieron conseguir con el Congreso y con el pueblo, ahora pretenden conseguirlo a través del Poder Judicial". El gobernador recordó la movilización realizada el 6 de agosto frente al Congreso contra un proyecto impulsado por el Gobierno, denominado "Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada", que buscaba introducir modificaciones sobre la Ley de Tierras y que el Ejecutivo terminó retirando del Senado por no reunir los votos necesarios. "Detrás de los discursos fingidos, el propósito es muy concreto: entregar recursos estratégicos y subordinar los intereses nacionales a intereses extranjeros", sostuvo Kicillof, quien cerró su descargo con la consigna "¡Argentina para los argentinos!". Otros referentes de Unión por la Patria, el Partido Socialista y el Frente de Izquierda también criticaron el fallo y reclamaron que la Cámara de Diputados rechace el DNU 70/2023, tal como ya había hecho el Senado. El constitucionalista Andrés Gil Domínguez sostuvo que, a partir de esta resolución, "Argentina no cuenta con una ley que proteja las tierras rurales frente a la extranjerización", y remarcó que ahora la responsabilidad de revertir la situación queda en manos del Congreso.


Fecha de Publicación: 01/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Diario Infobae, Diario El Eco de Tandil, Diario La Nueva, Página 12

Corte Suprema ratifica el límite de 1.000 metros en Sastre

 


La Corte Suprema dejó firme la prohibición de fumigar a menos de 1.000 metros en Sastre

Ocho años después de que una nena de dos años con cáncer moviera a su comunidad contra las fumigaciones, la Corte Suprema de Justicia de la Nación cerró de manera definitiva el caso de Sastre y Ortiz, Santa Fe, y dejó firme una zona de exclusión que ya se perfila como antecedente para otros pueblos fumigados del país.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el último recurso presentado por la Municipalidad de Sastre y Ortiz, en el centro-oeste santafesino, y dejó firme la sentencia que establece una zona de exclusión de 1.000 metros para las fumigaciones terrestres con agroquímicos alrededor de toda la planta urbana, y de 3.000 metros para las aplicaciones aéreas. "El recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma. Por ello, se desestima la queja", señaló la Corte en una resolución de apenas unas líneas, publicada el 13 de agosto, que cierra ocho años de litigio.

La historia de una nena de dos años
El conflicto se remonta a 2018, cuando Zoe Giraudo fue diagnosticada con linfoma linfoblástico tipo T a los dos años. Su madre, Sonia González, relató en su momento que los médicos vincularon el cáncer con la exposición a agroquímicos: la familia vivía a metros de campos de soja y ella misma había trabajado once años en una cooperativa agrícola, con su oficina a cinco metros de un depósito de insumos químicos. Ese diagnóstico movilizó a gran parte de la comunidad de Sastre, un pueblo de poco más de 6.000 habitantes donde hasta entonces se podía fumigar a apenas 100 metros de las viviendas. Los vecinos lograron primero que el Concejo Deliberante aprobara una ordenanza que alejaba las aplicaciones a 200 metros, pero la norma fue vetada por la oposición de productores y del propio municipio, cuya intendenta, María del Carmen Amero de Brunazzo, nunca recibió a los vecinos para tratar el tema.

El camino judicial
Los vecinos autoconvocados recurrieron entonces a la Justicia con el patrocinio de la Defensoría del Pueblo, y en noviembre de 2018 el juez de San Jorge Daniel Zoso les otorgó una cautelar de 400 metros. La medida quedó frenada hasta que, en septiembre de 2020, el juez rafaelino Duilio Hail dictó sentencia firme y extendió la zona de resguardo a 1.000 metros para las aplicaciones terrestres y 3.000 para las aéreas. Desde entonces, ningún tribunal modificó esa decisión central: la Municipalidad, respaldada por productores agropecuarios que se presentaron como terceros coadyuvantes, agotó sin éxito los recursos ante la Cámara de Apelaciones de Rafaela y la Corte Suprema de Santa Fe, hasta llegar en 2024 a la Corte Suprema nacional, con el patrocinio del estudio jurídico Rondina. El Gobierno de Santa Fe intervino en el proceso como tercero interesado.

La evidencia científica detrás del fallo
El fallo de primera instancia, de 54 páginas, se apoyó en pruebas científicas que luego resistieron todas las instancias posteriores. El Instituto de Salud Socioambiental de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario, dirigido por Damián Verzeñassi, aportó un informe que documentó una tasa de cáncer en Sastre por encima de la media nacional, en base a los llamados "campamentos sanitarios". El biólogo Rafael Lajmanovich, de la Universidad Nacional del Litoral, presentó veinte años de estudios de laboratorio sobre áreas sojeras argentinas y una docena de investigaciones internacionales sobre el daño en la salud -en particular en niños- por la exposición a fumigaciones, y recomendó específicamente una zona de resguardo de 1.000 metros. También se incorporó la investigación en genética y mutagénesis ambiental de la genetista Delia Aiassa, de la Universidad Nacional de Río Cuarto. Con esa base, la Justicia aplicó el principio precautorio, que permite adoptar medidas de protección ante un riesgo de daño grave o irreversible aun sin certeza científica absoluta.

Un antecedente para otros pueblos fumigados
Aunque la Corte Suprema no fijó una doctrina propia ni se pronunció sobre el fondo del asunto -solo desestimó el recurso por falta de fundamentación autónoma-, dejó en pie un antecedente que especialistas consultados por medios locales calificaron como "una referencia obligada en materia ambiental". El fallo confirma que un amparo colectivo puede desplazar una ordenanza municipal, y que el principio precautorio alcanza para sostener una restricción de este tipo incluso frente a la incertidumbre científica sobre los efectos de los agroquímicos. Sastre y Ortiz queda así como caso testigo para los reclamos de otros pueblos fumigados de la Argentina que discutan distancias de resguardo similares.


Fecha de Publicación: 01/10/2026
Provincia/Región: Santa Fe
Fuentes Consultadas: Portal Bichos de Campo, Diario Tiempo Argentino, Diario La Capital de Rosario

El Gobierno definirá quién paga por el uso propio de semillas

 


Ley de Semillas: el Gobierno decidirá quiénes pagarán por el uso propio tras la falta de acuerdo

Tras meses de negociación entre productores y semilleras, el Gobierno quedó a cargo de definir cuántos productores pagarán por el uso propio de sus semillas en la futura Ley de Semillas, en un debate que además reabre la discusión de fondo sobre la adhesión de la Argentina al convenio UPOV 91 y su impacto sobre la agricultura familiar.

Tras una reunión con parte de los integrantes de la Mesa de Enlace y sus técnicos, la discusión por una nueva Ley de Semillas entró en una etapa de definición en manos del Gobierno. Después de tres mesas de trabajo entre representantes de la producción y la industria semillera, ambas partes expusieron ante funcionarios nacionales hasta dónde lograron acercar posiciones y cuáles son las diferencias que todavía mantienen, especialmente sobre qué productores deberían pagar por el uso propio de semillas y quiénes quedarían exceptuados. Con esa información, ahora será el Gobierno el que avance en la elaboración del proyecto que pretende enviar al Congreso.

