La SCJ sancionĂ³ a la CNEA por una mina de uranio

Dura sanciĂ³n por la contaminaciĂ³n con uranio en MalargĂ¼e

Fecha de PublicaciĂ³n
: 18/05/2012
Fuente: MDZOL
Provincia/RegiĂ³n: Mendoza - Nacional


La Suprema Corte de Justicia acaba de ratificar una dura sanciĂ³n contra el Gobierno nacional por la contaminaciĂ³n que dejĂ³ en MalargĂ¼e la mina e uranio que funcionĂ³ allĂ­ hasta 1987. Se trata de una sanciĂ³n aplicada luego de detectar altos niveles de uranio en un cauce de agua, producto de los residuos dejados por la mina. Por eso la ComisiĂ³n Nacional de EnergĂ­a AtĂ³mica deberĂ¡ pagar 1 millĂ³n de pesos al Departamento General de IrrigaciĂ³n.
La multa fue aplicada en el año 2002, pero la CNEA recurriĂ³ a la Corte para que la anulara. Luego de años de anĂ¡lisis y peritajes (los Ăºltimos estudios se realizaron en 2010) el Tribunal dejĂ³ firme la sanciĂ³n.
En el Fallo la Corte destaca que la CNEA no habĂ­a cumplido con la remediaciĂ³n de los pasivos ambientales tal como se habĂ­a comprometido en la DeclaraciĂ³n de Impacto Ambiental. Igualmente destacan que en los Ăºltimos años sĂ­ hubo un cambio y se comenzaron a realizar trabajos de remediaciĂ³n de manera consensuada.

La sanciĂ³n
El Complejo Fabril MalargĂ¼e produjo uranio hasta el año 1987. Luego la CNEA debĂ­a realizar trabajos de remediaciĂ³n sobre los pasivos ambientales que habĂ­a dejado. Pero nunca se completaron en los tiempos estipulados. En el año 2002 la PolicĂ­a del Agua de IrrigaciĂ³n realizĂ³ un monitorea de distintos cauces aledaños a la fĂ¡brica. La muestras fueron analizadas por la DivisiĂ³n Laboratorio de QuĂ­mica del Departamento Regional Cuyo de la CNEA  y por la Facultad de Ciencias Aplicadas a la Industria de la Universidad Nacional de Cuyo y por un laboratorio privado de San Rafael. AllĂ­ se detectĂ³ que 2 muestras “evidenciaron un elevado nivel de Uranio”, por lo que se intimĂ³ a la CNEA para que realice “las acciones necesarias tendientes a dar a los residuos (colas de mineral) su gestiĂ³n final, para evitar la afectaciĂ³n del recurso hĂ­drico y el medio ambiente en general”.
Por eso, el Departamento de Control de ContaminaciĂ³n de la DirecciĂ³n de PolicĂ­a del Agua, calificĂ³ a la situaciĂ³n como “de gravedad en virtud de que se estĂ¡ produciendo la contaminaciĂ³n de las Napas FreĂ¡ticas del Lugar, las cuales tienen un impacto directo sobre los cauces superficiales aledaños”, describe el Fallo.
La CNEA dijo que no habĂ­a realizado la remediaciĂ³n como correspondĂ­a por falta de financiamiento y objetĂ³ las muestras cuestionadas. Y por eso determinan la multa de 1 millĂ³n de pesos, la mĂ¡xima sanciĂ³n prevista.
La Corte ratifica la sanciĂ³n por considerar que se puso en peligro los cursos de agua. “Lo sancionado no fue la situaciĂ³n de contaminaciĂ³n de la freĂ¡tica que escurre por debajo del ex CFM, de larga data, sino un hecho concreto de difusiĂ³n de la freĂ¡tica hacia los cauces pĂºblicos, que no fue detectado sino hasta el 2002, por efecto del sistema de monitoreo anexo a las obras de remediaciĂ³n aprobadas por la DIA, y que apareciĂ³ como violatorio de los deberes asumidos por la CNEA”, describe el ministro de la Corte Jorge Nanclares. Incluso sugieren que lo que pasĂ³ puede ser motivo de una denuncia penal.
El fallo, con el nĂºmero 77173 y firmado tambiĂ©n por Alejandro PĂ©rez Hualde, se conoce en un contexto complicado, cuando desde el Gobierno nacional y local promocionan la reapertura de la mina Sierra Pintada (dondetambiĂ©n quedaron pasivos ambientales sin remediar) para extraer uranio.
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