Salí-Dulce: ordenan nuevos procesamientos
Contaminación de la cuenca Salí-Dulce: La Justicia ordenó nuevos procesamientos
Fecha de Publicación: 05/07/2011
Fuente: El Siglo
Provincia/Región: Tucumán
La embestida de la Justicia Federal con asiento en Tucumán para ponerle freno a la contaminación de la cuenca Salí-Dulce, por la que son investigadas varias industrias radicadas en nuestra provincia, no se detiene.
Ahora, el titular del Juzgado Federal II, Mario Racedo, ordenó el procesamiento, sin prisión preventiva, de los responsables del Ingenio y Destilería La Trinidad, Santiago Daniel Gasep y Luis Alberto Drube, por considerarlos presuntos autores, penalmente responsables, del delito de contaminación con riesgo para la salud. Dicho ilícito está previsto y penado por el artículo 55 de la Ley 24.051, de Residuos Peligrosos, que contempla reprimir "con reclusión de tres a diez años al que envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general". Además, prevé que dicha pena "será de diez a veinticinco años de prisión o reclusión si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona".
En su fallo, al cual EL SIGLO tuvo acceso, Racedo responsabilizó a Gasep y a Drube, como directivos de esa fábrica azucarera, ubicada en la localidad de Villa La Trinidad, en el Sur provincial, de haber contaminado con desechos industriales las aguas del río Chico, que desemboca en el embalse de Termas de Río Hondo, en Santiago del Estero.
La causa se inició en 2007, a partir de una denuncia penal promovida por el Gobierno de la vecina provincia y de las denuncias de los propios vecinos de Villa La Trinidad.
Por orden judicial, expertos de Gendarmería Nacional realizaron un allanamiento a la fábrica y constataron que "los efluentes sin tratamiento previo de la misma eran derivados al canal Monteagudo, el que finaliza su recorrido ingresa a la Estancia Austerlitz, donde el ingenio tiene una laguna de sacrificio". Los efluentes, de acuerdo a la pericia realizada por esa fuerza del orden, luego proseguían su curso atravesando las estancias La Reina, Leiva y Gambarte, donde desbordaban, formaban su propio cause y se desplazaban hasta unirse con el cauce del río Chico, tributario de la cuenca Salí-Dulce
Las muestras de los líquidos que el ingenio arrojaba a ese curso, según los estudios realizados por Gabinete Técnico Pericial de Gendarmería Nacional y corroborados por expertos de la Facultad de Ciencias Exactas de la UNT, demostraron valores prohibidos respecto a la presencia de sólidos sedimentables, demanda química de oxígeno y demanda biológica de oxígeno.
Según los mismos estudios, los efluentes de la planta fabril (vinaza y aguas de lavado de caña y de enfriamiento de maquinarias) superaban los valores permitidos por las normas ambientales locales, nacionales e inclusive internacionales.
Argumentos de defensa
Tanto Gasep como Drube negaron ser responsables por la contaminación del río Chico. El primero de los acusados aseguró que su función dentro de la firma es meramente administrativa y aseguró que el ingenio está cumpliendo desde 2007 con distintos planes para tratar los efluentes. Además, Gasep aseguró que tanto la vinaza como las aguas con las que se lava la caña y se enfrían las maquinarias son utilizadas para el riego de fincas vecinas, mientras que el desecho es enviado a la laguna de sacrificio de la finca Austerlitz.
A su turno, Drube dijo que "es imposible" que los líquidos contaminantes que llegan al cause del río Chico provengan del ingenio La Trinidad, "ya que no se ajusta a las condiciones físicas del terreno, en razón de que cuando la vinaza llega a la laguna de sacrificio tiende a desplazarse hacia un bajo hondo que la aleja del curso del río Chico". También recordó que la empresa "está dando cumplimiento con el PRI, con la finalidad de disminuir la cantidad de vinaza".
La sentencia
Sin embargo, el juez Racedo llegó a la conclusión de que "el tipo de delito del delito del artículo 55 de la Ley 24.051 se encontraría acreditado, en tanto se ha verificado que el Ingenio y Destilería La Trinidad habría contaminado el curso de agua del río Chico, al arrojar sus efluentes líquidos al mismo, el que finalmente desemboca en el dique El Frontal, creando de esta manera un peligro jurídicamente desaprobado". Según el magistrado, esto "se encuentra acreditado en los elementos de juicio recolectados hasta ahora" en la causa "fundamentalmente a través de las pericias realizadas por Gendarmería Nacional y los informes confeccionados por miembros de la facultad de Ciencias Exactas de la UNT".
Finalmente, aclaró que "si bien los imputados manifiestan contar con el aval de autoridades administrativas para el funcionamiento de la planta a su cargo, ello no excluye la responsabilidad penal que les cupiera en el marco de la aplicación de la Ley 24.051".
Además del procesamiento de Gasep y Drube, Racedo ordenó trabar un embargo sobre los bienes de ambos por un monto de 200 mil pesos (cada uno), a los fines de garantizar las responsabilidades civiles y costas procesales derivadas de la causa.
