Preocupa desmonte cerca de un área protegida
Preocupa un extenso desmonte en el límite de un área protegida
Fecha de Publicación: 31/05/2017
Fuente: Primera Edición
Provincia/Región: Misiones
Es en el Corredor Verde de la ruta provincial 18 y lindante con el Parque Provincial Urugua-í. Se desconoce si el Ministerio de Ecología ya tomó intervención del caso.
En pleno Corredor Verde, sobre la ruta provincial 18, lindante con el Parque Provincial Urugua-í, se está llevando a cabo un gigantesco desmonte que ya supera las 400 hectáreas y donde se pretende extender abarcando muchas hectáreas más. Varios productores de la zona y automovilistas que observaron el lugar alertaron de la situación.
Por el momento no se sabe si las autoridades de Ecología han tomado intervención pero la preocupación va en crecimiento, teniendo en cuenta que se trata de una zona extremadamente sensible para la biodiversidad de la selva misionera y que es una zona de nacientes de agua y arroyos.
Se trata de una propiedad privada situada sobre la ruta provincial 18 (que es terrada y corre en forma paralela a la ruta 17) a la cual se llega desde la ruta nacional 12 transitando unos 70 kilómetros por la mencionada ruta 18, en dirección a Dos Hermanas. La zona se caracteriza por su poca población, grandes extensiones de tierras privadas de selva y vegetación, algunas chacras de productores y aserraderos.
El desmonte habría comenzado entre diciembre y los primeros días de enero. Hasta el momento alcanzaría las 400 hectáreas pero los planes serían para multiplicar ese número por diez. Los propietarios tendrían planes para desmontar las cuatro mil hectáreas que adquirieron hace poco tiempo. El plan sería conformar un establecimiento de producción ganadera en toda esa región.
Los pobladores cercanos admiten que “hace mucho tiempo no se observaba una tala rasa tan grande en la zona, debido a las leyes vigentes que son muy exigentes para este tipo de emprendimientos”. De acuerdo a las recorridas por el lugar, no hay intención de reforestar ni producir otras especies.
La tala rasa destruye toda la vegetación y luego se quema. Hay zonas donde ya se ha plantado pasto que tendría por finalidad alimentar al ganado.
Los lugareños creen que los propietarios podrían tener “contactos políticos” porque “es muy difícil lograr permisos para un desmonte así de grande”, dijo un consultado.
Otro “punto gris” que debería responsabilizar al Ministerio de Ecología porque la zona está caracterizada por la presencia de Palo Rosa, una especie de árbol protegida que fue declarada Monumento Natural de la Provincia, mediante la Ley 2.380.
Según información a la que accedió PRIMERA EDICIÓN consultando a pobladores de la zona, ingenieros vinculados a la forestación y personal de las municipalidades cercanas, tratándose de una superficie tan extensa, se debió haber llamado a Audiencia Pública convocada mediante el Boletín Oficial de la Provincia.
Un profesional de la rama forestal explicó que: “Cuando el desmonte es menor a 10 hectáreas, puede realizarse sin Estudio de Impacto Ambiental; cuando es entre 10 y 50 hectáreas, debe ser con Estudio de Impacto Ambiental sin la intervención de un biólogo; cuando se desmonta entre 50 y 100 se debe realizar el EIA con la intervención también de un biólogo; y en casos superiores a las 100 hectáreas se debe llamar a Audiencia Pública a través del Boletín Oficial”.
Procedimiento normal
De acuerdo a consultas realizadas con profesionales del rubro, un procedimiento legal para aprovechamiento forestal en propiedades privadas lindantes a un Parque debería contar con un pedido del propietario al Ministerio de Ecología para que se haga una inspección que debe ser conjunta entre la Dirección de Bosques (actualmente a cargo de María Elena Benitez y la Subsecretaría de Ecología (a cargo de Juan Manuel Díaz). Se debe considerar una faja ecológica de 50 metros entre el Parque y el lugar donde se aprovechará el monte.
Se debe requerir la solicitud de zonificación a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, a cargo de Juan Solari, que se otorga indicando en una superficie determinada, las características de la misma y que actividad puede realizarse allí: zona Roja: intangible; zona Amarilla se permite aprovechamiento pero no rozado, y zona Verde: se permite rozado.