La discusión por los deciles
Según explicó una fuente oficial a La Nación, para los cultivos de soja, trigo y arroz los productores proponen que el pago por el uso propio alcance a los deciles 1, 2 y 3 del Sistema de Información Simplificado Agrícola, mientras que los ubicados entre los deciles 4 y 10 quedarían exceptuados. La industria semillera, en cambio, plantea ampliar el universo alcanzado a los deciles 1 al 6, y exceptuar únicamente a los comprendidos entre los deciles 7 y 10. La distancia entre ambas posiciones involucra a 16.818 productores y 1.855.452 hectáreas.
El universo analizado con base en información del SISA comprende 56.065 productores y 14.582.238 hectáreas, con un promedio de 260 hectáreas por productor, aunque la distribución es muy desigual. Los 16.818 productores que integran los tres primeros deciles representan el 30% del total, pero concentran el 82,72% de la superficie registrada: es el universo que propone alcanzar la producción. Bajo ese esquema, el 70% restante -39.247 productores, que en conjunto trabajan apenas el 17,28% de la superficie- quedaría exceptuado. La propuesta de la industria, en cambio, alcanzaría a 33.636 productores (60% del universo, con el 95,44% de la superficie), dejando la excepción reservada solo para 22.429 productores de los deciles más altos, que manejan apenas el 4,56% de la superficie.

Quién estuvo en la mesa
La convocatoria, realizada por el Instituto Nacional de Semillas, tuvo una participación dispar: Federación Agraria Argentina no estuvo presente por la realización de su Congreso anual; por Confederaciones Rurales Argentinas participaron de forma virtual Pablo Ginestet y Gustavo Suter Schneider; por la Sociedad Rural Argentina estuvo Tomás Palazón, y por Coninagro, su presidente, Lucas Magnano. "El diálogo fue constructivo y permitió avanzar en varios puntos, aunque todavía persisten diferencias", describió Magnano, quien señaló que el Gobierno evaluará la información recibida, elaborará una propuesta y volverá a convocar a productores y obtentores antes de avanzar. Desde la industria semillera calificaron el proceso como "positivo" y remarcaron "una visión conjunta de entender que tenemos que salir de donde estamos", aunque reconocieron que persisten diferencias en algunos puntos.

El trasfondo: la adhesión a UPOV 91
Más allá de la discusión puntual sobre los deciles, persiste otro punto central de desacuerdo: la eventual adhesión de la Argentina al Acta UPOV 91, un marco internacional para la protección de las obtenciones vegetales. El país está adherido desde 1994 al Acta de 1978, más flexible con los agricultores, mientras que la Asociación de Semilleros Argentinos ratificó que mantiene su propuesta de adhesión al Acta de 1991 como "el norte" a seguir. Ese compromiso surgió en febrero de este año, en el marco de un acuerdo comercial con Estados Unidos, y viene generando fuerte resistencia desde entidades de agricultura familiar, campesina e indígena, que lo consideran una amenaza directa a la soberanía alimentaria.
Bajo UPOV 91, el uso propio deja de ser un derecho automático de los agricultores y puede requerir autorización expresa del obtentor, además de extenderse la protección al producto de la cosecha, no solo a la semilla original. Más de cien organizaciones, entre ellas la Red de Cátedras Libres de Soberanía Alimentaria, el Movimiento Nacional Campesino Indígena y la Unión de Trabajadores de la Tierra, reclamaron al Congreso que rechace cualquier adhesión a ese convenio. El sector hortícola y la agricultura familiar resultarían especialmente afectados: utilizan en gran medida variedades de polinización abierta y cultivares desarrollados por el INTA -como la serie UCO-, que hoy permiten el uso propio sin depender de insumos externos, algo que UPOV 91 podría limitar. Especialistas advierten además que una mayor concentración de las variedades cultivadas en manos de pocas empresas reduce la diversidad genética disponible, lo que puede aumentar la vulnerabilidad de los sistemas agrícolas frente a nuevas plagas asociadas al cambio climático. Ya en junio de este año, el Gobierno había avanzado con resoluciones administrativas que, sin modificar formalmente el texto de la Ley de Semillas vigente desde 1973, habilitaron un mayor control privado sobre las variedades genéticas sin pasar por el debate parlamentario.


Fecha de Publicación: 01/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Diario La Nación,  Portal Soberanía Alimentaria (Cátedras Libres CALISA), Instituto Nacional de Semillas (INASE)

La mortandad de ballenatos en Chubut podría ser récord

 


Advierten que la mortandad de ballenatos en Península Valdés podría ser récord este año

El Instituto de Conservación de Ballenas confirmó que los registros preliminares de esta temporada, con más de 340 crías muertas, podrían superar ampliamente el récord histórico de 2012, mientras los científicos investigan si una bacteria marina está detrás del fenómeno.

El Instituto de Conservación de Ballenas indicó que los registros preliminares de crías de ballena franca austral muertas esta temporada podrían superar el récord de 2012 en las costas de Península Valdés, Chubut. La aparición de un número inusualmente alto de ballenatos sin vida -el último, la mañana del lunes- encendió la alerta en una temporada que se extiende de junio a noviembre, y activó una investigación científica para determinar las causas.

Una cifra que ya multiplica al récord anterior
Según los datos del Programa de Monitoreo Sanitario de Ballena Franca Austral, en 2012 se habían registrado 113 ballenatos muertos, la mayor cifra documentada hasta entonces para la especie, tanto a nivel local como mundial. El año pasado, los censos habían contado un récord de 2.200 ballenas en el Golfo Nuevo, con una mortalidad de 80 ejemplares. Este año, sobre 1.200 ballenas francas registradas, datos extraoficiales ya contabilizan más de 340 ballenatos muertos a lo largo de las playas de la península, una cifra muy superior al antecedente de 2012. El instituto aclaró, de todos modos, que falta consolidar el número definitivo y analizarlo en relación con la cantidad de nacimientos de la temporada, un paso necesario para dimensionar el impacto real sobre la población.

La hipótesis de la bacteria
Según la Secretaría de Ambiente de Chubut, una de las hipótesis en estudio es la presencia de una bacteria en el ambiente marino capaz de causar una afección sistémica en los ballenatos. Una de las que se investigan es Erysipelothrix rhusiopathiae, que puede encontrarse en distintos animales y ambientes marinos y provocar enfermedades graves en cetáceos. Víctor Fratto, licenciado en Gestión Ambiental y referente en el estudio de ballenas, definió a esta temporada como "atípica": "mueren ballenas todos los años", explicó, pero remarcó que existe un programa de monitoreo de más de 20 años que permite investigar la causa de cada muerte. Comparó el fenómeno con lo ocurrido en 2022, cuando una marea roja provocó una gran mortandad y las muestras debieron analizarse a mitad de temporada. Este año, agregó, todos los casos corresponden a crías. Las muestras se enviaron al Instituto Malbrán, en Buenos Aires, y a Tandil, con resultados esperados para fines de octubre. "Hoy lo preliminar indica que es esta bacteria, que ya tiene registro en otros lugares del mundo", dijo Fratto, aunque aclaró que todavía no se sabe por qué se dio el brote este año ni por qué afecta solo a las crías.

Un antecedente que no prueba la causa
El instituto recordó que existe un antecedente en la zona: un estudio de 2016 detectó esta bacteria en lesiones asociadas a ataques de gaviotas en dos ballenatos examinados durante la temporada 2013. Esas heridas fueron consideradas una posible vía de ingreso de microorganismos, pero el propio instituto advirtió que ese hallazgo no permitió establecer cómo se infectaron esos animales ni que la infección haya sido la causa de muerte: el trabajo mostró que las lesiones pueden ser una puerta de entrada para patógenos, sin demostrar una relación causal directa.

