La zona de la Cueva de las Manos podrá ser explorada

Fallo a favor de una minera le permitiría explorar a 17 km de la Cueva de las Manos
 
Fecha de Publicación: 10/12/2019
Fuente: Tiempo Sur
Provincia/Región: Santa Cruz


El juzgado a cargo de Marcelo Bersanelli rechazó la apelación interpuesta por una fundación, luego de que la Secretaría de Estado y Minería permitió los trabajos de exploración a Patagonia Gold en el área denominada Cerro Bandurria.
El pasado 5 de noviembre el juez Marcelo Bersanelli, a cargo del Juzgado de Primera  Instancia N°1 en lo Civil, Comercial, Laboral y Minería, rechazó el recurso de apelación que interpuso la Fundación “Flora y Fauna” por la disposición que permitió a Patagonia Gold iniciar los trabajos de cateo en Cerro Bandurria, ubicado a 17 kilómetros de La Cueva de Las Manos y a 70 kilómetros de la Ruta 40.
La resolución de Bersanelli es de segunda instancia, ya que el accionar en la Secretaría de Minería, al ser autoridad de aplicación, se entiende como la primera, en la cual el área en cuestión permitió la tarea de exploración a la empresa, que solicitó el 7 de octubre de 2015 y que fue autorizado por la Policía minera en mayo del 2016, previa autorización del informe de impacto ambiental.
Para la fundación no se habría cumplido la normativa nacional y provincial que protege el área de la Cueva de las Manos y pondría “en riesgo el patrimonio natural y arqueológico que alberga el área”.
En el extenso fallo, de 30 fojas, el magistrado señaló, entre varios puntos, que “la protección del paraje alcanza un área de 600 hectáreas, con más de una zona circundante a modo de buffer, y que dicha área protegida no se encuentra alcanzada por el cateo Bandurria, no se advierte motivo para la intervención de la entidad nacional que reclama la recurrente”.
Agregó que “la relativa cercanía del paraje Cueva de las Manos” ya había sido tenido en cuenta por la Dirección General de Catastro Minero, como así también en el informe de impacto ambiental.
Añadió que la demandante advierte que los pozos exploratorios que se pretenden realizar “se encuentran dentro del área de máxima protección establecida por la norma y no dentro del área de Amortiguamiento”.
Pero el magistrado señaló que no cuenta con elementos que “permitan desmerecer” el informe presentado como registro arqueológico que se anexó al estudio de impacto ambiental para el cateo Bandurria, ni tampoco “la afirmación de la Secretaría de Estado de Cultura, autoridad de aplicación de las Leyes Nº3137 y Nº3138 y en forma compartida de la misma Ley Nº3394, y de la Dirección General de Catastro Minero, siendo que todos ellos ubican a la superficie en cuestión dentro del área de amortiguamiento”.
La fundación además había marcado la necesidad de la realización de una audiencia pública, aunque el Juez señaló que “ni el Código de Minería ni la Ley de Procedimientos de la Autoridad Minera ni el Decreto Nº931/2007, tienen prevista esta instancia”.
“En cuanto al cuestionamiento referido a la habilitación de trabajos de prospección -agrega- si finalmente no se habilitaría la explotación en la zona, cabe señalar que entrar en este cause de razonamiento implicaría hacer un análisis de cuestiones futuras e inciertas, así como intentar deducir intenciones de la empresa minera, todo lo cual resulta improcedente e impropio de esta instancia judicial”.
La resolución no permite por ahora los trabajos de cateo a Patagonia Gold (y podría ser apelada por la fundación hasta el Tribunal Superior) ya que guarda relación con un amparo ambiental que presentó en el Juzgado Federal de Caleta Olivia.
“Nunca podríamos pensar en autorizar una explotación minera en Cueva de las Manos", sitio arqueológico que “es muy caro al sentimiento de todos los santacruceños y está protegido por una Ley Provincial, la 3394, y por el Plan de Manejo de la Cuenca media e inferior del río Pinturas”, señaló en marzo el por ahora ministro de la Producción, Leonardo Álvarez, de acuerdo a una publicación realizada por El Patagónico.
El funcionario -que dentro de días será Jefe de Gabinete- aclaró que “no es una explotación, sino una actividad exploratoria, que genera un impacto ambiental mínimo” y que “no está dentro de la zona de máxima protección dispuesta en la Ley, sino que interesa de manera periférica la zona de amortiguación”.
“Por indicación de la gobernadora Alicia Kirchner, trabajamos para el desarrollo armónico de todas las actividades, velando por la preservación del patrimonio cultural, de los sitios arqueológicos, de la actividad turística y de la minería, que hoy es una de las principales generadoras de empleo en la actividad privada en Santa Cruz, con 4500 puestos de trabajo directos”, abundó.
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