Importante rescate de fauna en Santiago
Recuperan osos, aves y pumas en operativos
Fecha de Publicación: 11/07/2012
Fuente: Nuevo Diario
Provincia/Región: Santiago del Estero
Fueron liberados en el Parque Provincial, la Reserva de Copo y Areas Protegidas.
La Dirección General de Bosques y Fauna, perteneciente al Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras, informó que el pasado 5 de julio, en operativos de control en la provincia, se rescataron y liberaron 5 osos meleros y 3 hormigueros, 3 pumas, 500 aves canoras de diferentes especies y 500 loros habladores, los que fueron liberados en el Parque Provincial Copo, Reserva Provincial y Areas Protegidas.
Las tareas de control son continuas en la Dirección de Bosques.
Los lineamientos desde el Ministerio, que maneja el ingeniero Luis Fernando Gelid, son claros. De esta forma, el secuestro de especies amenazadas y/o protegidas forma parte de las acciones de la dirección.
Desde Bosques informaron que uno de los osos meleros recuperados se encontraba en cautiverio en una propiedad privada próxima a la localidad de Icaño (Dpto. Avellaneda).
Personal de la Subdirección de Fauna recibió la denuncia y llevó a cabo el procedimiento con el apoyo de personal policial de la Comisaría Nº 42 de Colonia Dora, recuperando un ejemplar hembra de unos 10 kilogramos que se encontraba encerrado en una pequeña jaula. También destacaron que “hay especies de la fauna autóctona que se encuentran amenazadas y deben ser protegidas. Si se las mantiene en cautiverio, las posibilidades de supervivencia son bajas, y tomarlas como mascotas puede implicar riesgos para las personas, por ser animales silvestres. La Ley Provincial Nº 4802 Protección a la Fauna Silvestre prohibe su comercialización y tráfico ilegal”.
Finalmente, recordaron a la población que “sin compradores, no hay vendedores”.
Para mayor información o denuncias, dirigirse a Dirección General de Bosques y Fauna, Independencia Nº 475, Capital de Santiago del Estero. Tel. (0385) 421 8391/ 421 3764 Int. 112-114, e-mail: direfo_ comunicacion@yahoo.com.ar.
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Fecha de Publicación: 11/07/2012
Fuente: Nuevo Diario
Provincia/Región: Santiago del Estero
Fueron liberados en el Parque Provincial, la Reserva de Copo y Areas Protegidas.
La Dirección General de Bosques y Fauna, perteneciente al Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras, informó que el pasado 5 de julio, en operativos de control en la provincia, se rescataron y liberaron 5 osos meleros y 3 hormigueros, 3 pumas, 500 aves canoras de diferentes especies y 500 loros habladores, los que fueron liberados en el Parque Provincial Copo, Reserva Provincial y Areas Protegidas.
Las tareas de control son continuas en la Dirección de Bosques.
Los lineamientos desde el Ministerio, que maneja el ingeniero Luis Fernando Gelid, son claros. De esta forma, el secuestro de especies amenazadas y/o protegidas forma parte de las acciones de la dirección.
Desde Bosques informaron que uno de los osos meleros recuperados se encontraba en cautiverio en una propiedad privada próxima a la localidad de Icaño (Dpto. Avellaneda).
Personal de la Subdirección de Fauna recibió la denuncia y llevó a cabo el procedimiento con el apoyo de personal policial de la Comisaría Nº 42 de Colonia Dora, recuperando un ejemplar hembra de unos 10 kilogramos que se encontraba encerrado en una pequeña jaula. También destacaron que “hay especies de la fauna autóctona que se encuentran amenazadas y deben ser protegidas. Si se las mantiene en cautiverio, las posibilidades de supervivencia son bajas, y tomarlas como mascotas puede implicar riesgos para las personas, por ser animales silvestres. La Ley Provincial Nº 4802 Protección a la Fauna Silvestre prohibe su comercialización y tráfico ilegal”.
Finalmente, recordaron a la población que “sin compradores, no hay vendedores”.
Para mayor información o denuncias, dirigirse a Dirección General de Bosques y Fauna, Independencia Nº 475, Capital de Santiago del Estero. Tel. (0385) 421 8391/ 421 3764 Int. 112-114, e-mail: direfo_ comunicacion@yahoo.com.ar.
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Mapuches apelarán juicio a industria minera
Mapuches apelarán por juicio a la mina
Fecha de Publicación: 10/07/2012
Fuente: La Mañana de Neuquén
Provincia/Región: Neuquén
La comunidad mapuche Mellao Morales de Loncopué apelará la decisión judicial de caducar un litigio que inició a la empresa Cormine, que tiene un contrato paralizado para explotar la mina de Campana Mahuida.
"La decisión de la jueza no está firme y, como no la compartimos, será objeto de recurso de apelación", explicó Cristian Hendrickse, abogado de la comunidad, respecto de la decisión del Juzgado Civil Nº4.
Señaló que, debido a la complejidad de la causa, el expediente volvió al Juzgado en abril de 2012."Mal puede impulsarse un proceso que no se encontraba en la Secretaría del Juzgado", argumentó.
"La demora en la tramitación de la causa no resulta imputable a la comunidad Mellao Morales", añadió.
"Entendemos que la mediatización de una resolución que no se encuentra firme y que aniquila los derechos de la comunidad Mellao Morales se dirige a influir en el ánimo de los vocales del Tribunal Superior de Justicia, quienes en estos días deben decidir sobre la cautelar que mantiene la suspensión del proyecto minero", señaló Hendrickse.
La comunidad expresa que Cormine vendió la concesión de explotación del suelo sin su previa consulta, establecida en los Tratados Internacionales. El emprendimiento obligaría a mudar a toda la comunidad porque su suelo sería dinamitado, según explicaron.
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Fecha de Publicación: 10/07/2012
Fuente: La Mañana de Neuquén
Provincia/Región: Neuquén
La comunidad mapuche Mellao Morales de Loncopué apelará la decisión judicial de caducar un litigio que inició a la empresa Cormine, que tiene un contrato paralizado para explotar la mina de Campana Mahuida.
"La decisión de la jueza no está firme y, como no la compartimos, será objeto de recurso de apelación", explicó Cristian Hendrickse, abogado de la comunidad, respecto de la decisión del Juzgado Civil Nº4.
Señaló que, debido a la complejidad de la causa, el expediente volvió al Juzgado en abril de 2012."Mal puede impulsarse un proceso que no se encontraba en la Secretaría del Juzgado", argumentó.
"La demora en la tramitación de la causa no resulta imputable a la comunidad Mellao Morales", añadió.
"Entendemos que la mediatización de una resolución que no se encuentra firme y que aniquila los derechos de la comunidad Mellao Morales se dirige a influir en el ánimo de los vocales del Tribunal Superior de Justicia, quienes en estos días deben decidir sobre la cautelar que mantiene la suspensión del proyecto minero", señaló Hendrickse.
La comunidad expresa que Cormine vendió la concesión de explotación del suelo sin su previa consulta, establecida en los Tratados Internacionales. El emprendimiento obligaría a mudar a toda la comunidad porque su suelo sería dinamitado, según explicaron.
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La agricultura de Argentina no es sustentable
El Inta de Casilda advierte que la soja está destruyendo el suelo de Santa Fe
Fecha de Publicación: 10/07/2012
Fuente: La Capital
Provincia/Región: Santa Fe
El ingeniero agrónomo Fernando Martínez sostiene que la explotación de los campos no prevé la restitución de nutrientes esenciales. "La diferencia de nuetra tierra con otras es que se la aguanta", dijo
"Lo que se hace en esta zona es explotación agropecuaria. Explotar es destruir y lo que se destruye es el suelo, despacito, pero se lo va destruyendo. Este es un modelo del que no podemos jactarnos los argentinos". La reflexión pertenece al ingeniero agrónomo Fernando Martínez, titular del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta) de Casilda, quien manifestó que la explotación de la tierra que se hace en la actualidad no prevé la reposición de los nutrientes que se extraen por ese cultivo.
En declaraciones al programa "La barra de Casal" de La Red, el especialista aclaró que la pampa húmeda "tardará siglos en convertirse en un desierto" porque la característica principal de esta tierra "es que se la aguanta".
"Los suelos se van quedando cortos de nitrógeno. Podemos cultivar soja porque la soja independiza nitrógeno del suelo, pero la soja se lleva fósforo, azufre y magnesio. Esto lo designamos en Casilda como costos ocultos porque no aparecen en la contabilidad de nadie. Se sacan nutrientes de los sueños como si fuera una cuenta bancaria con fondos ilimitados", manifestó el ingeniero agrónomo.
El especialista encuentra las explicaciones a este proceso de degradación muy atrás en el tiempo. "Ese es el modelo agrícola de 1880. Saquémosle el jugo al suelo y después nos volvemos a Italia. Lo último no funciona porque no podemos volver a Italia, esto lo digo sin apuntarle a ninguna colectividad. Pero desde las asociaciones gremiales de productores hasta propietarios de campos, dicen que tienen una explotación agropecuaria. A esa gente habría que sacarle el campo porque no entienden nada. El suelo no se explota. Se puede utilizar, pero no explotarlo como un yacimiento de algo hasta que lo agotás. Al suelo tenés que hacerle cultivo que le aporten rastrojo en superficie y raíces por dentro del suelo para mantener el nivel de materia orgánica".
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La Argentina sólo repone el 37% de los nutrientes del suelo
Fecha de Publicación: 10/07/2012
Fuente: Biodiversidad en América Latina y El Caribe
Provincia/Región: Nacional
En cada barco de 40 mil toneladas exportadas de grano de soja se pierden aproximadamente 4.000 de nutrientes. Para los especialistas, es el “costo oculto” de la agricultura argentina.
Un estudio del INTA Casilda –Santa Fe– aseguró que, por cada carguero que lleva soja al exterior, se pierden miles de toneladas de nutrientes de los suelos argentinos; esos nutrientes, además, no son repuestos. Para Fernando Martínez, jefe de esa unidad del INTA, “cada 40 mil toneladas de grano de soja se exportan hasta 8.700 de fertilizantes, de las que sólo se reponen el 37 por ciento”.
La especialista Graciela Cordone, también del INTA Casilda, detalló que en un barco cargado con 40.000 toneladas de soja se exportan 3.576 toneladas de nutrientes. Si la carga es de trigo, los nutrientes se cuentan por 1.176 toneladas y, en el caso del maíz, 966.
Los especialistas coinciden en que las 3.576 toneladas de nutrientes extraídos –nitrógeno, fósforo, azufre, potasio y magnesio– se equiparan a 8.735 toneladas de fertilizantes –urea, superfosfato simple, cloruro de potasio y sulfato de magnesio–. Una tonelada de fertilizante tiene un costo promedio de unos 450 dólares, lo que generaría una descapitalización de, al menos, 3 millones de dólares por barco.
La técnica de Casilda graficó la pérdida: “Necesitaríamos 300 camiones para cargar los fertilizantes que contienen los nutrientes que se exportan en cada barco: de cada tres unidades de nutrientes sólo se repone una”.
“Hay que generar conciencia y cuantificar el valor económico de los recursos naturales a partir del cuidado de la materia orgánica del suelo que es un componente y a la vez un indicador de su calidad. Esto aún no es considerado como un hecho preocupante debido a las excelentes condiciones productivas del suelo argentino”, advirtió Cordone.
En esta línea, Martínez agregó: “Tenemos un suelo tan fértil que no se toma conciencia de la importancia de mantener la fertilidad mediante el agregado de nutrientes que comienzan a faltar. Mientras el negocio sea rentable, no se dimensionará que todo se termina y el suelo, que es el gran soporte de la agroindustria, también se terminará”.
“La materia orgánica es un factor fundamental en la cadena agroindustrial”, aseguró la técnica del INTA. Por esto llaman ‘costo oculto’ a las pérdidas de producción, industrialización y de derechos de exportación ocasionadas por la disminución de materia orgánica y nutrientes en el suelo.
En este contexto, el jefe del INTA Casilda comparó la situación nacional con la de Brasil y aseguró que allí “un productor sojero debe invertir más de 400 dólares por hectárea en fertilizantes para producir 4.000 kilos de la oleaginosa en un suelo rentable. Un argentino logra el mismo rendimiento por hectárea con 40 dólares, un costo 10 veces menor”.
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Fecha de Publicación: 10/07/2012
Fuente: La Capital
Provincia/Región: Santa Fe
El ingeniero agrónomo Fernando Martínez sostiene que la explotación de los campos no prevé la restitución de nutrientes esenciales. "La diferencia de nuetra tierra con otras es que se la aguanta", dijo
"Lo que se hace en esta zona es explotación agropecuaria. Explotar es destruir y lo que se destruye es el suelo, despacito, pero se lo va destruyendo. Este es un modelo del que no podemos jactarnos los argentinos". La reflexión pertenece al ingeniero agrónomo Fernando Martínez, titular del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (Inta) de Casilda, quien manifestó que la explotación de la tierra que se hace en la actualidad no prevé la reposición de los nutrientes que se extraen por ese cultivo.
En declaraciones al programa "La barra de Casal" de La Red, el especialista aclaró que la pampa húmeda "tardará siglos en convertirse en un desierto" porque la característica principal de esta tierra "es que se la aguanta".
"Los suelos se van quedando cortos de nitrógeno. Podemos cultivar soja porque la soja independiza nitrógeno del suelo, pero la soja se lleva fósforo, azufre y magnesio. Esto lo designamos en Casilda como costos ocultos porque no aparecen en la contabilidad de nadie. Se sacan nutrientes de los sueños como si fuera una cuenta bancaria con fondos ilimitados", manifestó el ingeniero agrónomo.
El especialista encuentra las explicaciones a este proceso de degradación muy atrás en el tiempo. "Ese es el modelo agrícola de 1880. Saquémosle el jugo al suelo y después nos volvemos a Italia. Lo último no funciona porque no podemos volver a Italia, esto lo digo sin apuntarle a ninguna colectividad. Pero desde las asociaciones gremiales de productores hasta propietarios de campos, dicen que tienen una explotación agropecuaria. A esa gente habría que sacarle el campo porque no entienden nada. El suelo no se explota. Se puede utilizar, pero no explotarlo como un yacimiento de algo hasta que lo agotás. Al suelo tenés que hacerle cultivo que le aporten rastrojo en superficie y raíces por dentro del suelo para mantener el nivel de materia orgánica".
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La Argentina sólo repone el 37% de los nutrientes del suelo
Fecha de Publicación: 10/07/2012
Fuente: Biodiversidad en América Latina y El Caribe
Provincia/Región: Nacional
En cada barco de 40 mil toneladas exportadas de grano de soja se pierden aproximadamente 4.000 de nutrientes. Para los especialistas, es el “costo oculto” de la agricultura argentina.
