Santa Fetrataría una reforma a la Ley de Fitosanitarios

En el Senado se trataría una reforma a la Ley de Productos Fitosanitarios

Fecha de Publicación
: 29/10/2016
Fuente: elprotagonistaweb.com.ar
Provincia/Región: Santa Fe


En la sesión ordinaria del jueves 20 de octubre de 2016 de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe, a propuesta del senador radical Felipe Michlig (UCR-FPCS-San Cristóbal), presidente del Bloque Frente Progresista Cívico y Social, se acordó un tratamiento preferencial para dentro de tres (3) sesiones, es decir para la sesión ordinaria que se llevaría a cabo el jueves 10 de noviembre ó, en su defecto, el jueves 17 de noviembre de 2016, para el Proyecto de Ley (Expediente 31888 CD) proveniente de la Cámara de Diputados con media sanción, autoría de la diputada provincial socialista Inés Bertero (PS-FPCS), que resultara aprobado en la anterior gestión, en la sesión ordinaria del jueves 15 de octubre de 2015, bajo la presidencia del diputado justicialista Luis Rubeo (BJ), con 39 diputados y diputadas presentes y 11 ausentes con aviso, por 20 votos afirmativos, 13 votos negativos y 5 abstenciones, por el cual se modifica la Ley Nº 11.273 que regula el uso de productos fitosanitarios; siempre y cuando se consiga unificarlo al Proyecto de Ley de los diputados: José María Tessa (Mandato Cumplido), Leandro Busatto ((FV-PJ), Eduardo Toniolli (Mandato Cumplido), Patricia Gazcué (Mandato Cumplido) y Marcela Aeberhard (Mandato Cumplido); y acumularlo además con otras iniciativas de similar tenor luego del tratamiento conjunto; que “permitirá fumigar a partir de los 100 metros si hay una barrera forestal”.
Se aprobó oportunamente la media sanción en la Cámara de Diputados que “las aspersiones terrestres se pueden realizar a 100 ó 200 metros de las poblaciones, dependiendo de si existe o no una barrera forestal”. Luego, hasta los 800 metros, sólo se permiten productos de banda verde o azul, los de menor toxicidad, bajo el control de un veedor que deberá ser un ingeniero agrónomo. 
Las fumigaciones aéreas, en tanto y en cuanto exista una ordenanza municipal o comunal que lo autorice, se permitirán cuando esa aplicación no se pueda llevar a cabo vía terrestre porque las condiciones climáticas dejaron “sin piso” a los campos o en producciones como el arroz, donde los aviones son los únicos que pueden realizar esa tarea, con el objetivo de “lograr un sistema productivo más sustentable”, reducir el riesgo que supone el uso de agroquímicos y que “no genere impactos indeseados en la calidad ambiental y en la salud de la población”.
El proyecto, si bien regula las aplicaciones poscosecha y la utilización de los fertilizantes que no están contemplados en la Ley Nº 11.273 actual, “no contempla la disposición final de los envases de agroquímicos” y la aplicación de plaguicidas para uso doméstico y en áreas urbanas, objeto de una legislación especial.
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