Anulan una prueba contra la Alumbrera
Anulan una prueba contra Minera Alumbrera porque fue realizada por su socia la UNT
Fecha de Publicación: 05/07/2014
Fuente: Primera Fuente
Provincia/Región: Tucumán
Un estudio hecho por peritos de la UNT confirmó daño ambiental. La Justicia anuló esta prueba por considerar que carecen de objetividad al admitir que la Universidad es socia de Minera Alumbrera.
Una de cal y otra de arena. La Justicia Federal anuló un informe que ratificaba, una vez más, la contaminación que causa Minera Alumbrera a la cuenca Salí Dulce. Sin embargo, el argumento que se usó para anular este estudio adquiere relevancia en la causa contra la empresa: la Justicia reconoció que Minera Alumbrera es socia de la Universidad Nacional de Tucumán y, por ende, deberá realizarse un nuevo estudio en base las muestras tomadas al canal DP2, donde la minera arroja sus desechos.
Según la Cámara Federal de Apelaciones, los peritos de la UNT “carecen de la suficiente imparcialidad para dar una opinión técnica objetiva”. De esta forma, se vinculó judicialmente a la UNT con Minera Alumbrera por lo que se especula que podría llamarse a indagatoria no sólo a directivos de la multinacional sino también a directivos representantes de la UNT en el directorio de Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD) el cual es socio de Minera Alumbrera a través de una UTE.
Recién en diciembre de 2013, la Cámara hizo lugar a un planteo realizado en mayo de 2011, por la ONG Pro-Eco en contra de la designación de peritos de la UNT para la extracción de muestras de agua del canal DP2 donde Minera Alumbrera dispone los efluentes de su planta de filtros ubicada en Cruz del Norte (departamento Cruz Alta). Llamativamente, esta resolución de la Cámara tuvo lugar luego de que se concluyera que los valores de cobre detectados exceden los niveles guías de protección para la vida acuática, según parámetros fijados por la ley 24.051, sobre residuos peligrosos. Es decir, se dio lugar al planteo de la querella recién cuando se confirmó la contaminación y, de esta forma, anular esta prueba clave contra la minera.
“La impugnación de los peritos no debió tardar más de un mes pero demandó más de dos años. Dieron lugar al planteo después que se corroboró el daño ambiental para, justamente, invalidar estar prueba aportada por los mismos peritos de la UNT”, afirmó Jorge Mamaní Curubeto, abogado de la organización Conciencia Solidaria, también querellante en la causa contra la minera.
Ahora, todo indica que el juez federal Nº 2, Fernando Luis Poviña, pedirá un nuevo informe sobre los análisis de las muestras de agua para ratificar la violación a la ley 24.051
Mientras tanto, desde Conciencia Solidaria se pidió el procesamiento del ex vicepresidente de Minera Alumbrera, Julián Rooney, y la indagatoria de otros directivos de la firma y de la Universidad. Este planteo se respalda en un dictamen del propio fiscal federal Carlos Brito quien también requirió el procesamiento de Rooney por considerar que existen pruebas suficientes del daño ambiental de causa la multinacional. Además, la presentación, entre otras pruebas, se sustanciará en las conclusiones del estudio realizado por el IEGEBA que confirman la contaminación con cobre en el agua, estudio que Poviña sí decidió mantener con valor probatorio. Por Esteban Stanich
Otra prueba clave en la causa
El 12 de agosto pasado, el Instituto de Ecología Genética y Evolución de Buenos Aires (IEGEBA) - dependiente del Conicet y la Universidad de Buenos Aires (UBA)- remitió al juez federal Poviña, un informe en el que se asienta la contaminación con cobre en aguas del canal DP2, afluente de la cuenca Salí-Dulce.
El estudio, realizado por profesionales ecotoxicólogos, afirma que los valores de cobre detectados exceden los niveles de parámetros en cuanto a la protección para la vida acuática. “Los efectos negativos del cobre para la salud pública (gastrointestinales) son probables a largo plazo dado la capacidad de este metal de bioacumularse tanto en peces como humanos que consumen la fauna acuática”, agrega.
El informe también sostiene que las consecuencias negativas de la empresa del caso (Minera Alumbrera) “son marcadas y denotan una gran negligencia en el tratamiento de efluentes”. Por este motivo, la vicedirectora del IEGEBA, Ines O`Farrell, quien firma el estudio, aconsejó realizar un monitoreo de agua más detallado “para establecer en forma directa el efecto sobre la salud humana”.
