YPF en Río Negro no es amigable para el ambiente



YPF incumple controles ambientales en Río Negro

Fecha de Publicación
: 25/11/2014
Fuente: Diario Río Negro
Provincia/Región: Río Negro


La principal disputa del Departamento Provincial de Aguas (DPA) por controles ambientales -en ventas de combustibles- está radicada con YPF, según un informe brindado por el ente hídrico a la Legislatura rionegrina.
El documento relacionado con industrias que generan efluentes contaminantes, puntualiza que la empresa estatizada "desconoce" en "forma arbitraria" la Ley Q N° 2.952 (Código de Aguas). Está vigente desde 1996.
Pone como ejemplo que YPF "parte de la negativa permanente de brindar información técnica solicitada en forma anual".
"La empresa alude que no produce efluentes líquidos industriales que usen cuerpos receptores hídricos, por lo tanto considera improcedente la presentación de las declaraciones juradas y pago de canon de uso de cuerpo receptor hídrico establecido en esa norma"; denuncia el DPA.
A criterio del ente "esta actitud atenta contra el desarrollo e implementación de sistemas de monitoreo impidiendo la evaluación de pasivos ambientales generados, y los controles que tienen por objetivo poder actuar rápida y efectivamente ante riesgos de afectación de recursos hídricos superficiales y subterráneos".
Ante intimaciones formuladas por el Programa de Control de Calidad y Protección de los Recursos Hídricos (Cocaprhi) sobre contaminaciones de suelos y acuíferos freáticos generadas por pérdidas de tanques de almacenamiento subterráneos de hidrocarburos en expendios de combustibles, la titular del DPA, Raquel Morales revela que YPF interpuso "un recurso de revocatoria aludiendo que tanto las actuaciones como actos administrativos resultan nulas".
Agrega que a juicio de la petrolera "el DPA es incompetente en materia ambiental, a pesar de que el Código de Aguas establece que el control de la calidad y la protección de los recursos hídricos provinciales y la incorporación de cualquier actividad o acción que genere un riesgo potencial de deteriorar los recursos o afecta la salud o el bienestar de la población está regida y debe ajustarse a dicha norma". Estas previsiones se consignan en las disposiciones generales del régimen de protección y conservación de los recursos hídricos (artículos 162, 164 y concordantes).
Estos detalles están contenidos en un cúmulo de respuestas que el organismo entregó al parlamento provincial por exigencia de los bloques ARI y Alianza para la Concertación y Desarrollo (ACD).
El pedido de informes impulsado por Jorge Ocampos (ARI) solicita datos sobre la cantidad de industrias que generan efluentes contaminantes, frecuencias de las inspecciones, empresas que no acatan las normativas y resultados de medidas preventivas aplicadas, y qué tipo de controles se realiza a las empresas petroleras extractoras; entre otros puntos.
Las observaciones de la oposición están ligadas en el modo en que se administran los recursos tomando en cuenta que los artículos 171, 172 y 173 del Código apuntan a instrumentar el registro de usuarios, imponen un canon de uso y preservación de los cuerpos receptores hídricos que deben pagar los establecimientos industriales y los castigos, que incluyen multas y clausuras (que no fueron mencionadas en las respuestas).
En el extenso informe, se hace mención a que en casos de derrames -y de acuerdo al grado de afectación, volumen y ubicación- suelen concretarse inspecciones mensuales, semanales o diarias para otras operadoras petroleras que hayan incurrido en maniobras que afectan el medio ambiente.
Sin embargo, el DPA no ofrece precisiones sobre los resultados de este tipo de incidentes.
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