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Salta: 30 causas judiciales por desmanejo de los residuos



Basurales a cielo abierto y vertido de cloacas a los ríos

Fecha de Publicación
: 04/03/2020
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Salta


La Procuración General convocó a fiscales para unificar criterios respecto la normativa referida a rellenos sanitarios, cursos de agua y otras problemáticas similares.
“El municipio deposita la basura que recolecta en los domicilios en un vertedero que se encuentra en la ribera del río”. Respecto a las cloacas, “el procedimiento que aplica (el municipio), es a través de un camión atmosférico, con el cual efectúa el vaciamiento de los pozos ciegos de los domicilios de los vecinos y luego realiza el vertido de estos residuos en crudo directamente en el río”.
Estas afirmaciones surgen del informe de la Auditoría General de la Provincia (AGP), que evaluó el cumplimiento de la ley provincial de Medio Ambiente 7070 en el municipio de El Tala (ubicado en el departamento La Candelaria, en el sur de la provincia), durante 2016. En ese ejido urbano desde 1986 “está fuera de servicio la red cloacal que tenía el municipio y actualmente se está gestionando su reactivación. Los vecinos cuentan con un sistema de pozo ciego, realizado por ellos mismos”. Respecto de la “disposición de residuos”, el informe de la AGP indica que “en el camino que lleva desde el pueblo hasta el vertedero se observan basurales clandestinos donde la gente del lugar arroja basura”.

30 causas
Aunque preocupa, la realidad hasta aquí expuesta en Salta es más común de lo que parece. Sin tomar este informe de la AGP, desde la Procuración General de la provincia se informó que en las fiscalías hay al menos 30 causas por daños ambientales referidas a basurales.
El viernes que pasó se convocó a los fiscales a cargo de actuaciones referidas a la gestión de los residuos y su impacto en el ambiente y que en su mayoría se originaron con la información recabada por la Relatoría Ambiental de la Procuración General de la Provincia, a cargo de Sebastián Lloret.
“Lo novedoso es que es la primera vez que desde la Procuración se pide llamar a todos los fiscales a fin de contrastar acciones y criterios de trabajo”, dijo Lloret al ser consultado por Salta/12 respecto del encuentro. Para ello se contó con la presencia de miembros que componen el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), desde donde se expusieron ejemplos, criterios y problemáticas que involucran los basurales.
En el encuentro se recordó que la gestión de residuos domiciliarios “recae bajo la competencia de los municipios, los que están habilitados y monitoreados por la administración pública provincial”. La provincia se rige por un Plan Estratégico Provincial diagramado conforme las pautas mínimas exigidas por la Nación.
Contrariaramente a lo que sucede en la realidad de muchos municipios, se indicó que la ley dispone que “los rellenos sanitarios no pueden estar en cursos de agua y sí deben ubicarse en sitios alejados de ciudades o pueblos”. Además, deben cumplir con requisitos como: estudios de impacto ambiental y social (EIAS), con participación social previa en audiencias públicas. También, indicó la Procuración, deben realizarse mediante métodos apropiados que prevengan y minimicen los posibles impactos negativos sobre el ambiente y la calidad de vida de la población.

Responsabilidades sin compartir
El marco ideal que establece la ley se aleja de la realidad de los municipios. En diálogo con Salta /12, el abogado Luis Segovia, especialista en derecho ambiental y representante de vecinos en la causa que se sigue por el vertedero San Javier (donde se trata la basura de la capital salteña y alrededores), hizo su análisis de la situación.
Por un lado, entendió que podrían imputarse presuntas irregularidades financieras a los municipios cuando se trata de cumplir con la ley ambiental. Sin embargo, afirmó que también se debe observar la capacidad económica de las comunas para cumplir con las obligaciones que se previeron desde el año 2004, cuando surgió la ley nacional 25916, que dispone cómo hacer el tratamiento de los residuos.
Puso de ejemplo la condena ya ratificada por la Corte de Justicia de Salta en 2018 contra el ex intendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo. En la condena se disponía que en un plazo prudencial se instrumente un programa de tratamiento de residuos en ese municipio. Cornejo terminó su gestión sin cumplirla.
Para Segovia, el problema pasa no solo por no querer, sino por no contar con los fondos para hacerlo. “Hay una disparidad de criterios de la provincia para ayudar a los municipios” con la disposición de sus residuos. En opinión del abogado, muchos de esos criterios dependen del ánimo y simpatía de turno del gobierno provincial con el jefe comunal de turno. Los fondos nacionales e internacionales son canalizados por el administrador provincial hacia los municipios. En manos de la provincia queda solo el “monitoreo” o “asesoramiento” de las acciones, y los administradores provinciales se despegan de responsabilidad alguna por la contaminación que generan los basurales a cielo abierto.
“A los municipios aislados y sin recursos les va a resultar imposible”, generar el tratamiento de residuos, pues es una realidad que incluso sucede en aquellos municipios adonde el dinero sí llegó, sostuvo Segovia. Señaló al caso de Cafayate, ciudad turística y cabecera del departamento homónimo en los Valles Calchaquíes. Recordó que el año pasado se inició una investigación judicial porque se habían incendiado residuos que habían sido mal gestionados. “Cafayate sí recibió fondos que la provincia obtuvo de Nación”, dijo Segovia, quien reconoció que durante la gestión del kirchnerismo a nivel nacional fue cuando más dinero se envió a las provincias para el tratamiento de residuos. “Valió que cuenten con una de las plantas más grandes de gestión en un consorcio que involucra a Cafayate, Animaná y San Carlos”, sostuvo. Pero, a su entender, la gestión de residuos de todos modos se hizo mal.
El diputado provincial con mandato cumplido Arturo Borelli había presentado en 2019 un proyecto con el objetivo de crear un consorcio metropolitano de la capital salteña donde la provincia fue incluida con responsabilidades compartidas. “De hecho, es lo que funciona hoy en Buenos Aires”, dijo el abogado.
Como asesor de Borelli, Segovia recordó que se hizo una reunión en la Cámara de Diputados con el fin de tratar el proyecto con los responsables de la Secretaría de Ambiente de la provincia. Los funcionarios se negaron a la posibilidad de un trabajo de colaboración con los municipios “y se rasgaron las vestiduras hablando de la autonomía municipal”, contó. “No quisieron reconocer que (la política respecto de los basurales), fue un fracaso a nivel de las competencias”.
Mientras tanto, la preocupación mayor es la contaminación de las napas de aguas subterráneas, en donde los límites de las jurisdicciones se terminan por diluir.
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Modifican normativa sobre el río Uruguay y es un desastre



“Es la primera vez en la historia que la CARU permite esta contaminación del río Uruguay”, afirmó Orduna

Fecha de Publicación
: 03/03/2020
Fuente: El Entre Ríos
Provincia/Región: Litoral Argentino


El ex titular de la delegación argentina ante la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), Hernán Orduna, cuestionó la modificación del digesto en relación al uso y aprovechamiento del río Uruguay.
El nuevo digesto fue firmado en representación del gobierno argentino por el titular de la delegación nacional ante la CARU, Mauro Vazón, el 5 de diciembre de 2019; cinco días antes de que Mauricio Macri deje la presidencia.

“Es una barbaridad”
Orduna, titular de la delegación argentina entre 2006 y 2015, manifestó que “es una barbaridad lo que habilitó el nuevo digesto” y explicó con algunos ejemplos, como el plomo, que pasó de ser permitido en un 0,007 miligramo por litro de agua a 0,3 miligramo por litro de agua. “Son 42,85 veces más las que se pasaron a permitir ahora”, señaló.
Asimismo, otra muestra de la falta de exigencia en la modificación del digesto se observa en el cromo, que “pasó de 0,01 miligramo por litro de agua a 1. Eso quiere decir que ha disminuido en 100 veces la exigencia”, precisó Orduna.
 Por otro lado, “en la demanda bioquímica de oxígeno que antes era de 5 miligramo por litro ahora pasó a ser de 250. O sea, se la flexibilizó el 5.000%, al pasar de 5 a 250”, puntualizó el ex titular de la delegación argentina y consideró que “es como decirle a una industria `bueno ahora podés contaminar más’”.

Irregularidad
Para Orduna, la modificación del digesto sería ilegal porque iría contra normativas superiores como los tratados binacionales del río Uruguay y de Límites: “Esta resolución de la CARU no tiene fuerza para modificar el Estatuto del río Uruguay y mucho menos el Tratado de Límites que son normas de mayor jerarquía”, destacó.
 “El tratado de Límites habla claro de evitar la contaminación de las aguas. El Estatuto (del Río Uruguay), cuando reglamenta la parte del Tratado de Límites, habla concretamente de dictar normas para prevenir la contaminación. Ahora lo que hicieron (con el Digesto) es eliminar la definición de prevención e incorporaron `mitigar´ la contaminación. ¿Qué es eso de mitigar? No está en ningún lado”, aclaró.
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Denuncian que siguen fumigando escuelas en Buenos Aires

Empiezan las clases y la denuncia por aplicación de agroquímicos en escuela de La Porteña no se ha tratado

Fecha de Publicación
: 28/02/2020
Fuente: El Eco
Provincia/Región: Buenos Aires


Los vecinos se manifestaron preocupados por la falta de respuesta a sus denuncias efectuadas por la fumigación en inmediaciones de la Escuela 33. Tras cuatro meses de silencio y el expediente sin tratar, decidieron recurrir a la Defensoría del Pueblo. Lamentaron que la ciudad esté atrasada en políticas de aplicación y que se haya naturalizado una práctica no saludable.
A pocos días del inicio del ciclo escolar, padres de alumnos que asisten a la Escuela 33 y la comunidad de La Porteña en general, manifestaron su preocupación ante la falta de respuesta o avances en torno a los reclamos por la aplicación de agroquímicos en el lugar.
De acuerdo al detalle que brindaron los voceros Silvia Gómez, Lucía Mestre y Marcelo Tello, se va a cumplir medio año de la problemática, ya que la inquietud los llevó a empezar a juntarse en septiembre del 2019, presentando la primera denuncia ante el Municipio el 4 de octubre.
Esto llevó a que Héctor Creparula, de la Dirección de Medio Ambiente,  junto a la titular de Fiscalización Vegetal del Ministerio de Agroindustria Analía Alonso y al responsable de Asuntos Agrarios Igancio Diribarne, inspeccionaran el lugar un par de veces, resultando “negativo” el primer monitoreo.
Sin embargo, el pasado 5 de enero pudieron retirar el expediente, haciendo uso del derecho de acceso a la información pública, en el finalmente que se le da la razón a los denunciantes por confirmar las fumigaciones a cero metros de la Escuela 33.
Además, como por internet se puede hacer el seguimiento de un recurso judicial también se enteraron que el que ellos presentaron el 5 de diciembre se encuentra en el Juzgado de Faltas 2 en estado “no tratado”.
“Han pasado varios meses y no se ha sancionado, no se ha multado, ni siquiera el Intendente habló del tema”, lamentó Gómez, asegurando es una situación urgente como para que no se trate y que nunca escucharon a Miguel Lunghi hacer ninguna referencia al tema. Por este motivo y frente al apremio del tiempo es que optaron por hacer una presentación ante la Defensoría del Pueblo.