Qué falta para tener certezas
Además de analizar las muestras de los animales muertos, el instituto remarcó que se necesitan estudios en las aguas de los golfos Nuevo y San José para investigar las condiciones ambientales que podrían afectar el bienestar de las ballenas, y un relevamiento sistemático de las costas para establecer con precisión cuántos animales murieron, evitar duplicaciones y caracterizar el evento en tiempo y espacio. Esos resultados deberán integrarse con el seguimiento de las ballenas vivas y el estudio de la dinámica poblacional a largo plazo. En su 56ª temporada de campo, el equipo del instituto y sus colaboradores continúan evaluando la condición corporal, la salud y las historias de vida de las ballenas de la península, con información acumulada durante cinco décadas sobre más de 5.500 individuos.



Fecha de Publicación: 30/09/2026
Provincia/Región: Chubut 
Fuentes Consultadas: Diario La Nación, Diario Infobae, Diario Río Negro, Agencia AFP

Guanacos en Río Negro: la ciencia pide cautela antes de cazarlos

 


Científicos del Conicet piden cautela antes de habilitar la caza de guanacos en Río Negro

Investigadores del INIBIOMA (Conicet y Universidad Nacional del Comahue) enumeraron diez condiciones científicas, sanitarias y económicas que consideran necesarias antes de permitir la extracción de guanacos para vender su carne, tras la sanción de la nueva Ley de Carnes rionegrina.

A comienzos de septiembre, la Legislatura de Río Negro aprobó una nueva Ley de Carnes que reemplaza al régimen vigente hace más de 35 años. Su artículo 15 permite procesar productos de fauna silvestre en establecimientos habilitados y abre la puerta a la carne de jabalí, especie exótica invasora, y a la de guanaco, un animal nativo. La incorporación no es automática: la autoridad provincial deberá definir cada año qué especies se autorizan, con qué cupos, en qué temporadas y en qué zonas. El régimen general se aprobó por 35 votos contra 6, pero el artículo sobre fauna silvestre dividió a la Cámara: 25 votos a favor, 16 en contra y una abstención. Frente a ese escenario, investigadores del Instituto de Investigaciones en Biodiversidad y Medioambiente, que depende del Conicet y de la Universidad Nacional del Comahue, elaboraron un informe con diez razones para actuar con cautela.

Diez reparos, sin cerrar la puerta
Los científicos no descartan de manera absoluta el aprovechamiento comercial, pero sostienen que cualquier extracción debería apoyarse en evidencia, controles y un manejo que proteja a las poblaciones. La primera condición es saber cuántos guanacos hay hoy en Río Negro y dónde están, además de sus edades, su reproducción y su mortalidad natural, para calcular cuánto podría extraerse sin afectarlos. También advierten que guanacos y ovejas tienen diferencias ecológicas, por lo que no pueden manejarse con los mismos modelos. Una crítica de fondo de organizaciones ambientalistas coincide en este punto: en Santa Cruz, donde ya se faena, la población supera el millón de ejemplares, mientras que Río Negro no cuenta con censos que la respalden.

Riesgos sanitarios y bienestar animal
La tercera razón es sanitaria: la carne puede presentar sarcocistiosis, una parasitosis asociada a especies del género Sarcocystis. Un estudio publicado en la Revista Argentina de Parasitología, realizado en Chubut, ya había señalado que los macroquistes de este parásito dificultan la comercialización de la carne de guanaco. Según Sergio Lambertucci, investigador superior del Conicet en el INIBIOMA, el problema reduce la cantidad de carne apta y encarece la producción, lo que "podría hacer que el aprovechamiento se vuelva inviable". Los investigadores piden además protocolos específicos para el arreo, la captura, el traslado y el sacrificio, incluida la protección de las hembras preñadas. La ley aprobada, por su parte, prohíbe comercializar carne de animales capturados con perros o con métodos cruentos que provoquen estrés excesivo o contaminación de las piezas.

Economía, normas y fibra
Los investigadores reclaman un análisis económico previo, con costos, ingresos, disponibilidad de animales y efectos sobre las poblaciones, para saber si esta actividad es realmente una oportunidad de diversificación productiva. También señalan las diferencias normativas entre provincias, que pueden derivar en escenarios legales y sanitarios complejos. Pablo Carmanchahi, del grupo de ecofisiología de fauna silvestre del instituto, recordó que Santa Cruz habilitó formas de venta, mientras que Chubut mantiene restricciones para la faena comercial. Otro punto es la fibra: la obtenida de animales sacrificados podría competir de manera desleal con la de ejemplares esquilados vivos, bajo prácticas sustentables y certificadas. Los científicos advierten que el mercado internacional valora cómo se obtiene la fibra, y que empresas como Loro Piana o Stella McCartney no consideran deseable la proveniente de animales sacrificados. Si la fibra de guanaco quedara asociada al sacrificio, podrían aparecer campañas de rechazo que alcancen incluso a la lana de oveja patagónica.

Convivencia con la ganadería y una pregunta ética
Sobre la competencia con las ovejas por el forraje, los científicos aclaran que no hay consenso sobre un aumento real y proponen buscar soluciones no letales para la coexistencia. Valeria Ojeda, investigadora en conservación de fauna del Conicet en Bariloche, fue directa: "el problema de los pastizales obedece al mal manejo ganadero histórico de las tierras". A su juicio, extraer guanacos no resolvería la degradación de los pastizales. La última razón es bioética: el sacrificio debe justificarse de forma sólida, como una medida fundamentada y no como un fin en sí mismo.

El mapa patagónico
El debate excede a Río Negro. Santa Cruz cuenta con el único establecimiento habilitado para faenar guanaco y trabaja en una indicación geográfica para su carne y fibra, mientras que Chubut aclaró en abril que no están habilitadas la faena ni la comercialización dentro de la provincia, y que solo podría ingresar carne santacruceña con habilitación federal. Los productores rurales rionegrinos, en cambio, valoran la ley por darles reglas claras y por ofrecer una proteína de menor costo. Con la norma ya sancionada, el próximo paso está en manos de la autoridad provincial, que deberá decidir si incluye al guanaco entre las especies autorizadas y bajo qué condiciones.


Fecha de Publicación: 30/09/2026
Provincia/Región: Río Negro
Fuentes Consultadas: Diario Río Negro, Diario Infobae, Ámbito 

Islas bonaerenses: qué se puede hacer y cómo serán los permisos

 


Islas bonaerenses: los productores no podrán comprar las tierras, pero sí pedir permisos con canon

El nuevo régimen de la Provincia cierra la puerta a la venta de las islas, que son bienes públicos, y ofrece a productores y ocupantes históricos permisos de uso de hasta 15 o 25 años, con canon anual, controles y actividades limitadas por criterios ambientales.

El Decreto 1.517/2026, promulgado por el gobernador Axel Kicillof el 9 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial el 16, reordena el uso de las islas del litoral fluvial y marítimo bonaerense, incluida la Martín García. Su lógica responde a un cambio jurídico: desde la entrada en vigencia del Código Civil y Comercial, en 2015, esos territorios integran el dominio público estatal, no pueden venderse ni adquirirse por el paso del tiempo. La norma crea una herramienta para que una persona, una empresa, una organización o un organismo público use un inmueble isleño por un período y una finalidad determinados, pero la propiedad seguirá siempre en manos del Estado.

Sin compra, pero con permisos
El punto más sensible es la situación de productores que llevan años instalados en tierras públicas. Algunos productores forestales habían pedido a la Provincia poder comprar los predios que ocupan. El régimen cierra esa posibilidad: en cambio, quienes desarrollen allí una actividad admitida podrán tramitar un Permiso de Uso y Tenencia Precaria y, como regla general, pagar un canon. Estos permisos pueden ser onerosos o gratuitos, según quién los pida y para qué, y buscan regularizar situaciones existentes sin convertir a los ocupantes en dueños.

