El Ordenamiento Territorial sin criterios unificados
Advierten por disparidades en la Ley de Ordenamiento Territorial
Fecha de Publicación: 18/11/2013
Fuente: InfoCampo
Provincia/Región: Nacional
A seis años, investigadores de la Facultad de Agronomía de la UBA señalan que existe una disparidad en la interpretación de los criterios de sustentabilidad ambiental, calidades técnicas contrastantes y un bajo nivel de coherencia entre las categorías de conservación.
La Facultad de Agronomía de la UBA (FAUBA) advirtió que transcurridos seis años desde la sanción de la Ley Nº 26.331, de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), existe una gran disparidad de criterios utilizados por cada provincia de la Argentina para su implementación
"Existe una gran disparidad en la interpretación de los criterios de sustentabilidad ambiental, calidades técnicas contrastantes y un bajo nivel de coherencia entre las categorías de conservación", señaló Agustina García Collazo, investigadora del Departamento de Métodos Cuantitativos de la FAUBA, quien realizó un informe publicado en agosto de 2013 en la revista de Ecología Austral, junto a un equipo de investigadores coordinado por José Paruelo, director de la carrera de Ciencias Ambientales de la FAUBA.
"Hay zonas donde las categorías para zonificar el bosque (según colores rojo, amarilla y verde) cambian abruptamente entre provincias, incluso en aquellas que comparten ecorregiones, y pocas son las provincias que han explicitado la metodología empleada para arribar a la zonificación a partir de los criterios de sustentabilidad ambiental establecidos en la Ley, dificultando la replicación del proceso", agregó.
La Ley Nº 26.331constituye la primera experiencia a nivel nacional de ordenamiento territorial que regula cambios en el uso del suelo de un tipo de cobertura en particular, los bosques nativos, y aspira a promover la conservación y la regulación de la expansión de la frontera agropecuaria.
En 2007, este instrumento legal permitió que las provincias suspendieran los permisos de desmonte, que en los últimos 10 años se habían incrementado de manera exponencial. Según datos de la Dirección de Bosques de la Nación, mientras que entre 1987- 1998 se deforestaban 180.000 ha/año, en el período 1998-2002 esa tasa se incrementó a 235.100 ha/año.
De acuerdo a información elaborada por INTA Salta a partir del uso de satélites, en los últimos 30 años se desmontó el 26% del total de bosques existentes a fines de los ’70. En tanto, a fines de 2007, frente a la inminente sanción de la Ley Nº 26.331, se registra el valor más alto de la historia, con una tasa de desmonte de 2,1% anual.
La Ley de Ordenamiento Territorial establece tres categorías para zonificar el bosque. De acuerdo a la legislación nacional, no se permite desmontar las categorías I (marcadas con rojo) y II (con amarillo).
"No obstante, pese a que la mayoría de las provincias sancionaron una ley provincial de OTBN, la falta de un protocolo de trabajo estandarizado y consensuado, junto con el bajo nivel de acuerdo en las zonificaciones provinciales, habría conducido a una desarticulación a nivel regional, agudizada frente a la interpretación dispar de los criterios de sustentabilidad ambiental y las diversas modalidades de aplicación de la ley", afirma el informe de la FAUBA.
Además, advierte que "en el noroeste argentino, la mayoría de las provincias (Jujuy, Salta y Tucumán, a excepción de Santiago del Estero) contemplaron los 10 criterios de sustentabilidad ambiental previstas por la Ley. En la región noreste y de Cuyo únicamente los informes de Corrientes y Mendoza consideraron todos estos criterios. Mientras que la región Patagónica, en ningún caso se evidenció el empleo de todos los criterios. En referencia a la metodología empleada para la valoración de los criterios, las provincias que han hecho explícitos los métodos utilizados sólo han sido Corrientes, Mendoza, Tucumán y San Juan".
La investigadora de la FAUBA destacó el valor de la Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, debido a que, por primera vez en la Argentina, se reconoce jurídicamente a los servicios ecosistémicos que brindan los bosques, como, por ejemplo la regulación hídrica, la conservación de la biodiversidad, del suelo y de la calidad del agua, y la defensa de la identidad cultural, entre otros aspectos.
Además, García Collazo destacó que la Secretaría de Ambiente de la Nación, encargada de aprobar los ordenamientos territoriales propuestos por cada provincia (para que puedan acceder al Fondo Nacional para la Compensación de Bosques Nativos), reconoce todos estos problemas y ha establecido los contenidos mínimos de los planes técnicos, que acompañan a los mapas de zonificación.
En este marco, en abril de 2013 la FAUBA, el Ministerio de Agricultura de la Nación y la FAO organizaron un Taller de Ordenamiento Territorial Rural en instalaciones del INTA Chile, coordinado por José Paruelo, Agustina García Collazo y Hernán Dieguez, también docente de la Facultad de Agronomía de la UBA, con la presencia de profesionales de todo el país, provenientes de los ámbitos políticos y académicos.
Este taller generó las bases del libro "Ordenamiento territorial rural: conceptos, métodos y experiencias", que resumen el estado de esta problemática en el país y provee una guía metodológica para su abordaje a nivel municipal.
Actualmente, la Licenciatura de Ciencias Ambientales de la FAUBA está realizando la segunda edición del curso de Ordenamiento Territorial Rural en el cual se realiza una revisión de los marcos conceptuales y herramientas disponibles para su abordaje, los marcos legales existentes, las metodologías para la elaboración de planes y la realización de un ejercicio de ordenamiento territorial a nivel de municipio rural. Algunas de estas experiencias también fueron sistematizadas en el libro.
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Fecha de Publicación: 18/11/2013
Fuente: InfoCampo
Provincia/Región: Nacional
A seis años, investigadores de la Facultad de Agronomía de la UBA señalan que existe una disparidad en la interpretación de los criterios de sustentabilidad ambiental, calidades técnicas contrastantes y un bajo nivel de coherencia entre las categorías de conservación.
La Facultad de Agronomía de la UBA (FAUBA) advirtió que transcurridos seis años desde la sanción de la Ley Nº 26.331, de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN), existe una gran disparidad de criterios utilizados por cada provincia de la Argentina para su implementación
"Existe una gran disparidad en la interpretación de los criterios de sustentabilidad ambiental, calidades técnicas contrastantes y un bajo nivel de coherencia entre las categorías de conservación", señaló Agustina García Collazo, investigadora del Departamento de Métodos Cuantitativos de la FAUBA, quien realizó un informe publicado en agosto de 2013 en la revista de Ecología Austral, junto a un equipo de investigadores coordinado por José Paruelo, director de la carrera de Ciencias Ambientales de la FAUBA.
"Hay zonas donde las categorías para zonificar el bosque (según colores rojo, amarilla y verde) cambian abruptamente entre provincias, incluso en aquellas que comparten ecorregiones, y pocas son las provincias que han explicitado la metodología empleada para arribar a la zonificación a partir de los criterios de sustentabilidad ambiental establecidos en la Ley, dificultando la replicación del proceso", agregó.
La Ley Nº 26.331constituye la primera experiencia a nivel nacional de ordenamiento territorial que regula cambios en el uso del suelo de un tipo de cobertura en particular, los bosques nativos, y aspira a promover la conservación y la regulación de la expansión de la frontera agropecuaria.
En 2007, este instrumento legal permitió que las provincias suspendieran los permisos de desmonte, que en los últimos 10 años se habían incrementado de manera exponencial. Según datos de la Dirección de Bosques de la Nación, mientras que entre 1987- 1998 se deforestaban 180.000 ha/año, en el período 1998-2002 esa tasa se incrementó a 235.100 ha/año.
De acuerdo a información elaborada por INTA Salta a partir del uso de satélites, en los últimos 30 años se desmontó el 26% del total de bosques existentes a fines de los ’70. En tanto, a fines de 2007, frente a la inminente sanción de la Ley Nº 26.331, se registra el valor más alto de la historia, con una tasa de desmonte de 2,1% anual.
La Ley de Ordenamiento Territorial establece tres categorías para zonificar el bosque. De acuerdo a la legislación nacional, no se permite desmontar las categorías I (marcadas con rojo) y II (con amarillo).
"No obstante, pese a que la mayoría de las provincias sancionaron una ley provincial de OTBN, la falta de un protocolo de trabajo estandarizado y consensuado, junto con el bajo nivel de acuerdo en las zonificaciones provinciales, habría conducido a una desarticulación a nivel regional, agudizada frente a la interpretación dispar de los criterios de sustentabilidad ambiental y las diversas modalidades de aplicación de la ley", afirma el informe de la FAUBA.
Además, advierte que "en el noroeste argentino, la mayoría de las provincias (Jujuy, Salta y Tucumán, a excepción de Santiago del Estero) contemplaron los 10 criterios de sustentabilidad ambiental previstas por la Ley. En la región noreste y de Cuyo únicamente los informes de Corrientes y Mendoza consideraron todos estos criterios. Mientras que la región Patagónica, en ningún caso se evidenció el empleo de todos los criterios. En referencia a la metodología empleada para la valoración de los criterios, las provincias que han hecho explícitos los métodos utilizados sólo han sido Corrientes, Mendoza, Tucumán y San Juan".
La investigadora de la FAUBA destacó el valor de la Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, debido a que, por primera vez en la Argentina, se reconoce jurídicamente a los servicios ecosistémicos que brindan los bosques, como, por ejemplo la regulación hídrica, la conservación de la biodiversidad, del suelo y de la calidad del agua, y la defensa de la identidad cultural, entre otros aspectos.
Además, García Collazo destacó que la Secretaría de Ambiente de la Nación, encargada de aprobar los ordenamientos territoriales propuestos por cada provincia (para que puedan acceder al Fondo Nacional para la Compensación de Bosques Nativos), reconoce todos estos problemas y ha establecido los contenidos mínimos de los planes técnicos, que acompañan a los mapas de zonificación.
En este marco, en abril de 2013 la FAUBA, el Ministerio de Agricultura de la Nación y la FAO organizaron un Taller de Ordenamiento Territorial Rural en instalaciones del INTA Chile, coordinado por José Paruelo, Agustina García Collazo y Hernán Dieguez, también docente de la Facultad de Agronomía de la UBA, con la presencia de profesionales de todo el país, provenientes de los ámbitos políticos y académicos.
Este taller generó las bases del libro "Ordenamiento territorial rural: conceptos, métodos y experiencias", que resumen el estado de esta problemática en el país y provee una guía metodológica para su abordaje a nivel municipal.
Actualmente, la Licenciatura de Ciencias Ambientales de la FAUBA está realizando la segunda edición del curso de Ordenamiento Territorial Rural en el cual se realiza una revisión de los marcos conceptuales y herramientas disponibles para su abordaje, los marcos legales existentes, las metodologías para la elaboración de planes y la realización de un ejercicio de ordenamiento territorial a nivel de municipio rural. Algunas de estas experiencias también fueron sistematizadas en el libro.