Un estudio del INTA Casilda –Santa Fe– aseguró que, por cada carguero que lleva soja al exterior, se pierden miles de toneladas de nutrientes de los suelos argentinos; esos nutrientes, además, no son repuestos. Para Fernando Martínez, jefe de esa unidad del INTA, “cada 40 mil toneladas de grano de soja se exportan hasta 8.700 de fertilizantes, de las que sólo se reponen el 37 por ciento”.
La especialista Graciela Cordone, también del INTA Casilda, detalló que en un barco cargado con 40.000 toneladas de soja se exportan 3.576 toneladas de nutrientes. Si la carga es de trigo, los nutrientes se cuentan por 1.176 toneladas y, en el caso del maíz, 966.
Los especialistas coinciden en que las 3.576 toneladas de nutrientes extraídos –nitrógeno, fósforo, azufre, potasio y magnesio– se equiparan a 8.735 toneladas de fertilizantes –urea, superfosfato simple, cloruro de potasio y sulfato de magnesio–. Una tonelada de fertilizante tiene un costo promedio de unos 450 dólares, lo que generaría una descapitalización de, al menos, 3 millones de dólares por barco.
La técnica de Casilda graficó la pérdida: “Necesitaríamos 300 camiones para cargar los fertilizantes que contienen los nutrientes que se exportan en cada barco: de cada tres unidades de nutrientes sólo se repone una”.
“Hay que generar conciencia y cuantificar el valor económico de los recursos naturales a partir del cuidado de la materia orgánica del suelo que es un componente y a la vez un indicador de su calidad. Esto aún no es considerado como un hecho preocupante debido a las excelentes condiciones productivas del suelo argentino”, advirtió Cordone.
En esta línea, Martínez agregó: “Tenemos un suelo tan fértil que no se toma conciencia de la importancia de mantener la fertilidad mediante el agregado de nutrientes que comienzan a faltar. Mientras el negocio sea rentable, no se dimensionará que todo se termina y el suelo, que es el gran soporte de la agroindustria, también se terminará”.
“La materia orgánica es un factor fundamental en la cadena agroindustrial”, aseguró la técnica del INTA. Por esto llaman ‘costo oculto’ a las pérdidas de producción, industrialización y de derechos de exportación ocasionadas por la disminución de materia orgánica y nutrientes en el suelo.
En este contexto, el jefe del INTA Casilda comparó la situación nacional con la de Brasil y aseguró que allí “un productor sojero debe invertir más de 400 dólares por hectárea en fertilizantes para producir 4.000 kilos de la oleaginosa en un suelo rentable. Un argentino logra el mismo rendimiento por hectárea con 40 dólares, un costo 10 veces menor”.
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Denuncian que la minería ya daño glaciares
Denuncian que la minería ya ha provocado daños en glaciares
Fecha de Publicación: 09/07/2012
Fuente: Los Andes
Provincia/Región: San Juan
Abogados ambientalistas aseguran que en los proyectos de Veladero y Pascua Lama se han afectado campos de hielo. Desde el 3 de julio pasado las mineras deben adecuarse a la Ley de Glaciares.
El desarrollo de proyectos mineros sobre los glaciares y el ambiente periglacial cordillerano provocó "grandes daños ambientales, muchos de ellos de carácter irreversible", aseguró hoy Enrique Viale, integrante de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA).
"La actividad se realiza sobre glaciares y el ambiente periglacial, en flagrante violación de la Ley de Glaciares", opinó Viale.
El abogado ambientalista señaló que esta situación se da desde que en noviembre de 2008 la presidenta Cristina Fernández, por medio del decreto 1.837, vetó la denominada Ley de Glaciares votada en forma unánime por el Congreso Nacional y promulgada dos años después tras modificaciones en el texto original.
"Desde el veto presidencial, en los proyectos de Veladero y Pascua-Lama (San Juan), se han cometido grandes daños ambientales, muchos de ellos de carácter irreversibles", afirmó.
Viale indicó que ambos emprendimientos "están operando sobre glaciares y ambiente periglacial tal como se desprende de los Informes Impacto Ambiental realizados por la propia empresa" a cargo de las iniciativas.
La empresa minera Barrick, a cargo de los proyectos mineros en la Cordillera, dijo días atrás que sus "actividades no se realizan en glaciares" y "cumple en todo con sus respectivas aprobaciones ambientales, incluyendo la legislación provincial para la protección" de los hielos cordilleranos, señaló el vicepresidente regional de Asuntos Corporativos de Barrick para Sudamérica, Rodrigo Jiménez Castellanos.
El 3 de julio pasado, la Corte Suprema de Justicia puso en vigencia la Ley de Glaciares, que protege reservorios de agua y limita desde las zonas periglaciares la actividad minera a cielo abierto, considerada contaminante, al revocar medidas cautelares dictadas en San Juan que frenaban su aplicación.
Los informes de las compañías mineras, dijo Viale, "confiesan que su actividad se realiza sobre glaciares y ambiente periglacial". "Por eso su empeño en quitarle validez a la norma, porque saben que están violando la ley", señaló el abogado.
Al respecto, Viale recordó que varias organizaciones ambientales, entre ellas Greenpeace, presentaron sendos pedidos a la Corte Suprema para que ordene el "inmediato cese" de los trabajos de Veladero y Pascua Lama, éste último proyecto encarado en forma conjunta entre la Argentina y Chile.
La resolución tomada días atrás por el máximo tribunal también ordenó el inicio del inventario de glaciares.
El relevamiento, que abarcará a las zonas "prioritarias" cordilleranas, "no pueden demorar más de 180 días, atento lo establecido en el artículo 15 de la norma", resaltó Viale.
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Fecha de Publicación: 09/07/2012
Fuente: Los Andes
Provincia/Región: San Juan
Abogados ambientalistas aseguran que en los proyectos de Veladero y Pascua Lama se han afectado campos de hielo. Desde el 3 de julio pasado las mineras deben adecuarse a la Ley de Glaciares.
El desarrollo de proyectos mineros sobre los glaciares y el ambiente periglacial cordillerano provocó "grandes daños ambientales, muchos de ellos de carácter irreversible", aseguró hoy Enrique Viale, integrante de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA).
"La actividad se realiza sobre glaciares y el ambiente periglacial, en flagrante violación de la Ley de Glaciares", opinó Viale.
El abogado ambientalista señaló que esta situación se da desde que en noviembre de 2008 la presidenta Cristina Fernández, por medio del decreto 1.837, vetó la denominada Ley de Glaciares votada en forma unánime por el Congreso Nacional y promulgada dos años después tras modificaciones en el texto original.
"Desde el veto presidencial, en los proyectos de Veladero y Pascua-Lama (San Juan), se han cometido grandes daños ambientales, muchos de ellos de carácter irreversibles", afirmó.
Viale indicó que ambos emprendimientos "están operando sobre glaciares y ambiente periglacial tal como se desprende de los Informes Impacto Ambiental realizados por la propia empresa" a cargo de las iniciativas.
La empresa minera Barrick, a cargo de los proyectos mineros en la Cordillera, dijo días atrás que sus "actividades no se realizan en glaciares" y "cumple en todo con sus respectivas aprobaciones ambientales, incluyendo la legislación provincial para la protección" de los hielos cordilleranos, señaló el vicepresidente regional de Asuntos Corporativos de Barrick para Sudamérica, Rodrigo Jiménez Castellanos.
El 3 de julio pasado, la Corte Suprema de Justicia puso en vigencia la Ley de Glaciares, que protege reservorios de agua y limita desde las zonas periglaciares la actividad minera a cielo abierto, considerada contaminante, al revocar medidas cautelares dictadas en San Juan que frenaban su aplicación.
Los informes de las compañías mineras, dijo Viale, "confiesan que su actividad se realiza sobre glaciares y ambiente periglacial". "Por eso su empeño en quitarle validez a la norma, porque saben que están violando la ley", señaló el abogado.
Al respecto, Viale recordó que varias organizaciones ambientales, entre ellas Greenpeace, presentaron sendos pedidos a la Corte Suprema para que ordene el "inmediato cese" de los trabajos de Veladero y Pascua Lama, éste último proyecto encarado en forma conjunta entre la Argentina y Chile.
La resolución tomada días atrás por el máximo tribunal también ordenó el inicio del inventario de glaciares.
El relevamiento, que abarcará a las zonas "prioritarias" cordilleranas, "no pueden demorar más de 180 días, atento lo establecido en el artículo 15 de la norma", resaltó Viale.
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ecosistemas,
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legislación y derecho ambiental,
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San Juan
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Entre Ríos analiza cambios en Ley de agrotóxicos
Ampliarían la zona de protección para fumigar con agroquímicos
Fecha de Publicación: 09/07/2012
Fuente: Diario Uno
Provincia/Región: Entre Ríos
En la Cámara de Senadores comenzó a analizarse un proyecto que intenta regular el uso de sustancias químicas en Entre Ríos y cuyo dato más saliente es, tal vez, que se propone ampliar la protección de las áreas urbanas, definiéndola como “la zona edificada de ciudades y pueblos de la provincia y su área circundante”, prohibiendo la fumigación a 1.000 metros de distancia.
En la Cámara alta se encuentra desde setiembre de 2009 un proyecto que propone modificar la vieja ley 6599, que tenía media sanción de Diputados, pero nunca fue tratado por el Senado.
Ante el complejo panorama que presenta el uso de agroquímicos, y especialmente la ausencia de controles eficientes, los senadores consideran que se debe hacer “un proyecto integral sobre la forma de administrar las sustancias químicas”, de acuerdo a la intención manifestada por el autor del proyecto, Enrique Cresto (FpV-Concordia).
Allí se propone crear un marco legal “cuyo objetivo es la Regulación del Uso de todas las Sustancias Químicas que se emplean en las actividades relacionadas a la Producción Agropecuaria, tanto en la tierra, como a través del aire y el agua” en el territorio entrerriano. Tiene como ejes centrales la defensa de la salud humana, del ecosistema, de los recursos naturales y de la producción agropecuaria y de terceros. Se hace responsable a quienes utilicen los mismos, de los daños que puedan ocasionarse por usos indebidos o contrarios a lo que disponga la norma que se propone.
El proyecto, de 25 artículos, incluye un glosario que identifica claramente a los actores del sistema y deberá ser tenido en cuenta al momento de reglamentar la ley.
Tasas y responsabilidades
Para incorporarse a los registros habrá que abonar una tasa cuyo producido será para sostener los procesos de fiscalización y control de cumplimiento en el manejo de las sustancias.
La autoridad de aplicación deberá, entre otras responsabilidades, ocuparse de controlar la fabricación, distribución, comercialización, almacenamiento, traslado y utilización de los agroquímicos, y deberá tener actualizados los registros de personas físicas o jurídicas, empresas involucradas en el manejo y aplicación de sustancias.
También deberá brindar toda la información relativa a las funciones de registro y control, dar a conocer aspectos (entre todos los partícipes de los procesos de aplicación) de las normas de seguridad ambiental en vigencia generadas por todos los niveles del Estado.
Deberá contar con un sistema de acceso rápido y permanente a la nómina de comercios registrados y empresas prestadoras de servicios, como así también ejercer funciones de policía sanitaria, en concordancia con el Colegio de Ingenieros.
Áreas Urbanas
Desde la autoridad provincial se deberá inspeccionar, fiscalizar y controlar el uso y aplicación de agroquímicos en áreas urbanas, lo que hará con la Dirección de Medio Ambiente y el Ministerio de Salud. Se precisa que se entiende por “área urbana” la zona edificada de ciudades y pueblos de la provincia y su área circundante hasta 1.000 metros del límite de edificación. Además, si se considera que hay peligro para la salud se podrá prohibir completamente el uso de agroquímicos.
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Fecha de Publicación: 09/07/2012
Fuente: Diario Uno
Provincia/Región: Entre Ríos
En la Cámara de Senadores comenzó a analizarse un proyecto que intenta regular el uso de sustancias químicas en Entre Ríos y cuyo dato más saliente es, tal vez, que se propone ampliar la protección de las áreas urbanas, definiéndola como “la zona edificada de ciudades y pueblos de la provincia y su área circundante”, prohibiendo la fumigación a 1.000 metros de distancia.
En la Cámara alta se encuentra desde setiembre de 2009 un proyecto que propone modificar la vieja ley 6599, que tenía media sanción de Diputados, pero nunca fue tratado por el Senado.
Ante el complejo panorama que presenta el uso de agroquímicos, y especialmente la ausencia de controles eficientes, los senadores consideran que se debe hacer “un proyecto integral sobre la forma de administrar las sustancias químicas”, de acuerdo a la intención manifestada por el autor del proyecto, Enrique Cresto (FpV-Concordia).
Allí se propone crear un marco legal “cuyo objetivo es la Regulación del Uso de todas las Sustancias Químicas que se emplean en las actividades relacionadas a la Producción Agropecuaria, tanto en la tierra, como a través del aire y el agua” en el territorio entrerriano. Tiene como ejes centrales la defensa de la salud humana, del ecosistema, de los recursos naturales y de la producción agropecuaria y de terceros. Se hace responsable a quienes utilicen los mismos, de los daños que puedan ocasionarse por usos indebidos o contrarios a lo que disponga la norma que se propone.
El proyecto, de 25 artículos, incluye un glosario que identifica claramente a los actores del sistema y deberá ser tenido en cuenta al momento de reglamentar la ley.
Tasas y responsabilidades
Para incorporarse a los registros habrá que abonar una tasa cuyo producido será para sostener los procesos de fiscalización y control de cumplimiento en el manejo de las sustancias.
La autoridad de aplicación deberá, entre otras responsabilidades, ocuparse de controlar la fabricación, distribución, comercialización, almacenamiento, traslado y utilización de los agroquímicos, y deberá tener actualizados los registros de personas físicas o jurídicas, empresas involucradas en el manejo y aplicación de sustancias.
También deberá brindar toda la información relativa a las funciones de registro y control, dar a conocer aspectos (entre todos los partícipes de los procesos de aplicación) de las normas de seguridad ambiental en vigencia generadas por todos los niveles del Estado.
Deberá contar con un sistema de acceso rápido y permanente a la nómina de comercios registrados y empresas prestadoras de servicios, como así también ejercer funciones de policía sanitaria, en concordancia con el Colegio de Ingenieros.
Áreas Urbanas
Desde la autoridad provincial se deberá inspeccionar, fiscalizar y controlar el uso y aplicación de agroquímicos en áreas urbanas, lo que hará con la Dirección de Medio Ambiente y el Ministerio de Salud. Se precisa que se entiende por “área urbana” la zona edificada de ciudades y pueblos de la provincia y su área circundante hasta 1.000 metros del límite de edificación. Además, si se considera que hay peligro para la salud se podrá prohibir completamente el uso de agroquímicos.
