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Entre Ríos pierde más de 7 mil hectáreas de bosques por año

 


Estiman que Entre Ríos pierde más de 7 mil hectáreas de monte nativo por año

Fecha de Publicación
: 12/07/2023
Fuente: El Argentino
Provincia/Región: Entre Ríos


El avance del desmonte en Entre Ríos sigue generando gran preocupación, registrándose año a año la pérdida de bosques nativos. Pero además, en la provincia la incidencia de la pérdida de extensiones y masa vegetal es mayor a lo que se compensa por las infraccionadas cuando se interviene con procedimientos oficiales. Datos de Greenpeace arrojan una deforestación en los últimos años de entre 2.300 y 3.500 hectáreas, con un pico en 2021 de 9.024 hectáreas perdidas de árboles. Un científico especialista de Conicet señala más de 7.000 hectáreas. La estadística es variable ya que el registro territorial de bosques no está actualizado.
El doctor Pablo Aceñolaza, Investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y profesor de Forestales de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), señaló que la tasa de desmonte (velocidad con que los bosques se van perdiendo), “no es lineal, sino que se da como si fueran pulsos. Hay estudios hechos para nuestra región que muestran que lo que incide en esos pulsos de desmonte es el precio de soja. Los momentos de mayor desmonte se produjeron cuando la soja valía mucho. Al contrario, cuando la soja no valía nada, el interés por la nueva tierra cultivable disminuía y por lo tanto disminuía la tasa de desmonte”, explicó al programa “Cuestión de Fondo”, de Canal 9 Litoral.
Sin embargo, el profesional aclaró: hay un parámetro que no se visualiza y que debe ser tenido en cuenta: “El monte nativo no debe ser visto como que está o no está, ya que posee muchas etapas intermedias: entre ellas, la recuperación de desmonte, o la degradación en montes que son mejor conservados. Y esa degradación es mucho más difícil de visualizar que el propio desmonte. Hoy día, uno podría saber en tiempo casi real donde se está desmontando mediante las herramientas tecnológicas. En cambio, es mucho más difícil saber dónde y cuánto se está degradando el monte; cuánto se está entresacando leña; cuánto se está perdiendo biomasa o vegetación; o degradando por una carga excesiva ganadera o mal uso del pastero. Todo esto es más difícil de evaluar”.

Detección
Si bien las tareas de desmontes siguen en varios sectores de la provincia, hay métodos que posee el Estado que buscan detectar con la mayor prontitud posible las talas. Sin embargo, coinciden distintos profesionales consultados por Canal 9, no siempre se llega a tiempo.
En cuanto a dispositivos tecnológicos, la Nación y la Provincia poseen herramientas de control y relevamiento del monte nativo. En tanto, desde el Conicet local también se está trabajando en un proyecto que, confían, pronto pueda estar funcionando.
Aceñolaza explicó que Entre Ríos posee 1,4 millones de hectáreas de monte denominado “Del Espinal” y que “la tasa de deforestación o de pérdida constatada por Ambiente de la Nación, es de aproximadamente entre el 0,5 y 1 por ciento por año. Uno puede decir que es bajo, pero no lo es: En diez años es haber perdido entre el 5% y el 10% de lo que nos está quedando del monte nativo. Y, encima, lo que queda es monte que está degradado, y ahí se debe trabajar mucho”.
Traducido el cálculo al que hace referencia Aceñolaza, estaríamos hablando que Entre Ríos podría estar perdiendo más de 7 mil hectáreas de monte nativo por año.
Por su parte, la organización internacional Greenpeace, publica en su informe 2022 sobre deforestación, un cuadro sobre “Pérdida de Tierras Forestales” en todas las provincias argentinas. Este trabajo detalla que estos últimos años (de 2016 a 2020), se han perdido en promedio en nuestra provincia entre 2.300 y 3.500 hectáreas de bosques nativos por año. Y en 2021, la estadística hace un pico de 9.024 hectáreas perdidas por deforestación en Entre Ríos.
“El Estado muchas veces no tiene todas las herramientas. Posee una serie de problemas estructurales que no le permite llegar a tiempo y obtener un resultado final de evaluación que logre frenar un desmonte, o solicitar una recomposición del daño. Esto sucede porque hay poca gente en los entes gubernamentales, y porque esos entes no poseen una estructura de financiamiento que no le da autarquía y cuando esos entes necesitan recursos, les cuesta mucho. En el momento que se produce un desmonte, hay que mover un vehículo de inmediato, llevar tres personas, contar con personal policial, un drone y demás herramientas que puedan obtener información que luego sea utilizada por la justicia para determinar si el daño ambiental fue ese o no. También sucede que hay miles de situaciones en las cuales se pudo comprobar que no hubo desmonte de bosque nativo”, explicó Aceñolaza.

Feliciano, La Paz y Federal los más afectados
La coordinadora de Bosques Nativos de Entre Ríos, Andrea Cislaghi, explicó a “Cuestión de Fondo” que la zona más afectada por los desmontes es el centro-norte provincial, con los Departamentos Feliciano, La Paz y Federal a la cabeza.
La funcionaria explicó que cuando reciben una denuncia anónima o en base a informantes claves del organismo, se procede a actuar en territorio, labrándose un acta. Allí consta las especies afectadas, la titularidad de la maquinaria utilizada y se deja copia a quien esté en ese momento en el campo. Posteriormente, se le da un plazo razonable para que ellos puedan realizar su descargo. Luego de realiza un dictamen técnico, además de un informe legal y donde se los notifica de la multa o un plan de reparación o restauración. “Actualmente, estamos con varios expedientes en conclusión, con multas de alto valor monetario, así como también la aplicación de planes de restauración o recomposición para que se repare el daño y planes de manejos de suelo”, sostuvo.
Cislaghi destacó que el monitoreo es constante y de manera interinstitucional, donde se trabaja en conjunto entre esta Coordinación, la Secretaría de Ambiente y el área de Delitos Rurales de la policía. Hace un tiempo se establecieron los protocolos para que cuando surge una alerta, se pueda actuar en territorio y de manera inmediata para evitar el desmonte”.
Cislaghi explicó que desde hace unos años existe una normativa mediante la cual se establecen tres categorías relacionadas al monte: La roja, la amarilla y la verde. Los montes de la primera categoría no pueden tocarse ni intervenirse en absoluto, ya que deben conservarse. La amarilla es la que permite realizar algunas intervenciones, siempre y cuando se presente (y autorice) un plan ambiental sostenible para una posible intervención. Finalmente, la categoría verde es la categoría que permite una intervención.
Sin embargo, hoy por hoy no se está aprobando el cambio de uso del suelo. En otras palabras, en la actualidad se encuentran prohibidos los desmontes en nuestra provincia. Ello sucede a raíz que está vencido el Ordenamiento territorial de Bosques nativos, por lo que se espera y trabaja en una pronta actualización.
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Elevan a juicio causas por incendios del Delta

 


Incendios del Delta: por primera vez llegan a juicio causas por quemas intencionales

Fecha de Publicación
: 08/07/2023
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Entre Ríos


El juzgado federal de Victoria investiga dos causas: una quema en la zona del arroyo El Tigre, en las Islas Lechiguanas, y la otra a la vera del arroyo Los Laureles, que terminó prendiendo fuego la isla “Del holandés”. Los acusados podrían recibir penas de 3 a 10 años.
Los incendios intencionales en el Delta que el año pasado generaron masivas protestas sociales finalmente serán investigados por la justicia federal. La expectativa, señalaron fuentes judiciales, es que los responsables reciban una pena de 3 a 10 años de prisión.
Hasta el momento, hay seis personas procesadas en dos causas que se vienen tramitando en el Juzgado Federal de Victoria.
Una, que ya fue elevada a juicio oral, investiga una quema en la zona del arroyo El Tigre, en las Islas Lechiguanas, departamento de Gualeguay, frente a San Pedro-Ramallo.
La otra, que será elevada a juicio este año, es por una quema a la vera del arroyo Los Laureles, que terminó prendiendo fuego una isla que todos llaman “Del holandés”, en el departamento de Victoria, frente a Villa Constitución.
En esta última causa, se investiga un incendio que tuvo lugar en agosto cuando un hombre de origen holandés viajó a Europa y dejó el terreno al mando de su casero, que permitió a algunos apicultores instalar allí su producción.
El desastre se produjo cuando los trabajadores, al notificarse de focos ígneos en la zona, armaron un cortafuego. Pero el viento les jugó una mala pasada y rotó, transformando un foco controlado en un incendio que alcanzó unas 6.000 hectáreas.

