El OPDS clausura predio por desmonte

Nueva clausura por desmontes de bosques nativos

Fecha de Publicación
: 07/10/2014
Fuente: OPDS
Provincia/Región: Buenos Aires


El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), volvió a clausurar un predio en la ciudad de Ramallo originada en la tala de un bosque nativo. El lugar no cuenta con estudio de impacto ambiental y un privado iba a destinarlo para la construcción de una guardería náutica y una urbanización.
“El sector comprendido en el predio pertenece a uno de los ecosistemas de bosque nativo más impactados por la actividad humana, como bosque de tala y bosque ribereño, ya que el área reviste la máxima protección ambiental” destacó el titular del OPDS, Hugo Bilbao.
El predio, ubicado en la desembocadura del arroyo Las Hermanas en el río Paraná, tiene 33 hectáreas, de las cuales unas 9 fueron desmontadas sin autorización, según constataron inspectores del OPDS, quienes además clausuraron el lugar por movimientos de tierra ilegales y por la tala de bosques nativos protegidos por la ley y amparados en las máximas categorías de protección.
En la primera inspección se constató que el emprendimiento no contaba con el estudio de impacto ambiental  y en esta segunda oportunidad se comprobó que no hubo avances en los mencionados estudios.
Las actividades de desmonte fueron realizadas en infracción a las leyes 11.723 “Marco Ambiental de la Provincia de Buenos Aires” y 26.331 “Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos”.
Los ecosistemas de bosque nativo de la región cumplen múltiples funciones ecológicas, entre las que se destacan el control de las inundaciones, la recarga y descarga de acuíferos, la disponibilidad de agua para consumo y producción, la retención de sedimentos y nutrientes, la estabilización de las costas, la protección contra la erosión y la regulación y mitigación del cambio climático, además de proveer una extensa lista de bienes y servicios al hombre. 
“De acuerdo al Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, el sitio clausurado se encuentra incluido dentro de las categorías I (Roja) y II (Amarilla), definidas en el artículo 9º de la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección de los Bosques Nativos Nº 26.331 como “sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse” explicó el Coordinador Ejecutivo de la cartera ambiental, Martin Gorosito.
En esta  nueva visita, inspectores del OPDS constataron que no hubo avances en los mencionados estudios y que sumado a ello, se había violado la clausura impuesta en la ocasión anterior. Ante  las reiteradas denuncias de vecinos, los funcionarios observaron evidencias de actividades en el lugar tales como deforestación, acopio de material para la construcción y movimientos de tierra. Con el acta labrada en donde se constatan estas irregularidades, las autoridades ambientales cambiaron la categoría de infracción a “violación de clausura”, que lleva la cuestión a un proceso judicial de resolución.   
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