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El Riachuelo a 4 años del fallo de la CSJ
La limpieza del Riachuelo: hay avances pero todavía no frenan la contaminación
Fecha de Publicación: 08/07/2012
Fuente: Clarín
Provincia/Región: Capital - Buenos Aires
A cuatro años del fallo de la Corte, se notan progresos en la higiene de las márgenes y la superficie del agua. Pero ONG ambientalistas dicen que se permiten límites muy altos de vertidos industriales.
El 8 de julio de 2008, la Corte Suprema dictó un fallo histórico: condenó a los Gobiernos Nacional, de la Ciudad y de la Provincia a sanear el Riachuelo . Y designó al juez federal de Quilmes, Luis Armella para que vigile la ejecución de la sentencia. Al principio, los avances fueron escasos y los plazos de entre 30 días y seis meses fijados por la Corte para distintos objetivos se vencieron. Cuatro años después, las ONG del cuerpo colegiado que supervisa el cumplimiento del fallo afirman que hay progresos. Se hizo gran parte del camino de sirga, se relocalizaron asentamientos y se inspeccionó casi el 80% de las industrias de la zona. Ahora la preocupación son los límites de vertidos industriales permitidos que, según las ONG, son muy elevados y no frenan la contaminación .
El juez Armella está detrás de que se cumpla cada detalle de la sentencia. “Faltan cosas por hacer, pero después de cuatro años por primera vez hay un plan instalado y con continuidad –evalúa–. Es cierto que los plazos dispuestos por la Corte se vencieron, pero hubo que consolidar el ACUMAR (el organismo a cargo del plan de saneamiento) y que adaptar el fallo a la realidad. Lo más endeble es el control a las industrias”, dice el juez, que apela a multar a los funcionarios. Su último sancionado con $ 3.000, fue el director de Calidad Ambiental de Lanús.
Un avance fue el censo de las industrias de la cuenca. Según la Secretaría de Ambiente de la Nación, cuyo titular Juan José Mussi también preside el ACUMAR, hay 22.454 establecimientos, incluyendo 11.457 industriales. Inspeccionaron 17.518, el 78%, y descubrieron que 1.403 contaminaban . Hasta ahora, 767 presentaron Programas de Reconversión Industrial, pero sólo 50 se reconvirtieron .
En las ONG del cuerpo colegiado que supervisa el saneamiento, reconocen que desde 2011 hubo progresos. Pero ahora su preocupación son los límites de sustancias vertidas permitidas por la resolución 3 de 2009 del ACUMAR. “Para recuperar un río hay que estudiar cuál es su capacidad para recibir contaminantes –explica Raúl Estrada Oyuela, presidente de la Academia Argentina de Ciencias del Ambiente y miembro de la Asociación de Vecinos por La Boca–. Eso no se hizo con el Riachuelo. La resolución le inventó un uso para actividades recreativas pasivas y permite el vertido sin restricciones de compuestos nitrogenados, escherichia coli, cromo, plomo, cadmio, mercurio y arsénico”.
También se permite una presencia de oxígeno disuelto en el agua de menos de 2 miligramos, lo que no permite la vida de peces . Y acepta que haya aceites y grasas y distintas concentraciones de sulfuro, cianuro e hidrocarburos durante el 90% del tiempo. “Los límites para el vertido de sustancias contaminantes están determinados por concentración, en miligramos por litro, pero no está limitado cuántos litros se pueden tirar”, detalla Consuelo Bilbao, de Greenpeace.
Andrés Nápoli, de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) observa: “El fallo se va cumpliendo, porque hay mucha voluntad del juzgado de Quilmes y de la Corte. Pero la legislación vigente presenta deficiencias , sobre todo en materia de vertidos, que podrían conducir a la paradoja de que, aún cuando todas las empresas se ajustasen a lo normado, el Riachuelo siga contaminado . Hay que modificar la resolución que establece los objetivos de calidad de agua, para implementar un sistema de control con límites progresivos a la cantidad total de contaminantes enviados al Riachuelo”.
Armella subraya que se empezó desde cero. “Hay que fijar metas graduales. Este es un proceso”, dice. La normativa prevé la revisión periódica de “los usos y objetivos de calidad para su mejor adecuación a los nuevos escenarios que se planteen”.
Clarín pidió hablar con Mussi, pero sus voceros se excusaron diciendo que está de viaje.
“La labor de Armella es encomiable y nos satisface que exista el ACUMAR, al que le podemos exigir. Pero los volcados industriales tienen que tender a cero”, reclama Alfredo Alberti, de Vecinos por La Boca. Bilbao, de Greenpeace, admite: “Hay avances, sobre todo en la limpieza de márgenes y superficial de aguas, y en las relocalizaciones de algunos asentamientos y de La Saladita. Eso es positivo, si tenemos en cuenta que el Riachuelo estuvo olvidado por 200 años”.
El punto débil: apenas 50 de las 1.403 industrias se reconvirtieron
Son datos de la Secretaría de Ambiente de la Nación. Mudaron sólo al 10% de la gente que vive en las orillas.
Esto es lo que se hizo hasta ahora para sanear el Riachuelo y cumplir el fallo, según informó la Secretaría de Ambiente de la Nación.
* Control industrial. Se empadronaron los 22.454 establecimientos e inspeccionaron al 78%. Hay 1.403 que contaminan, 767 de las cuales tienen planes de reconversión. Sólo 50 los concretaron.
* Relocalización de asentamientos. Relocalizaron a 334 familias de las casi 3.000 que estaban asentadas sobre la traza del camino de sirga o costero. Por otra parte, de las 17.771 viviendas proyectadas para relocalizar otras familias, hay 1.329 finalizadas y 6.147 en ejecución.
* Saneamiento de basurales. Erradicaron 184 basurales y trabajan sobre otros 34. Como parte del Plan Maestro de Gestión integral de Residuos Sólidos Urbanos, están instalando 14 ecopuntos o plantas de tratamiento, una por municipio. Y entregaron 17 camiones recolectores para la cuenca alta.
* Limpieza de márgenes y espejo de agua. Se limpiaron 276 kilómetros de márgenes, de un total de 317,28 kilómetros, mediante el trabajo de 2.125 cooperativistas. Fueron retiradas 12.891 toneladas de chatarra, 70 autos y 59 embarcaciones abandonados en el Riachuelo.
* Liberación del camino de sirga. El juez Luis Armella ordenó la liberación de un camino costero, tal como ordena el Código Civil, para recuperar el control sobre el río. Desalojaron 37 empresas y relocalizaron 5 asentamientos y también 12.000 puestos de La Saladita. Así liberaron 33.698 metros, equivalentes al 84% del camino. Pavimentaron el 55%.
* Saneamiento cloacal. Se están construyendo plantas depuradoras. La de Berazategui tiene un avance del 70% y, cuando esté lista a principios de 2013, beneficiará a 4 millones de habitantes. La Planta Sudoeste en Aldo Bonzi, La Matanza, ya está concluida y en funcionamiento, así como los colectores troncales y estaciones de bombeo. Permitirá incorporar a 300.000 usuarios. La obra de la planta de El Jagüel está avanzada en un 60% y estará lista en la segunda mitad de 2013 para extender la red a 150.000 vecinos. También se empezó a construir la planta depuradora Lanús, en el predio ACUBA, y la Fiorito, en Lomas. Mientras, las obras del colector Margen Izquierdo y el Emisario están en proceso de preadjudicación y la planta de tratamiento Dock Sud, en proceso de apertura de sobre de ofertas. También se están licitando dos de las seis estaciones de aireación que incorporarán oxígeno disuelto a las aguas del Riachuelo.
* Red de agua potable. Están construyendo las plantas potabilizadoras Paraná de las Palmas, 9 de Abril y Glew. La inversión prevista para plantas es de $ 2.952 millones para la cuenca baja y media y de $ 1.411 millones para la cuenca alta.
* Plan sanitario de emergencia. Se construyó el Hospital de Cañuelas. Hay 12 unidades sanitarias móviles, 15 unidades fijas y 4 laboratorios toxicológicos.
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Fecha de Publicación: 08/07/2012
Fuente: Clarín
Provincia/Región: Capital - Buenos Aires
A cuatro años del fallo de la Corte, se notan progresos en la higiene de las márgenes y la superficie del agua. Pero ONG ambientalistas dicen que se permiten límites muy altos de vertidos industriales.
El 8 de julio de 2008, la Corte Suprema dictó un fallo histórico: condenó a los Gobiernos Nacional, de la Ciudad y de la Provincia a sanear el Riachuelo . Y designó al juez federal de Quilmes, Luis Armella para que vigile la ejecución de la sentencia. Al principio, los avances fueron escasos y los plazos de entre 30 días y seis meses fijados por la Corte para distintos objetivos se vencieron. Cuatro años después, las ONG del cuerpo colegiado que supervisa el cumplimiento del fallo afirman que hay progresos. Se hizo gran parte del camino de sirga, se relocalizaron asentamientos y se inspeccionó casi el 80% de las industrias de la zona. Ahora la preocupación son los límites de vertidos industriales permitidos que, según las ONG, son muy elevados y no frenan la contaminación .
El juez Armella está detrás de que se cumpla cada detalle de la sentencia. “Faltan cosas por hacer, pero después de cuatro años por primera vez hay un plan instalado y con continuidad –evalúa–. Es cierto que los plazos dispuestos por la Corte se vencieron, pero hubo que consolidar el ACUMAR (el organismo a cargo del plan de saneamiento) y que adaptar el fallo a la realidad. Lo más endeble es el control a las industrias”, dice el juez, que apela a multar a los funcionarios. Su último sancionado con $ 3.000, fue el director de Calidad Ambiental de Lanús.
Un avance fue el censo de las industrias de la cuenca. Según la Secretaría de Ambiente de la Nación, cuyo titular Juan José Mussi también preside el ACUMAR, hay 22.454 establecimientos, incluyendo 11.457 industriales. Inspeccionaron 17.518, el 78%, y descubrieron que 1.403 contaminaban . Hasta ahora, 767 presentaron Programas de Reconversión Industrial, pero sólo 50 se reconvirtieron .
En las ONG del cuerpo colegiado que supervisa el saneamiento, reconocen que desde 2011 hubo progresos. Pero ahora su preocupación son los límites de sustancias vertidas permitidas por la resolución 3 de 2009 del ACUMAR. “Para recuperar un río hay que estudiar cuál es su capacidad para recibir contaminantes –explica Raúl Estrada Oyuela, presidente de la Academia Argentina de Ciencias del Ambiente y miembro de la Asociación de Vecinos por La Boca–. Eso no se hizo con el Riachuelo. La resolución le inventó un uso para actividades recreativas pasivas y permite el vertido sin restricciones de compuestos nitrogenados, escherichia coli, cromo, plomo, cadmio, mercurio y arsénico”.
También se permite una presencia de oxígeno disuelto en el agua de menos de 2 miligramos, lo que no permite la vida de peces . Y acepta que haya aceites y grasas y distintas concentraciones de sulfuro, cianuro e hidrocarburos durante el 90% del tiempo. “Los límites para el vertido de sustancias contaminantes están determinados por concentración, en miligramos por litro, pero no está limitado cuántos litros se pueden tirar”, detalla Consuelo Bilbao, de Greenpeace.
Andrés Nápoli, de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) observa: “El fallo se va cumpliendo, porque hay mucha voluntad del juzgado de Quilmes y de la Corte. Pero la legislación vigente presenta deficiencias , sobre todo en materia de vertidos, que podrían conducir a la paradoja de que, aún cuando todas las empresas se ajustasen a lo normado, el Riachuelo siga contaminado . Hay que modificar la resolución que establece los objetivos de calidad de agua, para implementar un sistema de control con límites progresivos a la cantidad total de contaminantes enviados al Riachuelo”.
Armella subraya que se empezó desde cero. “Hay que fijar metas graduales. Este es un proceso”, dice. La normativa prevé la revisión periódica de “los usos y objetivos de calidad para su mejor adecuación a los nuevos escenarios que se planteen”.
Clarín pidió hablar con Mussi, pero sus voceros se excusaron diciendo que está de viaje.
“La labor de Armella es encomiable y nos satisface que exista el ACUMAR, al que le podemos exigir. Pero los volcados industriales tienen que tender a cero”, reclama Alfredo Alberti, de Vecinos por La Boca. Bilbao, de Greenpeace, admite: “Hay avances, sobre todo en la limpieza de márgenes y superficial de aguas, y en las relocalizaciones de algunos asentamientos y de La Saladita. Eso es positivo, si tenemos en cuenta que el Riachuelo estuvo olvidado por 200 años”.
El punto débil: apenas 50 de las 1.403 industrias se reconvirtieron
Son datos de la Secretaría de Ambiente de la Nación. Mudaron sólo al 10% de la gente que vive en las orillas.
Esto es lo que se hizo hasta ahora para sanear el Riachuelo y cumplir el fallo, según informó la Secretaría de Ambiente de la Nación.
* Control industrial. Se empadronaron los 22.454 establecimientos e inspeccionaron al 78%. Hay 1.403 que contaminan, 767 de las cuales tienen planes de reconversión. Sólo 50 los concretaron.
* Relocalización de asentamientos. Relocalizaron a 334 familias de las casi 3.000 que estaban asentadas sobre la traza del camino de sirga o costero. Por otra parte, de las 17.771 viviendas proyectadas para relocalizar otras familias, hay 1.329 finalizadas y 6.147 en ejecución.
* Saneamiento de basurales. Erradicaron 184 basurales y trabajan sobre otros 34. Como parte del Plan Maestro de Gestión integral de Residuos Sólidos Urbanos, están instalando 14 ecopuntos o plantas de tratamiento, una por municipio. Y entregaron 17 camiones recolectores para la cuenca alta.
* Limpieza de márgenes y espejo de agua. Se limpiaron 276 kilómetros de márgenes, de un total de 317,28 kilómetros, mediante el trabajo de 2.125 cooperativistas. Fueron retiradas 12.891 toneladas de chatarra, 70 autos y 59 embarcaciones abandonados en el Riachuelo.
* Liberación del camino de sirga. El juez Luis Armella ordenó la liberación de un camino costero, tal como ordena el Código Civil, para recuperar el control sobre el río. Desalojaron 37 empresas y relocalizaron 5 asentamientos y también 12.000 puestos de La Saladita. Así liberaron 33.698 metros, equivalentes al 84% del camino. Pavimentaron el 55%.
