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La ley de biocombustibles llega a Diputados con disputa

 


La ley de biocombustibles llega a Diputados con apoyo al bioetanol y disputa por el biodiésel

La Comisión de Energía recibió a las cámaras del sector: el bioetanol y las aceiteras respaldaron el proyecto con media sanción, mientras las pymes del biodiésel advierten que la apertura del mercado a las exportadoras las llevaría a la quiebra.

La nueva ley de biocombustibles comenzó su tratamiento en la Cámara de Diputados con un amplio apoyo a la suba de los cortes obligatorios, pero con una disputa abierta en torno al biodiésel. La Comisión de Energía y Combustibles, que preside el diputado Facundo Correa Llano, de La Libertad Avanza, recibió el martes a representantes del sector para debatir el proyecto, que ya obtuvo media sanción en el Senado con 41 votos a favor y 25 en contra.
La iniciativa eleva de manera gradual los cortes obligatorios de biocombustibles: el biodiésel mezclado con el gasoil pasará del 7,5% al 10%, y el bioetanol en las naftas subirá del 12% al 15% en un plazo de doce meses. El punto conflictivo es que las grandes empresas exportadoras, hoy excluidas, podrán ingresar al mercado interno de biodiésel con una transición hasta 2036, lo que reduce la porción reservada a las pymes.

El respaldo de los bloques y el bioetanol
Los diputados cordobeses Gabriel Bornoroni, jefe del bloque libertario, y Carolina Basualdo, de Provincias Unidas, defendieron la sanción del proyecto. Bornoroni sostuvo que la norma salda deudas con el interior y garantiza previsibilidad a los productores, y resumió el espíritu del cambio: “Pasamos de un Estado que reparte a un mercado que crece”.
El sector del bioetanol, que obtiene su materia prima del maíz y la caña de azúcar, respaldó la iniciativa. Patrick Adam, director ejecutivo de la Cámara de Bioetanol de Maíz, consideró que la ley vigente está agotada y no contempla los avances tecnológicos ni los nuevos mercados: “Pasamos de ser pioneros en biocombustibles a ser rezagados”, advirtió. Según su visión, el proyecto elimina cupos y fórmulas de precios, promueve la competencia mediante licitaciones públicas y abre la actividad a nuevas inversiones.
Jorge Feijoo, presidente del Centro Azucarero Argentino, destacó que el bioetanol es decisivo para la actividad azucarera y que el texto recogió los reclamos del sector. También apoyaron el proyecto la cámara de pymes productoras y expendedoras de biocombustibles Biopyme, la Asociación de Maíz y Sorgo Argentino, la Bolsa de Cereales de Córdoba y la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina.

La pelea por el biodiésel
El biodiésel concentró las diferencias. Federico Martelli, director ejecutivo de la Cámara de Empresas Pymes Regionales Elaboradoras de Biocombustibles (Cepreb), advirtió que las plantas de Buenos Aires, La Pampa, Entre Ríos y San Luis elaboran el 65% del corte obligatorio y que, si la norma no se modifica, quedarán al borde de la quiebra. Aunque coincidió en la necesidad de modernizar el régimen, sostuvo que eso no puede significar “mandar a la quiebra a 25 pymes y concentrar el negocio en seis aceiteras”.
En la misma línea se pronunciaron representantes de la Cámara Panamericana de Biocombustibles Avanzados, la Asociación Argentina de Biocombustibles e Hidrógeno y la Cámara Santafesina de Energías Renovables, que apoyan una nueva ley, pero con cambios al texto aprobado por el Senado.
Del otro lado, Gustavo Idígoras, presidente de la cámara aceitera, defendió la apertura del mercado y sostuvo que el régimen actual, sin competencia, perjudica a la Argentina cuando intenta abrir mercados externos para sus biocombustibles.
El diputado Eduardo Falcone, del MID, valoró el amplio consenso que tuvo la iniciativa, aunque reconoció la necesidad de encontrar una solución para las pymes del biodiésel.

Qué está en juego
Según los datos de Cepreb, la reforma reduciría casi a la mitad la producción de las pymes, podría provocar el cierre de 14 de sus 25 plantas y pondría en riesgo unos 9.500 empleos directos e indirectos en el interior del país. Las grandes aceiteras, en cambio, controlan la materia prima, que representa alrededor del 80% del costo de producción del biodiésel.
Más allá de la disputa económica, el debate tiene una dimensión ambiental. Los biocombustibles reducen las emisiones de gases de efecto invernadero del transporte en comparación con los combustibles fósiles, por lo que el aumento de los cortes obligatorios representa un avance para la descarbonización. La discusión de fondo es quién producirá ese combustible: si un entramado de pymes distribuido en distintas provincias o un grupo reducido de grandes empresas exportadoras concentradas en el polo agroindustrial.
Si Diputados aprueba el proyecto sin cambios, se convertirá en ley; si introduce modificaciones para atender el reclamo de las pymes, deberá volver al Senado.


Fecha de Publicación
: 24/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Diario Clarín, Diario Página/12, Cámara de Diputados de la Nación, Cámara de Empresas Pymes Regionales Elaboradoras de Biocombustibles (Cepreb).


La agenda ambiental quedó relegada en el Congreso

 


Un informe advierte que la agenda ambiental quedó relegada en el Congreso durante 2026

El balance del Círculo de Políticas Ambientales señala que, de las 24 leyes sancionadas hasta septiembre, la de mayor peso ambiental fue la reforma de la Ley de Glaciares, a la que considera un retroceso en la protección.

La agenda ambiental volvió a quedar en un segundo plano en el Congreso de la Nación durante 2026. Así lo advierte el “Balance de actividades en el Congreso” elaborado por el Círculo de Políticas Ambientales (CPA), que analizó el trabajo legislativo desde el inicio del período ordinario de sesiones hasta septiembre y lo describió como una actividad de “intensidad desigual, fragmentada y con avances limitados”.
En ese lapso, el Poder Legislativo sancionó 24 leyes. Entre ellas, la de mayor impacto ambiental fue también la más cuestionada: la reforma de la Ley de Glaciares, que el informe considera un retroceso en el nivel de protección de los glaciares y del ambiente periglacial.

La reforma de la Ley de Glaciares
La modificación de la Ley 26.639, de presupuestos mínimos para la protección de los glaciares, fue sancionada en abril por la Cámara de Diputados con 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones, en medio de protestas, y promulgada por el Poder Ejecutivo ese mismo mes. La nueva norma limita la protección a los cuerpos de hielo y zonas periglaciares que tengan una función hídrica “efectiva y relevante”, en lugar de resguardarlos como reservas estratégicas de agua.
Además, traslada a las provincias buena parte del control que antes ejercía el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), y establece que las actividades industriales y extractivas solo quedarán prohibidas cuando impliquen una “alteración relevante” del ambiente, un concepto que deberá definir cada jurisdicción. Organizaciones ambientales advirtieron que el cambio abre la puerta a la minería en zonas antes protegidas y pone en riesgo el agua de regiones como Cuyo.

Pocos avances
Entre los escasos avances, el informe destaca la ratificación de dos acuerdos internacionales: uno vinculado al Convenio de Basilea, que regula los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos, y el Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto de la FAO, una herramienta clave para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, un problema que afecta especialmente al Mar Argentino.
También menciona que, el 8 de septiembre, tres comisiones del Senado firmaron un dictamen conjunto sobre mercados de carbono, aunque el tema todavía no llegó al recinto.

Una deuda que se arrastra
El diagnóstico no es nuevo. En sus balances anteriores, el CPA ya había señalado que el Congreso no sancionó ninguna ley ambiental en 2024, salvo una declaración de emergencia por los incendios en Córdoba, y que en la primera mitad de 2025 tampoco se aprobó ninguna. En aquel momento, la directora de la organización, María Eugenia Testa, advirtió que nunca habían visto tan poca actividad en las comisiones.

Los temas pendientes
El informe enumera una larga lista de cuestiones que siguen sin tratamiento. Entre ellas figuran la transición energética, el hidrógeno verde o de bajas emisiones, la eficiencia energética, la gestión de envases, la prevención de incendios forestales y la trazabilidad de la actividad pesquera. También señala la posible discusión del Acuerdo sobre la Biodiversidad Marina fuera de las Jurisdicciones Nacionales, conocido como BBNJ o Tratado de Alta Mar, que busca proteger los océanos más allá de las aguas territoriales.
El otro gran desafío será el Presupuesto Nacional 2027, que definirá cuántos recursos tendrán la conservación de áreas protegidas, el combate de incendios, la transición energética y los organismos de control ambiental.

