Agravan imputaciones del caso Comarsa en Neuquén

 


Avalan el agravamiento de los cargos por contaminación en el predio de Comarsa

Fecha de Publicación
: 15/02/2025
Fuente: Ministerio Público Fiscal de Neuquén
Provincia/Región:
Neuquén


El juez de garantías Gustavo Ravizzoli aceptó la reformulación de cargos realizada por el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid y, de ese modo, avaló el agravamiento de la acusación por contaminación y administración fraudulenta contra dos ejecutivos y un empleado de la empresa Comarsa.
El magistrado también hizo lugar a otros planteos del titular de la fiscalía de Delitos Ambientales para mantener embargos por U$D 7 millones y para extender por seis meses el plazo de investigación.
La resolución se confirmó hoy, 48 horas después de que la fiscalía realizara los planteos durante una audiencia de reformulación de cargos.
Los imputados son J.M.L, presidente desde el 1 de abril de 2014; accionista mayoritario y controlante de Comarsa; H.E.B; director suplente entre abril de 2014 y mayo de 2017, pero que permaneció en posición de decisión hasta enero de 2021 y que tuvo funciones delegadas de administración y control; y F.A.P, quien entre principios de 2013 y septiembre de 2016 fue gerente general y responsable técnico de la firma, tenía la dirección del personal a su cargo y reportaba en forma directa a los otros dos acusados.
Durante la audiencia en la que se reformularon los cargos, Breide Obeid  explicó que el avance de la investigación permitió sumar hechos a la acusación inicial por contaminación peligrosa en perjuicio de la Salud Pública contra los imputados, por el vertido sobre el suelo de residuos petroleros sin tratamiento. El fiscal jefe aclaró que, si bien no se modificaba la figura legal, los cambios en los hechos atribuidos tienen que ver con que se pudo constatar que la empresa avanzó por fuera del predio que tenía habilitado utilizar.
La acusación es por los delitos de contaminación peligrosa para la salud pública (artículos 57 y 55 de la ley 24.051 de residuos peligrosos, con remisión al artículo 200 del Código Penal; y 45 del Código Penal, en calidad de coautores); en concurso real con administración fraudulenta (artículo 173, inciso 7, del Código Penal). La segunda parte de la acusación tiene que ver con haber simulado ganancias para distribuir dividendos y obtener ventajas patrimoniales, y en este caso también hubo cambios: se modificaron los niveles de participación, con J.M.L como autor y los dos imputados restantes como partícipes necesarios.
Todos los planteos realizados por la fiscalía y avalados por el juez tuvieron el acompañamiento de las querellas particulares, en representación de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y de la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén.
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