Justicia correntina orden demolición de terraplenes

Jueces ratifican orden de demolición de terraplenes construidos en el Iberá

Fecha de Publicación
: 23/11/2012
Fuente: Política Correntina
Provincia/Región: Corrientes


La Justicia correntina volvió a expedirse en contra de la construcción de terraplenes en la Reserva del Iberá. En un pronunciamiento firmado por los jueces Carlos Aníbal Rodríguez y María Eugenia Sierra De Desimoni, se ordena concretar la demolición tras la denuncia hecha por pobladores y ecologistas en agosto, por el inicio de nuevos trabajos en la zona.
En el expediente Nº 74.036, de la Cámara Sala IV, fallo del 5 de noviembre, los jueces señalan que “Las sentencias judiciales están para cumplirse. 3- En el caso la parte demandada no solo no cumplió con la orden judicial sino que además realizo una serie de obras que no sólo continuaron sino que constituyen un conjunto de terraplenes que, en nuestra opinión -ratificada por el Alto Cuerpo en su decisorio ya mencionado- pueden constituir un grave perjuicio al ecosistema Iberá.”
Desde la Organización Ecologista Guardianes del Iberá, señalan que no se cumplió con la sentencia firme de demoler el terraplén (2007), y se comenzó a ampliarlo. Esto fue denunciado por la Organización Ecologistas “Guardianes del Iberá” (animadora de la campaña “Salvemos al Iberá”) el 13 de Agosto de este año con presentaciones administrativas en el Icaa que fueron acompaña por protestas”.
Destacan además que los jueces de la Cámara de Apelaciones decían en su fallo “podemos llegar a la conclusión de que todo este largo proceso terminaría con la demolición de lo construido por la demandada, pero reemplazado por otra obra de similares características, lo que de admitirse constituiría además de una grave burla al poder jurisdiccional, un nuevo e igual peligro para el ecosistema del Iberá y esto debe prevenirse por mandato legal y constitucional”.
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Deliberante de Esquel aprueba ordenanza antiminera

Aprueban ordenanza que prohíbe habilitaciones a empresas mineras

Fecha de Publicación
: 23/11/2012
Fuente: Diario Digital El Chubut
Provincia/Región: Chubut


El Concejo Deliberante de Esquel aprobó ayer por unanimidad el proyecto de ordenanza que prohíbe el otorgamiento de habilitaciones comerciales a empresas mineras.
Asistieron a la sesión un reducido grupo de empleados de la empresa Minas Argentinas S.A, como así también una importante cantidad de vecinos de la asamblea de autoconvocados por el No a la Mina que, aplaudió la decisión del cuerpo legislativo. «Para nosotros esto constituye una política de Estado que, marca un camino a seguir hacia delante. Porque desde el 2002 hasta ahora, el pueblo de Esquel sigue diciendo que no quiere emprendimientos mega mineros en la ciudad», dijo el presidente del bloque del FPV, Horacio Iturrioz luego de aprobada la norma.
Si bien se temía que pudieran ocasionarse algunos disturbios entre los grupos, la sesión se desarrolló con normalidad.
La ordenanza aprobada establece que se debe incorporar cuando se trate el Código Tributario Municipal la siguiente modificación: artículo 166 bis «no se otorgará habilitación comercial para el ejercicio de actividades accesorias, complementarias o conexas que se encuentren prohibidas o de cualquier forma no permitidas por la legislación municipal».
De esta manera, el proyecto fija una posición con respecto a aquellas empresas cuyo objeto u actividades, se encuentran prohibidas por otra ordenanza en la ciudad como es el caso de la explotación minera metalífera, estableciendo en estos casos la imposibilidad del municipio de otorgar una habilitación.
En el marco de la sesión, se destacó que la ordenanza surgió del consenso de tres propuestas presentadas, las que fueron enriquecidas con algunos fundamentos de índole legal que le dan sustento a la norma sancionada y que pondrá fin a una polémica que se generó a partir del otorgamiento que hizo el municipio de la habilitación comercial a la empresa Minas Argentinas aduciendo que no tenía ningún fundamento para no hacerlo ya que, entendía que la prohibición que existía hasta el momento en el ejido de la ciudad por ley provincial y ordenanza era sobre la explotación minera pero no para el funcionamiento de una oficina de la empresa minera.
Cabe recordar que la empresa Minas Argentinas posee una habilitación provisoria otorgada por el municipio de Esquel que vencerá el 1º de mayo del 2013.
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La importancia estrégica de la biodiversidad

