La SCJ ratifica 1000 metros para fumiggar en MdP
Con las fumigaciones a mil metros…
Fecha de Publicación: 28/12/2014
Fuente: 0223.com.ar
Provincia/Región: Buenos Aires
La Suprema Corte ratificó la suspensión de la ordenanza que defendía la utilización de agrotóxicos a 100 metros de casa y personas. Dijo que hay riesgo objetivo de afectación a la salud.
Por los mismos motivos por los que en septiembre dictó una medida cautelar, la Suprema Corte de Justicia ratificó la suspensión de la ordenanza 21.296, que en uno de sus artículos permitía la fumigación de campos a 100 metros de casas y conglomerados urbanos. De este modo, el máximo tribunal bonaerense desestimó el recurso presentado por el Municipio al considerar que “los argumentos para el pedido del levantamiento de la precautoria no son suficientes”.
Al quedar sin efecto la normativa aprobada en 2013, la utilización de agrotóxicos quedará restringida a los 1000 metros, tal y como lo establecía la ordenanza 18.740, sancionada en 2008. Desde “Paren de Fumigarnos”, la organización que lucha por la toma de conciencia de los perjuicios sanitarios y medio ambientales de los agrotóxicos, celebraron la decisión de la Corte y pidieron al Municipio que “se ajuste al texto y preserve la salud de los habitantes” del Partido de General Pueyrredon.
“Nosotros acudimos al tribunal por la inconstitucionalidad de esa ordenanza. Mientras eso se discutía, para luego sacar el fallo que conocimos anoche, a fines de septiembre la Corte dicto una medida cautelar para protegernos: dijo que no se podía fumigar a menos de 1000 metros de casas y personas. La Municipalidad apeló esa disposición y ahora la resolución de la Corte le suspende la ordenanza y le dice que tiene que seguir respetando los mil metros para todos los marplatenses, no sólo para los 31 que hicimos la presentación original”, expresó Jorge Picorelli, integrante de la ONG.
Según el fallo, existen “riesgos objetivos de posible afectación al medio ambiente y a la salud de la comunidad, bienes superiores reconocidos por los artículos 28 de la Constitución provincial y 41 de la Constitución Nacional”.
“Realmente estamos muy satisfechos con lo que resolvió la Corte. Ahora tendremos que pelear porque eso se respete. En una ciudad de 700.000 habitantes, no puede ser que 800 empresarios estén dañando nuestra salud y medio ambiente, porque no hay que ser ingenuos: esto no sólo afecta a los que vivimos cerca de los campos, sino a toda la ciudadanía: al que lo obligan a fumigar, al que tiene su casa cerca de la zona rural y al que se moja con la lluvia. A todos. Hay que tomar conciencia y exigirle al Municipio que cumpla con lo que dijo, dos veces ya, la Suprema Corte de Justicia”, razonó Picorelli.
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Fecha de Publicación: 28/12/2014
Fuente: 0223.com.ar
Provincia/Región: Buenos Aires
La Suprema Corte ratificó la suspensión de la ordenanza que defendía la utilización de agrotóxicos a 100 metros de casa y personas. Dijo que hay riesgo objetivo de afectación a la salud.
Por los mismos motivos por los que en septiembre dictó una medida cautelar, la Suprema Corte de Justicia ratificó la suspensión de la ordenanza 21.296, que en uno de sus artículos permitía la fumigación de campos a 100 metros de casas y conglomerados urbanos. De este modo, el máximo tribunal bonaerense desestimó el recurso presentado por el Municipio al considerar que “los argumentos para el pedido del levantamiento de la precautoria no son suficientes”.
Al quedar sin efecto la normativa aprobada en 2013, la utilización de agrotóxicos quedará restringida a los 1000 metros, tal y como lo establecía la ordenanza 18.740, sancionada en 2008. Desde “Paren de Fumigarnos”, la organización que lucha por la toma de conciencia de los perjuicios sanitarios y medio ambientales de los agrotóxicos, celebraron la decisión de la Corte y pidieron al Municipio que “se ajuste al texto y preserve la salud de los habitantes” del Partido de General Pueyrredon.
“Nosotros acudimos al tribunal por la inconstitucionalidad de esa ordenanza. Mientras eso se discutía, para luego sacar el fallo que conocimos anoche, a fines de septiembre la Corte dicto una medida cautelar para protegernos: dijo que no se podía fumigar a menos de 1000 metros de casas y personas. La Municipalidad apeló esa disposición y ahora la resolución de la Corte le suspende la ordenanza y le dice que tiene que seguir respetando los mil metros para todos los marplatenses, no sólo para los 31 que hicimos la presentación original”, expresó Jorge Picorelli, integrante de la ONG.
Según el fallo, existen “riesgos objetivos de posible afectación al medio ambiente y a la salud de la comunidad, bienes superiores reconocidos por los artículos 28 de la Constitución provincial y 41 de la Constitución Nacional”.
“Realmente estamos muy satisfechos con lo que resolvió la Corte. Ahora tendremos que pelear porque eso se respete. En una ciudad de 700.000 habitantes, no puede ser que 800 empresarios estén dañando nuestra salud y medio ambiente, porque no hay que ser ingenuos: esto no sólo afecta a los que vivimos cerca de los campos, sino a toda la ciudadanía: al que lo obligan a fumigar, al que tiene su casa cerca de la zona rural y al que se moja con la lluvia. A todos. Hay que tomar conciencia y exigirle al Municipio que cumpla con lo que dijo, dos veces ya, la Suprema Corte de Justicia”, razonó Picorelli.
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