Mendoza eleva multas por desmontes ilegales

 


Mendoza endurece las multas por desmontes ilegales de flora y bosques nativos

Fecha de Publicación
: 12/06/2026
Fuente: Portal MendoVoz
Provincia/Región: Mendoza


El Gobierno modernizó el sistema de cálculo de sanciones ambientales. El nuevo esquema eleva los montos y evalúa la gravedad del impacto, los antecedentes del infractor y el valor de conservación de la zona afectada.
La Dirección de Áreas Protegidas del Ministerio de Energía y Ambiente aprobó una nueva metodología para el cálculo de infracciones vinculadas a desmontes de flora nativa y bosques nativos realizados sin autorización.
La medida busca actualizar un sistema de sanciones que había quedado desfasado frente a la complejidad de los casos detectados y a la magnitud de los daños ambientales que pueden producir este tipo de intervenciones, especialmente en un contexto de cambio climático, donde las especies nativas cumplen un rol central para amortiguar los efectos de las lluvias intensas, las inundaciones, las olas de calor y los procesos de degradación del suelo.
La actualización fue impulsada por el Departamento de Flora Nativa y aprobada mediante el proyecto denominado “Modernización de cálculo de infracciones de desmonte de flora nativa y bosque nativo”, con el objetivo de incorporar criterios técnicos y ambientales que permitan graduar las sanciones de manera más precisa y homogénea.
El director de Áreas Protegidas, Iván Funes Pinter, destacó que la medida responde a una necesidad detectada durante las tareas de control y fiscalización que desarrolla el organismo. “Era necesaria una actualización. La metodología anterior no contemplaba de manera suficiente las distintas variables que intervienen en una afectación de flora nativa o bosque nativo, por lo que avanzamos en una herramienta más objetiva y ajustada a la realidad ambiental de cada caso”.
La nueva metodología reemplaza un esquema basado en valores establecidos por la Resolución Nº 419/18, cuyos montos máximos habían quedado desactualizados en relación con el daño ambiental generado. “Se contemplan de manera integral factores como la ubicación de la infracción, la gravedad de la afectación, la presencia de especies protegidas o la reincidencia de los responsables”, explicó Funes Pinter.
Funes Pinter señaló que uno de los cambios más importantes es la incorporación de criterios vinculados al valor de conservación de los ambientes afectados. “La Ley Nacional de Bosques establece tres categorías: I, II y III, también identificadas como rojo, amarillo y verde. La Categoría I, o roja, es la de máxima protección. La Categoría II, o amarilla, permite un uso sostenible. Y la Categoría III, o verde, funciona más como una zona de amortiguación o buffer”, explicó. 
El funcionario precisó que estas categorías pasan a tener incidencia directa en la determinación de las sanciones. “Existen distintos agravantes. Por ejemplo, si se usa fuego, si se realiza rolado, dónde se hace la intervención y qué categoría de bosque tiene el área afectada. Si se trata de una zona de bosque de máxima protección, no se puede desmontar de ninguna manera”.

Más factores para medir el daño
La nueva fórmula también considera el tipo de cobertura vegetal afectada, la capacidad de recuperación natural del ecosistema, la presencia de especies de flora o fauna amenazadas y otras características ecológicas que permiten dimensionar el impacto de la intervención. 
“Influyen otros factores, como el tipo de cobertura vegetal, la capacidad de restauración del sitio —si es alta o baja— y si en el lugar hay flora o fauna amenazada o con alguna categoría especial de protección. Todos esos elementos pueden funcionar como agravantes o atenuantes y ahora se tienen en cuenta dentro de la fórmula, además de la superficie afectada”, concluyó Funes Pinter. 
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