Una herramienta imprescindible

Fecha de Publicación
: 23/11/2012
Fuente: Página/12
Provincia/Región: Nacional


La República Argentina es uno de los países con mayor variedad de ecorregiones en el mundo: quince zonas continentales, tres oceánicas y Antártida están representadas en su territorio. Una biodiversidad excepcionalmente rica, tanto en especies y variación genética como en ecosistemas. Esto representa para nuestro país un significativo valor estratégico que debemos preservar en función de los intereses nacionales y populares.
Preservar la biodiversidad es proteger la vida. Implica asegurar el desarrollo productivo actual y su potencialidad en el futuro. Existen varias herramientas estratégicas que estamos desarrollando con este objetivo: la implementación de la ley 26.331 de protección de bosques nativos, la Estrategia Nacional de Biodiversidad que estamos consensuando con todas las provincias y un Sistema Federal de Manejo de Fuego, entre otras.
En este momento está para ser tratado en la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de ley de Manejo del Fuego, votado por unanimidad por el Senado de la Nación.
El proyecto fue presentado por la senadora Sandra Giménez, de Misiones, y el Senado acompañó y lideró esta legislación con proyectos anteriores.
La Subsecretaría de Planificación y Política Ambiental de la Secretaría de Ambiente ha trabajado activamente en el proceso de elaboración de esta ley, con el objetivo de consolidar institucionalmente un Sistema Federal de Manejo del Fuego, que permita mantener los procesos ecológicos esenciales, preservar la diversidad genética y garantizar la utilización sustentable de las especies y los ecosistemas.
Esta ley permitirá cerrar un proceso de análisis, discusión y valiosos aportes que en los últimos años se han realizado desde instituciones, organizaciones y especialistas, creando un sistema nacional con una visión holística del problema, que contribuirá a mejorar la calidad de vida de las localidades y las personas afectadas en forma recurrente por los incendios de bosques y campos.
El proyecto reúne todos los elementos necesarios para dar un salto cualitativo a nivel institucional en la prevención y combate de los incendios forestales y rurales, con consecuencias superadoras relevantes en los aspectos técnicos y operativos.
El Sistema Nacional que se crea tiene como objetivos establecer mecanismos para un eficiente manejo del fuego en defensa de la naturaleza, así como velar por la seguridad de la población en general y de las personas afectadas al combate de incendios. Está integrado por las organizaciones provinciales y de parques nacionales con la coordinación de la Secretaría de Ambiente de la Nación.
Cabe destacar que más de dos mil combatientes de incendios forestales y personal técnico de apoyo especializado de todo el país serán beneficiarios directos, al contar con esta ley, con un marco normativo que regulará una actividad laboral de alto riesgo y especialización.
Este Sistema Federal de Manejo del Fuego es el resultado de un proceso institucional que hoy ya se encuentra en funcionamiento. Sin embargo, mediante el dictado de la ley, que hoy cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Recursos Naturales, será consolidado, respaldado y contará con el presupuesto necesario, constituyéndose así en una importante y real política de Estado.

Por Silvia Révora * Subsecretaria de Planificación y Política Ambiental de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
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El uso incorrecto de plaguicidas podría ser penalizado

Proponen penalizar la utilización indebida de agroquímicos

Fecha de Publicación
: 22/11/2012
Fuente: Agencia FE
Provincia/Región: Santa Fe


La diputada provincial Verónica Benas presentó un proyecto ley para incluir el uso indebido de agroquímicos en el Código de Faltas de Santa Fe. Se propone ampliar el alcance del artículo 135 para sancionar con multas o arresto a quien practique, autorice u ordene aspersiones sin contemplar las normas de seguridad. “Buscamos que el Estado esté más cerca de los potenciales damnificados facilitando la posibilidad de las denuncias en cualquier parte del territorio santafesino”, explicó la legisladora del Partido PARES.
El proyecto de Verónica Benas propone una nueva redacción para el artículo 135 del Código de Faltas de la provincia de Santa Fe, sancionando con arresto de hasta sesenta días o multa de hasta cuatrocientos jus, "a quien practique, autorice u ordene aspersiones de fitosanitarios, sin contemplar las normas de seguridad que rigen el uso regular de esos productos, incluido el destino final de sus envases, poniendo en riesgo la salud de la población rural y urbana, y la biodiversidad en general.”
Estamos proponiendo una sanción de naturaleza penal y de mayor rigor, la utilización de agroquímicos en forma irregular o cuando se exceden las normas de seguridad para su uso", explicó Verónica Benas.
Se sabe que la ley 11273 de fitosanitarios prevé en la provincia sanciones de multas de carácter administrativo a quienes la infrinjan, pero la experiencia indica que no se llevan a la práctica pese al inicio de los trámites.
Además, esta legislación específica se encuentra en revisión legislativa desde hace varios años, luego de las denuncias, fallos judiciales y polémicas desatadas por la aplicación de estos productos. En este marco se han sancionado ordenanzas en municipios y comunales de la provincia que han atendido a la preocupación de la comunidad por preservarse.
"Creemos que la regulación propuesta se encuadra perfectamente en el Título VIII del Código de Faltas, cuando se refiere a la salud pública y el equilibrio ecológico, y más específicamente a la utilización de productos peligrosos. Para esto agregamos a la sanción de arresto ya vigente, una multa en jus, graduable por el juez, que es equivalente a las previstas en la ley 11273 en base a litros de gasoil", agregó la legisladora.
“Buscamos que el Estado esté más cerca de los potenciales damnificados facilitando la posibilidad de las denuncias, teniendo en cuenta que se pueden realizar en las dependencias policiales en todo el territorio de la provincia".
Este aspecto además contribuye a promover el control social en el cumplimento de las normas que regulan el manejo responsable de los fitosanitarios, una demanda reiterada de sectores sociales preocupados por el impacto que estos productos puedan acarrear a la salud humana y en la diversidad biológica en general, que se sintetiza en la frase:“Paren de fumigar”.
Finalmente no podemos dejar de mencionar el principio precautorio ambiental que uniforma la materia y que cada vez goza de mayor reconocimiento jurisprudencial, tanto en el orden nacional como internacional.
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En Neuquén no quieren pedidos de informe

Frenan informes por contaminación

Fecha de Publicación
: 22/11/2012
Fuente: La Mañana de Neuquén
Provincia/Región: Neuquén


El oficialismo frenó tres pedidos de informes por posible contaminación con residuos de la actividad petrolera en los lagos Los Barriales y Mari Menuco, pese a que una semana antes todos los bloques habían acordado habilitar las consultas al Ejecutivo.
El tema se trató en la comisión de Hidrocarburos de la Legislatura, que preside Luis Sapag (MPN), a partir de las presentaciones del Frente Grande-MUN, UNE-FPN y CC-ARI. En todos los casos, el fundamento es una pericia de la Corte Suprema de Justicia en la que se advierte de la presencia de hidrocarburos en Los Barriales en un nivel 50 veces mayor al máximo permitido para recreación. También se mencionó que una de las querellantes en la causa que tramita la Justicia Federal, Cristina Cherqui, falleció poco después de que le detectaran contaminación con plomo en sangre.

