El Paraná, entre la contaminación y la espera en la justicia

 


Demora judicial y contaminación

Fecha de Publicación
: 04/11/2025
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Litoral Argentino - Santa Fe


Procesan a ex directivos de Aguas Santafesinas por volcar efluentes cloacales e industriales sin previo tratamiento.  
La Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV, confirmó el procesamiento de exdirectivos de Aguas Santafesinas S.A (ASSA) por el presunto delito de contaminación peligrosa del río Paraná. El fallo, firmado el 30 de octubre de 2025 por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, considera probado que los imputados “volcaron efluentes cloacales e industriales sin previo tratamiento en un volumen aproximado de 350.000.000 de litros diarios” desde la planta Emisario Sur en Rosario.
La resolución se produce tras los recursos interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, que habían impugnado la decisión de la Cámara Federal de Rosario, la cual —en mayo de este año— había anulado los procesamientos. Casación consideró aquella nulidad “arbitraria” y fundada en “una deficitaria aplicación del marco jurídico y una valoración incongruente y parcial de la prueba reunida”.
El abogado Fabián Maggi, representante de la Asociación Civil Cuenca Río Paraná, celebró la decisión del máximo tribunal penal federal y la vinculó directamente con el proceso civil ambiental que tramita en paralelo. “La sentencia penal que anuló el fallo de la Cámara Federal de Rosario está estrictamente relacionada con la causa civil ambiental en la que la jueza Silvia Aramberri condenó a Aguas Santafesinas, al ENRESS, a la Provincia de Santa Fe y al Estado Nacional a arbitrar los medios para construir la planta de tratamiento que Rosario necesita”, explicó.
El letrado calificó como “preocupante” el patrón de demoras judiciales que, según dijo, “vulnera el derecho humano a obtener una resolución en un plazo razonable”. “La causa de Aguas Santafesinas ya lleva casi una década de expedientes judiciales. Esta apelación fue presentada en diciembre de 2024 y, pese a tratarse de un asunto ambiental urgente, la Cámara Federal de Rosario todavía no resolvió. Habitualmente este tipo de planteos se resuelven en cuatro o cinco meses”, apuntó.
El fallo de Casación remarcó que los residuos vertidos por ASSA “poseen la característica de ser encuadrados, según el Anexo II de la Ley 24.051, como sustancias infecciosas”, y que las muestras analizadas “dieron cuenta de coliformes termotolerantes elevados y la presencia de Escherichia coli que supera los límites legalmente permitidos”.
En su presentación, la querella sostuvo que “el predio de la firma denunciada no cuenta con una planta depuradora ni los desechos reciben el tratamiento adecuado y exigido por la ley, volcando los líquidos cloacales crudos al río Paraná”. Además, se denunció que Aguas Santafesinas operó durante años sin el Certificado de Aptitud Ambiental, y que el documento posteriormente presentado fue objetado por falsedad ideológica.
La sentencia también rechazó la interpretación de la defensa según la cual los residuos cloacales no serían peligrosos por no provenir de procesos industriales. “La norma penal tampoco puede quedar inhabilitada por una regulación administrativa que, de modo alguno, puede legitimar la realización del resultado típico contemplado en la normativa nacional”, afirmaron los jueces.
Para Maggi, los fallos penal y civil “deben verse como parte de una misma lucha por el saneamiento del Paraná”. “Siempre sucede en estas problemáticas ambientales que no se pueden tratar de manera aislada. Hay que abordarlas integralmente, porque el vertido de efluentes sin tratamiento se repite en todo el litoral del río, desde Santa Fe hasta San Nicolás y San Pedro”, señaló. “Se han detectado metales pesados y Escherichia coli en todas esas ciudades, y muchas carecen de planta de tratamiento. Incluso en San Pedro ya hay una causa penal en curso”, añadió.
El abogado advirtió también sobre el riesgo adicional que representa el dragado del Paraná, al remover los sedimentos donde se acumulan los contaminantes. “El dragado, sin la correspondiente evaluación ambiental, resuspende los metales pesados y los distribuye aguas abajo, afectando las plantas potabilizadoras que no pueden eliminar completamente estos elementos”, explicó.
La Asociación Cuenca Río Paraná insiste en la necesidad de que el Poder Judicial fije plazos concretos de cumplimiento para la construcción de la planta de tratamiento ordenada por la jueza Aramberri. “Si no hay fechas, la condena es simbólica e ineficaz. Necesitamos un plan con metas verificables que puedan exigirse tanto a la empresa como a los Estados condenados”, afirmó Maggi.
Por último, el letrado reiteró el pedido de un Estudio de Impacto Ambiental Estratégico y Acumulativo para toda la cuenca. “El Paraná necesita una verdadera línea de base que determine cuál es el nivel actual de contaminación y qué actividades pueden continuar. Sin eso, cada decisión aislada agrava el daño ambiental”, concluyó.
En rigor el fallo de Casación devuelve impulso a un proceso judicial de alto impacto institucional y ambiental. Por un lado, reabre la investigación penal por contaminación peligrosa; por el otro, refuerza las obligaciones del Estado y de Aguas Santafesinas en la causa civil que busca la construcción de la planta de tratamiento. Mientras tanto, el río Paraná —una de las principales fuentes de agua potable del país— sigue recibiendo diariamente cientos de millones de litros de efluentes sin tratamiento adecuado.
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