Fuerte restricción a fumigaciones en localidad santafesina

 


Sastre: la Justicia prohibió fumigar con agroquímicos dentro de los mil metros del límite urbano

Fecha de Publicación
: 28/09/2020
Fuente: El Ciudadano
Provincia/Región: Santa Fe


El juez en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, Duilio Hail, resolvió hacer lugar al reclamo de los vecinos de la localidad de Sastre (departamento San Martín) y estableció un perímetro de mil metros desde el límite urbano en donde estará prohibida la aplicación de productos agroquímicos.
El fallo judicial responde a una acción de amparo colectiva a instancias de un grupo de vecinos representados por la Defensoría General de Rafaela y se funda en la prueba científica aportada a través de un informe de equipos científicos de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) que llevan adelante los llamados “campamentos sanitarios” desde el año 2010.
Los argumentos del fallo aluden al principio precautorio de la salud y el ambiente y a la tutela judicial efectiva frente a la incertidumbre que en el campo científico aún persiste en materia de daños a la salud ocasionados por los agroquímicos.
En la resolución, el magistrado destaca que “el objeto de este amparo está vinculado a la afectación del medio ambiente, con consecuencias lesivas para la salud y la vida de las personas” y, como tal, “el superior derecho a la salud y a un medio ambiente sano encuentra amplio acogimiento normativo en el plexo constitucional federal, los tratados internacionales y el artículo 19 de la Constitución provincial, que ampara la salud como derecho fundamental”.
El juez Hail aceptó como prueba científica los trabajos elaborados por el docente Damián Verzeñassi, director del Instituto de Salud Socioambiental de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNR, quien presentó un “riguroso informe con citas de copiosa bibliografía en la materia y elabora conclusiones en base a los llamados ‘campamentos sanitarios’ que fueron trabajos de campo in situ llevados a cabo incluso en la misma localidad de Sastre”.
El juez destacó en su fallo la existencia de enfermedades que solo pueden vincularse a la exposición a agroquímicos, el incremento de enfermedades respiratorias o manifestación de síntomas de Alzheimer o Parkinson a más corta edad.
También remarcó el aumento significativo de pérdidas de embarazos y señaló que el mayor porcentaje se corresponde con el primer trimestre de embarazo, el “período más susceptible a los impactos de agentes externos como los químicos”.
Uno de los puntos más importantes de la resolución tiene que ver con la determinación acerca de las fumigaciones como posibles causas de enfermedades o pérdidas de los embarazos. El informe presentado por el Dr. Verzeñassi remarca la “complejidad” para definir un nexo de causalidad único entre una sustancia y una determinada patología: “La acción combinada de varias sustancias químicas tiene la potencialidad de producir un efecto total más grande que el efecto de cada sustancia química por separado”.
“Incluso –sigue el documento– cuando se conocen los efectos resultantes de la combinación de dos contaminantes, la adición de una tercera variable hace que los efectos finales sean inciertos”. Allí radica la dificultad para demostrar si los productos son nocivos para la salud y el ambiente “ya que no existen trabajos científicos publicados que puedan probar esa supuesta inocuidad en contextos sinérgicos, en la vida real, por fuera de condiciones controladas de laboratorio”.

¿Y la nueva ley?
Mientras algunos distritos avanzan con políticas de restricción a los agroquímicos apoyadas en fallos judiciales, el debate legislativo por la nueva ley de fitosanitarios sigue estancado y no hay señales de que vaya a activarse en el corto plazo.
La Legislatura provincial ha estudiado en diversas ocasiones reformas a la actual ley de agroquímicos, sancionada en 1995 –un año antes de la autorización de la soja transgénica–, con el objetivo de establecer mayores límites a las fumigaciones. En tres ocasiones la Cámara de Diputados aprobó reformas en ese sentido y las tres veces terminaron cajoneadas en el Senado.
La última media sanción data de noviembre de 2019. La iniciativa de los diputados Santiago Mascheroni (UCR) y Gabriel Real (PDP) fue votada por todos los bloques políticos excepto Cambiemos. Luego fue girada al Senado, donde por falta de voluntad política nunca se llegó siquiera a estudiar en las comisiones internas.
El proyecto con media sanción establece nuevos límites a las fumigaciones terrestres y aéreas pero además divide el territorio provincial en tres zonas: rural (afectada a la producción agropecuaria en cualquiera de sus formas), suburbana (donde coexisten poblaciones en baja o regular densidad y actividades agropecuarias) y urbana (definida catastralmente como tal y en las que la densidad poblacional es alta o se encuentra en expansión).
En el capítulo que determina las sanciones se señala que habrá un plazo máximo de tres años a partir de la sanción definitiva de la ley para establecer la zonificación de la provincia y la prohibición definitiva de la aeroaplicación de agroquímicos en distancias inferiores a los 3000 metros en las zonas suburbanas y de 5000 metros en las zonas urbanas.
Durante aquel debate legislativo, el diputado del Frente Social y Popular Carlos Del Frade expuso cifras que dan cuenta del avance del negocio de los agroquímicos: “La producción sojera avanzó un 60% en superficie en el país, sin embargo el negocio del veneno ha crecido un 1000% de acuerdo a las cifras oficiales del INTA. Queda claro que el veneno es lo que más avanza para poder garantizar más rápidamente la producción, pero sin interesar los costos de ese adelantamiento. Costos que se ven en el empobrecimiento de la salud humana y del medio ambiente”.
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