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El Cofema contra la política ambiental de Milei

 


El Consejo Federal de Ambiente criticó la política de Milei: “Preocupa la extranjerización de bienes naturales”

Fecha de Publicación
: 20/01/2024
Fuente: TN
Provincia/Región: Nacional


Los especialistas reclamaron a los legisladores la revisión de las modificaciones que el Gobierno busca aplicar en normas clave que afectan a los bosques nativos y los glaciares, entre otras problemáticas.
Este jueves, el Consejo Federal de Medio Ambiente (Cofema) publicó una declaración en línea con los reclamos por el retroceso ambiental que implican los cambios que quiere hacer el Gobierno a través del DNU 70/2023 y la Ley Ómnibus en materia ambiental. “Nos preocupa la extranjerización de bienes naturales”, enfatizaron.
Las autoridades ambientales de todo el país solicitaron a los legisladores nacionales de ambas Cámaras del Congreso de la Nación a revisar la claridad de la normativa que modifica al menos tres leyes estratégicas para el cuidado del ambiente. Asimismo, destacaron que no hay lugar para el debate y que “no puede considerarse el silencio como una autorización tácita”.
Es que las reformas que planea instrumentar el gobierno suponen una fuerte desregulación y desfinanciamiento de los aspectos ambientales en la Argentina: habrá cambios en la ley de quema, la ley de protección de bosques nativos y la ley de glaciares. También se establecerá un mercado de carbono.

Las reformas ambientales que el gobierno debe analizar según el Consejo de Ambiente
“Tanto el DNU como el proyecto de Ley Ómnibus en discusión en el Congreso implican modificaciones sustantivas a los marcos jurídicos vigentes en materia ambiental. Así, resulta oportuno poner en conocimiento de la sociedad y de los representantes legislativos, la voluntad de las autoridades ambientales de todo el país”, introduce el comunicado del Consejo y detalla los puntos a considerar:
- En materia de bosques nativos, manifestamos que se debe garantizar el financiamiento de la Ley 26.331 a través de la expresión de una meta presupuestaria concreta, respecto del porcentaje que se destinará al FOBOSQUE;
- En relación con el mercado de derecho de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), se deberá precisar en la norma la autoridad de aplicación, los sectores que estarán incluidos en el régimen de este mercado, el tipo de gases que se tendrán en cuenta, el método de asignación de los derechos de emisiones y el método de aplicación de las penalizaciones;
- En cuanto a la Ley 26.562 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Control de Actividades de Quemas entendemos que no puede considerarse el silencio como una autorización tácita;
- En relación con la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial, resulta indispensable respetar los procesos de debate previo sobre las definiciones de ambientes glaciares y periglaciares.
- Sobre la Ley 26.737, de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras, vemos con preocupación que pueda significar un proceso de extranjerización de los bienes comunes naturales y una afectación a la soberanía nacional, así como a las posibilidades de las provincias de preservar áreas estratégicas.
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Señalan el peligro del nuevo OTBN salteño

 


Greenpeace cuestionó la propuesta de ordenamiento territorial de bosques

Fecha de Publicación
: 13/01/2024
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Salta


La organización sostuvo que el OTBN debería establecer la prohibición total de los desmontes; en sintonía, consideró "sumamente excesiva" la deforestación de 721.568 hectáreas que permite el nuevo ordenamiento.
“Este mecanismo es similar al utilizado para permitir las recategorizaciones prediales ilegales”. Esta es una de las críticas que lanzó la asociación ambientalista Greenpeace contra el informe que elaboró el Equipo Técnico Asesor a cargo del trazado del nuevo Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) de la provincia de Salta.
Las conclusiones de la ambientalista se refieren a la nueva categoría que se dispone en el propuesto mapa del OTBN. En el nuevo Ordenamiento se dispone un “amarillo potencial” que se define según la cantidad de hectáreas que se podrían desmontar en una zona en particular, delimitadas a su vez por otros factores como el estado de las cuencas.
Entre los principios sostenidos por Greenpeace se encuentra la necesidad de establecer la prohibición total de los desmontes en el entendimiento de que un “desmonte legal” de 721.568 hectáreas (como propone el informe técnico del OTBN) involucra una “superficie sumamente excesiva”.
Esta afirmación se toma sobre la base del hecho de que, según los datos oficiales, desde la sanción de la Ley de Bosques, a fines de 2007, hasta fines de 2022, en la provincia se desmontaron 714.052 hectáreas. O sea, en 15 años, se deforestaron menos hectáreas de las que se propone que podrían desmontarse ahora en el nuevo OTBN.
“Cabe advertir que gran parte de los desmontes se realizaron en zonas donde no está permitido (Categorías I - rojo, II - amarillo)”, recordó Greenpeace. En esta línea señaló que durante la gestión de Juan Manuel Urtubey “el gobierno provincial realizó numerosas recategorizaciones prediales (algo no permitido por la ley nacional) mediante las cuales autorizó desmontes en zonas protegidas”.
El procedimiento de recategorización de bosques enmarcado en dos decretos que terminaron por desvirtuar el OTBN provincial aprobado en 2009, fue considerado ilegal tanto por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación como por la Auditoría General de la Nación.
Sin embargo, “las fincas que fueron ilegalmente deforestadas no fueron restauradas y deberían mantener su categoría original en la actualización del OTBN. La nueva zonificación no debe dejar en suspenso ni validar la deforestación ilegal anterior”, indicó la organización.
Asimismo, recordó que Argentina firmó en la Cumbre Climática realizada en Glasgow en 2022 un compromiso de Deforestación Cero para 2030. “Las actualizaciones de los Ordenamientos Territoriales de Bosques Nativos de las provincias deberían ir en esa dirección”, sostuvo.
Añadió que la zonificación propuesta no respeta el “principio de no regresión ambiental ya que permite, en algunos casos, el desmonte en zonas actualmente clasificadas en las Categorías I - rojo y II - amarillo, algo prohibido por la normativa nacional”.
Es por ello que lo comparó con las recategorizaciones habilitadas durante el urtubeycismo, generando “una zonificación flexible, lo que en la práctica no es una zonificación, ya que no determina claramente dónde se puede y dónde no se puede desmontar. Además, la Categoría marrón no está contemplada en la Ley Nacional de Bosques. Esta metodología puede implicar decisiones arbitrarias del Poder Ejecutivo provincial y no favorecen al control social de los desmontes ilegales", aseguró.

Fragmentación de los bosques
La organización ambientalista indicó que al permitir desmontes en las actuales categorías I (rojo) y II (amarillo), la propuesta de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques de Salta “además de ser ilegal, promueve la fragmentación de los bosques al no garantizar áreas boscosas continuas”.
Esto, afirmó, pone en riesgo el funcionamiento del ecosistema forestal y la supervivencia de grandes mamíferos, como el yaguareté.
Además, recordó que la Ley 26.331, de Bosques Nativos, destaca la importancia de respetar los territorios de los pueblos originarios. “Resulta fundamental concluir el relevamiento territorial de comunidades indígenas establecido por la Ley 26.160”, indicó sobre este aspecto.
Sucede que en Salta, como en la mayoría de las provincias, el relevamiento que debe realizar el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) no fue concluido aún. “Se trata de información indispensable para la actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos”, afirmó Greenpeace.
La última observación fue sobre la falta de realización de talleres en los territorios indígenas y en su idioma originario, requisito para cumplir con la consulta libre, previa e informada establecida en tratados internacionales firmados por la Argentina. "La grave crisis climática y de biodiversidad en la que nos encontramos nos obliga a poner fin a los desmontes y promover el manejo sustentable y la restauración de los bosques nativos, respetando los derechos y territorios de las comunidades indígenas", concluyó.
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Ley Ómnibus: algunos ejes ambientales serían modificados

 


Ley Ómnibus: el Gobierno dará marcha atrás con más cambios ambientales, pero hay dudas entre los diputados