Qué penas podrían enfrentar
El único antecedente comparable a estos juicios podría ser el que se hizo por el atentado a la fábrica militar de Río Tercero (Córdoba), ocurrido en 1995. En ese proceso, se aplicó el artículo 186 del Código Penal, que prevé penas para “el que causare incendio, explosión o inundación”.
Por haber causado la muerte de 7 personas, dañado a más de 300 y generado problemas de salud mental en la mayoría de la población circundante, a los acusados por las explosiones en Río Tercero les pesó el inciso 5° del artículo 186, o sea, penas de 8 a 20 años de prisión.
En el caso de los incendios en el Delta, al no haber víctimas fatales, los eventuales responsables podrían enfrentar una pena de 3 a 10 años (excarcelable, en el caso de recibir el mínimo), siguiendo el inciso 1° del artículo 186 del Código Penal, que castiga a quienes pongan bienes en peligro.
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Podrían prohibir la caza de especies autóctonas en Entre Ríos

 


Buscan prohibir la caza y cautiverio de especies autóctonas

Fecha de Publicación
: 24/05/2023
Fuente: Diario Uno
Provincia/Región: Entre Ríos


El Senado tratará un proyecto que prohíbe todo tipo de caza de fauna silvestre autóctona de Entre Ríos. Sólo podrán cazarse especies "invasoras" o "exóticas".
Presentaron en el Senado provincial un proyecto de ley para que se prohíba la caza de animales autóctonos. El texto ingresó el pasado miércoles 17 en la Cámara, elaborado por el senador por La Paz, Amílcar Genre Bert (PJ–Creer). La normativa se centra en la protección de las especies autóctonas y prohíbe la caza, el mascotismo y el comercio de las mismas.
Tomó estado parlamentario en la Cámara Alta el proyecto denominado “Fauna silvestre autóctona de la provincia de Entre Ríos”, una iniciativa para reemplazar la actual Ley de Caza Nº 4.841 que tiene ya más de 50 años.
Entre los cambios, se plantea pasar el área de Fauna -actualmente dependiente de Producción- a la Secretaría de Ambiente y prohibir la caza, mascotismo, comercio y cautiverio de animales autóctonos, así como la introducción y cría de exóticos, consignó Chajarí al Día.
Los establecimientostipo “Granjas”, “Ecogranjas”, “Reserva Ecológica” o “Santuarios de Animales” deberán inscribirse obligatoriamente en un “Registro de Refugios de Animales Silvestres”.
Prohíbe también la utilización de municiones de plomo en la cacería por tratarse de un material altamente tóxico y contaminante. Asimismo, proyecta crear un centro oficial de rescate y rehabilitación, y una Brigada de Fauna Silvestre.
También prohíbe la caza deportiva o recreativa de animales autóctonos en “cotos de caza” o de “turismo aventura”.
La iniciativa fue girada para su análisis a la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Senado.
Asimismo, se prohíbe el uso de productos tóxicos con fines de control de plagas u otros propósitos, que dejen residuos nocivos en los lugares donde viven y se alimentan especies silvestres
La ley comprende como fauna silvestre autóctona a vertebrados mamíferos, aves, reptiles, anfibios y peces cuya distribución original pertenece a esta provincia, tanto los que habitan en forma permanente como aquellos extinguidos en tiempos históricos. Además, se hará extensiva a los insectos, arácnidos e invertebrados. Se emitirá una nómina o un catálogo actualizado de especies exóticas registradas oficialmente.
El proyecto al que accedió UNO dispone que "todos los habitantes de la provincia de Entre Ríos tienen el deber de proteger como carga pública la fauna silvestre autóctona y conservar sus ambientes y ecosistemas".
Se clasificará a las especies en cinco categorías: En peligro de extinción; Amenazadas; Vulnerables; No amenazadas e Insuficientemente conocidas.
Quedaría prohibido en todo el territorio de la provincia "dar muerte, dañar, acechar, perseguir, acosar, apresar, molestar o inquietar a los animales silvestres de la fauna autóctona, cualquiera sea la especie, y sea cual fuere el método empleado o la fase de su ciclo biológico".
Esta prohibición incluye "su retención y captura en vivo, la destrucción, daño, recolección y retención de sus nidos o madrigueras, de sus crías o de sus huevos, su crianza y explotación". Tal prohibición alcanza a los propietarios de las respectivas fincas donde se hallen.
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Entre Ríos crea un sistema de monitoreo y alerta de desmontes

 


Trabajan en la creación de un sistema de monitoreo y alerta de desmonte en la provincia

Fecha de Publicación
: 22/05/2023
Fuente: Gobierno de Entre Ríos
Provincia/Región: Entre Ríos


En una nueva acción por el combate del desmonte en Entre Ríos, se reunieron en La Paz distintos referentes de instituciones provinciales que trabajan en la aplicación de las leyes vigentes vinculadas a la conservación y preservación del bosque nativo.
En la sede de la Dirección de Prevención de Delitos Rurales de La Paz, se reunieron distintos funcionarios provinciales que están afectados -mediante la vigencia de las leyes-, en la tarea de fiscalización y promoción de la preservación de los bosques en la provincia. El objetivo principal del encuentro fue trabajar en un plan de control de desmonte y emitir un sistema de alerta de desmonte con datos proporcionados en territorio a los efectos de hacer más eficiente la tarea de control.
Cabe destacar que este trabajo de fiscalización se enmarca en la leyes nacionales Nº26.331 y Nº13.273, y la Ley provincial Nº10.284, que refieren a la prohibición de los desmontes, cualquiera fuese su categoría -roja, amarilla-, sin la autorización de la autoridad local de aplicación de la ley, dando cuenta además de cómo proceder ante la existencia de una infracción.
En este sentido, el secretario de Agricultura y Ganadería, Lucio Amavet, indicó que “Los reiterados eventos climáticos adversos como han sido las inundaciones o reiteradas sequías son producto del cambio climático por acción del hombre. Y en ese sentido, los desmontes ilegales han contribuido al deterioro de los suelos y al calentamiento global. Más allá de la pérdida de especies autóctonas y biodiversidad”.
Y agregó: “Nuestra tarea es fortalecer la preservación de los recursos naturales fomentando una mayor producción con el menor impacto ambiental. Y eso se logra con la aplicación de las leyes vigentes, tanto nacionales como provinciales; y el incentivo de políticas públicas que promuevan las buenas prácticas agropecuarias”, dijo Amavet.
Por su parte, la coordinadora de Bosques Nativos, Andrea Cislaghi, explicó a los presentes, “cuáles son los puntos claves a tener en cuenta ante una presunta sospecha de infracción, resaltando los pasos principales para constatar un hecho que viole la norma, siendo importantes los elementos que se tomen de prueba; tales como la presentación de fotografías; e indicó cuáles son los modos de notificación y cómo es el inicio de un expediente”.
Se abrió un espacio de intercambio con los distintos asistentes, a partir de las diversas experiencias personales vinculadas a fiscalización, control de fuego y el trabajo de brigadistas, que sirvieron de ejemplos y como aportes para aunar fuerzas entre sí, mejorar la tarea conjunta y estar alertas ante futuros desmontes.
En la oportunidad, se comunicó las diferentes vías de comunicación para las denuncias y consultas.
A saber: Whatsapp (343)6216345 o por medio de un correo electrónico escribir a bosquenativo.er@gmail.com
Participaron del encuentro, el secretario de Agricultura y Ganadería, Lucio Amavet; la secretaria de Ambiente, Daniela García; la coordinadora de Bosques Nativos, Andrea Cislaghi, los directores generales de Producción Animal y Fiscalización, Exequiel Alvarenque y Juan Francisco Mansur respectivamente; el jefe Departamental de Policía, Comisario Mayor, Fabio Ariel Noya; el diputado provincial Sergio Castrillón y se contó además con la participaron de guardaparques de la zona y brigadistas ambientales dependiente de la Secretaría de Ambiente de la provincia.
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Nuevamente se realizó la marcha contra UPM

 


Tras la caravana al puente internacional, la Asamblea dio a conocer su proclama

Fecha de Publicación
: 01/05/2023
Fuente: Portal maximaonline.com.ar
Provincia/Región: Entre Ríos


Ante la presencia de funcionarios políticos de oficialismo y oposición, integrantes de la Asamblea Ciudadana Ambiental dieron lectura a la proclama de la Marcha N°19.
Concentrados en Arroyo Verde, un importante número de vehículos participó de la caravana que se realizó hasta el Puente Internacional General San Martín. Al regreso, y en el mismo lugar de partida, ante la presencia del Intendente y distintos funcionarios políticos locales y provinciales, se leyó la proclama que transcribimos a continuación:

“Marcha número 19 de la ASAMBLEA CIUDADANA AMBIENTAL DE GUALEGUAYCHÚ, como siempre 19 años gritando al mundo que no aceptamos la contaminación traída por Finlandia a esta región, avalada por el Gobierno uruguayo.
Ratificamos una vez más nuestro compromiso de defender el Rio Uruguay.
Ya dijimos que LA CIUDADANÍA DE GUALEGUAYCHÚ llama a reflexionar a los “Poderosos del Mundo” para humanizar sus rumbos, tomar una conducta racional, para cuidar nuestro planeta, terminar con guerras, pruebas nucleares, fumigaciones irresponsables, y empresas altamente Contaminantes.
Lo que alertamos el año pasado, ya se concretó, empezó a funcionar UPM 2 en Paso de los Toros República Oriental del Uruguay.
Los efluentes recorrerán el Rio Negro y desembocarán en el Rio Uruguay, frente a nuestra zona de pesquerías en Costa Uruguay sur.
Lo grave será que Botnia Fray Bentos aumentará la producción de químicos, a través de Kemira, para satisfacer las necesidades de insumos, los cuales serán transportados hasta la nueva pastera, por vía terrestre, con el riesgo que ello implica, violando una vez más el Tratado del Río Uruguay.
Después de la Audiencia Pública convocada por el Juzgado Federal, de Gualeguaychú, quedó plasmada la convicción de que el caso Botnia no es un hecho de contaminación presunta, se debe considerar, luego de las documentaciones, exposiciones científicas y argumentos legales, como un hecho de CONTAMINACIÓN CONSUMADA.
Debemos tener en cuenta que se suma a la propia producción de la Empresa Pastera, dos grandes Fuentes contaminantes:  kemira, empresa satélite instalada en el mismo predio que Botnia Fray Bentos, productora de insumos químicos de blanqueo, y las extensas zonas de explotaciones forestales que posee UPM, calculadas en 382.000 hectáreas, y en ellas se utilizan fertilizantes, nutrientes y pesticidas.
Vergonzosamente se escucha por los medios de comunicación, la preocupación de la CARU, por el cuidado de los peces, aplicando normas para la pesca que generan risa, dado que BOTNIA emite 40.000 t./ año de productos tóxicos al RIO URUGUAY.
Sigue realizándose un monitoreo a la empresa Botnia UPM viciado de nulidad, se le aceptan “condiciones” que no cumplen con las normas del Digesto del Rio Uruguay, y siguen sin ser publicados los resultados de los mismos.
Hemos reclamado en infinidad de veces sobre este monitoreo MENTIROSO, pero los acuerdos binacionales de nuestros gobernantes terminan aceptando servilmente las condiciones impuestas.
Se ha modificado el digesto del Rio Uruguay, por parte de la CARU otorgando mayores niveles de contaminación, para favorecer el funcionamiento y permitir mayor emisión de contaminantes a nuestro rio y a nuestro aire por parte de estas Plantas de Celulosa.
Exigimos que los resultados de los muestreos se hagan públicos, de manera que sepamos a través de la gran cantidad de científicos, no comprometidos políticamente, que tenemos en nuestro país, y ellos echen luz sobre datos hasta hoy dudosos y cuestionados.
Reiteramos que nuestro país, ante la crisis económica que estamos sufriendo, no debería seguir pagando miles de dólares para mantener un importante grupo de funcionarios de la CARU, sin haber logrado ninguna mejora medio ambiental, siendo testigos de su deterioro día a día.
Esperamos con atención que se cumpla lo publicado hace un año atrás (abril 2022) en que ese mes, se colocarían los sensores de contaminación de aire, un anhelo de esta Asamblea reclamado desde hace muchos años.
También esperamos que se cumpla con el proyecto de la reconversión del refugio de arroyo verde y su puesta en valor, para recibir con comodidad a las delegaciones de nuestro país y del exterior que nos visitan para informarse de nuestra lucha y dar mayor seguridad a los visitantes a este lugar Histórico y Cultural.

