En Santigo vendían un tatú carreta en Facebook



La venta de un tatú carreta en Facebook generó fuerte polémica

Fecha de Publicación
: 24/12/2015
Fuente: El Liberal
Provincia/Región: Santiago del Estero


Una nueva publicación en Facebook despertó la polémica sobre los animales autóctonos. En el grupo "Mercado libre Sgo. Del Estero" un usuario publicó la fotografía de un tatú carreta haciendo una oferta de venta. Inmediatamente los usuarios comenzaron a comentar y se produjo un debate sobre la venta y el consumo de esta especie del monte santiagueño.
En horas de la siesta en el mencionado grupo de clasificados, el usuario que realizó el posteo, de apellido Lugones, escribió concretamente "Vendo. Cuanto ofrecen?" (sic). Lo hizo acompañada de una fotografía de un animal vivo, aparentemente se trataría de un tatú carreta por sus características. A los pocos minutos otros usuarios comenzaron a comentar. Los posteos versaron entre la indignación, lo sátiro y gracioso. Mientras que algunos discutían si se trataba de un pichi o un tatú carreta, otros usuarios indignados comentaron que es ilegal, habría que denunciarlo, y otras palabras que insultaban al vendedor.
Sin embargo, lo que sorprendió e indignó aún más a la comunidad virtual fue que algunas personas expresaron su voluntad de comprarlo al precio que el vendedor disponga. Muchos arrojaron cifras, entre $250 y $500, para quedarse con el animal. De estos compradores, algunos manifestaron que lo querían para evitar que lo maten, mientras que otros señalaron que "es un animal que se puede comer".
En este sentido, la polémica se lanzó hacia si la caza puede realizarse o no. Lo cierto es que esta especie, propia de la fauna regional, está en vías de extinción. ¿Qué dice la ley? La Argentina se suscribió la Convención Internacional sobre Comercio de Especies de Fauna y Flora silvestres amenazadas. Este organismo establece distintas categorías para las especies según el grado de peligro en que se encuentren y sostiene que el tatú carreta está dentro de los animales en vías de extinción. Asimismo, se resalta que queda prohibido su comercio entre todos los países signatarios de la convención. Dicha prohibición se refiere al comercio internacional y se incorpora a los de la Ley de Fauna (22421/81) la cual prohíbe la venta en el país de ejemplares de la fauna autóctona.
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