Un escenario con nuevas discusiones
Mientras tanto, otros debates con fuerte impacto ambiental comenzaron a moverse en las últimas semanas. En el Senado, un plenario de comisiones empezará a analizar proyectos para regular el cierre de minas, y en Diputados avanza el tratamiento de la reforma del régimen de biocombustibles y la restitución de la Ley de Tierras Rurales, que limita la compra de tierras por parte de extranjeros.
El balance del CPA expone una paradoja: mientras la crisis climática y la pérdida de biodiversidad se aceleran, con inundaciones, sequías e incendios cada vez más frecuentes en el país, la agenda ambiental sigue relegada en el Congreso, donde las pocas leyes aprobadas en la materia apuntaron más a flexibilizar protecciones que a reforzarlas.


Fecha de Publicación
: 22/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Portal Economía Sustentable, Círculo de Políticas Ambientales (CPA), Congreso de la Nación Argentina.

Misiones limita la tenencia de animales exóticos

 


Misiones limita la tenencia de animales silvestres y solo permitirá vender seis especies exóticas

Una resolución del Ministerio de Ecología provincial creó un registro único de fauna, fijó un tope de cinco animales por persona y prohibió el ingreso de especies invasoras o protegidas, para frenar el tráfico y proteger la biodiversidad.

Misiones puso límites a la tenencia y la venta de animales silvestres y exóticos. A través de la Resolución 367, publicada en el Boletín Oficial el 16 de octubre, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables provincial creó un registro obligatorio, fijó un tope de cinco animales vivos por persona y redujo a solo seis las especies exóticas que podrán comercializarse en la provincia.
La norma regula el ingreso, la permanencia, la tenencia y la comercialización de fauna silvestre, tanto nativa como exótica. Sus objetivos son prevenir el tráfico ilegal de animales, proteger la biodiversidad, reducir los riesgos para la salud pública y evitar que especies foráneas se establezcan en los ambientes naturales de la provincia. Según el texto de la resolución, la regulación de las especies exóticas debe realizarse “bajo criterios preventivos y precautorios”.

Solo seis especies a la venta
La resolución establece una lista positiva, es decir, un listado cerrado de las únicas especies exóticas que podrán venderse. Incluye cuatro aves, la cotorrita australiana, la cacatúa ninfa, el canario y el diamante cebra, y dos reptiles, el gecko leopardo y el dragón barbudo. Su comercialización estará sujeta a requisitos legales, sanitarios y de identificación, y solo podrá hacerse en veterinarias y agroveterinarias autorizadas.
Quedan fuera de ese régimen los loros habladores, las cotorras autóctonas, las tortugas, las boas y otras serpientes. Además, se prohíbe el ingreso y la permanencia en la provincia de ejemplares y material biológico reproductivo de especies restringidas o prohibidas, como las incluidas en los listados de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) y en las listas de especies exóticas invasoras.
En cuanto a la fauna nativa de Misiones, no se otorgarán nuevas autorizaciones de tenencia, salvo en casos excepcionales debidamente justificados.

Un registro único
La norma crea el Registro Único de Fauna (RUFA), que estará a cargo de la Dirección de Biodiversidad y tendrá dos secciones: una para los particulares que tengan animales silvestres y otra para los comercios autorizados a vender las especies permitidas. La autoridad podrá exigir anillos, microchips u otros métodos de identificación, además de la acreditación del origen legal de cada ejemplar. La inscripción, sin embargo, no habilita por sí sola a tener, criar, trasladar ni vender animales: para eso se necesitan permisos específicos.
La tenencia particular queda limitada a cinco animales vivos por persona o entidad registrada. Si varias personas inscriptas conviven en un mismo domicilio, el total también será de cinco, salvo excepciones justificadas. Para obtener la autorización, los interesados deberán presentar documentación que acredite el origen legal, un informe sanitario firmado por un veterinario, fotos del animal y de su alojamiento, y un plan de manejo elaborado por un profesional que contemple nutrición, ambiente, salud física, comportamiento y estado mental. Las autorizaciones deberán renovarse cada año, en abril, y las muertes deberán informarse dentro de los cinco días hábiles.

Plazos para regularizar
Quienes ya tengan animales alcanzados por la norma tendrán dos meses para inscribirse, y los comercios, tres. La inscripción no garantiza la aprobación: el Ministerio evaluará el origen, la especie, la documentación y las condiciones de alojamiento. Los casos de maltrato, abandono, negligencia grave o condiciones incompatibles con el bienestar animal quedarán excluidos de la regularización, y podrán derivar en medidas de protección, secuestro preventivo o decomiso de los ejemplares. Los animales que ingresen desde otras provincias deberán acreditar su origen legal y cumplir requisitos de documentación, sanidad e identificación.

La presión sobre la selva
La medida se suma a los esfuerzos de la provincia contra la caza furtiva y el tráfico de fauna en la selva paranaense, uno de los ambientes con mayor biodiversidad del país. Según datos difundidos en el Día Provincial del Guardaparque, que se celebró el 19 de octubre, más de 120 guardaparques protegen 22 parques provinciales, y en lo que va del año se labraron más de 200 actas de infracción, se secuestraron 25 armas y se desmantelaron más de 100 campamentos ilegales.
“Encontramos muchas infracciones de caza furtiva adentro del área”, contó Fabio Malosch, guardaparque del Parque Provincial Salto Encantado, quien explicó que buena parte de esa caza se destina a la comercialización de mamíferos y peces en grandes cantidades.


Fecha de Publicación
: 22/10/2026
Provincia/Región: Misiones 
Fuentes Consultadas: Portal Canal Doce Misiones, Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones, Boletín Oficial de la Provincia de Misiones.

El Senado debate una ley para el cierre de minas

 


El Senado debate una ley para regular el cierre de minas con garantías ambientales y financieras

Un plenario de comisiones analizará este miércoles tres proyectos que buscan llenar el vacío legal sobre qué ocurre con los yacimientos cuando terminan de producir, con planes obligatorios y fondos para remediar los sitios.

El Senado de la Nación comenzará a debatir este miércoles una deuda pendiente de la regulación minera argentina: qué ocurre con las minas cuando terminan de producir. El plenario de las comisiones de Minería, Energía y Combustibles y de Ambiente y Desarrollo Sustentable analizará tres proyectos que buscan establecer reglas para el cierre de minas, con planes obligatorios desde el inicio de la actividad y garantías financieras que aseguren la remediación de los sitios.
La reunión está prevista para el miércoles 21 de octubre a las 15, en el Salón Azul del Palacio Legislativo. El punto de partida es un diagnóstico compartido por las tres iniciativas: la Argentina no tiene una regulación específica y uniforme sobre el cierre de minas. El tema aparece solo de manera indirecta en la legislación ambiental minera, sin procedimientos, responsabilidades ni garantías detalladas.

Tres proyectos en debate
El primero de los textos, el S-285/25, pertenece al fallecido senador chaqueño Antonio Rodas y propone una ley de presupuestos mínimos de protección ambiental para el cierre de minas. Define el plan de cierre como un instrumento de gestión ambiental destinado a rehabilitar las áreas afectadas por la actividad y exige la constitución de garantías financieras. Alcanzaría a las nuevas unidades mineras y a las que reinicien operaciones una vez vigente la norma.
Los otros dos proyectos plantean un camino distinto: incorporar al Código de Minería un título específico denominado Régimen de Cierre de Minas. Uno de ellos, el S-257/26, lleva la firma de los senadores Flavio Fama, de Catamarca, y Edith Terenzi, de Chubut. El otro, el S-525/26, es de la senadora catamarqueña Lucía Corpacci. En la Cámara de Diputados también hay una iniciativa sobre el tema, el expediente 5793-D-2025.

Qué proponen
Las iniciativas coinciden en exigir que las empresas presenten un plan de cierre al comienzo de la actividad, junto con el informe de impacto ambiental, y que lo actualicen de manera periódica durante la vida útil del yacimiento. Los proyectos de Fama y Corpacci obligan, además, a constituir fondos o instrumentos financieros específicos para cubrir los costos del cierre y del poscierre, que el Estado podría ejecutar si la empresa no cumple.
Ambas propuestas también crean mecanismos fiduciarios o fondos permanentes para financiar el monitoreo ambiental una vez concluido el poscierre, cuando ya no hay actividad pero los riesgos de contaminación pueden persistir durante décadas. La iniciativa de Fama y Terenzi incluye, por otra parte, la obligación de que la autoridad de aplicación institucionalice procedimientos de participación ciudadana antes de aprobar cada plan y garantice el acceso público a la información.

Las minas que quedaron atrás
La falta de reglas claras tiene consecuencias visibles. En la Puna del noroeste argentino, las minas La Concordia, La Poma y Pan de Azúcar dejaron de operar sin un plan de cierre adecuado. Un estudio publicado en la Revista Mexicana de Ciencias Geológicas detectó en esos sitios drenaje ácido de mina, un proceso por el cual los sulfuros de los residuos se oxidan con el agua y el aire y liberan metales pesados. La contaminación alcanzaba aguas superficiales, suelos, sedimentos y vegetación, y los autores advirtieron que el daño continuará si no se realizan tareas de remediación.
El debate no es nuevo en el Congreso. En 2022, el Senado ya había analizado proyectos sobre el tema, con la participación de funcionarios de Catamarca, provincia que desarrolló su propia normativa a partir del cierre de Bajo de la Alumbrera, tras más de 15 años de producción. Sin embargo, aquellas iniciativas no llegaron a convertirse en ley.

