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Neuquén debate el "vertido cero" cloacal en ríos

 


Por ley quieren prohibir que se contaminen los ríos con residuos cloacales en Neuquén ¿se pueden usar para regar?

Fecha de Publicación
: 30/09/2025
Fuente: Diario Río Negro
Provincia/Región: Neuquén


En la Legislatura neuquina debaten el proyecto de vertido cero de líquidos cloacales. Toman como ejemplo los proyectos en Río Negro que, en cuatro ciudades los reutilizan para poner bajo riego especies forestales y también cultivos industriales. 
La Legislatura neuquina analiza un proyecto del diputado Guillermo Monzani (Fuerza Libertaria) para eliminar progresivamente el vertido de líquidos cloacales e industriales en los cursos de agua.
El debate se apoya en antecedentes de la vecina Río Negro, donde el reúso de efluentes tratados para forestación y riego industrial ya muestra resultados positivos.
Monzani sostuvo que el agua es el recurso estratégico más valioso de la provincia, incluso por encima del gas y el petróleo.
Recordó que la cuenca del Limay y del Neuquén es la segunda más importante del país, después del Paraná, y advirtió que no se puede continuar con un esquema de vuelco que degrada los ríos.
Señaló además que estudios recientes del CONICET y del CEAN confirmaron altos niveles de contaminación en el río Chimehuín, un santuario de la pesca deportiva y atractivo turístico de Neuquén.
El legislador explicó que la iniciativa de vertido cero se aplicará de forma progresiva, ya que gran parte de los sistemas actuales están diseñados para derivar los líquidos tratados a los cursos de agua.
Planteó que, con planificación y recursos, es posible reconvertirlos y mencionó que varias localidades de Río Negro ya lo implementan de manera exitosa.
Resaltó que el proyecto no pretende imponer soluciones inmediatas sino construir un régimen gradual que permita a los municipios adaptarse.

El frustrado sueño del balneario en Urmenio Figueroa
La propuesta también se fundamenta en antecedentes locales.
Recordó que en gestiones anteriores se intentó habilitar un balneario en la calle Urmenio Figueroa, pero el plan fracasó debido a la mala calidad del agua.
“La discusión sobre el agua debe estar en el centro de la agenda pública, no solo como un tema ambiental, sino también de salud y de desarrollo económico”, afirmó.
El modelo de Río Negro aparece como referencia concreta.
El Departamento Provincial de Aguas (DPA) impulsa desde 2015 experiencias de reúso de líquidos cloacales tratados.
El ingeniero forestal Santiago Magnin detalló que en Ingeniero Jacobacci, una zona de extrema aridez, los efluentes se aplican en el riego de pasturas y forestaciones destinadas a la producción de leña. 
Más tarde, en 2018, se inauguró en Choele Choel la primera planta de tratamiento con vuelco cero al río Negro, que hoy riega 20 hectáreas de sauces.
Además, existen casos privados como el de un productor olivícola en Las Grutas que irriga 28 hectáreas con efluentes tratados, logrando una producción rentable de aceitunas y aceite de oliva.
Magnin subrayó que el líquido cloacal tratado es rico en nitrógeno y fósforo, lo que permite convertirlo en un “fertirriego” natural con altos rendimientos productivos, aunque con restricciones de uso sanitario.
Mientras en Río Negro aún no se cuenta con una ley específica y las iniciativas se respaldan en resoluciones del DPA, Neuquén avanza en darle un marco legal a la cuestión.
Para Monzani, esa normativa permitirá ordenar la transición hacia el vertido cero, consolidar políticas de protección ambiental y transformar un pasivo en un recurso productivo.
El debate legislativo se plantea, así, como una oportunidad para redefinir la relación de la provincia con sus ríos: de ejes de contaminación a motores de desarrollo sostenible.
En 2020 hubo un debate en Puerto Madryn sobre el riego de espacios públicos con agua cloacal tratada, luego de que el radicalismo local advirtiera posibles riesgos para la salud. 
Sin embargo, funcionarios municipales defendieron el uso de agua tratada para el riego, aclarando que no se trataba de agua cloacal sin tratar, sino de un recurso que se utilizaba tras haber pasado un proceso de saneamiento. 

Mendoza es el caso testigo
El ingeniero forestal Santiago Magnin, del Departamento Provincial de Aguas de Río Negro, señaló que la gran diferencia entre su provincia y Mendoza radica en la motivación que impulsa el reúso de aguas tratadas.
Mientras en Río Negro y Neuquén la prioridad es preservar la calidad de los ríos, en Mendoza la práctica se volvió estratégica por la escasez hídrica en un territorio semidesértico.
Mendoza fue una de las primeras provincias en implementar el reúso de aguas residuales tratadas para riego agrícola.
Marco legal: Cuenta con proyectos legislativos que regulan y promueven el uso de aguas cloacales y grises con fines productivos.
Beneficios: Ahorra agua dulce, aporta nutrientes que funcionan como fertilizantes naturales y contribuye a la sostenibilidad del recurso hídrico.
Desafíos: Requiere control estricto de la calidad del agua, enfrenta problemas de contaminación cuando no hay tratamiento adecuado y debe superar la desconfianza social en cultivos de consumo humano.
Magnin destacó que Mendoza se adelantó en esta agenda, apoyada en su necesidad de optimizar cada gota de agua disponible, mientras que en la Patagonia el objetivo es evitar que los ríos se transformen en receptores de contaminación con el vertido de líquidos cloacales.
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El mayor desfinanciamiento a la Ley de Bosques de la historia

 


Presupuesto 2026: el Gobierno asignó el número más bajo de la historia para la protección de bosques nativos

Fecha de Publicación
: 29/09/2025
Fuente: TN
Provincia/Región: Nacional


La Fundación Vida Silvestre Argentina alertó que el proyecto enviado al Congreso adjudica apenas el 3,5% de lo previsto por la Ley 26.331. Con ese nivel de recursos, advierten, las provincias no podrán fiscalizar ni restaurar áreas degradadas y la deforestación continuará avanzando.
El proyecto de Presupuesto Nacional 2026 contempla el financiamiento más bajo desde la sanción de la Ley de Bosques, en 2007. 
Según la Fundación Vida Silvestre Argentina, la propuesta del Poder Ejecutivo destina apenas el 3,5% de los fondos que establece la norma, una reducción que representa el desfinanciamiento más grave en casi dos décadas de implementación.
La Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos estableció que el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques debe recibir, como mínimo, el 0,3% del presupuesto nacional. 
Para 2026, ese monto equivaldría a $444.207 millones. Sin embargo, el proyecto oficial prevé solo $15.843 millones, a los que se suman $1624 millones para el Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos.
“La Argentina cuenta con más de 53 millones de hectáreas de bosques nativos. Con el presupuesto asignado, se destinarían apenas $298 por hectárea al año, es decir, $24 por mes para cuidar cada hectárea. Es imposible proteger nuestros bosques con estos recursos”, señaló Manuel Jaramillo, director general de Vida Silvestre.

El impacto del desfinanciamiento
Los especialistas advierten que la falta de fondos limita la capacidad de las provincias para fiscalizar y controlar desmontes ilegales, al tiempo que desalienta a los propietarios a conservar y restaurar sus tierras.
En paralelo, la deforestación continúa avanzando en zonas donde está expresamente prohibida, producto de la expansión agropecuaria, forestal, urbanística y vial.
Las áreas incendiadas o degradadas tampoco están siendo restauradas como indica la normativa. A esto se suma la ausencia de un registro nacional de infractores, una herramienta clave que permitiría articular sanciones y políticas públicas para desincentivar las violaciones a la ley.
“Desde Fundación Vida Silvestre realizamos este pedido todos los años, porque es algo que se repite en cada presentación del presupuesto nacional. Y aunque el proyecto de ley suele incorporar mejoras en su formulación, el monto asignado siempre termina siendo muy bajo e insuficiente”, agregó Jaramillo.
“Excepto en los inicios de la Ley, el presupuesto nunca superó el 10% de lo que correspondería, lo que evidencia una falta de voluntad política para cumplir con esta norma clave para la conservación”, sostuvo el experto en ambiente.
Los bosques nativos no solo albergan biodiversidad: cumplen funciones esenciales para la sociedad y la economía. Contribuyen a mitigar y adaptarse al cambio climático, regulan los ciclos hídricos, sirven como hábitat para miles de especies y sostienen a comunidades locales.
Además, proveen alimentos, agua potable, medicinas y materias primas, y ayudan a prevenir fenómenos extremos como inundaciones y erosión.
Su pérdida, advierten los especialistas, implica consecuencias sociales, económicas y ambientales muchas veces irreversibles. “Conservar y utilizar sustentablemente los bosques nativos es una obligación”, enfatizó Jaramillo.
El desfinanciamiento de la Ley de Bosques también pone en riesgo compromisos internacionales asumidos por la Argentina. El país se propuso alcanzar la carbononeutralidad en 2050 y reducir la deforestación, en línea con el Acuerdo de París de 2015 y el Convenio de Diversidad Biológica.
“Es hora de asumir los compromisos y salvar nuestros bosques. Conservarlos es esencial para preservar nuestra salud, bienestar y supervivencia”, concluyó el director de Vida Silvestre.
El proyecto de presupuesto será debatido en el Congreso en las próximas semanas. Desde las organizaciones ambientales advierten que el resultado de esa discusión será determinante para el futuro de la Ley de Bosques y para la conservación de uno de los patrimonios naturales más importantes del país.
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Entre Ríos. Amparo por la tala del último monte de chañar

