Se mantiene la cautelar contra exploración offshore

 


Exploración petrolera en Mar del Plata: ratifican la cautelar que impide la actividad a 300 kilómetros de la costa

Fecha de Publicación
: 20/10/2022
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Nacional


El Juzgado consideró que el informe presentado por el ministerio de Ambiente de la Nación incumple con tres de los cinco recaudos que pidió la Cámara Federal de Apelaciones.
El Juzgado Federal N° 2 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Martín, mantuvo la medida cautelar que impide la exploración petrolera a 300 kilómetros de la costa de Mar del Plata.
El magistrado consideró que el ministerio de Ambiente de la Nación incumplió con tres de los cinco recaudos que pidió el pasado 3 de junio la Cámara Federal de Apelaciones para evitar daños ambientales mientras se desarrolle la actividad offshore.
Al respecto, el juez Martín argumentó que las medidas tomadas por las autoridades del ministerio de Ambiente “no están acompañadas de un análisis científico riguroso que índice la razón de su eficacia”.
Los puntos del fallo que impide la exploración petrolera
El juez sostuvo en su fallo que uno de los recaudos faltantes en el informe presentado tiene que ver con la participación de la Administración de Parques Nacionales (APN) en la evaluación de los impactos ambientales y la necesidad de valorar y evaluar su opinión y dictamen.
Martín destacó la falta de consideración del informe técnico elaborado por la APN, especialmente en cuanto a la escasez de información denunciada y a las recomendaciones hechas en ese dictamen sobre los posibles varamientos de la ballena franca austral.
Además, y según explica en el dictamen presentado este martes el titular del Juzgado Federal Nº2, no hay datos sobre la evaluación de los impactos ambientales relacionados a todos los proyectos de exploración en curso.
Para el juez, "las autoridades han tomado medidas que, si bien aparecen en principio como positivas y destinadas a evitar la generación de daños ambientales, no están acompañadas de un análisis científico riguroso que indique la razón de su eficacia".
De esta manera, para la justicia resulta insuficiente el escrito presentado el pasado 5 de agosto por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, donde el gobierno garantizó la presencia de la secretaría de control y monitoreo ambiental, que depende de esa cartera. Además, anunció la conformación de una comisión especial integrada por personal técnico de diferentes áreas para que lleven a cabo ese control.

El pedido del intendente de Mar del Plata
La medida cautelar que mantuvo este martes el juzgado federal fue dictada por el mismo juez el 11 de febrero de este año.
La resolución se enmarcó en las presentaciones judiciales del intendente de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro y la Organización de Ambientalistas Autoconvocados contra la decisión del Gobierno nacional de habilitar la campaña de adquisición sísmica offshore en las áreas CAN 108, CAN 100 y CAN 114 de la Cuenca Argentina Norte, dispuesta por Resolución 436/2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
El 3 de junio, la Cámara Federal de Apelaciones condicionó la continuidad del proyecto a distintos recaudos que, a entender del juez, todavía no fueron cumplidos en su totalidad.
De esta manera, el magistrado determinó frenar las tareas de exploración por parte de la petrolera estatal noruega Equinor en el mar en busca de reservas de petróleo, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
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