Fecha de Publicación
: 12/01/2024
Fuente: TN
Provincia/Región: Nacional


La subsecretaria de Ambiente, Ana Lamas, expuso en comisión y aseguró que no se admitirán los desmontes en áreas protegidas. También que la Argentina cumplirá con los acuerdos internacionales para combatir el cambio climático.
Durante la tarde del miércoles, la subsecretaria de Ambiente, Ana María Lamas, expuso en la comisión de Diputados en donde se está tratando desde esta semana la Ley Ómnibus. Ante los reclamos por el retroceso ambiental que implicaba los cambios que quiere hacer el Gobierno a través de la normativa, la funcionaria hizo algunas aclaraciones e incluso adelantó que se dará marcha atrás con una modificación clave en la Ley de Bosques.
“Estamos con el desarrollo sustentable, lo ecológico, lo económico y lo social. Nuestro accionar está dirigido a eso y a la protección del capital. Natural y humano”, comenzó diciendo la funcionaria en una exposición que duró apenas 4 minutos (de 13.57 a 14.01).
“Vamos a acompañar todos los compromisos que la Argentina ha asumido con el Acuerdo de París y en la COP28. Vamos a estar atrás de los temas de los gases de efecto invernadero, su minimización y el uso de todo el financiamiento internacional que existe para atacar, mitigar y adaptar al cambio climático”, agregó.
Puntualmente, Lamas aseguró que quitarán el artículo 500 en donde se modificaba la Ley de Bosques (26.331) y que iba a permitir desmontes en zonas amarillas y rojas (I y II), algo que hoy está prohibido.
“El tema de bosques nativos es muy importante, es un tema de financiamiento internacional muy importante que tenemos y estos cambios nos impedirían exportaciones muy importantes. Si no cuidamos nuestros bosques, no las vamos a poder hacer. Por un error se incluyeron las categorías 1 y 2 y se va a eliminar ese punto de la ley”, dijo. Esta sería la segunda marcha atrás que da el gobierno en términos ambientales en una semana. Ya lo había hecho con la desregulación del régimen pesquero que pretendía establecer y que fue rechazada por gobernadores patagónicos y el sector.
Sin embargo, Lamas no hizo referencia a otra modificación que se haría en la normativa si se aprueba la Ley Ómnibus que es que la Ley de Bosques ya no se financiaría con una parte del presupuesto, sino a través de la voluntad del Ejecutivo, donaciones y créditos internacionales.
Después, la funcionaria aclaró que los cambios en la Ley de Quema -que habilitarían quemas en campos de manera tácita si no se recibe respuesta del Estado en 30 días- es una herramienta “fundamental” y que está permitida, pero que “se tiene que hacer con cuidado”. “Las provincias tienen que controlar”, aseguró.
Finalmente, se refirió a la Ley de Glaciares, uno de los puntos que más rechazo generó porque modificaba la definición y daba a entender que podían realizarse actividades productivas en las áreas que rodean a los glaciares. “Con respecto a la Ley de Glaciares, lo que intentamos hacer aquí fue brindar una definición y seguridad jurídica. Nunca los glaciares van a ser tocados para hacer ningún tipo de actividad, tampoco los periglaciares activos. Solo estamos diciendo que las provincias tienen la facultad, con sus leyes, de verificar que si se quiere hacer alguna actividad sobre el periglaciar no haya ningún impacto, sobre todo en los temas hídricos”, dijo Lamas.
Pese a que esta es la primera vez que el Gobierno comunica formalmente ciertos ejes ambientales y se comprometió a rever algunos artículos, muchos diputados no quedaron conformes con la exposición de Lamas.
“Con sus palabras, la subsecretaria dice que van a respetar los convenios y metas internacionales y nacionales comprometidas, pero el texto de los artículos dicen otra cosa”, dijo a TN Carolina Yutrovic, diputada de Unión por la Patria. Y sumó: “Nos pide que estemos tranquilos, que fue un error incluir las zonas de bosques I y II, pero no ingresan formalmente esas modificaciones”.
Yutrovic, como parte de Unión por la Patria, pide que el proyecto se debata en las comisiones específicas y se convoquen a las organizaciones de la sociedad civil que “trabajan y contribuyen activamente en cada uno de los temas”.
En la misma línea se expresó Maximiliano Ferraro de la CC: “Aclaró un tema que nos preocupaba bastante que era la habilitación de desmontes en zonas protegidas por la Ley de Bosques, que aparentemente se habría tratado de un error. Sin embargo, no ahondó en distintas modificaciones que implican regresión o al menos una falta de prevención en materia de protección ambiental. Por ejemplo, la habilitación de desmontes sin autorización previa ni participación pública en la categoría de menor protección”.
Y agregó: “Nos hubiera gustado tener más información sobre los proyectos productivos que requerirían flexibilizaciones a la Ley de Glaciares, o las razones que justifican habilitar autorizaciones tácitas para la actividad de quema, que si bien existe y tiene fines productivos, también implica riesgos que deben observarse”.
“Fue pobre la exposición, se limitó a dar un par de respuestas bastante restringidas dentro de los muchos temas que se plantearon”, analizó a TN Carlos Villalonga, ambientalista y exdiputado. “Queda claro que sí se eliminan los fondos de la Ley de Bosques lo que es muy complicado porque esta ley le encomienda a las provincias a que hagan un esfuerzo y ese esfuerzo se sostiene con un fondo nacional, sino no hay manera que puedas desarrollar un plan de gestión, de contención y de compensaciones para bosques que no van a ser talados. El costo no lo pueden pagar solo las provincias que tienen bosques nativos”.
“No hay ninguna indefinición o de inseguridad en cuanto a la ley. Al contrario, lo que la modificación nos trae es incertidumbre y abre todos los conflictos de nuevo, en un tema en el cual no tenía necesidad. La minería no está teniendo un parate por la ley de glaciares.
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Carta de ONGs ambientales contra la Ley Ómnibus

 


Para 80 organizaciones ambientales, más que Ley Ómnibus es una ley topadora que se lleva puesto todo

Fecha de Publicación
: 10/01/2024
Fuente: El Ciudadano Web
Provincia/Región: Nacional


Entidades de todo el país enviaron una carta a la Cámara de Diputados en la que analizan y advierten, punto por punto, la degradación que implica el megaproyecto enviado por el gobierno al Congreso, y piden el rechazo de 22 de sus artículos
Más de 80 organizaciones ambientales y sociales, fundaciones y redes enviaron una carta a la Cámara de Diputados de la Nación para expresar su rechazo al proyecto de “Ley Ómnibus” enviada por el Poder Ejecutivo Nacional porque indicaron que supone “serios retrocesos en la legislación ambiental” que protege al país, a la que incluso muchas entidades consideran aún insuficiente y permisiva. “Bajo el pretexto de la libertad, el proyecto de ley pretende avanzar sobre ecosistemas protegidos y dar beneficios económicos a sectores como la minería, el agro y el sector hidrocarburífero en detrimento de los derechos de las personas y la protección de los ecosistemas”, sostiene el comunicado que firman colectivos de todo el país. El documento –con puntos de encuentro con un previo documento de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas– previene los nuevos escenarios ambientales que supondría dar luz verde a las modificaciones pretendidas, encontrando que la degradación consecuente ni siquiera habilitaría un aumento de la cantidad y calidad de las exportaciones, sino lo contrario.
Las entidades consideraron “un avasallamiento a la democracia constitucional” tanto al proyecto legislativo como al voluminoso decreto de necesidad y urgencia que está siendo resistido en Tribunales con una catarata de presentaciones. Las organizaciones de defensa del ambiente, en forma masiva, apuntaron al nuevo andamiaje legal “desregulador” por “derogar y modificar regresivamente leyes ambientales sancionadas por el Congreso de la Nación y respaldas por la sociedad civil de todo el país”.
“El proyecto pretende realizar reformas a leyes cruciales para la protección del ambiente, entre las cuales se incluyen la ley de Bosques (26.331), la ley de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema (26.562), la ley de Glaciares (26.639) y la ley Federal de Pesca (24.922)”, remarcaron las entidades.
En la carta, además, las organizaciones advierten que el proyecto de ley contraviene “el principio de no regresión ambiental del Acuerdo de Escazú, un pacto internacional que establece que la legislación no puede empeorar la situación del derecho vigente”. La cuestión del no retroceso en materia ambiental tiene rango constitucional, por lo que no puede ser alterada por normas de catergoría inferior como una ley, y menos un decreto de necesidad y urgencia.
“Evidentemente, las modificaciones propuestas en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo implicarían una disminución en los niveles de protección ambiental y, por ende, tendrían un impacto negativo en el bienestar de las personas”, sostienen las organizaciones.
Las organizaciones, algunas de alcance local y regional, otras de presencia nacional e incluso capítulos en la Argentina de fundaciones internacionales, recuerdan que la legislación ambiental vigente fue lograda “tras mucho esfuerzo, discusiones parlamentarias y trabajo de consenso entre diversos actores sociales, a lo largo de los últimos años”, y citan el artículo 41 de la Constitución Nacional, que obliga a los gobiernos a resguardar el derecho de las y los habitantes del país a “un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras”.
“En pos del cumplimiento de este mandato constitucional, la sociedad argentina ha comprometido, tiempo y esfuerzo para el desarrollo de un importante plexo normativo que, aunque incompleto y de implementación parcial ha permitido generar un adecuado balance entre el estímulo a la producción, la conservación y restauración del ambiente y el desarrollo social”, remarca la nota enviada a la Cámara de Diputados referida al proyecto “Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”.
“Rechazamos este proyecto de ley que constituye un intento de retroceder en la protección y conservación del ambiente alcanzado y, por ende, es ilegal e inconstitucional”, señaló Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales.
Las reformas proyectadas forman parte del Capítulo III del Título VI –Interior, Ambiente, Turismo y Deporte– y el director de la Fundación Vida Silvestre Argentina, Manuel Jaramillo, denunció que así “se propone avanzar sobre legislación construida de manera participativa entre diversos sectores de la sociedad”. Uno de los ejemplos es la ley de Bosques, “que existe desde hace 15 años, producto del trabajo conjunto entre diferentes organizaciones y legisladores junto con diversas jurisdicciones, y que ha permitido visibilizar los bosques nativos, reducir inclusive las tasas de deforestación”, subrayó Jaramillo.
Las entidades marcaron en su documento que incluso el tratamiento previsto para la Ley Ómnibus en la Cámara baja es defectuoso, ya que abarca temas ambientales sin convocar a las comisiones respectivas. “En algunos casos van más allá de las capacidades de las comisiones a las cuales actualmente tiene giro (Presupuesto y Hacienda, de Asuntos Constitucionales y de Legislación General). En línea con los temas analizados en este documento, las comisiones faltantes para el análisis del proyecto son: de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano, de Energía y Combustibles, de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios y de Agricultura y Ganadería”, remarcaron.