Agotando instancias
Actualmente el campo que linda con la institución educativa está cultivado con girasol y los vecinos no saben si se ha vuelto a aplicar en esas inmediaciones o no. De todas formas, Mestre recalcó que si bien la preocupación inmediata es por los alumnos y maestros de la escuela, no hay que olvidar que están rodeados de campos donde se realiza agricultura convencional y continúan con las aplicaciones de herbicidas, fungicidas y fertilizantes.
“Verlo o no verlo es circunstancial, sabemos que estamos siendo fumigados”, aseveró.
Ante esta realidad, la semana pasada se presentaron en la dependencia dirigida por Paula Lafourcade. En primera instancia se presentaron como “Asamblea de Vecinos La Porteña, por un ambiente saludable”, que es como se conformaron para trabajar en comisiones, y mediante una carta actualizaron sobre su situación.
“Le pedimos su intervención el derecho nuestro y nuestros hijos por un ambiente saludable, luego a pedido de la Defensora tomamos copia del expediente y se lo llevamos”, explicó.
El grupo se mostró conforme con la respuesta de Lafourcade, ya que antes de la presentación que realizaron ya había manifestado apoyo al reclamo. “Sentimos la mejor predisposición”, destacaron. “Por lo pronto, tenemos fe en que va a poder destrabar esto que desde principio de diciembre está estancado”, dijeron expectantes.

“Tandil está atrasada”
Al comparar los avances percibidos en otras localidades de la Provincia, incluso algunas vecinas como Olavarría que se unió a la Red Nacional de Municipios y Comunidades que Fomentan la Agroecología (Renama), determinaron que Tandil está muy atrasada “en las distancias o el desarrollo de un ‘cordón verde’”.
“Hay un montón de alternativas”, ofrecieron, destacando que no están en contra de nadie, sino que quieren la salud para todos, ahora puntualmente preocupados por los niños y docentes que van a esa Escuela.
En este sentido revelaron que están trabajando en conjunto con los vecinos de Gardey, que también vienen luchando hace tiempo por las aplicaciones de agroquímicos.
“Recordemos que el artículo 10 de la ordenanza actual permite el uso de todos estos herbicidas en espacios públicos”, resaltó Mestre. “Es terrible”, coincidieron los tres voceros, lamentando que en la Plaza del centro, como en todo el resto de la ciudad, estén presentes estos productos.
“Lo más preocupante es que en el caso de las piletas de Gardey el responsable de Asuntos Agrarios, Ignacio Diribarne, haya dicho que el riesgo esté reducido a la mínima potencia porque el cloro desactiva los agroquímicos”, enfatizó Gómez. Al respecto, desestimó esa conjetura, ya que no resulta una hipótesis confirmada científicamente en ningún caso.
Los vecinos decidieron darle una entidad al grupo para que se sepa que esta lucha no es circunstancial, sino que van a sostenerse en el tiempo, siempre clamando por un ambiente saludable.

Prácticas naturalizadas
Por su parte, Marcelo Tello, es docente en establecimientos rurales y ve con mucha intranquilidad que las fumigaciones sean cuestiones ya naturalizadas. “Alrededor de las escuelas incluso hay familias que trabajan de aplicadores y a la vez son víctimas de las aplicaciones”, contó.
Asimismo, se refirió a la falta de conciencia existente ante el modelo productivo imperante, que ni siquiera se cuestiona. “En Tandil no se deja abierta la posibilidad a buscar otras alternativas, mientras que otros Municipios han avanzado”, dijo.
Exteriorizó, entonces, que tanto en el cuidado del medioambiente como el de la salud de las poblaciones están avanzando en todo el país. “Acá no se nos escucha”, advirtió, señalando que el derecho como ciudadanos es proteger estas cuestiones, lamentando que los chicos estén tan expuestos.
Vale mencionar que la Mesa de Escuelas Rurales fue la entidad convocada para “dar calma” a la colectividad y no generar paranoia ante las denuncias y el estado público que tomó el tema, sin embargo a los vecinos les llamó la atención que no haya sido convocada la comunidad en general.
Además, les sorprendió la ausencia de médicos, ambientalistas, biólogos o cualquier persona experta en la temática, dentro de esa mesa para que sean capaces de brindar una “visión más completa”.
“El discurso resumido que nos dieron fue que la aplicación de fitosanitarios es una de las tareas que se tienen que realizar en los espacios rurales y que, ejerciendo buenas prácticas agrícolas, no hay riesgos”, explicó Silvia Gómez que como madre de alumnos sí pudo presenciar el encuentro.
Cabe recordar que el compromiso del grupo los ha llevado a interiorizarse e informar sobre los distintos aspectos y consecuencias de la fumigación con pesticidas, al punto de discernir con las “buenas prácticas agrícolas” que promueven desde los gobiernos Nacional, Provincial y Municipal.
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Kicillof, el tema agroquímicos requiere políticas públicas

El gobierno bonaerense promoverá políticas públicas en materia de aplicación de agroquímicos

Fecha de Publicación
: 25/02/2020
Fuente: InfoBae
Provincia/Región: Buenos Aires


Así lo aseguró el titular de la cartera agropecuaria provincial, Javier Rodríguez. Por otro lado, el funcionario se refirió al reclamo de las entidades del campo de bajar la presión impositiva
Para el gobierno bonaerense de Axel Kicillof, el tema de aplicación de agroquímicos deberá ser “abordado mediante políticas públicas” para dar respuestas a las necesidades del sector agrícola local. Y para cumplir dicho objetivo, se promoverá la creación de un Observatorio Científico-Técnico.
Según Javier Rodríguez, ministro de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, la administración anterior de Cambiemos “abandonó esta agenda”, y estimó que este tipo de cuestiones tiene que “ser abordado por la política pública”.
Atento a que sigue sin aplicarse y en suspenso la Resolución 246, promovida en el 2018, que establecía áreas de amortiguamiento en las aplicaciones, la gestión de Rodríguez propone evaluar la situación a través de la creación de un Observatorio Técnico sobre Agroquímicos, el cual estará integrado en principio por representantes de organismos y entidades de carácter científico-técnico de orden público.
En ese espacio, conformado por especialistas, se buscará profundizar el intercambio de información técnica y la evaluación de trabajos en materia de aplicaciones, y también sobre sus resultados y efectos.
Además, el funcionario provincial comentó que actualmente en el principal distrito del país conviven “setenta municipios que tienen normativas diferentes y otros tantos que no tienen legislaciones específicas y se rigen por la Ley 10.699, reglamentada en 1991”.
Al respecto, el titular de la cartera agraria consideró que el objetivo del gobierno provincial será “generar recomendaciones hacia los municipios, contar con un lineamiento general que permita ir readecuando las distintas normativas, y si hay suficiente acuerdo en materia política, esas recomendaciones podrían transformarse en normas o leyes".

Protestas y movilizaciones
Desde el gobierno de la provincia de Buenos Aires también se planteó que en las protestas realizadas por productores agropecuarios, donde se pide una baja de la presión impositiva, “hay una fuerte politización, con movilizaciones y asambleas donde suele haber referentes políticos directos de la oposición”, comentó Javier Rodríguez, quien explicó además que su cartera mantiene el “diálogo abierto” con todas las entidades y señaló: “Cuando hablamos con los productores, las cosas que escuchamos son distintas”.
Cuando hablamos con los productores, en cualquier lugar, las cosas que escuchamos son distintas de lo que se puede reclamar desde sectores de productores autoconvocados. Además, con las organizaciones vinculadas a la agricultura familiar hay un franco apoyo y muchas expectativas frente a la posibilidad de que se puedan implementar medidas a favor del sector
“Hay algunos sectores, de índole autoconvocados o autorreferenciados, que están más dispuestos a una protesta. Nosotros vemos que ahí hay una fuerte politización y que atrás de eso suele haber referentes políticos directos de la oposición que, en todo caso, están tratando de tener en alguna parte minúscula del sector algún tipo de apoyatura política”, manifestó el ministro Rodríguez, en declaraciones a Télam.
El referente agropecuario de la gestión de Axel Kicillof, tras ser consultado por las protestas que se suceden en reclamo por el aumento de la presión impositiva, explicó que el gobierno bonaerense mantiene “el diálogo con todas las organizaciones y entidades”, y con agendas de trabajo sobre las que se está trabajando.
Por ello, más allá de las movilizaciones y protestas, Rodríguez consideró: “Cuando hablamos con los productores, en cualquier lugar, las cosas que escuchamos son distintas de lo que se puede reclamar desde sectores de productores autoconvocados. Además, con las organizaciones vinculadas a la agricultura familiar hay un franco apoyo y muchas expectativas frente a la posibilidad de que se puedan implementar medidas a favor del sector”.
Por último, Rodríguez sostuvo: “Venimos teniendo con Federación Agraria y Coninagro un muy buen diálogo y construyendo una agenda en conjunto. También sucede lo mismo con los integrantes de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), con los cuales se está haciendo un repaso de una agenda amplia de trabajo para los próximos cuatro años. Sabemos que en algunos casos tienen posiciones diferentes, pero en la agenda de trabajo que hemos construido hay muchas coincidencias".
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La Pampa: ruralistas contra normativa de pesticidas



Plaguicidas: los ruralistas también cuestionaron la distancia y propusieron fumigar a 100 metros

Fecha de Publicación
: 24/02/2020
Fuente: La Arena
Provincia/Región: La Pampa


El debate por la Ley de Plaguicidas continúa en el Parlamento pampeano donde este jueves a la mañana se vieron las caras los diputados de la comisión respectiva con ruralistas, contratistas y vendedores de máquinas. Los ruralistas, al igual que los agrónomos este miércoles, no estuvieron de acuerdo con la distancia de aplicación indicada en la norma y propusieron como alternativa fumigar a 100 metros de las localidades.