 


Amparo ambiental por la tala del último monte de chañar del departamento Colón

Fecha de Publicación
: 27/09/2025
Fuente: Portal EraVerde
Provincia/Región: Entre Ríos


El pasado 23 de diciembre de 2023, ERA Verde dio cuenta de la denuncia por un desmonte ilegal de un campo ubicado sobre la ruta nacional Nº 14, a la altura del puente sobre el arroyo Perucho Verna. El accionar desaprensivo se produjo por el nuevo dueño del lote con el fin de instalar una cantera de piedras, según trascendió. Pero el lugar donde arrasó con la vegetación y se realizó un importante movimiento de suelo se encuentra dentro de un área natural protegida provincial. Esto derivó en una presentación en la Justicia por la Asociación Arroyo Perucho Salvaje, de San José. A raíz de este pedido, el juez de Paz Facundo Ramat, dictó una “medida precautelar” para evitar que se altere el territorio intervenido, ordenando cesar la “destrucción de la flora y la fauna en dicho terreno”.
Este 23 de septiembre, el juez de Paz interino de San José, Facundo Manuel Ramat, resolvió disponer que el Francisco Rossier, propietario del campo donde se denunció la tala y nivelación de un terreno ubicado dentro del área natural provincial Arroyo Perucho Verna “deberá retirar o disponer el retiro de la totalidad de implementos, maquinarias y herramientas existentes en el lugar”. Esta directiva forma parte de la precautelar dictada en el marco de la solicitud de amparo ambiental interpuesto por la Asociación Civil Arroyo Peruho Salvaje, que preside Gustavo Velzi.
El magistrado también mandó que “se abstenga de adoptar cualquier decisión, acto y/o comportamiento que implique alterar la situación fáctico jurídica del territorio”, así como quedó “prohibido ejercer actos de turbación o ocupación del mismo”, se lee en la resolución a la que accedió ERA Verde. Además del cese de movimientos de sueldo y “destrucción de la flor y fauna”, se requirió a la autoridad policial pueda asegurar la medida, por lo que se le dio intervención a la comisaría de San José, hasta tanto se resuelva el fondo.
De acuerdo a lo relevado por la organización ambiental, en ese terreno a la altura del Puente del Barrio Perucho Verna se han destruido parte del bosque y especies nativas entre las cuales se encuentran “los últimos árboles de chañar que fueron arrancados en diciembre del año 2023, al igual que quebrachos blancos, coronillos, existente en la parte más alta y en la parte baja”. Se trata de “un ecosistema alimentado por el humedal, de juncos y totoras, pajonal, sauces, entre otras. Este daño lo provocó este vecino de la ciudad de Villa Elisa”, comentó el letrado y titular de la entidad ecologista, Gustavo Velzi.
Se precisó a ERA Verde que el comprador de lugar, empresario dedicado a la extracción y comercialización de áridos, recientemente reingresó al sector y “arrasó con todo”, sin contemplar los cuidados que amerita siendo que se encuentra dentro de una reserva provincial por ley N ° 11.011, que crea el “Área Natural Protegida, en la categoría de Reserva de Usos Múltiples”. Asimismo, realizó los trabajos sin ningún tipo de autorización municipal, ni provincial, se precisó.
El lugar donde se pretende poner una cantera de lavado de piedras se ubica en el lado oeste de la Autovía Gervasio Artigas, antes del puente que cruza el arroyo Perucho Salvaje, jurisdicción de la ciudad de San José, departamento Colón.
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Es elevado a jucio caso de contaminación del Paraná

 


Elevan a juicio penal una causa por contaminación contra directivos de Carboquímica del Paraná

Fecha de Publicación
: 24/09/2025
Fuente: Rosario 3
Provincia/Región: Santa Fe


La Justicia Federal de Rosario juzgará al presidente y al vicepresidente de una empresa de Ramallo por vertidos tóxicos al río y enterrado de residuos peligrosos en la costa. Además del daño al ambiente, hubo animales fallecidos y familias de pescadores desplazadas
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Rosario juzgará al presidente y al vicepresidente de Carboquímica del Paraná S.A., acusados de contaminar de manera peligrosa el suelo, el agua y el aire en la planta que la firma posee en Ramallo, con impacto directo sobre bosques nativos y humedales costeros del río Paraná.
La decisión fue tomada el pasado viernes por el Juzgado Federal N°2 de San Nicolás, que clausuró la instrucción penal y elevó la causa a juicio tras rechazar los planteos de la defensa.
Se trata de una larga investigación impulsada por organizaciones ambientales que alertaron sobre vertidos tóxicos al río y entierro de residuos peligrosos en bañados costeros de dominio público.
Peritajes de la Universidad Nacional de La Plata, informes oficiales y constataciones policiales confirmaron la presencia de sustancias altamente nocivas como brea, creosota y benceno, algunas clasificadas como cancerígenas.
En la zona residían familias de pescadores artesanales que se vieron afectados en su salud y debieron abandonar sus lugares habituales de residencia, trasladándose a zonas alejadas de la contaminación que los afectaba.
El abogado ambientalista Fabián Maggi informó a Rosario3 que la investigación penal comenzó en 2014 pero los hechos son anteriores e incluso posteriores a ese año. Fue un daño provocado por un largo periodo de tiempo.
Entre las imágenes que forman parte de la causa, se observan tanques o tachos con residuos químicos derramados que se filtran en el suelo ribereño, chicos jugando en zonas contaminadas y un perro fallecido por los contaminantes.
“Los animales se caían en los pozos de enterramiento de brea, en otras cavas se encontraron chanchos, ovejas y otros”, explicó Maggi sobre la denuncia que impulsaron las organizaciones Unidos por Vida y el Medio Ambiente (UPVA) de Ramallo y el Foro Medio Ambiental (Fomea) de San Nicolás.

Un precedente inédito
La planta industrial ya se había clausurado preventivamente en varias oportunidades y además ya había sido condenada en sede civil mediante la sentencia que dictó la entonces jueza federal Sylvia Aramberri.
En un amparo ambiental donde se comprobó la existencia de daño ambiental severo en la zona protegida, la magistrada condenó a la empresa Carboquímica a realizar la recomposición del daño causado en esa zona ribereña, informaron las organizaciones mediante un comunicado.
Ahora, los directivos llegan a juicio acusados por el delito del artículo 55 de la Ley de Residuos Peligrosos (24.051), en relación con el artículo 200 del Código Penal, que sanciona penalmente la contaminación ambiental peligrosa para la salud pública.
Este juicio penal marca un precedente inédito en la defensa del Paraná y sus ecosistemas, al ser la primera vez que un caso de contaminación ambiental que afecta las aguas del río y sus humedales costeros llega a debate oral en los tribunales federales de la ciudad de Rosario en busca de una condena a los directivos responsables de la empresa que causó el daño ambiental acreditado en sede judicial.
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Justicia procesa a hombre acusado de matar un yaguareté

 


Se dictó el procesamiento de un hombre acusado de cazar un yaguareté en Formosa

Fecha de Publicación
: 13/09/2025
Fuente: Parques Nacionales
Provincia/Región: Formosa