NO CLAUDIQUEMOS, ESTA LUCHA SERÁ LARGA.
PARA RECONFORTARNOS PENSEMOS EN NUESTROS PRÓCERES, TANTAS BATALLAS DURANTE AÑOS, PERO SE LOGRÓ UNA SOBERANÍA QUE DISFRUTAMOS.

La Asamblea seguirá concientizando a niños y jóvenes, con las visitas a los establecimientos educacionales, realizando el ya histórico GRITO BLANCO y las charlas informativas periódicas.
Todos los miércoles después de cumplir con las tareas laborales de cada uno, nos reunimos a coordinar el rumbo de la lucha en la Casa de la Cultura, a la cual convocamos a ustedes a participar, con la única condición de no llevar una bandera política partidaria.
LA NATURALEZA NOS PIDE A GRITOS QUE REFLEXIONEMOS, SIGAMOS LUCHANDO JUNTOS.
Invitemos a nuestra juventud a sumarse a la lucha, para lograr Ríos limpios y sanos, aire puro, y una tierra fértil, SIN CONTAMINACION”,.

“SIN AGUA NO HAY VIDA”

Puente Internacional General San Martin
San José de Gualeguaychú 30 de abril 2023.
ASAMBLEA CIUDADANA AMBIENTAL DE GUALEGUAYCHU
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Marcharán nuevamente contra la pastera UPM-Botnia

 


Vecinos y asambleístas volverán a marchar en Gualeguaychú contra la pastera UPM-Botnia

Fecha de Publicación
: 14/04/2023
Fuente: Télam
Provincia/Región: Entre Ríos


Vecinos, vecinas y la Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú realizarán el próximo domingo 30 de abril una nueva movilización al puente internacional General San Martín, que separa a esa ciudad entrerriana de la localidad uruguaya de Fray Bentos, para exigir el traslado de la pastera UPM-Botnia y rechazar la instalación de una nueva industria de este tipo sobre la vera del río Uruguay.
La marcha número 19 contra la pastera radicada cerca de la ciudad uruguaya Fray Bentos y de la argentina Gualeguaychú será apoyada por la comuna de esa ciudad entrerriana.
"El tiempo pasa y la exBotnia-UPM sigue funcionando y contaminando, pero esa no es razón suficiente para abandonar el reclamo por la vida y la salud de todos y todas y, sobre todo, de las generaciones futuras", dijo este martes el intendente de Gualeguaychú, Martín Piaggio.
Luego de reunirse con Martín Alazard y Juan Veronesi, integrantes de la Asamblea, explicó que el municipio trabajará un conjunto de piezas de comunicación "para seguir diciendo 'no a las papeleras contaminantes', que no no hacen más que hipotecar el futuro de argentinos y uruguayos".
El jefe comunal sostuvo que "es necesario no bajar los brazos y mantener bien alto el rechazo a las pasteras" y aseveró que "el cuidado del agua, del aire y de nuestros suelos es la única manera de empezar a revertir los enormes daños ambientales provocados durante décadas y décadas".
También mencionó que "el pueblo" tiene el "derecho y deber de cuidar los recursos" y de expresarse "a favor de otra forma de vivir, menos dañina, menos contaminante y más amigable con el ambiente" y convocó a trabajar para que Gualeguaychú "siga siendo un faro mundial del cuidado del ambiente y la salud".
La primera movilización masiva se realizó en abril de 2005 y en noviembre de 2006 se inició un corte de ruta que se prolongó hasta junio de 2010.
En 2006 la Argentina se presentó ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya por la instalación por parte del Gobierno uruguayo de la fábrica de celulosa europea sobre el río compartido con Argentina.
En 2010 la Corte de La Haya, que intervino en el conflicto, advirtió un aumento de la contaminación en el curso de agua pero aclaró que no se pudo determinar su origen, y ordenó que se realicen monitoreos constantes en la zona.
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Impulsan la prohibicíón de la caza en Entre Ríos

 


Concordia fue sede de la primera Asamblea por la Defensa de los Animales Autóctonos

Fecha de Publicación
: 28/03/2023
Fuente: Diario Río Uruguay
Provincia/Región: Entre Ríos


Se llevó a cabo el primer encuentro en el salón de actos de la UTN Concordia, convocado por 14 organizaciones de toda la provincia con el objetivo de analizar la “necesidad de suspender la caza de fauna autóctona”.
Según explicaron desde el Centro para el Estudio y Defensa de las Aves Silvestres (CEYDAS), en la reunión se expresó la necesidad de “suspender definitivamente la caza de fauna autóctona en la Provincia” y se hizo hincapié en “la contaminación por plomo producida por la caza y en la consideración de los animales como seres sintientes”, a través de la disertación del profesor. Gabriel Bonomi y la Dra. Cecilia Domínguez.
De esta manera, la asamblea abordó la pregunta “¿Debemos seguir permitiendo la caza ‘deportiva’ de animales autóctonos?” y denunció una política del gobierno entrerriano tendiente a favorecer la instalación de cotos de caza.
Al respecto, el profesor y referente del CEYDAS, Gabriel Bonomi, expresó que “los cotos traen cazadores extranjeros que matan cientos de miles de aves acuáticas en Entre Ríos, Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires, mientras llenan de plomo nuestros humedales” y agregó que “hay un fuerte lobby de la Cámara Argentina de Turismo Cinegético y Conservacionismo para que se vuelva a habilitar la caza en la Provincia”.
Por su parte, la Dra. Cecilia Domínguez sostuvo que “hace varios años se viene cuestionando la caza, no solo a nivel nacional, sino también internacional” y, “de hecho, en 2019, un fallo judicial de Colombia la prohibió en ese país, entendiendo que es una actividad cruel y sangrienta que asesina a seres vivos que tienen derechos”.
La asamblea fue convocada por 14 organizaciones de toda la provincia. Estas son: Conciencia Animal, CEYDAS, AJAM, Foro Ecologista de Paraná, Ecoguay, Luz del Ibirá, Aves Gualeguaychú, CAASER (Club de Amigos de las Aves Silvestres de Entre Ríos), Asociación Protectora de Animales Chajarí, Club de Observadores de Aves Guirá Pirá, SEA (Solidaridad, Educación y Ambiente), Justicia Animal Antiespecista, Área Natural Protegida Santa Adelina y Gualeguay Te Quiero Verde.
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Entre Ríos: justicia ordena suspender explotación de arenas

 