Topadora de tierra, agua y aire
Uno de los puntos que las organizaciones reprochan con firmeza es la modificación a la ley de Manejo del Fuego, cuya letra final pretendida por el gobierno de Javier Milei deja habilitada cualquier tipo de quema en caso de que en 30 días hábiles la autoridad competente no responda a una solicitud. “El silencio es interpretado de manera positiva y autoriza de manera tácita a avanzar con quemas sin presencia ni control de parte de las autoridades locales especializadas en manejo del fuego”, expusieron.
Otro de los puntos es la degradación de la ley de Bosques: “En caso de aprobarse la modificación propuesta por el proyecto de ley, las exigencias legales de evaluación de impacto ambiental y participación ciudadana ya no serán requeridas” en un 19% de las áreas resguardadas por la normativa vigente. Esto es 10.192.063 hectáreas sujetas a desmonte. Pero además alertan que la ley “pretende habilitar desmontes hoy prohibidos” en las dos categoría con mayor protección: “Se trata de bosques de muy alto valor de conservación a proteger a perpetuidad, que no debe transformarse” y “de mediano valor de conservación, a manejar de forma sostenible”. Así se afecta a 10.992.353 hectáreas de máxima protección (21% de los bosques nativos), y a 32.000.085 hectáreas categorizadas en amarillo, nada menos que el el 60% de los bosques argentinos.
También se remarca que el mamotreto enviado al Congreso “elimina la mención específica al acceso a la información de los pueblos indígenas y las comunidades campesinas”, lo que implica desconocer leyes y tratados internacionales, como la ley general de Ambiente, la ley de Acceso a la Información Pública Ambiental, el Acuerdo de Escazú y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a Pueblos Indígenas.
“El proyecto de ley hiere de muerte a nuestros bosques nativos, su biodiversidad y los medios y modos de vida de comunidades enteras. Implica además anular las 23 leyes provinciales de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos que fueron dictadas al ritmo de los parámetros que la ley 26.331 y de las actividades permitidas y de las prohibidas.
Y también alerta sobre el daño que –¿por desconocimiento?– puede infligirle a las exportaciones nacionales que deben sortear normativa internacional, como lo es el Reglamento Europeo sobre Productos Libres de Deforestación, adoptado en junio de 2023 y “con efecto directo sobre las exportaciones de Argentina en materia de soja, ganado bovino y madera”. Y Europa no es el único mercado que exige para la introducción de productos “que el país muestre una fuerte política combatiendo la deforestación y la degradación forestal”.
Además el documento puntualiza que el proyecto Ómnibus “deroga la obligación del Estado nacional de constituir anualmente el Fondo Nacional de Conservación y Enriquecimiento de Bosques Nativos”, que se conforma con dos fuentes fijas –0,3% del Presupuesto Nacional y 2% de las retenciones a las exportaciones de productos agrícolas y forestales– para plantear un financiamiento a discreción del gobierno de turno.
Sobre la ley de Glaciares, en tanto, la nota denuncia que “para facilitar la intervención sobre estos ambientes protegidos, el texto propuesto recorta la definición amplia de glaciar presente en la ley vigente y la restringe a una protección limitada a determinados glaciares”. Las ONG asimilan que la intención es atender “un reclamo histórico del sector minero en detrimento de la protección ecosistémica”, lo cual es simplemente “una clara vulneración al principio de no regresión ambiental” que tiene vigencia en la Argentina.
A su vez, la carta denuncia que la protección sobreviniente “está condicionada a una serie de requisitos restrictivos y discrecionales que redundan en la desprotección de áreas hoy preservadas por la ley vigente como, por ejemplo, la limitación a glaciares sólo incluidos en el Inventario Nacional de Glaciares”. Y remarcan que, de hecho, el Inventario “es incompleto por excluir pequeños glaciares”. Pero también las modificaciones desafían la protección de una porción que está en el inventario al plantear la exigencia de “función hídrica efectiva y relevante como condición necesaria para justificar la protección de glaciares y ambiente periglacial”.
“Sumado a ello, el mensaje presidencial al inicio del proyecto de ley señala que de este modo se revierte un “avasallamiento” del poder federal sobre las provincias. Esta posición desconoce el mandato constitucional de la Nación de establecer un umbral mínimo de protección del ambiente”, cita la carta al artículo 41 de la Constitución Nacional.
En esa línea también se señala que el proyecto “aduce serias contradicciones legales, confunde la naturaleza de herramientas como el Inventario Nacional de Glaciares, entre otras falencias”. Como consecuencia, en definitiva “se vulnera la protección de ambientes que ya están en retroceso y que son centrales como reservorios de agua dulce, y que tienen funciones clave para la adaptación y mitigación al cambio climático y para la regulación hídrica, especialmente en zonas desérticas, no sólo para la vida humana sino para sostener el funcionamiento de los ecosistemas”.
Como cuarto punto, el documento apunta al Régimen Federal de Pesca, que generó una airada protesta de las provincias patagónicas –junto a Buenos Aires, las únicas colindantes con el mar– y el paso atrás del gobierno nacional. Pero el ministro del Interior, Guillermo Francos, se limitó a hablar de “clarificaciones”, entre ellas la defensa de la zona económica exclusiva de 200 millas marinas, a la que el proyecto de ley dejaba troquelada. Aunque admitió las quejas planteadas y abrió el juego para una mesa de diálogo con los distintos sectores involucrados, el ministro Francos no precisó cómo se iban a implementar los cambios.
Para las organizaciones ambientalistas la cuestión no sólo pasa por lo económico. El documento recuerda que el proyecto de Ley Ómnibus “propende a flexibilizar el proceso para otorgar permisos de pesca” cambiando condiciones y prioridades “sin involucramiento del Consejo Federal Pesquero”, y además “deroga la obligatoriedad de desembarcar la producción de los buques pesqueros en muelles argentinos” dejando así habilitados la descarga en otros puertos o el tranbordo en el alta mar, “lo que puede afectar la transparencia y trazabilidad de la pesca”. Y esto, precisamente cuando en todo el planeta los países avanzan hacia el punto contrario, que es una legislación “que desalienta la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada”. La alteración de esas premisas, advierten las organizaciones, puede vedar el ingreso a Europa y a Estados Unidos de productos pesqueros nacionales propios o bajo licencia.
Pero el documento centra su atención en que una cosa que se debe mejorar, se empeora. Ya la normativa en vigencia “adolece de insuficientes previsiones” en las consecuencias la actividas sobre el ambiente, “lo cual es necesario atender con fines de mejora, entrecruzando los principios que trajo la legislación ambiental vigente, particularmente el enfoque ecosistémico, el acceso a la información y la participación ciudadana”, señala el documento. Pues bien, las modificaciones no atienden ninguno de estos señalamientos, y en su lugar puede “facilitar una profundización del extractivismo en el mar, con usos que no sigan pautas de conservación ni consideren los impactos sobre la biodiversidad marina”.
En cuanto a la transición energética, otro punto que toma la Ley Ómnibus y por el que las organizaciones ambientales vienen expresando reparos hacia las gestiones anteriores, la observación es que reduce todo a una cuestión comercial, el modelo de “mercantilización de la naturaleza”. En ese aspecto, la suma de cambios legislativos propuestos “lejos está de proponer de qué manera se llevará a cabo la transición energética hacia una matriz energética más limpia en Argentina, y cuál será la hoja de ruta para cumplir con los compromisos internacionales”, denuncia el documento. Y y puntualiza que el proyecto meramente “se enfoca en el establecimiento de mercados de derechos de emisión de gases de efecto invernadero”. En esa línea “pretende asignar derechos de emisión de gases de efecto invernadero a cada sector y subsector de la economía”, que serán “compatibles con el cumplimiento de las metas” comprometidas por el país. “Sin embargo, no hace referencia a la necesidad y urgencia de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero desde las fuentes”, como el sector energético y la agricultura y ganadería.
En todos los casos se “faculta al Poder Ejecutivo Nacional para la asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, establecimiento de límites de emisión, monitoreo de avances, establecimiento de un mercado y sus reglas, además de la plataforma de registro, y penalización en caso de incumplimiento”, apelando de nuevo a una lógica discrecional que deja de lado la masa de conocimiento gestada a lo largo de tiempos históricos por comunidades locales, organizaciones, institutos de investigación, grupos especializados y actores clave en temáticas específicas. “Para que Argentina sea una potencia mundial es crucial construir sobre lo ya construido evitando destruir los logros alcanzados”, advierten las organizaciones, subrayando que entre esos logros “se encuentran las normas que este proyecto de ley pretende reformar y que conforman la columna vertebral de la protección del ambiente y los recursos naturales en la Argentina”.
“Exhortamos a la Cámara de Diputados a no hacer lugar a estas propuestas que colisionan de lleno contra principios jurídicos y normativa nacional e internacional vigente en el país, afectando los resultados económicos productivos de diversas actividades socioeconómicas que se pretenden beneficiar y arriesgando seriamente el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en los foros multilaterales ambientales”, concluye la misiva.
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UICN Argentina pide al Congreso rechazar Ley Ómnibus

 


UICN Argentina pidió al Congreso Nacional que se rechace las modificaciones en materia ambiental propuestas en el proyecto de Ley Ómnibus

Fecha de Publicación
: 06/01/2024
Fuente: Argentina Forestal
Provincia/Región: Nacional


Desde el Comité Argentino de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) emitieron una declaración pública para dar a conocer su preocupación por los alcances del proyecto de Ley Ómnibus del Poder Ejecutivo Nacional en que proponen modificaciones que implicarían una disminución de los niveles de protección ambiental ya alcanzados con la Ley de Bosques, Ley de Quema y Ley de Glaciares. «Colisionan de lleno contra principios jurídicos vigentes y normas que conforman la columna vertebral de la protección del ambiente y los recursos naturales en la Argentina», señalaron.
UICN Argentina pidió al Congreso Nacional que se rechace las modificaciones en materia ambiental propuestas en el proyecto de Ley Ómnibus Las organizaciones de la sociedad civil integrantes del Comité Argentino de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) expresaron sábado – a través de un comunicado- su “profunda preocupación” por las medidas contenidas en el proyecto de Ley ómnibus enviado este 27 de diciembre al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN).
“El proyecto vulnera el principio de no regresión ambiental, consagrado en el Acuerdo de Escazú (Ley 27.566) dado que los cambios propuestos a la normativa vigente implicarían una disminución de los niveles de protección ambiental ya alcanzados”, advierten desde la UICN Argentina.
Por otra parte, indican que varias de las medidas propuestas de modificación suponen “serios retrocesos en la legislación ambiental lograda tras mucho esfuerzo, discusiones parlamentarias y trabajo de consenso entre diversos actores sociales, a lo largo de los últimos años en la Argentina”, remarcaron.

