Nueva Ley de Biocidas para el Chaco, con polémica

La Legislatura aprobó la nueva Ley de Biocidas

Fecha de Publicación
: 26/07/2012
Fuente: Data Chaco
Provincia/Región: Chaco


 
En el transcurso del tratamiento del despacho, los distintos bloques parlamentarios fueron planteando modificaciones a los 54 artículos que conforman esta sanción legislativa, que reunió el acompañamiento de la mayoría de los legisladores, quienes celebraron esta aprobación luego de más de un año de trabajo, a partir de la iniciativa remitida por el Ejecutivo provincial y donde fueron escuchados en distintos ámbitos los actores principales del sector productivo, a fin de tratar de conjugar lo que implica hoy la expansión de la producción, preservando los recursos naturales y la salud de la población.
La nueva norma establece que quedan comprendidos los actos derivados del expendio, aplicación aérea o terrestre, transporte, almacenamiento, fraccionamiento, formulación, fabricación, distribución, exhibición y operaciones que impliquen el manejo de herbicidas, fungicidas, acaricidas, fertilizantes, bactericidas, entre otros producto, además de insecticidas de uso doméstico y biocidas en general inscriptos y autorizados por el SENASA.
El organismo de aplicación de la ley será el Ministerio de Planificación y Ambiente, en coordinación con las carteras de Salud, Producción y los municipios, en el marco de la Ley Nacional Nº 25675 General de Ambiente y tratados internacionales.
Este organismo deberá publicar cada 6 meses en su página web y en los medios de comunicación, la nómina de biocidas inscriptos en el Ministerio de Agricultura de la Nación, los que serán reevaluados anualmente, mencionando aquellos productos que fueran de comercialización prohibida o aplicación restringida.
Asimismo, la norma regula lo referido al envasado y rotulado de los productos, otorga facultad al órgano de control a prohibir cualquier agroquímico de los cuales se prueben daños en seres vivos o el medio ambiente, de la disposición final que tendrán los envases que contengan agroquímicos, su almacenamiento, transporte, decomiso y destino de los productos decomisados, el acondicionamiento de los locales donde haya productos agroquímicos, la prohibición de venta en determinados comercios, la verificación, el ingreso, almacenamiento y egreso de productos agroquímicos.
En el apartado que establece las distancias y aplicaciones, la ley prohíbe la aplicación aérea de agroquímicos a una distancia inferior a 1500 metros de los centros urbanos, establecimientos educativos y sanitarios, reservas y reservorios de agua, en tanto que para las pulverizaciones terrestres se prohíbe la aplicación de productos a una distancia inferior a 500 metros.
Además, se menciona que la distancia establecida para las aplicaciones podrá reducirse si, en predios o en lotes en particular, pudieran establecerse y auditarse procedimientos, o circunstancias de tiempo y lugar, que permitieran fundamentar tal decisión sin poner en riesgo la salud de las personas o el ambiente.
En tales casos, el organismo de aplicación deberá asegurar el cumplimiento del Manual de Buenas Prácticas Agrícolas.
En cuanto a las sanciones, es faculta del organismo de aplicación la realización de inspecciones, extracción de muestras de agroquímicos, productos agropecuarios tratados o sus derivados y la constatación de las infracciones a la presente ley o a sus normas reglamentarias, pudiendo solicitar el auxilio de la fuerza pública cuando lo crea necesario y con orden del juez competente cuando fuere pertinente.

El debate
El diputado del Frente GrandeDaniel Trabalón sostuvo “este es uno de los temas centrales y una parte sustancial del debate que se esta dando con respecto a esta Ley de Biocidas, que en el fondo esconde otro debate que tiene que ver con el modelo productivo. Ya expresamos la decisión de plantear una propuesta alternativa y en ese marco vamos a plantear un articulo distinto, y tienen que ver con esta cuestión de cómo hacemos para reducir o disminuir los daños que este modelo genera sobre nuestras comunidades, sobre nuestros recursos naturales, teniendo en cuenta que el modelo en si mismo es nocivo”, afirmó.
Desde la bancada oficialista, el diputado Ricardo Sánchez consideró que “en este capítulo de las distancias y aplicaciones estamos en el nudo de esta norma. Pensamos que desde el Estado debemos garantizar la preservación del ambiente. Y sobre esa base vamos a establecer un principio preventivo sin perjuicio que en el artículo 27 establecemos las excepciones y en el artículo 28 la posibilidad de ampliar esa prohibición. Es como que los ejemplos que hemos tenido de daños se deben al mal uso del producto. Entonces es importante toda la tarea que la propia ley establece en cuanto a la aplicación a futuro del producto agrícola”.
El legislador sostuvo “vamos a ratificar el principio prohibitivo y dentro de esto establecer la diferencia entre la aplicación area con la terrestre, diferencia que no solo se va a dar en el Chaco, porque es necesario que exista un principio prohibitivo, así como sucede en otras provincias como Córdoba”.
El diputado del bloque Libres del Sur Carlos Martínez coincidió que este es uno de los temas centrales y respondió a Sánchez señalando que a pesar de nombrar antecedentes de legislación comparada “no queremos ir tan lejos porque si hay algo que uno viene repitiendo es que estamos en un estado de no cumplimiento de norma”. El legislador hizo hincapié en que “la población de nuestra provincia afectada por caso de malformaciones, leucemia y distintas enfermedades ha tenido que recurrir a la acción de amparo para proteger la vida de sus seres queridos”.


“Es una burla para los afectados por las pulverizaciones con agrotóxicos”

Carlos Martínez, diputado de Libres del Sur, se refirió al tratamiento de la modificación a la Ley de Biocidas que aprobó esta tarde la Legislatura provincial. Calificó el texto sancionado como “una burla hacia todos los sectores afectados por las pulverizaciones indiscriminadas con agrotóxicos”.
“Hoy el Gobierno Provincial, a través del Bloque Justicialista y con el acuerdo del Bloque de la Alianza, ha confirmado el doble discurso que tiene respecto a la cuestión ambiental”, acotó.
Lamentó Martínez, “en la forma en la que quedó redactado el texto legal no se puede decir que existan efectivamente distancias mínimas legales para la aplicación aérea de productos químicos en relación con centros poblados, escuelas, hospitales y otras áreas que pueden ser afectadas por los efectos nocivos de los mismos”.
El legislador explicó que “desde el momento en que la Ley prácticamente autoriza al Poder Ejecutivo a fijar por decreto las distancias mínimas para cada producto mediante supuestas ‘excepciones’, todo lo que se formule respecto a franjas mínimas de prohibición queda en letra muerta, con lo cual yo creo que estamos inclusive retrocediendo respecto a la Ley 3378 sancionada hace 23 años”.
Martínez destacó que el tema de las distancias “Constituyó la demanda central de los sectores de la sociedad, ambientalistas, vecinos, profesionales de la salud y científicos que concurrieron a la Audiencia Pública convocada por esta misma Legislatura, y en este acto los bloques mayoritarios han ignorado por completo ese planteo”
“Si a lo que ocurrió hoy le sumamos el hecho de que no existen hoy órganos de aplicación reales para la normativa ambiental bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Planificación” finalizó, “queda claro que desde el gobierno de Capitanich no hay interés en avanzar sobre la cuestión ambiental con medidas concretas y efectivas en estos casos puntuales, y ni que hablar de políticas integrales”.
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