Rechazan amparos sobre controversial audiencia pública

 


La Justicia ratificó la realización de la audiencia pública de PSJ Cobre Minero en Uspallata

Fecha de Publicación: 31/07/2025
Fuente: Los Andes
Provincia/Región: Mendoza


La Justicia provincial ratificó la realización de la audiencia pública del proyecto minero PJS Cobre Mendocino, que se llevará adelante el próximo sábado 2 de agosto, en las inmediaciones del yacimiento, en la alta montaña de Uspallata.
La Asociación Civil Oikos Red Ambiental y el exsenador provincial Marcelo Romano presentaron acciones de amparo ambiental para que se ordene como medida cautelar la suspensión de la audiencia pública y la autoridad ambiental minera convoque otra en un “lugar de fácil acceso” como el centro urbano de Uspallata.
Particularmente la ONG sostenía que se generaba “un daño irreparable a los derechos colectivos de participación ciudadana efectiva, acceso a la información pública y a un ambiente sano, consagrados en el Acuerdo de Escazú”.
La jueza Cecilia Landaburu, del Tribunal de Gestión Nº 2, respondió que “según surge del informe evacuado por la parte demandada, toda la documentación técnica del proyecto —incluyendo el Informe de Impacto Ambiental, dictámenes de organismos provinciales y nacionales e informes sectoriales— está disponible en el sitio oficial de la Autoridad Ambiental Minera, integrada por la Dirección de Minería y la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental”.
“Por otra parte, se ha dispuesto que los oradores intervendrán en orden cronológico según su inscripción. Primero, lo harán quienes participen de manera presencial y, una vez finalizadas esas exposiciones, será el turno de los inscriptos en la modalidad virtual. El listado de oradores y el cronograma se publicarán en los sitios oficiales del Gobierno”, agregó.
Luego, añadió más detalles de la audiencia pública y afirmó que “para quienes deseen seguir el evento sin intervenir, la audiencia será transmitida en vivo por el canal de YouTube del Ministerio de Energía y Ambiente”.
“A la luz de lo arriba transcripto, no advierto prima facie el humo de buen derecho que justifique la procedencia de la medida bajo análisis, siendo insuficiente el simple temor subjetivo de los peticionantes, quienes no han aportado elementos ajenos a su mera subjetividad, que permitan tener por acreditado que existe un riesgo cierto de afectación a los derechos a la información y a la partición política de los amparistas”, sostuvo la jueza-
Y completó: “Como consecuencia de lo expuesto y siendo innecesario entrar al análisis de los demás requisitos que determina la ley para la viabilidad de una medida precautoria, corresponde el rechazo de la misma”.
Este martes la ministra de Energía y Ambiente, Jimena Latorre, celebró el fallo citando el principal argumento de la jueza y afirmó que “la audiencia sigue en pie”.
.

0 comentarios:

Blog Archive

Temas

Archivo de Blogs