En particular, el texto incluye modificaciones en:
-  Una modificación a la Ley 26.331 de Presupuestos mínimos de protección ambiental de bosques nativos aprobada en el año 2007, permitiendo el desmonte en las zonas categorizadas como rojo y amarillo, en las cuales el desmonte está prohibido por ser áreas con indicadores de valor ambiental o ecosistemas únucis, debiendo conservarse a perpetuidad o destinarse a uso sostenible, respectivamente. Según la modificación propuesta se habilitarían, previo cumplimiento de los requerimientos de la Ley General del Ambiente, “proyectos de desmonte de bosques nativos para los que se encuentren bajo la categoría I y II”, es decir, categoría roja y amarilla. Así, estas áreas que hoy suponen más del 70% de los ordenamientos territoriales declarados por las provincias pasarían a quedar desprotegidas.
Por su parte, el proyecto flexibiliza el desmonte en áreas verdes, hoy sujeto a previa evaluación de impacto ambiental y audiencia pública.
Además el proyecto vacía de financiamiento a la Ley de Bosques ya que quita de las fuentes que aportan anualmente al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos al 0,3% del presupuesto nacional y el 2% de las retenciones al agro. La Ley 26.331 pasaría a obtener los fondos que anualmente decida asignar el PEN y otras fuentes menores.
Propone, asimismo, eliminar la mención al acceso a la información y participación de pueblos indígenas y las comunidades campesinas, en contradicción con el Acuerdo de Escazú y el Convenio 169 de la OIT, marginando al mismo tiempo a los sectores en mayor vulnerabilidad en relación con los bosques nativos.
-  En materia de Ley de quemas, el proyecto del gobierno mantiene la definición vigente de “quema” pero agrega una de “aprovechamiento productivo” como toda “actividad que tenga una finalidad de lucro y que no tenga relación alguna con la protección medioambiental del terreno”. Esto permitiría el avance sin control ni autorización previa de quemas para desarrollo de infraestructura diversa, plantaciones, cultivos que no se comercialicen, etc.
Por otro lado, mantiene la prohibición de actividad de quema sin autorización. Pero el proyecto propone un plazo de 30 días hábiles para que la autoridad competente responda a la solicitud. En caso de falta de respuesta, se considerará que la quema ha sido autorizada “tácitamente”.
De esta manera, el silencio es interpretado de manera positiva generando una ficción legal que permitiría de manera tácita avanzar con quemas sin presencia ni control de parte de las autoridades locales especializadas en Manejo del Fuego, y sin ponderación de parámetros ambientales, incluyendo acumulativos, de tipo técnicos relativos al manejo del fuego, y cuidado de la seguridad y salud pública.
Para atender el flagelo de los incendios que arrasan con bosques, pastizales y humedales se necesita de un robusto y permanente monitoreo y accionar preventivo de parte de las autoridades, trabajando mano a mano con la comunidad y con financiamiento.
-  Se propone modificar la Ley 26.639 de Glaciares a fin de habilitar (con los informes ambientales exigidos por la normativa) la actividad económica en la zona periglaciar prohibido hoy en la norma vigente, recortando su definición amplia vigente y condicionando su protección al cumplimiento de requisitos restrictivos y discrecionales. Esta medida es una clara respuesta a un reclamo histórico del sector minero, que busca aumentar sus beneficios económicos en detrimento de la preservación socioambiental y la protección de áreas resguardadas por ley.
-  Modificaciones propuestas para la Ley 24.922 de régimen federal de pesca promulgada en 1998. Se propende a flexibilizar el proceso para otorgar permisos de pesca con cambios a las condiciones y prioridades hoy dispuestas y concentrando ese otorgamiento en la autoridad de aplicación, sin involucramiento del Consejo Federal Pesquero.
Por otro lado, implicaría liberar las aguas tradicionalmente reservadas a pesqueros de bandera argentina, derogando preferencia de personas de nacionalidad argentina en tripulaciones y la obligatoriedad de desembarcar la producción pesquera en puertos argentinos. Esto podría tener consecuencias graves para el sector, puestos de trabajo, y promover usos que no sigan pautas de conservación ni consideren los impactos sobre la biodiversidad marina.
-  Respecto a los mercados de carbono, el proyecto de ley se enfoca en el establecimiento de estos mercados que suponen una visión mercantilizadora de la naturaleza y sin hacer referencia a la necesidad y urgencia de reducir las emisiones desde las fuentes, ni a los compromisos internacionales de reducción de emisiones.

Por todo lo mencionado, las organizaciones de la sociedad civil del Comité Argentino de la UICN realizaron un llamado público a ambas Cámaras del Congreso Nacional a “no hacer lugar a estas propuestas del proyecto de Ley ómnibus del PEN que colisionan de lleno contra principios jurídicos vigentes y normas que conforman la columna vertebral de la protección del ambiente y los recursos naturales en la Argentina.
Modificar estas leyes ambientales no sólo impactará negativamente en la conservación, uso sostenible y restauración de la biodiversidad, sino también en los resultados económicos productivos de las distintas actividades socioeconómicas involucradas que se pretende beneficiar”.
Finalmente, sostuvieron que además “arriesgan seriamente el cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en los foros multilaterales ambientales”.
El Comité Argentino de la UICN actualmente nuclea a 11 miembros: Administración de Parque Nacionales (APN), Centro Desarrollo y Pesca Sustentable (CeDePesca); Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN); Fundación Bosques Nativos Argentinos; Fundación Biodiversidad (FB); Fundación Habitat y Desarrollo; Fundación Patagonia Natural (FPN); Fundación ProYungas (FPY); Fundación RIE; Fundación Vida Silvestre Argentina (FVSA) y Secretaría de Ambiente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires .
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La pesca también golpeada por Milei

 


Alerta y rechazo a nivel político por la “desnacionalización” de la pesca y su impacto

Fecha de Publicación
: 03/01/2024
Fuente: Portal quedigital.com.ar
Provincia/Región: Nacional


Desde la Legislatura bonaerense solicitaron al Congreso que no permita el avance de las reformas regresivas de la explotación del Mar Argentino. Repercusiones a nivel municipal.
Con la presentación de la “ley ómnibus” del gobierno de Javier Milei, que no es más que el complemento de las reformas regresivas aplicadas en el también cuestionado “decretazo”, legisladores y políticos municipales también se expresaron en contra de los artículos dedicados exclusivamente a la desregulación y sobre todo la “desnacionalización” de la pesca, con todo lo que podría traer aparejado en Mar del Plata y en los puertos del país.
Entre las desregulaciones que plantea Milei para el Régimen Nacional de Pesca Vigente, busca las cuotas de capturas de recursos pesqueros dentro de la Zona Económica Exclusiva se liciten de manera internacional, que los buques puedan descargar capturas nacionales en puertos foráneos o que deje de regularse la nacionalidad de los trabajadores a bordo. Por el impacto en la soberanía y en el trabajo nacional, rápidamente la propuesta recibió cuestionamientos de distintos sectores.
En la última sesión extraordinaria de la Legislatura bonaerense, el diputado marplatense Gustavo Pulti se expresó en contra de la desregulación de la pesca y la venta de las capturas del Mar Argentino al mejor postor dentro de la Zona Económica Exclusiva, es decir, las primeras 200 millas náuticas.
“Se impulsa la decisión de licitar internacionalmente sin exigir tripulación nacional ni industria nacional naval, de licitar a través de un arancel. ¡Qué tergiversación terrible! La soberanía de explotar el Mar Argentino con barcos argentinos y tripulación argentina cambiada por una modesta, elemental, pobre, insuficiente y repugnante visión fiscalista de que le vendo el derecho a pescar a uno que -venga de donde venga- pague dos pesos más“, expresó desde su banca.
Al respecto, junto a otros diputados del bloque de Unión por la Patria, Pulti adelantó que presentaron un proyecto para que la Legislatura solicite a las dos cámaras del Congreso Nacional “que rechacen la ley ómnibus, principalmente por la amenaza que representa la desnacionalización de nuestra pesca”, apuntó y deseó que las dos cámaras “se planten” para defender la soberanía nacional.
Mientras tanto, a nivel municipal, quien se expresó a través de sus redes sociales fue el secretario de Desarrollo Local, Fernando Muro, quien aseguró que el propio intendente Guillermo Montenegro “está manteniendo diálogo con legisladores y funcionarios para alertar y revertir” el avance de la reforma.
“La modificación de la Ley Nacional de Pesca afectaría negativamente al trabajo de los marplatenses. Permitir que flotas extranjeras operen en nuestro mar sin ningún tipo de regulación pone en peligro el trabajo de muchas familias. Además dañaría la industria naval de nuestra región, amenazando nuestro lugar como líderes en la fabricación de buques”, enfatizó.
En las últimas horas y más allá de las condiciones actuales del sector, desde la agrupación empresaria Intercámaras de la Industria Pesquera Argentina que integran poderosos empresarios locales como también desde el Sindicato Marítimo de Pescadores habían apuntado contra la reforma.
Mientras desde las patronales cuestionaron la licitación internacional de las cuotas de captura sin considerar la infraestructura del “historial pesquero” y la mano de obra nacional empleada por el sector, desde el Simape consideraron que si avanza “puede haber desocupación y quedar todo en manos extranjeras“.
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Pymes del biodiesel en alerta por proyecto de Milei