La comparación con los países vecinos
Los fundamentos de los proyectos señalan que Chile y Perú cuentan desde hace años con leyes específicas sobre el cierre de faenas mineras, mientras la Argentina mantiene un vacío legal. En Perú, la Ley 28.090, vigente desde 2003 y actualizada en 2025, obliga a las empresas a presentar planes de cierre y a constituir garantías financieras. En Chile, la Ley 20.551, en vigor desde 2012 y fiscalizada por el Servicio Nacional de Geología y Minería, estableció exigencias similares.
El debate llega en un momento de fuerte expansión de la actividad minera en el país, impulsada por el cobre y el litio, con grandes proyectos en provincias cordilleranas. Para las comunidades cercanas a los yacimientos, la discusión es clave: define quién se hará cargo de los residuos, las escombreras y los diques de colas cuando las empresas se vayan, y si el costo de la remediación recaerá sobre ellas o sobre el Estado.


Fecha de Publicación
: 20/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Portal Parlamentario, Portal Chubutline, Portal Futuro Sustentable, Senado de la Nación Argentina

Desmontan 1.800 hectáreas junto al Parque Loro Hablador

 


Denuncian el desmonte de 1.800 hectáreas de bosque protegido junto al Parque Loro Hablador, en Chaco

Aves Argentinas detectó por satélite la destrucción de bosque nativo en una zona donde la ley prohíbe desmontar, que continuó aun después de que las autoridades secuestraran topadoras en el predio.

Unas 1.800 hectáreas de bosque nativo fueron arrasadas en el Chaco Seco, en un predio que linda con el Parque Natural Provincial Loro Hablador, en el departamento Almirante Brown. La denuncia la presentó Aves Argentinas ante las autoridades provinciales, a partir del análisis de imágenes satelitales, y la organización advierte que la superficie afectada podría ser todavía mayor.
“La gravedad del caso es extrema”, señaló la entidad en su presentación. El desmonte ocurrió en una zona que el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la provincia clasifica en la categoría II, de color amarillo. Según la Ley Nacional de Bosques, esa categoría corresponde a áreas de valor de conservación medio, donde se admiten usos sostenibles como el aprovechamiento forestal controlado, el turismo o la investigación, pero no el desmonte, es decir, la eliminación total del bosque para cambiar el uso del suelo.

Un sitio clave para la biodiversidad
La ubicación del predio agrava el daño. Además de lindar con el Parque Loro Hablador, el área integra la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Copo, en Santiago del Estero, y forma parte de un corredor de conectividad entre ambas áreas protegidas. Esos corredores permiten el desplazamiento de la fauna en una región cada vez más fragmentada por el avance de la frontera agropecuaria.
En ese bosque habitan especies emblemáticas y amenazadas. El tatú carreta y el pecarí quimilero son Monumentos Naturales Provinciales; el loro hablador, que da nombre al parque, cuenta con protección provincial, y el yaguareté, Monumento Natural Nacional, tiene en este sector parte de su Paisaje Óptimo de Conservación. El lugar está reconocido además como Área Importante para la Conservación de las Aves (AICA), y Aves Argentinas propuso que se lo designe como Área Clave para la Biodiversidad.
La organización estimó que la destrucción de ese bosque podría liberar más de 520.000 toneladas de dióxido de carbono. El cálculo toma un valor de unas 290 toneladas por hectárea, a partir del Nivel de Referencia de Emisiones Forestales que la Argentina presentó en 2019 ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, y no incluye el carbono almacenado en el suelo, por lo que se trata de una estimación conservadora.

Las topadoras siguieron
El caso ya había llegado a las autoridades. El 8 de septiembre, personal de la Dirección de Bosques del Chaco, junto con la Policía Rural, secuestró en el lugar cuatro topadoras y dos cadenas de 100 metros, herramientas típicas del desmonte. Sin embargo, según la denuncia, las imágenes del satélite Sentinel-2 posteriores al operativo indican que la destrucción continuó, por lo que las medidas no habrían alcanzado para frenarla. El relevamiento tiene fecha de corte el 22 de septiembre.
Ese mismo día, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia restableció la medida cautelar que suspende los desmontes en toda la provincia, en el marco de la causa conocida como “Mafia del Desmonte”, iniciada por la Fiscalía Federal por presuntos permisos irregulares de cambio de uso del suelo y recategorizaciones en áreas protegidas. Esa suspensión había sido dictada en agosto de 2024 por el Juzgado Federal N.º 1 de Resistencia, que en agosto de este año la levantó tras la aprobación de un nuevo ordenamiento territorial. La Cámara revocó esa decisión al considerar que un cambio normativo no demuestra por sí solo que el riesgo haya desaparecido.

Los reclamos
Aves Argentinas pidió una inspección urgente del predio, el cese de cualquier tarea de desmonte, limpieza, quema o habilitación productiva y que se mantenga el secuestro de la maquinaria. También reclamó monitoreo satelital permanente, la publicación de las autorizaciones y actuaciones administrativas vinculadas al terreno, la restauración del bosque y que se informe al juzgado federal. Para el parque y los predios vecinos, solicitó reforzar controles y patrullajes y crear un sistema de alerta temprana.
La organización tiene un convenio con la Subsecretaría de Ambiente provincial para la conservación de estos sitios, y aclaró que ese acuerdo no implica avalar la destrucción del bosque. Hasta el momento, el gobierno chaqueño no respondió públicamente a la denuncia.
El caso se suma a una larga historia de pérdida de bosques en el Gran Chaco, uno de los frentes de deforestación más activos del Sur Global, donde las normas de protección conviven con desmontes que avanzan incluso en las zonas donde están prohibidos.


Fecha de Publicación
: 19/10/2026
Provincia/Región: Chaco
Fuentes Consultadas: Portal Noticias Ambientales, Portal Economía Sustentable, Portal La Política Ambiental, Aves Argentinas, Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.

Ley de Tierras: el Gobierno acepta restituir los límites

 


El Gobierno acepta restituir la Ley de Tierras y los límites a la venta de campos a extranjeros

Para evitar una derrota en Diputados y retener a sus aliados, La Libertad Avanza incorporó al proyecto de Propiedad Privada dos artículos que derogan el artículo 154 del DNU 70/2023 y devuelven plena vigencia a la Ley 26.737.

El Gobierno nacional dio marcha atrás con una de las medidas emblemáticas del inicio de la gestión de Javier Milei. La Libertad Avanza aceptó restituir la Ley 26.737 de Tierras Rurales, que limita la compra de campos por parte de extranjeros y que había sido derogada por el decreto de necesidad y urgencia 70/2023. El giro se concretó en Diputados, en medio de la negociación para evitar una derrota frente a la oposición y asegurar el respaldo de sus aliados al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada.
La restitución quedó incorporada al dictamen de mayoría de esa iniciativa, que obtuvo media sanción del Senado a comienzos de agosto. A propuesta del diputado radical Diógenes González, en el plenario de las comisiones de Legislación General y Asuntos Constitucionales se sumaron dos artículos: el 38, que deja sin efecto el artículo 154 del decreto 70/2023, y el 39, que restablece la plena vigencia de la Ley de Tierras. Con el apoyo del PRO y la UCR, el oficialismo reunió 34 firmas para el dictamen.

Qué establece la Ley de Tierras
Sancionada en diciembre de 2011, la Ley 26.737 impide que las personas o empresas extranjeras sean titulares de más del 15% de las tierras rurales del país, un límite que también se aplica a cada provincia y a cada departamento. Además, los propietarios de una misma nacionalidad no pueden concentrar más del 30% de esa superficie habilitada. La norma también restringe la compra por extranjeros de inmuebles rurales que contengan o linden con cuerpos de agua de envergadura y permanentes, y fija limitaciones en las zonas de seguridad de frontera.
El cambio de posición del oficialismo es notorio. Al comienzo de la gestión, el decreto 70/2023 eliminó por completo esas restricciones. Luego, durante el tratamiento en el Senado, el Gobierno pasó a proponer que el tope para extranjeros subiera del 15% al 25%. Ahora acepta volver al esquema original.

