Fallo en contra de las arroceras del Iberá

El Superior Tribunal falló en contra de las arroceras del Iberá

Fecha de Publicación: 04/03/2009
Fuente: Litoral Digital
Provincia/Región: Corrientes



El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes rechazó la apelación presentada por un establecimiento arrocero asentado en la Reserva Natural del Iberá. Por este motivo, deberán suspender la construcción clandestina de un terraplén y de un canal para tomar agua de la laguna Fernández, en la zona de reserva.
La semana pasada el Superior Tribunal de Justicia falló en contra de un establecimiento arrocero que opera dentro de la zona de reserva en los Esteros del Iberá. La información se conoció públicamente ayer, a través de la abogada Patricia Mc Cormack, quien explicó que el fallo confirma la medida cautelar dictada el 18 de mayo de 2006 por la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Corrientes (expediente Nº 2743).
Esta medida ordena la suspensión de la construcción clandestina de un terraplén y de un canal para tomar agua de una de las lagunas más importantes del Iberá: la laguna Fernández. Esta resolución fue ratificada por el mismo tribunal en 2008. No obstante, el mandato judicial nunca fue obedecido por la arrocera.
Cabe recordar que dicho emprendimiento fue denunciado en 2006 por un vecino de Colonia Carlos Pellegrini, ya que el mismo no contaba con la Evaluación de Impacto Ambiental, ni concesión para utilizar aguas públicas, entre otros requisitos legales. Trámites que la ley exige que sean realizados con anterioridad al inicio del emprendimiento.
El establecimiento en cuestión había presentado tardíamente su estudio de impacto ambiental y la conformidad otorgada, en principio, por el Instituto Correntino del Agua y el Ambiente (Icaa), no fue aun confirmada por el Ministro de la Producción de la provincia, máxima autoridad en la materia, por lo que, a criterio de la Justicia, aquella no solo no está firme, sino que carece del último paso administrativo ineludible.
En consecuencia, la arrocera no puede continuar operando, hasta tanto se cumpla con todos los recaudos legales, y si ello no perjudica el medio ambiente. Mientras tanto, la medida cautelar judicial (ratificada por el más alto Tribunal de la provincia) está plenamente vigente.
Por este motivo, se espera que la firma que explota esta arrocera acate el mandato del Poder Judicial de Corrientes porque en casos anteriores, siempre ignoraron las medidas judiciales. Como si esto fuera poco, el Icaa reina por su ausencia.
Por otro lado, cabe recordar que el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes también emitió un fallo para que el terraplén de Yahaveré sea destruido. De esa manera, ha sentado precedente en materia de protección ambiental, sin embargo, todavía no fue demolido.

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