 


Un negocio para pocas manos  

Fecha de Publicación
: 02/01/2024
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Nacional


"Es una ley que realmente firma la desaparición de las pymes del biodiesel", adviertió el sector sobre el proyecto de Milei.   
Los representantes de la Cámara Santafesina de Energías Renovables (Casfer) se reunirán hoy viernes con autoridades del gobierno provincial para que intervenga “atento al riesgo” que implican las reformas que propone en el sector el proyecto de Ley Ómnibus que impulsa el presidente Javier Milei. Sostienen que las modificaciones quitan la protección impositiva que rige sobre el sector y que la desregulación del mercado apunta a que las petroleras y mezcladores puedan producir su propio combustible, dejando en pocas manos el negocio de la energía en el país.  “Es una ley que realmente firma la desaparición de las pymes del biodiesel, no solo de Santa Fe, sino de la Argentina”, aseguró Marcelo Kusznierz, integrante de Casfer, en diálogo con Rosario/12.
El encuentro surgió a través de una carta pública enviada por Casfer al gobernador Maximiliano Pullaro, donde las pymes elaboradoras de biocombustibles de la provincia manifestaban su preocupación por los cambios planteados dentro del paquete de leyes que el gobierno nacional envió al Congreso. La inquietud de la entidad tuvo rápida receptividad y este viernes mantendrán una reunión con las autoridades del Ministerio de Producción.
El proyecto nacional plantea la modificación de ocho artículos de la ley 27.640, donde se establece el marco regulatorio para la elaboración, almacenaje, comercialización y  mezcla de biocombustibles y deroga otros diez artículos. Desde el sector entienden que estas modificaciones provocarían “un colapso” de las pymes dedicadas al biodiesel en la Argentina.
Según explicó Kusznierz, la iniciativa “libera el mercado de biodiesel” habilitando la importación del producto, libera el precio y elimina el porcentaje fijado para la protección del corte mínimo obligatorio; y habilita tanto a las grandes petroleras como a las mezcladoras a producir su propio combustible. A su vez, la medida también elimina la protección impositiva que rige sobre el biodiesel y el bioetanol respecto al Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (ICO2).
“Con esas medidas se le estaría dando al lobby petrolero el negocio completo de la energía en la Argentina”, advirtió el empresario. “Lo que se hace es liberar las fuerzas del mercado sobre las pymes de la provincia de Santa Fe, y de la Argentina en general, dejando en manos de los grandes grupos concentrados, como son las aceiteras y las petroleras, tanto la producción como la compra y la venta”, agregó Kusznierz.
Para el dirigente, los cambios propuestos en la Ley Ómnibus de Milei van en contra del espíritu y los objetivos planteados por la ley vigente, como el ahorro de divisas, la industrialización de la ruralidad y la protección del medio ambiente. “Que se permita la importación de biodiesel con la escasez de dólares que hay es una cosa increíble, la industria del biodiesel se creó para ahorrar divisas porque en nuestra producción se paga en pesos y dejamos de importar gasoil con la sustitución de importaciones”, remarcó.
En la provincia de Santa Fe hay diez plantas elaboradoras de biocombustibles, la mayoría de ellas instaladas en comunidades pequeñas que motorizan las economías regionales: “Por eso nosotros hablamos del arraigo rural que traen estas plantas, que están lejos de los puertos. Eso es importante porque generan todo un movimiento económico. El sector pyme del biodiesel de Santa Fe le da trabajo y sustento a unas 2.500 familias”.
“Nosotros pedimos que esté el gobernador Pullaro para darle entidad al reclamo, porque es un problema muy grave para nosotros. Esto realmente nos deja fuera de toda competencia”, sostuvo Kusznierz. Y agregó: “Quieren modificar una ley que, si bien es perfectible, te permite trabajar. La incorporación de estos artículos realmente firman la desaparición de las pymes del biodiesel, no solo de Santa Fe, sino de la Argentina”. En ese sentido, el dirigente de Casfer remarcó que el biodiesel es “un combustible de transición” al que están apostando los principales socios comerciales del país. “Mientras que otros países están pensando en una agenda de aumento de corte, nosotros desacreditamos ese potencial y dejamos en manos del libre mercado una tecnología limpia que hay que proteger porque cuida al medio ambiente”, explicó.
Para Kusznierz, los biocombustibles son “un sector pujante” en el que el Estado no solo debe intervenir, sino también potenciar y proteger: “Es un ámbito donde se apuesta a la economía de la investigación y los nuevos desarrollos, que generan empleo y arraigo rural".
Desde Casfer esperan que diputados y senadores nacionales por Santa Fe tengan en cuenta la situación del sector en el tratamiento legislativo.
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INTA: antes de irse, Garmendia bajó al proyecto Sprint

 


Antes de irse, el extitular del INTA retiró al organismo de un proyecto global para medir el impacto de los agroquímicos en personas y ambiente

Fecha de Publicación
: 30/12/2023
Fuente: elDiarioAR
Provincia/Región: Nacional


Mariano Garmendia dejó sus funciones con la llegada del gobierno de Javier Milei. Antes, firmó una resolución que quita a la Argentina de SPRINT, una iniciativa académica dirigida a medir la presencia de residuos de agroquímicos en el ambiente y las personas, que es financiada desde 2020 por la Unión Europea. En octubre, ya había prohibo difundir los resultados de una investigación de una profesional de INTA Balcarce, quien realizó las primeras mediciones en el país siguiendo los protocolos del Programa.
El extitular del INTA (Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria), Mariano Garmendia, que dejó sus funciones con la llegada del gobierno de Javier Milei, firmó antes de dejar su cargo la resolución 1081/2023 a través de la cual se decide discontinuar la presencia del organismo en SPRINT, una iniciativa académica dirigida a medir la presencia de residuos de agroquímicos en el ambiente y las personas.
De acuerdo a la información que recoge el portal Bichos de campo, el 7 de diciembre, tres días antes de la asunción del líder libertario como mandatario, Garmendia firmó esa resolución del Consejo Directivo del INTA en la que establece comunicar a la coordinadora del proyecto SPRINT, la doctora Violette Geissen, “la decisión de la Argentina de abandonar ese colectivo de universidades y científicos europeos, que es financiado desde 2020 por la Unión Europea (UE)”, lo cual se hizo efectivo el pasado 12 de diciembre.
Ya en julio, el organismo había prohibido la difusión de los resultados de los estudios que llevó adelante una de las investigadoras del INTA Balcarce y del CONICET, Virginia Aparicio, quien realizó las primeras mediciones en el país siguiendo los protocolos del Programa SPRINT, en una tarea que comenzó en 2021.
En los argumentos para la no difusión de las conclusiones que Aparicio consiguió tras sus estudios y mediciones en territorio argentino, el organismo consideró que “posiblemente algunos procedimientos respecto a los estudios que involucran a personas han excedido la incumbencia institucional”.
De acuerdo a “Bichos de campo”, “Aparicio, una investigadora acostumbrada a estas lides, de seguro aprovechó el resquicio o un descuido de sus superiores para intentar cubrir una faltante clara de la política nacional, donde no existen estadísticas claras sobre el uso de agroquímicos y mucho menos se realizan estudios sistémicos sobre el posible impacto que tienen sobre el ambiente y la salud de las personas”.
También a comienzos de octubre, en el marco del “Congreso de Alimentos de la Agricultura Familiar y Economía Social”, realizado en la ciudad de Paraná, Entre Ríos, Garmendia impidió la difusión de los datos que surgieron de la investigación y sostuvo que había “un error inicial del INTA de cómo se abordó el proyecto, que estamos tratando de subsanar, porque tenemos que involucrar sí o sí a los Ministerios de Salud de la Nación, de la Provincia de Buenos aires, y tenemos que corregir y trabajarlo, en eso estamos en este momento”.
Sin embargo, de acuerdo a lo que informó La izquierda diario el pasado 5 de octubre, “los resultados del SPRINT están desde febrero y en junio de este año se iba a realizar una presentación con los resultados argentinos generales, en la que participaría Virginia Aparicio, trabajadora del INTA Balcarce e investigadora integrante del estudio. Esa reunión fue cancelada y mediante una resolución firmada por el presidente del INTA se prohibió a Aparicio hablar con la prensa”.
Los resultados que finalmente se conocieron del estudio que publicó Bichos de campo, determinaban que “se colocaron pulseras especiales para detectar agroquímicos sobre 73 habitantes de la provincia de Buenos Aires, varios de ellos reconocidos militantes agroecologistas, y de allí surgió que el 100% de ellos ”presentó un rango de 6 a 13 plaguicidas en orina, un rango de 2 a 10 plaguicidas en sangre y un rango de 0 a 18 plaguicidas en materia fecal“.
“Estos resultados colocaban a la Argentina en el tope de los niveles de contaminación con agroquímicos, pues esos niveles detectados habían sido superiores a las de los países europeos comparados en el Proyecto SPRINT, solo superados por los Países Bajos”, asegura la publicación.
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Una ley ómnibus regresiva en materia ambiental

 


Grave: Milei busca reformar la ley de Glaciares, de Quema y de Bosques para promover la actividad comercial

Fecha de Publicación: 29/12/2023
Fuente: Ambito
Provincia/Región: Nacional


El Gobierno envió al Congreso un paquete de reforma del Estado que, entre varios puntos polémicos, plantea una serie de desregulaciones que afectan legislaciones vinculadas a la conservación y protección del medio ambiente como la Ley de Glaciares, la Ley de Bosques y la ley de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema.
El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso un paquete de reforma del Estado y de la actividad económica, denominado ley "ómnibus", que contempla diversos puntos polémicos, entre los cuales se encuentran una serie de desregulaciones que afectan legislaciones vinculadas a la conservación y protección del medio ambiente como la Ley de Glaciares, la Ley de Bosques y la ley de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema.
A través del proyecto de ley denominado "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", enviado por el Poder Ejecutivo para ser tratado en las sesiones extraordinarias del Congreso de la Nación, se propone la modificación de las tres normativas para promover la actividad comercial y desregular el control sobre el medio ambiente.
En las consideraciones del texto señalan que "en el área de medio ambiente se sugieren cambios en la ley de quema, permitiendo a los productores a realizar cortafuegos y acciones preventivas hoy vedadas por la legislación" y se impulsarán cambios en el Fondo de bosques nativos "que pasará a financiarse directamente del Presupuesto, y se simplifican los procedimientos para la explotación de bosques en zonas habilitadas comercialmente a tal fin".