Parques Nacionales celebra este avance judicial que no solo sanciona un acto ilegal, sino que reafirma la responsabilidad colectiva de proteger a este felino emblemático del Gran Chaco, la Selva Paranaense y las Yungas.
El Juzgado Federal Nº 1 de Formosa dictó hoy el procesamiento del hombre que publicó en redes sociales un video que mostraba la persecución y caza de un ejemplar macho de yaguareté (Panthera onca) junto a otras personas, en inmediaciones de la ciudad de Clorinda. El hecho se habría producido el 19 de diciembre de 2022.
En su resolución, el tribunal lo consideró "autor responsable del delito de caza de animales silvestres cuya captura está prohibida, agravado por el concurso de tres o más personas, previsto y reprimido por el art. 25 de la Ley 22.421".
Durante el allanamiento realizado en febrero de este año en su domicilio, la Policía Federal Argentina secuestró numerosas armas de fuego, miras telescópicas y láser, municiones de distintos calibres, vainas servidas, dispositivos electrónicos y un cuero de puma, entre otros elementos de interés probatorio.
Este fallo se suma al dictado el 15 de agosto de 2025 por el mismo Juzgado, que condenó a tres hombres a dos años de prisión efectiva y a un cuarto a dos años de ejecución en suspenso por delitos similares. Ambos casos constituyen hitos jurisprudenciales históricos en la lucha contra la caza furtiva en Argentina.
El yaguareté se encuentra en peligro crítico de extinción en nuestro país, protegido por la Ley Nacional de Conservación de la Fauna N° 22.421 y declarado Monumento Natural Nacional en 2001 mediante la Ley N° 25.463. Además, la especie cuenta con protección internacional en el Apéndice I de la Convención CITES y es objeto de la Estrategia Binacional de Conservación Argentina–Brasil.
La Administración de Parques Nacionales celebra este avance judicial que no solo sanciona un acto ilegal, sino que reafirma la responsabilidad colectiva de proteger a este felino emblemático del Gran Chaco, la Selva Paranaense y las Yungas. El yaguareté es símbolo de nuestra biodiversidad y su pérdida no representa un daño aislado: afecta al equilibrio y salud de los ecosistemas, así como al patrimonio natural y cultural de toda la Nación.
Proteger al yaguareté es proteger el futuro: cada ejemplar preservado es un legado para las próximas generaciones.
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Santa Fe, el gobierno a la justicia para frenar un desmonte

 


Frenaron un desmonte ilegal de 50 hectáreas en el norte santafesino

Fecha de Publicación
: 11/09/2025
Fuente: El Once
Provincia/Región: Santa Fe


El Ministerio de Ambiente constató la deforestación de bosque nativo en el departamento 9 de Julio. Una empresa avanzó con obras industriales sin estudio de impacto ambiental.  
El Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe frenó un desmonte ilegal de casi 50 hectáreas de bosque nativo de máxima conservación en el departamento 9 de Julio. La empresa responsable, Algoservicio S.A., había iniciado además la construcción de una planta algodonera sin contar con la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA). Tras la constatación de la infracción, se dispuso la clausura del predio y la denuncia ante la Justicia.
El ministro Enrique Estévez sostuvo: “No se puede instalar una industria sin gestionar los permisos que exige la provincia, ni actuar sin responsabilidad ambiental. Cuando las reglas se incumplen, hay consecuencias”. 

Acciones judiciales y medidas cautelares
La Procuración General de la Corte Suprema provincial promovió una acción de amparo colectivo ambiental contra la empresa. En ese marco, el Juzgado de Distrito de Tostado ordenó la prohibición de toda intervención en el predio, ubicado en el distrito de Logroño, y exigió el retiro inmediato de maquinarias y materiales de construcción. 
La resolución también obliga a la firma a abstenerse de realizar nuevas acciones sobre el área, clasificada como Categoría I - Zona Roja por la Ley Provincial N.º 13.372 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, lo que la convierte en una zona de máxima protección.

El valor de conservar los bosques nativos
Las autoridades recordaron que la Ley Nacional de Bosques (N.º 26.331) protege los ecosistemas más valiosos del país, y remarcaron que la conservación del bosque nativo no solo es un deber legal sino también productivo: permite proteger suelos, conservar agua, resguardar la biodiversidad y mitigar los efectos del cambio climático.
“La protección del bosque nativo no es un capricho: es cuidar la biodiversidad, el agua, los suelos y la vida de las generaciones que vienen. En Santa Fe apostamos a una producción sostenible que mire al futuro”, concluyó Estévez. 
El rol del sistema de alerta temprana
El desmonte fue detectado a través del Sistema Nacional de Alerta Temprana de Deforestación, que monitorea continuamente la pérdida de bosques nativos mediante imágenes satelitales y reportes quincenales. Esta herramienta permite a las provincias actuar de manera rápida y efectiva, además de brindar acceso público a la información para que la sociedad civil participe en la defensa de los ecosistemas.
El gobierno provincial reafirmó que el cuidado del ambiente y el cumplimiento de la ley son condiciones innegociables para garantizar una producción que impulse el desarrollo humano sin hipotecar el futuro. 
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Chaco incumple la Ley de Bosques

 


Desmontes en Chaco: organizaciones advierten por el incumplimiento de la Ley de Bosques

Fecha de Publicación: 08/09/2025
Fuente: Organización FARN
Provincia/Región: Chaco


Las organizaciones Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Vida Silvestre y Aves Argentinas señalaron que el veto parcial a la Ley 4157-R no resuelve los problemas estructurales de la política forestal chaqueña. Alertaron que la deforestación ilegal debe ser tratada como un delito penal y no meramente administrativo.
Ante el reciente veto parcial del Poder Ejecutivo de Chaco a la Ley N° 4157-R, las organizaciones Fundación Vida Silvestre Argentina, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y Aves Argentinas advierten que, si bien la supresión del artículo 45 bis impide consolidar un mecanismo de blanqueo de madera ilegal, la medida resulta claramente insuficiente y mantiene intactos los principales problemas estructurales de la política forestal provincial. 
El artículo finalmente vetado permitía la obtención de descuentos en las multas y el uso de la madera incautada en casos de deforestación ilegal, bajo la presentación de un ambiguo “contrato de restauración del daño”. Esta figura, carente de definición normativa, generaba graves riesgos jurídicos y ambientales.
Tal como advirtieron oportunamente las organizaciones al momento de su sanción, este mecanismo contradecía los principios y disposiciones de la Ley Nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección de los Bosques Nativos, al consolidar incentivos perversos para continuar con el desmonte.
No obstante, el veto parcial no resuelve en absoluto los problemas estructurales que enfrenta la política forestal en Chaco. La madera proveniente de desmontes ilegales se sigue blanqueando mediante el otorgamiento de “autorizaciones especiales” que en 2024 representaron más de la mitad de la madera circulante legalmente en la provincia, instaurados por una interpretación laxa del artículo 53° de la Ley 2079-R, aún vigente pese a la reforma. Aún más, los infractores acceden a descuentos de hasta el 50% y planes de pagos en hasta 12 cuotas por imperio de los artículos 32° y 9° de la misma ley, también vigentes pese a la reforma. 
Adicionalmente, la provincia continúa operando con un Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) regresivo y acreditado solo parcialmente, según la Disposición 734/2025 de la autoridad nacional. Esta situación deja importantes áreas sin categorización ni protección efectiva, generando vacíos legales y operativos que comprometen la gestión sostenible del bosque. Si bien el polígono regresivo de mayor superficie fue observado por la Autoridad Nacional de Aplicación, se convalidó la regresión en cientos de miles de hectáreas por fuera de dicho polígono en el resto del OTBN. De hecho, recientemente, mediante la Resolución 668/2025, el Ministerio de la Producción y el Desarrollo Económico Sostenible de la provincia ordenó que se dé curso a todas las solicitudes de permisos forestales en el marco de la implementación del OTBN, respetando la observación de la Autoridad Nacional de Aplicación y exceptuando a aquellas solicitudes de cambio de uso de suelo que estén comprendidas en la medida cautelar iniciada por la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas.
Por ello, las organizaciones firmantes reiteran la urgencia de completar la zonificación del OTBN chaqueño, bajo criterios participativos y de acuerdo con la Ley 26.331. 
Asimismo, insisten en que es necesario fortalecer un régimen sancionatorio realmente disuasivo, transparente y eficaz, que permita combatir el desmonte ilegal, rechazando que se haya avanzado en esta reforma sin un proceso de consulta amplio, abierto y con el rigor que la temática exige.
Finalmente, reafirman que la deforestación ilegal debe ser tratada como un delito penal y no meramente administrativo. Solo con un enfoque robusto en materia legal y de política pública será posible revertir la acelerada pérdida de bosques nativos que afecta a la región chaqueña y al país.
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Vuelven a quemar caña en Tucumán, la justicia no actúa

 


Tensión judicial: los fiscales piden prisión para los que queman caña pero los jueces se niegan

Fecha de Publicación
: 06/09/2025
Fuente: Portal Contexto
Provincia/Región: Tucumán


