Bush y el interés por el agua argentina

La familia Bush y el interés por el agua argentina: ¿Una nueva amenaza?

Fecha de Publicación: 28/04/2008
Fuente: Agencia Nova
Provincia/Región: Nacional


Los negocios con el agua potable ya emprendidos en nuestro país por empresas multinacionales relacionadas con la familia del presidente de los Estados Unidos George W. Bush, fueron reflotados por la Fundación Oscar Alende (FUNDAL), situación que motivó el refuerzo de la campaña de recolección de firmas para que exista una Ley para proteger el recurso e impedir que el mismo sea transformado en una mercancía de libre exportación.
“Tenemos que impedir que se lleven nuestra agua”, dice el responsable de la campaña en cuestión y referente de la FUNDAL, Roberto Pagés.
Para reforzar la idea, el mismo Pagés hace referencia a un artículo aparecido en la “Revista Fortuna Nº 238 | Edición del 20 de Diciembre de 2007” y cuyo título indicaba: “Las empresas de los Bush en la Argentina”.
“La familia Bush, encabezada por John Ellis "Jeb" Bush –ex gobernador de Florida y hermano del actual presidente de Estados Unidos, George W. Bush–, puso un pie en la Argentina para producir agua potable premium y proteínas de pollo para exportación. Pero el clan no vino solo: el desembarco se hizo con socios como el empresario Ronald Krongold, George Soros y la acaudalada familia cubano-norteamericana Fanjul, dueña del imperio azucarero Santo Domingo, entre otros negocios globales”, decía la publicación nacional especializada en temas económicos.
Según “Fortuna”, este grupo “forma parte de un fondo de inversión norteamericano y chileno que exportará desde la Argentina agua potable premium a Europa y proteínas de soja, pollo y pescado a China, Japón, el sur de Asia y parte de Rusia. Lo harán a través de dos sociedades nuevas, H2O+Sur y Protein+Plus, integradas al fondo y creadas especialmente para estos negocios”.
“El agua potable y las proteínas son consideradas por estos inversores como las commodities del futuro, como lo son la soja y el petróleo. Claro que esta perspectiva de largo plazo no sólo proviene de una visión geopolítica producto de la experiencia al frente de la Casa Blanca de George Bush padre y de George hijo, y de la gestión en la gobernación de Florida de Jeb (dejó el cargo en enero de este año), sino también de la palabra de expertos. Todos los miembros de esta sociedad reciben asesoramiento de varios think tanks de universidades norteamericanas. Estos especialistas no sólo les aportan información sobre hipótesis de conflicto sino sobre regiones y oportunidades de negocios de largo plazo”, informó la revista en cuestión.
Seguidamente, el informe indica que “estos expertos habrían dado al fondo los siguientes datos: el planeta Tierra está integrado en un 78% por agua. De ese total, sólo el 3% es potable. Y el 1,1% de esa cifra está ubicado entre la Argentina y Paraguay”.
La información de la llegada de los Bush y sus socios al país fue confirmada a “Fortuna” por el empresario cubano-argentino René Rodríguez Pérez, quien en noviembre de 2007 compartió una cena con Krongold y su joven esposa, Glenda, en uno de los salones del Sofitel Buenos Aires. Rodríguez Pérez, conocido por su modo frontal de hacer negocios es hombre de confianza, inversor y conceptualista del negocio de este grupo. De hecho, hace cuatro años, y a pedido del propio Jeb Bush (cuando era gobernador) organizó un cóctel de bienvenida en su residencia para empresarios norteamericanos que fomentaban el ALCA. Hoy se sabe que en ese encuentro comenzaron a tejerse las primeras redes del negocio en la Argentina.
Según la edición de diciembre de la publicación, “H2O+Sur se dedicará a extraer agua de las napas de diferentes regiones de la Argentina, donde la sociedad compró y rentó miles de hectáreas definidas como no aptas para agricultura ni siembra, pero con buena calidad de aguas. El grueso de estas tierras está ubicado en la provincia de Córdoba, donde habrían adquirido 5 mil hectáreas, aunque se estima que podrían ser más, y el resto (las rentadas) en el sur, cerca de Villa La Angostura”.
“El agua será sometida a procesos naturales de saneamiento utilizando tecnología de avanzada, importada de Israel y Alemania, que permite purificar hasta el 96% de aguas extraídas. Una vez desalinizada, el agua potable se envasará en grandes tanques contenedores y se exportará a Escocia, país donde se fragmentará el producto en botellas de vidrio de 500 cm3, con marca Patagonia Valley Gourmet y etiqueta de origen made in Argentina, para ser vendido en Europa como agua potable premium. Patagonia Valley es una marca de productos gourmet que ya existía y que fue comprada por Rodríguez Pérez, quien ya la presentó en distintas ferias mundiales”, señaló la investigación de “Fortuna”.
“Una de las razones que interesó a Jeb Bush y sus socios es el nivel de rentabilidad de este negocio: hoy en día, una botella de agua en un café chic de Italia puede costar alrededor de 11 euros. La extracción del agua en la Argentina tiene costos bajos y no se paga ningún impuesto o canon en este sentido”, señaló el informe.