Disparador
Ayer Sapag expresó que había cambiado de opinión y rechazó cualquier pedido de informes a la subsecretaría de Ambiente. En cambio, sugirió tomar los proyectos como “un disparador” para analizar el tema junto con el Ejecutivo.
Desde la oposición, insistieron en votar las propuestas y quedaron en minoría, por el voto en contra del MPN y sus fuerzas aliadas.
Sapag indicó que, al margen de las discrepancias, seguirá el debate en la comisión durante 2013, con alguna visita a los pozos no convencionales.
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Mapuches obtienen fallo favorable por sus tierras

Fallo judicial reconoce Derechos Mapuche frente a terrateniente

Fecha de Publicación
: 22/11/2012
Fuente: Biodiversidad en América Latina y El Caribe
Provincia/Región: Neuquén


La Justicia de Neuquén rechazó el desalojo de una comunidad Mapuche al reconocer que se trataba de posesión tradicional indígena y remarcó la supremacía de la legislación indígena sobre el derecho privado. La demanda había sido presentada por un ex juez de la dictadura militar.
La Justicia de Neuquén falló a favor de la Comunidad Mapuche Tuwun Kupalmeo Maliqueo, que había sido denunciada en 2009 por “usurpar” un territorio donde produce y vive desde tiempos inmemoriales. La sentencia es inédita en cuanto reconoce derechos sobre tierras de veranada (se utilizan sólo una parte del año) y porque aplica el derecho indígena, de mayor jerarquía, por sobre el Código Civil. La sentencia marca un antecedente importante para decenas de casos en el que empresarios cierran las veranadas de las comunidades indígenas. El terrateniente demandante es un ex juez de la dictadura militar señalado de colaboracionista.
Las tierras de veranada son las parcelas donde indígenas y campesinos llegan cada temporada de calor para que sus animales se alimenten. Es una práctica milenaria el permanecer en invierno en tierras bajas (campos de “invernada”) y migrar en primavera hacia la “veranada”, donde los animales aprovechan buenas pasturas y recobran fuerzas. Estos campos, y los caminos de arreos, son alambrados por empresarios que atentan contra la vida indígena y campesina.
En enero de 2009, la comunidad Tuwun Kupalmeo Maliqueo abrió la tranquera con la que un estanciero había cerrado el campo de veranada mapuche, 829 hectáreas en el departamento de Aluminé (paraje Litrán). Y se instaló en el lugar con sus animales, como todos los veranos. El estanciero, Pedro Duarte, demandó a la comunidad y solicitó como medida cautelar el desalojo. Exhibió un título de propiedad y negó la existencia de la comunidad. Automáticamente, desoyendo los derechos humanos de los pueblos indígenas, la entonces Jueza Ivonne San Martín hizo lugar a la medida cautelar y procedió al desalojo.
Pedro Laurentino Duarte asumió como juez federal de Neuquén en marzo de 1976. En la zona es conocido por sus sistemáticos rechazos a los habeas corpus presentados por familiares de desaparecidos. Los organismos de derechos humanos lo sindican como “colaborador” de la dictadura militar. Gracias a esas influencias, se hizo de las tierras mapuches. Duarte renunció en 1984 luego de una denuncia de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos (APDH) de Neuquén.
El 9 de noviembre pasado, la jueza de 1° Instancia de Zapala, Gloria Martina, rechazó el interdicto de recobrar la posesión interpuesto por Duarte y dio un paso más al remarcar la prevalencia del derecho indígena (Convenio 169 de la OIT, Constitución Nacional, Constitución de Neuquén -artículo 53-) y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “Concluyo en que la posesión ejercida por los demandados (la comunidad mapuche) merece la protección supralegalmente otorgada a la ocupación de territorios por las comunidades indígenas (…) Debiendo considerarse la ocupación tradicional indígena es preexistente al Estado (…) Confrontado el título exhibido por el actor (Duarte) con el ostentado por los demandados, surge demostrado que el de éstos últimos (la comunidad) posee relevancia superior por resultar anterior en el tiempo y por ende preferido en derecho”, explica la sentencia.
También afirma que no es necesario personería jurídica o estar inscrito en algún ámbito estatal para ser reconocida como comunidad, recuerda la vigencia de la Ley 26.160 (suspende los desalojos) y –declarando inoponible frente a la Comunidad la tardanza del Estado en su aplicación– reconoció la legitimidad de la posesión indígena de esas tierras, los derechos mapuches sobre el inmueble y llamó “a la reflexión” a Duarte “respecto a las desafortunadas expresiones -francamente hostiles- vertidas contra la comunidad y especialmente al juicio de disvalor efectuado por su parte en torno al modo de actuación y costumbres de los mismos”. Duarte incluso había cuestionado la instalación de “una bandera extranjera (mapuche)” en el territorio. La jueza le recuerda que “más del 60 por ciento de la población argentina es descendiente de algún pueblo indígena” y lo insta a Duarte a “internalizar el nuevo paradigma de inclusión y respeto a la diversidad étnica y cultural”.
“No cabe sino concluir en la legitimidad de la posesión ejercida por la comunidad mapuche sostenida en el reconocimiento ínsito en las normas internacionales y en el mandato operativo, categórico e inequívoco de la Constitución Nacional que establece que toda ocupación tradicional de una comunidad indígena debe juzgarse como posesión comunitaria, mereciendo recalcarse que la posesión comunitaria no es la individual del Código Civil enarbolada por el denunciante (Duarte), sino la común -de rango constitucional, supremo- derivada de la sencilla razón de preexistir al Estado”, sentencia la jueza de Zapala.
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Debate sobre la Ley de Glaciares

