Agrotóxicos: desde ahora su mal uso es un delito
El mal uso de agroquímicos es un delito
Fecha de Publicación: 24/08/2012
Fuente: La Gaceta
Provincia/Región: Nacional
El juicio que se llevó a cabo en Córdoba debe servir de ejemplo para no cometer errores en el uso de plaguicidas. La Justicia condenó a dos personas a prisión de ejecución condicional, al considerarlos culpables de envenenar y contaminar de modo peligroso la salud, el suelo, el agua y el medio ambiente.
El manejo adecuado de los agroquímicos permite una producción responsable y, además, lleva a que el productor, aplicador, vendedor y/o cualquier responsable en el uso de estos productos no vaya preso ni tenga problemas legales, lo que lleva mucho tiempo y esfuerzo.
Es realmente duro decir esto, pero en el juicio por el mal uso de agroquímicos que se desarrolló en Córdoba, la Cámara Cuarta del Crimen dictó una absolución y dos sentencias a prisión de ejecución condicional (en libertad), en el juicio que se siguió a dos productores agropecuarios y a un aeroaplicador, a quienes se le imputó haber infringido la Ley 24.051, de residuos peligrosos. Esta norma penaliza a quién "envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general".
Es importante comentar que a los dos condenados se les impusieron tres años de prisión en suspenso, e inhabilitación por 8 y 10 años para la aplicación de productos fitosanitarios y trabajos no remunerados.
Esto demuestra que la aplicación de las leyes que rigen en todo en país, y en las diferentes provincias, debe ser cumplida, y si en el caso que no fuera así y que se demuestre el no cumplimiento de dichas normas, hacen punible un delito que debe ser sancionado como corresponde.
Este fallo sentó precedentes, y los analistas que discuten sobre este veredicto lo consideran histórico, ya que si bien da un cumplimiento condicional, quedó clarísimo que es un delito.
Lo que debe quedar bien precisado, es que las infracciones juzgadas en este juicio se refirieron a que los acusados no observaron las distancias exigidas por las normas vigentes respecto de las áreas urbanas, y tampoco los productos agroquímicos autorizados, provocando entonces contaminación sancionada por la ley.
Normativas vigentes
En general, todas las leyes vigentes en las diferentes provincias especifican claramente esta observación, por lo que no se debe considerar desconocimiento al respeto de las normativas y que la aplicación sea realizada bajo esos parámetros.
Lo que se debe tener cuidado es de no aplicar cerca de poblaciones, ya que en el juicio presentado en la provincia de Córdoba se afirma que estas aplicaciones, en forma continua, han sido las que provocaron muertes por cáncer o deformaciones en recién nacidos y otros males, por lo que deben considerarse estos efectos, según la denuncia presentada y ya juzgada. Sí debe tenerse en cuenta este tipo de fallo, ya que ahora seguramente los desaprensivos y a quienes no les interesa aplicar correctamente actuarán como las normativas lo piden y evitar las consecuencias que pueden derivar por denuncias por mala o incorrecta aplicación.
No cabe ninguna duda de que este fallo obliga a productores, aplicadores y entidades, cuanto menos, a pensar y hacer las cosas como corresponde.
Hay que recapacitar sobre qué se está haciendo, qué se está omitiendo hacer, cuáles son las responsabilidades que se tienen, las leyes y normas vigentes que se aplican en diferentes ámbitos, regiones o provincias, qué parte de la ley se cumple y cuál no se cumple, y cómo se realizan los controles para que la ley se cumpla como debiera ser.
Las aplicaciones de productos fitosanitarios, como insecticidas, herbicidas, fungicidas, fertilizantes, deben ser realizadas correctamente. Además, los productos a utilizarse deben ser transportados, depositados y manejados adecuadamente, y los residuos y envases desecharse, según lo estipulan las normativas vigentes.
La Eeaoc y el INTA están en permanente contacto con el productor, ya sea en cursos de capacitación sobre aplicaciones de fitoterápicos o a través de publicaciones especiales sobre el buen uso de agroquímicos.
Sólo la utilización apropiada de estos productos y el oportuno asesoramiento técnico, nos permitirán controlar convenientemente malezas, insectos, enfermedades o cualquier organismo nocivo que afecte a nuestros cultivos, y que no seamos responsables directos de los daños que podamos originar al medio ambiente.
Por último, las autoridades de aplicación de las leyes deben vigilar de manera orgánica y sistemática que la ley se cumpla en el territorio provincial que le corresponda. La responsabilidad de una adecuada aplicación es de todos los que están en la cadena, tanto los usuarios en todo su conjunto, los organismos de aplicación y porque no las instituciones de investigación. Juicios como el que se realizó en Córdoba no deben seguir dándose, si hacemos las cosas correctamente al momento de usar los agroquímicos.
