Entre Ríos analiza cambios en Ley de agrotóxicos

Ampliarían la zona de protección para fumigar con agroquímicos

Fecha de Publicación
: 09/07/2012
Fuente: Diario Uno
Provincia/Región: Entre Ríos


En la Cámara de Senadores comenzó a analizarse un proyecto que intenta regular el uso de sustancias químicas en Entre Ríos y cuyo dato más saliente es, tal vez, que se propone ampliar la protección de las áreas urbanas, definiéndola como “la zona edificada de ciudades y pueblos de la provincia y su área circundante”, prohibiendo la fumigación a 1.000 metros de distancia.
En la Cámara alta se encuentra desde setiembre de 2009 un proyecto que propone modificar la vieja ley 6599, que tenía media sanción de Diputados, pero nunca fue tratado por el Senado.
Ante el complejo panorama que presenta el uso de agroquímicos, y especialmente la ausencia de controles eficientes, los senadores consideran que se debe hacer “un proyecto integral sobre la forma de administrar las sustancias químicas”, de acuerdo a la intención manifestada por el autor del proyecto, Enrique Cresto (FpV-Concordia).
Allí se propone crear un marco legal “cuyo objetivo es la Regulación del Uso de todas las Sustancias Químicas que se emplean en las actividades relacionadas a la Producción Agropecuaria, tanto en la tierra, como a través del aire y el agua” en el territorio entrerriano. Tiene como ejes centrales la defensa de la salud humana, del ecosistema, de los recursos naturales y de la producción agropecuaria y de terceros. Se hace responsable a quienes utilicen los mismos, de los daños que puedan ocasionarse por usos indebidos o contrarios a lo que disponga la norma que se propone.
El proyecto, de 25 artículos, incluye un glosario que identifica claramente a los actores del sistema y deberá ser tenido en cuenta al momento de reglamentar la ley.

Tasas y responsabilidades
Para incorporarse a los registros habrá que abonar una tasa cuyo producido será para sostener los procesos de fiscalización y control de cumplimiento en el manejo de las sustancias.
La autoridad de aplicación deberá, entre otras responsabilidades, ocuparse de controlar la fabricación, distribución, comercialización, almacenamiento, traslado y utilización de los agroquímicos, y deberá tener actualizados los registros de personas físicas o jurídicas, empresas involucradas en el manejo y aplicación de sustancias.
También deberá brindar toda la información relativa a las funciones de registro y control, dar a conocer aspectos (entre todos los partícipes de los procesos de aplicación) de las normas de seguridad ambiental en vigencia generadas por todos los niveles del Estado.
Deberá contar con un sistema de acceso rápido y permanente a la nómina de comercios registrados y empresas prestadoras de servicios, como así también ejercer funciones de policía sanitaria, en concordancia con el Colegio de Ingenieros.

Áreas Urbanas
Desde la autoridad provincial se deberá inspeccionar, fiscalizar y controlar el uso y aplicación de agroquímicos en áreas urbanas, lo que hará con la Dirección de Medio Ambiente y el Ministerio de Salud. Se precisa que se entiende por “área urbana” la zona edificada de ciudades y pueblos de la provincia y su área circundante hasta 1.000 metros del límite de edificación. Además, si se considera que hay peligro para la salud se podrá prohibir completamente el uso de agroquímicos.
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