Revés para el Gobierno de Entre Ríos: ordenan suspender el fracking

Fecha de Publicación: 06/02/2023
Fuente: InfoNews
Provincia/Región: Entre Ríos


En el fallo "aplica los principios del derecho ambiental, el precautorio, y el in dubio pro natura, que establece que en caso de duda todos los procesos deberán ser resueltos de manera favorable para el ambiente".
Un juez de Entre Ríos ordenó esta semana al Estado provincial y a un Municipio suspender toda habilitación, que se encuentre en cualquier instancia, que autorice la explotación de arenas silíceas en el Delta entrerriano, informaron fuentes judiciales.
La provincia deberá "paralizar todo trámite que se relacione con la extracción o lavado de arenas silíceas", y exigir que la actividad de canteras y/o plantas de lavado "sea sustentable para proteger el ambiente actual y de generaciones futuras", remarcó en su fallo el juez de feria Hugo González Elías.
La decisión judicial del pasado lunes 30 de enero dio lugar al pedido solicitado por la Fundación "Cauce: Cultura Ambiental-Causa Ecologista" en el marco de una acción de amparo ambiental contra el Gobierno provincial, el Municipio de Ibicuy y contra YPF, a cargo del establecimiento El Mangrullo.
Se estima que YPF adquiría de Entre Ríos cerca del 80% de la arena que se utiliza en el yacimiento Vaca Muerta, para realizar fractura hidráulica o fracking, una extracción de gas y petróleo de yacimientos no convencionales.
El fracking es una técnica de perforación mixta (vertical y horizontalmente) de varios kilómetros, donde se fractura la roca y se inyectan millones de litros de agua a alta presión, mezclada con arena y una serie de aditivos químicos.
El 27 de mayo de 2022, la jueza María Valentina Ramírez Amable ordenó a "suspender nuevas canteras en la zona de extracción de arenas silíceas hasta que se realice un estudio de impacto ambiental acumulativo" en la zona.
El estudio debe evaluar "la zona de extracción, las plantas de lavado, los caminos públicos por los que circulan camiones y maquinaria pesada, y la interacción de la actividad con las poblaciones de la región".
También exige la participación ciudadana en el estudio, ya que lo que se busca es "proteger el bien natural de carácter mineral" de la zona.
Además, la jueza obligó a realizar muestreos de calidad del agua, con estudios de toxicidad, y monitoreos de calidad de aire y agua en el delta entrerriano.
Esa decisión fue apelada por YPF, el Estado de Entre Ríos y la Municipalidad de Ibicuy, pero el 13 de agosto del 2022 el Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió dar lugar a la decisión de la jueza.
Aún así, la empresa minera Orosmayo S.A. había iniciado los trámites para asentar sus plantas de extracción y extraer 2,8 millones de toneladas de arena silícea en 5 años, consumiendo 429.333.000 litros de agua subterránea.
La instalación se realizaría en dos campos entre los kilómetros 181 y 183 de la ruta nacional 12, en el distrito Ceibas del departamento Gualeguaychú, "a pocos kilómetros" de la zona de estudio pero aún dentro del Delta del río Paraná.
En ese sentido, el juez González Elías determinó que el ambiente "no reconoce límites artificiales, políticos o jurídicos", por lo que "no importa si la actividad se desarrolla" en cualquier parte del territorio entrerriano.
"Es irrelevante" la ubicación del emprendimiento -apuntó el juez-, en la medida en que se trate de una explotación de arenas silíceas, y recordó que el fallo ordena a que el Estado paralice "todo trámite" que habilite a estas empresas sin delimitar "la zona afectada".
La directora ejecutiva de la Fundación, Valeria Enderle, destacó que el juez "comprendió la importancia del cuidado de los humedales" en una zona en donde "actualmente se está extrayendo arenas silíceas".
En el fallo "aplica los principios del derecho ambiental, el precautorio, y el in dubio pro natura, que establece que en caso de duda todos los procesos deberán ser resueltos de manera favorable para el ambiente", completó en un escrito.
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Ordenan reforestar un balneario que era área natural

 


Ordenaron a la Municipalidad de Victoria reforestar un área natural transformada en balneario público en Entre Ríos

Fecha de Publicación
: 27/01/2023
Fuente: Diario Victoria
Provincia/Región: Entre Ríos


La sentencia recayó en el marco de un amparo ambiental que le exigía al municipio cumplir con el “Proyecto de Recuperación del área costera” con el fin de mitigar el desmonte generado por las obras que convirtieron al predio en una playa pública
El balneario «Playa Alta» en la Municipalidad de Victoria, Entre Ríos, deberá ser reforestado, según lo ordenado por el Superior Tribunal de Justicia.
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dio curso a una acción de amparo ambiental por medio de la cual le ordenó a la Municipalidad de Victoria la reforestación de un área natural protegida que había sido transformada en un balneario público a fines de 2018. Para decidir así, el máximo tribunal consideró que el proyecto urbanístico de la zona costera presentado por el municipio fue incumplido.
Todo comenzó en 2018 en el marco de otro expediente ambiental. La amparista Sol Alva había intentado detener por vía de un acción expedita las obras que la Municipalidad llevaba a cabo en el marco del “Proyecto de Recuperación de Área Costera” sobre un predio de 28.000 m2 a orillas del riacho “Victoria”, “desaprovechado urbanísticamente y de uso prácticamente nulo a la ocupación y actividad humana”, según consta en los antecedentes que articula el fallo del miércoles pasado al que accedió Infobae.
El emprendimiento municipal consistía en aprovechar ese terreno -bajo el amparo de la ley provincial 10671 por estar dentro del “Área Natural Protegida Humedales e Islas de Victoria”- y convertirlo en el balneario “Playa Alta”. En ese contexto, la acción de amparo de Alva no prosperó en la medida en que la Municipalidad de Victoria “había presentado copia del proyecto integral, que incluía la reforestación de la zona”. Con la ejecución de lo volcado en dicho documento -se estipuló- se mitigaría ambientalmente la intervención sobre el lugar, que demandaba el desmonte de árboles autóctonos -en su gran mayoría sauces- y la remoción de suelos con máquinas retroexcavadoras.
A fines de 2018 se terminaron las obras frente al riacho “Victoria” y se inauguró -ya para el verano de 2019- la “Playa Alta” abierta a todo el público, incluso bajo una concesión administrativa otorgada a 10 años. Así las cosas, el año pasado se presentó el abogado Carlos Guillermo Reggiardo e interpuso contra la Municipalidad una nueva acción de amparo ambiental “persiguiendo que se le ordene a la reposición de las especies taladas en la zona del balneario municipal, conforme el compromiso asumido en el plan de obra para la zona costera”, relató el fallo emitido por el Superior Tribunal de Justicia de feria.
En ese sentido, el amparista expresó que “la demandada decidió la realización de obras en un espacio verde con vegetación autóctona, utilizando máquinas retroexcavadoras haciéndose movimientos de suelo, se eliminó la vegetación original y se talaron árboles de manera indiscriminada”. Y sostuvo que “la afectación de los espacios verdes de la ciudad de Victoria menoscaba el ambiente sano y sustentable. (…) El ente municipal debería plantar la misma cantidad de árboles de las especies taladas y morigerar el impacto de reemplazar un espacio verde por una playa artificial, donde hay movimientos de suelo que afectan la flora y fauna (…)”.
Frente a esta acción, la defensa municipal esgrimió que había comenzado a poner en práctica el proyecto de reforestación, y alegó, al efecto, ya haber plantado “65 ejemplares de diversas especies, no en el lugar donde se diseñó la playa, sino en la zona, (…) en la colina cercana al balneario”. Bajo tales parámetros, el juzgado de primera instancia condenó a la Municipalidad de Victoria a cumplir con el “Proyecto de Recuperación de Área Costera” articulado y así reforestar “el corredor biológico afectado”. A su vez le aplicó una multa de astreintes por cada mes de incumplimiento.
En ese contexto, tras la interposición del recurso de apelación efectuado por los apoderados de la Municipalidad, el Superior Tribunal de Justicia de feria, integrada por los jueces Germán Reynaldo Carlomagno, Claudia Mónica Mizawak y Gisela Nerea Schumacher, resolvieron la declaración de nulidad de la aplicación de las multas de astreintes por considerarlas no correspondientes con la acción procesal de amparo invocada.
La sentencia recayó en el marco de un amparo ambiental que le exigía al municipio cumplir con el “Proyecto de Recuperación del área costera” con el fin de mitigar el desmonte generado por las obras que convirtieron al predio en una playa pública
El balneario "Playa Alta" en la Municipalidad de Victoria, Entre Ríos, deberá ser reforestado, según lo ordenado por el Superior Tribunal de Justicia.El balneario «Playa Alta» en la Municipalidad de Victoria, Entre Ríos, deberá ser reforestado, según lo ordenado por el Superior Tribunal de Justicia.
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dio curso a una acción de amparo ambiental por medio de la cual le ordenó a la Municipalidad de Victoria la reforestación de un área natural protegida que había sido transformada en un balneario público a fines de 2018. Para decidir así, el máximo tribunal consideró que el proyecto urbanístico de la zona costera presentado por el municipio fue incumplido.
Todo comenzó en 2018 en el marco de otro expediente ambiental. La amparista Sol Alva había intentado detener por vía de un acción expedita las obras que la Municipalidad llevaba a cabo en el marco del “Proyecto de Recuperación de Área Costera” sobre un predio de 28.000 m2 a orillas del riacho “Victoria”, “desaprovechado urbanísticamente y de uso prácticamente nulo a la ocupación y actividad humana”, según consta en los antecedentes que articula el fallo del miércoles pasado al que accedió Infobae.
El emprendimiento municipal consistía en aprovechar ese terreno -bajo el amparo de la ley provincial 10671 por estar dentro del “Área Natural Protegida Humedales e Islas de Victoria”- y convertirlo en el balneario “Playa Alta”. En ese contexto, la acción de amparo de Alva no prosperó en la medida en que la Municipalidad de Victoria “había presentado copia del proyecto integral, que incluía la reforestación de la zona”. Con la ejecución de lo volcado en dicho documento -se estipuló- se mitigaría ambientalmente la intervención sobre el lugar, que demandaba el desmonte de árboles autóctonos -en su gran mayoría sauces- y la remoción de suelos con máquinas retroexcavadoras.
A fines de 2018 se terminaron las obras frente al riacho “Victoria” y se inauguró -ya para el verano de 2019- la “Playa Alta” abierta a todo el público, incluso bajo una concesión administrativa otorgada a 10 años. Así las cosas, el año pasado se presentó el abogado Carlos Guillermo Reggiardo e interpuso contra la Municipalidad una nueva acción de amparo ambiental “persiguiendo que se le ordene a la reposición de las especies taladas en la zona del balneario municipal, conforme el compromiso asumido en el plan de obra para la zona costera”, relató el fallo emitido por el Superior Tribunal de Justicia de feria.
En ese sentido, el amparista expresó que “la demandada decidió la realización de obras en un espacio verde con vegetación autóctona, utilizando máquinas retroexcavadoras haciéndose movimientos de suelo, se eliminó la vegetación original y se talaron árboles de manera indiscriminada”. Y sostuvo que “la afectación de los espacios verdes de la ciudad de Victoria menoscaba el ambiente sano y sustentable. (…) El ente municipal debería plantar la misma cantidad de árboles de las especies taladas y morigerar el impacto de reemplazar un espacio verde por una playa artificial, donde hay movimientos de suelo que afectan la flora y fauna (…)”.
Frente a esta acción, la defensa municipal esgrimió que había comenzado a poner en práctica el proyecto de reforestación, y alegó, al efecto, ya haber plantado “65 ejemplares de diversas especies, no en el lugar donde se diseñó la playa, sino en la zona, (…) en la colina cercana al balneario”. Bajo tales parámetros, el juzgado de primera instancia condenó a la Municipalidad de Victoria a cumplir con el “Proyecto de Recuperación de Área Costera” articulado y así reforestar “el corredor biológico afectado”. A su vez le aplicó una multa de astreintes por cada mes de incumplimiento.
En ese contexto, tras la interposición del recurso de apelación efectuado por los apoderados de la Municipalidad, el Superior Tribunal de Justicia de feria, integrada por los jueces Germán Reynaldo Carlomagno, Claudia Mónica Mizawak y Gisela Nerea Schumacher, resolvieron la declaración de nulidad de la aplicación de las multas de astreintes por considerarlas no correspondientes con la acción procesal de amparo invocada.
El Superior Tribunal de Justicia de feria dio curso al amparo ambiental contra el Municipio de VictoriaEl Superior Tribunal de Justicia de feria dio curso al amparo ambiental contra el Municipio de Victoria
Luego, ya sobre el tema a resolver, el juez Carlomagno, primero en el orden de votos, señaló: “resulta claro que no está controvertida la deforestación de los árboles llevada a cabo por la Municipalidad de Victoria; ahora bien, de las constancias del sub lite emerge que el proyecto de reforestación de la zona balnearia no fue llevado a cabo desde la fecha de la sentencia dictada en autos ‘Alva’ hasta la actualidad”.
Asimismo analizó el relevamiento planimétrico y fotográfico del predio en cuestión, junto a un informe descriptivo de la arquitecta Soledad Ferrerías -integrante del Colegio de Arquitectos de la ciudad– y los registros fotográficos de Google Earth. Con todos estos elementos evaluó como no probado lo que alegó la Municipalidad respecto de la plantación de árboles según el plan acordado.
Según sostuvo, “de lo apuntado precedentemente -respecto a la prueba producida-, surge que la reforestación del balneario “Playa Alta”, que fuera presentado por la Municipalidad de Victoria como proyecto integral en la acción de amparo ‘Alva’, no fue ejecutada por el ente municipal demandado”.
“(…) Y llegados a este punto la necesidad de la misma para mitigar los efectos de la tala de árboles en el predio ribereño se presenta como ineludible. Arribo a tal conclusión, siendo que el espacio intervenido por la Municipalidad de Victoria para proyectar el balneario se encuentra dentro del Área Natural Protegida “Humedales e Islas de Victoria” (…), clasificada como reserva de usos múltiples”, explicó Carlomagno con relación a la especial protección que exige la zona.
“Es necesario reforestar el sector y restituir la continuidad del bosque ribereño, lo cual no irá en desmedro del uso recreativo de la playa y ayudará a revertir el bajo impacto negativo en el corto y mediano plazo”, señaló, antes de reconocer el “estatus constitucional del derecho al goce de un ambiente sano (…) así como la obligación de recomponer el daño ambiental”.
A su término intervino la jueza Mizawak, quien sentó su adhesión al voto anterior y manifestó que “surge nítido que aquel ‘Plan de Reforestación’ no se concretó en el período de tiempo que transcurrió desde la presentación que efectuó el Municipio a finales del año 2018 en la causa ‘Alva’, hasta la fecha de interposición del presente amparo.
Y argumentó que la omisión del municipio era una “conducta manifiestamente arbitraria e ilegítima”. En ese contexto habló de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en referencia al principio precautorio ambiental en tanto su aplicación “implica armonizar la tutela del medio ambiente y el desarrollo mediante un juicio de ponderación razonable. (…) No debe buscarse oposición entre ambos, sino complementariedad, ya que la tutela del medio ambiente no significa detener el progreso sino por el contrario, hacerlo más perdurable en el tiempo de manera que puedan disfrutarlo las generaciones futuras”.
Por último, la jueza Schumacher consideró innecesario emitir un pronunciamiento en virtud de la mayoría ya alcanzada en el tema. Así las cosas el máximo tribunal provincial resolvió confirmar la decisión de primera instancia y ordenarle a la Municipalidad de Victoria “la reforestación y parquización mínima con 65 ejemplares arbóreos” del espacio costero de dominio público con calidad legal de reserva protegida.
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Más extracción de arena para fracking en Entre Ríos