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Fecha de Publicación: 24/08/2012
Fuente: La Gaceta
Provincia/Región: Nacional
El juicio que se llevó a cabo en Córdoba debe servir de ejemplo para no cometer errores en el uso de plaguicidas. La Justicia condenó a dos personas a prisión de ejecución condicional, al considerarlos culpables de envenenar y contaminar de modo peligroso la salud, el suelo, el agua y el medio ambiente.
El manejo adecuado de los agroquímicos permite una producción responsable y, además, lleva a que el productor, aplicador, vendedor y/o cualquier responsable en el uso de estos productos no vaya preso ni tenga problemas legales, lo que lleva mucho tiempo y esfuerzo.
Es realmente duro decir esto, pero en el juicio por el mal uso de agroquímicos que se desarrolló en Córdoba, la Cámara Cuarta del Crimen dictó una absolución y dos sentencias a prisión de ejecución condicional (en libertad), en el juicio que se siguió a dos productores agropecuarios y a un aeroaplicador, a quienes se le imputó haber infringido la Ley 24.051, de residuos peligrosos. Esta norma penaliza a quién "envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general".
Es importante comentar que a los dos condenados se les impusieron tres años de prisión en suspenso, e inhabilitación por 8 y 10 años para la aplicación de productos fitosanitarios y trabajos no remunerados.
Esto demuestra que la aplicación de las leyes que rigen en todo en país, y en las diferentes provincias, debe ser cumplida, y si en el caso que no fuera así y que se demuestre el no cumplimiento de dichas normas, hacen punible un delito que debe ser sancionado como corresponde.
Este fallo sentó precedentes, y los analistas que discuten sobre este veredicto lo consideran histórico, ya que si bien da un cumplimiento condicional, quedó clarísimo que es un delito.
Lo que debe quedar bien precisado, es que las infracciones juzgadas en este juicio se refirieron a que los acusados no observaron las distancias exigidas por las normas vigentes respecto de las áreas urbanas, y tampoco los productos agroquímicos autorizados, provocando entonces contaminación sancionada por la ley.
Normativas vigentes
En general, todas las leyes vigentes en las diferentes provincias especifican claramente esta observación, por lo que no se debe considerar desconocimiento al respeto de las normativas y que la aplicación sea realizada bajo esos parámetros.
Lo que se debe tener cuidado es de no aplicar cerca de poblaciones, ya que en el juicio presentado en la provincia de Córdoba se afirma que estas aplicaciones, en forma continua, han sido las que provocaron muertes por cáncer o deformaciones en recién nacidos y otros males, por lo que deben considerarse estos efectos, según la denuncia presentada y ya juzgada. Sí debe tenerse en cuenta este tipo de fallo, ya que ahora seguramente los desaprensivos y a quienes no les interesa aplicar correctamente actuarán como las normativas lo piden y evitar las consecuencias que pueden derivar por denuncias por mala o incorrecta aplicación.
No cabe ninguna duda de que este fallo obliga a productores, aplicadores y entidades, cuanto menos, a pensar y hacer las cosas como corresponde.
Hay que recapacitar sobre qué se está haciendo, qué se está omitiendo hacer, cuáles son las responsabilidades que se tienen, las leyes y normas vigentes que se aplican en diferentes ámbitos, regiones o provincias, qué parte de la ley se cumple y cuál no se cumple, y cómo se realizan los controles para que la ley se cumpla como debiera ser.
Las aplicaciones de productos fitosanitarios, como insecticidas, herbicidas, fungicidas, fertilizantes, deben ser realizadas correctamente. Además, los productos a utilizarse deben ser transportados, depositados y manejados adecuadamente, y los residuos y envases desecharse, según lo estipulan las normativas vigentes.
La Eeaoc y el INTA están en permanente contacto con el productor, ya sea en cursos de capacitación sobre aplicaciones de fitoterápicos o a través de publicaciones especiales sobre el buen uso de agroquímicos.
Sólo la utilización apropiada de estos productos y el oportuno asesoramiento técnico, nos permitirán controlar convenientemente malezas, insectos, enfermedades o cualquier organismo nocivo que afecte a nuestros cultivos, y que no seamos responsables directos de los daños que podamos originar al medio ambiente.
Por último, las autoridades de aplicación de las leyes deben vigilar de manera orgánica y sistemática que la ley se cumpla en el territorio provincial que le corresponda. La responsabilidad de una adecuada aplicación es de todos los que están en la cadena, tanto los usuarios en todo su conjunto, los organismos de aplicación y porque no las instituciones de investigación. Juicios como el que se realizó en Córdoba no deben seguir dándose, si hacemos las cosas correctamente al momento de usar los agroquímicos.
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