Gualeguaychú: barrio privado deberá ser demolido
La Justicia falló contra el barrio náutico Amarras de Gualeguaychú
Fecha de Publicación:23/10/2019
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Entre Ríos
El barrio empezó a construirse sobre los humedales del río Gualguaychú, no hicieron estudios de impacto ambiental y provocó inundaciones en zonas densamente pobladas.
La Justicia entrerriana ordenó la “demolición y desmantelamiento” del barrio náutico Amarras de Gualeguaychú, situado en la localidad de Pueblo Belgrano, por su “impacto negativo sobre el medio ambiente”, ya que las obras de elevación de la tierra que se hicieron para construirlo provocaron “la crecida del río e inundaciones”.
En el fallo, firmado por los vocales Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Martín Carbonell, del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer), se ordenó además “dejar la zona en su estado anterior”. Esta sentencia está en la línea de lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que en julio dejó sin efecto la anterior sentencia del Stjer en la que rechazaba la acción de amparo interpuesta por vecinos de Gualeguaychú que pedían el cese de las obras.
El caso, promovido por un grupo de vecinos afectados, tuvo por objeto inicial la prevención y cese del emprendimiento inmobiliario conocido como Amarras de Gualeguaychú, que comprende una fracción de terreno de 445 lotes, y un proyecto de construcción de 200 unidades departamentales y un hotel de 150 habitaciones, lindero al Parque Unzué, en la margen del río Gualeguaychú.
La empresa demandada, Altos de Unzué SA, emprendedor inmobiliario, antes de hacer los estudios de impacto ambiental, realizó trabajos de magnitud en el predio, como movimientos de suelo, constatados por la Secretaría de Ambiente de la Provincia. En este contexto, la Dirección de Hidráulica provincial difundió un informe técnico del cual surge que la construcción de este barrio náutico afecta los humedales del río (el valle de inundación). Posteriormente, Altos de Unzué SA presentó un estudio de impacto ambiental que indicaba la existencia de una reserva de pájaros. La ley provincial 9718 declara "área natural protegida a los humedales" del Departamento de Gualeguaychú. Al construir un megaemprendimiento como el Amarras, se produce un impacto permanente e irreversible.
La Municipalidad de Gualeguaychú había pedido, en junio, la “paralización y demolición” del barrio, ya que “las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y obligado a la evacuación de más de 150 personas. La crecida repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedaran bajo agua”. E insistió en que “Amarras era el único lugar no inundado de toda la zona” y que “el agua que los terrenos sobreelevados del barrio desplazaban ingresaba profundamente en el casco urbano, afectando zonas densamente pobladas”.
Los jueces entrerrianos señalaron que quedó “efectivamente patentizada la existencia de una alteración negativa del medio ambiente”, y por eso se solicitó la “recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior”. La decisión se basa en “la prevención del daño futuro y la recomposición de la polución ambiental ya causada”, y ordena además un “resarcimiento pecuniario por los daños irreversibles”.
La justicia le dio 180 días a la empresa Altos de Unzué SA, encargada de la construcción del barrio, para “desmantelar” la zona, e instruyó a la Secretaría Ambiental de Gualeguaychú para “controlar el cumplimiento de la sentencia”.
En declaraciones a medios locales, el abogado Juan Ignacio Weimberg, que participó activamente de la causa contra el megaemprendimiento inmobiliario, aseguró: "Es factible que la empresa presente quiebra y todas las personas que de buena fe confiaron en una firma que vendió espejitos de colores, gente que firmó boletos de compra-venta, terminarán frustradas en sus derechos. Lo más seguro es que quiebren, porque pagar no van a pagar”. Para sustentar sus dichos, recordó que el abogado de Altos de Unzué S.A., Daniel Garbino, había dicho hace un tiempo que “esta sentencia es el decreto de quiebra” de la empresa sancionada por la Justicia. “No tienen el capital para hacer frente al aluvión de demandas que se les viene, además de las costas legales y las tareas de desmantelamiento”, concluyó.