Debate
El proyecto de la Ley de Plaguicidas propone una distancia de fumigación de 3 mil metros por aire y por tierra a 500 metros de los espacios urbanos.
Este miércoles, en la comisión que evalúa el proyecto (Legislación General, Asuntos Agrarios, Ecología y Legislación Social) se encontraron los legisladores con los ingenieros agrónomos que, entre otras negativas, no estuvieron de acuerdo con la distancia de aplicación.
Durante este jueves, por su parte, el debate también giró, entre otros temas, a la distancia.
«La Asociación Agrícola Ganadera de La Pampa planteó que sea a 100 metros por tierra del ejido urbano y 1.000 metros a través de aviones», confirmó un comunicado de prensa de la Legislatura.

«No de prohibición»
En comunicación con la prensa, previa al debate en el plenario, y siempre según el parte oficial de la Cámara de Diputados, el presidente de la Asociación Agrícola Ganadera, Víctor Tapié, dijo: “Nosotros no queremos que sea una ley que prohíba cosas o de restricción, sí de control, pero no de prohibición, porque si tenemos que volver a los modelos de hace veinte años atrás automáticamente la producción agropecuaria se va a caer un cincuenta o un sesenta por ciento”.
También, expresó: “En los pueblos del interior la mayor cantidad de hectáreas que hay alrededor de los pueblos son pequeñas chacras con lo cual los pequeños productores de la provincia serían los más afectados por esta medida”.

«Error conceptual»
Ya en el plenario, en líneas generales, los referentes ruralistas comenzaron su exposición remarcando su “interés para que salga el mejor proyecto” porque “medio ambiente, salud y producción pueden ir de la mano”.
Andrés González, de la Asociación Rural de Pico, sin embargo, recalcó que “vemos al proyecto apresurado. A criterio nuestro hay errores de definición que hace complejo entender la norma. Este proyecto de ley no es superador a la Ley 1173”.
Además, señaló que el “proyecto cambia el nombre de agroquímicos a plaguicidas, y los fertilizantes e inoculantes no son plaguicidas. Ahí hay un error conceptual. Además, las buenas prácticas no están consideradas en el proyecto”.
Con respecto al debate de las distancias de fumigación, indicó que “no hay un fundamento técnico de resguardo humano que establezca estas distancias”. A su vez, remarcó que ven “en la norma un desconocimiento de la realidad productiva”.

Preguntas
En la ronda de preguntas, se les consultó a las entidades rurales si es 100% probable que no vaya a haber una deriva secundaria o terciaria, y el ingeniero agrónomo Juan Manuel Pepa respondió: “El proyecto actual atenta contra las buenas prácticas. El prohibir limita las rotaciones, lo cual genera el uso de los mismos productos y en consecuencia una resistencia a esos mismos. ¿Es lógico usar diferentes distancias comparados con países desarrollados? Con un viento de 40 kilómetros tuvimos una deriva de cero metros en terrestre y 40 metros en aérea”.
Además, manifestó que “la fiscalización genera tranquilidad en los productores y en los ciudadanos. Una fiscalización firme es necesaria. ¿Hay capacidad para fiscalizar en 3000 metros?”, preguntó el agrónomo a los legisladores.

«O agroquímicos es imposible»
Por su parte, se consultó sobre los cultivos de cobertura. “Los cultivos de cobertura se usan en toda la provincia desde hace años. El maíz tardío y los cultivos de cobertura fueron creados en La Pampa. Somos pioneros en ello”, manifestó Pepa.
Más adelante, dijo que “el problema es que no hay fiscalizadores suficientes. Los fiscalizadores privados pasan por incomodidades al firmar una aplicación. Se genera más tranquilidad al tener un fiscalizador municipal”.
Por otro lado, indicó que “el consumo de glifosato en los últimos 5 o 6 años ha sido reducido gracias al uso de las buenas prácticas: rotación de cultivo, cultivo de cobertura, entre otras”. Sin embargo, recalcó que “hoy por hoy no se puede no usar agroquímicos, pero vamos en un reducimiento progresivo”.
Y amplió: “En lo personal puedo decir que he bajado muchísimo en glifosato. He bajado muchísimo gracias al cultivo de cobertura. Hablar de 0 agroquímicos hoy es imposible”.
En este sentido, dio un ejemplo. “Un médico le va a decir que coma sano y se cuide, lo que nunca le va a decir un médico es que no se vacunen. Lo nuestro va en el mismo sentido. Hoy por hoy pensar en cero agroquímicos es imposible”.

«Fundamentalismo»
Por su parte, Tomás Álvarez, de la Sociedad Agrícola Ganadera, señaló que “no hay elementos científicos que puedan decir cuál es la distancia de fumigaciones. Entre todos tenemos que exigir que se empiecen a hacer trabajos. Ahí está faltando la parte científica para que salga la mejor distancia”.
Por último, Adolfo Sánchez, de la Federación Agraria, manifestó: “Hay que informar a la población urbana, porque a veces veo demasiado fundamentalismo, y hay que saber analizar la realidad productiva. En la prensa se nota que la gente cree que el glifosato es un veneno, pero mientras tanto en sus casos siguen usando productos. Y hay bastante ignorancia. Hay que organizar charlas a la gente del pueblo”.
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Anulan el sobreseimiento de empresarios contaminadores



Contaminación en el Puerto: anulan el sobreseimiento de acusados de arrojar residuos peligrosos

Fecha de Publicación
: 21/02/2020
Fuente: 0223.com.ar
Provincia/Región: Buenos Aires


La Cámara Federal de Casación ordenó devolver las actuaciones a su origen. El hecho investigado ocurrió en septiembre de 2016.
Dos personas acusadas de arrojar desde un buque amarrado en el puerto residuos peligrosos al agua deberán afrontar una nueva instancia judicial luego de que la Cámara Federal de Casación dejara sin efecto la absolución dispuesta por la Cámara Federal de Apelaciones. El hecho que generó la investigación se dio en septiembre de 2016 cuando personal de Prefectura Naval Argentina observó el vertido de una sustancia oscura y un líquido desangrasante desde el buque Messina I.
A partir de la investigación pertinente, la toma y análisis de muestras y escucha de testigos se procesó a Juan Vicente Taranto -presidente de la empresa- y de César Ricardo Toletti -técnico de mantenimiento- por el delito de contaminación con residuos peligrosos.
Luego de la apelación de los abogados defensores la Cámara Federal de Apelaciones resolvió el sobreseimiento de los acusados “por no encuadrar la conducta investigada en una figura penal”. Frente a ello, el fiscal general Daniel Adler acudió a la instancia superior para revisar la resolución, cuestionó pruebas no valoradas y dejó en claro que existe un resguardo constitucional al medio ambiente.
La Cámara Federal de Casación Penal le dio la razón: anuló los sobreseimientos y devolvió las actuaciones a su origen. “El no resguardo del medio ambiente, evitando la contaminación, podría comprometer la responsabilidad internacional del Estado en razón de verse afectados derechos humanos protegidos por tratados internacionales”, señala el fallo.
Para los magistrados de la Cámara de Apelaciones los hechos bajo análisis resultaban alcanzados por el derecho administrativo sancionador, pero descartaron que pueda tomar intervención el derecho penal. Frente a ello, Adler sostuvo que estaba dado el tipo penal del artículo 55 de la ley 24.051, que prevé penas para quien envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.
Los residuos fueron tirados al mar a través del desagote de líquidos de sentina, que es aquel espacio de los buques donde se recolectan todos los líquidos aceitosos de tuberías, juntas y bombas que pudieren derramarse como consecuencia de la normal operación de la planta motriz. Esos líquidos pueden ser purificados –mediante separadores de materia oleosa-, y quedan a bordo los productos contaminantes, que son retirados en puerto para su tratamiento y eliminación.
“Esa es la obligación esencial que tiene todo navío para preservar el medio ambiente”, apuntó Adler al dictaminar, y reparó en que los acusados “decidieron voluntariamente no cumplir, en el entendimiento de que el deliberado achique de la sentina hacia el espejo de agua sin el tratamiento convierten al vertido en su conjunto en un residuo peligroso”.
Según informó el sitio fiscales.gob.ar la toma de muestras en el espejo de agua y en la sentina del buque evidenciaron que eran coincidentes. Y esto además se encuentra acreditado dado que en el puerto hay una única empresa habilitada para la extracción de residuos, que reveló que desde el 2015 la empresa Messina SA no contrató ningún servicio.
Para el representante del Ministerio Público Fiscal “aquí no hubo una falla, fatalidad o error, sino un obrar deliberado de eludir los costos del tratamiento, cargando con ese pasivo ambiental a la sociedad toda, en tanto su decisión lesiona el patrimonio de todos los seres humanos, pues el líquido vertido tiene efectos acumulativos”. "Aquí no hubo una falla, fatalidad o error, sino un obrar deliberado de eludir los costos del tratamiento", agregó.
Los argumentos fueron compartidos por el fiscal ante Casación, Raúl Omar Pleé, quien señaló que los hechos se tuvieron por acreditados. Y reparó con cita en doctrina que “para que se configure el delito no se requiere la efectiva lesión del bien jurídico tutelado sino la generación de un peligro común”. Y más adelante sumó que la maniobra investigada generó un impacto ambiental, independientemente de que se haya concretado o no el peligro. “Prefectura Naval Argentina redujo los resultados dañosos del actuar de los imputados, cuando llevando a cabo maniobras de limpieza removió 50 litros de hidrocarburos del agua”, destacó y observó que esto no fue tenido en cuenta por los jueces de la Cámara a la hora de resolver.