La quema de cañaverales y pastizales abrió una fuerte disputa judicial en Tucumán. Mientras el Ministerio Público Fiscal (MPF) insiste en solicitar prisión preventiva para quienes son sorprendidos iniciando incendios, los jueces hasta ahora se limitaron a abrir causas sin ordenar la privación de libertad.
El último episodio se registró el jueves pasado en Mancopa, cuando efectivos del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) y de la división Delitos Rurales y Ambientales detectaron a tres hombres apilando restos de desmonte para prender fuego.
Según el informe pericial, la rápida intervención de los Bomberos Voluntarios de Bella Vista impidió que las llamas alcanzaran un cañaveral y los bosques nativos de la zona. Por orden de la fiscala Mariana Rivadeneira, los sospechosos fueron aprehendidos.
El sábado se concretó la audiencia de formulación de cargos, donde la auxiliar fiscal Brenda Deroy advirtió sobre la gravedad de estas prácticas, que “ocasionan accidentes de tránsito, daños a inmuebles, a personas y a los animales”. 
Deroy pidió la prisión preventiva por 30 días para dos de los imputados, al señalar que no tienen domicilio acreditado en la provincia y que la defensa sólo aportó como referencia la localidad de El Mojón, Santiago del Estero.
Sin embargo, la jueza interviniente rechazó el pedido y dictó medidas de menor intensidad, considerando la situación económica de los acusados y la falta de pruebas sobre un dolo intencional.
Desde que el MPF adoptó una política criminal contra las quemas, al menos 10 personas fueron acusadas por delitos que prevén penas de cumplimiento efectivo. No obstante, sólo tres imputados recibieron prisión preventiva, dos de ellos bajo arresto domiciliario.
Pese a los fallos judiciales, fuentes fiscales ratificaron que seguirán pidiendo preventivas. De hecho, el domingo el ECIF intervino en un nuevo incendio en Cevil Pozo, a tres kilómetros de la rotonda de Los Gutiérrez, que afectó una línea de alta tensión de Transnoa. Los peritos trabajan para identificar a los responsables.
En paralelo, avanzan las investigaciones contra al menos cuatro grandes productores cañeros, dos de ellos propietarios de ingenios, sospechados de ordenar o permitir quemas en sus campos.
Según la fiscal Rivadeneira, estos empresarios habrían presentado denuncias de supuestos ataques incendiarios contra sus propiedades como estrategia preventiva para evitar causas penales. Los registros muestran que las presentaciones se concentraron en los meses de agosto y septiembre, época de mayor riesgo, lo que refuerza las sospechas.
Además, no se descarta que puedan ser imputados por no tomar medidas de seguridad adecuadas para prevenir estos siniestros, pese a su reiteración anual.
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Habilitan la caza en varias provincias, pero los controles...

 


Las habilitaciones de caza en distintas provincias encienden las alarmas por la falta de control e información

Fecha de Publicación
: 05/09/2025
Fuente: TN
Provincia/Región: Nacional


Diversas jurisdicciones dieron luz verde para matar especies autóctonas y hasta para mercantilizar productos derivados de ellas. La postura de las organizaciones especializadas en fauna.
La habilitación para cazar fauna autóctona en varias provincias enciende las alertas en los sectores ambientalistas, que manifiestan la necesidad de contar con mayor información para conocer la situación de algunas especies que son parte de actividades cinegéticas en el país. A su vez, mencionan la existencia de una “deuda histórica” sobre el control de las normativas para proteger a la fauna nativa.
Situaciones como la habilitación en Río Negro para cazar y comercializar fauna autóctona o en Entre Ríos, donde desde el 24 de junio y hasta el 29 de septiembre hay autorización libre para matar a 150.000 coipos generaron preocupación en diversas organizaciones.
La situación del coipo en Entre Ríos es particular: se trata de una Especie de Vertebrado de Valor Especial (Evve), una categoría que se instauró en la Administración de Parques Nacionales en 1991 y que está conformada por animales seleccionados bajo nueve criterios que determinan su importancia de conservación.
Cada área protegida del país tiene que contar con una lista de Evves y el coipo se encuentra listado en 12 espacios de este tipo. Once de ellos son parques nacionales y dos de esas áreas se encuentran en Entre Ríos: el Parque Nacional Pre-Delta y Parque Nacional El Palmar. También forma parte de la lista de Evves de la Reserva Natural Formosa.
En el pasado reciente, otras disposiciones también levantaron críticas, como la posibilidad de cazar pumas y guanacos en Santa Cruz. La medida, luego de que sectores ambientalistas reclamaran, se revirtió en abril de este año por tratarse de dos especies nativas.
Especialistas dan lugar a la caza para control de especies exóticas o invasoras, pero ponen en tela de juicio los casos mencionados por tratarse de fauna nativa que es irremplazable.

Falta de información
La situación actual llevó a que Aves Argentinas emitiera una posición institucional sobre la caza, algo que la organización nunca había hecho, según explicó a TN el director de coordinación institucional de la organización, Francisco González Táboas.
Estas posiciones, indicó, surgen por demandas coyunturales y resaltó que “sobre caza nunca se había hecho”.
En su posición, Aves Argentinas se opone “a toda práctica de caza que ponga en riesgo a las especies y sus hábitats” y que se aplique el principio precautorio de la Ley General del Ambiente, que indica que en casos que haya peligro de daño grave o irreversible no podrán usarse la falta de información o de certeza científica para postergar medidas que impidan la degradación del ambiente. Ante la duda, no tocar ni modificar nada.
Justamente, González Táboas manifestó que la falta de información y de análisis sobre diversas especies dificulta la posibilidad de determinar si las mismas sufren disminuciones en su población. Por eso, resaltó que se debe tomar el principio precautorio: “No hay números y no hay investigaciones, entonces no sigamos autorizando cazas”.
En tanto, resaltó la necesidad de que se lleven adelante estudios a nivel regional más que provincial. Las normativas heterogéneas entre provincias es otro de los puntos cuestionados por la posición de Aves Argentinas. En ese sentido, el directivo marcó lo que ocurre con el pato crestudo, un ave típicamente cazada para subsistencia pero que sufre la pérdida de población y es de las especies más buscadas por los cazadores en la zona del Gran Chaco.
Sí identifican especies que tienen a sus poblaciones muy comprometidas, como el cardenal amarillo. Por eso, la organización también pidió que se revisen con urgencia los permisos otorgados a empresas de turismo cinegético y denunciaron falta de control sobre firmas no habilitadas.
“La caza cinegética, en general, es sobre especies nativas: patos, perdices, palomas. En un momento se promocionó la caza de cauquenes o avutardas, pero se prohibió porque empezó a ser una especie amenazada”, detalló González Táboas, y sumó que las provincias en donde más se promociona el turismo cinegético son Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires y La Pampa.
Sobre este punto que tiene como eje la actividad turística, la posición de Aves Argentinas apunta a que se fomente el turismo de naturaleza para generar ingresos económicos sin dañar el patrimonio natural.

Deuda histórica
En la Fundación Vida Silvestre señalaron que existe una “deuda histórica” respecto al control y cumplimiento de normativas para la protección de la fauna nativa.
El director de Conservación de la fundación, Sebastián Fermani, consideró que “existen presiones originadas por diversas fuentes, como las actividades productivas o cinegéticas”.
Por su parte, también resaltó que identifican “prácticas específicas y preocupantes” como el uso de perros para la caza ilegal de especies nativas, entre las que mencionó al ñandú o el venado de las pampas.
Fermani señaló que desde Vida Silvestre consideran a la pérdida de biodiversidad como una de las tres patas de la “triple crisis planetaria” que enfrenta la humanidad, en conjunto con el cambio climático y la contaminación.
“La pérdida de biodiversidad es una de las principales problemáticas ambientales del país y rechazamos tanto la caza como el comercio de fauna silvestre que no cuente con un marco regulatorio respaldado en ciencia. Son necesarias políticas públicas basadas en evidencia científica que prioricen la conservación de especies nativas y el equilibrio ecológico”, finalizó.
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Dictan condena por contaminación petrolera del PN Calilegua

 


La Corte Suprema condenó al Estado Nacional, a Jujuy y a dos petroleras por la contaminación del Parque Nacional Calilegua

Fecha de Publicación
: 05/09/2025
Fuente: Tiempo Argentino
Provincia/Región: Nacional - Jujuy


El máximo tribunal ordenó implementar y ejecutar un plan de cese y recomposición del daño ambiental colectivo. “Nos da esperanza de ver pronto esta área protegida sin petroleras”, destacaron desde Greenpeace.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación condenó al Estado Nacional, a la provincia de Jujuy y a dos empresas a ejecutar un plan de cese y recomposición del daño ambiental generado por la actividad petrolera dentro del Parque Nacional Calilegua. La causa había sido impulsada por vecinos del área protegida.
El máximo tribunal sentenció “a la Provincia de Jujuy, a las sociedades Jujuy Energía y Minería Sociedad del Estado (JEMSE) y Jujuy Hidrocarburos Sociedad Anónima Unipersonal (J.H. S.A.U.) a implementar y ejecutar un plan de cese y recomposición del daño ambiental colectivo y de la actividad petrolera del yacimiento Caimancito y del pozo Ca.e3 ubicado en el área CNO-4 Río Colorado, que cumpla con la totalidad de los requisitos técnicos y legales establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación y por la Administración de Parques Nacionales, en un plazo que tendrá como fecha límite para su conclusión el 31 de diciembre del año 2030.”
El fallo además condenó “al Estado Nacional a responder solidariamente en la efectiva implementación y ejecución del plan” y determinó que “la Administración de Parques Nacionales deberá supervisar la implementación y ejecución”.

