Facultades delegadas y los impactos en el ambiente

 


Facultades delegadas: los impactos en la protección y el cuidado del ambiente

Fecha de Publicación
: 26/07/2025
Fuente: Clarín
Provincia/Región: Nacional


El camino no es la motosierra ni la desregulación absoluta. Exigir mayor calidad, trabajo, transparencia y control debería ser el rumbo a tomar.
El 8 de julio venció el plazo de la delegación de facultades legislativas al Presidente. Esta norma habilitó al Poder Ejecutivo, durante el plazo de un año, a reorganizar y reducir la estructura estatal, modificar o eliminar competencias de organismos y disolver fondos fiduciarios.
Entre los 65 decretos promulgados por el Presidente, se eliminaron fondos y disolvieron o modificaron organismos claves para la protección y el cuidado del ambiente, incumpliendo tanto leyes nacionales como así también acuerdos internacionales que en nuestro país tienen rango constitucional.
El Decreto 888/2024 eliminó el Fondo Fiduciario de Protección Ambiental de los Bosques Nativos (FOBOSQUE). Este fondo fue creado a través de la Ley 27.431 para implementar medidas relacionadas con la protección de los bosques, en el marco de la contribución nacional presentada por la Argentina al Acuerdo de París, y mejorar la eficiencia y transparencia en la administración y ejecución de los montos destinados a la conservación de estos ecosistemas.
El Decreto 1020/2024 disolvió el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA). Si bien este decreto dispuso la transferencia de los recursos materiales y financieros del ENOHSA al ámbito de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Secretaría de Obras Públicas, la gestión y ejecución de obras de agua potable y saneamiento a nivel nacional podrían verse afectadas por no contar con un ente especializado que las supervise de manera integral.
El Decreto 396/2025 fusionó el Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES) con el Servicio Geológico Minero (SEGEMAR). El SEGEMAR produce información sobre los recursos geológicos y mineros del país, mientras que el INPRES evalúa proyectos como hidroeléctricas, fracking o minería, se especializa en estudios sismológicos y en prevención del riesgo sísmico.
Bajo ningún punto este organismo debería ser reemplazado por el SEGEMAR, ya que este se encuentra al servicio del sector minero. Además, la Ley Bases prohíbe la disolución del INPRES. Si bien el Decreto 396/2025 no lo realiza, los términos de la fusión establecida con SEGEMAR implican vaciarlo de contenido.
El Decreto 463/2025 disolvió el Fideicomiso Financiero para la administración del Fondo Nacional del Manejo del Fuego, lo que genera incertidumbre acerca de cómo se financiarán ahora tareas clave como la contratación y capacitación del personal, las obras de prevención y control, los estudios e investigaciones, y la logística para combatir incendios.
Además, este decreto se da en un contexto de subejecución de la partida presupuestaria del Servicio Nacional de Manejo del Fuego que, en 2024, tuvo una caída en términos reales del 81% y que durante el primer mes de 2025, mientras habían múltiples focos de incendio en la Patagonia y en Corrientes, no tuvo ejecución presupuestaria.
El principio de integración, contenido en la Ley General del Ambiente (Nº 25.675), establece que la variable ambiental debe estar presente en cada actividad que desarrolle el Estado. Esto se ve lesionado cuando se eliminan fondos o se disuelven organismos claves para la protección y el cuidado del ambiente.
Si se hubieran comprobado irregularidades o detectado ineficiencias, se deberían haber evaluado alternativas con el objeto de mejorar su ejecución y funcionamiento antes que su disolución o reducción.
El camino no es la motosierra ni la desregulación. Exigir mayor calidad, trabajo, transparencia y control debería ser el rumbo a tomar por el Estado. Es la única manera de poder llevar adelante políticas ambientales que se encuentren a la altura de los desafíos climáticos de nuestros días.

Por Cristian Fernández - Coordinador del área de Legales de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
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