La Ley de Glaciares calienta el debate

Fecha de Publicación
: 21/11/2012
Fuente: Página/12
Provincia/Región: Nacional


La plena aplicación de la norma aprobada en 2010 enfrenta a quienes impulsan la minería con quienes buscan resguardar los recursos hídricos. Argumentos de uno y otro lado se cruzaron en una conferencia en la Cámara de Diputados.
La aplicación de la Ley de Glaciares sigue generando un intenso debate entre sus defensores y las empresas mineras. Si bien la norma ya tiene plena vigencia después de que la Corte Suprema de Justicia no diera lugar a una serie de medidas cautelares, aún aguarda definición por parte del tribunal sobre la cuestión de fondo, que es si afecta o no potestades provinciales. Ayer, la Comisión de Minería de Diputados organizó una disertación a cargo de dos prestigiosos científicos. Criticaron que “no está claro si la norma busca proteger un recurso hídrico”, mientras que legisladores de provincias mineras enfatizaron que “se busca impedir la actividad sin un criterio científico”. Defensores de la ley resaltan que se está avanzando en el inventario sobre los glaciares y que la norma protegerá, una vez que entre en ejecución, sólo las zonas que tengan impacto sobre los cursos de agua.
En julio, la Corte revocó los amparos que impedían la plena vigencia de la ley, presentados por Barrick Exploraciones Argentinas, Exploraciones Mineras Argentinas y Minera Argentina Gold, además de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) y el gobierno de San Juan. Las medidas cautelares habían sido dictadas por el juez sanjuanino Miguel Angel Gálvez. Con su decisión, el máximo tribunal permitió el inicio de la confección de un inventario de la zona glacial y periglacial, ahora protegidas por la ley.
La aplicación de la ley es un tema de extrema sensibilidad para las empresas. El núcleo del conflicto es la zona periglacial. “No toda esa área tiene hielo e impacto hídrico. Cuando el suelo está a una temperatura igual o inferior a los cero grados, puede estar congelado cuando hay agua, pero puede no haberla. En el primer caso, puede ser estable, es decir que no aporta agua a las cuencas. Si está descargando, sí aporta agua”, explicó ayer Pablo Wainstein, experto en hidrología glacial de la Universidad de Calgary, en Canadá. El científico chileno agregó que los glaciares de escombros, formaciones de hielo cubiertas, pueden o no aportar recursos hídricos; si lo hacen “se degradan muy lentamente”, y agregó que una cuenca típica con hielo “tiene una contribución hídrica mínima”. El encuentro tuvo lugar en el Salón Eva Perón del Senado.
“No está claro que la legislación busque proteger una condición térmica o un recurso hídrico”, concluyó Wainstein. “Si en el área periglacial no hay hielo, ¿cuál es la razón para impedir una actividad?”, se preguntó el presidente de la Cámara de Empresarios Mineros, Martín Dedeu. En el mismo sentido se manifestaron Daniel Tomas, titular de la Comisión de Minería de Diputados y legisladores de provincias mineras.
Fuentes oficiales, sin embargo, señalan que las empresas buscan recrear una situación de restricción total a la actividad que no es así. En diálogo con este diario, funcionarios vinculados con la ejecución del inventario sobre los glaciares recuerdan que el artículo 1º de la ley establece que el objeto es proteger los glaciares y el ambiente periglacial para “preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos”. El artículo 2º advierte que “se considera el área periglacial en la alta montaña al área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico. En la media y baja montaña, al área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo”.
Con la definición del área a proteger en función del recurso hídrico, aseguran, será el inventario a nivel nacional el que defina el límite para la actividad. La provincia de San Juan, junto a la Universidad Nacional del distrito, La Rioja, Catamarca y Mendoza están en la tarea de conformar ese inventario, bajo la coordinación del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianiglia), que depende del Conicet. La Secretaría de Medio Ambiente, autoridad de aplicación de la ley, está puliendo un informe sobre los avances del informe.
Por su parte, el geólogo canadiense Matthias Jakob explicó que el 95 por ciento del aumento en la temperatura global está asociado a la emisión de gases de efecto invernadero. “Los glaciares retrocedieron en todo el mundo, y el derretimiento se aceleró desde los ’ 90”, explicó. Jakob y Wainstein reconocieron la importancia de tener un inventario sobre los glaciares.
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Salta: media sanción para limitar las fumigaciones

Tiene media sanción la ley que limita las fumigaciones aéreas
 
Fecha de Publicación: 21/11/2012
Fuente: Nuevo Diario de Salta
Provincia/Región: Salta


Tras el intento fallido de la semana pasada, cuando la sesión se quedó sin quórum, ayer los diputados aprobaron la ley para regular todas las acciones relacionadas con agroquímicos, para prevenir la contaminación del ambiente y evitar las intoxicaciones.
Fue un extenso debate, punto por punto el que precedió la aprobación, ya que se hicieron varias correcciones al articulado, del proyecto de autoría del diputado sanmartiniano Mario Angel.
Lo más destacado de ese proyecto refiere a la prohibición a fumigar con aviones a menos de 3.000 metros de un poblado, cuando el veneno sea de alta toxicidad y a menos de 500 cuando la aplicación sea terrestre.
También establece que antes de una aplicación debe haber una autorización de un experto técnico que brindará asesoramiento al respecto.
Además reglamenta cómo debe ser la disposición final de los recipientes, los cuales deberán tener un tratamiento de triple lavado y exige que la autoridad de aplicación y los municipios crearán y habilitarán centros de acopio.
Este proyecto obtuvo la media sanción y pasó al Senado para su tratamiento, algo que seguramente ocurrirá recién el año que viene.
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Justicia pidió crear una Policía Ambiental en Salta

Marche una Policía Ambiental en Salta

Fecha de Publicación
: 21/11/2012
Fuente: Diario Judicial
Provincia/Región: Salta