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Fecha de Publicación:23/10/2019
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Entre Ríos
El barrio empezó a construirse sobre los humedales del río Gualguaychú, no hicieron estudios de impacto ambiental y provocó inundaciones en zonas densamente pobladas.
La Justicia entrerriana ordenó la “demolición y desmantelamiento” del barrio náutico Amarras de Gualeguaychú, situado en la localidad de Pueblo Belgrano, por su “impacto negativo sobre el medio ambiente”, ya que las obras de elevación de la tierra que se hicieron para construirlo provocaron “la crecida del río e inundaciones”.
En el fallo, firmado por los vocales Claudia Mizawak, Juan Ramón Smaldone y Martín Carbonell, del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (Stjer), se ordenó además “dejar la zona en su estado anterior”. Esta sentencia está en la línea de lo ordenado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que en julio dejó sin efecto la anterior sentencia del Stjer en la que rechazaba la acción de amparo interpuesta por vecinos de Gualeguaychú que pedían el cese de las obras.
El caso, promovido por un grupo de vecinos afectados, tuvo por objeto inicial la prevención y cese del emprendimiento inmobiliario conocido como Amarras de Gualeguaychú, que comprende una fracción de terreno de 445 lotes, y un proyecto de construcción de 200 unidades departamentales y un hotel de 150 habitaciones, lindero al Parque Unzué, en la margen del río Gualeguaychú.
La empresa demandada, Altos de Unzué SA, emprendedor inmobiliario, antes de hacer los estudios de impacto ambiental, realizó trabajos de magnitud en el predio, como movimientos de suelo, constatados por la Secretaría de Ambiente de la Provincia. En este contexto, la Dirección de Hidráulica provincial difundió un informe técnico del cual surge que la construcción de este barrio náutico afecta los humedales del río (el valle de inundación). Posteriormente, Altos de Unzué SA presentó un estudio de impacto ambiental que indicaba la existencia de una reserva de pájaros. La ley provincial 9718 declara "área natural protegida a los humedales" del Departamento de Gualeguaychú. Al construir un megaemprendimiento como el Amarras, se produce un impacto permanente e irreversible.
La Municipalidad de Gualeguaychú había pedido, en junio, la “paralización y demolición” del barrio, ya que “las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y obligado a la evacuación de más de 150 personas. La crecida repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedaran bajo agua”. E insistió en que “Amarras era el único lugar no inundado de toda la zona” y que “el agua que los terrenos sobreelevados del barrio desplazaban ingresaba profundamente en el casco urbano, afectando zonas densamente pobladas”.
Los jueces entrerrianos señalaron que quedó “efectivamente patentizada la existencia de una alteración negativa del medio ambiente”, y por eso se solicitó la “recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior”. La decisión se basa en “la prevención del daño futuro y la recomposición de la polución ambiental ya causada”, y ordena además un “resarcimiento pecuniario por los daños irreversibles”.
La justicia le dio 180 días a la empresa Altos de Unzué SA, encargada de la construcción del barrio, para “desmantelar” la zona, e instruyó a la Secretaría Ambiental de Gualeguaychú para “controlar el cumplimiento de la sentencia”.
En declaraciones a medios locales, el abogado Juan Ignacio Weimberg, que participó activamente de la causa contra el megaemprendimiento inmobiliario, aseguró: "Es factible que la empresa presente quiebra y todas las personas que de buena fe confiaron en una firma que vendió espejitos de colores, gente que firmó boletos de compra-venta, terminarán frustradas en sus derechos. Lo más seguro es que quiebren, porque pagar no van a pagar”. Para sustentar sus dichos, recordó que el abogado de Altos de Unzué S.A., Daniel Garbino, había dicho hace un tiempo que “esta sentencia es el decreto de quiebra” de la empresa sancionada por la Justicia. “No tienen el capital para hacer frente al aluvión de demandas que se les viene, además de las costas legales y las tareas de desmantelamiento”, concluyó.
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