Idas y vueltas judiciales
La decisión llega después de semanas de vaivenes judiciales. A fines de septiembre, la Corte Suprema había dejado firme la derogación al rechazar, por falta de legitimación, la demanda del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata. Pero el 9 de octubre, en otra causa iniciada por la organización Árbol de Pie, dispuso de manera provisoria la suspensión del artículo 154 del decreto y devolvió la vigencia a la ley mientras se resuelve la cuestión de fondo, que quedó en manos de la Justicia federal de Bariloche.
Ese vacío de diez días mostró los riesgos de dejar el tema sin resolver. En ese lapso, por ejemplo, una inmobiliaria ofreció a compradores extranjeros un campo de casi 3.000 hectáreas con lago privado en Alto Río Pico, en Chubut, según detectó el Observatorio de Tierras de la UBA y el Conicet.

Negociación política
Según trascendió, el movimiento busca contener a los aliados del PRO y la UCR, que reclamaban restablecer los límites, y sumar a bloques provinciales del norte, como los de Salta, Misiones, Tucumán y Catamarca, además de diputados cordobeses de Provincias Unidas. La oposición había convocado para el jueves a una sesión especial con el objetivo de derogar el decreto 70/2023; sus impulsores calculaban reunir entre 120 y 123 legisladores, por debajo de los 129 necesarios para el quórum. Un referente del oficialismo admitió que eliminar por completo el decreto tendría un costo alto por la incertidumbre que generaría.
Desde la oposición, la diputada Paula Penacca criticó el giro y señaló que los libertarios firman un dictamen contrario a lo que piensa el propio Presidente, autor del decreto. “Qué manotazo de ahogado que pegaron”, ironizó.

El resto del proyecto
El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que el oficialismo prevé debatir en el recinto el 21 de octubre, incluye además cambios en las expropiaciones, con mayores exigencias para declarar la utilidad pública e indemnizaciones a valor de mercado, un procedimiento de restitución de inmuebles ocupados en 72 horas y nuevas reglas ante la falta de pago de alquileres. Si Diputados lo aprueba con modificaciones, deberá volver al Senado.
Hasta que el Congreso complete el trámite, la vigencia de la Ley de Tierras seguirá apoyada en la medida provisoria de la Corte Suprema.


Fecha de Publicación: 17/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Diario La Gaceta, Portal Economía Sustentable, Honorable Cámara de Diputados de la Nación (dictamen), Corte Suprema de Justicia de la Nación

Chubut. Ofrecieron a extranjeros un campo con lago privado

 


Sin Ley de Tierras por diez días, ofrecieron a extranjeros un campo con lago privado en Chubut

En la ventana abierta entre dos fallos de la Corte Suprema, una inmobiliaria promocionó en castellano e inglés un campo de 2.943 hectáreas en Alto Río Pico con lago, laguna y costa sobre el río.

Durante diez días, Argentina se quedó sin límites a la venta de tierras rurales a extranjeros. En ese lapso, una inmobiliaria patagónica ofreció a compradores del exterior un campo de casi 3.000 hectáreas en Chubut con un lago privado, una operación que la Ley de Tierras Rurales prohíbe expresamente. La maniobra fue detectada por el Observatorio de Tierras, un equipo de investigación de la Universidad de Buenos Aires y el Conicet.
La ventana se abrió el 29 de septiembre, cuando la Corte Suprema revocó el fallo con el que la Cámara Federal de La Plata había declarado, en marzo de 2024, inconstitucional el artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/2023, con el que el gobierno de Javier Milei derogó la Ley 26.737. El máximo tribunal consideró que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata, que había promovido la causa, no tenía legitimación para hacerlo. Así, la derogación quedó en vigor y desaparecieron las restricciones.
La ventana se cerró el 9 de octubre, cuando la misma Corte, en una causa iniciada por la organización Árbol de Pie, que preside la legisladora rionegrina Magdalena Odarda, suspendió de manera provisoria el artículo 154 y restituyó la vigencia de la ley. La cuestión de fondo quedó pendiente y el expediente pasará al juez federal de Bariloche, Leandro Agustín Gómez Constenla.

Un lago privado en Alto Río Pico
La propiedad ofrecida se ubica en Alto Río Pico, en el oeste de Chubut. Tiene 2.943 hectáreas, un lago privado de 16 hectáreas y 15 metros de profundidad, una laguna, arroyos permanentes y 16 kilómetros de costa sobre el río Pico. El aviso, publicado en castellano y en inglés el 30 de septiembre, un día después del fallo, prometía a los interesados “acceso directo y exclusivo” a esos espejos de agua.
La oferta llegó de la mano de Loma Alta Propiedades, una cuenta de Instagram creada el 26 de septiembre que se presentaba como especialista en inversiones rurales en la Patagonia. Según el Observatorio, la firma no tenía CUIT ni inscripción formal, y los inmuebles aparecían vinculados a un corredor matriculado de Esquel. El 3 de octubre, la cuenta difundió placas dirigidas a compradores extranjeros bajo la pregunta “¿Por qué invertir en la Patagonia?”, en las que advertía que los topes de la Ley de Tierras no regían, pero que la situación podía cambiar, y ofrecía acompañamiento legal para concretar las operaciones.
Entre el 12 y el 13 de octubre, ya restituida la ley y tras la difusión del caso, se eliminaron las últimas publicaciones de Instagram y el aviso de la página web.

Lo que dice la ley
La Ley 26.737, sancionada en 2011, limita la titularidad extranjera de las tierras rurales y prohíbe que personas o empresas extranjeras adquieran inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes. También fija restricciones en las zonas de seguridad de frontera. Además, el Código Civil y Comercial obliga a dejar libre el camino de sirga, una franja de 15 metros en las márgenes de ríos y lagos públicos.
“Armaron un negocio perfecto porque no tenían la obligación de declarar la venta”, resumió Matías Oberlin, investigador del Observatorio de Tierras.
El informe aclara que no se pudo acreditar que se haya concretado alguna venta de estas características durante esos diez días. Por eso, el Observatorio reclamó a los gobiernos provinciales que establezcan mecanismos para averiguar qué ocurrió en ese período y pidió que la protección quede firme con la caída definitiva del artículo 154 del decreto 70.

Una disputa abierta
El caso de Alto Río Pico se suma a una discusión que atraviesa a la Patagonia desde hace años. La Ley de Tierras fue pensada para proteger recursos estratégicos como el agua, los lagos y las zonas de frontera, y su derogación por decreto, a fines de 2023, abrió una batalla judicial que todavía no terminó.
La decisión del 9 de octubre devolvió las restricciones, pero solo de forma provisoria. Hasta que la Justicia resuelva la cuestión de fondo, el régimen que regula quién puede comprar tierras rurales en el país depende de una medida provisoria, y la experiencia de esos diez días muestra con qué rapidez el mercado puede aprovechar cualquier vacío legal.


Fecha de Publicación: 16/10/2026
Provincia/Región: Chubut
Fuentes Consultadas: Portal Bichos de Campo, Diario La Nación, Observatorio de Tierras (UBA-Conicet), Corte Suprema de Justicia de la Nación

Entre Ríos. Cuestionan el estudio que habilitó cazar patos

 


Denuncian “groseros errores” en el estudio que habilitó la caza de patos autóctonos en Entre Ríos

Profesionales de Gualeguay piden anular el informe financiado por el sector cinegético que sirvió de base a la Resolución 100/2026, y reclaman nuevos estudios a cargo de instituciones independientes.

La temporada de caza de patos en Entre Ríos terminó el 23 de agosto, pero la discusión sobre su legitimidad sigue abierta. Un grupo de profesionales de Gualeguay denunció que el estudio poblacional usado para habilitar la caza de aves autóctonas contiene “groseros errores técnicos y estadísticos” y pidió que se declare su nulidad.
La presentación administrativa fue realizada ante la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización de la provincia, el organismo que autorizó la temporada mediante la Resolución 100/2026, y tramita bajo el expediente 3453784. Los denunciantes, entre ellos un médico y un biólogo, solicitan además una revisión de oficio de la resolución y nuevas evaluaciones científicas sobre las especies involucradas. La organización ambientalista Ceydas fue la encargada de exponer públicamente el caso.

Un estudio pagado por el sector
El documento cuestionado es un informe de campaña elaborado por un equipo privado de monitoreo de fauna silvestre, por encargo de la Cámara Argentina de Turismo Cinegético, una entidad vinculada al sector que se beneficia con la actividad. Ese trabajo evaluó las poblaciones de cuatro especies de patos autóctonos, entre ellas el pato picazo y el pato brasilero.
Según el informe técnico que acompaña la denuncia, el estudio presenta “al menos diez vicios graves”. Entre los señalamientos figura que se contaron ejemplares que no se veían, bajo el supuesto de que estaban ocultos en la vegetación, que la probabilidad de detección de las aves fue mal estimada y que la cantidad de muestreos no alcanza para que los modelos estadísticos sean confiables. Los denunciantes también objetan la selección de escalas espaciales, un período de muestreo demasiado acotado y el uso de datos que no cumplirían los requisitos del método aplicado. En uno de los casos, dos especies con abundancias estimadas diferentes aparecen con el mismo rango superior de cálculo.

