Metrobus deberá modificar el proyecto
Por las plazoletas, el proyecto del Metrobus de la 9 de Julio deberá modificarse
Fecha de Publicación: 06/03/2013
Fuente: Noticias Urbanas
Provincia/Región: Capital Federal
El Gobierno porteño deberá modificar sus planes y abstenerse de reducir los espacios verdes parquizados por las obras del Metrobús que unirá Constitución con Retiro. El pasto pudo más que los árboles.
as obras del Metrobus que recorrerá la avenida 9 de Julio para unir Constitución con Retiro podrán retomarse pero no dentro de los planes originarios. Una resolución judicial dispuso la protección de los espacios verdes parquizados, tan característicos de la arteria porteña, y ordenó al Gobierno porteño que no realice ninguna obra que afecte la superficie de dichas plazoletas. La reubicación de árboles podrá reactivarse.
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Guillermo Scheibler, en una resolución fechada el 5 de marzo, resolvió una serie de planteos realizados por diversos actores que presentaron acciones de amparo con el objeto de suspender las obras para la construcción del Metrobús sobre la 9 de Julio.
En la resolución, el magistrado analizó diversos planteos (entre ellos el amparo impulsado por el ex legislador Facundo Di Filippo) que solicitaban la intervención judicial por cuestionar la legalidad del procedimiento y la afectación de bienes públicos como monumentos, restos arqueológicos, y arbolado, entre otros.
Tras desestimar varios de los planteos de los amparistas por no existir “algún grado de protección patrimonial integral a la Avenida 9 de Julio” ni de la Plaza de la República “que la torne intangible”, el magistrado también rechazó los cuestionamientos por el traslado de monumentos, y destacó la existencia de normativa que autoriza –bajo una precisa serie de condiciones- la plantación, poda, trasplante o tala sobre el arbolado público.
“Sin que lo que aquí se expone implique abrir juicio respecto de la oportunidad, mérito y conveniencia de las decisiones adoptadas respecto del arbolado público existente en los espacios parquizados de la Av. 9 de Julio o pueda superar la aversión que produce la imagen de la extracción de un árbol de gran porte, no constarían elementos para afirmar que la decisión adoptada al respecto por las autoridades competentes se haya apartado de modo manifiestamente arbitrario o ilegítimo de las normas vigentes en la materia. Sin perjuicio de ello, ha de recordarse que —tal como lo exigen los artículos 10, 11 y 12 de la ley 3263 y se ha remarcado en las actuaciones administrativas— la tarea relativa a las intervenciones sobre el arbolado deben realizarse por parte de “especialistas”, “respetando las reglas del arte, antes, durante y después de las tareas de trasplante” y “en el período más apropiado para ello”, expresa el fallo al que tuvo acceso Noticias Urbanas.
Si bien las polémicas obras del Metrobus no estarían en infracción ni con los monumentos, ni con los árboles, ni con los supuestos restos arqueológicos, los casi invalorados canteros que decoran la 9 de Julio se convirtieron en la piedra en el zapato del proyecto macrista.
Según se destaca en la resolución judicial la Constitución porteña impone “la preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas” y, de acuerdo a los informes brindados por el Gobierno porteño en la causa, la instalación de las estaciones del sistema de transporte público afectaría negativamente la superficie de las plazoletas de la avenida más ancha del país.
“Del cotejo a simple vista de los planos anejados a las actuaciones administrativas acompañadas por la demandada, se desprende que más allá de los recortes parciales que se efectúan en las veredas de plazoletas laterales, la obra proyectada afecta integralmente al menos diez (10) de las plazoletas centrales parquizadas existentes en la Av. 9 de Julio, tanto en su extremo Norte como Sur. No nos referimos los pequeños canteros que existían entre las Avenidas Belgrano y Córdoba, sino a las extensas plazoletas (alrededor de 18 a 20 metros de ancho por una cuadra de largo) parquizadas existentes entre Avenida Belgrano y Carlos Calvo por el Sur; y Avenida Córdoba y Arenales por el extremo Norte, que en los términos del proyecto en ejecución pierden más de la mitad de su superficie y de modo completo y total su carácter de espacio verde parquizado”, explica la resolución.