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Fumigaciones y las distancias en debate
Polémica por las distancias
Fecha de Publicación: 18/11/2013
Fuente: Página/12
Provincia/Región: Nacional
Fallos judiciales de Chaco, Salta, Córdoba, Formosa, Santa Fe y Buenos Aires establecen límites de entre 800 y 1500 metros para las fumigaciones con agroquímicos. Médicos de pueblos fumigados, en base a estudios científicos, y organizaciones sociales impulsan leyes con distancias similares. En contraposición, el Ministerio de Agricultura de la Nación distribuyó entre productores un documento que propone fumigar a cien metros de las viviendas. El documento fue realizado junto a la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe, espacio de las grandes compañías de agroquímicos), Aapresid (empresas de siembra directa) y la Federación de Cámaras Agroaéreas (dueños de aviones fumigadores).
“El documento llamado ‘Pautas sobre aplicaciones fitosanitarias en áreas periurbanas’ carece de nivel científico, ignora por completo el conocimiento disponible sobre efectos nocivos de los plaguicidas en la salud y los ecosistemas, y facilita la contaminación de las personas”, afirmó desde la Fundación para la Defensa del Ambiente (Funam) Raúl Montenegro, y destacó que “no es casual” que funcionarios y grandes productores omitan mencionar que en la Comunidad Europea está prohibida la fumigación aérea.
Horacio Brignone, de la Multisectorial Paren de Fumigarnos de Santa Fe, calificó el documento de “burdo, es el trabajo de una voluntad sectorial corporativa”, y cuestionó que no se dio lugar a análisis interdisciplinarios y tampoco se tuvo en cuenta a las familias afectadas y organizaciones que trabajan la problemática y padecen las fumigaciones.
Claudio Lowy, desde la Red Nacional de Acción Ecologista (Renace), consideró que el documento “carece de legitimidad científica, política y jurídica”. Evaluó que es “una maniobra” para presionar a legisladores, aseguró que se omitieron estudios epidemiológicos y “ninguno de los datos sobre distancia que ponen como ejemplos tiene referencia bibliográfica, lo que le quita seriedad a todo el documento”.
Carlos Manessi, de Cepronat (Centro de Protección a la Naturaleza) y la Multisectorial, explicó que están trabajando en todo Santa Fe, señaló que se articulan acciones con otras provincias y con todos los sectores de la sociedad por un simple motivo: “El lobby sojero opera en la Legislatura, en los medios de comunicación, en las universidades. En todos lados encuentra socios, pero también resistencias”.
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Fecha de Publicación: 18/11/2013
Fuente: Página/12
Provincia/Región: Nacional
Fallos judiciales de Chaco, Salta, Córdoba, Formosa, Santa Fe y Buenos Aires establecen límites de entre 800 y 1500 metros para las fumigaciones con agroquímicos. Médicos de pueblos fumigados, en base a estudios científicos, y organizaciones sociales impulsan leyes con distancias similares. En contraposición, el Ministerio de Agricultura de la Nación distribuyó entre productores un documento que propone fumigar a cien metros de las viviendas. El documento fue realizado junto a la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe, espacio de las grandes compañías de agroquímicos), Aapresid (empresas de siembra directa) y la Federación de Cámaras Agroaéreas (dueños de aviones fumigadores).
“El documento llamado ‘Pautas sobre aplicaciones fitosanitarias en áreas periurbanas’ carece de nivel científico, ignora por completo el conocimiento disponible sobre efectos nocivos de los plaguicidas en la salud y los ecosistemas, y facilita la contaminación de las personas”, afirmó desde la Fundación para la Defensa del Ambiente (Funam) Raúl Montenegro, y destacó que “no es casual” que funcionarios y grandes productores omitan mencionar que en la Comunidad Europea está prohibida la fumigación aérea.
Horacio Brignone, de la Multisectorial Paren de Fumigarnos de Santa Fe, calificó el documento de “burdo, es el trabajo de una voluntad sectorial corporativa”, y cuestionó que no se dio lugar a análisis interdisciplinarios y tampoco se tuvo en cuenta a las familias afectadas y organizaciones que trabajan la problemática y padecen las fumigaciones.
Claudio Lowy, desde la Red Nacional de Acción Ecologista (Renace), consideró que el documento “carece de legitimidad científica, política y jurídica”. Evaluó que es “una maniobra” para presionar a legisladores, aseguró que se omitieron estudios epidemiológicos y “ninguno de los datos sobre distancia que ponen como ejemplos tiene referencia bibliográfica, lo que le quita seriedad a todo el documento”.
Carlos Manessi, de Cepronat (Centro de Protección a la Naturaleza) y la Multisectorial, explicó que están trabajando en todo Santa Fe, señaló que se articulan acciones con otras provincias y con todos los sectores de la sociedad por un simple motivo: “El lobby sojero opera en la Legislatura, en los medios de comunicación, en las universidades. En todos lados encuentra socios, pero también resistencias”.
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Media sanción para ley para protección de humedales
Avanza una ley para preservar humedales
Fecha de Publicación: 18/11/2013
Fuente: AIM
Provincia/Región: Nacional
La semana pasada obtuvo media sanción del Senado de la nación la ley de presupuestos mínimos para la protección de humedales.
El despacho surgió del consenso entre el proyecto presentado por el senador del FAP, Rubén Giustiniani, elaborado por organizaciones ecologistas de Corrientes, Entre Ríos y Santa Fe, y el proyecto de la legisladora por el FPV Elsa Ruiz Díaz. Luego del trabajo por consenso en la comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el proyecto de ley pasará a la cámara de diputados para su debate en 2014.
Al respecto Emilio Spataro, referente de Guardianes del Iberá e impulsor de uno de los proyectos junto organizaciones ambientales, detalló las diferencias entre el proyecto consensuado y el presentado por los grupos ecologistas litoraleños: “en el proyecto consensuado no se establecen actividades prohibidas o sancionables, pero se ordena a las provincias a que determinen y restrinjan actividades agrícolas o industriales en la zona”.
La inciativa establece un fondo nacional para la protección de humedales naturales y artificiales cuya transferencia de recursos a las provincias corre por la autoridad de aplicación, con el objetivo de que los estados provinciales realicen una categorización de los humedales presentes en su territorio.
Esto implica una transferencia de recursos a las provincias y la realización de un inventario nacional que establezca cuáles y dónde están los humedales argentinos. A la vez, el proyecto reivindica el uso tradicional que hacen las comunidades que habitan en esos espacios, puestas en el centro de la escena.
“Se incluyeron los humedales de origen artificial, porque se tomó la definición de la Convención Ramsar, de la que Argentina es signataria. Se trata de una medida importante, porque obliga a que las provincias reconozcan que tienen humedales que brindan servicios a la sociedad, y que establezcan qué categorías se le van a dar a esos humedales y que actividades se realizan en ellos. Hoy en Corrientes al no haber nada establecido, se deja hacer”, detalló Spataro.
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Fecha de Publicación: 18/11/2013
Fuente: AIM
Provincia/Región: Nacional
La semana pasada obtuvo media sanción del Senado de la nación la ley de presupuestos mínimos para la protección de humedales.
El despacho surgió del consenso entre el proyecto presentado por el senador del FAP, Rubén Giustiniani, elaborado por organizaciones ecologistas de Corrientes, Entre Ríos y Santa Fe, y el proyecto de la legisladora por el FPV Elsa Ruiz Díaz. Luego del trabajo por consenso en la comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el proyecto de ley pasará a la cámara de diputados para su debate en 2014.
Al respecto Emilio Spataro, referente de Guardianes del Iberá e impulsor de uno de los proyectos junto organizaciones ambientales, detalló las diferencias entre el proyecto consensuado y el presentado por los grupos ecologistas litoraleños: “en el proyecto consensuado no se establecen actividades prohibidas o sancionables, pero se ordena a las provincias a que determinen y restrinjan actividades agrícolas o industriales en la zona”.
La inciativa establece un fondo nacional para la protección de humedales naturales y artificiales cuya transferencia de recursos a las provincias corre por la autoridad de aplicación, con el objetivo de que los estados provinciales realicen una categorización de los humedales presentes en su territorio.
Esto implica una transferencia de recursos a las provincias y la realización de un inventario nacional que establezca cuáles y dónde están los humedales argentinos. A la vez, el proyecto reivindica el uso tradicional que hacen las comunidades que habitan en esos espacios, puestas en el centro de la escena.
“Se incluyeron los humedales de origen artificial, porque se tomó la definición de la Convención Ramsar, de la que Argentina es signataria. Se trata de una medida importante, porque obliga a que las provincias reconozcan que tienen humedales que brindan servicios a la sociedad, y que establezcan qué categorías se le van a dar a esos humedales y que actividades se realizan en ellos. Hoy en Corrientes al no haber nada establecido, se deja hacer”, detalló Spataro.
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Las Universidades en Córdoba cuestionan a Monsanto
Universidades cuestionan autorización a Monsanto
Fecha de Publicación: 17/11/2013
Fuente: La Voz del Interior
Provincia/Región: Córdoba
Desde la UNC, la UCC y la UNRC reprochan la decisión provincial de permitir la construcción de la planta sin el estudio de impacto ambiental previo.
Más allá de las consideraciones técnicas y ambientales que surjan sobre la radicación de Monsanto en Córdoba, tres de las principales universidades de la provincia opinan de manera casi idéntica en otro aspecto: critican el proceso de autorización inicial que permitió el comienzo de la construcción de la planta de acondicionamiento y secado de semillas de maíz.
Cuestionan un punto central: que se haya procedido sin que la compañía multinacional presentara antes la evaluación de impacto ambiental (EIA).
Los informes provienen del Observatorio de Prácticas de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), de la Universidad Católica de Córdoba (UCC) y del Observatorio de Conflictos Socioambientales de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC).
En el caso de la UNC y la UNRC, estas conclusiones son independientes de las valoraciones que pudieran surgir de las distintas facultades que forman estas universidades respecto de las consecuencias ambientales –o de la falta de ella– en el proceso industrial que realizará Monsanto.
La Provincia fue consultada sobre el tema, ya que la Secretaría de Ambiente es el blanco de las críticas. Pero hasta ayer no hubo respuesta.
Por el lado de la empresa, ayer publicamos en nuestra sección Opinión un artículo de su vicepresidente en Argentina, Pablo Vaquero, en el que dice que Monsanto “nunca incumplió ninguna ley nacional, provincial o local en la inversión productiva en Córdoba”.
Sostuvo que “la Justicia provincial ratificó en diversas instancias que los derechos de Monsanto son violentados por activistas políticos” y agregó que “desde hace más de un año” están en contacto con los vecinos de Malvinas Argentinas.