 


Más mineras desembarcan en Entre Ríos para extraer arena silícea para el fracking

Fecha de Publicación
: 16/01/2023
Fuente: El Argentino
Provincia/Región: Entre Ríos


La empresa Minera Orosmayo SA es una de las tres firmas que a fines de 2021 se les habría otorgado el visto bueno para iniciar los trámites que les permita asentar sus plantas de extracción del material usado para obtener petróleo no convencional mediante fracking.
En la Escuela Secundaria Nº 4 de Médanos (Departamento Islas del Ibicuy), Orosmayo SA daba a conocer su informe en donde expondría su plan para explotar dos campos arrendados en los que se prevé extraer 2,8 millones de toneladas de arena silícea en cinco años, para lo cual consumirán 429.333 metros cúbico de agua (429.333.000 litros) que obtendrán de una perforación subterránea, según consignó el portal Era Verde.
La convocatoria a la audiencia pública estaba llamada para el miércoles pasado, a las 12. En la charla en el Salón de Usos Múltiples de la escuela secundaria “Anselmo Sáenz Valiente de Médanos”, la firma Orosmayo -con domicilio legal en Rivadavia 1.157, 5º piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, y bajo la representación de su presidente, José Luis Gualtieri, expondría su plan de manejo para lo que serán dos nuevas plantas de extracción y lavado de la arena usada como insumo para el sistema de fractura hidráulica, el sistema utilizado para obtener combustible en la cuenca neuquina de Vaca Muerta. Es la primera de un total de tres nuevas empresas que habrían iniciado las gestiones a fines de 2021 para instalarse en el Sur de Entre Ríos, considerada la “meca del oro blanco”.
Orosmayo planea asentarse en dos campos para la explotación minera. Una de extracción y lavado de arena, en un yacimiento arrendado que cuenta con una superficie de 25 hectáreas sobre la Ruta Nacional Nº 12, kilómetro 183 (Norte). Allí “se prevé extraer una cantidad estimada de 1,5 millones de toneladas de arena en un tiempo estimado de 5 años”, dice el estudio de impacto ambiental firmado por Nicolás Poletti, el ingeniero matriculado 41625 que da cuenta del trámite para la habilitación dado a conocer por el portal Era Verde.
El otro inmueble donde solicitan autorización para el acopio y lavado de arena está ubicado en el kilómetro 181 del mismo enlace vial. Este predio cuenta con una superficie de 22 hectáreas, y allí también se prevé extraer arena en un volumen de 1,3 millones de toneladas en el mismo período de explotación. Los dos inmuebles están situados al Norte de la menciona ruta, por lo cual se encuentran bajo jurisdicción del distrito Ceibas (Departamento Gualeguaychú).
De acuerdo al detalle, para la extracción de arena se realizará con cortes de taludes mediante el uso de retroexcavadoras, palas cargadoras frontales y camiones para el transporte. Una vez acopiada la arena “cruda” se procederá a su lavado y clasificación. Para esto se deposita en una cinta transportadora que alimenta una planta tipo “McLanahan” donde mediante el uso de agua se “purifica la arena al nivel deseado, para luego clasificarla por tamaños.
Una vez clasificada se carga en camiones para su transporte final”. El informe asegura que no se utilizan químicos en este procedimiento.
 “La arena tiene por finalidad ser comercializada para fracturación hidráulica o ‘fracking’, por lo que es sometida a un tratamiento que tiene por objetivo principal la obtención de los diferentes tipos de arenas con las calidades que requieren las industrias de perforación. Debido que las arenas brutas a tratar son muy limpias y de mucha pureza silícea el proceso de lavado resulta rápido y ágil, utilizando pocas cantidades de agua”, se describió.
Se estima un consumo de agua de 23 metros cúbicos por hora para procesar en este lapso unas 150 toneladas de material en bruto. El informe alude a un permiso solicitado al Consejo Regulador del Uso de Fuentes de Agua (Corufa) para la aprobación de un pozo. Con las dos plantas se prevé así obtener un total de 2.800.000 toneladas de arena.
Sobre el producto del lavado, el estudio de impacto ambiental apunta que el lodo resultante se decantará en piletones que “serán transferidos a una etapa final de secado natural. El agua sin sedimento es reutilizada en el proceso de lavado”.
Esta actividad minera, se aclara, “no genera productos elaborados ya que el material, luego del lavado, es destinado como subproducto en la industria del petróleo”.
Se estima que 10 personas trabajarán de forma permanente como maquinistas y operadores.
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Entre Ríos e incendios: deberán informar los dueños de lotes

 


Entre Ríos tendrá que informar quiénes son los dueños de las tierras del Delta

Fecha de Publicación
: 04/01/2023
Fuente: portal r2820.com
Provincia/Región: Entre Ríos