Sin control sanitario ni independencia
La denuncia advierte además que el estudio no incluyó una evaluación sanitaria, a pesar de los riesgos asociados a patógenos zoonóticos como la influenza aviar y a la exposición al plomo de las municiones. Y apunta a un problema de fondo: la falta de independencia. El relevamiento fue realizado por organizaciones vinculadas a la promoción de la caza y no intervino ningún organismo técnico oficial de la provincia.
Ese punto quedó expuesto dentro del propio expediente. Según la documentación difundida, el asesor legal de la Dirección, Luciano Emanuel Campos, señaló que no se puede avanzar sin un estudio propio del área de Fauna y Flora, mientras que el director de Recursos Naturales y Fiscalización, Mario Francisco Zárate, derivó la cuestión a la cámara de turismo cinegético, ya que el área técnica indicó no haber participado del trabajo.
El pedido de medida cautelar quedó en abstracto con el cierre de la temporada, y el expediente llegó a octubre sin resolución. Los denunciantes reclaman que un nuevo estudio poblacional y sanitario quede a cargo de instituciones independientes como la Universidad Nacional de Entre Ríos, el INTA o el Conicet, con al menos cuatro réplicas temporales por sitio y una escala espacial definida. Invocan el principio precautorio de la Ley General del Ambiente y el derecho a un ambiente sano consagrado en el artículo 41 de la Constitución Nacional.

Una disputa que vuelve cada año
La caza de patos autóctonos en Entre Ríos acumula años de conflicto. En julio de 2022, la Sala Tercera de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial provincial frenó la caza del pato picazo, el sirirí pampa, el sirirí colorado y el pato capuchino, al considerar que el gobierno carecía de estudios que justificaran la medida. El amparo había sido presentado por Ceydas, el Centro para el Estudio y Defensa de las Aves Silvestres.
En abril de este año, Ceydas, Conciencia Animal, Ecoguay y Arroyo Perucho Salvaje reclamaron poder exponer en igualdad de condiciones que el sector cinegético en la audiencia pública convocada en Victoria para decidir la apertura de la temporada 2026. Además, organizaciones ambientalistas y de protección animal mantienen una demanda de inconstitucionalidad contra la autorización provincial de la caza de aves autóctonas.
Hasta el momento, ni el gobierno entrerriano ni los autores del estudio respondieron públicamente a los cuestionamientos.


Fecha de Publicación: 15/10/2026
Provincia/Región: Entre Ríos
Fuentes Consultadas: Agencia AIM Digital, Diario Junio, Portal Era Verde

Derrame de 1999 en Magdalena: “nos mintió”, dice Carballo

 


Derrame de Shell en Magdalena: 27 años después, el exintendente dice que el acuerdo fue un engaño

Fernando Carballo, que en 2009 firmó el convenio de reparación con Shell, dice que el municipio fue engañado, mientras la Cámara Federal revisa el fallo que rechazó ese acuerdo.

Más de 27 años después del mayor desastre petrolero en la historia de Magdalena, la causa sigue sin cerrarse y suma un nuevo capítulo. El exintendente Fernando Carballo, que en 2009 firmó con Shell el acuerdo de reparación que hoy está en discusión en la Justicia, admitió que aquel convenio fue un error y que el municipio fue engañado.
El derrame ocurrió el 15 de enero de 1999, cuando el buque petrolero Estrella Pampeana, operado por Shell, chocó con el portacontenedores Sea Paraná en el Río de la Plata, frente a la costa de Magdalena. Se volcaron unos 5,4 millones de litros de crudo, que afectaron más de 30 kilómetros de playas, humedales y arroyos. Es considerado el mayor derrame de petróleo en agua dulce registrado.

Un largo recorrido judicial
El municipio demandó a la empresa poco después del accidente. En 2002, durante la gestión del intendente Oscar Sibetti, el Juzgado Federal N° 4 de La Plata ordenó a la petrolera medidas de recomposición ambiental por unos 35 millones de dólares. Pero en diciembre de 2007 la Corte Suprema resolvió que la causa debía tramitarse ante la Justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires, lo que dejó sin efecto aquella decisión.
En 2009, ya con Carballo al frente del municipio, Magdalena y Shell firmaron un acuerdo por 9,5 millones de dólares, más asistencia para proyectos de desarrollo local. A cambio, el municipio desistía de sus acciones judiciales, mientras la empresa no reconocía responsabilidad. El pago quedaba sujeto a la homologación de un juez. Para respaldar el convenio, la comuna convocó a un plebiscito no vinculante en mayo de ese año: la propuesta obtuvo alrededor del 77% de los votos, aunque esa aprobación equivalió a cerca de una cuarta parte del padrón.

“Nos mintió”
Hoy, Carballo revisa aquella decisión con dureza. En una entrevista con un medio local, sostuvo que la información oficial difundida antes del plebiscito fue tendenciosa: detallaba el dinero y los proyectos que llegarían, pero no explicaba que aceptar el acuerdo implicaba abandonar las demandas. “Nos mintió, nos operó por atrás en la Justicia con mucho poder de Shell”, afirmó, en alusión a la petrolera y a su conducción de entonces, encabezada por Juan José Aranguren, quien años más tarde fue ministro de Energía y Minería de la Nación.
El exintendente aseguró que no volvería a impulsar una consulta de ese tipo y que el municipio debió haber seguido reclamando la totalidad de la reparación. Desde la organización ambientalista Ala Plástica, que sigue la causa desde hace años, señalaron que con el acuerdo se perdió la posibilidad de profundizar la investigación y el reclamo con proyección nacional e internacional.

El fallo que reabrió la causa
El convenio nunca llegó a cerrar el conflicto. El 30 de diciembre de 2025, el juez Juan Rafael Stinco, a cargo del Juzgado Civil y Comercial Federal N° 3, rechazó homologarlo. En su resolución sostuvo que los derechos ambientales son de orden público y no pueden negociarse en forma privada, y que ni el aval del Concejo Deliberante ni el plebiscito pueden estar por encima del artículo 41 de la Constitución Nacional ni de la Ley General del Ambiente.
El magistrado también consideró que el monto carecía de sustento técnico, porque no había estudios ambientales ni estimaciones de costos de recomposición que justificaran los 9,5 millones, y calificó el acuerdo como “objetivamente desactualizado”. Admitió que las pericias recientes no detectan un daño ambiental activo, pero sostuvo que el análisis debía situarse en el momento en que se firmó el convenio. El fallo no fijó, sin embargo, una nueva indemnización.
Shell y su aseguradora apelaron ante la Cámara Federal. La empresa sostiene que el ambiente ya fue recompuesto, que no hay daños pendientes de reparación y que pericias e informes oficiales realizados entre 2020 y 2024 no detectan contaminación por hidrocarburos. La Municipalidad de Magdalena también recurrió el fallo, aunque con otro objetivo: reclama una indemnización acorde con el daño sufrido.
Ahora será la Cámara la que deberá decidir si confirma el rechazo del acuerdo. Mientras tanto, a casi tres décadas del derrame, la costa de Magdalena sigue esperando una respuesta definitiva sobre quién y cuánto debe pagar por el daño.


Fecha de Publicación: 14/10/2026
Provincia/Región: Buenos Aires
Fuentes Consultadas: Diario El Día, Juzgado Civil y Comercial Federal N° 3, Corte Suprema de Justicia de la Nación

Crecen los reclamos contra el avance minero en Catamarca

 


Del litio en Ancasti al cobre de Agua Rica: crecen los reclamos contra el avance minero en Catamarca

Vecinos, productores y comunidades indígenas de distintos puntos de la provincia cuestionan proyectos de exploración y explotación por su impacto sobre el agua, la producción y los territorios, mientras el Gobierno y las empresas los presentan como una oportunidad de desarrollo.

Catamarca vive un momento de fuerte expansión minera y, al mismo tiempo, de creciente resistencia social. En distintos puntos de la provincia, vecinos, productores y comunidades indígenas cuestionan el avance de proyectos de exploración y explotación por sus posibles efectos sobre el agua, la actividad agropecuaria y los territorios ancestrales. Del otro lado, empresas y autoridades presentan esas inversiones como una oportunidad de desarrollo y empleo.