Fecha de Publicación: 05/07/2011
Fuente: El Siglo
Provincia/Región: Tucumán
La embestida de la Justicia Federal con asiento en Tucumán para ponerle freno a la contaminación de la cuenca Salí-Dulce, por la que son investigadas varias industrias radicadas en nuestra provincia, no se detiene.
Ahora, el titular del Juzgado Federal II, Mario Racedo, ordenó el procesamiento, sin prisión preventiva, de los responsables del Ingenio y Destilería La Trinidad, Santiago Daniel Gasep y Luis Alberto Drube, por considerarlos presuntos autores, penalmente responsables, del delito de contaminación con riesgo para la salud. Dicho ilícito está previsto y penado por el artículo 55 de la Ley 24.051, de Residuos Peligrosos, que contempla reprimir "con reclusión de tres a diez años al que envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general". Además, prevé que dicha pena "será de diez a veinticinco años de prisión o reclusión si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona".
En su fallo, al cual EL SIGLO tuvo acceso, Racedo responsabilizó a Gasep y a Drube, como directivos de esa fábrica azucarera, ubicada en la localidad de Villa La Trinidad, en el Sur provincial, de haber contaminado con desechos industriales las aguas del río Chico, que desemboca en el embalse de Termas de Río Hondo, en Santiago del Estero.
La causa se inició en 2007, a partir de una denuncia penal promovida por el Gobierno de la vecina provincia y de las denuncias de los propios vecinos de Villa La Trinidad.
Por orden judicial, expertos de Gendarmería Nacional realizaron un allanamiento a la fábrica y constataron que "los efluentes sin tratamiento previo de la misma eran derivados al canal Monteagudo, el que finaliza su recorrido ingresa a la Estancia Austerlitz, donde el ingenio tiene una laguna de sacrificio". Los efluentes, de acuerdo a la pericia realizada por esa fuerza del orden, luego proseguían su curso atravesando las estancias La Reina, Leiva y Gambarte, donde desbordaban, formaban su propio cause y se desplazaban hasta unirse con el cauce del río Chico, tributario de la cuenca Salí-Dulce
Las muestras de los líquidos que el ingenio arrojaba a ese curso, según los estudios realizados por Gabinete Técnico Pericial de Gendarmería Nacional y corroborados por expertos de la Facultad de Ciencias Exactas de la UNT, demostraron valores prohibidos respecto a la presencia de sólidos sedimentables, demanda química de oxígeno y demanda biológica de oxígeno.
Según los mismos estudios, los efluentes de la planta fabril (vinaza y aguas de lavado de caña y de enfriamiento de maquinarias) superaban los valores permitidos por las normas ambientales locales, nacionales e inclusive internacionales.
Argumentos de defensa
Tanto Gasep como Drube negaron ser responsables por la contaminación del río Chico. El primero de los acusados aseguró que su función dentro de la firma es meramente administrativa y aseguró que el ingenio está cumpliendo desde 2007 con distintos planes para tratar los efluentes. Además, Gasep aseguró que tanto la vinaza como las aguas con las que se lava la caña y se enfrían las maquinarias son utilizadas para el riego de fincas vecinas, mientras que el desecho es enviado a la laguna de sacrificio de la finca Austerlitz.
A su turno, Drube dijo que "es imposible" que los líquidos contaminantes que llegan al cause del río Chico provengan del ingenio La Trinidad, "ya que no se ajusta a las condiciones físicas del terreno, en razón de que cuando la vinaza llega a la laguna de sacrificio tiende a desplazarse hacia un bajo hondo que la aleja del curso del río Chico". También recordó que la empresa "está dando cumplimiento con el PRI, con la finalidad de disminuir la cantidad de vinaza".
La sentencia
Sin embargo, el juez Racedo llegó a la conclusión de que "el tipo de delito del delito del artículo 55 de la Ley 24.051 se encontraría acreditado, en tanto se ha verificado que el Ingenio y Destilería La Trinidad habría contaminado el curso de agua del río Chico, al arrojar sus efluentes líquidos al mismo, el que finalmente desemboca en el dique El Frontal, creando de esta manera un peligro jurídicamente desaprobado". Según el magistrado, esto "se encuentra acreditado en los elementos de juicio recolectados hasta ahora" en la causa "fundamentalmente a través de las pericias realizadas por Gendarmería Nacional y los informes confeccionados por miembros de la facultad de Ciencias Exactas de la UNT".
Finalmente, aclaró que "si bien los imputados manifiestan contar con el aval de autoridades administrativas para el funcionamiento de la planta a su cargo, ello no excluye la responsabilidad penal que les cupiera en el marco de la aplicación de la Ley 24.051".
Además del procesamiento de Gasep y Drube, Racedo ordenó trabar un embargo sobre los bienes de ambos por un monto de 200 mil pesos (cada uno), a los fines de garantizar las responsabilidades civiles y costas procesales derivadas de la causa.
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