Por qué se trata de un hecho contaminante
Uno de los argumentos centrales del Ministerio Público Fiscal fue señalar “una arbitraria valoración de la prueba” que consta en el expediente. Y marcaron que están dadas las condiciones que surgen de la normativa  para que su conducta pueda ser encuadrada legalmente: que exista un componente definido como “residuo peligroso”; que se compruebe una acción definida como envenenar, adulterar o contaminar; que esa acción genere un impacto -en este caso- en el agua o el ambiente en general; que la acción y su impacto deben ser peligrosos para la salud.
Para el juez Daniel Antonio Petrone, cuyo voto fue acompañado por el de sus colegas Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa, no pueden pasarse por alto los exámenes de las sustancias vertidas por el buque, realizados por profesionales de la Prefectura, que concluyen en que deben ser consideradas como “residuos peligrosos” en la categoría Y9 del Anexo I de la ley 24.051. “Su vertido en forma directa implica necesariamente una contaminación del medio ambiente”, apuntó más adelante. Y al mismo tiempo infirió que la maniobra de achique de la sentina fue “deliberada”, al contemplar que se realizó de madrugada, horario en que la oscuridad dificulta visualizar la sustancia en el agua, y por otro lado, se intentó disipar la mancha con un líquido desengrasante.
Sobre la pretendida falta de acreditación del daño o contaminación, citó un fallo de Casación en el que Gustavo Hornos opinó que “el daño al medio ambiente mediante el uso de los residuos peligrosos previstos en la norma daña al ecosistema y afecta, al menos de modo potencial, la salud de los habitantes”.

El medio ambiente y su jerarquía constitucional
A su turno, la jueza Ana María Figueroa dio un marco a las actuaciones y señaló que las cuestiones vinculadas al medioambiente “pertenecen a una rama del derecho que posee jerarquía constitucional y agrupa cuestiones de sensible interés social, vinculadas con la defensa de un bien colectivo –ambiente- y con la calidad de vida, desarrollo sustentable, la salud pública y la protección de futuras generaciones”.
En esta línea, recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo –en el marco de la causa por los daños derivados de la contaminación del Río Matanza- que “el reconocimiento de status constitucional del derecho al goce de un ambiente sano, así como la obligación de recomponer el daño ambiental configuran la precisa y positiva decisión del constituyente de 1994 de enumerar y jerarquizar con rango supremo a un derecho preexistente”.
Figueroa remarcó que “la protección estatal al medio ambiente  conduce a que sean adoptadas todas aquellas decisiones que permitan proteger el derecho a un ambiente sano, cuya titularidad no sólo es de las generaciones actuales, sino también de las futuras”. Y sumó: “Debe garantizarse el juzgamiento de las acciones desplegadas por empresas o particulares que puedan poner en riesgo el derecho de toda la sociedad a vivir en un ambiente sano”.
“El derecho a la vida y la seguridad e integridad física no admiten un análisis al margen de la protección del medio ambiente. Su goce no es posible en tanto haya una amenaza al entorno en el que desarrollan las vidas los habitantes afectados”, sostuvo Figueroa.
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Condenan con prisión efectiva a cazador en La Pampa

Condenaron a tres cazadores

Fecha de Publicación
: 21/02/2020
Fuente: La Arena
Provincia/Región: La Pampa


Tres cazadores fueron condenados a un año de prisión y cinco de inhabilitación especial para efectuar la caza en cualquiera de sus modalidades, pero uno de ellos deberá cumplir prisión efectiva por habérsele unificado una pena anterior. Las penas les fueron impuestas en un juicio abreviado, en el que intervino el juez de audiencia Daniel Alfredo Sáez Zamora.
Los condenados resultaron ser Luis María Santillán, Mauricio Ezequiel Balquinta y Rubén Emiliano Torres, todos a un año de prisión y cinco años de inhabilitación especial para efectuar la caza en cualquier de sus modalidades, por ser autores del delito de depredación de la fauna silvestre agravado por haberse cometido con la participación de tres personas y su transporte.
La sanción para los dos primeros será en suspenso, mientras que Torres recibió una pena unificada de tres años de prisión de cumplimiento efectivo porque tenía una condena previa.
El abreviado fue convenido entre el fiscal Facundo Bon Dergham, los defensores oficiales Silvina Blanco Gómez y Juan José Hermúa y los propios imputados.
En este procedimiento de resolución alternativa del conflicto penal, los jueces no pueden imponer sanciones más severas a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.

El hecho.
En el legajo se dio por probado que el 6 de noviembre de 2018, los acusados «dieron muerte, con un arma de fuego, a varios animales de la fauna silvestre, haciéndolo en época de veda y sin autorización ni permiso de caza alguno, en violación a las resoluciones 452/17 y 454/17 de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios, para luego eviscerarlos y transportarlos en una camioneta marca Toyota Hilux».
Fueron 35 ejemplares de vizcacha (hembras y machos), dos de jabalí (machos) y cinco de ciervos colorados (secuestrándose diez cuartos, siete paletas y dos bolsas de nylon que contenían diez lomos).

Los autores.
Los condenados resultaron Santillán (45 años, pintor), Balquinta (25, albañil) y Torres (31, pintor), quienes fueron interceptados por la policía, ese mismo día, en la ruta nacional 35, en cercanías del Cementerio Parque de Santa Rosa.
El juez sostuvo que «de acuerdo a cómo fue fijado el hecho y las evidencias obtenidas durante la investigación fiscal que incriminó a los acusados, entiendo que se encuentra debidamente acreditadas las acciones desplegadas por ellos; no solo por el propio reconocimiento de los imputados, sino también por los restantes elementos aportados por las partes».

Un reincidente.
En relación a Torres -está detenido en la U4-, cabe señalar que se le unificó la pena con otra anterior en una única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo. El imputado, en otro abreviado, había sido condenado el 13 de agosto del año pasado, por el juez de control Gabriel Tedín, a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por robo calificado por ser en poblado y en banda, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravado por el uso de violencia.
En esa ocasión se acreditó que había ingresado, junto a otras dos personas y una cuarta que hizo de ‘campana’, a una vivienda. Allí encerraron al propietario en el baño, le taparon la cabeza con una camisa, lo ataron de pies y manos y luego fueron hasta un local que posee de la víctima y sustrajeron dinero de una caja fuerte.
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Buenos Aires: Justicia pide informes sobre agroquímicos



La Justicia interviene en el uso de agroquímicos y pide informes a seis municipios bonaerenses

Fecha de Publicación
: 20/02/2020
Fuente: Notas Periodismo Popular
Provincia/Región: Buenos Aires


Tras la decisión del gobierno de Axel Kicillof de mantener la suspensión de la ley 246/18, el fiscal Di Lello quiere averiguar si los distritos ejercen algún tipo de control sobre la aplicación de pesticidas.
El fiscal federal Matías Di Lello solicitó un informe a seis municipios de la provincia de Buenos Aires para saber en qué medida controlan el uso de agroquímicos en territorio donde la ley lo prohíbe. La orden judicial se da a días de que el gobierno bonaerense ratifique la suspensión de la resolución 246/18.
Se trata de los municipios de Colón, San Nicolás, Arrecifes, San Pedro, Capitán Sarmiento y Ramallo, todos cercanos a la ciudad de Pergamino, foco de la polémica por el uso de glifosato.
Di Lello busca sumar información acerca del impacto de los agroquímicos en la provincia y corroborar que los municipios estén ejerciendo algún tipo de control sobre su aplicación.
Sucede que la justicia viene recibiendo denuncia tras denuncia por la contaminación ambiental y las enfermedades que recaen sobre la población, a razón de las fumigaciones cerca de los centros urbanos.
El año pasado, Pergamino fue foco de debate sobre el uso de agrotóxicos, luego de que el Juzgado Federal de San Nicolás condenara a un productor rural, un ingeniero agrónomo y un empleado de un campo por fumigar cerca de la ciudad, cuando la ley lo prohíbe. Sucede que, tras una investigación, se determinó que el agua de la localidad bonaerense estaba contaminada con al menos 18 tipos de agroquímicos.
Según el dictamen del fiscal Di Lello, se busca determinar “zonas de exclusión para preservar la integridad de las personas que viven en las cercanías en donde se aplican los pesticidas”.
Los municipios tienen un plazo de 15 días para enviar sus informes y además demostrar que se están capacitando funcionarios y personal para el uso y consecuencias de los agroquímicos.
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Agroquímicos: hubo "un abandono de la agenda"

Agroquímicos: para Rodríguez, en los últimos cuatro años hubo "un abandono de la agenda"

Fecha de Publicación
: 19/02/2020
Fuente: Agencia Telam
Provincia/Región: Buenos Aires


El ministro de Desarrollo Agrario bonaerense consideró que la aplicación de agroquímicos y sus efectos "tienen que ser abordados por la política pública".
El ministro de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, Javier Rodríguez, sostuvo que la aplicación de agroquímicos y sus efectos "tienen que ser abordados por la política pública", e indicó que el gobierno anterior "abandonó esta agenda".
"La correcta aplicación de agroquímicos, el análisis de cómo son su efectos y cuál es la regulación qué tiene que tener es un problema que tiene ser abordado por la política pública. No es algo que podamos dejar de lado", dijo Rodríguez a Télam.
Según el funcionario provincial, "en los últimos cuatro años hubo un abandono de esta agenda" y que "en todo caso y en última instancia, hubo un apuro por brindar alguna imagen o salida que fue la resolución 246/2018, pero esta no era resultado de un trabajo genuino o a conciencia, sino más intentar mostrar que se estaba haciendo algo".
Dicha resolución dictada por el Gobierno provincial anterior regulaba "la zona de amortiguamiento en la aplicación de fitosanitarios", aunque su aplicación fue postergada por dicha administración y suspendida por la actual.
Con el fin de definir los criterios y modalidades de uso de los fitosanitarios en la provincia, como también su impacto en la salud y el medio ambiente, la cartera agropecuaria creó el Observatorio Técnico sobre Agroquímicos, integrado en primera instancia por organismos y entidades científico-técnicas públicas.
La correcta aplicación de agroquímicos, el análisis de cómo son su efectos y cuál es la regulación qué tiene que tener es un problema que tiene ser abordado por la política pública. No es algo que podamos dejar de lado”
El funcionario provincial explicó que "desde el primer día fuimos diseñando la creación de un Observatorio técnico donde podamos producir, pero sobretodo, intercambiar y dialogar entre los investigadores y trabajos científicos-tecnológicos que se están desarrollando en materia de análisis de la aplicación de agroquímicos, resultados y efectos".
"Entendemos que esta es una instancia primera de orden público, para después abrir este espacio a un observatorio donde también participen los distintos representantes de la sociedad, de las entidades y asociaciones profesionales, que puedan a partir de esa documentación científico-técnica también empezar a realizar aporte en esta materia", agregó.
Según Rodríguez, en provincia "estamos en una situación donde 70 municipios tienen normativas diferentes y otros tantos no tienen una normativa específica y se rigen por la norma general de la provincia (Ley 10.699), que fue reglamentada en 1991".
A partir de esto, el funcionario nacional aspira "a generar recomendaciones hacia los municipios, un lineamiento general que permita ir readecuando las distintas normativas, y si hay el suficiente acuerdo en materia política, esas recomendaciones podrían transformarse en normas o leyes".
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Adiós al decreto que permitía importar residuos

