La Pampa pide a la Corte frenar la nueva Ley de Glaciares

 


Ley de Glaciares: La Pampa le pidió a la Corte Suprema que suspenda la reforma

La provincia reclama que se mantenga la protección de la Ley 26.639 mientras se resuelve la causa, por el riesgo para las cuencas del Colorado y el Atuel, en un escenario judicial en el que todavía no hay definiciones de fondo sobre la constitucionalidad de la reforma.

La provincia de La Pampa le pidió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que suspenda los efectos de la nueva Ley de Glaciares, la Ley 27.804. También solicitó que mantenga vigente el régimen de protección de la Ley 26.639 hasta que se resuelva la causa que cuestiona la reforma. Como alternativa, pidió que al menos se suspenda la aplicación de la nueva norma en las actividades que puedan afectar glaciares, el ambiente periglacial y los sistemas hídricos interjurisdiccionales con incidencia directa sobre el territorio pampeano.
La presentación lleva la firma del gobernador Sergio Ziliotto y de la fiscal de Estado, Romina Schmidt, y la acompañan la Universidad Nacional de La Pampa, la Fundación Chadileuvú y la Asamblea por los Ríos Pampeanos. El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, apoderado de la provincia, informó sobre el escrito.

Por qué La Pampa reclama
El planteo pampeano parte de una premisa: los glaciares y el ambiente periglacial regulan los recursos hídricos, y el daño que se produzca en una provincia puede extenderse más allá de sus límites. La Pampa, ubicada aguas abajo, advierte sobre los riesgos para las cuencas de los ríos Colorado y Atuel y para la subcuenca del Salado-Chadileuvú-Curacó, que dependen del agua que nace en la cordillera.
El escrito sostiene que el régimen anterior fijaba prohibiciones legales específicas para actividades potencialmente dañinas, mientras que la reforma traslada las decisiones a evaluaciones técnico-científicas y a las autoridades de cada jurisdicción. Para los demandantes, “una evaluación de impacto ambiental no equivale a una prohibición legal”. Además, invocan los principios de prevención, precaución y no regresión. Argumentan también que el dominio provincial sobre los recursos naturales no puede interpretarse de forma aislada cuando las decisiones de un territorio afectan a otros.

Qué cambió con la reforma
El Congreso sancionó la reforma el 8 de abril, tras su aprobación en Diputados por 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones, y el Poder Ejecutivo la promulgó el 24 de abril. Estos son sus cambios principales:
- cada provincia puede definir qué glaciares y ambientes periglaciares quedan protegidos;
- la protección estricta de los glaciares de escombros y las zonas periglaciares queda limitada a aquellos con una función hídrica comprobada o relevante;
- las prohibiciones generales se reemplazan por evaluaciones de impacto ambiental caso por caso;
- el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) pierde su rol central en la identificación de glaciares y conserva una función de registro.
El Gobierno nacional defendió la reforma como una forma de ordenar el marco legal, evitar interpretaciones arbitrarias y fortalecer el federalismo ambiental. Según la Oficina del Presidente, los glaciares con funciones hídricas siguen protegidos y la minería podrá avanzar en terrenos mal catalogados como glaciares. “El cuidado genuino del ambiente y el crecimiento económico no son enemigos”, sostuvo.

Una batalla judicial abierta
La provincia ya había presentado en abril un amparo ambiental colectivo ante el Juzgado Federal de Santa Rosa. En mayo, el juez Juan José Baric rechazó la cautelar que pedía suspender la ley en todo el país. Consideró que suspender una norma del Congreso es una decisión excepcional y que “no se acreditó un daño ambiental concreto e inminente”. Aun así, habilitó el amparo y ordenó al Estado nacional presentar un informe.
En el mismo juzgado tramita la demanda colectiva impulsada por Greenpeace, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, que reunió más de 850.000 adhesiones. El 8 de octubre, el juzgado se declaró competente, pero las organizaciones denunciaron que la causa sigue sin avances sustanciales. “Existe un silencio absoluto sobre las medidas cautelares que se solicitaron”, señalaron. Entre sus pedidos figura evitar que el glaciar GE110, incluido en el Inventario Nacional y ubicado en la zona del proyecto minero Vicuña, en San Juan, sea retirado del registro.
El caso pampeano no es el único: en abril, un juzgado federal suspendió la aplicación de la reforma en Santa Cruz, a pedido del Concejo Deliberante de El Calafate. Con la nueva presentación, La Pampa busca que sea el máximo tribunal el que defina, al menos de manera provisoria, si la protección de los glaciares vuelve a regirse por la ley de 2010.


Fecha de Publicación: 05/11/2026
Provincia/Región: Nacional - La Pampa 
Fuentes Consultadas: La Arena; Infobae; El Cronista; Noticias RCN; Palabras del Derecho; Corte Suprema de Justicia de la Nación; Gobierno de La Pampa; Oficina del Presidente

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