Esto debe estar inspeccionado por amabas partes y se hace un informe en conjunto, un acta de constatación, una vez hecho esto, se debe evaluar la carpeta presentada por el propietario en el Ministerio considerando varios elementos: el Plan de Manejo, el Plan de Aprovechamiento, el pedido de inspección por parte del propietario y la inspección debe estar aprobada por Bosques y Subsecretaría de Ecología. A partir de esto, la Dirección de Bosques emite una disposición aprobando ese aprovechamiento.
Autoridad de aplicación
Según la página web del Ministerio de Ecología, es la Dirección General de Bosques Nativos la que tiene injerencia e incumbencia administrativa y legal sobre los bosques en general y los bosques nativos en particular.
Su área de actuación es la provincia de Misiones incluyendo todos sus biomas originales: la Selva Paranaense, tradicionalmente denominada Selva Misionera.
En estos biomas naturales originarios de la provincia de Misiones se desarrollan actividades productivas relacionadas al bosque nativo o Selva Misionera que abarcan toda la cadena forestal, desde la producción en viveros, corta y extracción, transporte, almacenamiento, transformación primaria y secundaria, hasta la elaboración de productos terminados de madera o con madera en las plantas industriales.
En toda esta cadena interviene la Dirección General de Bosques Nativos a los efectos de la evaluación, aprobación y aplicación de los diferentes planes de ordenamiento, manejo, corta; la instalación de industrias y posterior elaboración y transformación de madera, con diferentes etapas de evaluación y control en la cadena forestal.
Con todas estas facultades, queda claro que esta Dirección tuvo que haber intervenido y autorizado semejante desmonte. Más todavía cuando el plan sería llegar a las cuatro mil hectáreas.
Las normativas que se deben aplicar son Ley de Bosques Nº XVI Nº 7 -ex Ley Nº 854- a nivel provincial, la cual es homóloga a la Ley Nacional de Bosques Nº 13.273. Es desde esta ley donde parte la declaración de interés público de los bosques y que otorga al Estado directa injerencia en la actuación pública y privada sobre las masas boscosas.
A su vez son de aplicación habitual, normativa referente a la protección de los bosques y su promoción ecológica y económica mediante la Ley Provincial de Corredor Verde, cuya dependencia administrativa de este Ministerio es la Unidad Especial de Gestión Corredor Verde y trata en conjunto con la Dirección General de Bosques Nativos las actividades respectivas.
Por otra parte desde la Ley Nacional 26.331, este Ministerio a través de la Dirección General de Bosques Nativos ejerce su aplicación a los efectos de llevar adelante las políticas emergentes que permiten el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos en un esquema divisorio de colores rojo, verde y amarillo con claras directrices de las actividades permitidas y restrictivas a nivel provincial.
Corredor Verde
El Corredor Verde de la Provincia de Misiones, es un corredor biológico, un cordón de Selva Paranaense que atraviesa el territorio de Misiones conocido como la “selva misionera” y que se intenta proteger por ser uno de los ecosistemas con una gran diversidad de especies vegetales y animales, que lo convierte en el ambiente natural más importante del país y uno de los principales del continente.
Abarca un mosaico de paisajes que incluye áreas protegidas, propiedades privadas de usos diversos, colonias agrícolas con variadas situaciones socioeconómicas, comunidades aborígenes y también áreas de conflictos de uso y tenencia de la tierra. Involucra a 22 municipios.
El Corredor Verde está integrado: al Norte, por los Parques Provinciales Yacuí, Urugua-í, y el Parque Nacional Iguazú; Al Este, la Reserva de Biosfera Yabotí y los Parques Provinciales Esmeralda y Moconá; Y al Sur, los Parques Provinciales Salto Encantado y el Valle del Cuña Pirú. Asegurando la conectividad también se está salvaguardando la provisión de aguas de las principales ciudades de la provincia dado que la mayoría de los arroyos nacen en ese sector y se crearía un marco adecuado para proteger el paisaje y que las comunidades originarias y rurales pudieran convivir con el mediante prácticas de ecodesarrollo.
Los objetivos del Corredor Verde son: generar condiciones favorables para la preservación de las masas selváticas; proteger las nacientes y las altas cuencas de los ríos y arroyos que constituyen el sistema hidrográfico de la provincia; prevenir el aislamiento progresivo de las áreas naturales protegidas, permitiendo así la continuidad de los procesos naturales de migración y desplazamientos estacionales de la fauna silvestre, y los relacionados con la dispersión y reposición natural de la flora silvestre de los bosques nativos.