UNC. Señala que el proyecto “es uno solo” y “debe ser objeto de evaluación de impacto ambiental previa a su ejecución”. Cuestiona que, al fraccionar el proyecto en etapas y ser autorizado por la Secretaría de Ambiente de Córdoba a presentar sólo evaluaciones parciales, se produce como resultado “una segmentación de sucesivos informes meramente declarativos y parciales” (ver Informe de la UNC).
Agrega que “la Secretaría de Ambiente realizó una clasificación o categorización inicial del proyecto, estableciendo que quedaba sometido a una evaluación de impacto ambiental completa. Pero, sugestivamente, adopta y adapta el esquema desagregado (...), según las etapas que la propia Monsanto Argentina Saic formula en su presentación”.
El informe resalta que el “diferimiento de la EIA, que ya no será previa sino ex post de la emisión de sucesivos salvoconductos amoldados a los requerimientos y etapas delineados por la propia empresa, impedirá contemplar posibilidades de mejoramiento o cambios de la localización o diseños alternativos del proyecto”.
En resumen, el Observatorio señala que no se cumplió con la Ley General del Ambiente 25.675 respecto de los pasos previos que deben asegurar la participación ciudadana en la toma de decisiones y el acceso a la información necesaria para ello (como la EIA). Y que su cumplimiento es obligatorio para la Provincia.
UCC. También cuestionó el proceso jurídico que autorizó la construcción de la planta de Monsanto. Señaló que la EIA debió ser previa a su ejecución y recordó que en este caso debe regir el principio precautorio: “El derecho a un ambiente sano es un derecho humano; nuestra legislación prevé utilizar el principio precautorio ante situaciones de inminente impacto ambiental negativo. Derechos y legislación deben ser respetados”, señalaron, en el mismo sentido que la UNC (ver Comunicado de prensa de la UCC 27/09/2013).
UNRC. El Observatorio señala que “se debería consultar por qué no está como antecedente en el Aviso de Proyecto la factibilidad de ubicación, documentación indispensable sin la cual la Secretaría de Ambiente ni siquiera acepta el ingreso del expediente”. Señala que la reglamentación de la ley provincial 7.343 incluye requisitos que en este caso justifican la exigencia del estudio de impacto ambiental previo (ver Informe de la UNRC).
Afirma que Monsanto “debería aguardar a la Licencia Ambiental, otorgada por resolución por la Secretaría de Ambiente de la Provincia, para comenzar cualquier obra en el terreno”. Agrega que, “como se supone no ha habido un pronunciamiento a ese respecto, las obras emprendidas podrían estar constituyendo una manifiesta irregularidad”.
Por último, recomienda “exigir el estudio de impacto ambiental, junto con una audiencia pública que den legitimidad ambiental y social, para autorizar un emprendimiento de esta magnitud”.
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Fecha de Publicación: 17/11/2013
Fuente: La Voz del Interior
Provincia/Región: Córdoba
Desde la UNC, la UCC y la UNRC reprochan la decisión provincial de permitir la construcción de la planta sin el estudio de impacto ambiental previo.
Más allá de las consideraciones técnicas y ambientales que surjan sobre la radicación de Monsanto en Córdoba, tres de las principales universidades de la provincia opinan de manera casi idéntica en otro aspecto: critican el proceso de autorización inicial que permitió el comienzo de la construcción de la planta de acondicionamiento y secado de semillas de maíz.
Cuestionan un punto central: que se haya procedido sin que la compañía multinacional presentara antes la evaluación de impacto ambiental (EIA).
Los informes provienen del Observatorio de Prácticas de Derechos Humanos de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), de la Universidad Católica de Córdoba (UCC) y del Observatorio de Conflictos Socioambientales de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC).
En el caso de la UNC y la UNRC, estas conclusiones son independientes de las valoraciones que pudieran surgir de las distintas facultades que forman estas universidades respecto de las consecuencias ambientales –o de la falta de ella– en el proceso industrial que realizará Monsanto.
La Provincia fue consultada sobre el tema, ya que la Secretaría de Ambiente es el blanco de las críticas. Pero hasta ayer no hubo respuesta.
Por el lado de la empresa, ayer publicamos en nuestra sección Opinión un artículo de su vicepresidente en Argentina, Pablo Vaquero, en el que dice que Monsanto “nunca incumplió ninguna ley nacional, provincial o local en la inversión productiva en Córdoba”.
Sostuvo que “la Justicia provincial ratificó en diversas instancias que los derechos de Monsanto son violentados por activistas políticos” y agregó que “desde hace más de un año” están en contacto con los vecinos de Malvinas Argentinas.
UNC. Señala que el proyecto “es uno solo” y “debe ser objeto de evaluación de impacto ambiental previa a su ejecución”. Cuestiona que, al fraccionar el proyecto en etapas y ser autorizado por la Secretaría de Ambiente de Córdoba a presentar sólo evaluaciones parciales, se produce como resultado “una segmentación de sucesivos informes meramente declarativos y parciales” (ver Informe de la UNC).
Agrega que “la Secretaría de Ambiente realizó una clasificación o categorización inicial del proyecto, estableciendo que quedaba sometido a una evaluación de impacto ambiental completa. Pero, sugestivamente, adopta y adapta el esquema desagregado (...), según las etapas que la propia Monsanto Argentina Saic formula en su presentación”.
El informe resalta que el “diferimiento de la EIA, que ya no será previa sino ex post de la emisión de sucesivos salvoconductos amoldados a los requerimientos y etapas delineados por la propia empresa, impedirá contemplar posibilidades de mejoramiento o cambios de la localización o diseños alternativos del proyecto”.
En resumen, el Observatorio señala que no se cumplió con la Ley General del Ambiente 25.675 respecto de los pasos previos que deben asegurar la participación ciudadana en la toma de decisiones y el acceso a la información necesaria para ello (como la EIA). Y que su cumplimiento es obligatorio para la Provincia.
UCC. También cuestionó el proceso jurídico que autorizó la construcción de la planta de Monsanto. Señaló que la EIA debió ser previa a su ejecución y recordó que en este caso debe regir el principio precautorio: “El derecho a un ambiente sano es un derecho humano; nuestra legislación prevé utilizar el principio precautorio ante situaciones de inminente impacto ambiental negativo. Derechos y legislación deben ser respetados”, señalaron, en el mismo sentido que la UNC (ver Comunicado de prensa de la UCC 27/09/2013).
UNRC. El Observatorio señala que “se debería consultar por qué no está como antecedente en el Aviso de Proyecto la factibilidad de ubicación, documentación indispensable sin la cual la Secretaría de Ambiente ni siquiera acepta el ingreso del expediente”. Señala que la reglamentación de la ley provincial 7.343 incluye requisitos que en este caso justifican la exigencia del estudio de impacto ambiental previo (ver Informe de la UNRC).
Afirma que Monsanto “debería aguardar a la Licencia Ambiental, otorgada por resolución por la Secretaría de Ambiente de la Provincia, para comenzar cualquier obra en el terreno”. Agrega que, “como se supone no ha habido un pronunciamiento a ese respecto, las obras emprendidas podrían estar constituyendo una manifiesta irregularidad”.
Por último, recomienda “exigir el estudio de impacto ambiental, junto con una audiencia pública que den legitimidad ambiental y social, para autorizar un emprendimiento de esta magnitud”.
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Otro desmonte conflictivo e ilegal en Salta
Aprobarán otro desmonte en una zona en conflicto con campesinos
Fecha de Publicación: 16/11/2013
Fuente: Nuevo Diario
Provincia/Región: Salta
Una nueva recategorización de las que viene realizando el Ministerio de Ambiente se pudo conocer tras ser publicada en el Boletín Oficial la convocatoria a una audiencia pública para el desmonte de 5.745 hectáreas en la Finca Pluma de Pato, en el departamento Rivadavia.
La zona que estaba dispuesta en color amarillo, y que se encuentra habitada por distintas familias de campesinos, fue recategorizada y, según la empresa, entre los requisitos cumplidos ante la conflictividad que presenta esta zona, los empresarios Fernando Munzi, y Agustín Vidizzoni (que solicitaron este desmonte), indicaron que en la zona se había logrado disponer por convenio la entrega de tierras y relocalización de las familias campesinas con entregas que van de 50 a 100 hectáreas por familia y en la que se incluye la construcción de una vivienda.
La finca, que según la convocatoria del desmonte se denomina "La Luz del Chaco", se encuentra entre "dos pueblos de pastajeros", por lo cual llevó a hacer el análisis, en tanto se extiende entre Rivadavia y hasta Dragones (en el departamento San Martín).
Si bien se conoce de esta acción llevada adelante con los campesinos, desde la Mesa Coordinadora de Tierras de la ruta Nº 81 se indicó que se participará de la audiencia convocada para el próximo jueves, aunque con una posición contraria a los desmontes. "Entendemos que el desmonte es perjudicial y a gran escala no solo perjudica a los que están alrededor. Esta no es una zona para hacer los desmontes por los vientos o los calores", dijo Lucia Ruiz, una de las integrantes de la mesa mencionada.
Indicó que si bien hubo acuerdos con los empresarios, fue por la reubicación de un camino que pasaba por medio de la Finca. La nueva vía se realizó orillando la finca.
Y es que en principio se quería llevar el camino dentro del lote fiscal Nº 21, pero los que viven dentro de esas tierras no quisieron en tanto aumenta en ese caso el riesgo de robo de animales, además de quitarles espacio.
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Fecha de Publicación: 16/11/2013
Fuente: Nuevo Diario
Provincia/Región: Salta
Una nueva recategorización de las que viene realizando el Ministerio de Ambiente se pudo conocer tras ser publicada en el Boletín Oficial la convocatoria a una audiencia pública para el desmonte de 5.745 hectáreas en la Finca Pluma de Pato, en el departamento Rivadavia.
La zona que estaba dispuesta en color amarillo, y que se encuentra habitada por distintas familias de campesinos, fue recategorizada y, según la empresa, entre los requisitos cumplidos ante la conflictividad que presenta esta zona, los empresarios Fernando Munzi, y Agustín Vidizzoni (que solicitaron este desmonte), indicaron que en la zona se había logrado disponer por convenio la entrega de tierras y relocalización de las familias campesinas con entregas que van de 50 a 100 hectáreas por familia y en la que se incluye la construcción de una vivienda.
La finca, que según la convocatoria del desmonte se denomina "La Luz del Chaco", se encuentra entre "dos pueblos de pastajeros", por lo cual llevó a hacer el análisis, en tanto se extiende entre Rivadavia y hasta Dragones (en el departamento San Martín).
