Capital santacruceña a 10 años sin bolsas camiseta

Una década sin bolsas camiseta: qué cambió en la guerra contra el plástico

Fecha de Publicación
: 10/01/2020
Fuente: Tiempo Sur
Provincia/Región: Santa Cruz


Hace diez años, TiempoSur daba a conocer la prohibición de las bolsas de polietileno en la capital santacruceña. Hoy la lucha contra el material se da a nivel mundial a fin de reducir el impacto del mismo en el medio ambiente.
A nivel mundial se habla hoy de la reducción del uso de plástico para colaborar con el medio ambiente. De hecho hace poco se realizó a nivel nacional la prohibición de las pajitas de plástico, siendo otra de las tendencias –muchas veces por moda- de la ecología. Pero podría decirse que Río Gallegos estuvo adelantado en su tiempo y desde hace diez años que se prohibió la entrega de bolsas de polietileno. La iniciativa había sido iniciada por el aquel entonces concejal Mauricio Gómez Bull y fue puesta en práctica en etapas. La culminación fue la prohibición total de estos productos, con el fin de evitar la propagación del elemento.
Es que, por aquel entonces, las bolsas eran arrojadas por los propios vecinos y quedando durante mucho tiempo amarradas en rejas, árboles o simplemente tiradas en la calle. Las mismas al no ser biodegradables.
El cambio fue progresivo y en un primer momento no gustó a los vendedores de bolsas camisetas, quienes vieron su negocio amenazado y tuvieron que modificar el rubro para adaptarse a la normativa.
Es por esto que se vieron reducidas casi en su totalidad el uso de las bolsas, por lo se incrementó obligatoriamente el uso de las bolsas re utilizables. Se trata de las bolsas de tela que son vendidas principalmente en los supermercados, siendo estos comercios los que tuvieron que adaptarse en primera instancia y abandonar la entrega de bolsas.

¿Qué dice la ordenanza?
La ordenanza expresa: “Prohíbase la entrega de bolsas tipo camisetas no biodegradables y biodegradables para contener las mercaderías adquiridas por sus clientes, por parte de todos los comercios de la ciudad”.
El Artículo 5 de la ordenanza explica que “los comercios deberán informar en lugar visible para sus clientes, el momento en que dejarán de ofrecer las bolsas para contener la mercadería”.
Por otra parte, se explicita que el “Departamento Ejecutivo municipal llevará adelante -a partir de la vigencia de la presente ordenanza- la campaña publicitaria “Más por el medio ambiente”.

En provincia
Por otra parte, años atrás se buscó prohibir en todo el territorio de la provincia de Santa Cruz el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías.
La iniciativa fue del diputado Omar Hallar y especificaba que los materiales referidos deberán ser progresivamente reemplazados por contenedores de material degradable y/o biodegradable que resulten compatibles con la minimización de impacto ambiental.
En cuanto a los plazos, el proyecto indica que los titulares de los establecimientos comprendidos por la Ley, deberán proceder a su reemplazo, en los siguientes plazos:
- Doce meses a contar desde la vigencia de la presente, para quienes realizan la actividad económica de venta al por menor en hipermercados, supermercados y minimercados con predominio de productos alimenticios y bebidas.
- Veinticuatro meses a contar de la vigencia de la Ley, para todos los titulares de establecimientos no incluidos en el punto a).
Asimismo, establece que los fabricantes deberán adecuar su tecnología para abastecer a los establecimientos que conforme el Artículo 1° se encuentren en el ámbito subjetivo de aplicación de la presente Ley, en el plazo de veinticuatro meses a contar desde la vigencia de la presente.
También se aclara que la Ley no será aplicable cuando por cuestiones de higiene las bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional deban ser utilizadas para contener alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados y no resulte factible la utilización de un sustituto degradable y/o biodegradable en términos compatibles de la minimización de impacto.
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