El 2 de febrero, el Gobierno deberá presentar un detallado informe sobre quiénes poseen lotes en el Delta entrerriano, desde Paraná hasta Ibicuy, pasando por Gualeguaychú.
 El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó parcialmente un fallo de primera instancia que dictó en noviembre último la Cámara en lo Contencioso Administrativo que obligó al Estado a brindar a un particular información sobre quiénes son los dueños de los lotes de tierra en el Delta.
El humedal que ha quedado en el ojo de la tormenta estos últimos dos años a raíz de los continuos incendios y la afectación medioambiental que esa práctica ha producido.
El militante ambientalista del Foro Ecologista, Daniel Verzeñassi, acudió a la Justicia con un recurso de amparo ante lo que consideró «la omisión arbitraria y manifiesta por parte de los funcionarios a cargo del Departamento Ejecutivo del Gobierno de Entre Ríos de brindar una respuesta a la solicitud de acceso a información pública ambiental referida a los datos catastrales de la totalidad de los terrenos de las islas del Delta del Paraná en territorio provincial, el que ocupa parte de los departamentos de Paraná, Diamante, Victoria, Gualeguay, Gualeguaychú e Islas de Ibicuy».
En el marco de la causa "Verzeñassi, Sergio Daniel contra el Estado provincial sobre una acción de amparo ambiental", el Superior Tribunal de Justicia declaró la nulidad parcial de la sentencia dictada por la vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Paraná, Adriana Beatriz Acevedo, el 28 de noviembre pasado, únicamente en lo referido a la aplicación de astreintes.
Asimismo, rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado provincial, confirmándose en lo esencial el fallo revisado. La resolución fue adoptada por mayoría.
De ese modo, el STJ confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y rechazó la apelación de Fiscalía de Estado, la que quedó condenada a presentar, el 2 de febrero próximo, un detallado informe sobre quiénes poseen lotes en el Delta entrerriano.
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Señalan la falta de monitoreo real a UPM

 


La CARU no monitorea con rigor la contaminación ambiental de UPM

Fecha de Publicación
: 03/12/2022
Fuente: El Argentino
Provincia/Región: Nacional


La Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) es hoy por hoy el mayor bloqueo que tiene la ciudadanía para sentirse segura en los controles ambientales que se le deberían realizar a manera de inspección a la pastera contaminante UPM (ex Botnia) en Fray Bentos.
Tan sólo para ilustrar con un ejemplo la desidia de las autoridades y el simulacro que se realiza bajo el título “Informes mensuales correspondientes al monitoreo del Comité Científico en la Planta Orión (UPM-Ex Botnia) y en el río Gualeguaychú en su desembocadura en el río Uruguay”, vale destacar que el último que se publicó es de diciembre de 2019. Desde entonces, la CARU ha dejado de realizar el monitoreo científico a la planta contaminante de la pastera UPM en Fray Bentos o al menos no lo ha hecho público, lo que sería aún peor.
De informe mensual, nada. Ya han pasado tres años sin que se supiera un nuevo “control”, si se puede llamar control a esa metodología de monitorear.
El último informe disponible es el que está registrado bajo el número 103 y en dicho informe (de apenas 26 páginas) al que accedió EL ARGENTINO, se explica que sobre la base de los resultados analíticos de los monitoreos efectuados, se evaluará el cumplimiento de la normativa vigente y que sea aplicable a los efluentes contaminantes de la pastera.
Se trata de la visita que se realizó a la planta el 17 de diciembre de 2019 acompañados por personal técnico de la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Uruguay (Dinama) y los miembros del Comité Técnico fueron Ricardo Juárez, Eugenio Lorenzo y Emilio Menvielle.
La normativa que se consideró fueron algunos puntos del Digesto sobre el Uso y Aprovechamiento del Río Uruguay y el decreto 253/79 con sus modificatorias del vecino país y dos resoluciones del Ministerio de Ambiente del Uruguay N° 63/05; 1334/17 y la norma R-DN-0148-2017 de la ya citada Dinama.
Y los laboratorios que participaron fueron los siguientes: Laboratorio Tecnológico del Uruguay (Latu); Laboratorio de la Facultad de Bromatología de la Universidad Nacional de Entre Ríos (Uner), PacificRim, Element y Econotech las tres de Canadá, y el Laboratorio del Comité Científico.
En el informe se aclaró que todas las tomas de muestras las realizó personal de la Dinama, quien a su vez fue la responsable de la operación del instrumental para las determinaciones en el lugar.
Y lo otro que se aclaró es que para el ingreso a la planta contaminante de UPM, la CARU previamente debe acordar con la Dinama la fecha y el rango horario de permanencia, que a su vez lo determina la propia UPM Botnia. Es decir, no tiene el carácter estricto de una inspección o control, sino apenas un monitoreo manipulado para disimular cierto control pero que, en resumen, sirve más para viaticar que para controlar ambientalmente. Se insiste, por este método se puede afirmar que hay cero inspección y nulo control. Solo ven, lo que las autoridades de UPM a través de la Dinama quiere que vean. Un simulacro total por donde se lo quiera analizar. Eso sí, con la anuencia de las autoridades de la CARU.
Llama mucho la atención que ante los impactos negativos en la calidad del agua del río Uruguay que se registran de manera permanente se hayan dejado de publicar dichos informes de monitoreos. Las autoridades de Argentina, de Entre Ríos y de Gualeguaychú debería elevar sus voces y sus exigencias, porque en el supuesto que sea necesario mitigar algún efecto negativo que erosione la calidad del agua, se necesitaría intervenir sin dilación y sin ocultar los datos de la realidad.
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Gualeguaychú realizó su tradicional 'Grito Blanco'

 


Jóvenes estudiantes de Gualeguaychú se manifestaron en el “Grito Blanco” 2022

Fecha de Publicación
: 07/11/2022
Fuente: Vía País
Provincia/Región: Entre Ríos


Los estudiantes, renovaron el reclamo y la lucha contra las pasteras instaladas a orillas del Río Uruguay.
Organizado por los integrantes de la Asamblea Ciudadana Ambiental Gualeguaychú, y con la presencia de jóvenes estudiantes orientados por la Departamental de Escuelas, realizaron este viernes 4 de noviembre, el Grito Blanco 2022.
El tradicional grito y reclamo de los estudiantes, en defensa del ambiente y en contra de las pasteras, contó con la participación de varias instituciones educativas de la ciudad. La manifestación partió recorriendo por las emblemáticas calles, 25 de Mayo y Urquiza, hasta Alberdi, doblando hacia el norte para tomar calle Urquiza, hacia el oeste, y tomando calle Irigoyen nuevamente al norte, hasta llegar a la Plaza Urquiza.
El acto central se realizó, en Plaza Urquiza a las 9:20 horas con el Himno Nacional Argentino. En el acto, los niños y jóvenes de Gualeguaychú, acompañados de docentes, expresaron su protesta contra la contaminación y reiteraron sus pedidos y exigencias a los adultos y a las autoridades, en defensa de su futuro.
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Desmonte en el Delta: cada vez más topadoras sobre los humedales incendiados

Fecha de Publicación
: 04/11/2022
Fuente: Tiempo Argentino
Provincia/Región: Entre Ríos


Pese a ser un área natural protegida, las islas del departamento de Victoria, en Entre Ríos, sufren los embates de las máquinas que arrancan árboles y aplanan el terreno. “Por ley solo se pueden realizar actividades sustentables y la destrucción del ecosistema por supuesto no lo es”, denuncian las organizaciones.
Frente al arroyo Careaga, en la primera sección de las islas del Delta de Paraná, un paisaje que por jurisdicción pertenece a Victoria, Entre Ríos, una pala cargadora marca Taurus destroza el humedal. Remueve, quita, aplasta. Aun cuando la presencia de maquinaria para los trabajos –prohibidos– de desmonte en la zona no es nueva, algunos isleños se sorprendieron al ver esa mole sobre una barcaza, navegando los trece kilómetros de un circuito imperfecto de aguas para llegar al lote con destino de actividad agropecuaria.
“La presencia de topadoras y de maquinaria pesada para desmontar y hacer terraplenes en las islas no es nueva, pero en el último tiempo se ha incrementado y aparecen en lugares que antes no había”, dice la abogada Romina Araguas, integrante de la ONG “El Paraná no se toca” o como les gusta presentarse, “un grupo de autoconvocados por amor al río”.
“Esa zona de Victoria –continua– es considerada Reserva de Uso Múltiple, es decir, es un área natural protegida por ley provincial donde solo se pueden realizar actividades sustentables y la destrucción del ecosistema por supuesto que no lo es”.
Toda esa ingeniería puesta al servicio de arrancar árboles, formar montículos de tierra y aplanar el terreno infringe la Ley N°10.479 de Sistema de Áreas Naturales; la Ley Nº 10.284 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos; y el llamado Decreto 2474 Reglamentario Áreas Protegidas. Además, incumple la medida cautela impuesta por el juez federal de Paraná, Daniel Alonso, que estableció “la prohibición absoluta de acciones humanas con capacidad para alterar el ambiente”, lo que vetó el ingreso de máquinas a las islas.
“Siempre fue una zona de control casi nulo; acá ha habido caza furtiva, fiestas ilegales, cuatrerismo, construcción de terraplenes, toda la ilegalidad que te puedas imaginar se hizo sobre los humedales. La parte perteneciente a Victoria es de mucha extensión y solo tiene una delegación municipal de islas que prácticamente está sin personal. Y eso es aprovechado por los dueños de los lotes”, se lamenta Araguas.