La Justicia de Salta exhortó a la Comisión Técnica de Saneamiento del Río Arenales a formar una Policía Ambiental para que monitoree en forma permanente la extracción de áridos del cauce de ese río. La decisión llegó tras un amparo de vecinos de los barrios ribereños.
El titular de la sala V de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Mario D’Jallad, exhortó a la Comisión Técnica de Saneamiento del Río Arenales a formar una Policía Ambiental que monitoree en forma permanente la extracción de áridos del cauce de ese río.
La decisión del magistrado llegó en una causa iniciada por el amparo presentado contra la Municipalidad de la Ciudad de Salta, la empresa Marozzi SA y la Provincia de Salta por vecinos de los barrios aledaños al río.
Según explicó D’Jallad en el fallo la acción deducida resultaba “algo imprecisa en sus orígenes por la amplitud de la cosa demandada” con causas de variada naturaleza, origen y efectos, por lo que resultaba “sumamente difícil, cuando no imposible, atribuir en forma exclusiva un actuar, hecho o motivo del resultado afligente para los vecinos del barrio de tener que soportar medio metro de agua en sus viviendas”.
Sin embargó exhortó a la Comisión a formar o crear “una Policía Ambiental, que monitoree en forma permanente la extracción de áridos del cauce del río” ya que “es imprescindible realizar un control puntual al momento de sacar arena y ripio, por Empresas dedicadas a ese fin”.
Advirtió que se iniciaron trabajos de remoción de áridos en el lecho mismo del río, librándose el cauce, “de modo tal que las aguas de lluvia, aún intensas, no inunden el Barrio y corran bajo el puente situado en la avenida Monseñor Tavella. Luego dependerá del actuar Municipal y Provincial, el fijar prioridades, o trabajos, tales como la provisión del servicio de cloacas, y demás proyectos determinados por necesidades de los diferentes barrios”, consigna el fallo.
“Los jueces no pueden evaluar qué política sería más conveniente para la mejor realización de ciertos derechos, sino evitar las consecuencias de los que clara y decididamente ponen en peligro o lesionan bienes jurídicos fundamentales tutelados por la Constitución”, concluyó el magistrado citando a la Fiscal de Cámara.
El amparo fue presentado por vecinos de los barrios Ceferino, Santa Lucía, 13 de Abril, Solidaridad, Democracia, Villa Lavalle, asentamiento 20 de Junio, Angelita, San Juan de Dios y Gauchito Gil, todos ribereños del cauce de agua que cruza la ciudad de Salta.
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En 15 días la Ley de RAEE puede ser basura

Tiempo de descuento para la ley de basura electrónica

Fecha de Publicación
: 20/11/2012
Fuente: La Nación
Provincia/Región: Nacional


El proyecto de ley de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) lleva casi cinco años de tratamiento en el Congreso de la Nación. Si bien cuenta con la sanción del Senado desde mayo de 2011, la ley está siendo demorada en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, a días de perder estado parlamentario.
El proyecto, conocido como ley de basura electrónica, busca separar de los residuos domiciliarios a los RAEE, la fracción más tóxica y la que más rápido está creciendo. Hoy, esta categoría de residuos se halla en una zona gris entre la legislación de residuos peligrosos y la normativa que regula la gestión de los residuos domiciliarios, pero en la práctica terminan siendo arrojados a rellenos o basurales y son una peligrosa fuente de contaminación; almacenados en depósitos, hogares u oficinas, o incinerados como materia prima de otros procesos sin seleccionar los componentes específicos para su reutilización.
Por otro lado, y como otro de los objetivos fundamentales, el proyecto de ley promueve la recuperación de los materiales de los que están compuestos los RAEE, muchos de ellos valiosos. Si tenemos en cuenta los más de 10 millones de teléfonos celulares que se desecharon en la Argentina en 2011, considerando un peso promedio de 100 gramos por teléfono, reciclar estos artefactos retiraría de los rellenos y basurales 1000 toneladas al año de residuos potencialmente peligrosos. Además, con el reciclado de estos teléfonos se hubiera evitado desechar cerca de 15 millones de dólares sólo en 2011, contando sólo tres de los minerales que los teléfonos tienen en muy pequeñas cantidades: plata, cobre y oro.
El valor de los materiales y la alta eficiencia de reciclado de estos aparatos (más del 90% en el caso de los teléfonos celulares, por ejemplo) hacen que los RAEE sean una fuente de materia prima para la industria mucho menos contaminante y destructiva que la minería. Japón, que cuenta con un destacado desarrollo de la industria de la electrónica, y con un eficiente sistema de reciclado, ha llegado incluso a importar RAEE para la recuperación de materiales.
Se desprende de aquí, además, que el establecimiento de un sistema nacional de gestión de los RAEE y la obligatoriedad -que recaerá sobre las empresas- de reciclar los residuos de sus productos, de acuerdo con el proyecto de ley, ampliarán el sector que se dedica a este tipo de "minería urbana", generando inversión, destrabando su actividad y contribuyendo a la creación de los denominados empleos "verdes".
De ser aprobada la ley, entrará en vigor el principio de Responsabilidad Extendida del Productor, que establece la carga legal y financiera sobre las empresas, que deberán responsabilizarse por sus productos una vez que éstos han finalizado su vida útil. Normativas de estas características ya han sido aprobadas y están en vigencia en gran parte de Estados Unidos, la Unión Europea, países latinoamericanos, como Costa Rica, Colombia, Perú o Bolivia, y están siendo tratadas en Chile y Brasil, entre otros.
Las empresas, como responsables directas de la contaminación potencial de los productos, se ven comprometidas en dos instancias: en la producción, ya que el proyecto establece la prohibición de determinadas sustancias tóxicas y premia a los productos con una más larga vida útil y más fáciles de reciclar; y en la etapa pos consumo, cuando el producto pasa a ser residuo. Es allí que las empresas, mediante un sistema nacional, deben hacerse cargo de los residuos, reutilizarlos y reciclarlos para evitar la contaminación y el derroche de recursos. Debido a esta responsabilidad, las empresas formarán parte, junto con organismos del Estado, como el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), de un ente mixto, no estatal, que desarrollará el sistema nacional de recolección, transporte y tratamiento de los RAEE. Tienen la opción, además, de hacer sus propios planes.
Frente a la evidencia en torno a la gestión de los residuos domiciliarios (sobre todo en el Área Metropolitana, por el colapso del sistema Ceamse, cuyas primeras consecuencias se ven en las calles de Buenos Aires) y el avance masivo sobre ecosistemas vitales en búsqueda de minerales, es que se torna irracional la falta de tratamiento y sanción del proyecto de ley de basura electrónica. Los diputados de la Comisión de Recursos Naturales y de Industria dieron dictamen al proyecto, pero aún resta Presupuesto y Hacienda, donde la ley está frenada por la presidencia de la Comisión en espera del visto bueno de la ministra de Industria, Débora Giorgi, quien no está demasiado interesada en la protección del ambiente y los recursos. En 15 días, de no ser tratado, el proyecto de ley perderá estado parlamentario. El trabajo de cinco años terminará en el tacho de la basura, junto con los residuos electrónicos.
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Indagarán a empresarios contaminantes del Sali-Dulce

