Presentan proyecto para los bosques de Santa Fe

Lifschitz: otra vez por los Bosques Nativos

Fecha de Publicación
: 05/11/2012
Fuente: Diario La Opinión
Provincia/Región: Santa Fe


El senador por el Departamento Rosario, Miguel Lifschitz presentó un proyecto para aprobar el Mapa de Ordenamiento de los Bosques Nativos de la provincia de Santa Fe a los fines de cumplimentar las disposiciones de la Ley Nº 12.366 y la Ley Nacional Nº 26.331. "Es un proyecto fundamental desde el punto de vista de la preservación de uno de los recursos naturales más importantes con que cuenta la provincia de Santa Fe, fundamentalmente en los Departamentos del norte", sostuvo Lifschitz al tiempo que agregó que "el objetivo fundamental es introducir criterios y conceptos de uso racional de los recursos naturales, de preservación de los ecosistemas y del medio ambiente y de una actividad productiva que sea respetuosa de la naturaleza y sustentable en el tiempo". Vale aclarar que el proyecto reedita el Mensaje Nº 3763 sobre Ordenamiento Territorial de los bosques nativos de la provincia, en cumplimiento de la ley nacional Nº 26.331, enviado a la Legislatura en 2010, que ha perdido estado parlamentario luego de obtener media sanción en la Cámara de Diputados.
TEXTO En el texto del proyecto se explica que "la Secretaría de Medio Ambiente será la Autoridad de Aplicación y deberá reglamentar en el término de ciento veinte días los procedimientos para la aplicación progresiva del plan, como así también organizar y actualizar, con la consulta y participación de las entidades u organizaciones de productores de las zonas en que se aplique esta norma, el ordenamiento de la ley". Cabe destacar que en la provincia de Santa Fe por medio de la Secretaría de Medio Ambiente, viene desarrollándose desde hace tiempo una estrategia para el ordenamiento de los bosques nativos en orden al cumplimiento de la Ley Nacional Nº 26.331. En ese sentido, se constituyó un equipo permanente de trabajo en los que participaron miembros de las universidades nacionales de Rosario y Santa Fe entre otros, que permitió aportar los datos georeferenciados necesarios del monte nativo, para poder interpretar las situaciones territoriales de los bosques nativos y determinar su zonificación.
PRESERVACION Como resultado de ese proceso se establecieron los distintos grados de preservación de los bosques nativos siguiendo los criterios de la ley 26.331. De esta forma, se establece que "en aquellos Departamentos en los que la superficie de bosques de los sectores rojos y amarillos igualen o superen el quince por ciento de la superficie departamental, la Autoridad de Aplicación podrá autorizar planes de emprendimientos productivos sustentables, previo estudio de impacto ambiental y según la normativa vigente”. En el artículo 9 de la ley 26.331 se define a la categoría I (rojo) como "sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse", a la categoría II (amarillo) como "sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que a juicio de la autoridad de aplicación jurisdiccional con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación y que podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica" y a la categoría III (verde) como "sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad aunque dentro de los criterios de la presente ley". Por otro lado, también se establecen mecanismos de asistencia económica a los fines de asegurar el cumplimiento de la norma de tal manera que aquellos propietarios de predios en los que haya bosques naturales tengan algún tipo de compensación económica en función del grado de preservación de esos recursos.
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