“Graves pasivos ambientales”
En diciembre de 2015, la legislatura jujeña anuló las concesiones hidrocarburíferas otorgadas dentro del área protegida, en respuesta al reclamo de guardaparques, comunidades indígenas, organizaciones sociales, la Auditoría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo de la Nación. Por su parte, Greenpeace comenzó una campaña que realizó varias protestas y logró el apoyo de más de 270 mil personas.
En 2018, sin embargo, la Administración de Parques Nacionales, en acuerdo con el gobierno de Jujuy, suspendió la afección del área del Yacimiento Caimancito, hasta tanto se realice su remediación ambiental, lo que favoreció a las petroleras. En 2019, Greenpeace y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas presentaron un amparo ante la Corte Suprema para que se declare su inconstitucionalidad y nulidad. La acción buscó así impedir la desafectación arbitraria de 1.000 hectáreas del área protegida.
“El Parque Nacional Calilegua protege uno de los ambientes de mayor biodiversidad de Argentina, como lo es la Selva de Yungas, concentra la mitad de las aves del país y especies en peligro de extinción como el yaguareté. Este fallo de la Corte Suprema nos da esperanza de ver pronto esta área protegida sin petroleras y remediados los daños ocasionados”, señaló Noemí Cruz, coordinadora de la campaña de Bosques de Greenpeace.
Con respecto a la decisión de la Corte consideró que “se trata de un fallo histórico que por fin resolverá algo que venimos exigiendo desde hace mucho tiempo junto a guardaparques, vecinos, comunidades indígenas y organizaciones sociales”.
“Es absurdo, ilegal y peligroso que haya petroleras operando dentro de un Parque Nacional, esperamos que se remedien los graves pasivos ambientales”, concluyó.
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Fiscalía impugna absolución de contaminación en Golfo Nuevo

 


El Ministerio Público Fiscal impugnó el fallo que absolvió a los acusados por contaminación ambiental en el Golfo Nuevo

Fecha de Publicación: 03/09/2025
Fuente: El Chubut
Provincia/Región: Chubut


La medida se dirige contra la sentencia absolutoria dictada por la jueza Patricia Reyes el pasado 25 de agosto en beneficio de Nadine Parry y Yosef Vargas. 
El Ministerio Público Fiscal de Puerto Madryn, representado por el fiscal jefe Alex Williams, presentó una impugnación extraordinaria ante el Superior Tribunal de Justicia contra la resolución que absolvió a los dos imputados en la causa por contaminación ambiental vinculada a la empresa pesquera Conarpesa.
La medida se dirige contra la sentencia absolutoria dictada por la jueza Patricia Reyes el pasado 25 de agosto en beneficio de Nadine Parry y Yosef Vargas. 
El Ministerio Público Fiscal alude que “el fallo presenta una errónea aplicación de la ley penal, una motivación insuficiente y contradicciones que lo tornan arbitrario, lo que fundamenta el pedido de revisión”.

El caso 
Según Fiscalía, Nadine Parry, responsable ambiental de la empresa, y Josep Vargas, encargado de la planta de tratamiento de efluentes, “dispusieron un sistema clandestino de volcado de líquidos industriales sin tratamiento al mar durante al menos dos jornadas de febrero de 2023”. 
Conforme las pericias, las muestras de agua superaron ampliamente los límites permitidos por la normativa vigente: la legislación autoriza hasta 50 mg por litro de materia orgánica, mientras que los análisis arrojaron valores superiores a 1.500 mg por litro.

Fundamentos de la impugnación 
Fiscalía sostiene que la jueza Reyes “absolvió a los imputados basándose en una supuesta variación en la acusación fiscal durante el debate oral, lo que habría vulnerado el principio de congruencia y el derecho de defensa”. 
El fiscal remarcó que “el hecho histórico atribuido se mantuvo inalterado desde el inicio del proceso hasta el alegato final: el volcado de efluentes crudos al Golfo Nuevo mediante un sistema de cañerías no declarado (“bypass”). En consecuencia, la defensa ejerció plenamente sus derechos y no existió afectación al debido proceso”. 
En tal sentido, indican que “al minuto 32 y al minuto 46, se remarca textualmente que la única conclusión lógica, válida, que se puede arribar es que se había dispuesto exactamente un sistema de vuelco de líquido sin tratar al mar proveniente del lavado de la materia prima”.

Sentencia “sin fundamentos” y “plagada de subjetividades y adjetivaciones”
Asimismo, se planteó que la sentencia “carece de una fundamentación adecuada, recurriendo a argumentaciones formales sin precisar en qué medida se habría limitado la defensa de los acusados, requerimiento ineludible para poder aplicar la sanción que la jueza dispuso pero que en su fallo nada dice al respecto”, remarcan los fiscales que por el contrario la sentencia se encuentra “plagada de subjetividades y adjetivaciones impropias de quien tiene el deber de velar por la imparcialidad”. 

Dimensión ambiental y de derechos humanos 
El recurso presentado por los fiscales también subraya la relevancia colectiva del caso, recordando que los delitos ambientales afectan derechos fundamentales como la salud y la vida. En esa línea, se citaron pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Acuerdo de Escazú, que obligan a los Estados a garantizar el acceso a la justicia y la sanción de quienes provoquen daños ambientales.

Superior tribunal de justicia de Chubut 
El Ministerio Público Fiscal solicitó al Superior Tribunal de Justicia que revoque la sentencia absolutoria y ordene la realización de un nuevo juicio oral. Además, se efectuó reserva de caso federal, lo que habilita recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en caso de ser necesario.
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Salta. El OTBN fue reglamentado y hay incertidumbre

 


Reglamentaron el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos

Fecha de Publicación
: 30/08/2025
Fuente: Salta
Provincia/Región: Página 12


El secretario de Ambiente de la provincia, José Aldazábal, aclaró que el Manejo de Bosques con Ganadería Integrada (MBGI) podrá ser autorizado en las áreas amarillas.
La reglamentación del nuevo Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), enmarcado en la Ley 8483, fue oficializada este miércoles al ser publicada en el Boletín Oficial bajo la resolución 00509 de la Secretaría de Ambiente de la provincia, a cargo de José Alejandro Aldazábal.
Pese a estar en amarillo o mediano valor de conservación, hay 5.539.750 hectáreas en esa zona que podrán ser explotadas bajo el sistema silvopastoril o de Manejo de Bosques con Ganadería Integrada (MBGI), “sistemas productivos que pueden realizarse en zonas amarillas estrictas”, indica el informe final presentado por el equipo técnico a cargo del Proceso de Revisión de OTBN. Con la resolución también queda en firme la posibilidad de presentar proyectos productivos para 721.568 hectáreas en el área verde o de bajo valor de conservación. 
“Esto le va a permitir a la provincia empezar a activar aquellos proyectos que estaban parados o aquellos campos que podían presentar algún proyecto y aun no lo estaban haciendo”, dijo el presidente de la Sociedad Rural Salteña (SRS), Alfredo Figueroa.
El empresario indicó que ven con buenos ojos el camino a seguir y ahora queda por ver si la herramienta del manejo silvopastoril o MBGI resulta como lo indica la teoría. “Queremos que estas herramientas como la ganadería, logren el desarrollo sustentable al interior de la provincia”, afirmó y agregó la necesidad de generar trabajo en el sector.
La posibilidad de añadir el manejo de bosques con ganadería integrada a los montes salteños es coincidente con el llamamiento del gobernador Gustavo Sáenz quien convocó a “llenar la provincia de vacas” en su discurso en la Sociedad Rural Salteña.
El desarrollo del sistema silvopastoril sobre estas zonas implica quitar arbustos y limpiar el terreno para que el ganado pueda andar por el monte, sin voltear los árboles como sucede con el desmonte.
Esta presunta solución productiva sobre las áreas amarillas, donde no se indicó un límite de hectáreas para la cría de ganado mediante el sistema silvopastoril genera preocupación porque se teme que no haya un adecuado monitoreo sobre los proyectos.
Un ejemplo es lo que sucedió con las llamadas “cortinas forestales” que separaban los desmontes, y que en los papeles iban a formar el 40 por ciento de las reservas de vegetación que debían dejar las deforestaciones. Con el tiempo, esas áreas de reservas desaparecieron.
El coordinador de la Campaña de Bosques de Greenpeace, Hernán Giardini, afirmó que el manejo silvopastoril “violaría la Ley Nacional de Bosques Nativos porque en zona amarilla no se puede desmontar”.
“El MBGI permite desmontar 10 por ciento del campo para pasturas”, recordó. Añadió que “el desarbustado, si es intensivo, puede ser considerado un desmonte. En la teoría es una cosa. En la práctica se ve que dejan algunos árboles en pie, y el resto pasturas, eso no es un bosque, es una plaza”.
En el mismo sentido recordó que en provincias como Santiago del Estero o el Chaco, en donde hace años se instrumenta el manejo de bosques con ganadería, aunque el supuesto intento fue dejar más vegetación en pie, “lo marcamos como área deforestada porque de hecho desde la misma imagen satelital se nota que no queda ningún bosque. El bosque es mucho más que árboles”, añadió.