El Gobierno nacional derogó el decreto que permitía el ingreso de residuos al país

Fecha de Publicación
: 18/02/2020
Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Provincia/Región: Nacional


El decreto había eliminado la solicitud del certificado de inocuidad sanitaria y ambiental en origen.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación informa que mediante el Decreto 148/2020, publicado hoy en Boletín Oficial, el Gobierno nacional deroga el Decreto 591/2019 y la Resolución Conjunta N° 3 del 12 de noviembre de 2019. Con esa norma, promovida por la entonces Secretaría de Ambiente y publicada en agosto del año pasado, se flexibilizaron los requisitos de importación de residuos de otros países.
Al respecto, el ministro se refirió a la medida: "Esta derogación es muy importante. Nos parecía indigna la importación y, además, era la puerta de entrada a residuos peligrosos".
Cabandié aseguró que "la clave de todo esto es un cambio cultural en la sociedad. La política, por supuesto, tiene que dar el ejemplo, ya que con la cultura del descarte estamos degradando nuestro planeta. Por eso, estamos trabajando activamente en una solución integral para el tratamiento de los residuos sólidos urbanos en el marco de la economía circular, a partir de la separación en origen, la recolección diferenciada, la clasificación, la recuperación y la valorización de residuos”.
La norma publicada hoy en Boletín Oficial señala: "Los avances han sido insuficientes y se han registrado contratiempos, agravados por las múltiples crisis financieras, económicas, alimentarias y energéticas, que han puesto en peligro la capacidad de todos los países, en particular los países en desarrollo, para lograr el desarrollo sostenible. A este respecto, es esencial que no demos marcha atrás a nuestro compromiso con los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo”.
El trabajo del Gobierno nacional fue articulado entre las carteras de Ambiente y de Desarrollo Productivo. Ambos ministerios bregaron por la derogación del Decreto 591/2019, que había modificado los decretos reglamentarios de la ley de Residuos Peligrosos con el objetivo de permitir el ingreso de “sustancias y objetos” procedentes de otros países.
Dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto, los ministerios encabezados por Cabandié y Kulfas formularán una propuesta normativa para regular la temática, que promueva una gestión integral de los residuos en el marco de una economía circular.
El anterior decreto, lejos de alinearse con los presupuestos de la gestión integral de los residuos en el marco de una economía circular, implicaba reducir el nivel de protección que establecen el artículo 41 de la Constitución Nacional y la normativa dictada en la materia.
Como señalan los considerandos del decreto de derogación, “la disminución de la cantidad de residuos generados y que son enviados a disposición final, el incremento de los niveles de recolección y valorización y la promoción de la recuperación de los residuos que se generan en nuestro país como insumo para procesos industriales, constituyen lineamientos centrales en el desarrollo de una política nacional en la materia”. El decreto 591, justamente, iba en contra de esta política de promoción de una industria del reciclado, del desarrollo de la economía circular, y de la gestión integral de residuos y su valorización.
Además, el derogado decreto implicaba una reducción en el nivel de protección, ya que quitaba la certificación de inocuidad sanitaria y ambiental expedido previo al embarque por la autoridad competente del país de origen, lo que constituía un retroceso en materia ambiental y colocaba a nuestro país en una situación de riesgo ante el posible ingreso de residuos peligrosos. Por eso, el decreto 148/2020 establece que “hasta tanto se apruebe la normativa correspondiente en la materia, resultará de aplicación en lo pertinente el Decreto N° 181 del 24 de enero de 1992 en su redacción original”. Esto implica reponer esa certificación de inocuidad.
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Un observatorio de agroquímicos en Buenos Aires



Buenos Aires: presentan un observatorio de agroquímicos para definir criterios de uso e impacto en el ambiente

Fecha de Publicación
: 18/02/2020
Fuente: TN
Provincia/Región: Buenos Aires


El ministro de Desarrollo Agrario bonaerense, Javier Rodríguez, lo anunció tras ratificar la suspensión de la resolución 246 que habilitaba las fumigaciones junto a poblaciones y escuelas rurales en todo el territorio de la Provincia.
El ministro de Desarrollo Agrario bonaerense, Javier Rodríguez, presentó ayer los lineamientos para la conformación de un Observatorio Técnico sobre Agroquímicos, que definirá los criterios y modalidades de su uso, y el impacto en la salud y el ambiente.
El funcionario lo anunció tras ratificar la suspensión de la resolución 246 que habilitaba las fumigaciones con agroquímicos junto a poblaciones y escuelas rurales en todo el territorio de la provincia.
"Cualquier norma referida al uso de agroquímicos que en el futuro salga de este Ministerio, tiene que tener una fundamentación científico-técnico que la respalde basada en distintos trabajos que ya se están realizando en las universidades, el INTA, el Conicet y la Comisión de Investigaciones Científicas (CIC)", afirmó el funcionario provincial.
Y agregó: “Hoy la información y las investigaciones están dispersas y los organismos científicos tecnológicos no encuentran un lugar en dónde volcar los resultados para ponerlos en diálogo y en debate”.
Según explicaron, el Ministerio de Desarrollo Agrario decidió suspender la vigencia de la Resolución 246 por un año y convocó a organismos públicos bonaerenses a que sean parte de una mesa de trabajo con el fin de coordinar la implementación y evaluación de políticas públicas relativas para la aplicación de agroquímicos.
Del observatorio participarán el Ministerio de Salud bonaerense, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y la Autoridad del Agua (ADA). También se convocó a las universidades nacionales, provinciales, el INTA y los centros de investigación científico técnico con asiento en la provincia.
En un comunicado, la cartera agraria precisó que "la anterior gestión no contempló la diversidad de las distintas realidades productivas que tiene la Provincia y desestimó los avances que obtuvieron varios municipios en materia de regulación agroquímicos”.
Además, Rodríguez remarcó que la mesa “se hace en función al cuidado de la salud, del medio ambiente, de la promoción de la producción y el cuidado del agua".
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Fracking en Mendoza: una causa caliente en la justicia



Fracking: la Corte pone fecha final a una causa caliente

Fecha de Publicación
: 15/02/2020
Fuente: MDZ
Provincia/Región: Mendoza


Tras la primera audiencia por la causa, la Suprema Corte puso plazos para resolver antes de fin de año. No hubo acuerdo en el intento de conciliación.
Fue una escena rara porque en vez de expedientes, hubo cruces orales ante ministros de la Corte. Y también por la promesa de resolución medianamente rápida. La Suprema Corte le puso plazo a la causa donde se analiza la legalidad de la reglamentación ambiental del fracking en Mendoza, un expediente que incomoda.
Así, hasta el 31 de octubre se acumulará la prueba, luego habrá una audiencia final y los jueces de la Sala 1 de la Corte deberán resolver. Si esos pasos se cumplen, a fin de año o principios del 2021 debería haber sentencia. A la luz de otras causas similares puede considerarse casi un trámite exprés, pues, por ejemplo, por la sentencia sobre ley 7722 hubo que esperar 10 años.
La causa la inició la OSC Oikos, que cuestiona la constitucionalidad del Decreto 248/2018. Se trata de una norma que reglamenta de manera específica cómo se debe hacer el proceso de fractura hidráulica para explorar y explotar petróleo no convencional y que complementa la ley 5961.
Tras tramitar el expediente, se enmarcó la causa con las reglas del nuevo Código Procesal Civil y por eso se realizó una audiencia inicial. Oikos presentó una propuesta de conciliación, modificando algunos artículos del Decreto. No hubo conciliación y cada parte presentó su postura y ahora deben presentar las pruebas en un período que termina el 31 de octubre. En ese sentido, se acumularán informes técnicos, testimonios, pruebas documentales y otros elementos.
En el debate hay una delgada línea: lo que se recurre y se pide que sea declarado inconstitucional es el Decreto reglamentario. Pero en la discusión aparecen cuestionamientos a la práctica en sí.
En el Ejecutivo confían en la solidez de la norma porque, de hecho, agrega rigor y exigencias a una actividad que ya estaba habilitada; que no está restringida en Mendoza y el país. Pero temen que la litigiosidad alrededor del tema genere ruido en las inversiones.
En Mendoza la empresa El Trébol lleva adelante proyectos de explotación no convencional a través de la fractura hidráulica. Fue esa empresa la que comenzó a hacer las primeras pruebas (que se hicieron sin comunicación y sin que estuviera aún la reglamentación específica) y ahora está en plena explotación. Pero este año tiene previsto un plan de expansión. Lo mismo que YPF, que tiene proyectado avanzar en dos yacimientos sobre Vaca Muerta.
En la audiencia estuvieron los tres ministros de la Corte que componen la sala: Dalmiro Garay, Julio Gómez y Pedro Llorente. Oikos presentó una propuesta de conciliación (retirar el Decreto) que no fue aceptada, aunque se dejó abierta la posibilidad de una negociación extrajudicial.
Mientras los jueces y las partes deliberaban, en la puerta de tribunales y en los pasillos del cuarto piso había manifestaciones. Desde media mañana, miembros de las Asambleas por el Agua y activistas diversos se reunieron. Por algún malentendido, muchos creyeron que se realizaría una audiencia pública y que se daría permiso de ingreso a una gran cantidad de personas. No era así. Así, el siseo cotidiano de esas dependencias mutó en un escenario de cánticos y reclamos. 
Hasta el propio Jorge Nanclares -presidente de la Suprema Corte- salió a calmar los ánimos. Su figura apareció en medio del vocerío que retumbaba en toda la cuarta planta. "No puedo hacer ninguna aseveración en favor ni en contra de lo que ustedes defienden -se atajó el juez-; pero les pido que ayuden a mantener el clima solemne que precisa este lugar. Estamos dispuestos a tratar el asunto con la mayor seriedad".
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Nueva causa por contaminación del río neuquino