Qué se puede hacer y qué no
Los permisos podrán otorgarse a personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, constituidas legalmente en la Provincia, y cada solicitud deberá fundamentar el uso pretendido con razones técnicas, económicas, sociales, culturales o de interés general. Entre las actividades consideradas compatibles figuran la ganadería extensiva controlada, la silvicultura sustentable, la producción agroecológica, el aprovechamiento forestal racional, la apicultura, el turismo sustentable, la pesca, las actividades deportivas, el transporte fluvial, la vivienda familiar y las tareas de preservación de recursos naturales. Según la información a la que accedió el medio consultado, el decreto excluye la agricultura intensiva de monocultivos, la ganadería intensiva tipo feedlot, las actividades industriales contaminantes y los desarrollos inmobiliarios de mediana o gran escala, incluidas las urbanizaciones cerradas. La minería queda prohibida salvo autorización específica de la autoridad minera bonaerense. Un permiso provincial, además, no reemplaza los estudios y habilitaciones ambientales que correspondan a cada actividad.

Plazos, canon y revocación
Como regla general, los permisos no podrán superar los 15 años, un plazo que dependerá de la actividad y deberá contemplar, por ejemplo, el ciclo productivo. El límite llega a 25 años para la producción forestal y para la vivienda familiar única y permanente, y la autoridad podrá prorrogar el permiso por un período igual si se mantiene el destino. La tenencia será precaria: la Provincia podrá revocarla por razones de oportunidad, mérito o conveniencia sin indemnización. El uso será, en principio, oneroso, con un canon anual pagadero por adelantado, que fijará y actualizará la agencia tributaria provincial según la valuación fiscal y el valor locativo del inmueble, con intervención de Fiscalía de Estado. Ante la falta de pago habrá una intimación de 30 días y luego cobro por apremio, aunque podrán autorizarse planes de cuotas. Lo recaudado se destinará a infraestructura en las islas, saneamiento y mejoramiento ambiental, conservación de recursos naturales y compra de bienes y servicios para esas tareas. Serán gratuitos los permisos para organismos públicos que desarrollen políticas públicas y para organizaciones sin fines de lucro o instituciones privadas que realicen actividades culturales o de interés público directo.

Controles y lo que falta
Los permisionarios deberán acreditar periódicamente que usan la tierra para lo autorizado y que mantienen el inmueble y su entorno en condiciones adecuadas. No podrán ceder el permiso ni alquilar el inmueble, salvo excepciones como la prevista para los municipios, ni construir o hacer mejoras sin autorización previa: las obras aprobadas pasarán al patrimonio provincial sin compensación. Si una intervención pudiera alterar los flujos de agua o generar impacto ambiental, deberán intervenir los organismos de control. Cuando un permiso termine y el ocupante no devuelva el inmueble, la Provincia podrá disponer la desocupación administrativa, incluso con fuerza pública y tras un inventario de bienes.
La implementación todavía está pendiente: el Ministerio de Gobierno debe aprobar por resolución el procedimiento para pedir permisos y desarrollar una Mesa de Entrada Digital, y la Provincia tendrá que revisar y clasificar unos 500 expedientes pendientes sobre inmuebles isleños.


Fecha de Publicación: 30/09/2026
Provincia/Región: Buenos Aires
Fuentes Consultadas: Diario Página/12, Portal Infocielo, Gobierno de la Provincia de Buenos Aires

Denuncian a un influencer por cazar aves protegidas en Santa Fe

 


Santa Fe impulsa multa máxima y causa penal contra un influencer acusado de cazar aves protegidas

El Ministerio de Ambiente santafesino no solo denunció penalmente al influencer que exhibía cacerías en la Laguna Setúbal, sino que además impulsa la aplicación de la multa máxima que prevé la ley provincial de fauna, por la gravedad de los hechos y la acumulación de infracciones.

El Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe presentó ante el Ministerio Público de la Acusación una denuncia penal contra Milton Fabricio Espeche, un influencer de la caza deportiva acusado de matar aves protegidas en la Laguna Setúbal y de exhibirlo durante meses en sus redes sociales. Además de la vía penal, la autoridad ambiental impulsa la aplicación de la multa máxima contemplada por la normativa, una sanción administrativa que se suma a la causa judicial. Según trascendió, el monto rondaría entre los 3 y los 3,5 millones de pesos, una cifra que los distintos reportes no terminan de precisar.

Qué se le atribuye
La denuncia se apoya en presuntas infracciones a la Ley Provincial N° 4.830 de Protección de Fauna. Entre ellas figuran la caza de especies prohibidas o amenazadas, la caza sin la licencia habilitante, la caza en departamentos y zonas no autorizadas -incluida el área de veda-, el uso de procedimientos y artes no permitidos y el incumplimiento de cupos y vedas estacionales. El caso salió a la luz por una investigación del Centro para el Estudio y Defensa de Aves Silvestres, que identificó en las imágenes al menos diez especies de patos y otras aves acuáticas, siete de ellas protegidas por ley. También sostuvo que el acusado utilizó armas de repetición y dispositivos neumáticos de aire precomprimido, y que en el material se ven animales muertos y embalsamados.

El pato crestudo, un punto central
Entre las especies mencionadas están el pato capuchino, el gargantilla, el overo, el cutirí, el cuchara, el de collar y el crestudo. Este último tiene prohibida su caza en todo el territorio argentino, por lo que su eventual captura es uno de los ejes de la presentación oficial. La organización aclaró además que el pato picazo y los sirirí sí pueden cazarse bajo determinadas condiciones, aunque las actividades denunciadas se habrían realizado fuera de temporada y sin autorización.

A metros del organismo de control
Las cacerías se habrían desarrollado en la costa este de la laguna, frente a la costanera santafesina, a unos 2.000 metros de la sede del propio Ministerio de Ambiente. Desde la organización cuestionaron que las detonaciones pasaran inadvertidas tan cerca del organismo y reclamaron reforzar los controles sobre la actividad en la provincia. Celebraron la decisión oficial de sumar la multa máxima a la causa penal, dijeron que la denuncia fue posible por la difusión pública del caso y pusieron todo el material recopilado a disposición de la Justicia.

Qué sigue
Por ahora se trata de una denuncia y no de una imputación: la causa está en manos del Ministerio Público de la Acusación, que deberá evaluar las pruebas y definir cómo avanza. Desde el Ministerio de Ambiente remarcaron que los controles del Estado son más eficaces con el acompañamiento de la comunidad, y recordaron que cualquier hecho de caza furtiva, tráfico ilegal o maltrato de fauna silvestre puede denunciarse de inmediato al 911 o por los canales oficiales de la provincia.



Fecha de Publicación: 29/09/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: La Nación, Cadena 3, Crónica 

Piden reforzar el control de fumigaciones cerca de escuelas

 


La Defensoría del Pueblo exhortó a fortalecer el control de fumigaciones cerca de escuelas

Tras una investigación de oficio sobre fumigaciones con agroquímicos cerca de establecimientos educativos en el partido de Luján, la Defensoría del Pueblo de la Nación exhortó a organismos provinciales, municipales y a ACUMAR a reforzar los controles, avanzar en estudios epidemiológicos y garantizar el monitoreo ambiental permanente.

Tras una investigación iniciada de oficio sobre fumigaciones con agroquímicos realizadas cerca de escuelas en el partido de Luján, la Defensoría del Pueblo de la Nación dio a conocer los resultados obtenidos en el barrio Santa Rosa, de Marcos Paz, y en la localidad de Carlos Keen, provincia de Buenos Aires, y solicitó informes a distintos organismos provinciales y municipales. En Marcos Paz, en abril de 2023, se registró un episodio de fumigación en un predio lindero a una escuela primaria y un jardín de infantes durante el horario escolar, que generó olores intensos y preocupación entre docentes y estudiantes. En Carlos Keen, vecinos, organizaciones sociales e instituciones educativas denunciaron en 2024 que un jardín de infantes, una escuela primaria, una escuela secundaria y una biblioteca popular debieron suspender sus actividades por fumigaciones cercanas, en lo que describieron como situaciones reiteradas.