Dos audiencias el mismo día
Ayer se publicaron en el Boletín Oficial dos convocatorias a audiencias públicas referidas a la gestión de bosques, ambas en superficies ubicadas en la jurisdicción del departamento Anta.
La primera solicita el “cambio de uso de suelo con fines de agroganadeería en una superficie de 1.798.10 hectáreas netas a habilitar” con un poco más de 1.206 hectáreas “de protección y reserva”. El pedido de desmonte en la Finca San Javier es de “Julio Argentino San Millán (representante de Relaciones Internacionales del gobierno salteño), Marcelo Tomás León, Francisco José Vidal y Jorge Horacio Beraza”. La audiencia será el 26 de septiembre a las 10 en el Centro Integral de Tolloche.
Otro pedido es sobre la Finca Los Hermanos, que solicita un cambio de uso de suelo para agricultura en 336,16 hectáreas netas, con 156,56 hectáreas de protección. En este caso, los solicitantes son Ramiro y Esteban Maíquez. El día de la audiencia será el mismo viernes 26 de septiembre a las 11.30 en el mismo Centro Integral de la localidad de Tolloche.
Los expedientes son anteriores a la promulgación de la ley que enmarca el OTBN actual. Y aunque se regirán por el ordenamiento viejo, Aldazábal explicó que son propuestas productivas que pueden ser compatibles con las zonas en las que se puede desmontar según las superficies definidas por el nuevo OTBN.
El funcionario afirmó que esta compatibilidad se tendrá en cuenta en la decisión respecto de otros proyectos de desmonte que se rigen por el viejo ordenamiento. 
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170 mil hectáreas de bosque, arrasadas en El Impenetrable

 


Desmontes ilegales: Greenpeace documenta 170 mil hectáreas deforestadas en El Impenetrable chaqueño

Fecha de Publicación
: 28/08/2025
Fuente: Portal ChacoOnLine
Provincia/Región: Chaco


Greenpeace recorre el Impenetrable Chaqueño y documenta cuatro desmontes ilegales. La organización ecologista denuncia que en la provincia se deforestan casi 170.000 hectáreas desde que la justicia suspende los desmontes en noviembre de 2020.
El territorio desmontado, documentado por Greenpeace, tiene una superficie equivalente al tamaño de ocho ciudades de Buenos Aires. “Estos crímenes cuentan con la complicidad del gobierno, que debe hacer cumplir los fallos de la Justicia. Ante la ausencia de controles efectivos, los terratenientes se sienten alentados por la impunidad y avanzan día a día sobre nuestros últimos bosques nativos. Es muy triste comprobar que siguen destruyendo el hogar de especies en peligro, como el yaguareté, incluso en zonas de amortiguamiento, estratégicas para la preservación de áreas protegidas”, advierte Noemí Cruz, coordinadora de la campaña de Bosques de Greenpeace Argentina.
En su recorrida por el Norte de la provincia de Chaco, la organización ecologista documenta desmontes ilegales en cuatro fincas ubicadas cerca de la localidad de Taco Pozo, del Parque Nacional Copo y de la Reserva Provincial Loro Hablador. Los activistas colocan carteles en los desmontes, denunciando el crimen ambiental.
Según datos oficiales y del relevamiento satelital de Greenpeace, entre noviembre de 2020 y julio de 2025 en Chaco se deforestan ilegalmente 167.684 hectáreas.
En 2019, Greenpeace presenta un amparo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra de las provincias de Chaco, Santiago del Estero, Formosa y Salta, y el Estado Nacional, por permitir la destrucción del hábitat de los menos de 20 yaguaretés que los científicos estiman que sobreviven en el Gran Chaco Argentino y violar lo establecido por la Ley Nacional de Bosques Nativos. El  máximo tribunal declara su competencia en la causa y se espera su fallo.
“La deforestación es un ecocidio que provoca desaparición de especies, cambio climático, inundaciones, sequías, desertificación, enfermedades, desalojos de indígenas y campesinos, pérdida de alimentos, medicinas y maderas. En forma urgente se deben prohibir y penalizar los desmontes”, señala Cruz.
Argentina mantiene altos índices de deforestación a pesar de que el país ha firmado en la Cumbre Climática realizada en Glasgow en 2021, un compromiso de Deforestación Cero para el año 2030.
Greenpeace convoca a la ciudadanía a reclamar en votaporlosbosques.org que los incendios forestales y los desmontes ilegales se consideren como un delito penal. Ya han participado más de 267.000 personas.
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Riachuelo. Acumar endurece sanciones ambientales

 


ACUMAR endurece sanciones por infracciones ambientales en la Cuenca Matanza Riachuelo 

Fecha de Publicación
: 27/08/2025
Fuente: Ambito
Provincia/Región: Riachuelo


La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo dispuso modificaciones al régimen de fiscalización y sanciones, con multas más severas para incumplimientos en la presentación de información, falsificación de documentos y construcción de sistemas de control de vertidos.
La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) modificó el régimen de fiscalización, control y sanciones aplicables en el área de la Cuenca, mediante la Resolución 203/2025 publicada este lunes en el Boletín Oficial. El organismo dispuso un endurecimiento de las multas y la simplificación de los procedimientos administrativos, con el objetivo de reforzar la eficacia del control ambiental en la zona.
Entre las principales modificaciones se incorporan como infracciones la falsedad de los datos o documentación presentada y la falta de empadronamiento, que podrán ser imputadas directamente por los inspectores en las actas de fiscalización. Además, se establece un plazo de intimación en los casos de información falsa, con sanciones agravadas en caso de incumplimiento.
La norma también eleva las sanciones para los establecimientos que no construyan o adecúen la Cámara de Toma de Muestra y Medición de Caudales, considerada esencial para identificar un único punto de vertido. ACUMAR señaló que la ausencia de este sistema representa una omisión grave que obstaculiza el control ambiental en la cuenca desde hace 17 años.
Asimismo, se modifican los montos de las multas vinculadas a la falta de presentación de información, informes de avance, planes de adecuación y documentación técnica ambiental, y se reincorporan sanciones específicas para el incumplimiento parcial o total de esos planes. También se introducen cambios en los plazos y modalidades de pago de las multas, con beneficios por cancelación temprana y la posibilidad de pago en cuotas.
La resolución simplifica las etapas intermedias en los procedimientos sancionatorios, sin alterar el derecho de defensa, y regula cuestiones que antes no estaban especificadas, como la reincidencia, la prescripción y el cálculo de intereses en los certificados de deuda.
La medida, firmada por el presidente de ACUMAR, Lucas Figueras, entrará en vigencia a partir de mañana.
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Investigación de la 'mafia del desmonte' en un laberinto

 


Desmontes ilegales: para la Cámara Federal de Resistencia, la causa se debe investigar en la justicia provincial

Fecha de Publicación
: 23/08/2025
Fuente: Chaco Día por Día
Provincia/Región: Chaco