Se abre otra causa por contaminación del río Neuquén

Fecha de Publicación
: 14/02/2020
Fuente: La Mañana de Neuquén
Provincia/Región: Neuquén


El defensor federal Pablo Matkovic dijo que fue por los vertidos en Centenario.
El Defensor Federal de Neuquén, Pablo Matkovic, confirmó que se abrirá otra causa penal por contaminación del río Neuquén contra la gestión del intendente de Centenario, Javier Bertoldi, por "haber desobedecido" una orden judicial de no utilizar un baipás que conecta la planta de cloaca con el río.
La polémica se desencadenó la semana pasada cuando se detectó, a través de videos y una intervención de la Subsecretaría e Recursos Hídricos, la presencia de un caño que arrojaba líquidos cloacales sin rtatar en la calle 4 al fondo.
Bertoldi justificó el accionar debido a una limpieza del pozo de ingreso a la planta cloacal, por tareas de mantenimiento, y relativizó el tema de la contaminación.
Matkovic, en diálogo con LU5, dijo que evaluará realizar la presentación penal ante la Justicia Federal y sostuvo que ya hay otra causa en curso que viene de 2015.
"Nosotros no quisimos mediar porque había un delito en el curso de acción, intervino el fiscal federal (José María Darquier, hoy retirado) e inició un causa contra Bertoldi (Javier, intendente de Centenario) no de esta gestión sino en la anterior, y por supuesto que impactó contra la gestión del ex intendente Cimolai (Esteban)", sostuvo el defensor.
Matcokic inició una causa civil (paralela a la de la Justicia Federal) para la remediación del río Neuquén ante la constatación del delito de contaminación, con la intervención de la Autoridad Interjurisciccional de Cuencas (AIC).
En esa causa, los denunciantes son un grupo de vecinos de Centenario de la zona de chacras, afectados por la situación del río.
Pero el proceso penal siguió su curso en estos años, con citaciones a Bertoldi, Cimolai y funcionarios por la situación de la planta de cloacas. El problema derivó en que la anterior gestión de Cimolai, por orden judicial, comenzó algunas acciones para revertir el problema. Una de ellas fue la clausura de un caño que arrojaba líquidos crudos al río. Eso pasó en enero de 2017.
Días atrás, Recursos Hídricos de la provincia, a cargo de Horacio Carvahlo, intimó a Bertoldi a que arbitre los medios -mediante la cédula de notificación 0013/2020- para cesar los vertidos al río.
Por esa notificación y las publicaciones periodísticas es que Matkovic aseguró que se iniciará otro proceso penal en la Justicia.
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Empresario alambró un río en Tierra del Fuego



Al estilo Joe Lewis: empresario fueguino alambró el río Olivia

Fecha de Publicación
: 14/02/2020
Fuente: El Extremo Sur
Provincia/Región: Tierra del Fuego


El empresario Miguel "Gucho" Oyarzún, dueño de la zapatería "Stella Maris" de la ciudad de Ushuaia y quien tiene la concesión de la turbera "Valle Carbajal" por donde pasa el Río Olivia, alambró el acceso al río, incluso y de forma insólita, alambrando el río mismo como se puede apreciar en las imágenes al final del artículo.
Esto se encuentra prohibido por el Código Civil y Comercial de la Nación, que en su artículo 1974 establece el límite al dominio del Camino de Sirga, el cual es de 15 metros públicos desde la orilla del río.
En estos días de calor en Tierra del Fuego, mientras el camping del Río Olivia, donde el acceso es público, estuvo repleto de gente, esta zona hermosa del Río Olivia no puede ser disfrutada por los fueguinos porque un empresario que solo tiene la concesión de una turbera así lo dispuso.
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Misiones: el Estado autorizó desmontes en tierras indígenas



Denuncian que el Ministerio de Ecología autorizó desmonte en Campo Grande

Fecha de Publicación
: 11/02/2020
Fuente: Primera Edición
Provincia/Región: Misiones


Se trata de un área sagrada para los pueblos originarios que forma parte del territorio protegido por la Ley Nacional 26.160. Las comunidades enviaron un recurso para frenar el daño a la selva.
Referentes misioneros del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA) denunciaron la terrible situación vivida durante la mañana de este jueves 6 de febrero cuando, utilizando el cuerpo, un grupo de indígenas logró frenar que máquinas avancen sobre una porción de la selva.
El conflicto se vivió en un área ubicada dentro de Campo Grande y que pertenece a la comunidad de Ka’a Kupe, ubicada en cercanías de la ruta provincial 7. La discusión por estas tierras en realidad está vigente desde el 2019, cuando las comunidades originarias denunciaron que el Ministerio de Ecología de Misiones autorizó el desmonte de las tierras sagradas.
En diálogo con PRIMERA EDICIÓN la coordinadora provincial de ENDEPA, María Josefa “Kiki” Ramírez, señaló que “en abril se cumple un año desde que se comenzó a dialogar sobre estas tierras. Resulta que el Ministerio de Ecología junto a una empresa de Buenos Aires avisaron a la comunidad de los trabajos que se harían en la zona. Ese espacio explotado se encuentra dentro del relevamiento territorial en base a la Ley Nacional 26.160, donde se demarcan los territorios protegidos. Ellos poseen una carpeta técnica con una resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas donde reconocen que ese territorio es de uso público, actual y tradicional de la comunidad”.
Sobre esta resolución de protección territorial, explicó que “si bien no se trata de un título de propiedad, es una herramienta legal que tiene la comunidad para defender ese espacio. Más adelante quizás consigan una titularidad pero quieren que estos lugares conserven el monte y no sean dañados”.
Por otra parte, indicó que “un grupo de unas 20 comunidades originarias de Misiones, recibieron estas carpetas en diciembre pasado. Sin embargo, este pueblo tiene una carpeta técnica hace cerca de tres años, porque fue una de las primeras relevadas en la provincia”.
Ramírez contó que para evitar que se destruya aún más la selva, “se organizaron grupos de personas a un lado y al otro del camino para de esta forma impedir la entrada de los camiones. Los indígenas se plantaron y no dejaron pasar las máquinas. Ellos pusieron el cuerpo, prácticamente arriesgando su vida, ya que el Ministerio de Ecología no estaba haciendo nada”. Además de indígenas de la comunidad de Ka’a Kupe, estuvieron presentes también representantes de Yvy Chi y Ko’eju.
Cuando este grupo llegó al área del desmonte y fueron testigos del daño hecho a la naturaleza decidieron actuar: “Llamamos al ministro de Ecología (Mario Vialey) para decirle lo que estaba sucediendo porque el día anterior la abogada de las comunidades estuvo reunida con él para presentar una carta documento, pero las máquinas seguían trabajando. Luego de dar a conocer esta situación se logró suspender el corte de los árboles. Es un parate momentáneo, así que no sabemos qué criterios seguirán de ahora en más y si volverán”, remarcó.
Cintia, otra de las referentes de ENDEPA en la provincia, contó a PRIMERA EDICIÓN que “cuando llegamos con el grupo mbya hasta esa zona escuchamos cómo cortaban los árboles y fue realmente desgarrador. Lo que se hizo fue sentarse en uno de los pasos de los senderos para que no vuelvan a entrar al monte”. Las comunidades originarias de Ruiz de Montoya y Campo Grande por el momento permanecen atentas a las decisiones que se tomarán desde las autoridades responsables del cuidado de la biodiversidad de Misiones.
“Hace más de una semana que la comunidad se enteró de que el desmonte había comenzado en esa zona y a partir de ahí hemos iniciado un contacto con Ecología para ver porqué nunca hubo una respuesta del recurso administrativo presentado previamente. Sucede que el año pasado, cuando se enteraron que se habilitaría trabajar en estas tierras para sacar madera, se presentó un recurso donde se solicitó que no se ponga en marcha el permiso”, precisó Kiki Ramírez.
Sin embargo, “nunca hubo respuestas de la presentación hecha. Desde el Ministerio de Ecología se excusaron que hubo un recambio de autoridades y no podían encontrar el pedido pero una vez que lo encontraron, dijeron que el área Jurídica estaba de feria. Eso fue preocupante porque mientras tanto teníamos 10 motosierras derribando árboles todo el tiempo, además de camiones y tractores que ingresaban en esos terrenos”, agregó.
En cuanto al daño hecho, Ramírez señaló que “la comunidad se dio cuenta hace una semana de que las máquinas iniciaron el trabajo pero por lo que está desmontado pareciera que hace varios días. Por lo cual suponemos que inició desde enero”.