* Saneamiento cloacal. Se están construyendo plantas depuradoras. La de Berazategui tiene un avance del 70% y, cuando esté lista a principios de 2013, beneficiará a 4 millones de habitantes. La Planta Sudoeste en Aldo Bonzi, La Matanza, ya está concluida y en funcionamiento, así como los colectores troncales y estaciones de bombeo. Permitirá incorporar a 300.000 usuarios. La obra de la planta de El Jagüel está avanzada en un 60% y estará lista en la segunda mitad de 2013 para extender la red a 150.000 vecinos. También se empezó a construir la planta depuradora Lanús, en el predio ACUBA, y la Fiorito, en Lomas. Mientras, las obras del colector Margen Izquierdo y el Emisario están en proceso de preadjudicación y la planta de tratamiento Dock Sud, en proceso de apertura de sobre de ofertas. También se están licitando dos de las seis estaciones de aireación que incorporarán oxígeno disuelto a las aguas del Riachuelo.
* Red de agua potable. Están construyendo las plantas potabilizadoras Paraná de las Palmas, 9 de Abril y Glew. La inversión prevista para plantas es de $ 2.952 millones para la cuenca baja y media y de $ 1.411 millones para la cuenca alta.
* Plan sanitario de emergencia. Se construyó el Hospital de Cañuelas. Hay 12 unidades sanitarias móviles, 15 unidades fijas y 4 laboratorios toxicológicos.
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El problema sin ley de los residuos electrónicos
Reciclaje de desechos tecno
Fecha de Publicación: 07/07/2012
Fuente: Clarín
Provincia/Región: Nacional
El descarte de aparatos electricos y computadoras genera residuos altamente toxicos. algunos countries y barrios cerrados ya tienen planes para reciclar la basura, pero no la electronica.
Los expertos piensan en los barrios cerrados y countries como lugares perfectos para iniciativas que busquen separar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). “Si tenemos en cuenta las condiciones socioeconómicas, es un grupo clave para desarrollar un plan piloto de recolección diferenciada de residuos, no sólo de RAEE, sino también de otros reciclables como el plástico o el papel”, sostiene Verónica Calona, responsable de Asuntos Institucionales y Medio Ambiente de Silkers, dedicados a la disposición sustentable de la basura electrónica En Nordelta, por ejemplo, hace más de cinco años que sus más de 13.000 habitantes separan unas 360 toneladas de basura por mes en secos, orgánicos y verdes (de poda). “El 41% se transforma en compost, el 12% se recicla y así, menos del 47% llega al Ceamse”, detalla Pablo Segura, gerente general de la Asociación Vecinal Nordelta. Pero a pesar de ese avance todavía no cuentan con programas de gestión de RAEE, una situación que se repite en el resto de los barrios cerrados.
“Nosotros levantamos poco y nada (de RAEE). Lo llevamos a nuestro centro de reciclado y lo que se puede reparar se lo damos a alguno de los integrantes como parte de la política social de la cooperativa. Lo que no, se queda en el galpón. Es que el Ceamse no tiene un lugar específico para estas cosas”, confirma Adrián Sciortino, supervisor de Creando Conciencia, a cargo de los residuos en Santa Bárbara, Talar del Lago, Talar de Pacheco, La Comarca y Nordelta.
Lo que sucede hoy es que ni las empresas ni los vecinos tienen un marco normativo específico al que puedan ajustarse con esos residuos obsoletos: hasta ahora en el Congreso Nacional la “ley de basura electrónica” sólo cuenta con media sanción del Senado, y el Ejecutivo, aunque promulgó la ley 14.321, todavía no la reglamentó.
Al no existir un sistema de gestión que permita desechar los RAEE sin que vayan a parar al relleno sanitario, muchos vecinos optan por donarlos a distintas ONG o los ubican en el mercado de bienes usados. Juan Martin Ravettini, uno de los responsables de Qué Reciclo, una empresa que recupera PCs en desuso en barrios cerrados, lo resume: “Es un beneficio para todos: la gente me da los materiales, yo les sumo mi tiempo y entre todos ayudamos a que haya menos contaminación. Además, los monitores recuperados se venden a $ 35, lo que da acceso a más personas a la tecnología.” El problema radica, según advierten los ambientalistas, en que no todos los que con buena voluntad acometen la tarea de manipular estos residuos se encuentran en condiciones seguras de hacerlo. Con todo, sólo 10% del total del RAEE llega a ser reciclado, según calculan en Greenpeace, en base a estimaciones realizadas por distintas empresas del sector, consultoras y la Cámara Argentina de Máquinas de Oficina, Comerciales y Afines. Otro 50% permanece arrumbado en casas, oficinas y depósitos y, según las mismas proyecciones, el 40% restante termina en el relleno sanitario con el resto de la basura doméstica.
El año pasado recibió media sanción del Senado de la Nación y todavía espera ser tratada por la Cámara Baja. Está pensada para que las empresas fabricantes e importadoras de todo tipo de productos eléctricos y electrónicos se hagan cargo de los residuos al establecer lugares en donde los consumidores puedan dejarlos.
“Son las empresas las que deben hacerse cargo del pasivo ambiental”, advierte Consuelo Bilbao, coordinadora de Greenpeace, y continúa: “Municipalidades como la de Buenos Aires, que con buena intención se hicieron responsables de la recolección de pilas, después tuvieron un enorme dolor de cabeza a la hora de disponer de esos residuos. Por eso es que el que contamina debe pagar, porque al ser esto parte del costo de producción, tal como se comprobó en Europa, se ven obligados a disminuir el impacto ambiental”.
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Fecha de Publicación: 07/07/2012
Fuente: Clarín
Provincia/Región: Nacional
El descarte de aparatos electricos y computadoras genera residuos altamente toxicos. algunos countries y barrios cerrados ya tienen planes para reciclar la basura, pero no la electronica.
Los expertos piensan en los barrios cerrados y countries como lugares perfectos para iniciativas que busquen separar los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). “Si tenemos en cuenta las condiciones socioeconómicas, es un grupo clave para desarrollar un plan piloto de recolección diferenciada de residuos, no sólo de RAEE, sino también de otros reciclables como el plástico o el papel”, sostiene Verónica Calona, responsable de Asuntos Institucionales y Medio Ambiente de Silkers, dedicados a la disposición sustentable de la basura electrónica En Nordelta, por ejemplo, hace más de cinco años que sus más de 13.000 habitantes separan unas 360 toneladas de basura por mes en secos, orgánicos y verdes (de poda). “El 41% se transforma en compost, el 12% se recicla y así, menos del 47% llega al Ceamse”, detalla Pablo Segura, gerente general de la Asociación Vecinal Nordelta. Pero a pesar de ese avance todavía no cuentan con programas de gestión de RAEE, una situación que se repite en el resto de los barrios cerrados.
“Nosotros levantamos poco y nada (de RAEE). Lo llevamos a nuestro centro de reciclado y lo que se puede reparar se lo damos a alguno de los integrantes como parte de la política social de la cooperativa. Lo que no, se queda en el galpón. Es que el Ceamse no tiene un lugar específico para estas cosas”, confirma Adrián Sciortino, supervisor de Creando Conciencia, a cargo de los residuos en Santa Bárbara, Talar del Lago, Talar de Pacheco, La Comarca y Nordelta.
Lo que sucede hoy es que ni las empresas ni los vecinos tienen un marco normativo específico al que puedan ajustarse con esos residuos obsoletos: hasta ahora en el Congreso Nacional la “ley de basura electrónica” sólo cuenta con media sanción del Senado, y el Ejecutivo, aunque promulgó la ley 14.321, todavía no la reglamentó.
Al no existir un sistema de gestión que permita desechar los RAEE sin que vayan a parar al relleno sanitario, muchos vecinos optan por donarlos a distintas ONG o los ubican en el mercado de bienes usados. Juan Martin Ravettini, uno de los responsables de Qué Reciclo, una empresa que recupera PCs en desuso en barrios cerrados, lo resume: “Es un beneficio para todos: la gente me da los materiales, yo les sumo mi tiempo y entre todos ayudamos a que haya menos contaminación. Además, los monitores recuperados se venden a $ 35, lo que da acceso a más personas a la tecnología.” El problema radica, según advierten los ambientalistas, en que no todos los que con buena voluntad acometen la tarea de manipular estos residuos se encuentran en condiciones seguras de hacerlo. Con todo, sólo 10% del total del RAEE llega a ser reciclado, según calculan en Greenpeace, en base a estimaciones realizadas por distintas empresas del sector, consultoras y la Cámara Argentina de Máquinas de Oficina, Comerciales y Afines. Otro 50% permanece arrumbado en casas, oficinas y depósitos y, según las mismas proyecciones, el 40% restante termina en el relleno sanitario con el resto de la basura doméstica.
El año pasado recibió media sanción del Senado de la Nación y todavía espera ser tratada por la Cámara Baja. Está pensada para que las empresas fabricantes e importadoras de todo tipo de productos eléctricos y electrónicos se hagan cargo de los residuos al establecer lugares en donde los consumidores puedan dejarlos.
“Son las empresas las que deben hacerse cargo del pasivo ambiental”, advierte Consuelo Bilbao, coordinadora de Greenpeace, y continúa: “Municipalidades como la de Buenos Aires, que con buena intención se hicieron responsables de la recolección de pilas, después tuvieron un enorme dolor de cabeza a la hora de disponer de esos residuos. Por eso es que el que contamina debe pagar, porque al ser esto parte del costo de producción, tal como se comprobó en Europa, se ven obligados a disminuir el impacto ambiental”.
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Minas de uranio y pasivos ambientales sin remediar
“No se remediaron ni el 40% de los pasivos ambientales en las minas de uranio mendocinas”
Fecha de Publicación: 07/07/2012
Fuente: Informador Político
Provincia/Región: Mendoza
El diputado nacional mendocino Enrique Vaquié participó hoy en una jornada de debate sobre la problemática relacionada al uso del agua organizada por la Unión Cívica Radical de San Rafael.
“En Mendoza, pareciera que los únicos que no se enteran sobre la importancia de la protección de las fuentes de agua son algunas personas de la clase política. Desde la UCR estamos orgullosos de lo logrado con la sanción de la ley 7.722 en Mendoza y de hacer desde el Congreso de la Nación todo lo que esté a nuestro alcance para que se respete el derecho a un medio ambiente sano consagrado nuestra Constitución Nacional,” explicó Vaquié.
El diputado radical contó: "Consultamos al Jefe de Gabinete de Ministros sobre el avance de la remediación ambiental que están obligados a realizar en aquellos lugares donde funcionan o funcionaron minas de uranio ya que el Poder Ejecutivo tanto nacional como provincial parecen más que interesados en volver a apostar a la energía nuclear que se sirve de ese material.
La respuesta que obtuvimos nos pareció preocupante: en el ex Complejo Fabril Malargüe, que cesó sus actividades en 1986, el Proyecto de Restitución Ambiental de la Minería del Uranio (PRAMU) para junio de 2011 alcanzó un 35% de avance, gestionaron solo un 10% del volumen de colas de mineral. Mientras tanto, en el Complejo Minero Fabril San Rafael, ubicado en Sierra Pintada, que no se encuentra en operación desde 1995, las tareas que se están desarrollando son de restitución ambiental del Complejo y de tratamiento y acondicionamiento de instalaciones. Según la respuesta que recibimos del Poder Ejecutivo nacional, a la fecha se ha ejecutado solo un 27,1% del proyecto".
En el informe que el Jefe de Gabinete de Ministros envió al Congreso de la Nación por requerimiento de los diputados Vaquié y Juri también se informó que: "La CNEA, a partir del anuncio oficial de la reactivación de la Actividad Nuclear en Argentina en el año 2006 y de la formulación de un Plan Estratégico 2010-2019 tiene previsto el abastecimiento de las centrales nucleares argentinas con combustibles con uranio de yacimientos argentinos. En particular el yacimiento Sierra Pintada en la provincia de Mendoza, en las inmediaciones de la ciudad de San Rafael cuenta todavía con el 80 % de sus reservas.".
Para Vaquié: "Esa posibilidad está excluida por nuestra legislación provincial que prohíbe la utilización de sustancias tóxicas como la que implica la extracción de uranio, además, si no se remedian efectivamente los pasivos ambientales que todavía contaminan las Aguas mendocinas, todo debate será estéril".
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Fecha de Publicación: 07/07/2012
Fuente: Informador Político
Provincia/Región: Mendoza
El diputado nacional mendocino Enrique Vaquié participó hoy en una jornada de debate sobre la problemática relacionada al uso del agua organizada por la Unión Cívica Radical de San Rafael.
“En Mendoza, pareciera que los únicos que no se enteran sobre la importancia de la protección de las fuentes de agua son algunas personas de la clase política. Desde la UCR estamos orgullosos de lo logrado con la sanción de la ley 7.722 en Mendoza y de hacer desde el Congreso de la Nación todo lo que esté a nuestro alcance para que se respete el derecho a un medio ambiente sano consagrado nuestra Constitución Nacional,” explicó Vaquié.
El diputado radical contó: "Consultamos al Jefe de Gabinete de Ministros sobre el avance de la remediación ambiental que están obligados a realizar en aquellos lugares donde funcionan o funcionaron minas de uranio ya que el Poder Ejecutivo tanto nacional como provincial parecen más que interesados en volver a apostar a la energía nuclear que se sirve de ese material.
La respuesta que obtuvimos nos pareció preocupante: en el ex Complejo Fabril Malargüe, que cesó sus actividades en 1986, el Proyecto de Restitución Ambiental de la Minería del Uranio (PRAMU) para junio de 2011 alcanzó un 35% de avance, gestionaron solo un 10% del volumen de colas de mineral. Mientras tanto, en el Complejo Minero Fabril San Rafael, ubicado en Sierra Pintada, que no se encuentra en operación desde 1995, las tareas que se están desarrollando son de restitución ambiental del Complejo y de tratamiento y acondicionamiento de instalaciones. Según la respuesta que recibimos del Poder Ejecutivo nacional, a la fecha se ha ejecutado solo un 27,1% del proyecto".
En el informe que el Jefe de Gabinete de Ministros envió al Congreso de la Nación por requerimiento de los diputados Vaquié y Juri también se informó que: "La CNEA, a partir del anuncio oficial de la reactivación de la Actividad Nuclear en Argentina en el año 2006 y de la formulación de un Plan Estratégico 2010-2019 tiene previsto el abastecimiento de las centrales nucleares argentinas con combustibles con uranio de yacimientos argentinos. En particular el yacimiento Sierra Pintada en la provincia de Mendoza, en las inmediaciones de la ciudad de San Rafael cuenta todavía con el 80 % de sus reservas.".
Para Vaquié: "Esa posibilidad está excluida por nuestra legislación provincial que prohíbe la utilización de sustancias tóxicas como la que implica la extracción de uranio, además, si no se remedian efectivamente los pasivos ambientales que todavía contaminan las Aguas mendocinas, todo debate será estéril".