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Fecha de Publicación: 31/05/2017
Fuente: Primera Edición
Provincia/Región: Misiones
Es en el Corredor Verde de la ruta provincial 18 y lindante con el Parque Provincial Urugua-í. Se desconoce si el Ministerio de Ecología ya tomó intervención del caso.
En pleno Corredor Verde, sobre la ruta provincial 18, lindante con el Parque Provincial Urugua-í, se está llevando a cabo un gigantesco desmonte que ya supera las 400 hectáreas y donde se pretende extender abarcando muchas hectáreas más. Varios productores de la zona y automovilistas que observaron el lugar alertaron de la situación.
Por el momento no se sabe si las autoridades de Ecología han tomado intervención pero la preocupación va en crecimiento, teniendo en cuenta que se trata de una zona extremadamente sensible para la biodiversidad de la selva misionera y que es una zona de nacientes de agua y arroyos.
Se trata de una propiedad privada situada sobre la ruta provincial 18 (que es terrada y corre en forma paralela a la ruta 17) a la cual se llega desde la ruta nacional 12 transitando unos 70 kilómetros por la mencionada ruta 18, en dirección a Dos Hermanas. La zona se caracteriza por su poca población, grandes extensiones de tierras privadas de selva y vegetación, algunas chacras de productores y aserraderos.
El desmonte habría comenzado entre diciembre y los primeros días de enero. Hasta el momento alcanzaría las 400 hectáreas pero los planes serían para multiplicar ese número por diez. Los propietarios tendrían planes para desmontar las cuatro mil hectáreas que adquirieron hace poco tiempo. El plan sería conformar un establecimiento de producción ganadera en toda esa región.
Los pobladores cercanos admiten que “hace mucho tiempo no se observaba una tala rasa tan grande en la zona, debido a las leyes vigentes que son muy exigentes para este tipo de emprendimientos”. De acuerdo a las recorridas por el lugar, no hay intención de reforestar ni producir otras especies.
La tala rasa destruye toda la vegetación y luego se quema. Hay zonas donde ya se ha plantado pasto que tendría por finalidad alimentar al ganado.
Los lugareños creen que los propietarios podrían tener “contactos políticos” porque “es muy difícil lograr permisos para un desmonte así de grande”, dijo un consultado.
Otro “punto gris” que debería responsabilizar al Ministerio de Ecología porque la zona está caracterizada por la presencia de Palo Rosa, una especie de árbol protegida que fue declarada Monumento Natural de la Provincia, mediante la Ley 2.380.
Según información a la que accedió PRIMERA EDICIÓN consultando a pobladores de la zona, ingenieros vinculados a la forestación y personal de las municipalidades cercanas, tratándose de una superficie tan extensa, se debió haber llamado a Audiencia Pública convocada mediante el Boletín Oficial de la Provincia.
Un profesional de la rama forestal explicó que: “Cuando el desmonte es menor a 10 hectáreas, puede realizarse sin Estudio de Impacto Ambiental; cuando es entre 10 y 50 hectáreas, debe ser con Estudio de Impacto Ambiental sin la intervención de un biólogo; cuando se desmonta entre 50 y 100 se debe realizar el EIA con la intervención también de un biólogo; y en casos superiores a las 100 hectáreas se debe llamar a Audiencia Pública a través del Boletín Oficial”.
Procedimiento normal
De acuerdo a consultas realizadas con profesionales del rubro, un procedimiento legal para aprovechamiento forestal en propiedades privadas lindantes a un Parque debería contar con un pedido del propietario al Ministerio de Ecología para que se haga una inspección que debe ser conjunta entre la Dirección de Bosques (actualmente a cargo de María Elena Benitez y la Subsecretaría de Ecología (a cargo de Juan Manuel Díaz). Se debe considerar una faja ecológica de 50 metros entre el Parque y el lugar donde se aprovechará el monte.
Se debe requerir la solicitud de zonificación a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, a cargo de Juan Solari, que se otorga indicando en una superficie determinada, las características de la misma y que actividad puede realizarse allí: zona Roja: intangible; zona Amarilla se permite aprovechamiento pero no rozado, y zona Verde: se permite rozado.