“Ecología no hizo nada”, denunció EMiPA luego del desmonte en Campo Grande

Lo aseguró Baigorri, del Equipo de Misiones de la Pastoral Aborigen, tras la reunión que mantuvieron las comunidades mbya guaraní con el ministro Vialey. Temen que los trabajos continúen en otras zonas. La empresa responsable de la deforestación decidió frenar las maquinarias ante la protesta.
Tras esperar más de tres horas por la llegada del ministro de Ecología, Mario Vialey, finalmente se realizó este viernes la reunión con las comunidades originarias que protestaron por el desmonte en Campo Grande.
A pesar de que por ahora las máquinas se retiraron del lugar, afirman que el Ministerio autorizó la deforestación y no medió para frenarlo una vez que iniciaron las protestas donde los mbya se pararon frente a las máquinas para impedir el ingreso al territorio sagrado.
“El Ministerio de Ecología no hizo nada al respecto, fue una decisión de la empresa el frenar el desmonte luego de la protesta de las comunidades. El lote 7 es un área relevada por las comunidades y que permanece dentro de la ley 26.160”, aseguró a PRIMERA EDICIÓN el referente del Equipo de Misiones de la Pastoral Aborigen (EMiPA), Vasco Baigorri.
Indicó además que “suspendieron el corte de la rodal tres por la importancia que tiene este monte para los pueblos pero que eso no quitaba que puedan iniciar otras talas en otros espacios. Eso no iba a aceptarse por las comunidades de ninguna forma”.
Sobre esta demarcación, explicó que “los rodales son espacios donde se hace una investigación de los árboles que hay y se decide cuál se va a cortar. Es lo que se llama una tala selectiva, son círculos demarcados”.
Este espacio, perteneciente a la aldea Ka’a Kupe, se encuentra bajo el relevamiento de protección de territorio indígena, pero durante enero se desarrolló una grave deforestación en el lugar.
Por el momento, las comunidades permanecen en alerta  ante la posibilidad de que los desmonten continúen en otras áreas relevadas del territorio indígena.
Por otra parte, sobre el recurso presentado desde las comunidades mbya guaraní, Baigorri señaló que “la nota fue presentada el 11 de diciembre pasado pero dijo que no la había visto y que los abogados estaban de vacaciones. Se le dijo que un Ministerio no debería quedar sin cuerpo Jurídico. Así que por el momento prometió que cuando volviera de Buenos Aires vería qué se puede hacer pero que se hace difícil si las comunidades no están abiertas al diálogo”.
A lo largo de la reunión “le explicamos claramente la visión sobre el monte que tienen las comunidades y el dolor de ver esos árboles caídos que son importantísimos para su cultura. Además de que creemos que todo lo que fuese la audiencia pública no fue cumplido de la manera que es necesario para proceder con la tala”.
En cuanto a la tardanza para dar inicio a la reunión, detalló que “nos dijo que como no conocían el lugar, siguieron de largo, pero estaba con dos guardaparques que deberían estar atentos a la ubicación y conocer este lugar. Llegó mucho más tarde para una reunión que duró casi dos horas”.
Por su parte, el mburuvichá de Tekoa Ka’a Kupe, Mario Borjas, contó a PRIMERA EDICIÓN acerca del operativo para frenar el desmonte que durante el jueves “los hombres volvieron a la comunidad cerca de las 11 de la noche. Lo que pasó fue que las personas que tumbaron los árboles decidieron parar en un momento luego del diálogo que hubo con las comunidades pero un grupo de seis hombres decidió quedarse en el lugar por si volvían a querer cortar los árboles”.

El daño hecho
Fueron unos 21 rollos de madera los que se encontraban al costado de los terrenos cuando llegaron los indígenas a frenar el desmonte. Desconocen si quitaron más árboles en enero.

En agenda
El cacique de la aldea Ka´a Kupe, Mario Borjas, remarcó que “tenemos que dialogar con el ministro de Ecología varias cuestiones y tomar una decisión por este tema de los territorios”.
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La Pampa: constatan incumplimiento de "Campo Limpio"

El Gobierno inspeccionó las obras y constató que Campo Limpio no finalizó las tareas

Fecha de Publicación
: 11/02/2020
Fuente: InfoPico
Provincia/Región: La Pampa


Prosiguiendo con la tarea de contralor de la Ley Nacional N° 27.279 de “Presupuestos Mínimos de Protección ambiental para la Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios”, el Gobierno de la provincia de La Pampa a través de la Subsecretaría de Ambiente constató horas atrás el nivel de avance de las obras en el Centro de Acopio (CAT) que la Fundación Campo Limpio, entidad que contiene al 80% de los registrantes de productos fitosanitarios en La Pampa, tenía el compromiso de construir bajo todos los parámetros técnicos establecidos por Ley en las localidades de Alta Italia, Colonia Barón y Macachín.
Superada ampliamente la fecha inicial para llevar a cabo las tareas y, por ende, efectivizada la aplicación de la Ley en cuanto a la prohibición de la venta de agroquímicos, se ratifica que la medida persistiría hasta tanto la Fundación Campo Limpio no cumpla con lo comprometido en el Plan de Gestión aprobado por La Pampa.
En horas de la mañana, personal técnico de la Subsecretaría de Ambiente junto al Escribano General de Gobierno, concretaron una visita a los centros de acopio de las localidades de Alta Italia y Colonia Barón, donde se constató que no finalizaron la obra en la localidad de Colonia Barón.
Tal situación implica un expreso incumplimiento de la Fundación Campo Limpio habida cuenta que, ante el Gobierno provincial, se había comprometido a culminar las tareas para el viernes pasado.
La inspección realizada permitió corroborar que en el CAT de Colonia Barón no tenía instalado aún, entre otros elementos, el sistema informático y los enlaces a la red de Internet.
Además, resultó notoria la falta de obra en los sanitarios, oficina, instalación eléctrica, cartelería, limpieza general y resguardo de los tanques soterrados.

Detalles
Sobre el particular desde la Subsecretaría de Ambiente recordaron los detalles en cuanto a instalaciones y prestación, que deben tener los Centros de Acopio Transitorio de acuerdo a la reglamentación que determina los aspectos constructivos.
Los mismos deben estar aislados físicamente con tejidos y paredes, pisos impermeables, un muro circundante que impida el ingreso de agua de lluvia y el drenaje hacia afuera de acumulaciones de líquidos que pudieran derramarse, estar techados y construidos con materiales resistentes al fuego o con características de incombustibilidad.
En caso de no tener muros circundantes que limite el drenaje hacia afuera de líquidos que pudieran derramarse el piso deberá contar con una pendiente que permita su drenaje hacia una cámara aislada, la cámara deberá estar dimensionada a esos efectos.
También deben contar con buena ventilación, estar destinados exclusivamente al almacenamiento de envases vacíos de fitosanitarios contando con un espacio que permita almacenar de manera separada los dos tipos de envases (A y B según la Ley), disponer de un sistema de protección y lucha contra incendios, poseer suficiente iluminación sea natural o artificial, contar con elementos de protección personal y espacios destinados para la higiene de los mismos en caso de posible afectación.

Compromiso
La organización Campo Limpio, se comprometió a establecer la logística general para la gestión de los envases, consistente en la construcción de tres Centros de Acopio Transitorio (CAT’S) de envases en las localidades de Alta Italia, Colonia Barón y Macachín, además de la instalación de un sistema que garantice la trazabilidad, el control de los envases vacíos y de los procesos del sistema, como así también la elaboración e implementación de programas de capacitación y concientización sobre manejo adecuado de los envases.
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Fallo histórico en Santa Fe contra las fumigaciones



Fallo histórico: prohíben fumigar a menos de 800 metros de Sastre

Fecha de Publicación
: 10/02/2020
Fuente: El Ciudadano
Provincia/Región: Santa Fe


Hasta 2019, la localidad santafesina tenía el límite a 100 metros para fumigar cerca de las viviendas urbanas, donde además de los hogares hay clubes. El promedio de enfermedades cancerígenas es un tercio más alto que el nacional: “Todos tenemos un familiar muerto de cáncer", dice una vecina
Los vecinos de Sastre  –una localidad de seis mil habitantes en el centro de la provincia de Santa Fe– lograron un triunfo en la pelea judicial en contra de los pesticidas y en defensa de su salud. Durante años, la Municipalidad permitió la fumigación con agroquímicos a sólo cien metros del ejido urbano, en la práctica esto implica que quienes tienen sus hogares cerca del área de cultivos, soja principalmente, reciben de lleno los químicos que utilizan los productores agrícolas. La normativa tiene efectos fácilmente mensurables: la tasa de enfermedades oncológicas es un tercio más alta que el promedio nacional, así surge de un estudio de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) que fue presentado a la Municipalidad luego de un campamento sanitario que se llevó adelante en marzo de 2017.
El 5 de febrero de este año, apenas terminada la feria judicial, el juez en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Rafaela, Duilio Hail, dictó una cautelar en la que limita el uso terrestre de agroquímicos a una distancia de 800 metros de los límites urbanos para la localidad de Sastre. Ruth Oitana de los vecinos autoconvocados en Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente atendió a Tiempo Argentino y expresó que se trata de “una noticia maravillosa” porque incluye a toda la ciudad, en ese sentido, es un caso similar a lo que pasó en Pergamino, ya que no se limita a un barrio, pero la medida aún no está firme y puede ser recurrida.
El juez en su fallo explica que la propia Municipalidad demandada “reconoce la existencia de una normativa contraria a derecho cuando en su modificación amplía drásticamente el perímetro de fumigación aérea y duplica el de fumigación terrestre, a esa circunstancia se suman los documentos acompañados por los actores, particularmente planos y fotografías que fueron ‘explicados’ in situ en la audiencia del 29-10-19 con indicación de los asistentes del lugar de ubicación de clubes, escuelas y viviendas de los reclamantes próximas al perímetro urbano”. La modificación a la que remite el fallo es la ampliación del área fumigable por vía aérea a 3.000 metros y la terrestre de 100 a 200.
El fallo toma en cuenta los informes de la Agencia Internacional para la investigación del Cáncer dependiente de la OMS del 20 de marzo de 2015 presentados por la querella y referenciados por la fiscalía, dichos informes “califican al herbicida glifosato como ‘potecialmente carcinogénico'”, también menciona investigaciones del Laboratorio de embriología molecular de CONICET (UBA) y otro elaborado por la UNL en el marco de la causa “Peralta”, además de antecedentes nacionales y de la Unión Europea.
El juez Hail valora los derechos en juego, salud vs. negocio: “por un lado uno de tipo patrimonial constituido por el derecho a cultivar la tierra con el aditamento del mayor valor agregado por el uso de fitosanitarios, mientras que por el otro estamos en presencia del derecho a la salud de un contingente de personas”, por lo tanto dice el magistrado “debo definirme en favor de los amparistas por cuanto el derecho a la salud se torna en un bien fundamental y su menoscabo podría resultar irreparable”.