La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ratificó la decisión de la jueza Zunilda Niremperger que declaró la incompetencia del fuero federal para investigar la denuncia penal de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas por presuntas irregularidades en la habilitación de desmontes ilegales en el Chaco. 
La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia rechazó los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y confirmó la decisión de primera instancia que declaró la incompetencia de la justicia federal para investigar una compleja trama de desmontes ilegales en la provincia del Chaco, presuntamente orquestada por funcionarios públicos provinciales y particulares, en la que se conoció como “la Mafia del Desmonte”
La resolución fue dictada este miércoles 20 de agosto. Firmada por la jueza subrogante Patricia García, sostiene que, tras un año de investigación, no se ha logrado acreditar el requisito fundamental que habilita al fuero federal en materia ambiental: la interjurisdiccionalidad. Es decir, que afecta a más de una provincia.
El fallo señala textualmente que “los elementos probatorios que obran en la causa no resultan -de momento- suficientes para tener por acreditada la interjurisdiccionalidad exigida en este tipo de procesos a los efectos de la procedencia del fuero federal”. En ese sentido, agrega que “la magnitud del daño ambiental postulado por los recurrentes no autorizaría, por sí, la intervención del fuero federal, puesto que, de lo contrario, cualquier controversia ambiental podría ser federalizada por vía indirecta, diluyendo la competencia de las jurisdicciones provinciales, lo que contraría principios constitucionales básicos”.
El caso, iniciado a partir de una denuncia de la asociación ambientalista, involucraba graves delitos como abuso de autoridad, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias y asociación ilícita, todos en el marco de una presunta maniobra para facilitar desmontes ilegales. Pese a la gravedad de los hechos, la Cámara coincidió con la jueza de primera instancia en que la investigación demostró que la trama se desarrolló íntegramente dentro del ámbito provincial. “La maniobra delictiva [fue] desplegada por funcionarios provinciales quienes, de manera organizada y valiéndose de la función pública que ostentaban en el ámbito de la provincia del Chaco, de modo alternado y durante determinado tiempo, habrían ejecutado acciones mancomunadas con particulares, tendientes a facilitar el desmonte ilegal en perjuicio de los montes nativos ubicados en el territorio provincial”, fundamenta la sentencia.

Delitos federales no corroborados
Respecto a los delitos federales esgrimidos para intentar mantener la causa en el fuero federal, como lavado de activos y trata de personas, el tribunal fue contundente: “tales hipótesis no han sido corroboradas mediante elementos objetivos incorporados al expediente”. La Cámara consideró que estas figuras aparecen “mencionadas como una proyección posible de la maniobra, sin respaldo probatorio concreto que justifique la intervención del fuero federal por el momento”.
La decisión judicial hace hincapié en el carácter excepcional del fuero federal, citando jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que “la intervención del fuero federal en las provincias es de excepción y se encuentra circunscripta a las causas que expresamente le atribuyen las leyes que fijan su competencia, las cuales son de interpretación restrictiva”, y que corresponde a quien lo invoca demostrar los presupuestos necesarios, algo que en este caso no se logró.
En consecuencia, la causa deberá ser derivada a la justicia ordinaria de la provincia del Chaco para que continúe con la investigación de los hechos, los cuales, según el fallo, se inscriben en “el marco del derecho público local y de normas provinciales en materia ambiental, con presunta responsabilidad de autoridades y particulares sometidos a la jurisdicción de la justicia ordinaria chaqueña”.
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Justicia ordenó la regeneración un bosque en Entre Ríos

 


El STJ ordenó la regeneración natural de un bosque nativo en Villaguay

Fecha de Publicación
: 21/08/2025
Fuente: Portal DespertarEntrerriano
Provincia/Región: Entre Ríos


 El STJ ordenó la regeneración natural de un bosque nativo
Así lo resolvió el Superior Tribunal de Justicia. Se trata de un área forestal ubicada en el departamento Villaguay.
El máximo órgano judicial de Entre Ríos rechazó los recursos de apelación interpuestos por la empresa Salentein Argentina BV, por Martín Fernando Beglinomini -por derecho propio- y Cristian Luis Stertz -en el carácter de presidente de la firma SYS S.A , por Jorge Rodríguez y por el gobierno de la provincia, contra la sentencia del 29 de mayo pasado e hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte actora Fundación Cauce.
El Tribunal integrado por las vocales Claudia Mizawak, Gisela Schumacher y el vocal Germán Carlomagno, dispusieron la elaboración de un plan por parte los responsables de la Coordinación de Bosques Nativos, dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Desarrollo Económico, quienes podrán requerir colaboración a la Facultad de Ciencia y Tecnología de la Universidad Autónoma de Ente Ríos y a docentes de la cátedra de Ecología de los Sistemas Agropecuarios y de la Cátedra de Dasonomía de la carrera de Ciencias Agropecuarias de la Universdi9dad Nacional de Entre Ríos.
La vocal Claudia Mizawak fue quien fundó la necesidad de implementar medidas de recomposición del daño ambiental a través de la previa elaboración del mencionado plan.
La sentencia establece que en el mismo se deberá especificar y detallar cómo se llevará adelante la regeneración natural del bosque nativo o su restauración mediante plantación de especies nativas, debiendo en el plazo de tres (3) meses ser presentado ante a la jueza de grado para su aprobación; quien, efectuada las diligencias que considere necesarias, fijará un tiempo prudencial para que los que han sido declarados responsables del daño lo ejecuten.
También se confirmó en lo demás al fallo apelado, por el que la jueza de Paz Nº 1 de Paraná, Virginia Giachello, ordenó oportunamente el cese inmediato del desmonte en los lotes de su propiedad, ubicados en los distritos Mojones Norte y Mojones Sur en el departamento de Villaguay.
La medida fue adoptada por la magistrada al hacer lugar parcialmente a la acción de amparo ambiental promovida por Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista.
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Conarpesa. Piden condena efectiva para directivos

 


Piden que dos directivos de Conarpesa vayan presos por contaminación ambiental: las 5 claves de la acusación

Fecha de Publicación
: 20/08/2025
Fuente: ADNSur
Provincia/Región: Chubut


En sus alegatos, la fiscal Florencia Bianchi solicitó penas de cumplimiento efectivo para Nadine Parry y Yosef Vargas. Los señaló como responsables del volcado al mar de líquidos crudos sin tratamiento, provenientes del procesamiento de langostino.
El juicio contra dos directivos de la empresa pesquera Conarpesa, acusados de verter residuos sin tratar al Golfo Nuevo, tuvo este lunes la jornada de alegatos, donde la Fiscalía solicitó una condena de cumplimiento efectivo para ambos imputados.
La fiscal Florencia Bianchi pidió que se dicte condena contra Nadine Parry, responsable ambiental, y Yosef Vargas, jefe de planta de efluentes de Conarpesa, por el volcado al mar líquidos crudos sin tratamiento provenientes del procesamiento de langostino.
En la audiencia realizada este lunes en Puerto Madryn, la representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) solicitó que se dicte la culpabilidad y la pena de prisión de efectivo cumplimiento de 3 años y 6 meses para Parry, y 3 años y 3 meses para Vargas.
La acusación, según remarcaron desde el MPF, se apoya en testimonios, pericias, actas, fotos, inspecciones oculares y análisis de laboratorio, que confirmaron la existencia de un by pass o conexión clandestina para desviar efluentes sin tratar al Golfo Nuevo con valores miles de veces lo permitido. También se incorporaron como prueba mensajes de WhatsApp entre los imputados que evidencian conocimiento y decisión conjunta sobre la maniobra.
El Ministerio Público Fiscal detalló cuáles son las claves de la acusación que formularon contra los directivos de la empresa Conarpesa.
1-Hallazgo de líquido que llegaba al mar: en febrero de 2023 se detectó un líquido rosado y con olor putrefacto llegando al mar desde el Parque Pesquero.
2-Pruebas científicas: fotos, videos, pericias y análisis confirmaron que eran efluentes crudos de langostino. Los valores superaban miles de veces los permitidos.
3-By Pass: se descubrió una conexión clandestina que desviaba líquidos sin tratar, evitanto el sistema de tratamiento.
4-Los mensajes: un chat entre los imputados habló de “tapar salidas porque al by pass no podemos desviar más”.
5-Los responsables: para la fiscalía, Nadine Parry (responsable ambiental) y Yosef Vargas (jefe de efluentes) dispusieron y ejecutaron la maniobra.
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Condena efectiva para cazadores de yaguareté en Formosa

 


Dos años de prisión efectiva para los cazadores del yaguareté en Formosa

Fecha de Publicación
: 15/08/2025
Fuente: El Territorio
Provincia/Región: Formosa