En los próximos días indagarán a los empresarios acusados de contaminar

Fecha de Publicación
: 20/11/2012
Fuente: El Liberal
Provincia/Región: Santiago del Estero - Tucumán


La citación es por hechos de contaminación del embalse Río Hondo, sucedidos antes del plan Vinaza Cero. Abate expresó su fuerte sospecha de una “actitud dolosa” o “gravemente culposa”.
Empresarios tucumanos sobre quienes pesa una imputación de la Justicia Federal santiagueña por contaminar el embalse Río Hondo y producir la enorme mortandad de peces en noviembre de 2011, serán indagados por el juez Guillermo Molinari en los primeros días de diciembre. Los industriales están acusados de infringir la Ley de Residuos Peligrosos, que pena a quienes contaminan poniendo en riesgo la salud de las personas y el medio ambiente.
Así lo adelantó a EL LIBERAL el fiscal de Estado, Raúl Abate, quien expresó su fuerte sospecha de una “actitud dolosa” o “gravemente culposa” en los hechos de contaminación. Abate es junto con el defensor del Pueblo de la Provincia, Martín Díaz Achával, querellante en la causa penal contra los responsables de producir la degradación ambiental del embalse Río Hondo.
También es querellante la ex edila Anita Loto (Las Termas).
Entre los empresarios que serían citados se encuentran el presidente del Centro Azucarero Regional Tucumán, Julio Colombres (Azucarera Juan Manuel Terán); y Jorge Rocchia Ferro, titular del grupo Los Balcanes, que posee tres ingenios: La Florida, Aguilares (administrado por Colombres) y Cruz Alta.
“Hay un pedido de indagatoria, pero también un planteo de incompetencia que debe ser resuelto, aunque las citaciones serían para los primeros días del mes que viene”, comentó Abate. Mencionó que se indagará a los industriales por los hechos de contaminación que se han venido acumulando desde que presentó su denuncia el ex intendente de Las Termas, Luis Saleme, expediente 4166/09 y acumulados; pero particularmente, por la importante contaminación de noviembre del año pasado en la que murieron toneladas de peces.
Además, indicó que como querellantes también acercarán preguntas a los indagados, tendientes a incriminar o desincriminar. Abate dijo que tiene fuertes sospechas de que hubo actitudes “dolosas” o “gravemente culposas”.
Y sentenció: “No podemos decir que hubo eximente de responsabilidad en virtud de un hecho fortuito o una cuestión de causa mayor que impida adjudicar responsabilidad. O ha habido una actitud dolosa o una actitud culposa de una negligencia verdaderamente importante”.
Este avance legal se cumple en medio de nuevas denuncias por parte del Estado santiagueño contra ingenios tucumanos por contaminar tributarios de la cuenca Salí-Dulce. La causa judicial y el impulso dado por el fiscal federal Pedro Simón y el juez federal Guillermo Molinari fueron el corolario de numerosas denuncias en contra de las firmas tucumanas.
Sobre este tema, el gobernador de Tucumán, José Alperovich, salió fuertemente a trabajar contra la contaminación y a emplazar a los empresarios tucumanos a realizar las obras para tratar sus desechos. “Hay que luchar frontalmente contra esto, sin hacernos los tontos, para evitar la contaminación. Ya no hay más tutía”, les advirtió.
Paralelamente, el gobierno de Santiago del Estero y la administración de Alperovich, alcanzaban un acuerdo para implementar un plan de gestión tendiente a frenar la contaminación y revertir el daño ecológico al sistema hídrico. Ello, con la garantía de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y la supervisión de la Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero y por encima de todos los actores, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Como se recordará, por la contaminación del embalse, a fines del año pasado el juez federal Guillermo Molinari citó a indagatoria a 13 empresarios: Jorge Rocchia Ferro (Los Balcanes), Julio Colombres (Azucarera Juan Manuel Terán), Héctor Gregorio Mateos (SA Azucarera Argentina), Santiago Gasep (Azucarera del Sur SRL), Roberto Mario Ortiz (San Juan), Luis Lorenzo Pardo (Citromax), Gonzalo Tanoira (San Miguel), Mario Menéndez (Litoral Citrus), José Antonio Fernández (Los Dulces Norte SA), Fernando José Terán (Santa Bárbara) y tres directivos de una papelera.
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Más escuelas fumigadas con agrotóxicos

Otros dos colegios rurales fueron rociados con agroquímicos

Fecha de Publicación
: 20/11/2012
Fuente: Análisis Digital
Provincia/Región: Entre Ríos


La Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) Seccional Uruguay comunicó que otras dos escuelas rurales del Departamento fueron rociadas con agrotóxicos, esta vez con los alumnos en clase. Se trata de la Escuela Nº 51, ubicada sobre Ruta Provincial 42, a 13 kilómetros al sur de Colonia Elía, y la Escuela Nº 85 de la zona de Arroyo Molino, situada al este de la autovía Ruta 14. En esa línea, a través de un comunicado, el gremio destacó “el trabajo y la actitud de los docentes de nuestras escuelas rurales, que con escasa contención y participación de las instituciones oficiales, hacen todo lo que pueden para proteger su salud y la de sus alumnos”. Igualmente, indicaron que “los docentes actuaron con rapidez para proteger a los alumnos, poner en conocimiento del hecho a las autoridades, en tanto no habían recibido el aviso correspondiente y poder detener la fumigación”. Y sostuvieron que “a pesar de ello no pudieron evitar el contacto con el producto ya que el viento lo llevaba hacia los edificios escolares, que también tienen viviendas familiares cercanas”.
Mediante un texto que reprodujo APF, señalaron que “según lo establece la Ley de Plaguicidas Nº 6.599 quien aplica estos productos debe “tomar las precauciones del caso para evitar daños a terceros”, también el Decreto Nº 483/95 MEOySP (Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos), dice que en cercanías de viviendas “se deberán extremar las precauciones” y la Resolución Nº 47 de la SAA y RN (Subsecretaría de Asuntos Agrarios y Recursos Naturales) establece el límite de 50 metros y la notificación con 48 horas de anticipación.”
Asimismo, manifestaron que “ninguna de estas elementales disposiciones se ha cumplido en estos casos. De donde podemos suponer que tampoco otras, referidas al manejo, registro de los equipos, receta agronómica y presencia de un responsable técnico, se han tenido en cuenta”. Y añadieron que “la legislación vigente reconoce la peligrosidad de los agro-tóxicos, de lo contrario no habría que ‘extremar precauciones’ o ‘evitar el daño’”.
En ese sentido, recordaron que “numerosos estudios de campo y laboratorio realizados por científicos de distintas disciplinas dan cuenta de las graves consecuencias en la salud que produce la exposición a los agrotóxicos. En nuestra provincia hay varias evidencias concretas, más aún en Misiones y Chaco”.
“El reciente Juicio de las Madres de Barrio Ituzaingó Anexo de la ciudad de Córdoba, que condenó a los aplicadores y dueño del campo, es uno de los primeros en su tipo y sirve de jurisprudencia para tres causas similares que se tramitan en ésa provincia”, expresaron en la misiva.
Finalmente, indicaron que “al comienzo de nuestra campaña ‘Paren de Fumigar’ las Escuelas experimentados profesionales de la medicina y el derecho nos ilustraron sobre la legislación vigente y los efectos de los agrotóxicos en la salud”. Por ello, enfatizaron que “ahora, en su desarrollo, vemos como no se cumple con las leyes y sabemos el riesgo que implica la utilización indiscriminada y descontrolada de los biocidas utilizados en la agricultura industrial”
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Más productores a juicio por fumigaciones ilegales

Más productores van a juicio por fumigaciones

Fecha de Publicación
: 19/11/2012
Fuente: La Capital
Provincia/Región: Córdoba


Una nueva causa judicial por fumigaciones se sumó en Córdoba. Los acusados son dos productores agropecuarios de campos pegados al área urbana de Villa Ciudad Parque, localidad del Valle de Calamuchita, vecina de Villa General Belgrano.
Son cuatro las causas judiciales por pulverizaciones con agroquímicos que podrían afectar a vecinos de zonas pobladas. Una ya llegó a juicio, con dos condenas, en barrio Ituzaingó Anexo, en la ciudad de Córdoba.
Falta la fecha de audiencia en otra denuncia en Colonia Tirolesa. La tercera, aún en investigación aunque con dos imputados, está abierta en los Tribunales de Deán Funes por denuncias en Villa de María de Río Seco.
Villa Ciudad Parque fue una de las primeras localidades cordobesas donde sus vecinos empezaron a movilizarse contra las fumigaciones pegadas a la zona urbana. Hace tres años una resolución comunal prohibió las aplicaciones a menos de 500 metros de casas y cauces de agua. Pero un productor afectado presentó un recurso de amparo, al que en los Tribunales de Río Tercero le hicieron lugar.
El Juzgado que ordenó suspender su aplicación aún no resolvió la cuestión de fondo respecto de la constitucionalidad de la resolución comunal. El planteo radicó en que esa norma local avanzaba por sobre la ley de agroquímicos provincial, que permite aplicaciones pegadas a zonas urbanas, aunque bajo ciertos requisitos.
Desde Paren de Fumigar, Pablo Riveros, referente del colectivo y también secretario de la comuna de Villa Ciudad Parque, indicó que esa norma fue derogada por la comuna, así como su adhesión a la ley provincial. "En este momento está acéfala de reglas que regulen el uso de agrotóxicos", dijo.
Por su parte, el jefe comunal, Héctor Polcan, negó ante la prensa local que esa resolución haya sido derogada, pero recordó que no tenía sustento la causa del amparo judicial. Dijo que su aplicación "está en manos de la Justicia".
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Ante el colapso del Ceamse, riesgo de incineración