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Sali-Dulce: Verifican obras en ingenios
Verifican obras en ingenios y disposición final de vinaza
Fecha de Publicación: 06/07/2012
Fuente: Nuevo Diario
Provincia/Región: Tucumán
El objetivo es dar cumplimiento al acuerdo firmado entre Santiago, Tucumán y la Nación para evitar la contaminación de la cuenca.
Con el propósito de verificar el grado de avance de las metas fijadas en el convenio firmado entre la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación, Tucumán y Santiago del Estero para evitar la contaminación de la cuenca Salí-Dulce, se realizó durante la semana una serie de inspecciones en ingenios azucareros de la vecina provincia.
El propósito de las auditorías consistió en comprobar el progreso de las acciones llevadas a cabo por los ingenios, tendientes a evitar vuelco de cenizas generadas por los filtros de calderas, como así también de la vinaza y demás efluentes líquidos residuales. Como quedó constado en el acuerdo, el objetivo esencial es evitar principalmente el vuelco de vinaza y recuperar el agua de lavado de caña de azúcar, al finalizar la zafra. Hasta aquí, cumpliendo con el programa, se inspeccionaron los ingenios San Juan, Santa Rosa, Santa Bárbara, Leales, Trinidad y Cruz Alta.
Visita a Leales
Sobre la inspección realizada ayer al ingenio Leales, el director de Medio Ambiente de la Provincia, Ing. Juan Carlos Targa, comentó a Nuevo Diario que dicha industria “tiene la ventaja de contar con tierras salino-sódicas, donde es dispuesta la vinaza y la cachaza”.
Recalcó que como resultado de cada inspección se labra un acta y se prepara un informe trimestral que es elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que analiza los pormenores de cada inspección realizada.
“Todavía hay algo de vinaza y se advierte que la misma no llegue a los ríos. Igualmente, todos están haciendo obras como conducción por vinazoducto”. Asimismo, Targa indicó que “se hace un seguimiento a los camiones que transportan vinaza para constatar que se deposita luego el desecho en un lugar referenciado y seguro”.
A la par de dichas inspecciones, comentó además que todos los días se realizan recorridos por los ríos tributarios del embalse (cuatro veces por día), con la intención de asegurar un control efectivo.
Participaron de los últimos controles miembros del Comité de Cuenca Salí-Dulce, Secretaría de Medio Ambiente de la Nación y Tucumán y Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero.
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Fecha de Publicación: 06/07/2012
Fuente: Nuevo Diario
Provincia/Región: Tucumán
El objetivo es dar cumplimiento al acuerdo firmado entre Santiago, Tucumán y la Nación para evitar la contaminación de la cuenca.
Con el propósito de verificar el grado de avance de las metas fijadas en el convenio firmado entre la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación, Tucumán y Santiago del Estero para evitar la contaminación de la cuenca Salí-Dulce, se realizó durante la semana una serie de inspecciones en ingenios azucareros de la vecina provincia.
El propósito de las auditorías consistió en comprobar el progreso de las acciones llevadas a cabo por los ingenios, tendientes a evitar vuelco de cenizas generadas por los filtros de calderas, como así también de la vinaza y demás efluentes líquidos residuales. Como quedó constado en el acuerdo, el objetivo esencial es evitar principalmente el vuelco de vinaza y recuperar el agua de lavado de caña de azúcar, al finalizar la zafra. Hasta aquí, cumpliendo con el programa, se inspeccionaron los ingenios San Juan, Santa Rosa, Santa Bárbara, Leales, Trinidad y Cruz Alta.
Visita a Leales
Sobre la inspección realizada ayer al ingenio Leales, el director de Medio Ambiente de la Provincia, Ing. Juan Carlos Targa, comentó a Nuevo Diario que dicha industria “tiene la ventaja de contar con tierras salino-sódicas, donde es dispuesta la vinaza y la cachaza”.
Recalcó que como resultado de cada inspección se labra un acta y se prepara un informe trimestral que es elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que analiza los pormenores de cada inspección realizada.
“Todavía hay algo de vinaza y se advierte que la misma no llegue a los ríos. Igualmente, todos están haciendo obras como conducción por vinazoducto”. Asimismo, Targa indicó que “se hace un seguimiento a los camiones que transportan vinaza para constatar que se deposita luego el desecho en un lugar referenciado y seguro”.
A la par de dichas inspecciones, comentó además que todos los días se realizan recorridos por los ríos tributarios del embalse (cuatro veces por día), con la intención de asegurar un control efectivo.
Participaron de los últimos controles miembros del Comité de Cuenca Salí-Dulce, Secretaría de Medio Ambiente de la Nación y Tucumán y Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero.
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Chaco: Aprueban la nueva ley de agroquímicos
Aprueban la nueva ley de agroquímicos
Fecha de Publicación: 06/07/2012
Fuente: InfoCampo
Provincia/Región: Chaco
La distancia de resguardo para las fumigaciones aéreas se ampliará a 1500 metros, mientras que para las terrestres será de 500. El tratamiento en particular se realizará el 25 de julio.
La iniciativa promovida por el Ejecutivo Provincial fue aprobada en general con 25 votos en la provincia de Chaco.
La nueva ley que regula el uso de agroquímicos apunta a convertirse en una norma para fortalecer el resguardo ambiental y el desarrollo sustentable, influyendo en el impacto de las actividades productivas agrícolas de la región.
Durante la sesión, se consideró necesario mejorar la actual Ley de Biocidas y poseer la potestad de ejercer la autoridad de aplicación de la misma a través del Ministerio de Planificación y Ambiente de la provincia.
En el recinto, Eduardo Aguilar, titular del Parlamento, abrió el debate destacando que esta es una “iniciativa trascendente” que trata en este tiempo la Legislatura, y expresó que “vamos a aprobar una iniciativa que nos pone de alguna manera en la vanguardia de las otras legislaciones que existen en otras provincias. Se están realizando juicios y han existido controversias en el Chaco de parte de distintas poblaciones que reclaman sentirse afectados por la aplicación de agroquímicos, esto se ha intentado recepcionar en la redacción, esta ley fija distancias mínimas que están acordes con las máximas que existen en el país para las aéreas que será de 1500 metros y 500 para las fumigaciones terrestres y adicionalmente le otorgamos a la autoridad de aplicación que es el Ministerio de Medio Ambiente con la posibilidad de ampliar estas distancias. Lo que ponemos en la ley son distancias mínimas - aclaró - que pueden ampliar o prohibir prácticas de fumigación aéreas en zonas de la provincia donde exista la necesidad de preservar de manera clara el ambiente y la salud de la población”.
En tanto, mencionó que la ley establece un principio precautorio “compatible con la legislación nacional que quiere decir que ante la existencia, presunción de riesgos graves e inminentes para la salud de la población con independencia de la realización de los estudios la autoridad de aplicación, se puede prohibir de manera preventiva la aplicación de agroquímicos".
“La ley - remarcó - prioriza la salud de la población y la preservación del ambiente en el marco de una provincia que tiene una muy fuerte transformación productiva", siguió. “Tal vez no sea una iniciativa definitiva - mencionó -, hay posibilidad de implementar estudios que van a ir cambiando las categorías de productos para bien o para mal y en ese caso la Legislatura va a tener que tener una nueva intervención. La eficacia de esta ley depende de la capacidad de aplicación que tenga el Ejecutivo”, argumentó Aguilar.
Por su parte, la titular de la Comisión de Salud Delia González explicó que “estamos usando agroquímicos, eso debe quedar en claro. Son venenos, no podemos negar irresponsablemente que estamos usando productos de altísima toxicidad. El éxito de esta ley es la educación”, anticipó añadiendo “a lo que se complementan los monitoreos, los registros epidemiológicos, el control y el seguimiento. Se ha demostrado que son venenos y nocivos para los anfibios, los casos presentados son debido al mal uso, al uso incorrecto o irresponsable de los agroquímicos. Lo que estamos apelando es que aparezca el Estado para hacer los controles y hacer la educación de la población”.
Finalmente, el diputado Sergio Vallejos reconoció que el tema se ha trabajado con mucha voluntad, con mucha participación “pero ha quedado evidenciado en el trabajo que se hizo en la jornada que todavía hay cuestiones que no quedan definidas”, dijo proponiendo el mantenimiento en cartera de la iniciativa, tras lo cual el diputado Ricardo Sánchez propuso la votación en general del despacho y que el tratamiento en particular se realice en la primera sesión después del receso “para ordenar la redacción”, cuestión que fue aceptada por los legisladores difiriendo el tratamiento en particular.
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Fecha de Publicación: 06/07/2012
Fuente: InfoCampo
Provincia/Región: Chaco
La distancia de resguardo para las fumigaciones aéreas se ampliará a 1500 metros, mientras que para las terrestres será de 500. El tratamiento en particular se realizará el 25 de julio.
La iniciativa promovida por el Ejecutivo Provincial fue aprobada en general con 25 votos en la provincia de Chaco.
La nueva ley que regula el uso de agroquímicos apunta a convertirse en una norma para fortalecer el resguardo ambiental y el desarrollo sustentable, influyendo en el impacto de las actividades productivas agrícolas de la región.
Durante la sesión, se consideró necesario mejorar la actual Ley de Biocidas y poseer la potestad de ejercer la autoridad de aplicación de la misma a través del Ministerio de Planificación y Ambiente de la provincia.
En el recinto, Eduardo Aguilar, titular del Parlamento, abrió el debate destacando que esta es una “iniciativa trascendente” que trata en este tiempo la Legislatura, y expresó que “vamos a aprobar una iniciativa que nos pone de alguna manera en la vanguardia de las otras legislaciones que existen en otras provincias. Se están realizando juicios y han existido controversias en el Chaco de parte de distintas poblaciones que reclaman sentirse afectados por la aplicación de agroquímicos, esto se ha intentado recepcionar en la redacción, esta ley fija distancias mínimas que están acordes con las máximas que existen en el país para las aéreas que será de 1500 metros y 500 para las fumigaciones terrestres y adicionalmente le otorgamos a la autoridad de aplicación que es el Ministerio de Medio Ambiente con la posibilidad de ampliar estas distancias. Lo que ponemos en la ley son distancias mínimas - aclaró - que pueden ampliar o prohibir prácticas de fumigación aéreas en zonas de la provincia donde exista la necesidad de preservar de manera clara el ambiente y la salud de la población”.
En tanto, mencionó que la ley establece un principio precautorio “compatible con la legislación nacional que quiere decir que ante la existencia, presunción de riesgos graves e inminentes para la salud de la población con independencia de la realización de los estudios la autoridad de aplicación, se puede prohibir de manera preventiva la aplicación de agroquímicos".
“La ley - remarcó - prioriza la salud de la población y la preservación del ambiente en el marco de una provincia que tiene una muy fuerte transformación productiva", siguió. “Tal vez no sea una iniciativa definitiva - mencionó -, hay posibilidad de implementar estudios que van a ir cambiando las categorías de productos para bien o para mal y en ese caso la Legislatura va a tener que tener una nueva intervención. La eficacia de esta ley depende de la capacidad de aplicación que tenga el Ejecutivo”, argumentó Aguilar.
Por su parte, la titular de la Comisión de Salud Delia González explicó que “estamos usando agroquímicos, eso debe quedar en claro. Son venenos, no podemos negar irresponsablemente que estamos usando productos de altísima toxicidad. El éxito de esta ley es la educación”, anticipó añadiendo “a lo que se complementan los monitoreos, los registros epidemiológicos, el control y el seguimiento. Se ha demostrado que son venenos y nocivos para los anfibios, los casos presentados son debido al mal uso, al uso incorrecto o irresponsable de los agroquímicos. Lo que estamos apelando es que aparezca el Estado para hacer los controles y hacer la educación de la población”.
Finalmente, el diputado Sergio Vallejos reconoció que el tema se ha trabajado con mucha voluntad, con mucha participación “pero ha quedado evidenciado en el trabajo que se hizo en la jornada que todavía hay cuestiones que no quedan definidas”, dijo proponiendo el mantenimiento en cartera de la iniciativa, tras lo cual el diputado Ricardo Sánchez propuso la votación en general del despacho y que el tratamiento en particular se realice en la primera sesión después del receso “para ordenar la redacción”, cuestión que fue aceptada por los legisladores difiriendo el tratamiento en particular.
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Glaciares:Gobierno Sanjuanino insiste
Ley de Glaciares: insisten con que es inconstitucional
Fecha de Publicación: 05/07/2012
Fuente: Los Andes
Provincia/Región: San Juan - Nacional
El fiscal de Estado sanjuanino dijo que el rechazo de la cautelar que frenaba la norma era previsible y consideró que la Corte no se ha expedido sobre la cuestión de fondo.
El fiscal de Estado de San Juan, Guillermo De Sanctis, consideró ayer "previsible" que la Corte Suprema rechazara la cautelar que frenó la Ley de Glaciares y advirtió que resta que el alto tribunal "se expida sobre el tema de fondo, el planteo de inconstitucionalidad".
En ese marco, dijo que el gobierno sanjuanino "va a demostrar que la ley nacional es innecesaria" y sostuvo que las empresas del sector desarrollan sus tareas en el marco de las normas previstas.
La legislación que preserva glaciares y zonas periglaciares fue destacada por especialistas y grupos ecologistas por evitar emprendimientos en nacientes de agua, pero el gobierno del kirchnerista José Luis Gioja, que defiende la minería como pilar del desarrollo, cuestionó la ley y empresas del sector llevaron el caso a la justicia en ese distrito.
El fiscal de Estado señaló que en el fallo de la Corte que revocó las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la Ley de Glaciares "solamente se ha resuelto la cautelar".
"Todavía falta que se expida sobre el tema de fondo, que es el planteo de inconstitucionalidad", apuntó el funcionario sanjuanino en declaraciones a radio Light.
De Sanctis consideró "previsible" la resolución del alto tribunal, pero acotó que el gobierno local "va a demostrar que la ley nacional es innecesaria".
En ese contexto, aclaró que la ley de protección de glaciares "aún no está operativa y San Juan está más avanzada que todos en cuanto a los glaciares".
"No hay motivos para sentirse atemorizados", dijo el fiscal, y pidió distinguir entre "la espuma y el escandalete mediático que levanta esto y la actitud de algunos sectores ambientalistas extremos, de lo que es lo jurídico".
De Sanctis indicó que la Corte "no ha dicho ?paren las rotativas, dejen de producir', sino que ha dicho que si todavía no se arranca ni siquiera con el inventario de glaciares, mal se puede suspender la ley, con lo cual va a haber mucho estrépito, se van a decir muchas cosas, pero no hay peligro jurídico alguno".