Si bien se conoce de esta acción llevada adelante con los campesinos, desde la Mesa Coordinadora de Tierras de la ruta Nº 81 se indicó que se participará de la audiencia convocada para el próximo jueves, aunque con una posición contraria a los desmontes. "Entendemos que el desmonte es perjudicial y a gran escala no solo perjudica a los que están alrededor. Esta no es una zona para hacer los desmontes por los vientos o los calores", dijo Lucia Ruiz, una de las integrantes de la mesa mencionada.
Indicó que si bien hubo acuerdos con los empresarios, fue por la reubicación de un camino que pasaba por medio de la Finca. La nueva vía se realizó orillando la finca.
Y es que en principio se quería llevar el camino dentro del lote fiscal Nº 21, pero los que viven dentro de esas tierras no quisieron en tanto aumenta en ese caso el riesgo de robo de animales, además de quitarles espacio.
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Las Sierras de Córdoba bajo estres hídrico
5 ciudades de Sierras Chicas con cortes de agua
Fecha de Publicación: 16/11/2013
Fuente: Día a Día
Provincia/Región: Córdoba
Son los 100 mil habitantes de Villa Allende, La Calera, Saldán, Unquillo y Mendiolaza. Es por la rotura de un caño que lleva agua del Suquía.
A los problemas de agua crónicos que tienen cada verano las localidades de las Sierras Chicas, se suma uno: la rotura del caño que lleva agua cruda del río Suquía a la planta potabilizadora que está en La Calera.
Consecuencia: unos 100 mil vecinos desde La Calera hasta Unquillo con problemas de abastecimiento desde el viernes a la noche y hasta, con suerte, el lunes.
"La Provincia nos informó que está trabajando en la reparación, pero estamos en alerta, recomendando a todos que consuman sólo lo estrictamente necesario", dijo a Día a Día Raúl Hoya, presidente de la Cooperativa de Agua de Unquillo y Mendiolaza.
Si bien hasta el lunes la Provincia hizo un arreglo parcial, el ingreso de agua a la planta potabilizadora es mucho menor al habitual, lo que hace mermar fuertemente la cantidad de agua distribuida.
"El problema es que luego de 12 horas sin nada de agua (desde el viernes que se rompió), se vació todo el sistema y, ahora, recuperarlo con poco ingreso de líquido es muy complicado y lento", reconoció Hoya.
Hasta ahora, no está previsto suspender las clases el lunes en estas ciudades, pero todo dependerá de la evolución del parche y del tiempo que lleve arreglar el caño mañana.
"Me informaron de la Provincia que está garantizado el servicio. Al parecer hay un 50 por ciento de agua que está entrando", dijo Daniel Salibi, intendente de Mendiolaza.
Hay que esperar. Pero por las dudas, si vive en estas localidades y tiene servicio de agua, reserve lo que hay en el tanque. Las más complicadas serán los clientes de Unquillo, porque el agua tardará más en volver a los lugares más altos.
Una alternativa sería "abrir el grifo" por un par de días desde el dique La Quebrada, una válvula que se cerró hace dos meses para preservar el agua de ese lago para los habitantes de Río Ceballos.
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Fecha de Publicación: 16/11/2013
Fuente: Día a Día
Provincia/Región: Córdoba
Son los 100 mil habitantes de Villa Allende, La Calera, Saldán, Unquillo y Mendiolaza. Es por la rotura de un caño que lleva agua del Suquía.
A los problemas de agua crónicos que tienen cada verano las localidades de las Sierras Chicas, se suma uno: la rotura del caño que lleva agua cruda del río Suquía a la planta potabilizadora que está en La Calera.
Consecuencia: unos 100 mil vecinos desde La Calera hasta Unquillo con problemas de abastecimiento desde el viernes a la noche y hasta, con suerte, el lunes.
"La Provincia nos informó que está trabajando en la reparación, pero estamos en alerta, recomendando a todos que consuman sólo lo estrictamente necesario", dijo a Día a Día Raúl Hoya, presidente de la Cooperativa de Agua de Unquillo y Mendiolaza.
Si bien hasta el lunes la Provincia hizo un arreglo parcial, el ingreso de agua a la planta potabilizadora es mucho menor al habitual, lo que hace mermar fuertemente la cantidad de agua distribuida.
"El problema es que luego de 12 horas sin nada de agua (desde el viernes que se rompió), se vació todo el sistema y, ahora, recuperarlo con poco ingreso de líquido es muy complicado y lento", reconoció Hoya.
Hasta ahora, no está previsto suspender las clases el lunes en estas ciudades, pero todo dependerá de la evolución del parche y del tiempo que lleve arreglar el caño mañana.
"Me informaron de la Provincia que está garantizado el servicio. Al parecer hay un 50 por ciento de agua que está entrando", dijo Daniel Salibi, intendente de Mendiolaza.
Hay que esperar. Pero por las dudas, si vive en estas localidades y tiene servicio de agua, reserve lo que hay en el tanque. Las más complicadas serán los clientes de Unquillo, porque el agua tardará más en volver a los lugares más altos.
Una alternativa sería "abrir el grifo" por un par de días desde el dique La Quebrada, una válvula que se cerró hace dos meses para preservar el agua de ese lago para los habitantes de Río Ceballos.
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Reserva Nacional de Pizarro: piden acelerar los trámites
Piden al Congreso acelerar la creación de la Reserva Nacional de Pizarro
Fecha de Publicación: 15/11/2013
Fuente: Nuevo Diario
Provincia/Región: Nacional
Tras a dar a conocer el informe de los distintos incumplimientos en la zona donde se pretende establecer la anhelada Reserva Nacional de Pizarro, desde Greenpeace se hizo una presentación a la Cámara de Diputados de la Nación a fin de que se acelere el proceso de aprobación de la Reserva Nacional de Pizarro, en Anta.
En la carta se manifestó la preocupación que existe entre los ambientalistas "frente a la posible no concreción de la Reserva Nacional Pizarro -ubicada en el departamento Anta de la provincia de Salta- por vencimiento del plazo para aceptar la cesión de jurisdicción efectuada oportunamente por la provincia".
El área protegida de Pizarro fue creada en 1995 para preservar una diversidad de ambientes del norte argentino.
En febrero de 2004 una ley provincial desafectó a la reserva de su condición de área protegida, con el objetivo de lotearla, rematarla y destinarla a distintas actividades agropecuarias.
El caso motivó el rechazo de la Universidad Nacional de Salta, de los habitantes de la reserva y de numerosas organizaciones ambientalistas. El conflicto tuvo su pico de tensión cuando un grupo de compradores de la reserva se aprestaba a iniciar el desmonte en la zona.
En ese momento se intensifica la campaña y la Administración de Parques Nacionales (APN) manifiesta su interés en incorporar a Pizarro a su jurisdicción.
Así, el 29 de septiembre de 2005 el presidente Néstor Kirchner se comprometió a intervenir en el caso, luego de recibir a una delegación de la comunidad wichí.
Si bien se firmó en 2005 un acuerdo entre APN y el Gobierno provincial para llegar a tener una reserva de cerca de 60.000 hectáreas poco se avanzó en la concreción del acuerdo.
Hubo desmontes en distintas zonas que se esperaba, fueran dispuestas en la reserva nacional. Ante esta realidad, que pone en peligro la funcionalidad de la futura reserva, se solicitó que se "urgentemente sobre tablas el proyecto de creación de la Reserva Nacional Pizarro en los términos acordados hace ocho años entre la Administración de Parques Nacionales y el Gobierno de Salta".
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Fecha de Publicación: 15/11/2013
Fuente: Nuevo Diario
Provincia/Región: Nacional
Tras a dar a conocer el informe de los distintos incumplimientos en la zona donde se pretende establecer la anhelada Reserva Nacional de Pizarro, desde Greenpeace se hizo una presentación a la Cámara de Diputados de la Nación a fin de que se acelere el proceso de aprobación de la Reserva Nacional de Pizarro, en Anta.
En la carta se manifestó la preocupación que existe entre los ambientalistas "frente a la posible no concreción de la Reserva Nacional Pizarro -ubicada en el departamento Anta de la provincia de Salta- por vencimiento del plazo para aceptar la cesión de jurisdicción efectuada oportunamente por la provincia".
El área protegida de Pizarro fue creada en 1995 para preservar una diversidad de ambientes del norte argentino.
En febrero de 2004 una ley provincial desafectó a la reserva de su condición de área protegida, con el objetivo de lotearla, rematarla y destinarla a distintas actividades agropecuarias.
El caso motivó el rechazo de la Universidad Nacional de Salta, de los habitantes de la reserva y de numerosas organizaciones ambientalistas. El conflicto tuvo su pico de tensión cuando un grupo de compradores de la reserva se aprestaba a iniciar el desmonte en la zona.
En ese momento se intensifica la campaña y la Administración de Parques Nacionales (APN) manifiesta su interés en incorporar a Pizarro a su jurisdicción.
Así, el 29 de septiembre de 2005 el presidente Néstor Kirchner se comprometió a intervenir en el caso, luego de recibir a una delegación de la comunidad wichí.
Si bien se firmó en 2005 un acuerdo entre APN y el Gobierno provincial para llegar a tener una reserva de cerca de 60.000 hectáreas poco se avanzó en la concreción del acuerdo.
Hubo desmontes en distintas zonas que se esperaba, fueran dispuestas en la reserva nacional. Ante esta realidad, que pone en peligro la funcionalidad de la futura reserva, se solicitó que se "urgentemente sobre tablas el proyecto de creación de la Reserva Nacional Pizarro en los términos acordados hace ocho años entre la Administración de Parques Nacionales y el Gobierno de Salta".
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Córdoba: crean nuevas reservas, pero fuera de la ley
Nuevos parques provinciales no se ajustan a la ley vigente
Fecha de Publicación: 15/11/2013
Fuente: La Voz del Interior
Provincia/Región: Córdoba
El Foro Ambiental reclama a la Provincia que en los proyectos de creación de parques en el Cerro Colorado y en los bañados del río Dulce se mencione la ley de áreas naturales.
El Foro Ambiental Córdoba presentó notas a integrantes del Poder Ejecutivo y Legislativo de la Provincia para reclamar que los proyectos de creación de parques en el Cerro Colorado y los bañados del río Dulce se ajusten a la actual ley de áreas naturales.
Las iniciativas enviadas a la Legislatura por el Poder Ejecutivo promueven la creación de un Parque Natural de Interés Provincial en unas 700 mil hectáreas en los bañados del río Dulce y laguna Mar Chiquita y un Parque Cultural de Interés Provincial, en un área de 522 hectáreas en la zona de Cerro Colorado.
Estas dos categorías no están previstas en la ley 6.964 de áreas naturales. De hecho los proyectos ni siquiera mencionan esta norma madre en materia de protección de ecosistemas provinciales.