El juez Scheibler, también subraya que “la solución a un problema generado por una variable en constante aumento (el tránsito) no puede pasar por la disminución de otro elemento (espacios verdes) cuyo número es estático y escaso”. “Resulta evidente que tal camino sólo conduce al progresivo sacrificio de un bien (espacios verdes) por otro (tránsito fluido u ordenado). En la Ciudad de Buenos Aires no resultaría constitucionalmente tolerable la opción “calles vs. Espacios verdes”. Las opciones que siempre otorga la técnica y la creatividad de los funcionarios y responsables políticos de la gestión deben encontrar soluciones que concilien los intereses en juego sin que uno implique la anulación del otro”, destaca el magistrado en los fundamentos del fallo.
Con la protección de las plazoletas como eje, el magistrado ordenó “al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se abstenga de reducir la superficie de espacios verdes parquizados con motivo de la ejecución de la obra en cuestión”. A su vez dispuso que “previo a reiniciar las intervenciones sobre el arbolado público existente en el área afectada a la obra “Metrobus Corredor 9 de Julio” acredite fehacientemente ante el Tribunal: a) que la totalidad del personal interviniente se encuentra debidamente capacitado para tales tareas; b) la participación de un especialista en la materia acompañando al tribunal sus datos y antecedentes profesionales; c) la supervisión de todo el proceso por parte de un reconocido organismo público especializado en la materia que pueda dar cuenta ante el Tribunal del cabal cumplimiento de “las reglas del arte, antes, durante y después de las tareas de trasplante”; d) haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 in fine de la ley 3263 y e) un detalle del destino de los árboles trasplantados y la cantidad, especie y ubicación proyectada de la totalidad de los nuevos ejemplares a implantar”.
“A pesar de los intentos desesperados del Pro por tergiversar la sentencia, al decir que lo que ordena la Justicia ya estaba previsto en sus planes, esta medida cautelar les impide proseguir las obras tal como lo pretendían hacer y deberán rediseñar integralmente el proyecto”, sostuvo el actor del amparo que inició la causa y dirigente del Partido Social de la Ciudad, Facundo Di Filippo, quien agregó: “No podrán afectar ningún espacio verde, incluyendo plazas y plazoletas, y deben tomar medidas para no afectar la arboleda existente en la 9 de Julio. El gobierno no podrá realizar el desastre ambiental y paisajístico que tenía previsto”.
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Fecha de Publicación: 06/03/2013
Fuente: Noticias Urbanas
Provincia/Región: Capital Federal
El Gobierno porteño deberá modificar sus planes y abstenerse de reducir los espacios verdes parquizados por las obras del Metrobús que unirá Constitución con Retiro. El pasto pudo más que los árboles.
as obras del Metrobus que recorrerá la avenida 9 de Julio para unir Constitución con Retiro podrán retomarse pero no dentro de los planes originarios. Una resolución judicial dispuso la protección de los espacios verdes parquizados, tan característicos de la arteria porteña, y ordenó al Gobierno porteño que no realice ninguna obra que afecte la superficie de dichas plazoletas. La reubicación de árboles podrá reactivarse.
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Guillermo Scheibler, en una resolución fechada el 5 de marzo, resolvió una serie de planteos realizados por diversos actores que presentaron acciones de amparo con el objeto de suspender las obras para la construcción del Metrobús sobre la 9 de Julio.
En la resolución, el magistrado analizó diversos planteos (entre ellos el amparo impulsado por el ex legislador Facundo Di Filippo) que solicitaban la intervención judicial por cuestionar la legalidad del procedimiento y la afectación de bienes públicos como monumentos, restos arqueológicos, y arbolado, entre otros.
Tras desestimar varios de los planteos de los amparistas por no existir “algún grado de protección patrimonial integral a la Avenida 9 de Julio” ni de la Plaza de la República “que la torne intangible”, el magistrado también rechazó los cuestionamientos por el traslado de monumentos, y destacó la existencia de normativa que autoriza –bajo una precisa serie de condiciones- la plantación, poda, trasplante o tala sobre el arbolado público.