Además, defendió a la empresa que tiene a su cargo los mayores proyectos mineros metalíferos en la provincia, Barrick, al señalar que en la mina Veladero y en el proyecto binacional Pascua Lama "han cumplido con todos los requerimientos legales y se encuentran encuadrados en la ley".
El presidente de la Cámara Minera de San Juan, Jaime Bergé, dijo al diario Tiempo de San Juan que la decisión de la Corte Suprema "no perjudica a la actividad minera en la provincia".
"Creo que no nos afectará porque no estamos cometiendo ningún delito. El problema era la definición de periglaciar y glaciar y acá las mineras no están afectando los glaciares, por eso creo que no habrá problemas", señaló Bergé.
Las mineras
Por su parte, la Cámara de Empresas Prestadoras de Servicios Mineros, salió expresar que el fallo no afecta a la actividad y que la provincia ya tiene su relevamiento propio de glaciares.
Según publica el sitio on line de Diario de Cuyo, el comunicado de la entidad asegura que "este veredicto no afecta a la actividad minera ni a los emprendimientos mineros en marcha en la provincia de San Juan debido a que en la misma ya existe un inventario provincial de glaciares que cumple con la legislación vigente en materia medioambiental, tal y como lo especifican las leyes de la provincia de San Juan".
Además, aclara la comunicación oficial que "hay tranquilidad por parte de todos los socios que conforman la CEPSM en relación a la polémica suscitada por el fallo anteriormente mencionado".
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“Garantizar la participación”
Fecha de Publicación: 05/07/2012
Fuente: Página/12
Provincia/Región: San Juan - Nacional
El senador Daniel Filmus opinó que se debe “empezar a hacer el inventario de glaciares” en los lugares donde hay algún tipo de explotación. Tras el fallo de la Corte, el legislador anunció un proyecto para hacer “consultas vinculantes”.
“Hay que empezar a realizar el inventario de glaciares que manda la ley por aquellos lugares donde se cree que algún tipo de instalación ya existente puede perjudicar el glaciar”, evaluó ayer el senador Daniel Filmus (FpV), autor del proyecto de la Ley de Glaciares cuya aplicación en San Juan avaló la Corte Suprema, como informó ayer este diario. En diálogo con Página/12, Filmus interpretó como “altamente positivo” que la Secretaría de Ambiente haya girado los recursos para iniciar esa “primera etapa, de elaboración de inventario de glaciares y periglaciares”. En tanto, y para completar el seguimiento de la sustentabilidad de los emprendimientos económicos en relación con los territorios y las comunidades que los habitan, el senador adelantó que “ahora queremos avanzar en la discusión de otra ley, que garantice la participación comunitaria vinculante en estos emprendimientos”, que ya se encuentra en elaboración.
Como informó ayer Página/12, la Corte Suprema de Justicia revocó la medida cautelar que impedía la plena vigencia de la Ley de Glaciares, que limita las actividades extractivas contaminantes en beneficio de la preservación de las reservas de agua dulce. De ese modo, el máximo tribunal revirtió las medidas de la Justicia de San Juan, que había suspendido la aplicación de seis artículos clave del texto legal, a pedido de tres empresas mineras (Barrick Exploraciones Argentinas, Exploraciones Argentinas Mineras y Minera Argentina Gold), la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y el gobierno sanjuanino.
“La ley es muy precisa. Lo más importante de todo es que el gobierno nacional ya avanzó en transferir los recursos a la Secretaría de Ambiente, y a su vez la Secretaría los transfirió para comenzar esta primera etapa, que es la elaboración del inventario de glaciares y periglaciares”, evaluó el senador, autor del proyecto sancionado en 2010.
El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), dependiente del Conicet, ya lleva relevados territorios de varias provincias, señaló Filmus. “En Mendoza creo que ya están por terminarse, y en San Juan ya ha hecho estudios preliminares. El primer resultado que vamos a tener es un inventario acabado que, como dice la ley, va a haber que ir renovando, porque, como sabemos, la mayoría de los glaciares retroceden.”
Porque el último artículo de la ley, transitorio, lo señala, recordó Filmus, “hay que empezar (la elaboración del inventario) por aquellos lugares en donde se cree que algún tipo de instalación ya existente puede perjudicar el glaciar”. Entonces, “se empieza por los lugares donde algún tipo de explotación, minera, petrolífera o de cualquier actividad humana, podría dañar alguna reserva de agua importante”. Una vez elaborado el inventario, se aplica el criterio establecido por la ley, según el cual “ciertas actividades están prohibidas en zona de glaciar y otras no, pero para permitirlas o no es preciso realizar primero el estudio de impacto ambiental”. “Esto da tranquilidad a quienes proyectan un emprendimiento, porque de este modo quedan delimitadas las zonas en las que se puede realizar una explotación.”
Por otro lado, el senador adelantó que en lo inmediato el objetivo es “avanzar en la discusión de otra ley, sobre participación comunitaria vinculante en caso de estos emprendimientos” para que las comunidades locales “participen de la evaluación de impacto ambiental”.
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Fecha de Publicación: 05/07/2012
Fuente: Los Andes
Provincia/Región: San Juan - Nacional
El fiscal de Estado sanjuanino dijo que el rechazo de la cautelar que frenaba la norma era previsible y consideró que la Corte no se ha expedido sobre la cuestión de fondo.
El fiscal de Estado de San Juan, Guillermo De Sanctis, consideró ayer "previsible" que la Corte Suprema rechazara la cautelar que frenó la Ley de Glaciares y advirtió que resta que el alto tribunal "se expida sobre el tema de fondo, el planteo de inconstitucionalidad".
En ese marco, dijo que el gobierno sanjuanino "va a demostrar que la ley nacional es innecesaria" y sostuvo que las empresas del sector desarrollan sus tareas en el marco de las normas previstas.
La legislación que preserva glaciares y zonas periglaciares fue destacada por especialistas y grupos ecologistas por evitar emprendimientos en nacientes de agua, pero el gobierno del kirchnerista José Luis Gioja, que defiende la minería como pilar del desarrollo, cuestionó la ley y empresas del sector llevaron el caso a la justicia en ese distrito.
El fiscal de Estado señaló que en el fallo de la Corte que revocó las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la Ley de Glaciares "solamente se ha resuelto la cautelar".
"Todavía falta que se expida sobre el tema de fondo, que es el planteo de inconstitucionalidad", apuntó el funcionario sanjuanino en declaraciones a radio Light.
De Sanctis consideró "previsible" la resolución del alto tribunal, pero acotó que el gobierno local "va a demostrar que la ley nacional es innecesaria".
En ese contexto, aclaró que la ley de protección de glaciares "aún no está operativa y San Juan está más avanzada que todos en cuanto a los glaciares".
"No hay motivos para sentirse atemorizados", dijo el fiscal, y pidió distinguir entre "la espuma y el escandalete mediático que levanta esto y la actitud de algunos sectores ambientalistas extremos, de lo que es lo jurídico".
De Sanctis indicó que la Corte "no ha dicho ?paren las rotativas, dejen de producir', sino que ha dicho que si todavía no se arranca ni siquiera con el inventario de glaciares, mal se puede suspender la ley, con lo cual va a haber mucho estrépito, se van a decir muchas cosas, pero no hay peligro jurídico alguno".
Además, defendió a la empresa que tiene a su cargo los mayores proyectos mineros metalíferos en la provincia, Barrick, al señalar que en la mina Veladero y en el proyecto binacional Pascua Lama "han cumplido con todos los requerimientos legales y se encuentran encuadrados en la ley".
El presidente de la Cámara Minera de San Juan, Jaime Bergé, dijo al diario Tiempo de San Juan que la decisión de la Corte Suprema "no perjudica a la actividad minera en la provincia".
"Creo que no nos afectará porque no estamos cometiendo ningún delito. El problema era la definición de periglaciar y glaciar y acá las mineras no están afectando los glaciares, por eso creo que no habrá problemas", señaló Bergé.
Las mineras
Por su parte, la Cámara de Empresas Prestadoras de Servicios Mineros, salió expresar que el fallo no afecta a la actividad y que la provincia ya tiene su relevamiento propio de glaciares.
Según publica el sitio on line de Diario de Cuyo, el comunicado de la entidad asegura que "este veredicto no afecta a la actividad minera ni a los emprendimientos mineros en marcha en la provincia de San Juan debido a que en la misma ya existe un inventario provincial de glaciares que cumple con la legislación vigente en materia medioambiental, tal y como lo especifican las leyes de la provincia de San Juan".
Además, aclara la comunicación oficial que "hay tranquilidad por parte de todos los socios que conforman la CEPSM en relación a la polémica suscitada por el fallo anteriormente mencionado".
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“Garantizar la participación”
Fecha de Publicación: 05/07/2012
Fuente: Página/12
Provincia/Región: San Juan - Nacional
El senador Daniel Filmus opinó que se debe “empezar a hacer el inventario de glaciares” en los lugares donde hay algún tipo de explotación. Tras el fallo de la Corte, el legislador anunció un proyecto para hacer “consultas vinculantes”.
“Hay que empezar a realizar el inventario de glaciares que manda la ley por aquellos lugares donde se cree que algún tipo de instalación ya existente puede perjudicar el glaciar”, evaluó ayer el senador Daniel Filmus (FpV), autor del proyecto de la Ley de Glaciares cuya aplicación en San Juan avaló la Corte Suprema, como informó ayer este diario. En diálogo con Página/12, Filmus interpretó como “altamente positivo” que la Secretaría de Ambiente haya girado los recursos para iniciar esa “primera etapa, de elaboración de inventario de glaciares y periglaciares”. En tanto, y para completar el seguimiento de la sustentabilidad de los emprendimientos económicos en relación con los territorios y las comunidades que los habitan, el senador adelantó que “ahora queremos avanzar en la discusión de otra ley, que garantice la participación comunitaria vinculante en estos emprendimientos”, que ya se encuentra en elaboración.
Como informó ayer Página/12, la Corte Suprema de Justicia revocó la medida cautelar que impedía la plena vigencia de la Ley de Glaciares, que limita las actividades extractivas contaminantes en beneficio de la preservación de las reservas de agua dulce. De ese modo, el máximo tribunal revirtió las medidas de la Justicia de San Juan, que había suspendido la aplicación de seis artículos clave del texto legal, a pedido de tres empresas mineras (Barrick Exploraciones Argentinas, Exploraciones Argentinas Mineras y Minera Argentina Gold), la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y el gobierno sanjuanino.
“La ley es muy precisa. Lo más importante de todo es que el gobierno nacional ya avanzó en transferir los recursos a la Secretaría de Ambiente, y a su vez la Secretaría los transfirió para comenzar esta primera etapa, que es la elaboración del inventario de glaciares y periglaciares”, evaluó el senador, autor del proyecto sancionado en 2010.
El Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), dependiente del Conicet, ya lleva relevados territorios de varias provincias, señaló Filmus. “En Mendoza creo que ya están por terminarse, y en San Juan ya ha hecho estudios preliminares. El primer resultado que vamos a tener es un inventario acabado que, como dice la ley, va a haber que ir renovando, porque, como sabemos, la mayoría de los glaciares retroceden.”
Porque el último artículo de la ley, transitorio, lo señala, recordó Filmus, “hay que empezar (la elaboración del inventario) por aquellos lugares en donde se cree que algún tipo de instalación ya existente puede perjudicar el glaciar”. Entonces, “se empieza por los lugares donde algún tipo de explotación, minera, petrolífera o de cualquier actividad humana, podría dañar alguna reserva de agua importante”. Una vez elaborado el inventario, se aplica el criterio establecido por la ley, según el cual “ciertas actividades están prohibidas en zona de glaciar y otras no, pero para permitirlas o no es preciso realizar primero el estudio de impacto ambiental”. “Esto da tranquilidad a quienes proyectan un emprendimiento, porque de este modo quedan delimitadas las zonas en las que se puede realizar una explotación.”
Por otro lado, el senador adelantó que en lo inmediato el objetivo es “avanzar en la discusión de otra ley, sobre participación comunitaria vinculante en caso de estos emprendimientos” para que las comunidades locales “participen de la evaluación de impacto ambiental”.
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Incineración de residuos, una mala idea
Incineración de residuos, una mala idea
Fecha de Publicación: 05/07/2012
Fuente: Página/12 - Por Mirko Moskat, Secretaría Pro Témpore de la Coalición Ciudadana Anti-Incineración de Argentina
Provincia/Región: Capital - Buenos Aires
La Coalición Ciudadana Anti-Incineración es una red de organizaciones y ciudadanos que, preocupados por los impactos sobre la salud y el ambiente de la incineración de residuos, busca promover soluciones sustentables. Formada en 1995, la Coalición ha logrado el cierre de numerosos hornos de incineración en funcionamiento, ha frenado proyectos de nuevos incineradores y ha promovido alternativas para la correcta gestión de residuos. Numerosas ciudades y algunas provincias del país cuentan con normativas que prohíben la incineración.
Existe un amplio abanico de argumentos que fundamentan este rechazo. En primer lugar, los incineradores no hacen desaparecer la basura, sino que la transforman en distintos tipos de salidas: emisiones al aire, cenizas y en algunos casos efluentes líquidos.
Se ha identificado una enorme lista de sustancias que liberan los incineradores, que se suelen agrupar en categorías como dioxinas, furanos, metales pesados, compuestos orgánicos volátiles, hidrocarburos aromáticos policíclicos, partículas finas y ultrafinas, etcétera. Además se han constatado los impactos de los incineradores en la salud de las poblaciones cercanas y de sus trabajadores.
La industria está vendiendo incineradores como forma de “valorización energética”. Sin embargo, mucha más energía puede ahorrarse reduciendo o reciclando los residuos. Incluso hay casos de plantas que requieren más energía para funcionar que la que pueden recuperar. La energía de un incinerador no puede considerarse renovable.
Los incineradores emiten enormes cantidades de gases de efecto invernadero. Las estrategias de reducción, reciclaje y compostaje ofrecen un gran potencial para la mitigación del cambio climático. La incineración destruye recursos que deberían ser recuperados y retornados a ciclos naturales o al sistema productivo.
Quemar basura no es una alternativa a los rellenos sanitarios. La incineración produce un volumen importante de cenizas, que son mucho más peligrosas que la basura en sí y que deben ser dispuestas en forma segura. Aunque muchas veces se cita como ejemplo a Europa, la realidad es que, si bien Europa tiene bastantes incineradores, la tendencia es restringirlos cada vez más: se está discutiendo llegar al 2020 sin incineradores que quemen materiales reciclables o compostables, los que conforman alrededor de un 80 por ciento de los residuos.
Argentina es parte del Convenio de Estocolmo, que busca restringir la liberación de sustancias tóxicas, como dioxinas, furanos, PCB, HCB, todas ellas producidas por los incineradores. El Plan Nacional de Aplicación presentado en 2007 recomendó prohibir la incineración de residuos sólidos urbanos, con o sin recuperación de energía.