Esto debe estar inspeccionado por amabas partes y se hace un informe en conjunto, un acta de constatación, una vez hecho esto, se debe evaluar la carpeta presentada por el propietario en el Ministerio considerando varios elementos: el Plan de Manejo, el Plan de Aprovechamiento, el pedido de inspección por parte del propietario y la inspección debe estar aprobada por Bosques y Subsecretaría de Ecología. A partir de esto, la Dirección de Bosques emite una disposición aprobando ese aprovechamiento.
Autoridad de aplicación
Según la página web del Ministerio de Ecología, es la Dirección General de Bosques Nativos la que tiene injerencia e incumbencia administrativa y legal sobre los bosques en general y los bosques nativos en particular.
Su área de actuación es la provincia de Misiones incluyendo todos sus biomas originales: la Selva Paranaense, tradicionalmente denominada Selva Misionera.
En estos biomas naturales originarios de la provincia de Misiones se desarrollan actividades productivas relacionadas al bosque nativo o Selva Misionera que abarcan toda la cadena forestal, desde la producción en viveros, corta y extracción, transporte, almacenamiento, transformación primaria y secundaria, hasta la elaboración de productos terminados de madera o con madera en las plantas industriales.
En toda esta cadena interviene la Dirección General de Bosques Nativos a los efectos de la evaluación, aprobación y aplicación de los diferentes planes de ordenamiento, manejo, corta; la instalación de industrias y posterior elaboración y transformación de madera, con diferentes etapas de evaluación y control en la cadena forestal.
Con todas estas facultades, queda claro que esta Dirección tuvo que haber intervenido y autorizado semejante desmonte. Más todavía cuando el plan sería llegar a las cuatro mil hectáreas.
Las normativas que se deben aplicar son Ley de Bosques Nº XVI Nº 7 -ex Ley Nº 854- a nivel provincial, la cual es homóloga a la Ley Nacional de Bosques Nº 13.273. Es desde esta ley donde parte la declaración de interés público de los bosques y que otorga al Estado directa injerencia en la actuación pública y privada sobre las masas boscosas.
A su vez son de aplicación habitual, normativa referente a la protección de los bosques y su promoción ecológica y económica mediante la Ley Provincial de Corredor Verde, cuya dependencia administrativa de este Ministerio es la Unidad Especial de Gestión Corredor Verde y trata en conjunto con la Dirección General de Bosques Nativos las actividades respectivas.
Por otra parte desde la Ley Nacional 26.331, este Ministerio a través de la Dirección General de Bosques Nativos ejerce su aplicación a los efectos de llevar adelante las políticas emergentes que permiten el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos en un esquema divisorio de colores rojo, verde y amarillo con claras directrices de las actividades permitidas y restrictivas a nivel provincial.
Corredor Verde
El Corredor Verde de la Provincia de Misiones, es un corredor biológico, un cordón de Selva Paranaense que atraviesa el territorio de Misiones conocido como la “selva misionera” y que se intenta proteger por ser uno de los ecosistemas con una gran diversidad de especies vegetales y animales, que lo convierte en el ambiente natural más importante del país y uno de los principales del continente.
Abarca un mosaico de paisajes que incluye áreas protegidas, propiedades privadas de usos diversos, colonias agrícolas con variadas situaciones socioeconómicas, comunidades aborígenes y también áreas de conflictos de uso y tenencia de la tierra. Involucra a 22 municipios.
El Corredor Verde está integrado: al Norte, por los Parques Provinciales Yacuí, Urugua-í, y el Parque Nacional Iguazú; Al Este, la Reserva de Biosfera Yabotí y los Parques Provinciales Esmeralda y Moconá; Y al Sur, los Parques Provinciales Salto Encantado y el Valle del Cuña Pirú. Asegurando la conectividad también se está salvaguardando la provisión de aguas de las principales ciudades de la provincia dado que la mayoría de los arroyos nacen en ese sector y se crearía un marco adecuado para proteger el paisaje y que las comunidades originarias y rurales pudieran convivir con el mediante prácticas de ecodesarrollo.
Los objetivos del Corredor Verde son: generar condiciones favorables para la preservación de las masas selváticas; proteger las nacientes y las altas cuencas de los ríos y arroyos que constituyen el sistema hidrográfico de la provincia; prevenir el aislamiento progresivo de las áreas naturales protegidas, permitiendo así la continuidad de los procesos naturales de migración y desplazamientos estacionales de la fauna silvestre, y los relacionados con la dispersión y reposición natural de la flora silvestre de los bosques nativos.
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