Ancasti y el litio
Uno de los focos más recientes está en la Sierra de Ancasti, al este de la provincia, donde la empresa Litios del Norte S.A. impulsa un proyecto de exploración de litio denominado El Alto. Según el programa de trabajo, prevé hasta 21 perforaciones de entre 100 y 300 metros de profundidad y el uso de hasta 2.100 metros cúbicos de agua en cinco o seis meses.
Vecinos y productores rechazan la iniciativa por el cuidado del agua y por su posible impacto sobre la ganadería, desde pequeños emprendimientos de cría de ovejas hasta explotaciones familiares. Más de 70 personas de El Alto, Ancasti y la localidad santiagueña de Frías se reunieron en Guayamba para cuestionar el proyecto. Tras unas 50 impugnaciones vecinales, el Ministerio de Minería suspendió la instancia de participación ambiental prevista para el 30 de septiembre.
El intendente de Ancasti, Randolfo Piñero, aseguró que el municipio no fue informado. “Nunca me notificaron, nunca me invitaron”, afirmó. El jefe comunal advirtió que el año pasado el municipio tuvo que repartir agua a la población y que parte del bosque nativo de la zona está en la categoría roja de la Ley de Bosques, la de máxima protección. Aclaró que no se opone a la minería, pero reclamó información y participación. También anticipó que buscará asesoramiento legal junto al senador departamental Rodolfo Santillán.

Santa María y Belén
En el departamento Santa María, habitantes y organizaciones se opusieron al proyecto de oro y cobre Sofía Gold, en las inmediaciones de Fuerte Quemado. Esa oposición terminó con una decisión de la Provincia de dejarlo sin efecto por razones ambientales y sociales.
En Belén, en cambio, el conflicto sigue abierto. La comunidad indígena diaguita de Peñas Negras denuncia ingresos no autorizados de empresas mineras a su territorio ancestral y reclama el cese de la exploración. La zona está en el área de influencia de la Reserva de Biosfera Laguna Blanca. La comunidad sostiene que no se respetó su derecho a la consulta previa, libre e informada, reconocido por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y por la Constitución Nacional.

El cobre de Agua Rica
El proyecto de mayor escala es Agua Rica-MARA, de cobre, impulsado por la multinacional Glencore en el oeste provincial. A comienzos de octubre, el Gobierno nacional aprobó su ingreso al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que otorga beneficios fiscales y regulatorios. Según la empresa, el proyecto podría producir en promedio más de 200.000 toneladas anuales de cobre en concentrado durante sus primeros diez años.
La iniciativa prevé utilizar las instalaciones de procesamiento de Bajo La Alumbrera, ubicadas a unos 35 kilómetros del yacimiento de Agua Rica. Según la compañía, la reactivación de Alumbrera emplea a casi 2.000 personas y apunta a obtener su primera producción en el segundo semestre de 2027.

Agua, suelo y controles
Más allá de cada caso, los reclamos comparten preocupaciones de fondo. En los valles del oeste, productores agrícolas y referentes comunitarios de Tinogasta y Andalgalá advierten sobre el polvo arrastrado por el viento desde las zonas de operación, que se deposita sobre cultivos y áreas de pastoreo. También alertan por la posible salinización de las cuencas y la infiltración de insumos químicos en los suelos.
Las organizaciones reclaman auditorías ambientales independientes y planes de remediación, y cuestionan que la Provincia acelere los permisos extractivos. Desde el sector laboral también surgieron cuestionamientos por salarios, seguridad y condiciones de trabajo en las operaciones.
En una provincia árida, donde el agua es un recurso escaso y disputado, el debate central es hasta dónde puede avanzar la minería sin comprometer la producción local, los territorios indígenas y el acceso al agua de las comunidades.


Fecha de Publicación
: 13/10/2026
Provincia/Región: Catamarca
Fuentes Consultadas: Portal Noticias D, Portal El Aconquija, Diario El Ancasti

La Corte repuso los límites a la venta de tierras rurales

 


La Corte suspendió la derogación de la Ley de Tierras y Lorenzetti defendió el fallo

Con el voto de dos conjueces, el máximo tribunal dictó una medida interina en la causa de una organización ambiental y comunidades mapuche que restituye en forma provisoria los topes a la compra de campos por extranjeros.

Diez días después de haber dejado operativa la derogación de la Ley de Tierras Rurales, la Corte Suprema de Justicia dio un giro. El 9 de octubre, el tribunal suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, el que había eliminado la Ley 26.737, y restituyó en forma provisoria los límites a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.
La decisión se tomó en la causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie, una organización ambiental de Bariloche, junto con las comunidades mapuche Lafkenche y Lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. El tribunal dictó una medida interina, es decir, provisoria. Regirá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y sobre el pedido de cautelar.

Un voto dividido
La resolución llevó las firmas de Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con las de los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Los conjueces habían sido convocados días atrás porque los tres integrantes titulares del tribunal no lograron un acuerdo. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. Reconoció que la legitimación de la asociación era distinta de la del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata, cuyo planteo la Corte había rechazado a fines de septiembre. Aun así, sostuvo que el tribunal no tenía competencia para dictar una medida de ese tipo y propuso remitir el expediente a Bariloche.
Para la mayoría, el caso involucra cuestiones vinculadas a la tutela del daño ambiental, y el trámite en las instancias inferiores había dejado sin respuesta las peticiones de la demanda. Por eso, la medida busca asegurar la tutela judicial efectiva y “evitar la producción de daños irreparables”.
Con la suspensión, vuelven a regir las restricciones de la Ley 26.737:
- el tope del 15% de tierras rurales en manos extranjeras;
- el máximo de 1.000 hectáreas por titular extranjero en la zona núcleo;
l- as limitaciones sobre predios con cuerpos de agua y en zonas de seguridad de frontera.
La cuestión de fondo, la constitucionalidad de la derogación, sigue pendiente.

La defensa de Lorenzetti
Tras la decisión, Lorenzetti salió a explicar el fallo en declaraciones televisivas. “La Corte siempre defendió la protección de los recursos naturales y lo seguirá haciendo”, afirmó. Según explicó, la medida se apoyó en tres ejes: los hechos concretos del caso, la cuestión ambiental vinculada a los recursos naturales y el debilitamiento de la participación social.
El juez recordó que la ley ambiental, en su artículo 32, permite a los magistrados dictar medidas aun sin pedido de las partes. Sostuvo además que, como el proceso no había sido tratado en primera instancia, la organización quedó desprotegida durante todo ese tiempo. También consideró que nadie debería sorprenderse de que firmara una cautelar en materia ambiental, dada la línea que el tribunal sostiene desde hace años.
Ante las críticas que recibió la Corte en las últimas semanas, Lorenzetti negó que la decisión respondiera a la presión pública. “Hemos tenido presiones mucho más fuertes que ahora y siempre resolvimos conforme a derecho”, sostuvo. Señaló, además, que el debate es legítimo, pero que el camino para cuestionar las decisiones es judicial. También atribuyó parte de los conflictos a que el Congreso nunca legisló sobre el tema. Sobre la disidencia de Rosenkrantz, la calificó como una postura legítima, aunque más restrictiva.

El impacto en el Congreso
El fallo también reordenó la discusión política. La oposición había convocado a una sesión especial en Diputados para el jueves 15 de octubre con el objetivo de rechazar el DNU 70/2023. Pero los cálculos de los propios negociadores le daban, en el mejor escenario, unos 115 presentes, por debajo de los 129 necesarios para el quórum. La restitución de los límites quitó presión a sectores que defendían los topes pero no querían voltear el decreto completo, como los legisladores que responden al gobernador cordobés Martín Llaryora.
El Gobierno, por su parte, busca preservar el resto del DNU y separar el tema de las tierras. La Libertad Avanza impulsa incluir un capítulo con restricciones en el proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada y convocó a su propia sesión para el 21 de octubre.
Mientras tanto, la Ley de Tierras vuelve a regir de manera provisoria. Su suerte definitiva dependerá del Juzgado Federal de Bariloche, de una eventual sentencia de fondo y de lo que finalmente resuelva el Congreso.


Fecha de Publicación
: 12/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Diario Perfil, Diario El Día, Diario Infobae, Diario El Liberal, Corte Suprema de Justicia de la Nación

Vecinos de Ensenada llevaron a YPF hasta la Corte

 


Tras 27 años, la causa de tres vecinos de Ensenada contra YPF espera la definición de la Corte

La demanda por la contaminación del Canal Lateral Oeste, iniciada en 1999 por vecinos de El Dique, ya tiene condenas en dos instancias y la petrolera admitió en su balance que podría derivar en indemnizaciones.

En 1999, tres vecinos de El Dique, en Ensenada, decidieron enfrentar a algunas de las empresas más poderosas del país. Pedro Salagre, Jorge Mario Pezado y Miguel Ángel Casadas denunciaron la contaminación del Canal Lateral Oeste, el curso de agua que corre junto a la Refinería La Plata de YPF y se conecta con el Canal Lateral Este y el Río Santiago. Veintisiete años después, su reclamo acumula dos sentencias favorables y espera la última palabra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La demanda no busca solo una compensación económica. Los vecinos pidieron que cese la contaminación y que se recomponga el ambiente dañado, un objetivo que los tribunales ya les reconocieron en dos instancias.