La crisis ambiental requiere verdaderas soluciones. La incineración es definitivamente una mala idea.
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Fecha de Publicación: 05/07/2012
Fuente: Página/12 - Por Mirko Moskat, Secretaría Pro Témpore de la Coalición Ciudadana Anti-Incineración de Argentina
Provincia/Región: Capital - Buenos Aires
La Coalición Ciudadana Anti-Incineración es una red de organizaciones y ciudadanos que, preocupados por los impactos sobre la salud y el ambiente de la incineración de residuos, busca promover soluciones sustentables. Formada en 1995, la Coalición ha logrado el cierre de numerosos hornos de incineración en funcionamiento, ha frenado proyectos de nuevos incineradores y ha promovido alternativas para la correcta gestión de residuos. Numerosas ciudades y algunas provincias del país cuentan con normativas que prohíben la incineración.
Existe un amplio abanico de argumentos que fundamentan este rechazo. En primer lugar, los incineradores no hacen desaparecer la basura, sino que la transforman en distintos tipos de salidas: emisiones al aire, cenizas y en algunos casos efluentes líquidos.
Se ha identificado una enorme lista de sustancias que liberan los incineradores, que se suelen agrupar en categorías como dioxinas, furanos, metales pesados, compuestos orgánicos volátiles, hidrocarburos aromáticos policíclicos, partículas finas y ultrafinas, etcétera. Además se han constatado los impactos de los incineradores en la salud de las poblaciones cercanas y de sus trabajadores.
La industria está vendiendo incineradores como forma de “valorización energética”. Sin embargo, mucha más energía puede ahorrarse reduciendo o reciclando los residuos. Incluso hay casos de plantas que requieren más energía para funcionar que la que pueden recuperar. La energía de un incinerador no puede considerarse renovable.
Los incineradores emiten enormes cantidades de gases de efecto invernadero. Las estrategias de reducción, reciclaje y compostaje ofrecen un gran potencial para la mitigación del cambio climático. La incineración destruye recursos que deberían ser recuperados y retornados a ciclos naturales o al sistema productivo.
Quemar basura no es una alternativa a los rellenos sanitarios. La incineración produce un volumen importante de cenizas, que son mucho más peligrosas que la basura en sí y que deben ser dispuestas en forma segura. Aunque muchas veces se cita como ejemplo a Europa, la realidad es que, si bien Europa tiene bastantes incineradores, la tendencia es restringirlos cada vez más: se está discutiendo llegar al 2020 sin incineradores que quemen materiales reciclables o compostables, los que conforman alrededor de un 80 por ciento de los residuos.
Argentina es parte del Convenio de Estocolmo, que busca restringir la liberación de sustancias tóxicas, como dioxinas, furanos, PCB, HCB, todas ellas producidas por los incineradores. El Plan Nacional de Aplicación presentado en 2007 recomendó prohibir la incineración de residuos sólidos urbanos, con o sin recuperación de energía.
La crisis ambiental requiere verdaderas soluciones. La incineración es definitivamente una mala idea.
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Ley de Glaciares: la Corte falló contra las mineras
Aval supremo a la Ley de Glaciares
Fecha de Publicación: 04/07/2012
Fuente: Página/12
Provincia/Región: San Juan - Nacional
El máximo tribunal dispuso que debe hacerse un inventario de glaciares también en San Juan, donde la aplicación de la ley había quedado suspendida por una demanda de la Barrick Gold, el sindicato de mineros y el gobierno provincial.
La Corte Suprema de Justicia revocó las medidas cautelares que impedían la vigencia plena de la Ley de Glaciares, que pone límites a las actividades extractivas contaminantes, como la minería, para preservar las reservas de agua dulce. El fallo revierte las decisiones adoptadas por la Justicia Federal de San Juan, que había suspendido la aplicación de seis artículos claves de la norma a pedido de las empresas Barrick Exploraciones Argentinas, Exploraciones Argentinas Mineras y Minera Argentina Gold, además de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y el gobierno de la provincia de San Juan. Con sus demandas habían logrado eximir de controles a dos emprendimientos de extracción de oro y plata a cielo abierto en esa provincia, Veladero y Pascua Lama. La decisión del alto tribunal precisa que de ahora en más, como prevé la ley aprobada en 2010, deberá realizarse en San Juan un inventario de glaciares, tal como, se supone, se realiza en todo el país, y tendrán que ser sometidos a una auditoría de impacto ambiental los emprendimientos ubicados en áreas de posible riesgo.
Hasta ayer la Ley de Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial estaba suspendida parcialmente debido a las medidas cautelares dictadas por el juez Miguel Angel Gálvez. En los hechos, la aplicación era prácticamente imposible, al menos en San Juan, porque los artículos afectados (2, 3, 5, 6, 7 y 15) son los que abarcan la definición de glaciar, la confección de un inventario nacional de glaciares, la prohibición de actividades que puedan implicar su destrucción y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental de las actividades proyectadas en zonas de glaciares, así como de someter a auditoría las que ya estuvieran en ejecución al momento de la sanción de la ley. El emprendimiento minero Veladero está operativo desde 2005; Pascua Lama es un proyecto binacional (argentinochileno) en construcción.
Según la Corte, el juez sanjuanino se basó en un “fundamento contradictorio”. Por un lado, advertía que la ley “contiene una definición amplia, imprecisa y, por lo tanto, crea un estado de intranquilidad e incertidumbre para los representantes de las empresas” mineras “que verían afectados el patrimonio y los derechos adquiridos” y “sus derechos a ejercer industrias lícitas”. Sin embargo, acota el alto tribunal, al suspender los seis artículos la medida cautelar “neutraliza los procedimientos establecidos por la propia ley para generar la precisión que requiere el peticionante (las empresas)”. “El artículo 2º de la ley define el concepto de glaciar y ambiente periglacial, estableciendo luego la forma de individualizarlos a través de la realización de un inventario. Una vez que se haya llevado a cabo el inventario de glaciares, se conocerán con exactitud las áreas que se encuentran protegidas por ley”, ilustra el fallo supremo.
El razonamiento de la Corte es que mal puede saber una empresa si a la larga será víctima de un eventual daño irreparable (que requiera ser protegido por una medida cautelar) si ni siquiera se ha constatado por los caminos legales si sus emprendimientos están en las zonas críticas y/o si su actividad acarrea un posible perjuicio al ambiente. “No existen razones suficientes para adoptar una decisión tan grave como eximirla del cumplimiento de lo ordenado por la ley, que debe ser acatada hasta tanto se resuelva su validez constitucional”, advierte la resolución, firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Enrique Petracchi y Carlos Fayt. Para ellos ni siquiera hay una amenaza de un futuro efecto irreversible para las mineras. Carmen Argibay sigue de licencia por problemas de salud y Raúl Zaffaroni viajó a recibir un reconocimiento en Cuba.
Un dato curioso es que en la Barrick Gold –según sus voceros– sostiene que las explotaciones de Pascua Lama y Veladero no están en zonas de glaciares. Todo indica que se anticiparon a denuncias en su contra. También se sumaron al recurso de amparo Exploraciones Argentinas Mineras (Emasa) y el sindicato de los mineros, mientras que el gobierno de San Juan (donde se desarrolla una vasta actividad minera, con diecisiete empresas instaladas en la provincia) se presentó como parte interesada en sostener la medida cautelar concedida por el juez Gálvez. El caso llegó a la Corte por un recurso del Estado nacional. Como terceras interesadas se presentaron la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, Greenpeace, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, Amigos de la Tierra y Diálogo por el Ambiente.
El juzgado de primera instancia alegaba que la Ley de Glaciares estaba reñida con la Constitución, en cuanto a que “corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio” y que cada una dicta sus normas de protección del ambiente. Llegó a preguntarse si no hubo “presupuestos excesivos en la actividad legislativa”.
La Corte fue muy crítica con ese enfoque. Dijo que el juez federal usó criterios “dogmáticos”, que no ofreció un “remedio proporcionado” y que no tuvo en cuenta que afectaba “el principio constitucional de división de poderes”. “Los jueces deben valorar de forma equilibrada los hechos del caso, así como las normas y principios jurídicos en juego, y resolver las tensiones entre ellos mediante una ponderación adecuada”, prescribió la Corte.
El fallo dice expresamente que recién una vez que se hagan el inventario de glaciares –una tarea que está a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales– y la auditoría ambiental de la Barrick Gold y de Emasa, “se conocerá si la ley afecta o no los derechos” de esas firmas. Por ahora se discutió una medida preventiva. Lo que definirá la pulseada será la revisión sobre la constitucionalidad de la ley, que deberá resolver la Corte. El fallo de ayer dedica un párrafo a recordar el objetivo de la norma: “Establecer los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial” para “preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de la información científica y como atractivo turístico”.
Desde sus primeras decisiones sobres el saneamiento del Riachuelo, la Corte se mostró proclive a tallar en cuestiones ambientales (especialidad de Lorenzetti) y donde el Estado ha estado ausente. También desde hace tiempo viene marcando límites al abuso de las medidas cautelares –como lo hizo al levantar la cautelar que suspendía la ley de medios– como instrumentos de algunos jueces para cuestionar leyes o medidas de gobierno y transformar medidas provisorias en sentencias anticipadas.
Más Información:
- La Nación - La Corte respaldó la plena vigencia de la ley de glaciares
- IEco-Clarín - Rechazó la Corte un pedido de la Barrick y destrabó la ley...
- Página/12 - Con beneficio de inventario
- Los Andes - La Corte falló contra las mineras y destrabó la Ley de Glaciares
- Los Andes - Barrick reiteró que su actividad no afecta glaciares
- La Voz - Ley de glaciares: la Corte revocó amparos de las mineras
- Diario Uno - La Corte revocó las cautelares impuestas por la Barrick...
- El Tribuno - La Corte Suprema puso en vigencia la ley de glaciares
- Terra - Corte Suprema falla contra Barrick Gold por glaciares
- Diario Norte - La Corte dejó sin efecto cautelar que amparaba a la Barrick
- Diario Río Negro - La Corte avaló la ley que protege a los glaciares
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Fecha de Publicación: 04/07/2012
Fuente: Página/12
Provincia/Región: San Juan - Nacional
El máximo tribunal dispuso que debe hacerse un inventario de glaciares también en San Juan, donde la aplicación de la ley había quedado suspendida por una demanda de la Barrick Gold, el sindicato de mineros y el gobierno provincial.
La Corte Suprema de Justicia revocó las medidas cautelares que impedían la vigencia plena de la Ley de Glaciares, que pone límites a las actividades extractivas contaminantes, como la minería, para preservar las reservas de agua dulce. El fallo revierte las decisiones adoptadas por la Justicia Federal de San Juan, que había suspendido la aplicación de seis artículos claves de la norma a pedido de las empresas Barrick Exploraciones Argentinas, Exploraciones Argentinas Mineras y Minera Argentina Gold, además de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y el gobierno de la provincia de San Juan. Con sus demandas habían logrado eximir de controles a dos emprendimientos de extracción de oro y plata a cielo abierto en esa provincia, Veladero y Pascua Lama. La decisión del alto tribunal precisa que de ahora en más, como prevé la ley aprobada en 2010, deberá realizarse en San Juan un inventario de glaciares, tal como, se supone, se realiza en todo el país, y tendrán que ser sometidos a una auditoría de impacto ambiental los emprendimientos ubicados en áreas de posible riesgo.
Hasta ayer la Ley de Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial estaba suspendida parcialmente debido a las medidas cautelares dictadas por el juez Miguel Angel Gálvez. En los hechos, la aplicación era prácticamente imposible, al menos en San Juan, porque los artículos afectados (2, 3, 5, 6, 7 y 15) son los que abarcan la definición de glaciar, la confección de un inventario nacional de glaciares, la prohibición de actividades que puedan implicar su destrucción y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental de las actividades proyectadas en zonas de glaciares, así como de someter a auditoría las que ya estuvieran en ejecución al momento de la sanción de la ley. El emprendimiento minero Veladero está operativo desde 2005; Pascua Lama es un proyecto binacional (argentinochileno) en construcción.
Según la Corte, el juez sanjuanino se basó en un “fundamento contradictorio”. Por un lado, advertía que la ley “contiene una definición amplia, imprecisa y, por lo tanto, crea un estado de intranquilidad e incertidumbre para los representantes de las empresas” mineras “que verían afectados el patrimonio y los derechos adquiridos” y “sus derechos a ejercer industrias lícitas”. Sin embargo, acota el alto tribunal, al suspender los seis artículos la medida cautelar “neutraliza los procedimientos establecidos por la propia ley para generar la precisión que requiere el peticionante (las empresas)”. “El artículo 2º de la ley define el concepto de glaciar y ambiente periglacial, estableciendo luego la forma de individualizarlos a través de la realización de un inventario. Una vez que se haya llevado a cabo el inventario de glaciares, se conocerán con exactitud las áreas que se encuentran protegidas por ley”, ilustra el fallo supremo.
El razonamiento de la Corte es que mal puede saber una empresa si a la larga será víctima de un eventual daño irreparable (que requiera ser protegido por una medida cautelar) si ni siquiera se ha constatado por los caminos legales si sus emprendimientos están en las zonas críticas y/o si su actividad acarrea un posible perjuicio al ambiente. “No existen razones suficientes para adoptar una decisión tan grave como eximirla del cumplimiento de lo ordenado por la ley, que debe ser acatada hasta tanto se resuelva su validez constitucional”, advierte la resolución, firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Enrique Petracchi y Carlos Fayt. Para ellos ni siquiera hay una amenaza de un futuro efecto irreversible para las mineras. Carmen Argibay sigue de licencia por problemas de salud y Raúl Zaffaroni viajó a recibir un reconocimiento en Cuba.
Un dato curioso es que en la Barrick Gold –según sus voceros– sostiene que las explotaciones de Pascua Lama y Veladero no están en zonas de glaciares. Todo indica que se anticiparon a denuncias en su contra. También se sumaron al recurso de amparo Exploraciones Argentinas Mineras (Emasa) y el sindicato de los mineros, mientras que el gobierno de San Juan (donde se desarrolla una vasta actividad minera, con diecisiete empresas instaladas en la provincia) se presentó como parte interesada en sostener la medida cautelar concedida por el juez Gálvez. El caso llegó a la Corte por un recurso del Estado nacional. Como terceras interesadas se presentaron la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, Greenpeace, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, Amigos de la Tierra y Diálogo por el Ambiente.
El juzgado de primera instancia alegaba que la Ley de Glaciares estaba reñida con la Constitución, en cuanto a que “corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio” y que cada una dicta sus normas de protección del ambiente. Llegó a preguntarse si no hubo “presupuestos excesivos en la actividad legislativa”.