La incineración golpea la puerta de Buenos Aires

Fecha de Publicación
: 19/11/2012
Fuente: ANSA
Provincia/Región: Capital Federal


El sistema de enterramiento de residuos que utiliza la Ciudad de Buenos Aires está por colapsar, pese a que hay una Ley de Basura Cero, y el riesgo es que se adopte la incineración como solución de último momento, según advierten y temen las organizaciones ambientalistas.
Son 6.000 toneladas de desechos por día, que van a parar a "rellenos sanitarios" en localidades de la Provincia de Buenos Aires, que a su vez produce otras 11.000 toneladas.
Y el problema surge porque el relleno de José León Suárez dejará de tener capacidad el año próximo. Tras décadas de ver contaminados sus suelos, aire y agua no hay en toda la provincia ninguna comunidad que quiera que depositen allí la basura.
"Durante el año 2011 se enterraron 2.278.000 toneladas de residuos" capitalinos, "un récord histórico luego de un crecimiento del 8% respecto al año anterior", aseveró la organización Los Verdes.
Entre el cumplimiento de la reducción del enterramiento de basura fijado por la ley y lo depositado hay una diferencia de 1.400.000 toneladas de desechos, que indica "con claridad la total ausencia de políticas de gestión" de los residuos sólidos urbanos (RSU), agrega. Greenpeace, Fundación Vida Silvestre Argentina, Fundación Ambiente y Recursos Naturales, Gaia, Los Verdes y otras organizaciones ambientalistas advierten desde hace años que el enterramiento es un sistema caduco y exigen la aplican de Basura Cero para la capital, en cuya norma está claramente prohibida la incineración.
"La solución que va a venir es la venta de los incineradores. La no actuación política, la no implementación de la ley no es neutral, es trabajar para la incineración", aseveró Juan Carlos Villalonga, presidente de Los Verdes.
Cuando a principios de mes volvieron a realizar un paro los trabajadores de la Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE), ente que administra la disposición de los residuos, las calles de Buenos Aires tuvieron pilas de bolsas de basura, con 35 grados de temperatura, durante días.
Este hecho ya había ocurrido varias veces, la última a mediados de año, porque los trabajadores temen la pérdida de sus fuentes de empleo cuando cierre José León Suárez.
Entonces, el ministro de Ambiente y Espacio Público de la ciudad, Diego Santilli, dijo que la intención "es cumplir con la ley Basura Cero y para ello fomentamos el reciclaje, pero es una meta difícil de cumplir, no obstante queremos que la Ciudad trate la totalidad de los residuos que genera para el 2015".
En su campaña para la reelección, el alcalde de la ciudad, Mauricio Macri, se comprometió a cumplir con esta norma. Venció en una segunda vuelta el año pasado por el 64 por ciento de los votos, no obstante la ley sigue sin cumplirse.
De hecho, no hay ni siquiera recolección diferenciada ni una buena campaña de educación a una población que está acostumbrada a tirar todo en un mismo tacho.
Villalonga explicó que "dentro del macrismo no hay convencimiento de la ley. Hay muchos que siguen pensando que la basura pasa por la incineración, si bien en el caso de Santilli hay un intento de respeto a la ley".
"Y, por otro lado, hay una mirada muy naif, ingenua, aún de muchos que hablan bien de la ley, en cuanto creen que se trata de un rol meramente educativo. Esto es un serio error", afirmó.
Informó que "deberíamos estar enviando unas 3000 toneladas de residuos a un circuito de recuperación, pero falta generar los mecanismos para que en la actividad económica esos materiales puedan volver a utilizarse".
"Cuando hablamos de proyectos de la dimensión que se requiere, se necesita presupuesto", dijo y responsabilizó en este aspecto tanto al oficialismo como a la oposición de la ciudad.
Muchas veces se cree que el tema es un esfuerzo educativo. "De nada te sirve tener separada la basura si no tenés un sistema económico que lo pueda receptar", indicó Villalonga, quien colaboró en la realización de la ley cuando estaba al frente de Greenpeace Argentina.
Denunció que "hay una buena cantidad de gente que se refriega las manos porque tienen negocios de incineración. Esto es gravísimo y hay quienes están pensando que hay un atajo de último momento y es poner incineradores".
"Estamos hablando de que es mucha la basura, es mucho lo que hay que recuperar. Eso es un plan de recuperación en serio, no como lo que se hace ahora, que es darle un poco más de formalidad a lo que vienen haciendo los recuperadores" o cartoneros, añadió.
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La desertificación en el país sigue avanzando

Alertan sobre el avance de la desertificación en el país

Fecha de Publicación
: 19/11/2012
Fuente: Biodiversidad en América Latina y El Caribe / La Ciudad Avellaneda
Provincia/Región: Nacional


¿Granero del mundo? En realidad, Argentina es el país de las tierras secas. Y en esas zonas la erosión avanza 650.000 hectáreas por año.
Contrariamente a la percepción generalizada de que Argentina, por la importancia de la producción agropecuaria y al paisaje de la pampa húmeda, es un “granero del mundo”, en realidad el nuestro es el país de las tierras secas.
Así lo afirmó Elena Abraham, directora del Instituto Argentino de Investigaciones de las Zonas Áridas (IADIZA), que depende del CONICET, la Universidad Nacional de Cuyo y el Gobierno de Mendoza. “Alrededor del 70 por ciento del país está constituido por tierras secas”, señaló Abraham a la Agencia CyTA. Según el Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación, que coordina la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación (SAyDS), la erosión en esas zonas avanza a razón de 650.000 hectáreas por año.
Las tierras secas incluyen todas las regiones de la superficie terrestre donde la producción de cultivos, forraje, madera y otros servicios del ecosistema son limitados por el agua. Formalmente, la definición abarca todas las tierras donde el clima se clasifica como seco, desde el hiperárido que caracteriza a los desiertos extremos hasta el subhúmedo seco. “La desertificación implica todos los procesos de degradación de tierras en tierras secas y es el resultado de una combinación entre las actividades de sobrecarga de los seres humanos y las severas condiciones ambientales, en particular, la variabilidad climática y la sequía”, señaló Abraham.
Para mitigar y combatir este proceso, a fines de 2011 el CONICET y la SAyDS acordaron conformar el Observatorio Nacional de la Degradación de Tierras y Desertificación. En una primera etapa, sus autoridades resolvieron fortalecer cinco sitios piloto de monitoreo en Catamarca, Jujuy, Mendoza, Chubut y Río Negro, aunque la idea es expandirlo a otras regiones del país, destacó Abraham.
“El objetivo es monitorear los cambios en el uso de la tierra y los aspectos socioeconómicos, especialmente los relacionados con la producción, erosión del suelo y la disponibilidad de agua. También estudiar los cambios en la flora y fauna, que pueden verse afectados a medida que la tierra se degrada”, indicó la investigadora.
Para Abraham, la desertificación sólo se podrá revertir alentando cambios profundos en las pautas de comportamiento de la población, que deberían conducir al uso sostenible de las tierras sin poner el riesgo la seguridad alimentaria. “En realidad, la lucha contra la desertificación es parte de un objetivo más amplio: el desarrollo sostenible de los países afectados”, añadió.
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