Dos fallos a favor de los vecinos
El 7 de febrero de 2022, YPF fue notificada de la sentencia de primera instancia de la Justicia Federal. El fallo tuvo por acreditado el daño ambiental en los canales vinculados a la refinería, ordenó su cese y recomposición y repartió las responsabilidades. El 90% recayó sobre YPF y el Estado Nacional, en una proporción de 80% y 20% entre ambos. El 10% restante quedó a cargo de Petroquímica Cuyo, ex Petroken, y de Garovaglio y Zorraquín.
El 29 de agosto de 2024, la Sala II de la Cámara Federal de La Plata confirmó la obligación de cesar y recomponer el daño. Los jueces César Álvarez y Jorge Eduardo Di Lorenzo ordenaron presentar un plan de recomposición del pasivo ambiental del canal. El plan debe contemplar el efecto sobre la salud y la seguridad públicas, la prevención de daños futuros y el plazo necesario para la reparación. Lo evaluarán el Laboratorio de Química Ambiental y Biogeoquímica de la Universidad Nacional de La Plata y las autoridades ambientales de la Nación, la provincia y el municipio de Ensenada. En su fallo, el tribunal sostuvo que “la protección del ambiente es prevalente” frente al desarrollo económico.
Los codemandados llevaron el caso a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario que todavía no fue resuelto y que, desde mayo de 2025, circula por una de las vocalías del máximo tribunal.

Lo que admite YPF
La causa volvió a tomar estado público porque la propia petrolera la incluyó en un documento presentado a sus accionistas en febrero de este año. Allí reconoció reclamos por “supuestos daños y perjuicios derivados de la contaminación ambiental” y admitió que podrían implicar nuevas obligaciones económicas. Para cubrirlas previsionó fondos en su balance, sin precisar montos. Por su parte, Garovaglio y Zorraquín informó que “el monto económico de la condena aún no estaba determinado”.
En su defensa, YPF se apoyó en un estudio concluido en 2021 según el cual entre el 88% y el 91% de los hidrocarburos presentes en los sedimentos del canal se habría depositado antes de 1991. Con ese dato, la empresa planteó la responsabilidad del Estado Nacional por las condiciones de la privatización de la compañía. Las resoluciones judiciales, además, no atribuyen a la refinería todas las enfermedades denunciadas por los vecinos.

Un polo bajo la lupa científica
La Refinería La Plata, con capacidad para procesar unos 210.000 barriles diarios, forma parte del Polo Petroquímico de Berisso y Ensenada, uno de los complejos industriales más grandes del país. Distintas investigaciones de la Universidad Nacional de La Plata y del CONICET analizaron su impacto durante años.
Un relevamiento del Área de Toxicología de la Facultad de Ciencias Exactas identificó el agua y la atmósfera como las principales vías de impacto. Entre 2014 y 2016, un proyecto conjunto de la UNLP y el CONICET monitoreó aire, agua y sedimentos en El Dique, Villa Argüello, Villa Nueva, Berisso, Ensenada y el barrio Mosconi. Otros trabajos analizaron compuestos como el benceno, el tolueno y los xilenos, además de material particulado e hidrocarburos aromáticos policíclicos, conocidos por sus propiedades cancerígenas.
A esos estudios se suman episodios que los vecinos recuerdan bien. En abril de 2013, durante la inundación de La Plata, un incendio dejó hidrocarburos en la vegetación del Canal Oeste. En 2022 y 2024 hubo nuevos incendios dentro del complejo.
Mientras la Corte analiza el expediente, la historia de los vecinos de El Dique ya dejó una marca. Demostró que un reclamo iniciado por tres personas puede obligar a una de las mayores empresas del país a reconocer, ante sus propios accionistas, el costo de la contaminación.


Fecha de Publicación
: 12/10/2026
Provincia/Región: Buenos Aires
Fuentes Consultadas: Diario El Día, Portal La Plata 1, Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Universidad Nacional de La Plata, CONICET

Ley de Glaciares: cinco meses sin respuesta


 


Cinco meses sin respuesta: la demanda contra la reforma de la Ley de Glaciares sigue sin cautelar

Un juzgado federal de La Pampa se declaró competente en la causa impulsada por organizaciones ambientales y respaldada por más de 850.000 personas, pero todavía no resolvió los pedidos para frenar la reforma ni para proteger un glaciar amenazado por un proyecto minero.

Más de cinco meses después de presentada, la demanda colectiva contra la reforma de la Ley de Glaciares tuvo su primera definición, aunque no la que esperaban sus impulsores. El 8 de octubre, el Juzgado Federal de Santa Rosa, en La Pampa, a cargo del juez Juan José Baric, se declaró competente para tramitar la causa. Sin embargo, todavía no resolvió los pedidos de medidas cautelares que buscan frenar los efectos de la nueva norma.
“Después de más de cinco meses, esta primera definición procesal no alcanza”, advirtieron las organizaciones demandantes en un comunicado. La causa fue presentada el 5 de mayo por Greenpeace Argentina, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA), junto con asambleas, organizaciones territoriales y referentes sociales de todo el país. Más de 850.000 personas adhirieron a la presentación en menos de dos semanas.

Qué cambió la reforma
La demanda cuestiona la Ley 27.804, publicada en el Boletín Oficial el 24 de abril. Esa norma modificó la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, sancionada en 2010. Según las organizaciones, la reforma eliminó la protección efectiva de los glaciares y de las cuencas que dependen de ellos.
Entre los cambios centrales, la nueva norma limita la protección a los glaciares y geoformas periglaciares que cumplan funciones hídricas y deja en manos de cada provincia la tarea de identificarlos. También modifica el criterio para prohibir actividades: ya no alcanza con que puedan afectar a los glaciares, sino que deben poder alterar de modo relevante su condición natural o sus funciones hídricas. Esa evaluación también queda a cargo de las provincias. Además, la evaluación ambiental estratégica deja de ser obligatoria y pasa a depender del criterio de cada autoridad provincial.
El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) sigue a cargo del Inventario Nacional de Glaciares, pero ahora debe incorporar o eliminar geoformas según la información que le envíen las jurisdicciones. Si un glaciar es dado de baja por no cumplir funciones hídricas, deja de estar alcanzado por la ley.
La demanda pide que se declare inconstitucional la reforma y que, como medida cautelar, se suspendan sus efectos mientras se resuelve el fondo, para evitar autorizaciones o avances de proyectos que puedan provocar daños irreversibles. Las organizaciones presentaron dos pedidos de pronto despacho para acelerar la decisión, sin resultado hasta ahora.

El glaciar en la mira
La urgencia tiene un caso concreto. El 16 de junio, el Gobierno nacional aprobó el ingreso al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) del proyecto minero Vicuña, de cobre, oro y plata, impulsado por BHP y Lundin en el departamento Iglesia, en San Juan. En su zona de intervención se encuentra el glaciar de escombros GE110, ubicado en la cuenca del río Jáchal e incorporado al Inventario Nacional de Glaciares en 2022. Según la presentación judicial, el proyecto prevé un tajo a cielo abierto de unas 259 hectáreas en esa zona.
El 23 de junio, las organizaciones pidieron una cautelar específica para impedir que el GE110 sea retirado del inventario mientras dure la causa. Advirtieron que, si el glaciar pierde su protección y el proyecto avanza, una sentencia posterior podría llegar cuando el daño ya esté hecho. “Llegar tarde equivale a convalidar la pérdida”, sostuvieron. Ese pedido tampoco recibió respuesta.

Voces cuestionadas
La resolución del 8 de octubre sumó otro motivo de preocupación. El juez Baric cuestionó las presentaciones de referentes, asambleas y organizaciones que acompañan la demanda. Entre ellas están las de Marta Maffei, autora de la Ley de Glaciares original, y las de integrantes de la Asamblea de Jáchal. Las organizaciones advirtieron que ese criterio podría dejar fuera del proceso a personas que defienden la ley desde hace años.
Para los demandantes, la demora no es neutral. Mientras la Justicia no se pronuncia sobre las cautelares, la reforma sigue vigente y las provincias pueden avanzar en la revisión del inventario. En juego están los glaciares, que funcionan como reservas estratégicas de agua dulce para buena parte de las cuencas cordilleranas del país.



Fecha de Publicación: 12/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Portal Economía Sustentable, Portal Econews, Greenpeace Argentina

Santiago del Estero inspeccionó diez ingenios de Tucumán

 


Santiago del Estero inspeccionó diez ingenios tucumanos por la contaminación del Salí-Dulce

La Defensoría del Pueblo santiagueña, junto con organismos de Tucumán y de Nación, revisó plantas sucroalcoholeras en plena zafra para verificar que no haya vuelcos de vinaza ni cenizas a la cuenca compartida.