La condena fue a instancias de un juicio abreviado, en el que los acusados Viterman Ponce de León (37), Walter Hugo Ponce de León (44), Claudio Hugo Cisneros (29) y Máximo Cisneros (60) reconocieron su responsabilidad.
La Justicia Federal de Formosa dictó una condena de dos años de prisión efectiva para los cuatro hombres que en julio del año pasado mataron a un ejemplar de yaguareté en Estanislao del Campo, Formosa, y difundieron fotos del animal en sus estados de WhatsApp.
El fallo se dio en el marco de un juicio abreviado, en el que los acusados Viterman Ponce de León (37), Walter Hugo Ponce de León (44), Claudio Hugo Cisneros (29) y Máximo Cisneros (60) reconocieron su responsabilidad y, a través de sus defensores, acordaron con el Ministerio Público Fiscal y los querellantes la condena, con permisos especiales únicamente para poder trabajar.
La acusación estuvo a cargo del Ministerio Público Fiscal y de los querellantes admitidos: la Fiscalía de Estado de la Provincia en representación del Gobierno Provincial, la Administración de Parques Nacionales por el Estado Nacional y la Fundación Red Yaguareté.
En la audiencia, refleja el diario La Mañana, el juez federal Pablo Morán destacó la relevancia de la condena: "Es fundamental poner en conocimiento de toda la población este caso y resaltar lo importante que es para todos la conservación del medio ambiente, la no destrucción de nuestro ecosistema".
El magistrado recordó que el yaguareté ocupa "el tope de la cadena alimenticia de los carnívoros en América Latina" y subrayó que "la existencia del Yaguareté y su preservación significa la salud de todo el ecosistema". Y agregó: "Hay que proteger todo el ecosistema, evitar la depredación de otras especies, de nuestros ríos y especialmente la deforestación ilegal de nuestros montes".
Morán detalló que originalmente el juicio estaba previsto como oral y público, en el cual los acusados podrían defenderse y escuchar tanto la acusación como las pruebas presentadas. "No nos olvidemos que en este, como cualquier caso, todo el mundo es inocente hasta que se pruebe lo contrario", enfatizó.
Durante la audiencia estuvieron presentes, además del juez, la Fiscal Federal 1 de Formosa, doctora Marisa Vásquez, la representación de la Fiscalía de Estado provincial, doctora Stella Maris Zabala, que envió un escrito firmado, y la Fundación Red Yaguareté, conectada de manera remota, junto con los abogados de Parques Nacionales.
Al iniciar la audiencia, Morán explicó a los acusados la calificación legal que se les imputaba. "La señora Fiscal nos hizo saber que había presentado una propuesta de juicio abreviado", indicó, y detalló que tras un diálogo entre las partes se llegó al acuerdo que permitió la condena, evitando la extensión de un juicio tradicional y asegurando un resultado acorde a la evidencia.
"Se les explicó muy claramente a los acusados lo que estarían firmando, ellos lo entendieron y también se escuchó a los querellantes, quienes manifestaron su conformidad con esta propuesta", señaló Morán, quien destacó la importancia de que todas las partes puedan expresarse, aunque la ley no lo obligue.
El juez aclaró que, salvo que se presenten apelaciones, el proceso quedará cerrado con este fallo y se suspendió la citación de testigos prevista para la jornada siguiente. "Todo eso no será necesario porque se incorporan los informes del expediente y se podrá dictar un veredicto y la condena", explicó.
Por último, Morán aseguró que este es el "primer y único" fallo de este tipo en Argentina por un delito ambiental de estas características. "El año pasado estuve en Foz de Iguazú con colegas brasileños y ellos tienen algunos antecedentes con el Yaguar, como llaman al Yaguareté, pero en nuestro país nunca se había llegado a una condena así", cerró.
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El desguace como política ambiental del Estado

 


El desguace como política de Estado: Informe demuestra las regresiones ambientales del gobierno libertario

Fecha de Publicación
: 12/08/2025
Fuente: Portal HuellaDelSur
Provincia/Región: Nacional


Este jueves 7 de agosto de 2025 se presentó el primer Informe de Regresiones Ambientales de AAdeAA-CAJE durante los dos años del gobierno de Milei
Desde diciembre de 2023, Argentina atraviesa el mayor retroceso en derechos económicos, sociales, ambientales y culturales desde la recuperación de la democracia. El negacionismo climático se convirtió en política de Estado. En nombre de la libertad, el gobierno libertario ejecuta un programa de saqueo planificado: se derogan leyes, se destruyen organismos públicos, se entregan ríos y montañas, y se criminaliza a quienes defienden el agua, la tierra y la vida.

(Descarga informe aadeaa.org)

El nuevo Informe de Regresiones Ambientales, elaborado por la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas-Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial, documenta en detalle este proceso de desguace que abre aun más a la desprotección y explotación de los bienes naturales, mientras nos deja indefensos ante los graves impactos de la crisis climática.
La presentación pública se realizó este jueves 7 de agosto en Rodriguez Peña 356, en el Centro de Documentación e Investigación de la cultura de Izquierdas (CeDInCI).
10 ejes de regresión: combustibles fósiles, desmontes, incendios e inundaciones, minería del litio, minería metálica a cielo abierto, privatización de ríos, criminalización de la protesta, plan de inteligencia antidemocrático, vaciamiento de normativas y más.
Organismos debilitados, vaciados y/o reemplazados: desde el Ministerio de Ambiente hasta el INTA, el INA y ACUMAR, INAI, Dirección Nacional de Emergencias, entre otros.
Disolución de organismos: Dirección Nacional de Agroecología, INAFCI, INASE, ENOHSA, entre otros.
Innumerables leyes y fondos afectados, desmantelados o derogados
La Ley Bases y el RIGI no son reformas: son blindajes jurídicos para legalizar el despojo. El Estado deja de ser garante de derechos y se convierte en cómplice del extractivismo.
El Informe será presentado formalmente ante la Cámara de Diputados y el Senado Nacional así como en organismos internacionales como las autoridades del Acuerdo de Escazú.
Este informe no solo sistematiza una política de negacionismo climático y de profundización del extractivismo. Es también una herramienta para imaginar y defender otro futuro, fundado en la protección de la vida, la defensa de los derechos y la participación democrática.
Al trascender la denuncia, el informe representa un acto de memoria colectiva sobre los retrocesos y violencias de estos últimos tiempos. Sistematiza la regresión, pero también señala caminos para resistir y reconstruir. Propone claves para defender lo común, activar redes, exigir justicia.
Porque narrar el saqueo y el negacionismo climático es urgente. Pero imaginar salidas también es un acto político. La política ambiental de Milei no es una anomalía: es el proyecto. Y hay que frenarlo.
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Empresa llega a juicio por contaminar en Puerto Madryn

 


El lunes comienza en Puerto Madryn el juicio a directivos de Conarpesa por contaminación en el Golfo Nuevo

Fecha de Publicación
: 11/08/2025
Fuente: Portal LaTeclaPatagónica
Provincia/Región: Chubut


La gerenta de planta y el encargado de efluentes enfrentarán cargos por daño ambiental, tras detectarse un bypass que habría permitido verter líquidos sin tratamiento al mar con niveles de contaminación muy superiores a los permitidos
El próximo lunes por la mañana, en Puerto Madryn, comenzará el juicio oral contra dos responsables jerárquicos de la empresa Conarpesa, acusados de presunto daño ambiental en el Golfo Nuevo. La audiencia inicial está prevista para las 8.30 horas y estará a cargo de la jueza Patricia Reyes. En el banquillo estarán Nadine Parry, gerenta de planta, y Brahim Yoosef Vargas, responsable del tratamiento de efluentes, representados por el abogado de la firma, Luis Novoa. La acusación será llevada adelante por el fiscal jefe Alex Williams y la fiscal Florencia Bianchi, de la Agencia Especial de Delitos Ambientales.
El caso se remonta a 2020, cuando un video que mostraba un líquido de color rosado y fuerte olor vertido directamente al mar desde el Parque Industrial Pesquero encendió las alarmas. A partir de esas imágenes, el Ministerio Público Fiscal inició una investigación de oficio que incluyó inspecciones, peritajes técnicos y análisis de laboratorio.
En el marco de esas diligencias, personal de criminalística, especialistas en medio ambiente del municipio y científicos del CENPAT-CONICET constataron la existencia de un bypass no autorizado en la planta industrial de Conarpesa. Según los peritajes, a través de esa conexión se habrían derivado líquidos al Golfo Nuevo sin pasar por el sistema de tratamiento, lo que resultó en vertidos con altos niveles de contaminación.
Los análisis de laboratorio revelaron que las muestras de efluentes contenían bacterias como Escherichia coli en cantidades hasta 2.000 veces por encima del límite legal permitido. Estos resultados fueron considerados como prueba clave por la Fiscalía, que sostiene que el vertido fue potencialmente perjudicial para la salud humana y produjo un daño concreto al ambiente marino.
El juicio buscará determinar la responsabilidad penal de los imputados, en un caso que generó fuerte preocupación en la comunidad local por el impacto sobre uno de los ecosistemas más valiosos de la región. La causa también se convirtió en un precedente en la aplicación de la figura penal de daño ambiental en la actividad pesquera industrial.
De encontrarse culpables, los acusados podrían enfrentar sanciones que incluyen multas significativas y penas de prisión, en un proceso que será seguido de cerca tanto por organizaciones ambientales como por el sector pesquero, atento a las implicancias de la decisión judicial para la actividad en la zona.
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