“Sin que lo que aquí se expone implique abrir juicio respecto de la oportunidad, mérito y conveniencia de las decisiones adoptadas respecto del arbolado público existente en los espacios parquizados de la Av. 9 de Julio o pueda superar la aversión que produce la imagen de la extracción de un árbol de gran porte, no constarían elementos para afirmar que la decisión adoptada al respecto por las autoridades competentes se haya apartado de modo manifiestamente arbitrario o ilegítimo de las normas vigentes en la materia. Sin perjuicio de ello, ha de recordarse que —tal como lo exigen los artículos 10, 11 y 12 de la ley 3263 y se ha remarcado en las actuaciones administrativas— la tarea relativa a las intervenciones sobre el arbolado deben realizarse por parte de “especialistas”, “respetando las reglas del arte, antes, durante y después de las tareas de trasplante” y “en el período más apropiado para ello”, expresa el fallo al que tuvo acceso Noticias Urbanas.
Si bien las polémicas obras del Metrobus no estarían en infracción ni con los monumentos, ni con los árboles, ni con los supuestos restos arqueológicos, los casi invalorados canteros que decoran la 9 de Julio se convirtieron en la piedra en el zapato del proyecto macrista.
Según se destaca en la resolución judicial la Constitución porteña impone “la preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y parquizadas” y, de acuerdo a los informes brindados por el Gobierno porteño en la causa, la instalación de las estaciones del sistema de transporte público afectaría negativamente la superficie de las plazoletas de la avenida más ancha del país.
“Del cotejo a simple vista de los planos anejados a las actuaciones administrativas acompañadas por la demandada, se desprende que más allá de los recortes parciales que se efectúan en las veredas de plazoletas laterales, la obra proyectada afecta integralmente al menos diez (10) de las plazoletas centrales parquizadas existentes en la Av. 9 de Julio, tanto en su extremo Norte como Sur. No nos referimos los pequeños canteros que existían entre las Avenidas Belgrano y Córdoba, sino a las extensas plazoletas (alrededor de 18 a 20 metros de ancho por una cuadra de largo) parquizadas existentes entre Avenida Belgrano y Carlos Calvo por el Sur; y Avenida Córdoba y Arenales por el extremo Norte, que en los términos del proyecto en ejecución pierden más de la mitad de su superficie y de modo completo y total su carácter de espacio verde parquizado”, explica la resolución.
El juez Scheibler, también subraya que “la solución a un problema generado por una variable en constante aumento (el tránsito) no puede pasar por la disminución de otro elemento (espacios verdes) cuyo número es estático y escaso”. “Resulta evidente que tal camino sólo conduce al progresivo sacrificio de un bien (espacios verdes) por otro (tránsito fluido u ordenado). En la Ciudad de Buenos Aires no resultaría constitucionalmente tolerable la opción “calles vs. Espacios verdes”. Las opciones que siempre otorga la técnica y la creatividad de los funcionarios y responsables políticos de la gestión deben encontrar soluciones que concilien los intereses en juego sin que uno implique la anulación del otro”, destaca el magistrado en los fundamentos del fallo.
Con la protección de las plazoletas como eje, el magistrado ordenó “al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se abstenga de reducir la superficie de espacios verdes parquizados con motivo de la ejecución de la obra en cuestión”. A su vez dispuso que “previo a reiniciar las intervenciones sobre el arbolado público existente en el área afectada a la obra “Metrobus Corredor 9 de Julio” acredite fehacientemente ante el Tribunal: a) que la totalidad del personal interviniente se encuentra debidamente capacitado para tales tareas; b) la participación de un especialista en la materia acompañando al tribunal sus datos y antecedentes profesionales; c) la supervisión de todo el proceso por parte de un reconocido organismo público especializado en la materia que pueda dar cuenta ante el Tribunal del cabal cumplimiento de “las reglas del arte, antes, durante y después de las tareas de trasplante”; d) haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 in fine de la ley 3263 y e) un detalle del destino de los árboles trasplantados y la cantidad, especie y ubicación proyectada de la totalidad de los nuevos ejemplares a implantar”.
“A pesar de los intentos desesperados del Pro por tergiversar la sentencia, al decir que lo que ordena la Justicia ya estaba previsto en sus planes, esta medida cautelar les impide proseguir las obras tal como lo pretendían hacer y deberán rediseñar integralmente el proyecto”, sostuvo el actor del amparo que inició la causa y dirigente del Partido Social de la Ciudad, Facundo Di Filippo, quien agregó: “No podrán afectar ningún espacio verde, incluyendo plazas y plazoletas, y deben tomar medidas para no afectar la arboleda existente en la 9 de Julio. El gobierno no podrá realizar el desastre ambiental y paisajístico que tenía previsto”.
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