En plena zafra, la Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero volvió a cruzar el límite provincial para revisar de cerca la industria que durante años fue señalada como una de las principales fuentes de contaminación de la cuenca Salí-Dulce. Durante dos jornadas, un equipo encabezado por su titular, Daniel Escobar Correa, inspeccionó diez establecimientos sucroalcoholeros de Tucumán.
El recorrido incluyó el ingenio y la destilería Bella Vista, y los ingenios Santa Rosa, Corona, Marapa, Santa Bárbara, Famaillá, San Juan, Concepción, La Florida y Leales. Fue la tercera inspección del año. Participaron también el ingeniero Guillermo Silva, de la Defensoría del Pueblo de Tucumán; el ingeniero Marcelo Lizárraga, de la Secretaría de Medio Ambiente tucumana, y el ingeniero Javier Finkelstein, junto con técnicos del área de Ambiente de la Nación.

Tres controles clave
Los inspectores verificaron tres variables. La primera fue el cumplimiento de la meta de "vinaza cero", es decir, que ese residuo no llegue a los cursos de agua. La segunda, la de "ceniza cero", referida a los restos de la quema del bagazo en las calderas. La tercera, el reciclado del agua utilizada para lavar la caña.
La vinaza es el principal desafío ambiental de la producción de bioetanol de caña de azúcar. Por cada litro de alcohol se generan unos 13 litros de este efluente, un líquido con una altísima carga orgánica. Cuando llega a ríos y embalses sin tratamiento, consume el oxígeno disuelto en el agua y puede provocar la muerte masiva de peces.
Los controles se realizan antes del inicio de la zafra, hasta dos veces durante la molienda y al cierre de la temporada. Algunas plantas que producen bioetanol todo el año reciben inspecciones adicionales. Las fuentes consultadas no informaron hallazgos ni incumplimientos concretos detectados en esta recorrida.

Un acuerdo con supervisión de la Corte
Las inspecciones se apoyan en un acuerdo interprovincial firmado el 30 de diciembre de 2011 por los entonces gobernadores Gerardo Zamora, de Santiago del Estero, y José Alperovich, de Tucumán. Del convenio también participaron la Secretaría de Ambiente de la Nación y la Defensoría del Pueblo santiagueña, y habilita a una provincia a controlar las industrias de la otra y sus vuelcos.
El origen del acuerdo fue un amparo ambiental que Santiago del Estero presentó ante la Corte Suprema de Justicia, a través de su Fiscalía de Estado y su Defensoría del Pueblo, por la contaminación de la cuenca. Toda la información que surge de los controles se eleva al máximo tribunal, que supervisa el cumplimiento.
La cuenca Salí-Dulce se extiende por cinco provincias, abarca unos 57.000 kilómetros cuadrados y en ella viven cerca de 2,5 millones de personas. El río Salí atraviesa Tucumán y desemboca en el embalse de Río Hondo. Ya en territorio santiagueño, continúa como río Dulce hasta la laguna Mar Chiquita, en Córdoba. Sus aguas se usan para riego, producción y consumo humano y animal. La contaminación del río y del embalse motivó en 2007 la creación del Comité Interjurisdiccional de la Cuenca.

Monitoreo permanente
Desde mayo de 2012, la Defensoría santiagueña monitorea los 365 días del año 32 puntos de control de efluentes, el embalse de Río Hondo y los afluentes industriales. Es un control diario que busca detectar a tiempo cualquier vuelco. Desde el Gobierno tucumano sostienen que la calidad del río mejoró en materia de residuos industriales gracias a los controles semanales que se realizan en conjunto con Santiago del Estero antes de que el cauce ingrese en esa provincia.
Sin embargo, el Salí sigue enfrentando otros problemas. Un estudio difundido esta semana, con muestras analizadas por la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres, no encontró valores significativos de metales ni sustancias químicas en su paso por el Gran Tucumán. Pero sí detectó una fuerte contaminación de origen cloacal, con niveles de coliformes fecales que llegaron a superar 2.400 veces el máximo de referencia a la altura del puente Ingeniero Barros.
Para la cuenca compartida, el desafío es doble: sostener los controles sobre la industria azucarera, que durante la zafra concentra el mayor riesgo, y avanzar sobre los efluentes urbanos que todavía llegan sin tratamiento al río.


Fecha de Publicación: 10/10/2026
Provincia/Región: Santiago del Estero - Tucumán
Fuentes Consultadas: El Liberal, Nuevo Diario de Santiago del Estero, Contexto Tucumán, Ministerio de Ambiente de la Nación (Cuenca Salí-Dulce)


Ley de Tierras: la Corte suma dos conjueces por un planteo

 


Sin acuerdo, la Corte convoca a dos conjueces para un nuevo planteo sobre la Ley de Tierras

Una organización ambiental, dos comunidades mapuche y una legisladora rionegrina pidieron que el reciente fallo del tribunal no alcance a su amparo, mientras sindicatos y organizaciones sociales marcharon a Tribunales contra la derogación.

La Corte Suprema de Justicia no logró ponerse de acuerdo y tuvo que salir a buscar refuerzos. Sus tres integrantes, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, no alcanzaron una posición común sobre un nuevo planteo vinculado a la derogación de la Ley de Tierras Rurales. Por eso, el tribunal convocó a dos conjueces para completar una integración de cinco miembros y poder reunir mayoría.
El pedido fue presentado por la Asociación Civil Árbol de Pie, una organización ambiental de Bariloche, junto con la comunidad mapuche Lafkenche, la lof Fvta Anecon y la legisladora rionegrina María Magdalena Odarda. Todos ellos sostienen desde el 28 de diciembre de 2023 un amparo contra el artículo 154 del DNU 70/2023, el que eliminó la Ley 26.737 y, con ella, los topes a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros.

Un planteo con legitimación propia
La presentación es una aclaratoria. Los demandantes piden que la Corte precise si su fallo del 29 de septiembre, que dejó sin efecto la cautelar obtenida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata, también alcanza a su causa. Argumentan que invocan títulos de legitimación propios y diferentes, basados en derechos colectivos vinculados a la "protección del ambiente y derechos propios de los pueblos y comunidades indígenas", en particular sobre sus territorios ancestrales.
El planteo se apoya en lo que el propio tribunal dijo tras aquella decisión. En un comunicado difundido el 1 de octubre, la Corte aclaró que su sentencia había sido estrictamente procesal. También precisó que no se pronunció sobre la constitucionalidad de la derogación y que no afectaba a otras medidas cautelares con el mismo objeto en trámite en distintos tribunales.
Los conjueces deberán definir ahora qué camino toma el expediente: devolverlo a las instancias inferiores, habilitar que la Corte se expida sobre una medida protectoria o rechazarlo con base en el fallo anterior.

Un sorteo y una interna
Como no existe actualmente una nómina vigente de conjueces para el máximo tribunal, la designación se hizo por sorteo entre presidentes de cámaras federales de todo el país. Resultaron elegidos Diego Barroetaveña, camarista de Casación, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Como suplentes quedaron Eduardo Guillermo Farah y Jorge Morán.
Según trascendió, la falta de acuerdo responde a posiciones encontradas dentro del tribunal. Rosenkrantz se opondría a reconocer la legitimación de Árbol de Pie y a restablecer una cautelar que proteja la ley, mientras que Rosatti y Lorenzetti estarían dispuestos a hacerlo. Con solo tres miembros en funciones, cualquier disidencia impide formar mayoría.
La convocatoria llega en medio del fuerte rechazo social que generó el fallo de fines de septiembre, que dejó operativa la derogación y habilitó la venta sin límites de campos a compradores extranjeros, incluidos inmuebles en zonas de frontera y con cuerpos de agua. La norma derogada fijaba en el 15% el máximo de tierras rurales en manos extranjeras e impedía que una misma nacionalidad concentrara más del 30% de ese cupo.

La protesta llegó a Tribunales
Ese malestar se trasladó a la calle. El martes, las dos centrales de la CTA, sindicatos, organismos de derechos humanos, excombatientes de Malvinas y organizaciones políticas y sociales se movilizaron a la Plaza Lavalle, frente al Palacio de Justicia. La protesta tuvo dos escenarios. Uno, frente a Tribunales, lo encabezaron las centrales sindicales bajo la consigna de que la patria y la soberanía no se venden. El otro se armó sobre la calle Talcahuano, donde organizaciones de izquierda sumaron reclamos contra el Gobierno y pidieron un paro general.
Los convocantes apuntaron directamente contra los tres jueces del tribunal. "Rechazamos que tres cortesanos elegidos por componendas de palacio definan el destino del país", señalaron en su documento, en el que también exigieron la anulación completa del DNU 70/2023.
La próxima cita será el 15 de octubre frente al Congreso, en coincidencia con la Marcha Federal Universitaria, para reclamar que la Cámara de Diputados rechace el megadecreto. Mientras tanto, la suerte judicial de la Ley de Tierras queda, al menos por ahora, en manos de una Corte ampliada con dos jueces que llegaron por sorteo.


Fecha de Publicación
: 09/10/2026
Provincia/Región: Nacional
Fuentes Consultadas: Diario El Día, Portal Huella del Sur, Portal Infocielo, Diario La Nación

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