Una infracción confirmada y un estudio sobre exposición
Durante la investigación, el Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense confirmó que, en el caso de Marcos Paz, la fumigación se había realizado dentro del perímetro de exclusión, sin receta agronómica ni la habilitación correspondiente, por lo que sancionó a la empresa responsable. La Universidad Nacional de Luján, por su parte, aportó un estudio propio que concluyó que la totalidad de las zonas urbanas del partido se encuentra a menos de 3.000 metros de cultivos fumigables, con Carlos Keen entre las localidades de mayor exposición potencial identificadas.

Organismos que no respondieron
El organismo señaló además que no obtuvo respuesta de los Ministerios de Ambiente y de Salud provinciales, ni de la Municipalidad de Luján, algo que evidenció debilidades en la articulación interinstitucional para abordar esta problemática.

Las exhortaciones a cada organismo
A partir de estos hallazgos, la Defensoría resolvió exhortar a distintos organismos a adoptar medidas concretas. Al Ministerio de Ambiente provincial le solicitó implementar programas de monitoreo ambiental de agroquímicos en agua, suelo y aire cerca de las escuelas, además de garantizar el acceso público a esa información. Al Ministerio de Salud provincial le requirió realizar estudios epidemiológicos sobre las poblaciones expuestas -especialmente niños, niñas y adolescentes, además de trabajadores rurales- y crear registros de intoxicaciones asociadas a agroquímicos. Al Ministerio de Desarrollo Agrario provincial le pidió fortalecer la fiscalización de las aplicaciones, revisar las distancias mínimas de resguardo con criterios científicos actualizados y promover la producción agroecológica como alternativa. A la Municipalidad de Luján le solicitó reforzar el control local de fumigaciones y establecer protocolos de actuación inmediata ante episodios de deriva cerca de escuelas. Por último, a la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo le pidió incorporar determinaciones específicas de agroquímicos en sus monitoreos habituales de agua y sedimentos.

Un grupo especialmente vulnerable
La Defensoría remarcó que los niños, niñas y las comunidades educativas constituyen grupos especialmente vulnerables frente a la exposición a agroquímicos, y subrayó la necesidad de fortalecer las políticas públicas de prevención, monitoreo y protección sanitaria y ambiental en todo el territorio bonaerense, no solo en los casos puntuales investigados. La resolución del organismo vuelve a poner en agenda una tensión que se repite en distintas provincias del país: la convivencia entre las actividades agrícolas y los establecimientos educativos ubicados en zonas periurbanas y rurales, donde la distancia entre los cultivos fumigables y las aulas suele ser mínima.


Fecha de Publicación: 29/09/2026
Provincia/Región: Nacional - Buenos Aires
Fuentes Consultadas: Defensoría del Pueblo de la Nación, Universidad Nacional de Luján

Ordenan medidas urgentes por residuos tóxicos en el Paraná

 


AR Zinc: la Fiscalía citará a audiencia imputativa a los dueños por los residuos tóxicos

El fiscal de San Lorenzo, Maximiliano Nicosia, confirmó que convocará a los responsables de AR Zinc por el riesgo que implican unas 800.000 toneladas de residuos tóxicos acumulados junto al río Paraná, días después de que la Justicia ordenara medidas urgentes para evitar un derrumbe de la barranca.

El fiscal de San Lorenzo, Maximiliano Nicosia, confirmó que convocará a audiencia imputativa a los responsables de AR Zinc S.A., la firma propietaria del predio de la ex Sulfacid en Fray Luis Beltrán, Santa Fe, donde se acumulan unas 800.000 toneladas de residuos tóxicos a pocos metros del Paraná. El anuncio llega poco después de que el juez Eugenio Romanini ordenara a la empresa estabilizar la barranca lindera al río y contener el pasivo ambiental. "Los vamos a citar a la audiencia imputativa", aseguró Nicosia, quien explicó que la situación es considerada de riesgo inminente y que por eso la Fiscalía pidió avanzar con medidas para detener el deterioro del lugar.

Un riesgo medido y un derrumbe previo
Los residuos contienen jarosita, plomo, arsénico y otros metales pesados. Según el fiscal, mediciones realizadas por la Universidad Tecnológica Nacional de Buenos Aires determinaron que existe peligro de derrumbe en la barranca, y recordó que en 2024 ya se desmoronó parte de ese talud. "Con las cantidades que hay, eso contamina todo el Paraná", advirtió. Agregó que el predio está prácticamente a la intemperie y que se encuentra próximo a una instalación de agua que abastece a la localidad. La resolución judicial responde por ahora a un riesgo potencial de contaminación y no a un derrame confirmado, y la Fiscalía sostuvo además que las condiciones asociadas al fenómeno de El Niño podrían aumentar la urgencia.

La posible responsabilidad penal
Nicosia explicó que ya quedó planteada la eventual responsabilidad penal de los directivos, a partir de la desobediencia a resoluciones judiciales y de las normas de protección ambiental. El antecedente central es una orden de 2022: dentro de un expediente civil iniciado en 2020, un juzgado dispuso obras de apuntalamiento de la barranca que, según se expuso en la audiencia, la empresa nunca ejecutó.

Qué debe hacer la empresa
La primera medida y la más urgente es apuntalar y sostener la barranca. También se pidió intervenir los tres depósitos donde están los residuos, con tareas de remoción y remediación del suelo, y cerrar el predio para impedir el ingreso de personas y el arrojo de basura. La firma tiene 10 días para informar si optará por retirar los residuos o tratarlos y contenerlos, y 15 días para presentar la documentación técnica, el equipo profesional y un cronograma que no podrá superar los ocho meses. Deberá además elevar informes quincenales, supervisados por la Fiscalía Regional, la Fiscalía de Estado y el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático.

Quién responde por un pasivo de seis décadas
El intendente de Fray Luis Beltrán, Mariano Cominelli, expresó su preocupación por el riesgo de derrumbe y de contaminación del agua. Explicó que el pasivo tiene una historia de unos 60 años, y que parte de esos residuos se generó cuando las normas ambientales eran distintas. "La responsabilidad cabe no solamente al titular actual, sino también a Integra Capital", sostuvo, y mencionó que Glencore mantiene responsabilidad solidaria en materia ambiental.
La planta, conocida como Sulfacid, fue fundada en la década de 1950 y llegó a ser la única fábrica de zinc electrolítico del país. Pasó a manos de Glencore en 2005, cerró en 2016 y dejó a unos 400 trabajadores sin empleo. En 2021, según los antecedentes del expediente, el predio fue adquirido por Integra Capital, el grupo que encabeza José Luis Manzano. Con la citación anunciada, la causa pasa de exigir la remediación a discutir quiénes deberán responder penalmente por ella.


Fecha de Publicación: 29/09/2026
Provincia/Región: Santa Fe
Fuentes Consultadas: Cadena 3, Portal SL24, Elonce, El Ciudadano

Plantaron 32 mil árboles nativos tras incendios en Chubut

 


Plantaron 32 mil árboles nativos en Chubut para recuperar bosques afectados por incendios

Más de 32.000 árboles nativos ya fueron plantados en 38 hectáreas de Chubut como primer paso de un plan más amplio que busca restaurar 127 hectáreas de bosque dañadas por los grandes incendios de la temporada 2014-2015, con la participación activa de comunidades mapuche de la zona.