Cambios en la Ley de Glaciares
Además, plantean "una modificación a la Ley de Glaciares a fin de habilitar (con los informes ambientales exigidos por la normativa) la actividad económica en la zona periglacial, revirtiendo un avasallamiento del poder federal sobre las provincias".
Puntualmente, sobre este último punto, el proyecto modificar la definición de protección de ambiente periglaciar para circunscribirla exclusivamente aquellos en los que se encuentren geoformas protegidas, por lo que se excluirá de las mismas a los ambientes periglaciares que no contengan glaciares de roca o escombros activos.
Además, excluye también a aquellas geoformas protegidas que actualmente no se encuentren incluidas en el Inventario Nacional de Glaciares, no cuenten "con una perennidad continua de al menos 2 años o más", no tengan "una dimensión igual o superior a 1 hectárea" ni tampoco pueda demostrarse "una función hídrica efectiva y relevante ya sea como reserva de agua o recarga de cuencas hidrológicas".
Por otro lado, modifica la definición de glaciar, la cual actualmente es entendidas como "toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, con o sin agua intersticial, formado por la recristalización de nieve, ubicado en diferentes ecosistemas, cualquiera sea su forma, dimensión y estado de conservación. Son parte constituyente de cada glaciar el material detrítico rocoso y los cursos internos y superficiales de agua. Asimismo, se entiende por ambiente periglacial en la alta montaña, al área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico. En la media y baja montaña al área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo".
El nuevo proyecto plantea la siguiente definición:
La protección que se dispone en el artículo 1º se extiende: dentro del ambiente glaciar, a los glaciares descubiertos y cubiertos, y dentro del ambiente periglacial, a los glaciares de roca o de escombros activos, según lo previsto en el artículo 1º y las definiciones que se establecen a continuación:
a) Glaciares descubiertos: aquellos cuerpos de hielo perenne expuestos, formados por la recristalización de la nieve.
b) Glaciares cubiertos: aquellos cuerpos de hielo perenne que poseen una cobertura detrítica o sedimentaria.
c) Glaciares de escombros activos: aquellos cuerpos mixtos de detrito congelado y hielo, cuyo origen está relacionado con los procesos criogénicos asociados con suelo permanentemente congelado y con hielo subterráneo o con el hielo proveniente de glaciares descubiertos y cubiertos, y que constituyan fuentes de agua de recarga de cuencas hidrográficas.”

Reforma a la ley del control de actividades de quema
Con respecto a la ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para Control de Actividades de Quema, el gobierno de Javier Milei propone modificar la definición actual que entiende por quema "toda labor de eliminación de la vegetación o residuos de vegetación mediante el uso del fuego, con el propósito de habilitar un terreno para su aprovechamiento productivo".
El artículo 497 del proyecto enviado esta tarde al Congreso agrega a la definición vigente que "se entiende por “aprovechamiento productivo” toda actividad que tenga una finalidad de lucro y que no tenga relación alguna con la protección medioambiental del terreno.”
A continuación, el artículo 498 sustituye el artículo 3 de la normativa vigente referido a las prohibiciones que actualmente señala: "Queda prohibida en todo el territorio nacional toda actividad de quema que no cuente con la debida autorización expedida por la autoridad local competente, la que será otorgada en forma específica".
De aprobarse la sustitución, la prohibición quedará circunscripta al tiempo de respuesta del Estado respecto del pedido de autorización de quema que solicite un privados. En caso de no haber respuesta en el plazo de 30 días, se considerará autorizada la quema.
La definición que propone la nueva normativa es la siguiente: "Queda prohibida en todo el territorio nacional toda actividad de quema que no cuente con la debida autorización expedida por la autoridad local competente, la que será otorgada en forma específica, en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la solicitud de autorización. En el caso que transcurra el plazo de 30 días sin que la autoridad competente se expida expresamente, se considerará que la quema ha sido autorizada tácitamente.”

Modificaciones en la Ley de Bosques
En cuanto a la ley N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, la normativa actual define el alcance de la protección sobre las categorías I (rojo), II (amarillo) y III (verde)
En el caso de la primera, actualmente la legislación señala que se trata de "sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse", donde se encuentran incluidas "áreas que por susubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica".
La categoría II abarca a "sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que a juicio de la autoridad de aplicación jurisdiccional con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación y que podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica".
En el caso de la categoría III, comprende a los sectores "de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad aunque dentro de los criterios de la presente ley".
La nueva legislación propone sustituir el artículo 26 de dicha ley, el cual actualmente señala que "Para los proyectos de desmonte de bosques nativos, la autoridad de aplicación de cada jurisdicción garantizará el cumplimiento estricto de los artículos 19, 20 y 21 de la Ley 25.675 —Ley General del Ambiente—, previamente a la emisión de las autorizaciones para realizar esas actividades".
Y, además, prevé que "en todos los casos deberá cumplirse con lo previsto en los artículos 16, 17 y 18 de la Ley 25.675 —Ley General del Ambiente— y en particular adoptarse las medidas necesarias a fin de garantizar el acceso a la información de los pueblos indígenas, originarios, de las comunidades campesinas y otras relacionadas, sobre las autorizaciones que se otorguen para los desmontes, en el marco de la Ley 25.831 —Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental—.
De ser aprobada la nueva legislación, el artículo 26 quedaría redactado de la siguiente manera: "Para los proyectos de desmonte de bosques nativos que se encuentren bajo la categoría I y II prescripta en el artículo 9°, la autoridad de aplicación de cada jurisdicción garantizará el cumplimiento estricto de los artículos 19, 20 y 21 de la Ley N° 25.675 -Ley General del Ambiente-, previamente a la emisión de las autorizaciones para realizar esas actividades.”
Por lo tanto, se eliminarán las regulaciones de los artículos 16,17 y 18 para el caso de las categorías I y II de bosques nativos.
Además, sustituye el artículo 31 sobre el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos y elimina el financiamiento proveniente del 2% del total de las retenciones a las exportaciones de productos primarios y secundarios provenientes de la agricultura, ganadería y sector forestal, correspondientes al año anterior del ejercicio en consideración.
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Fallo judicial contra municipio de La Plata, la Provincia y ABSA

 


La Justicia condenó a la Municipalidad de La Plata, la Provincia y ABSA por la contaminación del Arroyo El Gato

Fecha de Publicación
: 28/12/2023
Fuente: ElEditor Platense
Provincia/Región: Buenos Aires


La Justicia Federal ordenó a la Municipalidad de La Plata, a la Provincia de Buenos Aires y a la empresa Aguas Bonaerenses SA (ABSA) iniciar acciones concretas para frenar la contaminación del Arroyo El Gato. Asimismo, deberán instalar barreras flotantes de contención y extracción con el fin de facilitar el retiro de los residuos sólidos del agua.
El Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata N°4 a cargo del Juez Alberto Recondo se pronunció tras la medida cautelar impulsada por la Clínica Jurídica de Derecho Ambiental de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), en representación de un grupo de vecinos de Ensenada.
De acuerdo al fallo, tanto la Provincia como el Municipio deberán realizar un relevamiento de toda la extensión de los arroyos y cuenca del Río de la Plata, limitada a las aguas que bañan a las localidades de La Plata, Ensenada y Berisso, para identificar todos los puntos en los que se vierten sustancias contaminantes.
Los vecinos -patrocinados por la Clínica Jurídica- denunciaron la presencia en el agua de efluentes cloacales provenientes de la planta de ABSA de Ringuelet y de residuos sólidos urbanos como consecuencia de la falta de controles del Ejecutivo.
Tras la decisión judicial, el Gobierno bonaerense y ABSA tendrán que presentar un plan provisorio para evitar los daños producidos por el líquido cloacal sin tratamiento, los cuales caen en el sistema compuesto por el Arroyo El Gato, Río Santiago y Río de la Plata. Todos los planes y obras posteriores deberán tener fecha de inicio y de finalización.
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El negacionismo de la crisis ambiental por parte de Milei

 


“El DNU refleja el negacionismo de Milei a la crisis ambiental”

Fecha de Publicación
: 26/12/2023
Fuente: La Nueva Mañana
Provincia/Región: Nacional


En diálogo con LNM, el abogado especialista en ambientalismo Darío Ávila reflexionó sobre las medidas que el Presidente incluyó en su primer Decreto de Necesidad y Urgencia y que vuelve atrás varias conquistas.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que difundió el presidente Javier Milei esta semana continúa generando polémica con medidas que afectaron a distintas áreas y marcaron el retroceso en varias conquistas que llevaron años de lucha y trabajo para poder sancionar una ley que amparara derechos colectivos.
En el caso de la lucha ambientalista, desde la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA) y el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) difundieron el jueves un comunicado en el que expresaron su más enérgico repudio al Decreto Nº 70/2023 al cual tildaron de “inconstitucional” y contrario a los mandatos convencionales y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia ambiental.