El caso y una sociedad dividida
La historia judicial de esta causa no viene de muy lejos aunque ha afectado la vida cotidiana de los vecinos de Sastre, porque “acá todos nos conocemos”, como dice una vecina de la localidad. En enero de 2018 se presenta una denuncia “porque fumigaban muy cerca de un club donde un grupo de chicos jugaba al fútbol, luego, en marzo, una vecina presenta otra denuncia ya que fumigaban muy cerca de su casa”.
A partir de allí los vecinos se presentaron en el Consejo Deliberante local y comenzaron una serie de reuniones para que dictaran una ordenanza que ampliara la zona de exclusión de fumigación. Ruth Oitana, de los vecinos autoconvocados, explica que presentaron evidencia científica para sustentar su reclamo y que los ediles no pensaran que se trataba sólo de un “capricho”. Hasta octubre de ese año –cuentan desde la asociación– no lograron muchos avances, pero durante ese mes los padres de la niña Zoe Giraudo, paciente oncológica que se recuperaba de un linfoma no hodgkin –enfermedad que desde 2015 la OMS ha relacionado directamente con el uso de glifosato (y que está referenciada en la reciente cautelar)–, debía volver a su casa que si bien está dentro de la ciudad, dista apenas 400 metros de la zona de fumigación.  En ese momento el Consejo Deliberante intentó sacar una ordenanza que ampliaba la zona de exclusión a 500 metros, pero la norma nunca fue promulgada por presión de los productores.
Las consecuencias sociales en una localidad pequeña es fuerte y causa grandes divisiones: “El tema se puso muy tenso y los padres de Zoe recurrieron a la Defensoría de la provincia y junto con los vecinos presentaron en 29 de noviembre de 2018 un amparo contra la Municipalidad. Al mes el juez dictó una medida cautelar que disponía 400 metros de exclusión”, cuenta la cronología previa a esta cautelar Oitana.
En esta instancia los productores agrícolas hacen aparición y se presentan como terceros damnificados, y logran tumbar esa cautelar. La causa volvió a foja cero y, en septiembre de 2019, una ordenanza dictamina los límites en 200 m y 3000 m para las fumigaciones terrestres y aérea respectivamente. Luego, la causa no se movió hasta octubre de 2019 en que hubo una mediación a la que la municipalidad no se presentó, pero el juez escuchó a las partes, incluidos los productores y los representantes legales de la provincia. De allí sale la cautelar.
El lobby de los productores agropecuarios es fuerte en la zona ya que “representan el poder real, el poder económico”, incluso cuentan vecinos: “le dicen a nuestros empleadores que nos echen del trabajo, boicotean nuestros negocios. Hemos perdido amigos, se han roto familias, porque los productores no quieren ver alternativas para dejar de envenenarnos y envenenarse”, y advierten: “Acá, en la zona, todos tenemos un familiar muerto de cáncer”.
La realidad de esta lucha por la salud pública versus el interés económico es palpable para los vecinos, según explican: “Los que tienen el poder económico logran cosas que nos parecen imposibles, como hacer caer una medida cautelar en una feria judicial. Los intereses son muy grandes, ellos tienen los mejores estudios de abogados y nosotros tuvimos que recurrir a la Defensoría porque no podemos pagar un abogado. Pero por ahí nos toca un juez como Hail que se toma su tiempo pero estudia seriamente el tema”.
La Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente emitió un comunicado en el que convocan a la población a “denunciar cualquier hecho violatorio de la orden judicial, a los productores a tomar conciencia y respetar las leyes y los mandatos judiciales y a la Municipalidad a revertir la postura asumida tanto en la ciudad como dentro del juicio de amparo, que incluso mereció el reproche del magistrado interviniente”. Un hecho a remarcar es como los productores niegan el efecto nocivo de los pesticidas, que ya están prohibidos en Europa y cuyas empresas enfrentan demandas varias veces millonarias.
Los vecinos, que poseen una página en la red social Facebook con el nombre de su organización, califican la medida  como “histórica” y celebran que, “aunque fuere con demora a raíz de distintas alternativas acontecidas en el transcurso del proceso que serán objeto de análisis y explicación en otra oportunidad, toda la población de Sastre obtenga algo de alivio a tantos padecimientos causados por las fumigaciones cercanas”.
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Gobierno pampeano propuso nueva ley de agroquímicos

La ley prohibirá fumigar a menos de 500 metros de los pueblos

Fecha de Publicación
: 08/02/2020
Fuente: La Arena
Provincia/Región: La Pampa


El Gobierno provincial presentó ayer el proyecto de la Ley de Gestión Integral de Plaguicidas para, en caso de ser aprobado, ser aplicada en toda la provincia en reemplazo de la Ley Nº 1173 en vigencia. En su articulado, la iniciativa prohíbe la aplicación terrestre en áreas urbanas y a menos de 500 metros del ejido. Para la aplicación aérea, no se podrá fumigar a menos de tres mil metros del ejido urbano.
La normativa tiene como primer objetivo la protección de la salud humana, la sanidad, calidad animal y vegetal, el ambiente, sus recursos naturales y ecosistemas, y la producción agropecuaria entre los principales puntos.
El proyecto de ley ingresó por Mesa de Entradas para que este miércoles, en sesiones extraordinarias, comience su tratamiento legislativo. Desde el Ejecutivo, destacaron que desde la sanción de actual ley, creció de manera inusitada el uso de plaguicidas, lo que trajo aparejado prácticas deficientes, manejos, usos y aplicaciones inadecuadas y riesgosas de los productos. Por estos motivos, consideraron oportuno extremar los recaudos en su utilización, con el dictado de una normativa adecuada a las exigencias actuales.
A su vez, el Gobierno señaló que el marco jurídico vigente (artículo 41º de la Constitución Nacional, artículo 18º de la Constitución Provincial, Ley Nacional General de Ambiente Nº 25675 y la recientemente sancionada Ley Ambiental Provincial Nº 3195) «entiende al derecho al medio ambiente sano como un derecho humano básico y esencial, siendo necesario para su concreción el dictado de normativa tendiente, por un lado, a la preservación y protección del ambiente desde una mirada ecosistémica y, por otro, a la mitigación de efectos negativos, minimización de riesgos, restauración y recomposición del daño ambiental en su caso ocasionado por las actividades productivas».
Además, la Ley Nacional General de Ambiente Nº 25675 estableció los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.
En ese sentido, destacó que «como sociedad debemos tomar conciencia que de la posibilidad de gozar de un ambiente sano, limpio y equilibrado, depende la concreción de otros derechos humanos fundamentales, como lo son el derecho a la vida y el derecho a la salud».

Modificaciones.
La ley presentada se estructura en ocho capítulos: Disposiciones Generales, De los Plaguicidas de Uso Urbano y Rural, de la Autoridad de Aplicación, de la Comisión Interdisciplinaria, del Consejo Consultor, de los Envases y Residuos derivados de la Ley, de las Infracciones y Sanciones y de las Disposiciones Complementarias.
Entre las novedades, la norma define claramente los objetivos, el ámbito de aplicación, contiene un glosario de las definiciones y siglas, establece prohibiciones en el uso de plaguicidas de uso urbano y rural, dispone los actos que se encontrarán sujetos a autorización y define nociones tales como: la prescripción de compra agronómica, las recetas urbanas y rurales, el remito agronómico.
Con respecto a las distancias, el proyecto presentado establece la prohibición de la aplicación terrestre de productos plaguicidas en áreas urbanas y a menos de 500 metros desde el límite de la finalización de dicha área. En relación a la aplicación aérea, prohíbe la fumigación en la zona urbana y a una distancia de tres mil metros desde el limite de finalización de dicha área.

Autoridades de aplicación.
El proyecto contempla tres autoridades de aplicación, los Ministerios de la Producción y de Salud (a través de los organismos o dependencias pertinentes) y la Subsecretaría de Salud. Además, crea una Comisión Interdisciplinaria que se integrará por las tres autoridades de aplicación antes enunciadas y funcionará como órgano de consulta, asesoramiento y toma de decisiones vinculantes en aquellas cuestiones complejas en el marco de la Ley y un Consejo Consultor, ya más amplio en su composición, que tendrá como misión principal asesorar a la Comisión.
Con respecto a los incumplimientos, el proyecto dispone un régimen claro y contundente en materia de infracciones y sanciones, las cuales se graduarán de acuerdo al daño causado, la naturaleza de la infracción cometida, las circunstancias, la gravedad de la falta y los antecedentes del infractor y el peligro causado.
Asimismo, prevé que todos aquellos que, de un modo directo o indirecto, hubieran participado en la comisión del hecho son responsables ante la Autoridad de Aplicación, siendo pasibles de sanciones solidarias o individuales, de acuerdo a la infracción constatada. Las posibles sanciones no serán excluyentes y podrán aplicarse en forma concurrente y en el caso de que el infractor fuere una persona jurídica, sus socios y miembros serán solidariamente responsables junto con sus directores, administradores y/o gerentes.

«Garantizar un ambiente sano»
Para la Provincia, los principios ambientales de prevención, precaución, sustentabilidad, equidad generacional y progresividad se convierten en ejes rectores de orden público ambiental que contribuyen y fortalecen la política de ambiental provincial. «Es fundamental armonizar el desarrollo de la actividad agropecuaria con el ambiente, a través de la adopción de las más racionales y eficientes técnicas y uso controlado y adecuado de los plaguicidas para así garantizar un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras», sostuvieron.
En ese sentido, desde el Ejecutivo remarcaron que «resulta imprescindible actualizar la normativa en la materia, adecuándola a las exigencias constitucionales antes referidas y a nuestra realidad social, económica, ambiental y política, procurando una gestión y uso adecuado de los productos plaguicidas en las actividades que -directa o indirectamente- requieren de tales productos».
En los últimos años, desde el gobierno remarcaron que se viene asumiendo fervientemente un rol activo y participativo, canalizando y atendiendo los reclamos de la sociedad civil respecto al uso de plaguicidas, regulando su uso como así también la actividad de todos los actores intervinientes: productores agropecuarios, empresarios, profesionales, aplicadores y usuarios en general, atento que ello implica un potencial riesgo y la posibilidad de configurar daños para la salud humana, al ambiente y la calidad agroalimentaria.
«Las sustancias químicas son parte de nuestra vida diaria, prácticamente todos los productos manufacturados implican el uso de estas sustancias. Muchas de ellas, cuando se utilizan adecuadamente, pueden contribuir significativamente al mejoramiento de la calidad de vida, salud y bienestar. No obstante ello, el mal uso o un uso sin el control necesario inciden negativamente en la salud de las personas y en el ambiente del que todos formamos parte», sostuvieron desde el Ejecutivo.
«El uso de plaguicidas es necesario muchas veces en los cultivos para evitar pérdidas inaceptables de la producción agrícola. Sin embargo, «puede llegar a plantear riesgos para la salud de los agricultores y las personas que trabajan con esos productos por una manipulación incorrecta o inadecuada que se haga de ellos», advirtieron.
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