La ONG envío 74 notas dirigidas al gobernador, a la vicegobernadora, al ministro de Agua, Ambiente y Energía, a la ministra de Justicia y a los 70 legisladores.
“Encuadran a los predios en categorías de conservación que no existen en nuestro marco legal, por lo que resulta incierto si serán más o menos restrictivas que las categorías en que se encuentran actualmente”, resume Federico Kopta, presidente del Foro Ambiental.
La ley 6.964 fija las normas de protección en área naturales. La categoría más restrictiva, áreas destinadas a uso no extractivo y rigurosa intervención del Estado, son los Parques Naturales Provinciales.
Hay una sutil diferencia de denominación entre “Parque Natural Provincial” y “Parque Natural de Interés Provincial” que se puede prestar a malas interpretaciones, alertaron desde la ONG.
En la actualidad, los bañados del río Dulce son una Reserva Natural, e incluye predios estatales y privados. El nuevo proyecto prevé la expropiación de los campos particulares siempre y cuando no “estén destinados o tengan aptitud para la explotación agrícola”.
Legado cultural
Una situación similar ocurre con el proyecto de Cerro Colorado. El concepto de “Parque Cultural de Interés Provincial” no existe en la norma. Esta región está protegida como Reserva Cultural Natural en el marco de la ley 6.964.
Desde la ONG entienden que si se quisiera mejorar su nivel de protección, se debería modificar la norma pues no incluye una categoría de protección máxima para regiones que además de un valor natural tengan valor cultural.
Otra opción que plantean es directamente incluirla con Parque Natural Provincial, “cuyo manejo esté especialmente dirigido para la protección de testimonio cultural que representan las pinturas rupestres.
Guillermo Bornancini, astrónomo y estudiante de antropología que ha estudiado el legado cultural del Cerro Colorado, apunta que el proyecto es negativo. “La iniciativa podría afectar a los campesinos y picaderos artesanos, pues se expropiarían sus campos”, dice.
Y agrega: “Con el proyecto se expropiará el 80 por ciento de los sitios con pinturas rupestres. Los guías particulares podrían hacer un uso excesivo de los restantes sitios (por medio de visitas), produciendo alteraciones graves, aceleradas y no estipuladas, tanto del ambiente cercano a los sitios como a los sitios mismos”.
Los proyectos
Nordeste. En los bañados del río Dulce se creará un Parque Natural de Interés Provincial, de 700 mil hectáreas.
Cultural. En la zona del Cerro Colorado se creará un Parque Cultural de Interés Provincial, de 522 hectáreas.
La ley. La ley 6.964 de áreas natural no prevé estas categorías.
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Fecha de Publicación: 15/11/2013
Fuente: La Voz del Interior
Provincia/Región: Córdoba
El Foro Ambiental reclama a la Provincia que en los proyectos de creación de parques en el Cerro Colorado y en los bañados del río Dulce se mencione la ley de áreas naturales.
El Foro Ambiental Córdoba presentó notas a integrantes del Poder Ejecutivo y Legislativo de la Provincia para reclamar que los proyectos de creación de parques en el Cerro Colorado y los bañados del río Dulce se ajusten a la actual ley de áreas naturales.
Las iniciativas enviadas a la Legislatura por el Poder Ejecutivo promueven la creación de un Parque Natural de Interés Provincial en unas 700 mil hectáreas en los bañados del río Dulce y laguna Mar Chiquita y un Parque Cultural de Interés Provincial, en un área de 522 hectáreas en la zona de Cerro Colorado.
Estas dos categorías no están previstas en la ley 6.964 de áreas naturales. De hecho los proyectos ni siquiera mencionan esta norma madre en materia de protección de ecosistemas provinciales.
La ONG envío 74 notas dirigidas al gobernador, a la vicegobernadora, al ministro de Agua, Ambiente y Energía, a la ministra de Justicia y a los 70 legisladores.
“Encuadran a los predios en categorías de conservación que no existen en nuestro marco legal, por lo que resulta incierto si serán más o menos restrictivas que las categorías en que se encuentran actualmente”, resume Federico Kopta, presidente del Foro Ambiental.
La ley 6.964 fija las normas de protección en área naturales. La categoría más restrictiva, áreas destinadas a uso no extractivo y rigurosa intervención del Estado, son los Parques Naturales Provinciales.
Hay una sutil diferencia de denominación entre “Parque Natural Provincial” y “Parque Natural de Interés Provincial” que se puede prestar a malas interpretaciones, alertaron desde la ONG.
En la actualidad, los bañados del río Dulce son una Reserva Natural, e incluye predios estatales y privados. El nuevo proyecto prevé la expropiación de los campos particulares siempre y cuando no “estén destinados o tengan aptitud para la explotación agrícola”.
Legado cultural
Una situación similar ocurre con el proyecto de Cerro Colorado. El concepto de “Parque Cultural de Interés Provincial” no existe en la norma. Esta región está protegida como Reserva Cultural Natural en el marco de la ley 6.964.
Desde la ONG entienden que si se quisiera mejorar su nivel de protección, se debería modificar la norma pues no incluye una categoría de protección máxima para regiones que además de un valor natural tengan valor cultural.
Otra opción que plantean es directamente incluirla con Parque Natural Provincial, “cuyo manejo esté especialmente dirigido para la protección de testimonio cultural que representan las pinturas rupestres.
Guillermo Bornancini, astrónomo y estudiante de antropología que ha estudiado el legado cultural del Cerro Colorado, apunta que el proyecto es negativo. “La iniciativa podría afectar a los campesinos y picaderos artesanos, pues se expropiarían sus campos”, dice.
Y agrega: “Con el proyecto se expropiará el 80 por ciento de los sitios con pinturas rupestres. Los guías particulares podrían hacer un uso excesivo de los restantes sitios (por medio de visitas), produciendo alteraciones graves, aceleradas y no estipuladas, tanto del ambiente cercano a los sitios como a los sitios mismos”.
Los proyectos
Nordeste. En los bañados del río Dulce se creará un Parque Natural de Interés Provincial, de 700 mil hectáreas.
Cultural. En la zona del Cerro Colorado se creará un Parque Cultural de Interés Provincial, de 522 hectáreas.
La ley. La ley 6.964 de áreas natural no prevé estas categorías.
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Quieren sacar si o si la nueva ley de agroquímicos
La ley de agroquímicos saldría, 'así sea en la última sesión'
Fecha de Publicación: 14/11/2013
Fuente: AIM
Provincia/Región: Buenos Aires
La comisión de Producción de la Cámara de Diputados provincial se reunirá la semana próxima para tratar el proyecto de ley sobre agroquímicos, confirmó a AIM el presidente del órgano, Oscar Arlettaz, quien afirmó que “haremos lo posible para sacarla, así sea en la última sesión”.
En diálogo con esta Agencia, el presidente de la comisión de Producción informó que el miércoles a las 9 se reunirán para retomar el trabajo en torno a la ley de agroquímicos. “La última vez tuvimos que suspender el encuentro por la sesión, así que pedí que no me modifiquen ésta vez”, indicó el senador.
Consulado sobre el posible tratamiento de la ley antes de fin de año, Arlettaz señaló que “haremos lo posible para sacarla, así sea en la última sesión”.
Los senadores entrerrianos han puesto énfasis en el caso de las escuelas rurales, “a las que habría que generarles además una barrera arbórea, que es una de las propuestas surgidas en comisión”.
Y en lo que hace a la disposición final de los envases, añadió que se trabaja teniendo en cuenta las prácticas que se observan en el campo entrerriano, tratando de alejar, con el buen manejo, el peligro para los trabajadores y habitantes.
Además, “revisaremos lo que se encuentra en comisión; si hay algo para mandar a archivo pero creemos que se encuentra todo ordenado”, añadió.
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Fecha de Publicación: 14/11/2013
Fuente: AIM
Provincia/Región: Buenos Aires
La comisión de Producción de la Cámara de Diputados provincial se reunirá la semana próxima para tratar el proyecto de ley sobre agroquímicos, confirmó a AIM el presidente del órgano, Oscar Arlettaz, quien afirmó que “haremos lo posible para sacarla, así sea en la última sesión”.
En diálogo con esta Agencia, el presidente de la comisión de Producción informó que el miércoles a las 9 se reunirán para retomar el trabajo en torno a la ley de agroquímicos. “La última vez tuvimos que suspender el encuentro por la sesión, así que pedí que no me modifiquen ésta vez”, indicó el senador.
Consulado sobre el posible tratamiento de la ley antes de fin de año, Arlettaz señaló que “haremos lo posible para sacarla, así sea en la última sesión”.
Los senadores entrerrianos han puesto énfasis en el caso de las escuelas rurales, “a las que habría que generarles además una barrera arbórea, que es una de las propuestas surgidas en comisión”.
Y en lo que hace a la disposición final de los envases, añadió que se trabaja teniendo en cuenta las prácticas que se observan en el campo entrerriano, tratando de alejar, con el buen manejo, el peligro para los trabajadores y habitantes.
Además, “revisaremos lo que se encuentra en comisión; si hay algo para mandar a archivo pero creemos que se encuentra todo ordenado”, añadió.
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Otro golpe a los biocombustibles
España excluyó a la Argentina de su mercado de biodiésel
Fecha de Publicación: 14/11/2013
Fuente: Los Andes
Provincia/Región: Nacional
La Cámara Argentina de Biocombustibles (CARBIO) calificó la decisión de "arbitraria" y "discriminatoria". El país ibérico importaba desde la Argentina biodiesel de soja por un valor superior a los 800 millones de dólares anuales.
El Ministerio de Industria de España publicó en el Boletín Oficial la lista de las plantas de biodiésel con autorización para vender en el país: no figura ninguna empresa argentina.
Según un comunicado de Carbio, la cámara que agrupa al sector en la Argentina, las 42 plantas autorizadas son todas europeas.
Según la fuente, “algunas de las plantas argentinas que se presentaron fueron excluidas alegando razones administrativas injustificadas”.
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Fecha de Publicación: 14/11/2013
Fuente: Los Andes
Provincia/Región: Nacional
La Cámara Argentina de Biocombustibles (CARBIO) calificó la decisión de "arbitraria" y "discriminatoria". El país ibérico importaba desde la Argentina biodiesel de soja por un valor superior a los 800 millones de dólares anuales.
El Ministerio de Industria de España publicó en el Boletín Oficial la lista de las plantas de biodiésel con autorización para vender en el país: no figura ninguna empresa argentina.
Según un comunicado de Carbio, la cámara que agrupa al sector en la Argentina, las 42 plantas autorizadas son todas europeas.
Según la fuente, “algunas de las plantas argentinas que se presentaron fueron excluidas alegando razones administrativas injustificadas”.