Sin voluntad
El miércoles, el diputado nacional por el Frente de Todos (FDT) y titular de la Comisión de Ambiente de la Cámara, Leonardo Grosso, confirmó que el jueves 3 de noviembre se realizará la reunión plenaria de comisiones para tratar la postergada Ley de Humedales. “Luego de seis semanas de medidas dilatorias, no vamos a permitir que la cajoneen nuevamente”, expresó por redes sociales.
En paralelo, activistas ambientales convocaron a manifestarse en la puerta del Congreso para “defender la ley frente a los lobistas del fuego”.
Desde Entre Ríos, la abogada y activista ambiental no tiene muchos argumentos para el optimismo. “En esta instancia donde el fuego ya se llevó puesto todo, Nación dice que el responsable es el juez, pero el juez dice que no tiene los medios para hacer nada. Y también están los gobiernos provinciales que no acuerdan por mezquindad política. Lo único que queda claro que es no hay voluntad política”.
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Uruguay autoriza agrotóxicos para UPM

 


Gobierno autorizó nueve agroquímicos que UPM venía utilizando de forma irregular

Fecha de Publicación
: 04/11/2022
Fuente: El Observador (Uruguay)
Provincia/Región: Entre Ríos - Nacional


La Dirección de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) autorizó 9 de los 15 productos que UPM venía utilizando de forma irregular en el vivero forestal que tiene en Paysandú.
La decisión fue tomada por el director de esa área, Leonardo Olivera, a pedido de la Sociedad de Productores Forestales (SPF) en momentos en que el MGAP analiza la sanción que le aplicará a la empresa finlandesa por emplearlos cuando estaban prohibidos, tal como informó El Observador semanas atrás.
El establecimiento se encuentra en el kilómetro 392 de la ruta 4, cerca de la localidad de Guichón.
Según la resolución a la que accedió El Observador, estos nueve productos son necesarios para el “efectivo control de malezas, plagas y enfermedades” en los viveros forestales. El documento menciona que las dosis indicadas de estos productos han mostrado “eficacia biológica” para el control de las plagas involucradas.
“En función del análisis potencial de peligrosidad ambiental efectuado para los diferentes ingredientes activos que se autorizan en la presente resolución, los mismos no representan riesgos para el ambiente y organismos no objetivo debido a su modo de uso en vivero/invernáculos”, dice el documento.
El subsecretario de Ganadería, Ignacio Buffa, había dicho en el programa Desayunos informales que la empresa sería sancionada porque constataron que cometió una falta y harían que regularizara la situación. “No hay flexibilización al respecto”, expresó.
Servicios Agrícolas autorizó la ampliación de uso de los productos a base de los siguientes ingredientes activos: Folpet, Oxicloruro de Cobre, Piraclostrobina, Boscalid, Tebuconazol, Piraclostrobina + Fluxapiroxad, Propiconazol + Benzovindiflupir, Clofentezina y Abamectina.
Todos estos productos están registrados en el país y se utilizan en el sector agrícola u hortifrutícola, pero no estaban habilitados para el uso específico en viveros.
La SPF había afirmado que los productos que UPM emplea en el vivero “no se encuentran registrados para uso forestal, pero su uso no está prohibido por ley”. “Estos productos se utilizan en toda región (Argentina, Brasil, Chile y Paraguay) en producción de alimentos y forestación con fines comerciales, con los registros correspondientes”, expresó en un comunicado.
Además, la resolución incluye una serie de medidas de mitigación para la “salud humana” entre las que se destacan el uso de guantes de látex; mameluco impermeable; botas; careta antiparras, y máscara de tipo N100 con filtros de partículas y vapores orgánicos.
El informe diferencia la toxicidad de los productos en organismos acuáticos, aves, abejas y lombrices. En este sentido, subraya que cinco de los nueve productos autorizados son “altamente” tóxicos para organismos acuáticos, mientras que otro es “muy tóxico”, otros dos son “moderadamente” tóxicos y uno “ligeramente” tóxico. Respecto a las aves y abejas, hay uno de los productos que es “altamente tóxico”.
Servicios Agrícolas dio un plazo de 90 días para presentar las solicitudes de modificación de etiquetas, luego del que la autorización será por un año.

Críticas de vecinos
La decisión fue rechazada por la Asociación de Vecinos de Guichón, que expresó que se tomó en “tiempo récord” y sin la participación del Ministerio de Ambiente ni del Ministerio de Salud Pública.
En un comunicado, los vecinos señalaron que se comunicarán con Ambiente para que involucre a la Dirección Nacional de Biodiversidad y Servicios Eco-Sistémicos (Dinabise) dado que a pocos metros de donde la empresa arroja sus vertidos comienza el área protegida Montes del Queguay.
“Con estos acontecimientos están expuestas a ser contaminadas, por lo tanto, es pertinente que se efectúen monitoreos fundamentalmente en la confluencia del arroyo Santana con el río Queguay”, agregaron los vecinos.
Por último, expresaron que a ellos les costó más de 10 años lograr que el Estado confirmara todas las denuncias y la empresa “en una semana” hizo que el MGAP le autorice los productos que usó “por años sin autorización y que han causado ecocidio en la zona”.
El vocero de los Vecinos de Guichón por los Bienes Naturales, Marcelo Fernández, dijo a El Observador que está confirmado que se afectó la biodiversidad y el ecosistema y que nadie desde el Estado se hace cargo de la situación. “La mayoría de las sustancias son altamente tóxicas para los productos acuáticos”.

Otra multa
El Ministerio de Ambiente prevé multar a UPM con 700 unidades reajustables ($ 1.046.000, unos US$ 25.000) por usar productos contaminantes no habilitados en este vivero.
Fuentes de Ambiente dijeron a El Observador que la empresa presentó sus descargos dentro de los 10 días que tenía, por lo que habrá resolución en los próximos días.
La resolución que establece la multa señala: “La empresa derivó desde el vivero sustancias contaminantes (plaguicidas) hacia la cañada y el arroyo Santana, en contravención de la previsión del artículo 144 del decreto-ley 14.859”.
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Denuncia penal por terraplenes en el Delta del Paraná

 


Cabandié denunció penalmente la realización de terraplenes en el Delta del Paraná

Fecha de Publicación
: 28/10/2022
Fuente: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Provincia/Región: Entre Ríos - Nacional


El titular de la cartera de Ambiente acompañó la denuncia con imágenes grabadas a partir de un sobrevuelo que evidencian el trabajo de maquinaria vial para crear cursos de agua artificiales en lugares no permitidos.
El ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Victoria, en el marco de la investigación por las quemas intencionales realizadas en el Delta del Paraná. La presentación fue acompañada del registro audiovisual tomado durante un sobrevuelo, en el que se observa a una retroexcavadora remover tierra para realizar un canal artificial.
La presentación realizada por Cabandié tiene por objeto “se investigue a los responsables y autores de los movimientos de suelo ilícitos que se vienen produciendo en el departamento de Gualeguay y localidades aledañas en la provincia de Entre Ríos, conductas sancionadas por el artículo 182 del Código Penal, como por el Decreto Provincial 4977/09”. Dichas actividades se encuentran prohibidas, además, por la Ley 9172 —por incumplimiento de la medida cautelar emitida el 1 de julio de 2020— sumado a que no se contaba con la evaluación de impacto ambiental correspondiente.
El video aportado como prueba surge de un vuelo de patrullaje de rutina efectuado por personal del Plan Provincial de Manejo del Fuego de Entre Ríos, en el que se detecta maquinaria efectuando terraplenes en la zona de las Islas Lechiguanas, partido de Gualeguay.
La realización de nuevos cursos hídricos y de quemas deliberadas son prácticas productivas que afectan al ecosistema del Delta del Paraná. La creación de terraplenes en los humedales se asocia al desvío del flujo natural del agua y a la ampliación del territorio, lo que constituye una modificación del uso del suelo para actividades económicas como la ganadería, la agricultura y los proyectos inmobiliarios.
Además del registro audiovisual, se ofreció a la Dirección del Servicio Nacional de Manejo del Fuego (SNMF) para dar cuenta sobre las detecciones y localizaciones de terraplenes y movimientos de suelos que alteran el curso normal de las aguas en los últimos 12 meses. En el mismo sentido, se propone a la Prefectura Naval Argentina y a la Policía Federal para que informen sobre las actas de constatación labradas durante el último año. Asimismo, se puso a disposición de la fiscalía mencionada la declaración testimonial de Alberto Seuffernheld, director del SNMF.
Cabe recordar que las acciones de la cartera nacional en el combate del fuego se complementan con exposiciones ante la Justicia para que se avance con las investigaciones que den con los responsables de los incendios intencionales en el Delta. Con este fin, Cabandié, acompañado por Sergio Federovisky, secretario de Control y Monitoreo Ambiental, se presentó en agosto en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Victoria para presentar información georeferenciada sobre quemas. De esta manera, se brindaron datos arrojados por los Faros de Conservación que permiten identificar con precisión la ubicación de los terrenos donde se inician los focos ígneos. También se solicitó a la provincia de Entre Ríos que indique la nomenclatura catastral de dichos terrenos para determinar la titularidad de los campos.
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La justicia identifica a titulares de islas que sufrieron incendios

 


Tal lote, tal dueño, tal producción

Fecha de Publicación
: 04/10/2022
Fuente: Página 12
Provincia/Región: Litoral Argentino