“El agua es de todos”
Según el coordinador de la campaña nacional por la consulta popular, Roberto Pagés, “el agua es la fuente de vida en la tierra”.
“Solo el 3% de toda el agua del mundo es dulce y peligra a raíz de la creciente contaminación y las presiones sobre el recurso que lo convierten en un bien estratégico”, comenta.
“Desde la Fundación Oscar Alende (FUNDAL) impulsamos esta campaña nacional de recolección de firmas con el objeto de que se someta a consulta popular la propiedad, el control y la gestión de un recurso fundamental para la vida humana como es el agua, y hacemos un llamado a las diversas organizaciones de la sociedad civil para conformar una comisión nacional en defensa del agua”, señala Pagés.
A su vez, dice que “el apoyo a esta campaña nacional de recolección de firmas, es un paso más en la resistencia a la apropiación privada de los recursos naturales estratégicos y de bien común. Es una manera de decirle no a las corporaciones que pretenden beneficiarse con un bien que es de todos”.
“Como sociedad debemos asegurar la propiedad, el control y la gestión pública, participativa y sustentable de este recurso fundamental para la vida humana de hoy y de las generaciones futuras. El agua es un bien público que requiere ser gestionado de manera sustentable, distribuido con Justicia y aprovechado eficientemente”, señala.
En ese orden, Pagés expresa que el agua “es un recurso de interés nacional, de carácter estratégico por cuanto de ella depende la vida de toda la población y la sustentabilidad de los ecosistemas, por ello la administración de los recursos estratégicos debe volver a formar parte de una política de Estado”.
Por estas razones y otras que se pueden consultar en la página de Internet www.elaguaesdetodos.org.ar, FUNDAL invita a votar para que se llame a una consulta popular. “Hace falta aprobar una Ley del Agua que proteja el recurso de la voracidad de las multinacionales que quieren transformarla en un bien de mercado”, expresó Pagés.
“Necesitamos una Ley marco a partir de la cual se establezcan criterios comunes para la administración del recurso a lo largo y a lo ancho de nuestro país. Tenemos que hacer docencia y juntar conciencias, luego de esta tarea, seguramente el agua será completamente nuestra”, concluye.

Proyecto de ley de Consulta Popular
Lo que sigue, es el texto presentado por FUNDAL para su tratamiento en el Congreso nacional:
LEY DE LLAMADO A CONSULTA POPULAR

Artículo 1º: Convócase a consulta popular vinculante en los términos del título I de la Ley 25.432, reglamentaria del artículo 40 de la Constitución Nacional, a fin de que el pueblo de la Nación Argentina se expida acerca del Proyecto de Ley que se transcribe en el artículo 2 de la presente.
Artículo 2º: El Proyecto de Ley sobre cuya sanción versará la consulta popular es el siguiente:

Art. 1: el agua dulce será considerado un Recurso Natural Estratégico y no enajenable, cuya utilización deberá sujetarse a los principios de sustentabilidad y preservación, a fin de garantizar su uso por las generaciones presentes y futuras. El acceso al agua potable en cantidad y calidad suficiente para usos personales y domésticos será considerado un Derecho Humano Fundamental de todos lo habitantes de la Nación Argentina.
Art. 2: La gestión y prestación de los servicios de provisión de agua potable y saneamiento estarán a cargo del Estado quién podrá delegarla solo en asociaciones cooperativas de usuarios de los mismos, conforme lo determine la reglamentación que se dicte a esos efectos. No se admitirá, en las actividades referidas, la participación de personas físicas o jurídicas distintas a las mencionadas en este artículo. El servicio de agua potable domiciliaria no podrá ser interrumpido por ningún motivo y en ningún caso.
Art. 3: En el manejo integral de los recursos de agua dulce compartidos con otros Estados, el Gobierno Nacional estará obligado a sostener los principios establecidos en la presente Ley y se abstendrá de suscribir acuerdos, tratados y/o convenios internacionales que permitan u obliguen la comercialización del recurso y/o privatización de la provisión del agua.
Art. 4: El Poder Legislativo de la Nación dictará legislación que regule la prestación de los servicios enumerados en los artículos anteriores, su gestión, contralor y todas aquellas cuestiones pertinentes, dentro de los 180 días contados a partir de la realización de la consulta popular. Dicha Ley deberá ajustarse estrictamente a la voluntad de la ciudadanía expresada en el acto eleccionario.
Art. 5: el Poder Ejecutivo Nacional deberá reglamentar y/o dictar las normas que estén dentro de su competencia para hacer efectiva la decisión de los ciudadanos expresada en el comicio dentro de los treinta días posteriores a la sanción de la reglamentación mencionada en el artículo precedente.
Artículo 3º: el acto electoral en el que la ciudadanía deberá emitir su voto acerca del Proyecto de Ley, se realizará el 28 de octubre de 2009, simultáneamente con los comicios para la renovación de mandatos legislativos nacionales convocados para esa fecha. Si esta fecha electoral fuese modificada, del mismo modo se modificará la fecha de la realización de la consulta popular, toda vez que ambas deben ser coincidentes.
Artículo 4º: El Poder Ejecutivo Nacional deberá reglamentar la presente Ley dentro de un plazo que permita la realización en la fecha indicada precedentemente, a cuyo fin podrán modificarse por esta única vez los plazos contenidos en el artículo 12 de la Ley 25.432. La reglamentación deberá contener el diseño de las boletas que se utilizarán en el comicio, las que deberán permitir al votante optar por si o por no en relación a la sanción del Proyecto de Ley transcripto en el Art. 2do, debiendo cumplimentar además con los requisitos señalados en los artículos 9,10,11,15, y 16 de la Ley 25.432.
Articulo 5º: Derógase el artículo 14 de la ley 25.432.
Artículo 6º: De forma.