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La justicia ordena controlar las fumigaciones
Fallo judicial obliga a controlar fumigaciones
Fecha de Publicación: 14/11/2013
Fuente: La Opnión On Line
Provincia/Región: Santa Fe
El juez Civil y Comercial Nº 3 de Rafaela, Omar Amado Saleh, falló en favor de un vecino de la localidad de Nuevo Torino, que desde hace varios meses reclama el cese de las fumigaciones en un campo aledaño a su vivienda familiar.
El magistrado hizo lugar a la acción de amparo condenando a la comuna demandada para que cumpla con la normativa vigente en la materia y “en consecuencia cese en su conducta omisiva de permitir la aplicación de cualquier producto fitosanitario, sin discriminación sobre el grado de toxicidad que ellos puedan presentar, dentro del radio de 100 metros del límite de la planta urbana”.
“Este fallo es muy importante porque destaca que los jueces de provincia tienen la obligatoriedad, como así también autoridades provinciales, municipalidades y comunas de acogerse a la Ley Nº 25.675 de Protección del Medio Ambiente”, expresó a El Litoral el abogado Alfredo Rasso, como patrocinante del damnificado.
Tal como lo menciona el amparista, el reclamo del vecino se inició a comienzos de mayo último, “habida cuenta de que los llamados mosquitos (fumigación terrestre) pasan a escasos 7 metros de su vivienda”, ocasionándole una serie de perjuicios en la salud a los miembros de su grupo familiar".
“Está fuera de duda que la aplicación de productos fitosanitarios tienen la potencialidad de producir perjuicios a los seres humanos y al medio ambiente, lo que surge evidente de las innumerables reglamentaciones que sobre su aplicación existen en todo el territorio nacional y en la propia Comuna de Nuevo Torino, y también que el actor tiene derecho a que su salud y a un medio ambiente sano en el cual desarrollar su vida, sean protegidos”, expresó el juez Saleh en los considerandos.
Como base de análisis, el magistrado constató en primer lugar, mediante el juez comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Pilar, “que la vivienda del actor se ubica en la zona rural de la localidad de Nuevo Torino, a la vera de la Ruta Provincial Nº 70, a 20 metros del cartel sobre mano derecha que señala ‘zona urbana’ y otro sobre margen izquierda -sentido de circulación a Humboldt- que señala ‘fin zona urbana’”.
Asimismo, se encuentra documentado que un ingeniero agrónomo “ingresó a la vivienda y manifestó que en los lotes ubicados al este y al oeste se advierte a simple vista que han sido fumigados recientemente”, aunque “no puede precisar los productos utilizados”.
La medida siguiente fue la extracción de muestras para el análisis -una de cada lote-, las que fueron rotuladas e identificadas con sello y firma de la autoridad judicial interviniente.
Como corolario, constan “los informes producidos por el Laboratorio Central Servicios Analíticos de la Facultad de Ingeniería Química, de la Universidad Nacional del Litoral” en los que se da cuenta de que en dichos lotes “se ha encontrado concentración de glifosato y Ampa” en distintas concentraciones.
Con la prueba material palmaria, el juez Saleh se refirió en la normativa vigente, invocando la ordenanza Nº 64 del año 2010 dictada por la Comuna de Nuevo Torino que “expresamente prohíbe la aplicación de cualquier producto fitosanitario dentro del radio de 100 metros del límite de la planta urbana”.
En cuanto a su intervención como autoridad judicial, el magistrado defendió la “inexistencia de otro medio judicial más idóneo para tutelar el derecho o garantía reconocidos” y citó la ya referida Ley Nº 25.675 que “es de orden público, rige en todo el territorio de la Nación, y sus disposiciones deben utilizarse para la interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, las cuales mantendrán su vigencia en cuanto no se opongan a los principios y disposiciones contenidos en la Ley General del Ambiente”.
Por último recordó que “la Ley 25.675 consagra diversos principios, y las comunas deben ajustar su conducta a ella”, por lo que “existe urgencia en atender la pretensión del amparista”.
También destacó que “si se lo obliga a recurrir a la vía administrativa, para luego a la Justicia Contencioso Administrativa, muy probablemente los principios que la Ley 25.675 consagra se podrían ver fácilmente vulnerados”.
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Fecha de Publicación: 14/11/2013
Fuente: La Opnión On Line
Provincia/Región: Santa Fe
El juez Civil y Comercial Nº 3 de Rafaela, Omar Amado Saleh, falló en favor de un vecino de la localidad de Nuevo Torino, que desde hace varios meses reclama el cese de las fumigaciones en un campo aledaño a su vivienda familiar.
El magistrado hizo lugar a la acción de amparo condenando a la comuna demandada para que cumpla con la normativa vigente en la materia y “en consecuencia cese en su conducta omisiva de permitir la aplicación de cualquier producto fitosanitario, sin discriminación sobre el grado de toxicidad que ellos puedan presentar, dentro del radio de 100 metros del límite de la planta urbana”.
“Este fallo es muy importante porque destaca que los jueces de provincia tienen la obligatoriedad, como así también autoridades provinciales, municipalidades y comunas de acogerse a la Ley Nº 25.675 de Protección del Medio Ambiente”, expresó a El Litoral el abogado Alfredo Rasso, como patrocinante del damnificado.
Tal como lo menciona el amparista, el reclamo del vecino se inició a comienzos de mayo último, “habida cuenta de que los llamados mosquitos (fumigación terrestre) pasan a escasos 7 metros de su vivienda”, ocasionándole una serie de perjuicios en la salud a los miembros de su grupo familiar".
“Está fuera de duda que la aplicación de productos fitosanitarios tienen la potencialidad de producir perjuicios a los seres humanos y al medio ambiente, lo que surge evidente de las innumerables reglamentaciones que sobre su aplicación existen en todo el territorio nacional y en la propia Comuna de Nuevo Torino, y también que el actor tiene derecho a que su salud y a un medio ambiente sano en el cual desarrollar su vida, sean protegidos”, expresó el juez Saleh en los considerandos.
Como base de análisis, el magistrado constató en primer lugar, mediante el juez comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Pilar, “que la vivienda del actor se ubica en la zona rural de la localidad de Nuevo Torino, a la vera de la Ruta Provincial Nº 70, a 20 metros del cartel sobre mano derecha que señala ‘zona urbana’ y otro sobre margen izquierda -sentido de circulación a Humboldt- que señala ‘fin zona urbana’”.
Asimismo, se encuentra documentado que un ingeniero agrónomo “ingresó a la vivienda y manifestó que en los lotes ubicados al este y al oeste se advierte a simple vista que han sido fumigados recientemente”, aunque “no puede precisar los productos utilizados”.
La medida siguiente fue la extracción de muestras para el análisis -una de cada lote-, las que fueron rotuladas e identificadas con sello y firma de la autoridad judicial interviniente.
Como corolario, constan “los informes producidos por el Laboratorio Central Servicios Analíticos de la Facultad de Ingeniería Química, de la Universidad Nacional del Litoral” en los que se da cuenta de que en dichos lotes “se ha encontrado concentración de glifosato y Ampa” en distintas concentraciones.
Con la prueba material palmaria, el juez Saleh se refirió en la normativa vigente, invocando la ordenanza Nº 64 del año 2010 dictada por la Comuna de Nuevo Torino que “expresamente prohíbe la aplicación de cualquier producto fitosanitario dentro del radio de 100 metros del límite de la planta urbana”.
En cuanto a su intervención como autoridad judicial, el magistrado defendió la “inexistencia de otro medio judicial más idóneo para tutelar el derecho o garantía reconocidos” y citó la ya referida Ley Nº 25.675 que “es de orden público, rige en todo el territorio de la Nación, y sus disposiciones deben utilizarse para la interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, las cuales mantendrán su vigencia en cuanto no se opongan a los principios y disposiciones contenidos en la Ley General del Ambiente”.
Por último recordó que “la Ley 25.675 consagra diversos principios, y las comunas deben ajustar su conducta a ella”, por lo que “existe urgencia en atender la pretensión del amparista”.
También destacó que “si se lo obliga a recurrir a la vía administrativa, para luego a la Justicia Contencioso Administrativa, muy probablemente los principios que la Ley 25.675 consagra se podrían ver fácilmente vulnerados”.
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Por countries dejan sin agua a un pueblo originario
Salta: Desvían cauce de vertiente para Countries y dejan sin agua a 200 familias del Pueblo Lule en Finca Las Costas
Fecha de Publicación: 13/11/2013
Fuente: Copenoa
Provincia/Región: Salta
Las obras se realizan en el Paraje Potrero Grande y los afectados por el desvió natural del cauce de agua son unas 200 familias de la Comunidad originaria de Finca las Costas del Pueblo Lule, que denunciaron ante la justicia ordinaria de esta provincia a los responsables de un emprendimiento inmobiliario privado, el que está captando el agua y que perpetraron el delito de daños a la propiedad comunitaria, rompiendo alambrados y talando árboles sin ningún consentimiento del Pueblo Lule.
El Dirigente originario David Torres, quien se desempeña como integrante del Concejo de Participación Indígena, en representación del Pueblo Lule, dijo a La Agencia de Noticias Copenoa que “la empresa Solid MD S.R.L a recomenzado las obras de canalización de aguas para un consorcio privado, no respetando el derecho de consulta que se debe hacer a los pueblos originarios en territorio relevado. Nosotros estamos exigiendo justicia y que se reconozcan los derechos de los pueblos originarios afirmados y reconocidos en la Constitución provincial y nacional, como todos los convenios internacionales que a argentina adhiere y en especial Salta. Estamos reclamando que se respeten los derechos invocados de consulta y el consentimiento libre a estar informado para hacer actividades dentro las tierras comunitarias el que debe ser reconocido por las diversas instituciones estatales, y en este caso privadas”.
Mientras el también dirigente de la Comunidad Lule Félix Corimayo, agrego: “este emprendimiento privado y los responsables de este consorcio que construye countries, barrios privados en cercanías de las tierras comunitarias de los Lules, están sacando agua de nuestro territorio por lo cual estamos reclamando a través de nuestra presencia acá en Potrero Grande y en la justicia, la sistemática violación de nuestros derechos al territorio ancestral”.
