La Pampa: prohibida la caza del puma

Está prohibida la caza del puma en todo el territorio pampeano

Fecha de Publicación: 24/01/2010
Fuente: InfoEcos
Provincia/Región: La Pampa



De acuerdo a la Disposición Nº 357/08, la que tiene vigencia hasta la temporada 2010, se prohibe la caza deportiva del puma (puma concolor), en todo el territorio
De acuerdo a la Disposición Nº 357/08, la que tiene vigencia hasta la temporada 2010 y, de acuerdo a su Artículo 1º; se prohibe la caza deportiva del puma (puma concolor), en todo el territorio de la provincia de La Pampa para la presente temporada (2010).
El Artículo 2º determina que, para el caso de criaderos habilitados por la Dirección de Recursos Naturales y la Dirección de Fauna Silvestre de la Nación, se acordará si correspondiere con éste último Organismo, la metodología y cupos para cada caso en particular.

Algunos datos de interés sobre la situación del puma en La Pampa
La temporada de caza de puma para cotos de caza y campos inscriptos, ha sido suspendida en el año 2007, mediante la Disposición Legal pertinente.
Durante al año 2008 y tal como fuera previsto oportunamente, se iniciaron estudios científico-técnicos como forma de determinar la situación poblacional del puma en La Pampa.
Estos estudios, a la fecha no finalizaron, por lo tanto, no se cuenta aún con los resultados definitivos.

Casos particulares de pumas problemáticos
En los casos en que el puma causare problemas de depredación sobre animales domésticos, se puede solucionar tal situación de manera individual, mediante la práctica de la caza de control, tal como lo establece el Artículo 16 de la Ley Nº 1.194 (Ley de Caza).
Se recuerda además que, mediante la Resolución Nº 1.624/08 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, se derogó el Artículo 6º de la Resolución Nº 1.828/07 quedando prohibido el tránsito jurisdiccional del puma y la salida del país de trofeos de la especie puma concolor.

Autoridad de Aplicación
La Autoridad de Aplicación tiene la función de administrar y gestionar el recurso fauna silvestre declarado de interés público en el Artículo 1º de la Ley 1.194 y arbitrar los medios para su conservación.
Personal técnico de la Dirección de Recursos Naturales del Gobierno de La Pampa conjuntamente con sus pares de la Dirección Nacional de Fauna, realizaron inspecciones a los criaderos de puma, pudiendo constatar la situación particular de cada uno de ellos.
Las pautas fijadas, tanto para la pasada temporada 2009 como para la presente 2010, se basan en lo acordado en la reunión de la Comisión Asesora Mixta de la Fauna silvestre y su Hábitat, llevada a cabo en el mes de octubre del año 2008.

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