Más de 32.000 árboles nativos ya fueron plantados en Chubut como parte de un plan destinado a recuperar sectores de bosques afectados por incendios forestales. Las primeras tareas se realizaron en Puerto Patriada, dentro de la Reserva Forestal de Usos Múltiples Lago Epuyén, con la participación de comunidades locales, organismos públicos y organizaciones ambientales. El trabajo permitió intervenir 38 hectáreas en los territorios de las comunidades Cárdenas-Caucamán y Pulgar-Huentuquidel: en el primero se plantaron 15.000 cipreses de la cordillera y 5.000 coihues en 28 hectáreas, mientras que en el segundo se incorporaron 12.000 cipreses de la cordillera en otras 10 hectáreas.

Un plan que sigue en septiembre y octubre
La selección de los lugares donde se realizaron las plantaciones fue definida mediante un proceso de consulta y trabajo conjunto: las comunidades aportaron su conocimiento sobre el territorio, mientras que los equipos técnicos analizaron las características de las áreas afectadas para determinar las estrategias de restauración. La planificación contempla ampliar la restauración durante septiembre y octubre, hasta completar un total de 109.100 ejemplares en 127 hectáreas de distintos sectores de la provincia, entre ellos 73.000 cipreses de la cordillera, 35.000 coihues y 1.100 alerces, una de las especies nativas más longevas y amenazadas de los bosques andino-patagónicos. El objetivo no es solamente reponer árboles, sino favorecer la recuperación de los bosques nativos, su biodiversidad y las funciones ecológicas que cumplen en estos ambientes, en un proceso que busca imitar el modo en que los bosques se restauran de forma natural, acelerando una recuperación que de otro modo demandaría décadas.

También apuntan a controlar especies exóticas
Además de la plantación de especies nativas, el programa contempla tareas de manejo para favorecer el establecimiento de los nuevos ejemplares, entre ellas el control y la eliminación de renovales de pino radiata, una especie exótica que se regeneró de forma espontánea en distintos sectores afectados por los incendios y que compite con la regeneración del bosque nativo.

Quiénes están detrás de la iniciativa
La iniciativa reúne a la Secretaría de Bosques de Chubut, encargada de definir y coordinar las intervenciones, y que provee los plantines a través de su propio vivero forestal "Lemú", ubicado en la localidad de El Maitén; a la Fundación Vida Silvestre Argentina, que brinda acompañamiento técnico y económico a través del proyecto ProCLIM-AR, orientado a promover vías de desarrollo bajas en carbono y resilientes al clima en el país; y a ReforestArg, una organización civil fundada en 2016 que participa de los operativos de plantación y que, desde su creación, lleva plantados más de 450.000 árboles nativos en zonas afectadas por incendios en distintas provincias. Las comunidades Cárdenas-Caucamán y Pulgar-Huentuquidel tuvieron un rol central en la identificación de los sectores a restaurar y en las jornadas de plantación.

Parte de un programa de mayor escala
Las acciones forman parte de una estrategia más amplia para recuperar sectores afectados por los incendios forestales de la temporada 2014-2015, uno de los episodios de fuego más destructivos registrados en los bosques andino-patagónicos de la provincia. El proceso se desarrolla en el marco de la actualización del Programa Integral de Manejo y Restauración de Grandes Áreas Afectadas por Incendios Forestales, con participación de organismos públicos, instituciones técnicas, organizaciones, comunidades y productores. La intervención en la zona del Lago Epuyén representa uno de los primeros pasos de un programa de mayor escala que busca avanzar progresivamente sobre las áreas dañadas, con una planificación realizada mediante un proceso de Consulta Libre, Previa e Informada con las comunidades, con el objetivo de definir las acciones de restauración a partir de las características de cada territorio y fortalecer la participación local en la recuperación y conservación de los bosques.


Fecha de Publicación: 28/09/2026
Provincia/Región: Chubut
Fuentes Consultadas: Fuego24, NoticiasNQN, Bichos de Campo

Piden que YPF intervenga para frenar la fuga tóxica en Salta

 


Exigen que YPF intervenga para frenar la fuga tóxica en Lomas de Olmedo

La situación del pozo petrolero LO X-10, abandonado por su operadora privada en el norte salteño, se agrava con una fuga constante de gases tóxicos que ya requeriría una inversión de al menos 12 millones de dólares, mientras la Fiscalía de Estado intensifica gestiones para que YPF intervenga en la remediación.

La situación del pozo petrolero LO X-10, ubicado en la zona de Lomas de Olmedo, en jurisdicción de Pichanal, en el norte de la provincia de Salta, continúa agravándose ante la fuga constante de gases tóxicos y fluidos, y un pasivo ambiental que ningún sector institucional logró resolver hasta ahora. El pozo emana de forma continua gases compuestos en un 95% por dióxido de carbono y un 5% por metano, un daño estructural que se originó tras una explosión y el posterior colapso del pozo, y que dejó sin efecto los intentos de control directo sobre la boca original del yacimiento.

Una empresa en quiebra y un vacío operativo
El pozo fue operado desde 2023 por la empresa privada President Petroleum S.A., que finalmente se declaró en quiebra y abandonó el lugar sin completar las tareas de remediación exigidas. En diciembre de 2025, el Gobierno de Salta dictó el Decreto 826/25, que declaró la caducidad de la concesión y recuperó para la provincia el manejo del área, traspasando las competencias operativas a REMSa, una empresa energética local con participación estatal, mientras se define un nuevo llamado a licitación. Pese a esa intervención formal, la contaminación continuó expandiéndose: Greenpeace documentó en la zona un bosque nativo severamente afectado, con unas 20 hectáreas secas y sin vida en el perímetro del pozo, además de riesgos de explosión e incendio por la acumulación de hidrocarburos.

El costo de la solución técnica
Según advirtió el secretario general del Sindicato de Petroleros Privados de Salta y Jujuy, Sebastián Barrios, los informes más recientes confirman que la solución definitiva ya no admite intervenciones superficiales y demandará una inversión estimada en al menos 12 millones de dólares. Los especialistas consultados determinaron que la única vía técnica viable es una perforación lateral, conocida como side track, una maniobra compleja que requiere maquinaria de última generación, personal altamente especializado en control de reventones y una logística de magnitud internacional de la que la provincia no dispone por sus propios medios. La contaminación afecta también a pobladores y puesteros rurales de parajes cercanos, como La Estrella, que debieron abandonar sus tierras ante la dificultad para respirar en la zona.

Una discusión sobre responsabilidades
Frente a la imposibilidad financiera de la provincia para afrontar una erogación de esa magnitud, algo que el propio Ejecutivo salteño reconoció en su momento, la Fiscalía de Estado intensificó las gestiones para lograr que YPF intervenga de manera directa en los trabajos de remediación. El planteo se sustenta en que el pozo forma parte del tendido histórico originalmente perforado por la petrolera de bandera durante su operación en la cuenca hidrocarburífera norte del país, lo que abre una discusión legal sobre responsabilidades compartidas. Según el principio de responsabilidad solidaria previsto en la Ley General del Ambiente, cuando se produce un daño de estas características, todas las empresas que participaron en la cadena de explotación del yacimiento -serían al menos seis, según especialistas que siguen el caso- pasan a ser corresponsables, junto con los gobiernos provincial y nacional. Mientras continúan las discusiones sobre jurisdicciones y expedientes entre los distintos organismos involucrados, la situación ambiental en Lomas de Olmedo permanece sin una solución definitiva, en un caso que organizaciones ambientales ya describieron como uno de los pasivos petroleros más graves y prolongados del norte argentino.