La causa en la justicia
La Dra. Mara Puntano quien es especialista en Derechos Indígena y representante Legal de la Comunidad originaria Lule, realizo la demanda legal que expresa: "La Comunidad Indígena Lules de Finca Las Costas con domicilio en Finca Las Costas, Municipio de San Lorenzo, Departamento Capital de la provincia de Salta, denuncio a La Cienaga S.R.L., La Secretaria de Recursos Hídricos y al Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable de la Provincia de Salta, por violación de domicilio, (art. 150 del Código Penal) Daños (art. 183 C.P.), Usurpación (art. 182 C.P.), y por Abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos por el art. 248 del Código Penal a los funcionarios públicos intervinientes, al haber destruidos alambrados y realizado depredación, extracción de árboles y plantas nativas. Movimiento de tierras y desviación de aguas superficiales y subterráneas sobre el territorio ocupado tradicionalmente por La Comunidad Indígena Lules de Finca Las Costas, sin la consulta previa a los pueblos indígenas ordenada por el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes ratificado por Argentina por Ley 24.071"
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Fecha de Publicación: 13/11/2013
Fuente: Copenoa
Provincia/Región: Salta
Las obras se realizan en el Paraje Potrero Grande y los afectados por el desvió natural del cauce de agua son unas 200 familias de la Comunidad originaria de Finca las Costas del Pueblo Lule, que denunciaron ante la justicia ordinaria de esta provincia a los responsables de un emprendimiento inmobiliario privado, el que está captando el agua y que perpetraron el delito de daños a la propiedad comunitaria, rompiendo alambrados y talando árboles sin ningún consentimiento del Pueblo Lule.
El Dirigente originario David Torres, quien se desempeña como integrante del Concejo de Participación Indígena, en representación del Pueblo Lule, dijo a La Agencia de Noticias Copenoa que “la empresa Solid MD S.R.L a recomenzado las obras de canalización de aguas para un consorcio privado, no respetando el derecho de consulta que se debe hacer a los pueblos originarios en territorio relevado. Nosotros estamos exigiendo justicia y que se reconozcan los derechos de los pueblos originarios afirmados y reconocidos en la Constitución provincial y nacional, como todos los convenios internacionales que a argentina adhiere y en especial Salta. Estamos reclamando que se respeten los derechos invocados de consulta y el consentimiento libre a estar informado para hacer actividades dentro las tierras comunitarias el que debe ser reconocido por las diversas instituciones estatales, y en este caso privadas”.
Mientras el también dirigente de la Comunidad Lule Félix Corimayo, agrego: “este emprendimiento privado y los responsables de este consorcio que construye countries, barrios privados en cercanías de las tierras comunitarias de los Lules, están sacando agua de nuestro territorio por lo cual estamos reclamando a través de nuestra presencia acá en Potrero Grande y en la justicia, la sistemática violación de nuestros derechos al territorio ancestral”.
La causa en la justicia
La Dra. Mara Puntano quien es especialista en Derechos Indígena y representante Legal de la Comunidad originaria Lule, realizo la demanda legal que expresa: "La Comunidad Indígena Lules de Finca Las Costas con domicilio en Finca Las Costas, Municipio de San Lorenzo, Departamento Capital de la provincia de Salta, denuncio a La Cienaga S.R.L., La Secretaria de Recursos Hídricos y al Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable de la Provincia de Salta, por violación de domicilio, (art. 150 del Código Penal) Daños (art. 183 C.P.), Usurpación (art. 182 C.P.), y por Abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos por el art. 248 del Código Penal a los funcionarios públicos intervinientes, al haber destruidos alambrados y realizado depredación, extracción de árboles y plantas nativas. Movimiento de tierras y desviación de aguas superficiales y subterráneas sobre el territorio ocupado tradicionalmente por La Comunidad Indígena Lules de Finca Las Costas, sin la consulta previa a los pueblos indígenas ordenada por el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes ratificado por Argentina por Ley 24.071"
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El COFEMA se reúne en San Juan
Cumbre de Ministros y Secretarios de Ambiente del país en San Juan
Fecha de Publicación: 13/11/2013
Fuente: Diario de Cuyo
Provincia/Región: Nacional
El encuentro del Consejo Federal de Medio Ambiente se llevará a cabo mañana y dudará hasta el jueves. Dentro de los temas en agenda se trataran los lineamientos del Sistema Federal de Áreas Protegidas. Llegarán funcionarios de todo el país.
El miércoles 13 y jueves 14 de noviembre se realizará una reunión de alto nivel, entre Ministros y Secretarios de Ambiente de todo el país, que integran el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA). El encuentro se realizará a partir de las 9,30hs en el Hotel Del Bono Park Hotel (Av. José Ignacio de la Roza 1946 Oeste).
La apertura de la reunión será realizada por la Ing. Laura Juárez, Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia de Rio Negro y Presidenta del COFEMA. También participará del encuentro el Subsecretario de Coordinación de Políticas Ambientales de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Sr. Ariel López y las máximas autoridades de los organismos ambientales de todas las provincias argentinas.
En el temario de este encuentro, las provincias trabajarán en analizar las Declaraciones de Interés ambiental solicitadas al COFEMA para diferentes actividades, se avanzará en algunos lineamientos del Sistema Federal de Áreas Protegidas, entre otros temas.
Para el cierre de la reunión– el jueves 14 de noviembre - se prevé la presencia del Vicegobernador de la provincia de San Juan y el Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
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Fecha de Publicación: 13/11/2013
Fuente: Diario de Cuyo
Provincia/Región: Nacional
El encuentro del Consejo Federal de Medio Ambiente se llevará a cabo mañana y dudará hasta el jueves. Dentro de los temas en agenda se trataran los lineamientos del Sistema Federal de Áreas Protegidas. Llegarán funcionarios de todo el país.
El miércoles 13 y jueves 14 de noviembre se realizará una reunión de alto nivel, entre Ministros y Secretarios de Ambiente de todo el país, que integran el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA). El encuentro se realizará a partir de las 9,30hs en el Hotel Del Bono Park Hotel (Av. José Ignacio de la Roza 1946 Oeste).
La apertura de la reunión será realizada por la Ing. Laura Juárez, Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia de Rio Negro y Presidenta del COFEMA. También participará del encuentro el Subsecretario de Coordinación de Políticas Ambientales de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Sr. Ariel López y las máximas autoridades de los organismos ambientales de todas las provincias argentinas.
En el temario de este encuentro, las provincias trabajarán en analizar las Declaraciones de Interés ambiental solicitadas al COFEMA para diferentes actividades, se avanzará en algunos lineamientos del Sistema Federal de Áreas Protegidas, entre otros temas.
Para el cierre de la reunión– el jueves 14 de noviembre - se prevé la presencia del Vicegobernador de la provincia de San Juan y el Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
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Impulsa cambio tenológico para sanear contaminación
Promueven nuevas tecnologías para sanear sitios contaminados
Fecha de Publicación: 13/11/2013
Fuente: Buenos Aires
Provincia/Región: Nacional
El Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), Hugo Bilbao, participó de un encuentro que reunió a técnicos de Autoridades de Aplicación y empresas para analizar nuevas tecnologías de investigación y remediación de sitios facilitando un canal colaborativo.
“Estamos convencidos, como lo indica el Gobernador Daniel Scioli, que todos aquellos mecanismos tendientes a promover la creación de espacios de cooperación e intercambio técnico, en los cuales todos los actores se encuentren representados, no hacen otra cosa que contribuir a solución de los actuales problemas ambientales, y a la mejorar la prevención en relación con los problemas ambientales futuros”, expresó Bilbao.
“La gestión integral (estudio, comprensión y remediación) de los sitios contaminados, requiere de una correcta y detallada Caracterización Inicial que permita obtener un diagnóstico preciso sobre el estado ambiental real del sitio y su entrono asociado. Una caracterización detallada nos permitirá establecer cuáles serán las más eficientes y eficaces alternativas de remediación que pudieran implementarse a fin de resolver el problema en cuestión. Entendiéndose por remediación: la limpieza y saneamiento de los contaminantes presentes en aguas subterráneas y suelos “in situ”, ya que los mismos debido a la profundidad de la contaminación, los volúmenes afectados etc., no pueden removerse y ser tratados “ex situ” como otros residuos especiales comunes”, detalló .
Durante la jornada, disertaron Michael Tilchin, geólogo con un Master en Ingeniería Agrícola y Biológica de la North Carolina State University y amplia experiencia en nuevas tendencias en tecnologías de remediación desarrolladas a través de la extensa relación entre CH2M HILL y la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA);el Dr Olivier Maurer, experto en suelos y aguas contaminadas que actualmente participa de proyectos de caracterización y remediación junto con el equipo de Ingeniería Ambiental de Argentina ;el especialista en Tecnologías Innovadoras para Caracterización de Sitios en Tiempo Real, John H. Sohl, CEO de Columbia Technologies y el Director en Servicios Ambientales para Argentina, Enrique García.
“En tal sentido, poder contar con la experiencia de los expertos en ingeniería y gestión de proyectos ambientales hoy presentes, expertos en el desarrollo de proyectos de Caracterización, mediante el uso de nuevas tecnologías e innovadoras tendencias en materia de remediación en cientos de sitios contaminados de diversa naturaleza, se considera invalorable”, remarcó Bilbao.
La provincia de Buenos Aires concentra la mayor actividad industrial del país a través de sus numerosos polos y complejos industriales, los cuales reúnen una gran diversidad de industrias en cuanto a rubro y complejidad. Asimismo, si bien Buenos Aires no es una provincia productora de petróleo, no por eso es menos petrolera, ya que es en territorio provincial dónde se refinan, transportan, almacenan y comercializan la mayor cantidad de productos y subproductos derivados del petróleo. Buenos Aires concentra el mayor número de instalaciones de refinación del país con las Refinerías de Shell C.A.P.S.A y D.A.P.S.A en la localidad de Dock Sud, la Refinería de YPF S.A. en Ensenada, la refinería Ricardo Elicabe pertenciente a Petrobrás en la localidad de Bahía Blanca, y las instalaciones de refinación de Axion Energy Argentina (ex-ESSO) en la localidad de Campana.
Debido a la demanda y el consumo, es en Buenos Aires dónde se concentra el mayor número de instalaciones dedicadas al almacenamiento, transporte y bocas de comercialización de estos petroderivados.
Tampoco puede dejar de advertirse, en función de la actividad industrial radicada en su territorio, los importantes volúmenes de materias primas y residuos industriales que se generan y manipulan como consecuencia de la permanente y creciente actividad industrial.
Ante dicho escenario, no puede dejar de advertirse la problemática ambiental asociada al manejo, operación, almacenamiento, manipuleo y transporte de estas materias primas, productos, subproductos, residuos y combustibles, con la consecuente afectación de los recursos superficiales y/o subterráneos (aguas y/o suelos) propios de la actividad.
“Las principales líneas de acción sobre las cuales se debe trabajar en materia ambiental, a fin de evitar la afectación de los recursos naturales, son básicamente: la prevención (a fin de evitar) de los problemas ambientales, y la corrección (medidas de limpieza/remediación) de los problemas ambientales ocurridos en el pasado, los cuales nos han dejado como legado sitios contaminados que requieren ser estudiados, evaluados, saneados y/o remediados; estas tareas son complejas, implican grandes inversiones y además requieren un largo período de tiempo para su ejecución. De allí, la importancia para la provincia de Buenos Aires, de promover las políticas necesarias en este sentido”, destacó Bilbao.