“Pedimos la suspensión del decreto”
“Advertimos con profunda preocupación la orfandad de fundamentos que presenta el referido decreto a fin de sustentar las reformas y derogaciones legales. No existe rigurosidad técnica ni argumentos jurídicos sólidos que justifiquen mínimamente las reformas postuladas”, indica en el que advierte que el Poder Ejecutivo emite arbitrariamente con el DUN disposiciones de carácter legislativo.
“En el marco de la grosera inconstitucionalidad del decreto 70/2023, y los efectos regresivos en materia socioambiental, la pérdida de soberanía y control público sobre nuestros bienes comunes, solicitamos urgente al Presidente de la Nación la urgente suspensión del mismo”, expresa el comunicado.
Es que el primer Decreto de Necesidad y Urgencia que presentó Javier Milei en un discurso que dio por cadena nacional avanza en al menos tres aspectos preocupantes en torno al cuidado y defensa del medioambiente y a los compromisos que Argentina tomó con la firma de acuerdos internacionales.
El abogado especialista en medio ambiente Darío Ávila enumeró en diálogo con La Nueva Mañana, al menos tres leyes que, si son derogadas, tendrán un grave impacto en materia de derechos ambientales.

Ley de Manejo del Fuego
En primer término, Ávila aclaró que el DNU no hace mención a la derogación de la Ley 26.815 de Manejo del Fuego como tal. Sin embargo, Milei la enumeró entre las 30 normativas que derogaría y que difundió la comunicación de la Presidencia.
A lo que alude es a la modificación de la misma a través de la Ley 27.604, que prohíbe el cambio de destino de áreas protegidas y humedales, luego de que éstas hayan sido arrasadas por el fuego.
Tras la sanción de la ley que crea el Sistema Federal de Manejo del Fuego, se modificó el artículo 22 bis, porque impone una prohibición por seis años en aquellos lugares donde se hubiesen producido incendios, ya sean intencionales o no intencionales, de realizar subdivisiones, loteos o fraccionamientos, ventas y avance en edificación del proyecto que originalmente estuviese proyectado en dichas tierras. “Esta modificación tenía una clara finalidad: que esos bosques nativos que sufrieron esa degradación por incendio sean recuperados, sean remediados”, señaló Ávila.

“No hay una mínima mención a la emergencia ambiental y climática”
“Cuando ese proyecto de ley es elevado al Congreso para su debate, se mencionó entre los argumentos la existencia de una práctica bastante habitual de utilizar al fuego como instrumento para eliminar a los bosques nativos, que están protegidos por otra ley de Presupuestos Mínimos. Allí se describen áreas rojas y amarillas y se establecen prohibiciones de realizar cualquier tipo de actividad relacionada a intereses desarrollistas, inmobiliarios, de actividad minera y agropecuaria”, recordó el abogado.
Para el abogado ambientalista, la decisión no fue arbitraria, ya que se encolumna con el listado de medidas que toma para poner a la propiedad privada por encima de cualquier otro derecho, desregulando cualquier tipo de limitación que pudieran haber sido reglamentada por Ley.
“Claramente esta connotación ideológica está plasmada desde el artículo N°1 del DNU, ya que lo primero que declara es la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social´. No hay una mínima mención a la emergencia ambiental y climática, lo cual demuestra ese componente negacionista que mostró durante la campaña al no reconocer la existencia de una crisis ambiental y la problemática del cambio climático. Es preocupante que estos temas no estén dentro de la agenda de prioridades del Gobierno”, aseguro Ávila.

Derechos colectivos y propiedad privada
“Milei pone a la propiedad privada por encima de un montón de otros derechos constitucionales que han tenido reconocimiento a través de fallos dictados por la propia Corte Suprema de Justicia que siempre priorizó los derechos colectivos por sobre la propiedad privada, en especial aquellos relacionados a la salud, la vida y el derecho al ambiente”, explicó.
“Claramente, el Presidente toma una postura absolutamente economicista, utilitarista, y privatista de defensa a ultranza de la propiedad privada por encima de otros valores, que a partir de la reforma constitucional de 1994 tienen rango constitucional y superiores como los derechos colectivos, al ambiente, los derechos previsionales, y todos estos derechos que integran los que se conoce como los derechos de segunda y tercera generación, son derechos que están por encima de la propiedad privada. Milei, a diferencia de la Corte Suprema, vuelve a colocar a la propiedad privada por encima de los derechos colectivos”, indicó Ávila.
En ese marco, cuestionó la derogación de dos puntos mencionados por el DNU. Uno de ellos es la derogación de las leyes N° 24.523 y N° 24.695 de Minería.

Minería: “Se disuelven los registros de extracción de los recursos naturales”
La Ley N° 24523 regula el Sistema nacional de comercio minero y dio lugar a la base de datos de comercio minero, los centros de información y consulta, los agentes de información y los usuarios. “El objeto es aportar información sobre la oferta y la demanda interna y externa de los productos y subproductos mineros”, reza la normativa.
La Ley N° 24.695 crea el Banco Nacional de Información Minera sobre Equipamiento y Recursos Humanos. Con esta normativa se conoce quiénes explotan las canteras y los yacimientos mineros y la cantidad de trabajadores que emplea.
“Todo eso ya no se podrá saber. Se disuelven los registros de extracción de los recursos naturales que hoy están a disposición de los ciudadanos como información pública”, explicó Ávila.

Sin subsidios para promover la energía renovable.
También hizo referencia al impacto negativo que tendrá desactivar el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica establecido por la Ley 27.424. La misma establece el marco regulatorio para que todos los ciudadanos conectados a la red eléctrica pública y que cuenten con un equipo solar fotovoltaico puedan generar energía para su autoconsumo en hogares, pymes, grandes industrias, comercios, producciones agrícolas, entes públicos u organismos oficiales y que el excedente se pueda inyectar a la red de distribución. Con esta acción, Ávila señaló que el Estado ya no otorgará subsidios de incentivo para promover el equipamiento para fomentar el uso de energías renovables.

Milei, con una postura contraria al Acuerdo de París
Por último, el abogado advirtió sobre el posible incumplimiento de acuerdos internacionales y multilaterales como el que tiene por objeto la lucha contra el cambio climático. “El acuerdo de París al cual adhirió nuestro país tiene por objetivo precisamente que los Estados deben adoptar medidas de mitigación y de lucha en contra del cambio climático, y cuya principal medida tiene que ser abandonar la utilización del combustible fósil, porque es la principal fuente de emisión de gas de efecto invernadero. La propuesta del acuerdo es que al año 2050 tenemos que llegar a la descarbonización. Es decir, dejar de utilizar los hidrocarburos como fuente generadora de energía para evitar que se siga incrementando la temperatura media normal a escala planetaria y que no se supere el 1,5 grado de los niveles que se obtenían durante la época preindustrial”, recordó.
“Todos los Estados que han firmado este acuerdo se comprometen en solidaridad y cooperación con los valores que promueven estos acuerdos multilaterales, tomando consciencia de que si esta lucha debe llevarse a cabo de manera conjunta. Milei ha demostrado tener una postura totalmente contraria a ese compromiso que la Argentina asumió en 2015 cuando suscribió el Acuerdo de París”, enfatizó Ávila.
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Ley de manejo del fuego en el limbo tras DNU de Milei

 


DNU de Milei: ¿qué cambiará en la ley de manejo del fuego?

Fecha de Publicación
: 23/12/2023
Fuente: La Voz del Interior
Provincia/Región: Nacional


El decreto del Gobierno nacional establece en su encabezado que esa norma también está entre las modificadas. Pero en el texto completo aparece una sorpresa.
Al anunciar en la noche de este miércoles el vasto Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que establece muy diferentes desregulaciones en materia económica y laboral, el presidente Javier Milei hizo referencia en su discurso de presentación a la inclusión en la larga lista de “una modificación de la Ley de Manejo del Fuego”.
Pero la lectura de los textos completos del DNU, publicados en el Boletín Oficial, arrojan una sorpresa: no hay ninguna referencia específica a ese tema. Sólo quedó en los títulos.
A horas de conocerse el decreto, se especula con dos posibilidades: o se trató de una omisión y ese punto quedó olvidado de ser incluido en el texto final o hubo una decisión de último momento para, al menos en esta instancia, no incorporarlo.
La ley nacional 28.815 de manejo del fuego, que regula lo referido a los incendios rurales y forestales en el país, fue aprobada en el Congreso en 2012. A fines de 2020, en tanto, se sumó la ley 27.064 que modificó el tyecto de 2012 en algunos artículos para agregar ciertas prohibiciones. Se supone, en base a las versiones previas circulantes, que eran esas reformas de 2020 las que se pretendía ahora derogar.
El proyecto de reforma de 2020 había sido promovido por el bloque de diputados del Frente de Todos. En ese momento, fue muy cuestionado por el muy sector agropecuario y la oposición votó dividida.
En lo central, esos artículos incoeporados establecían que tras un incendio de campos “sea provocados o accidental” sería prohibida por 30 años “cualquier actividad agrícola que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio”. También se prohibía la venta de esos campos para loteos o para proyectos de urbanización.
La refoema surgió en medio de los grandes incendios que afectaron, por meses, a la zona de delta del río Paraná, en las provincias de Santa Fe y de Entre Ríos. Quienes la promovieron planteaban como hipótesis que parte de los inicios de fuegos tendrían como origen a los dueñsos de las tierras que quemaban de modo intencional sus campos para poder avanzar allí luego con el reemplazo del monte o los pastizales por agricultura o con proyectos de urbanizaciones.
Por esos días, la Comisión de Enlace de Entidades Agropecuarias advertía que la reforma ponía “en riesgo seriamente la actividad productiva agrícola-ganadera en todo el país”, además de dar “por asumida la culpabilidad individual del propietario del campo, afectando la garantía constitucional de presunción de inocencia y condenando de antemano al productor de manera prejuiciosa”.
Aunque la ley era de validez en todo el país, el foco apuntaba sobre todo a los constantes incendios rurales en la zona del rio Paraná.