Fecha de Publicación: 28/09/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: El Tintero de Salta, iProfesional, Cadena 3

Protestan en Entre Ríos contra el fallo de fumigaciones

 


Protestaron contra el fallo que redujo los límites para fumigar cerca de viviendas

Familias de Colonia Ensayo y Aldea Brasilera se manifestaron frente a los Tribunales de Paraná contra el fallo del Superior Tribunal de Justicia que anuló la distancia de resguardo de 1.095 metros para fumigar cerca de sus viviendas, mientras un investigador del Conicet remarcó que la evidencia científica que sustentó esa distancia sigue vigente.

Vecinos de Colonia Ensayo y Aldea Brasilera protestaron frente a Tribunales de Paraná contra el fallo que redujo los límites para fumigar cerca de viviendas y dejó sin efecto medidas de protección que, según explicaron, habían sido reconocidas en cuatro resoluciones anteriores. Entre los manifestantes estuvieron Ariel Gareis y Gimena Rosso, quienes habían participado de los amparos presentados para impedir las pulverizaciones con agroquímicos en las inmediaciones de sus domicilios. Las familias reclamaron que se restablezca la distancia de 1.095 metros y anticiparon que acudirán a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para pedir que el caso sea revisado. "Queremos manifestarnos por las medidas de seguridad que nos sacaron. Teníamos un amparo de 1.095 metros que nos resguardaba de las pulverizaciones", explicó Gareis.

Una niña con daño genético
Gareis relató que su hija, de 10 años, tiene un daño genético acreditado mediante estudios médicos: "notaba que cada vez que pulverizaban, cuando había mucho olor, la nena se descomponía. Empecé a averiguar y terminamos viajando a Córdoba para hacerle un estudio de daño genético". El análisis confirmó alteraciones genéticas, y estudios posteriores realizados en Paraná no permitieron descartar la exposición a agroquímicos como posible factor. Los amparistas expresaron además que la decisión judicial los dejó expuestos a nuevas aplicaciones: uno de los productores ya notificó que realizaría una pulverización con un producto de banda azul, con un plazo de apenas 48 horas de aviso previo. "Para nosotros significa que en breve nos van a estar fumigando nuevamente. Nos quitaron las medidas de protección que habíamos ganado en cuatro sentencias anteriores", sostuvo Rosso.

"Un cambio jurídico, no científico"
En paralelo a las protestas, el investigador del Conicet y la Universidad Nacional del Litoral Rafael Lajmanovich remarcó que el fallo no invalida la evidencia científica detrás de la distancia de resguardo. "Una sentencia puede cambiar el marco jurídico, pero no puede cambiar los resultados científicos", sostuvo el especialista, quien lideró un estudio publicado en la revista internacional Water Environment Research sobre la cuenca del arroyo Salto. Ese trabajo, con muestreos realizados en marzo de 2022 cerca de Aldea Brasilera, halló 26 agrotóxicos junto con concentraciones de cobre, zinc y plomo que superaron los límites legales fijados por la Ley de Residuos Peligrosos para la protección de la vida acuática. Las pruebas de exposición mostraron letalidad en larvas expuestas al agua y los sedimentos, y alteraciones en biomarcadores de neurotoxicidad. "Los 1.095 metros no salieron de la nada: fueron la distancia de resguardo que el STJ estableció en 2024 sobre evidencia científica", explicó Lajmanovich, y remarcó que "no se conoce estudio alguno con evidencias demostrables que avale como seguro el fumigar a distancias menores".

De la sentencia de 2024 al nuevo fallo
En 2024, la Comuna de Colonia Ensayo había promovido una acción de amparo ambiental que derivó en resoluciones respaldadas en evidencia científica -incluido el informe de Lajmanovich- y en el dictamen de una médica forense que advirtió sobre riesgos de disrupción endocrina, malformaciones, déficit neurológico y cáncer asociados a la exposición a pesticidas. En esa oportunidad, la Justicia había aplicado el principio precautorio, el principio de prevención, el criterio in dubio pro natura y la Convención sobre los Derechos del Niño. El nuevo fallo del STJ, en cambio, rechazó los amparos del barrio Tierra Alta y de la familia de Aldea Brasilera, con el argumento de que no correspondía establecer judicialmente un régimen distinto al de la Ley provincial 11.178 sin una declaración previa de inconstitucionalidad.

Costas y próximos pasos
Los manifestantes también rechazaron que la sentencia les hubiera impuesto las costas del proceso, algo que interpretaron como una forma de desalentar nuevos reclamos: "esta sentencia es una medida de castigo porque, además, impusieron las costas a las partes. Quieren que hagamos silencio, pero no lo vamos a aceptar", sostuvo Rosso. Las familias solicitaron al juzgado que revise la resolución y mantenga las medidas de protección mientras avanza el trámite, y adelantaron que apelarán ante tribunales nacionales e internacionales. "No puede ser que en cuatro sentencias anteriores se haya considerado perjudicial fumigar a menos de 1.095 metros y ahora se sostenga que hacerlo a 10 metros es inofensivo", planteó Rosso, mientras el reclamo judicial continúa abierto en los tribunales entrerrianos.


Fecha de Publicación: 28/09/2026
Provincia/Región: Entre Ríos 
Fuentes Consultadas: Elonce, APFDigital

Buenos Aires recortó 490 hectáreas de Laguna de Rocha

 


Laguna de Rocha: la Provincia recortó 490 hectáreas y crecen las alertas por lo inmobiliario

La Reserva Natural Integral y Mixta Laguna de Rocha, en el sur del Gran Buenos Aires, perdió cerca del 30% de su superficie protegida por una modificación legislativa que organizaciones ambientales califican de "exprés" y que, advierten, favorece la valorización inmobiliaria de un humedal clave para prevenir inundaciones en el AMBA.

La Reserva Natural Integral y Mixta Laguna de Rocha, ubicada en el distrito bonaerense de Esteban Echeverría, perdió unas 490 hectáreas de su superficie protegida, cerca de un tercio del total, a partir de una modificación incorporada a la Ley de Presupuesto 2026 de la provincia de Buenos Aires. El cambio quedó plasmado en el artículo 112 de la Ley 15.557, que incorporó dos nuevos artículos a la norma original que había creado la reserva en 2012: uno autoriza al Poder Ejecutivo a precisar los límites del área mediante un "Mapa Oficial", y el otro establece que dentro de esos nuevos límites se definirán una zona intangible, una de amortiguación y una experimental. Según el Colectivo Ecológico Unid@s por la Laguna de Rocha, organización que lleva 18 años trabajando en defensa del humedal, ese "Mapa Oficial" toma como referencia únicamente los espejos de agua, dejando fuera de la protección sectores enteros de humedales, pastizales y bosques que antes formaban parte de la reserva.

Un trámite exprés y sin debate
El expediente que dio origen a la reforma fue impulsado por Pablo Domenichini, entonces diputado provincial por la UCR y hoy rector de la Universidad Nacional Guillermo Brown. Según el colectivo, la iniciativa ingresó a la Legislatura bonaerense el 25 de noviembre de 2025 y fue aprobada apenas 24 horas después, en el marco del tratamiento general del presupuesto provincial, sin un debate específico sobre sus implicancias ambientales. Gabriel Videla, integrante del colectivo, dimensionó la magnitud del recorte: "equivale a recortar todo el bosque de Palermo más otras 120 hectáreas", en referencia a que el Parque Tres de Febrero porteño tiene 370 hectáreas. Para Videla, el artículo "ignora la función del humedal porque preserva únicamente el espejo de agua y recorta el régimen de preservación", lo que en los hechos "achica el espacio para proyectos inmobiliarios".