FUNDAMENTOS:
La cuestión del agua no se agota en el manejo del servicio, se enmarca en un contexto más abarcador: “El agua es un Recurso Natural Estratégico, cuyo manejo está sujeto a decisiones políticas que debieran garantizar su sustentabilidad y preservación. Es decir: el agua no es una mercancía con valor de cambio fluctuante en el mercado, es un Derecho Humano Fundamental, inalienable y soberano del pueblo de cada Nación.
Creemos necesario reseñar algunos datos estadísticos que dan una idea cabal de la dimensión de la problemática a abordar:
-Sólo el dos por ciento del agua disponible en el mundo es dulce. Sin embargo, el alto grado de contaminación producido por diversos agentes, reduce sensiblemente ese porcentaje para determinar la cantidad de agua potable disponible.
-El 65% del consumo de agua dulce se destina a la agricultura, el 25% a la industria y sólo el 10% al consumo humano.
-Más de la mitad de los mayores ríos y lagos del mundo están seriamente contaminados y, en consecuencia, el agua que pueda extraerse de ellos no resulta apta para el consumo humano.
En un mundo donde el recurso escasea, su apropiación permite obtener fabulosas utilidades.
Estos datos resultan suficientemente ilustrativos de la magnitud del problema a nivel mundial, a la vez que permiten comprender el manejo de las grandes empresas multinacionales por lograr la apropiación del recurso y la monopolización de los servicios de distribución sin resguardos esenciales para los usuarios, especialmente en países pobres. Como vemos cuando hablamos del recurso agua, no nos referimos solamente a un problema de la naturaleza, sino fundamentalmente a una cuestión esencialmente política.
Es necesario que prevalezca una concepción acerca del agua y el saneamiento ambiental como bienes comunes sociales esencialmente ligados al derecho a la vida. El agua es un Derecho Humano Fundamental, inalienable y soberano del pueblo de cada Nación.
Así lo ha manifestado la declaración emitida en la primera gran conferencia mundial que se realizara en Mar del Plata en el año 1977, que expresaba: “Todo hombre tiene igual derecho al acceso al agua potable, en cantidad y calidad suficiente como para cubrir sus necesidades. Más recientemente, las jornadas que desarrolló la FAO en el año 2002 estuvieron presididas por la consigna “ SIN AGUA NO HAY ALIMENTOS”, mientras que en el FORO SOCIAL DEL AGUA 2003, se aprobó LA CARTA SOCIAL DEL AGUA que apuntó a la necesidad de realizar Foros Temáticos que profundicen la discusión y organización de la sociedad frente a los intereses económicos de los grupos trasnacionales que desean incluir el agua en los acuerdos de Libre Comercio ( En especial en la discusión sobre el ALCA).
Considerando que nuestros países detentan las mayores y más estratégicas reservas de agua del mundo, nos debemos posicionar para esta discusión global y preparar a la sociedad para afrontar esta lucha. La avidez de ganancias expresada a través del capitalismo salvaje que enarbola la “ideología neoliberal”, conduce a considerar este recurso soberano de cada nación, como una mercancía sujeta a las fluctuaciones del intercambio comercial. Es a partir de esta concepción como se llevan adelante las privatizaciones de estos servicios en muchos países del mundo, especialmente en países periféricos como el nuestro.
La disputa entre estas concepciones a trabado la formulación de declaraciones o medidas concretas en el seno de conferencias o foros convocados por organismos internacionales relacionados con esta cuestión, porque muchos de ellos se encuentran sujetos a la imposición, o bien coinciden con los puntos de vista de los organismos financieros internacionales, que buscan la privatización del recurso.
Podemos prever que, así como el agotamiento de las reservas de petróleo, el “oro negro”, autoriza a los señores del mundo a atacar al pueblo iraquí, se iniciarán, en los próximos años las guerras por el “oro azul”. En algunos lugares ya están preparando el terreno, por ejemplo, en la zona de la Triple Frontera de Brasil, Paraguay y Argentina, a la sazón, la zona de recarga más importante del Acuífero Guaraní. Las grandes corporaciones se articulan para dominar las reservas estratégicas de agua en América Latina, tienen intereses creados sobre el ACUIFERO GUARANI (una de lasa mayores reservas de agua pura del mundo, ubicada bajo el suelo de nuestros países).
A través de Consultores del BANCO MUNDIAL resolvieron invertir recursos técnicos y financieros en el PROYECTO DE PROTECCION AMBIENTAL Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL ACUIFERO GUARANI , con sede en Montevideo. A través de este Proyecto será posible hacerse del conocimiento acumulado durante años de investigaciones desarrolladas en diferentes universidades latinoamericanas así como ampliarlo con las nuevas. Con esa información estratégica, grandes grupos económicos podrán manejar sus inversiones en aquello que desean crear: el MERCADO DEL AGUA. Y, con eso, obtener gigantescos beneficios a través del control privado de nuestras reservas naturales.
Este nuevo programa del BANCO MUNDIAL, además de ser un riesgo para la posibilidad de acceso a nuestras aguas por parte de toda la población, es un riesgo para la SOBERANIA DE LOS PUEBLOS.
Con la presión de los EEUU para acelerar la creación del ALCA (Área de Libre Comercio de las Américas), las políticas aprobadas por el Banco Mundial en los países pobres han sido la reproducción de las recetas del F.M.I. que resultan en un aumento del nivel de dependencia de los países en relación a la especulación financiera.
A la luz de estas reflexiones deberíamos analizar las políticas públicas sustentadas por el Estado Argentino en las dos últimas décadas con respecto a esta materia. Como todos sabemos la hegemonía de las políticas neo-liberal-conservadores que imperaron durante los gobiernos de Carlos Menem trajeron como resultado la privatización de la casi totalidad de las empresas públicas de la época, entre las que se contó Obras Sanitarias de la Nación. Políticas similares fueron adoptadas por diversas provincias con idénticos resultados, es decir, la privatización de los servicios de agua potable y saneamiento en la que tuvieron activa participación consorcios internacionales que se adueñaron de la prestación de estos servicios. Las consecuencias más visibles, fueron la sideral elevación del costo de estos servicios, el incumplimiento de cláusulas contractuales por las que se debían realizar obras imprescindibles para la extensión de estos servicios y el corte de suministros. Privaron de este derecho humano a millares de habitantes de nuestro país.
Además las empresas prestadoras, con la complicidad de los funcionarios públicos responsables de estas áreas, condujeron a contratos con cláusulas verdaderamente leoninas que aseguraban ganancias superiores a la que se obtenía en otros países del mundo. Podríamos abundar en citas similares, pero creemos que las expuestas resultan suficientes para caracterizar la cuestión del agua como un asunto de importancia estratégica en el nuevo tablero mundial que se pretende diseñar a través de las reglas de juego de la “globalización”.
En nuestro país, los reiterados y graves incumplimientos en que ocurrió la Empresa Aguas Argentinas (controlada por la Multinacional Suez-Lyonnaise Des Eaux, con participación minoritaria de Aguas de Barcelona), son más que suficientes para fundamentar la rescisión de los contratos realizada por el Presidente Kirchner. Sin embargo aún persisten rémoras en algunas provincias de nuestro país que continúan con los servicios de agua potable privatizados.
Tal como lo hemos expresado en muchas oportunidades, la participación activa de la ciudadanía es indispensable para adoptar decisiones estratégicas que comprometen no sólo el presente, sino también el futuro de varias generaciones de argentinos. Por ello proponemos en el Proyecto de Ley que acompañamos la realización de una Consulta Popular para que la ciudadanía se expida no sólo acerca de la gestión de estos servicios, sino, fundamentalmente, sobre la consideración del agua como un Recurso Natural Estratégico, no enajenable.
Durante la última Cumbre de los Pueblos del MERCOSUR, realizada en Asunción del Paraguay paralelamente a la reunión de Presidentes, su declaración final expresa:

MANIFESTAMOS:
Que el agua, en todas sus formas es un bien social y no una mercancía. Que el acceso a la misma es un derecho humano fundamental e inalienable. El agua es un patrimonio de las comunidades, de los pueblos y de la humanidad, principio constitutivo de la vida en nuestro planeta.
La gestión y el control deben permanecer en el ámbito público, social, comunitario, participativo, con equidad y sin fin de lucro. Es obligación de todas las instituciones públicas locales, nacionales, regionales e internacionales, garantizar estas condiciones desde la planificación hasta el control final del proceso.
Creemos necesaria una gestión sustentable de los ecosistemas y la preservación del ciclo del agua mediante el ordenamiento territorial y ambiental.
Las cuencas hidrográficas son unidades integrales de gestión pública, factor de identidad y unión comunitaria, donde se debe hacer efectiva la participación ciudadana y de los pueblos.
(Cumbre de los Pueblos, Asunción del Paraguay, 28 de Junio de 2007).
Es imprescindible la necesidad de formular y ejecutar políticas públicas por parte de los Estados Nacionales para, por un lado, inscribir la preservación de los recursos acuíferos como un hito importante en la defensa de la soberanía nacional, y, por el otro, garantizar el acceso al agua potable a toda su población, por tratarse de un derecho humano esencial que no admite discriminaciones de ninguna índole.
La urgencia existente en la resolución de este problema nos lleva a concluir que esta Consulta no puede postergarse más allá de las próximas elecciones parlamentarias. No escapa a nuestro conocimiento que la Ley 25.432 reglamentaria del artículo 40 de la Constitución Nacional, establece en su artículo 14 que “el día fijado para la realización de una Consulta Popular no podrá coincidir con otro acto eleccionario”. Creemos que en el caso que no ocupa la urgencia de la resolución de esta cuestión así como el ahorro de los dineros públicos que representaría la realización de ambas elecciones en un mismo acto comicial, son argumentos suficientes para la derogación de este artículo.
En este sentido, es necesario facilitar los mecanismos que favorezcan la comparecencia al comicio más aún cuando, como en el caso que nos ocupa, se trata de emitir opinión sobre un tema fundamental para el desarrollo nacional y la defensa de la calidad de vida de la población. Por otra parte no creemos que resulte demasiado complejo para la ciudadanía emitir paralelamente su voto en el mismo acto, dado que el votante debe limitarse a marcar la elección si o no con relación a los ítems que incluye la consulta. De todos modos, para evitar incurrir en rigideces que puedan obstaculizar una adecuada instrumentación paralela de ambos actos eleccionarios facultamos al Poder Ejecutivo Nacional a reglamentar las cuestiones atinentes al acto electoral.
Tampoco podemos ignorar la vasta experiencia internacional en materia de formas de participación popular. En Italia, Suiza, diversos estados de los EEUU, Uruguay, etc. Se han realizado comicios para elegir representantes a los diversos estamentos del Estado simultáneamente con consultas populares, referéndum o plebiscitos en los que la ciudadanía se expidió sobre diversos temas de acuerdo con la estructura institucional de esos Estados, obteniéndose en la mayoría de los casos un alto porcentaje de asistencia comicial. Sin ir más lejos, hace poco más de dos años, se realizó en el Uruguay una Consulta Popular similar a la que proponemos.

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