Para Córdoba
Para Córdoba, esa reforma de la ley nacional de 2020 no implicó grandes cambios en la práctica.
En esta provincia ya estaba vigente una ley menos restrictiva pero con similar sentido, que establece que un área catalogada como zona roja de conservación de bosques nativos por la ley de ordenamiento territirial no puede cambiar de uso no de destino después de ocurrido un incendio, Sin embargo, desde hace años, desde diferentes sectores ligados al ambientalismo se cuestiona que faltan en esta provincia los controles suficientes del Estado para garantizar que sobre un campo con monte quemado no aparezca luego otro uso. Sólo de ese modo, se lograría el objetivo de desalentar que haya quemas intencionales con ese fin.
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Ambiente degradado de ministerio a subsecretaría

 


Ambiente, de ministerio a subsecretaría

Fecha de Publicación
: 13/12/2023
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Nacional


De acuerdo con el organigrama nacional, la cartera relativa a las acciones contra el cambio climático quedarán supervisadas por el Ministerio del Interior. Una exfuncionaria de María Julia Alsogaray suena para manejar el área.
En una muestra más de las prioridades para su gobierno, Javier Milei decidió quitar el status ministerial al área de Ambiente, pero no a una secretaría sino a un cargo inferior: subsecretaría. Así lo confirmó Marcia Levaggi, flamante secretaria de Política Exterior de la Cancillería,  quien en la Cumbre de Cambio Climático de la ONU (COP 28) anticipó la modificación en organigrama nacional. Y si bien aún falta la confirmación, todo parece indica que quien asumirá en el cargo será Ana Lamas, una exfuncionaria de María Julia Alsogaray.
"El Estado se va a achicar. Hay una fuerte demanda de reducción del sector público y para afrontar la crisis económica que estamos todos sobrellevando, se va a transformar en una Subsecretaría de Ambiente. Va a haber otros ministerios que van a asumir importantes competencias en materia ambiental. El Ministerio de Agricultura en particular. La Secretaría de Energía va a tener una Subsecretaría de Transición Energética y Planificación y también la Secretaría de Bioeconomía. No es una eliminación sino una redistribución de competencias en un esquema de Estado más reducido que se va a tratar de hacer más efectivo y más eficiente", anticipó Levaggi al portal Infobae, para intentar justificar el cambio en la política climática.
El enfoque ambiental en el mandato de la ultraderecha era un gran interrogante, ya que el propio Milei niega el accionar humano entre las causas del cambio climático del planeta. Así lo marcó en el propio debate presidencial, en donde indicó que este pico de altas temperaturas es "un comportamiento cíclico,  independientemente de la existencia del hombre”. Levaggi se paró en la vereda de enfrente de su jefe. "«El cambio climático es una realidad que tenemos que enfrentar, que afecta a nuestras poblaciones, a nuestras economías y a nuestras sociedades. Tenemos que ser parte de la respuesta global porque los efectos adversos también nos impactan”, comentó.
Tras confesar la degradación de Ambiente, Levaggi fue consultada por la persona que estará al frente del área. Allí evitó dar nombres, pero en la misma nota de Infobae dan por (casi) seguro que el cargo será ocupado por Ana Lamas, una exfuncionaria del PRO que tiene en su CV haber sido directora Institucional de la Secretaría Nacional del Medio Ambiente entre 1992 y 1994, cuando lo conducía una tal Alsogaray, la misma que prometió limpiar el Riachuelo en solo mil días. También fue asesora legal del Proyecto Acumar.
La trayectoria de Lamas se completa -según su perfil de LinkedIN- en el ambiente privado: trabajó como "facility management ambiental"en los bancos BBVA y Santander, en el Hospital Italiano y en Telecom/Cablevisión.
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Crisis climática, Argentina seguirá en el Acuerdo de París

 


COP28: Argentina se mantendrá dentro del Acuerdo de París durante la presidencia de Javier Milei

Fecha de Publicación
: 12/12/2023
Fuente: InfoBae
Provincia/Región: Nacional


Así lo aclaró Marcia Levaggi, jefa de la delegación nacional en las conversaciones durante su participación en la Cumbre sobre el Cambio Climático de las Naciones Unidas, que se celebra en Dubai
 La Argentina, bajo la presidencia de Javier Milei, seguirá siendo parte del Acuerdo de París sobre el cambio climático. Así lo confirmó a la prensa la nueva titular de la diplomacia climática del país, pese a declaraciones previas del flamante mandatario Javier Milei, que este domingo la presidencia.
“Vine a traer tranquilidad a las Naciones Unidas y a otros países que Argentina va a seguir comprometida con el Acuerdo de París y va a cumplir sus obligaciones climáticas”, dijo Marcia Levaggi quien aseguró que cuenta con todo el apoyo del nuevo gobierno, que la envió como jefa de la delegación argentina en las conversaciones sobre el clima de la COP28 de las Naciones Unidas que se están celebrando en Dubai, hasta pasado mañana.
“Milei es liberal, es libertario y cree en las fuerzas del mercado. Y el mercado exige incluir medidas para abordar el cambio climático”, agregó en declaraciones a la prensa presente en esta cumbre.
Hace casi siete años, 197 países se pusieron de acuerdo en París para intentar frenar el aumento promedio global de la temperatura en 1.5ºC. Es decir, intentar detener el calentamiento global para que el planeta Tierra siga siendo habitable.
Aquel compromiso incluyó objetivos voluntarios que cada uno de los países presentó ante las Naciones Unidas para intentar conseguirlo. Esos escenarios que implican cambios en las matrices de consumo y producción de los estados se llaman Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC, por sus siglas en inglés).
Levaggi fue embajadora de Argentina en Senegal y ahora ocupa la secretaría de Política Exterior de la Cancillería. Llegó aquí como jefa de la delegación de Argentina en la COP28, en reemplazo de Cecilia Nicolini, ex secretaria de Cambio Climático. La nueva funcionaria tiene una larga trayectoria en temas ambientales. Durante el gobierno de Mauricio Macri, fue la directora de Asuntos Ambientales de la Cancillería.
La delegación argentina ya había sufrido un cambio en la delegación en medio de una cumbre de cambio climático en 2015, cuando se llegó al Acuerdo de París. En aquel momento el recambio se produjo entre los equipos de los ex presidentes Cristina Kirchner y Mauricio Macri.
La postura de Milei sobre la crisis climática ya había sido planteada en esta cumbre. La semana pasada, durante el segmento de alto nivel, el presidente de Francia, Emmanuel Macron, dijo de Milei: “Espero que se sume a las cuestiones climáticas, porque verá que esto también es bueno para su país”.
Susana Muhamad, ministra de Ambiente de Colombia, también declaró estar preocupada por la postura de ahora presidente argentino, el cual viene “atado a una tendencia autoritaria”.
Y, a pesar de contar con el apoyo de la Embajada de los Estados Unidos en la Argentina, el embajador Marc Stanley, fue muy claro cuando felicitó a Milei por su triunfo en segunda vuelta: “Esperamos trabajar juntos en las prioridades compartidas que benefician a la gente de nuestros dos países, incluyendo la protección de los derechos humanos y la democracia, la lucha contra el cambio climático, la mejora del clima de inversiones y la inversión en la clase media”.
Las cumbres de cambio climático ya lidiaron con presidentes negacionistas: primero fue Donald Trump, ex presidente estadounidense, quien en 2017, anunció que dejaría el Acuerdo de París y Jair Bolsonaro, ex presidente de Brasil. Bolsonaro no se retiró del acuerdo, aunque sus políticas económicas y productivas favorecieron la deforestación de su país durante los cuatro años que duró su mandato.
Mientras que la decisión de Trump no impidió que ciudades y estados de los Estados Unidos continuaran sin problemas con la acción climática a la que se habían comprometido.
Retirarse del Acuerdo de París no es tan sencillo. Las reglas estipulan que un país debe esperar un año completo para retirarse después de notificarle a la ONU su intención de hacerlo. Así, Trump recién logró retirar a los Estados Unidos en 2020 y se convirtió en el primer país en abandonar el tratado.
Sin embargo, la nueva administración encabezada por Joe Biden volvió a insertar el país en el acuerdo. Y, el efecto dominó de que se retiraran muchos países que la comunidad internacional temía, no ocurrió.
En Argentina el acuerdo fue ratificado por el Congreso y tiene rango constitucional. Es decir que si existiera una decisión del gobierno debería ser aprobada por el Congreso con mayoría especial, algo que tras las declaraciones de la funcionaria, por ahora, quedaría descartado.
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