Un humedal con funciones concretas
Antes de la reforma, la superficie protegida de la reserva alcanzaba unas 1.400 hectáreas, con nueve ambientes distintos: pastizales pampeanos, la zona lagunar, pantanos, talares y bosque nativo y exótico. Juan Correa, también del colectivo ambiental, remarcó su valor para la biodiversidad: el Club de Observadores de Aves de Esteban Echeverría "registró alrededor de 230 especies, el 80% de las que hay en la provincia". Más allá de la fauna, la laguna cumple un rol hídrico concreto como valle de inundación que regula los excesos hídricos de toda la región, y climático, al mitigar las islas de calor urbanas: según Videla, "en el sudeste del AMBA la laguna mitiga la temperatura", mientras que en la Capital Federal la masa de cemento eleva la sensación térmica hasta cinco grados, un efecto que además reduce la demanda eléctrica sobre la red en los días de mayor calor.

Un conflicto con antecedentes y sin respuesta oficial
No es la primera vez que la reserva enfrenta un intento de reducción: en 2013, otra ley le había quitado 64 hectáreas para ceder terrenos a los clubes Racing y Boca, que planeaban construir polideportivos sobre el humedal, cesión que la Suprema Corte bonaerense invalidó en 2015 por violar el principio de no regresión ambiental. Walter Martello, exdiputado provincial autor de la ley que creó la reserva y actual Defensor del Pueblo Adjunto de la provincia, cuestionó ahora la nueva reforma: "hace doce años fui autor del proyecto que dio origen a la Reserva", recordó, y afirmó que hoy rechaza este intento de modificar sus límites. Pese a los reclamos del colectivo y las consultas de la prensa, ni el Ministerio de Ambiente bonaerense ni el municipio de Esteban Echeverría respondieron sobre las medidas previstas frente a la situación. A la falta de respuesta institucional se suma la ausencia de un plan de manejo efectivo por parte del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible y de guardaparques permanentes en el área, según denunciaron desde el colectivo, mientras la reserva continúa afectada además por incendios de pastizales, caza de aves y una creciente presión habitacional en sus bordes.


Fecha de Publicación: 26/09/2026
Provincia/Región: Buenos Aires
Fuentes Consultadas: Agencia Tierra Viva, Portal EconomíaSustentable, iProfesional

Crece el conflicto por la científica censurada del INTA

 


El INTA está a un paso de exonerar a su investigadora referente en agrotóxicos

Virginia Aparicio, con 22 años de carrera en el INTA y coordinadora argentina del proyecto internacional SPRINT sobre plaguicidas, enfrenta la exoneración -la sanción más grave del empleo público- tras un proceso de tres años que incluyó la censura de sus resultados y un progresivo deterioro de sus condiciones laborales, mientras crece una campaña que reclama revertir la decisión.

Con 22 años de trayectoria en la Estación Experimental Agropecuaria Balcarce, Virginia Aparicio es ingeniera agrónoma, doctora en Ciencias Agrarias e investigadora del Conicet especializada en la detección de agroquímicos. Tiene publicaciones científicas, participó en libros y fue perito en causas judiciales sobre pueblos fumigados, entre ellas el fallo histórico de Pergamino. Ahora enfrenta un sumario administrativo cuyo expediente propone su exoneración, y el Consejo Directivo del organismo, presidido por Nicolás Bronzovich, ya la habría ratificado según trascendidos, con el expediente derivado al área de Legales.

El proyecto que originó el conflicto
El caso se remonta al proyecto internacional SPRINT ("Transición Sostenible de Protección Vegetal: Un Enfoque de Salud Global"), financiado por el programa Horizon 2020 de la Unión Europea y desarrollado entre 2020 y febrero de este año en once países, entre ellos Argentina como único caso no europeo. El INTA figuró como beneficiario argentino del convenio y, durante los primeros años, la propia institución difundió sus objetivos, resultados y la participación de Aparicio como coordinadora nacional. En 2021 se analizaron 4.573 muestras de suelo, agua, sedimentos, aire, cultivos, animales y personas, con datos recolectados en 73 participantes de zonas rurales y urbanas bonaerenses. Los resultados mostraron presencia de glifosato en la totalidad de las personas testeadas, junto con 2-4D, atrazina, clorpirifos, fipronil, imidacloprid y cipermetrina, con rangos de entre 2 y 10 plaguicidas en sangre, de 6 a 13 en orina, hasta 18 en materia fecal y entre 7 y 53 en el aire respirado por persona, además de entre 10 y 28 plaguicidas distintos en agua superficial. Según el estudio, los suelos y el agua bonaerenses presentaron concentraciones más altas que las registradas en los países europeos incluidos, y Argentina resultó el país con mayor presencia de plaguicidas de alto riesgo como el glifosato y el clorpirifos.

De la censura a la salida del proyecto
La presentación pública de los resultados argentinos estaba prevista para el 21 de junio de 2023, pero el INTA instruyó a Aparicio a suspenderla pocos días antes, con el argumento de que los estudios "exceden la incumbencia institucional". Meses después, el 7 de diciembre de 2023, el entonces presidente del organismo, Mariano Garmendia, formalizó el retiro argentino del consorcio internacional. Pese a esa salida institucional, Aparicio continuó vinculada a publicaciones científicas derivadas de SPRINT durante los años siguientes, y la campaña que reclama por su situación sostiene que la propia Agencia Europea de Investigación recomendó publicar los resultados en la herramienta de evaluación de riesgo sanitario global del proyecto, recomendación que no se habría cumplido en el país.

Un deterioro laboral sostenido
Según reconstruyó la Agencia de Noticias Tierra Viva, tras la censura de 2023 Aparicio atravesó un proceso continuo de deterioro en sus condiciones de trabajo: descensos en sus evaluaciones institucionales, cambios de funciones en su equipo sin consultarla, exclusión de reuniones y del grupo de comunicación del área, negativa a incorporarla en una nueva línea de trabajo con equipamiento que ella misma había gestionado, y una reducción de la interlocución con las autoridades de su estación experimental desde 2025. El sumario en su contra comenzó a avanzar entre fines de 2024 y comienzos de 2025, y entre los cargos atribuidos figura un supuesto perjuicio material a la administración pública. Su abogado, Mario Bolla, cuestiona esa acusación y sostiene que la investigación fue financiada por la Unión Europea y había atravesado todas las instancias institucionales del INTA antes de ser aprobada, y anticipó que recurrirán a la Justicia si se confirma la exoneración. "Me quitan todo, con un proceso en el que me condenaron desde el inicio del sumario", resumió Aparicio.

Una campaña por su continuidad
Organizaciones de pueblos fumigados, asambleas ambientales, entidades científicas y los gremios APINTA y ATE impulsan actualmente una campaña para reclamar que no se concrete la exoneración. Desde APINTA remarcaron que "la investigación científica debe poder desarrollarse con libertad, transparencia y respaldo institucional" y recordaron que la suspensión de 2023 ya había generado preocupación gremial en su momento. El caso plantea una discusión que excede la situación individual de Aparicio: qué investigaciones puede desarrollar un organismo estatal dedicado al sector agropecuario, quién define sus prioridades, y qué ocurre cuando los resultados de esa ciencia ponen en cuestión prácticas extendidas del modelo productivo agroindustrial.



Fecha de Publicación: 26/09/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Portal ANRed, Agencia de Noticias Tierra Viva, Página/12 (Radio 750), Bichos de Campo

Blog del Foro Ambiental Córdoba

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