La Corte fue muy crítica con ese enfoque. Dijo que el juez federal usó criterios “dogmáticos”, que no ofreció un “remedio proporcionado” y que no tuvo en cuenta que afectaba “el principio constitucional de división de poderes”. “Los jueces deben valorar de forma equilibrada los hechos del caso, así como las normas y principios jurídicos en juego, y resolver las tensiones entre ellos mediante una ponderación adecuada”, prescribió la Corte.
El fallo dice expresamente que recién una vez que se hagan el inventario de glaciares –una tarea que está a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales– y la auditoría ambiental de la Barrick Gold y de Emasa, “se conocerá si la ley afecta o no los derechos” de esas firmas. Por ahora se discutió una medida preventiva. Lo que definirá la pulseada será la revisión sobre la constitucionalidad de la ley, que deberá resolver la Corte. El fallo de ayer dedica un párrafo a recordar el objetivo de la norma: “Establecer los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial” para “preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de la información científica y como atractivo turístico”.
Desde sus primeras decisiones sobres el saneamiento del Riachuelo, la Corte se mostró proclive a tallar en cuestiones ambientales (especialidad de Lorenzetti) y donde el Estado ha estado ausente. También desde hace tiempo viene marcando límites al abuso de las medidas cautelares –como lo hizo al levantar la cautelar que suspendía la ley de medios– como instrumentos de algunos jueces para cuestionar leyes o medidas de gobierno y transformar medidas provisorias en sentencias anticipadas.
Más Información:
- La Nación - La Corte respaldó la plena vigencia de la ley de glaciares
- IEco-Clarín - Rechazó la Corte un pedido de la Barrick y destrabó la ley...
- Página/12 - Con beneficio de inventario
- Los Andes - La Corte falló contra las mineras y destrabó la Ley de Glaciares
- Los Andes - Barrick reiteró que su actividad no afecta glaciares
- La Voz - Ley de glaciares: la Corte revocó amparos de las mineras
- Diario Uno - La Corte revocó las cautelares impuestas por la Barrick...
- El Tribuno - La Corte Suprema puso en vigencia la ley de glaciares
- Terra - Corte Suprema falla contra Barrick Gold por glaciares
- Diario Norte - La Corte dejó sin efecto cautelar que amparaba a la Barrick
- Diario Río Negro - La Corte avaló la ley que protege a los glaciares
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CSJ revoca cautelar contra la Ley de Glaciares
La Corte Suprema revocó las cautelares que impedían aplicar la Ley de Glaciares
Fecha de Publicación: 03/07/2012
Fuente: Clarín
Provincia/Región: San Juan - Nacional
El máximo tribunal dejó sin efecto las medidas dictadas por la Justicia federal de San Juan y que habían sido solicitadas por Barrick Gold y otras empresas mineras. De este modo, la ley queda vigente, por lo que deberá hacerse un inventario de glaciares.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este martes las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la llamada “Ley de Glaciares” en la provincia de San Juan y, en consecuencia, dicha norma queda vigente, por lo que deberá realizarse un inventario de glaciares en todo el país, entre otras cuestiones.
Según informó el sitio cij.gov.ar, se trata de medidas cautelares dictadas por la Justicia federal de San Juan que habían sido requeridas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, a fin de que se suspenda la aplicación de seis artículos de la ley 26.639 para el emprendimiento minero Pascua Lama.
Las cautelares se referían a la definición de glaciar, a la creación del Inventario Nacional de Glaciares, a la realización de un inventario, a la prohibición de actividades que impliquen la destrucción de glaciares, a la obligación de realizar estudios de impacto ambiental, y a la disposición transitoria que establece la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario y la obligación de someter a las actividades en ejecución al momento de la sanción de la ley a una auditoría ambiental .
Según el fallo de la Corte –firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda-, “la decisión en recurso suspende la aplicación de la ley con un fundamento contradictorio”.
“Ello es así porque para la adopción de esta medida el a quo sostiene que la ley contiene una definición amplia, imprecisa y, por lo tanto, ‘crea un estado de intranquilidad e incertidumbre para los representantes de las empresas actoras’. Sin embargo, la medida cautelar, al suspender algunos de los artículos señalados, neutraliza los procedimientos establecidos por la propia ley para generar la precisión que requiere el peticionante”, agrega.
El senador porteño por el Frente para la Victoria, Daniel Filmus, uno de los impulsores de esta ley celebró la decisión de la Corte, “se ha dado un paso importantísimo para proteger los reservorios de agua en esa provincia”, definió.
“Es una decisión fundamental para que empiece la primer etapa en San Juan, la de implementación del inventario que define las zonas que hay que cuidar para preservar el agua de los glaciares. El Gobierno nacional a través de la Secretaria de Ambiente ya está trabajando en la confección del inventario en las demás provincias”, expresó.
Para Filmus, la realización del inventario de los glaciares “es el núcleo central de la ley, ya que poder contar con un inventario realizado por los científicos del CONICET y por el prestigioso director del IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales), Ricardo Villalba, nos permitirá conocer en detalle cuáles son las reservas de agua que hay que proteger en todo el territorio nacional”, concluyó.
En tanto, el ex intendente y candidato a gobernador de San Juan, Alfredo Avelin, calificó el fallo como "histórico" y dijo que "permite volver a creer en la Justicia". "Ojalá que a partir de ahora se empiece a trabajar como sucede en otros países, en la prohibición del uso del cianuro y sustancias contaminates en la explotación de la megaminería metalífera", agregó Alfredo Avelín (h).
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Fecha de Publicación: 03/07/2012
Fuente: Clarín
Provincia/Región: San Juan - Nacional
El máximo tribunal dejó sin efecto las medidas dictadas por la Justicia federal de San Juan y que habían sido solicitadas por Barrick Gold y otras empresas mineras. De este modo, la ley queda vigente, por lo que deberá hacerse un inventario de glaciares.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este martes las medidas cautelares que frenaban la aplicación de la llamada “Ley de Glaciares” en la provincia de San Juan y, en consecuencia, dicha norma queda vigente, por lo que deberá realizarse un inventario de glaciares en todo el país, entre otras cuestiones.
Según informó el sitio cij.gov.ar, se trata de medidas cautelares dictadas por la Justicia federal de San Juan que habían sido requeridas por las empresas Barrick Exploraciones Argentina SA y Exploraciones Mineras Argentinas SA, a fin de que se suspenda la aplicación de seis artículos de la ley 26.639 para el emprendimiento minero Pascua Lama.
Las cautelares se referían a la definición de glaciar, a la creación del Inventario Nacional de Glaciares, a la realización de un inventario, a la prohibición de actividades que impliquen la destrucción de glaciares, a la obligación de realizar estudios de impacto ambiental, y a la disposición transitoria que establece la obligación de presentar un cronograma para la ejecución del inventario y la obligación de someter a las actividades en ejecución al momento de la sanción de la ley a una auditoría ambiental .
Según el fallo de la Corte –firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Santiago Petracchi y Juan Carlos Maqueda-, “la decisión en recurso suspende la aplicación de la ley con un fundamento contradictorio”.
“Ello es así porque para la adopción de esta medida el a quo sostiene que la ley contiene una definición amplia, imprecisa y, por lo tanto, ‘crea un estado de intranquilidad e incertidumbre para los representantes de las empresas actoras’. Sin embargo, la medida cautelar, al suspender algunos de los artículos señalados, neutraliza los procedimientos establecidos por la propia ley para generar la precisión que requiere el peticionante”, agrega.
El senador porteño por el Frente para la Victoria, Daniel Filmus, uno de los impulsores de esta ley celebró la decisión de la Corte, “se ha dado un paso importantísimo para proteger los reservorios de agua en esa provincia”, definió.
“Es una decisión fundamental para que empiece la primer etapa en San Juan, la de implementación del inventario que define las zonas que hay que cuidar para preservar el agua de los glaciares. El Gobierno nacional a través de la Secretaria de Ambiente ya está trabajando en la confección del inventario en las demás provincias”, expresó.
Para Filmus, la realización del inventario de los glaciares “es el núcleo central de la ley, ya que poder contar con un inventario realizado por los científicos del CONICET y por el prestigioso director del IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales), Ricardo Villalba, nos permitirá conocer en detalle cuáles son las reservas de agua que hay que proteger en todo el territorio nacional”, concluyó.
En tanto, el ex intendente y candidato a gobernador de San Juan, Alfredo Avelin, calificó el fallo como "histórico" y dijo que "permite volver a creer en la Justicia". "Ojalá que a partir de ahora se empiece a trabajar como sucede en otros países, en la prohibición del uso del cianuro y sustancias contaminates en la explotación de la megaminería metalífera", agregó Alfredo Avelín (h).
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ecosistemas,
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San Juan
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Tenencia ilegal de animales silvestres en Chaco
Preocupación por la tenencia ilegal de animales silvestres
Fecha de Publicación: 03/07/2012
Fuente: Data Chaco
Provincia/Región: Chaco
El director de Fauna, Mario Cuevas, afirmó que “existen muchas personas que mantienen animales silvestres en cautiverio en sus domicilios, lo cual provoca numerosos inconvenientes a los mismos tenedores y a los propios animales”.
La Dirección de Fauna y Áreas Naturales Protegidas del Ministerio de Producción recuerda que está prohibida la tenencia, tránsito y comercialización de animales silvestres autóctonos de la provincia, ante los innumerables inconvenientes que los mismos ocasionan para sus tenedores, que van desde enfermedades diversas, accidentes domésticos, agresiones, hasta llegar a inconvenientes legales. El organismo recuerda que la legislación en vigencia prevé decomisos y severas sanciones a quienes hacen caso omiso a esta recomendación.
El director de Fauna y Áreas Protegidas dependiente del Ministerio de Producción del Chaco, doctor Mario Cuevas, manifestó su preocupación porque tanto en Resistencia como en varios puntos de la provincia “existen muchas personas que mantienen animales silvestres en cautiverio en sus domicilios, lo cual provoca numerosos inconvenientes a los mismos tenedores y a los propios animales”.
“Vemos con preocupación la aparición de monos, osos meleros, coatí, zorros y aves diversas, en barrios densamente poblados de Resistencia, del Gran Resistencia y del interior provincial, provenientes de fugas de tenencias en cautiverio”, indicó el funcionario.
Cuevas apuntó que estos animales silvestres pueden transmitir enfermedades como la
rabia, fiebre amarilla, leishmaniasis, psitacosis, entre otras, además de ocasionar agresiones a los mismos tenedores, vecinos o transeúntes.
El director de Fauna destacó que “no está permitida la tenencia de animales silvestres en cautiverio, porque así lo establece la Ley 5629, por lo que no cumplir con esta reglamentación ocasiona un sinnúmero de problemas legales, incluso para los mismos veterinarios, porque al ser ilegal el animal que traen a consulta, los profesionales no cuentan con elementos para su manipulación”.
Cuevas también citó otros problemas para los tenedores de animales silvestres en cautiverio, como “el desconocimiento de las dietas y manejo adecuado de la especie, por lo que en muchos casos terminan muriendo por desnutrición o son protagonistas de accidentes domésticos o en la vía pública, electrocución y hasta peleas con perros”.
“Es necesario que la población entienda que están en plena vigencia las normativas que prohíben la tenencia, el tránsito y la comercialización de animales silvestres autóctonos en la provincia, por lo que recomendamos abstenerse de la adquisición de los mismos, recordando que en caso de detectarse casos de este tipo, se procederá al decomiso y la sanción al tenedor, las cuales son muy severas”, remarcó.
Finalmente, el director de Fauna y Áreas Naturales Protegidas del Ministerio de Producción solicita a las personas recabar mayor información en Remedios de Escalada Nº 46, en la ciudad de Resistencia o bien comunicarse al teléfono 362-4421428.
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Fecha de Publicación: 03/07/2012
Fuente: Data Chaco
Provincia/Región: Chaco
El director de Fauna, Mario Cuevas, afirmó que “existen muchas personas que mantienen animales silvestres en cautiverio en sus domicilios, lo cual provoca numerosos inconvenientes a los mismos tenedores y a los propios animales”.
La Dirección de Fauna y Áreas Naturales Protegidas del Ministerio de Producción recuerda que está prohibida la tenencia, tránsito y comercialización de animales silvestres autóctonos de la provincia, ante los innumerables inconvenientes que los mismos ocasionan para sus tenedores, que van desde enfermedades diversas, accidentes domésticos, agresiones, hasta llegar a inconvenientes legales. El organismo recuerda que la legislación en vigencia prevé decomisos y severas sanciones a quienes hacen caso omiso a esta recomendación.
El director de Fauna y Áreas Protegidas dependiente del Ministerio de Producción del Chaco, doctor Mario Cuevas, manifestó su preocupación porque tanto en Resistencia como en varios puntos de la provincia “existen muchas personas que mantienen animales silvestres en cautiverio en sus domicilios, lo cual provoca numerosos inconvenientes a los mismos tenedores y a los propios animales”.
“Vemos con preocupación la aparición de monos, osos meleros, coatí, zorros y aves diversas, en barrios densamente poblados de Resistencia, del Gran Resistencia y del interior provincial, provenientes de fugas de tenencias en cautiverio”, indicó el funcionario.
Cuevas apuntó que estos animales silvestres pueden transmitir enfermedades como la
rabia, fiebre amarilla, leishmaniasis, psitacosis, entre otras, además de ocasionar agresiones a los mismos tenedores, vecinos o transeúntes.
El director de Fauna destacó que “no está permitida la tenencia de animales silvestres en cautiverio, porque así lo establece la Ley 5629, por lo que no cumplir con esta reglamentación ocasiona un sinnúmero de problemas legales, incluso para los mismos veterinarios, porque al ser ilegal el animal que traen a consulta, los profesionales no cuentan con elementos para su manipulación”.
Cuevas también citó otros problemas para los tenedores de animales silvestres en cautiverio, como “el desconocimiento de las dietas y manejo adecuado de la especie, por lo que en muchos casos terminan muriendo por desnutrición o son protagonistas de accidentes domésticos o en la vía pública, electrocución y hasta peleas con perros”.
“Es necesario que la población entienda que están en plena vigencia las normativas que prohíben la tenencia, el tránsito y la comercialización de animales silvestres autóctonos en la provincia, por lo que recomendamos abstenerse de la adquisición de los mismos, recordando que en caso de detectarse casos de este tipo, se procederá al decomiso y la sanción al tenedor, las cuales son muy severas”, remarcó.
Finalmente, el director de Fauna y Áreas Naturales Protegidas del Ministerio de Producción solicita a las personas recabar mayor información en Remedios de Escalada Nº 46, en la ciudad de Resistencia o bien comunicarse al teléfono 362-4421428.
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