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Fecha de Publicación: 13/11/2013
Fuente: Buenos Aires
Provincia/Región: Nacional
El Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), Hugo Bilbao, participó de un encuentro que reunió a técnicos de Autoridades de Aplicación y empresas para analizar nuevas tecnologías de investigación y remediación de sitios facilitando un canal colaborativo.
“Estamos convencidos, como lo indica el Gobernador Daniel Scioli, que todos aquellos mecanismos tendientes a promover la creación de espacios de cooperación e intercambio técnico, en los cuales todos los actores se encuentren representados, no hacen otra cosa que contribuir a solución de los actuales problemas ambientales, y a la mejorar la prevención en relación con los problemas ambientales futuros”, expresó Bilbao.
“La gestión integral (estudio, comprensión y remediación) de los sitios contaminados, requiere de una correcta y detallada Caracterización Inicial que permita obtener un diagnóstico preciso sobre el estado ambiental real del sitio y su entrono asociado. Una caracterización detallada nos permitirá establecer cuáles serán las más eficientes y eficaces alternativas de remediación que pudieran implementarse a fin de resolver el problema en cuestión. Entendiéndose por remediación: la limpieza y saneamiento de los contaminantes presentes en aguas subterráneas y suelos “in situ”, ya que los mismos debido a la profundidad de la contaminación, los volúmenes afectados etc., no pueden removerse y ser tratados “ex situ” como otros residuos especiales comunes”, detalló .
Durante la jornada, disertaron Michael Tilchin, geólogo con un Master en Ingeniería Agrícola y Biológica de la North Carolina State University y amplia experiencia en nuevas tendencias en tecnologías de remediación desarrolladas a través de la extensa relación entre CH2M HILL y la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA);el Dr Olivier Maurer, experto en suelos y aguas contaminadas que actualmente participa de proyectos de caracterización y remediación junto con el equipo de Ingeniería Ambiental de Argentina ;el especialista en Tecnologías Innovadoras para Caracterización de Sitios en Tiempo Real, John H. Sohl, CEO de Columbia Technologies y el Director en Servicios Ambientales para Argentina, Enrique García.
“En tal sentido, poder contar con la experiencia de los expertos en ingeniería y gestión de proyectos ambientales hoy presentes, expertos en el desarrollo de proyectos de Caracterización, mediante el uso de nuevas tecnologías e innovadoras tendencias en materia de remediación en cientos de sitios contaminados de diversa naturaleza, se considera invalorable”, remarcó Bilbao.
La provincia de Buenos Aires concentra la mayor actividad industrial del país a través de sus numerosos polos y complejos industriales, los cuales reúnen una gran diversidad de industrias en cuanto a rubro y complejidad. Asimismo, si bien Buenos Aires no es una provincia productora de petróleo, no por eso es menos petrolera, ya que es en territorio provincial dónde se refinan, transportan, almacenan y comercializan la mayor cantidad de productos y subproductos derivados del petróleo. Buenos Aires concentra el mayor número de instalaciones de refinación del país con las Refinerías de Shell C.A.P.S.A y D.A.P.S.A en la localidad de Dock Sud, la Refinería de YPF S.A. en Ensenada, la refinería Ricardo Elicabe pertenciente a Petrobrás en la localidad de Bahía Blanca, y las instalaciones de refinación de Axion Energy Argentina (ex-ESSO) en la localidad de Campana.
Debido a la demanda y el consumo, es en Buenos Aires dónde se concentra el mayor número de instalaciones dedicadas al almacenamiento, transporte y bocas de comercialización de estos petroderivados.
Tampoco puede dejar de advertirse, en función de la actividad industrial radicada en su territorio, los importantes volúmenes de materias primas y residuos industriales que se generan y manipulan como consecuencia de la permanente y creciente actividad industrial.
Ante dicho escenario, no puede dejar de advertirse la problemática ambiental asociada al manejo, operación, almacenamiento, manipuleo y transporte de estas materias primas, productos, subproductos, residuos y combustibles, con la consecuente afectación de los recursos superficiales y/o subterráneos (aguas y/o suelos) propios de la actividad.
“Las principales líneas de acción sobre las cuales se debe trabajar en materia ambiental, a fin de evitar la afectación de los recursos naturales, son básicamente: la prevención (a fin de evitar) de los problemas ambientales, y la corrección (medidas de limpieza/remediación) de los problemas ambientales ocurridos en el pasado, los cuales nos han dejado como legado sitios contaminados que requieren ser estudiados, evaluados, saneados y/o remediados; estas tareas son complejas, implican grandes inversiones y además requieren un largo período de tiempo para su ejecución. De allí, la importancia para la provincia de Buenos Aires, de promover las políticas necesarias en este sentido”, destacó Bilbao.
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Chaco: ahora multan a productores por fumigaciones
Comenzaron a multar a productores por la utilización de agroquímicos
Fecha de Publicación: 12/11/2013
Fuente: Diario Norte
Provincia/Región: Chaco
Ambiente sancionó a un productor y a un aplicador en Napenay, por infracción a la Ley de Biocidas. Una vecina lo había denunciado por fumigar con un avión sobre sus reservorios de agua para uso doméstico y par consumo de animales.
El equipo técnico de la Dirección de Fiscalización Ambiental perteneciente a la Subsecretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, del Ministerio de Planificación y Ambiente, se hizo presente en la zona rural de Napenay en el Lote 15 “Pampa la Desatinada”, con el objeto de responder a una denuncia efectuada por una posible transgresión a la normativa que regula la aplicación de agroquímicos.
La damnificada, una productora minifundista de la zona, manifestó que observó un avión aplicador que sobrevolaba sus cultivos destinados al autoconsumo, así como su casa, donde se encuentran ubicados los reservorios de agua para uso doméstico y para sus animales de cría, habiendo percibido en el aire un olor extraño y penetrante que atribuyó al generado por el uso de agroquímicos.
El equipo de Fiscalización Ambiental realizó las tareas técnicas y periciales correspondientes para de esa manera registrar las actuaciones referidas al caso. Seguidamente se visitó al denunciado, un productor agrícola-ganadero cuya propiedad se halla lindante a la de la denunciante. El productor afirmó que llevó a cabo tareas de aeroaplicación con agroquímicos inhibidores de quitina (insecticidas) sobre sus cultivos de maíz y girasol. Estos agroquímicos pertenecerían, según explicó el productor, al fabricante Bayer CropScience, cuya marca utilizada es Alsystin 480 sc. Indica en el marbete que dicho producto pertenece a la clasificación toxicológica IV correspondiente a la banda verde que “normalmente no ofrece peligro”.
Se constató que esta aplicación se realizó sin el uso de las recetas agronómicas, tanto de expendio como de aplicación, incurriendo de esta forma, en infracción a la Ley Provincial 7032. Tanto el productor, propietario del campo donde se llevaron a cabo las aplicaciones, como también el aplicador aéreo fueron sancionados según lo ordena la mencionada Ley en su artículo 46, donde se establecen multas por un valor mínimo equivalente de 1.000 lt y máximo de 10.000 lts de gasoil.
El Ministerio de Planificación y Ambiente comunica que la Ley 7032 se encuentra en plena vigencia, y todos aquellos que intervengan en el proceso de acopio, compra, venta, manipulación y aplicación de agroquímicos, así como en la disposición de envases, deberán ajustarse a las normativas expuestas, caso contrario serán pasibles de las sanciones correspondientes a los infractores.
El Ministerio de Planificación y Ambiente solicita que para denuncias, consultas o información, deben comunicarse con la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, al teléfono 0362 4448089 de lunes a viernes de 7 a 18 horas, o por correo electrónico a: fiscaliz.ambiental@chaco.gov.ar.
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Fecha de Publicación: 12/11/2013
Fuente: Diario Norte
Provincia/Región: Chaco
Ambiente sancionó a un productor y a un aplicador en Napenay, por infracción a la Ley de Biocidas. Una vecina lo había denunciado por fumigar con un avión sobre sus reservorios de agua para uso doméstico y par consumo de animales.
El equipo técnico de la Dirección de Fiscalización Ambiental perteneciente a la Subsecretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable, del Ministerio de Planificación y Ambiente, se hizo presente en la zona rural de Napenay en el Lote 15 “Pampa la Desatinada”, con el objeto de responder a una denuncia efectuada por una posible transgresión a la normativa que regula la aplicación de agroquímicos.
La damnificada, una productora minifundista de la zona, manifestó que observó un avión aplicador que sobrevolaba sus cultivos destinados al autoconsumo, así como su casa, donde se encuentran ubicados los reservorios de agua para uso doméstico y para sus animales de cría, habiendo percibido en el aire un olor extraño y penetrante que atribuyó al generado por el uso de agroquímicos.
El equipo de Fiscalización Ambiental realizó las tareas técnicas y periciales correspondientes para de esa manera registrar las actuaciones referidas al caso. Seguidamente se visitó al denunciado, un productor agrícola-ganadero cuya propiedad se halla lindante a la de la denunciante. El productor afirmó que llevó a cabo tareas de aeroaplicación con agroquímicos inhibidores de quitina (insecticidas) sobre sus cultivos de maíz y girasol. Estos agroquímicos pertenecerían, según explicó el productor, al fabricante Bayer CropScience, cuya marca utilizada es Alsystin 480 sc. Indica en el marbete que dicho producto pertenece a la clasificación toxicológica IV correspondiente a la banda verde que “normalmente no ofrece peligro”.
Se constató que esta aplicación se realizó sin el uso de las recetas agronómicas, tanto de expendio como de aplicación, incurriendo de esta forma, en infracción a la Ley Provincial 7032. Tanto el productor, propietario del campo donde se llevaron a cabo las aplicaciones, como también el aplicador aéreo fueron sancionados según lo ordena la mencionada Ley en su artículo 46, donde se establecen multas por un valor mínimo equivalente de 1.000 lt y máximo de 10.000 lts de gasoil.
El Ministerio de Planificación y Ambiente comunica que la Ley 7032 se encuentra en plena vigencia, y todos aquellos que intervengan en el proceso de acopio, compra, venta, manipulación y aplicación de agroquímicos, así como en la disposición de envases, deberán ajustarse a las normativas expuestas, caso contrario serán pasibles de las sanciones correspondientes a los infractores.
El Ministerio de Planificación y Ambiente solicita que para denuncias, consultas o información, deben comunicarse con la Subsecretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, al teléfono 0362 4448089 de lunes a viernes de 7 a 18 horas, o por correo electrónico a: fiscaliz.ambiental@chaco.gov.ar.
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