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Fecha de Publicación: 05/07/2014
Fuente: Primera Fuente
Provincia/Región: Tucumán
Un estudio hecho por peritos de la UNT confirmó daño ambiental. La Justicia anuló esta prueba por considerar que carecen de objetividad al admitir que la Universidad es socia de Minera Alumbrera.
Una de cal y otra de arena. La Justicia Federal anuló un informe que ratificaba, una vez más, la contaminación que causa Minera Alumbrera a la cuenca Salí Dulce. Sin embargo, el argumento que se usó para anular este estudio adquiere relevancia en la causa contra la empresa: la Justicia reconoció que Minera Alumbrera es socia de la Universidad Nacional de Tucumán y, por ende, deberá realizarse un nuevo estudio en base las muestras tomadas al canal DP2, donde la minera arroja sus desechos.
Según la Cámara Federal de Apelaciones, los peritos de la UNT “carecen de la suficiente imparcialidad para dar una opinión técnica objetiva”. De esta forma, se vinculó judicialmente a la UNT con Minera Alumbrera por lo que se especula que podría llamarse a indagatoria no sólo a directivos de la multinacional sino también a directivos representantes de la UNT en el directorio de Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD) el cual es socio de Minera Alumbrera a través de una UTE.
Recién en diciembre de 2013, la Cámara hizo lugar a un planteo realizado en mayo de 2011, por la ONG Pro-Eco en contra de la designación de peritos de la UNT para la extracción de muestras de agua del canal DP2 donde Minera Alumbrera dispone los efluentes de su planta de filtros ubicada en Cruz del Norte (departamento Cruz Alta). Llamativamente, esta resolución de la Cámara tuvo lugar luego de que se concluyera que los valores de cobre detectados exceden los niveles guías de protección para la vida acuática, según parámetros fijados por la ley 24.051, sobre residuos peligrosos. Es decir, se dio lugar al planteo de la querella recién cuando se confirmó la contaminación y, de esta forma, anular esta prueba clave contra la minera.
“La impugnación de los peritos no debió tardar más de un mes pero demandó más de dos años. Dieron lugar al planteo después que se corroboró el daño ambiental para, justamente, invalidar estar prueba aportada por los mismos peritos de la UNT”, afirmó Jorge Mamaní Curubeto, abogado de la organización Conciencia Solidaria, también querellante en la causa contra la minera.
Ahora, todo indica que el juez federal Nº 2, Fernando Luis Poviña, pedirá un nuevo informe sobre los análisis de las muestras de agua para ratificar la violación a la ley 24.051
Mientras tanto, desde Conciencia Solidaria se pidió el procesamiento del ex vicepresidente de Minera Alumbrera, Julián Rooney, y la indagatoria de otros directivos de la firma y de la Universidad. Este planteo se respalda en un dictamen del propio fiscal federal Carlos Brito quien también requirió el procesamiento de Rooney por considerar que existen pruebas suficientes del daño ambiental de causa la multinacional. Además, la presentación, entre otras pruebas, se sustanciará en las conclusiones del estudio realizado por el IEGEBA que confirman la contaminación con cobre en el agua, estudio que Poviña sí decidió mantener con valor probatorio. Por Esteban Stanich
Otra prueba clave en la causa
El 12 de agosto pasado, el Instituto de Ecología Genética y Evolución de Buenos Aires (IEGEBA) - dependiente del Conicet y la Universidad de Buenos Aires (UBA)- remitió al juez federal Poviña, un informe en el que se asienta la contaminación con cobre en aguas del canal DP2, afluente de la cuenca Salí-Dulce.
El estudio, realizado por profesionales ecotoxicólogos, afirma que los valores de cobre detectados exceden los niveles de parámetros en cuanto a la protección para la vida acuática. “Los efectos negativos del cobre para la salud pública (gastrointestinales) son probables a largo plazo dado la capacidad de este metal de bioacumularse tanto en peces como humanos que consumen la fauna acuática”, agrega.
El informe también sostiene que las consecuencias negativas de la empresa del caso (Minera Alumbrera) “son marcadas y denotan una gran negligencia en el tratamiento de efluentes”. Por este motivo, la vicedirectora del IEGEBA, Ines O`Farrell, quien firma el estudio, aconsejó realizar un monitoreo de agua más detallado “para establecer en forma directa el efecto sobre la salud humana”.
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