Si bien habían trascendido algunos propietarios en la zona de islas ahora hay precisiones en la justicia que investiga.
La justicia federal ya tiene identificados a los titulares de las tierras isleras que sufrieron incendios reiterados en los últimos tres años. Hay nombres de empresarios conocidos y sociedades que explotan tierras en el humedal, además de informes de bomberos que señalan claramente la intencionalidad en el inicio del fuego. Los informes de georeferenciacón fueron utilizados para definir las áreas, algunas de las cuales estaban abandonadas a su suerte por los titulares, lo que no los aleja de la responsabilidad. Las afectaciones sobre la salud de los habitantes de toda la región, que generaron denuncias, fueron las que dispararon esta causa. Las sospechas se centran sobre los lotes que sufrieron incendios al menos en los años 2020, 2021 y 2022. Esta circunstancia fue reflejada por investigadores en un mapa que demuestra que las zonas afectadas por incendios en los años mencionados es exactamente la misma. Esta coincidencia genera un alto grado de sospecha sobre los titulares de los inmuebles donde se produjeron incendios en los últimos tres años con actividades ganaderas que requieren de las quemas para aumentar la productividad.
Esta investigación fue coordinada por el fiscal federal Claudio Kishimoto y el Organismo de Investigaciones de Rosario y  girada al juez federal de Victoria Federico Martín. El trabajo de investigación trata de determinar quien o quienes son los titulares de los inmuebles incendiados, si los incendios fueron intencionales, si se propagaron a lotes linderos, si causaron una contaminación al medio ambiente y si causaron daños a la salud o lesiones de las personas que se encontraban en el lugar donde se dirigió el humo provocado por las quemas.
En base al mismo se analizó desde el delito de incendio doloso, hasta la contaminación ambiental y el caso de las lesiones producidas a las personas que se ven obligadas a respirar el aire intoxicado. Debido a diferentes factores relativos a la investigación, no todos los hechos denunciados se encuentran en la misma etapa de investigación.
La pesquisa se orienta a ubicar quienes son los responsables jurídicos de un inmueble donde el fuego se inició intencionalmente y en otros casos permitirá realizar medidas para obtener elementos para poder reforzar una hipótesis fuerte de trabajo elaborada en base a la evidencia recabada hasta el momento.
En este sentidos ya hay personas identificadas como posibles generadores de un incendio que se propagó, se extendió hacia la ciudad de Rosario y causó posibles daños en la salud de los habitantes de la ciudad y zonas aledañas, entre los que se intercalan apellidos de reconocidos empresarios y sociedades que explotan las islas.
Desde el inicio de las quemas descontroladas en las islas del río Paraná inferior, hace ya más de dos años, con el humo, la destrucción de la biodiversidad y sus consecuentes daños a la salud y el ambiente, este problema ha sido expuesto en la Justicia. En primer término intervino el juzgado Federal con asiento en Paraná. Fue en esta sede porque en 2020 era quien tenía jurisdicción sobre Victoria, el departamento entrerriano epicentro de los focos ígneos. Y la competencia se formalizó en el fuero Federal porque las causales, daños y perjuicios de los incendios afectan a dos o más provincias: Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires.
De este modo, en 2020 se abrieron dos grandes procesos judiciales que tratan dos tipos de demandas. Por un lado está la de tipo penal, iniciada el 4 de marzo de 2020, a partir de una denuncia de la Municipalidad de Rosario y a la cual luego se agregaron once denuncias más. Esta investigación está caratulada como “Baggio, Rufino Pablo y otros s/incendio u otro estrago (Art. 186º Inc. 1) y atentado contra la seguridad de naves o aeronaves pretenso querellante: Asociación Civil Con Personería Jurídica Cuenca Río Paraná y otros”. Estas presentaciones recayeron en el juzgado Federal 1 de Paraná, a cargo de Leandro Ríos, pero que al excusarse pasó al juez Federal 2 de la misma capital entrerriana, a cargo de Daniel Edgardo Alonso. Esta causa es conocida como expediente penal 840/20.
Por otro lado, está lo que es la demanda civil. El 22 de junio de 2020 las ONG Cuenca Río Paraná y Foro Medio Ambiental presentaron en el Juzgado Federal 2 de Paraná un pedido de “acción preventiva de daños ambientales” y una “medida cautelar inaudita” con carácter de urgencia con respecto a los incendios en las islas entrerrianas. A partir de esta demanda las entidades ambientales lograron una medida histórica: el 1 de julio de ese año, Alonso dispuso una cautelar que continúa vigente donde establece “la prohibición absoluta de acciones humanas con capacidad para alterar el medio ambiente” en la zona de humedales en Victoria. Este expediente identificado como Nº 2.427/20 también pide dar con los responsables —los propietarios y/o arrendatarios de los campos quemados— por “el daño al ambiente y la salud pública”. Justamente solicitan conocer los nombres de “los dueños del fuego” porque apuntan a una acción reparadora o en su defecto una indemnización. Esto actualmente se encuentra pendiente de resolución.
Estas causas mencionadas, tanto en lo civil como en lo penal, son llevadas hoy por el actual fiscal federal de Victoria, Claudio Kishimoto. El funcionario también investiga las últimas demandas penales que fueron presentadas directamente en el Juzgado Federal con sede en Victoria luego de que comenzó a operar en abril de 2022. Entonces aquí tenemos el tercer gran expediente, el Nº 6.507/22, donde se han ido unificando todas las denuncias penales presentadas por los incendios este año. En recientes declaraciones a la prensa, Kishimoto adelantó que habría “medidas” y se definiría la situación de las cuatro únicas personas que en dos hechos habían sido detenidas in fraganti iniciando fuego.
De todos modos, se debe tener en cuenta que con el recrudecimiento de los episodios ígneos en el inicio del otoño, las denuncias han continuado. Hasta el mes pasado se recibían dos denuncias por semana que inmediatamente eran derivadas a la Fiscalía debido a que no se contaba con autores identificados. Al pasado mes de julio totalizaban unas 30 presentaciones de este tipo. Sobre estas acusaciones se aguardan algunas decisiones del fiscal a cargo.
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UPM-Botnia también denunciada por agroquímicos

 


Denuncian que químicos usados en viveros de UPM-Botnia en Paysandú contaminan el río Uruguay

Fecha de Publicación
: 24/09/2022
Fuente: Radio Máxima
Provincia/Región: Entre Ríos


El médico uruguayo José Zapicán Mattiauda referente del movimiento ambientalista Uruguay soberano en Paysandú, denunció en RADIO MÁXIMA que los viveros de UPM-Botnia en esa localidad uruguaya, utilizan contaminantes llegan al río Uruguay.
Actualmente, UPM tiene dos viveros propios ubicados en Paysandú que producen más de 30 millones de plantines al año que continuarán operando como hasta ahora.
“El Ministerio de Salud Pública de Uruguay no está preparado para hacer tamizaje de los productos que van a tirar al río Negro, y en diez días van a llegar al río Uruguay”, advirtió.
Zapicán se preguntó “por qué no cierran el vivero, si saben que está contaminando…y hay documentos que lo demuestran. Los productos van al aire y al rio Uruguay, entrando por el  río Negro”.
Lo que va al arroyo Santana termina en el río Uruguay. Se murieron peces, se mueren las tortugas. Ha habido multas, pero son muy leves, son irrisorias para las empresas que ganan miles de millones de dólares.
En este sentido, el médico manifiesta: “Estos que nos vienen a invadir han engañado a nuestros gobernantes que han vendido nuestro patrimonio por chirolas.
La Dirección General de Servicios Agrícolas del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca señaló en un comunicado que en los análisis realizados de los vertidos del vivero “se encontró fungicida, insecticida, herbicida, hierro y arsénico”.
En dos muestras que se tomaron desde un desagüe proveniente del predio de la empresa forestal UPM vivero Santana (ruta 4, km 396) se detectó presencia de los herbicidas Metolaclor y Glifosato, además de Imidacloprid y Ampa, y también arsénico y hierro
Al respecto, Zapicán señala : “Es un negocio nefasto para Uruguay. No podemos afectar la salud nuestra ni de ustedes como vecinos. Todo el mundo cree que UPM va a salvar Uruguay, y es mentira, porque ahora hay 500 personas o incluso menos trabajando en la planta”.
“Por eso, con Uruguay Soberano estamos a favor de la modificación de la constitución para que no haya contratos secretos, por eso queremos una reforma. Contratos que son solo para unos pocos. Estamos juntando las firmas, necesitamos 300.000 para poder cambiar la constitución. No tenemos derecho a dañar el Río Uruguay, porque además los estamos afectando a ustedes”.
Desde 2014, el grupo Vecinos de Guichón por los Bienes Naturales ha venido denunciando públicamente su preocupación por los vertidos del Vivero Santana de UPM, incluso la mortandad de peces en el arroyo del mismo nombre en Paysandú. La respuesta siempre fue decir que las denuncias carecían de sustento técnico, acompañada por desmentidos de la empresa en la misma dirección.
No obstante, en noviembre de 2021 se realizó, con las mayores garantías técnicas, una extracción de muestras de agua superficial de tres cursos de agua vecinos de la ciudad de Guichón. Los ingenieros agrónomos Douglas Maldini y Mariana Andino, funcionarios de la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, hicieron la recolección.
Los cursos de agua fueron el arroyo Guayabos, ramal de las Termas de Almirón, el arroyo Juncal y la cañada que desemboca sobre el arroyo Santana. Sobre las tres muestras se realizó un análisis de multirresiduos de plaguicidas de uso agrícola, pero sobre la muestra de la cañada se decidió agregar un análisis de metales pesados al constatarse que el agua tenía un color rojizo no habitual.
Esa vez, se constató también que los efluentes del vivero de UPM descargados sobre esa cañada presentaban el mismo color rojizo. Por esta razón, los técnicos de la DGSA Douglas Maldini y Alex Hughes concurrieron el 28 de enero de 2022 al predio de UPM y extrajeron una muestra del tajamar principal y otra del desagüe hacia la cañada, en presencia del funcionario responsable de la empresa.
En las muestras de los arroyos Guayabos y Juncal no se detectó la presencia de los agroquímicos estudiados, pero en la cañada del arroyo Santana se registraron los principios activos Tebuconazol y Azoxystrobin (fungicidas), Imidacloprid (insecticida), Glifosato y su metabolito Ampa (herbicidas), así como arsénico y hierro, este último fue considerado como posible causante de la coloración rojiza del agua.
A su vez, en el vivero de UPM se constató la presencia de Metolaclor y Glifosato (herbicidas), arsénico y hierro, en ambas muestras y, adicionalmente, Imidacloprid y Ampa en la muestra del desagüe hacia la cañada del arroyo Santana. De estos resultados se dio vista al grupo Vecinos de Guichón, al vivero de UPM y a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Ambiente.
Esta situación ya se ha denunciado en otra instancia, y la problemática sigue sin resolverse.
El médico dijo que 40% de los trabajadores del vivero reportaron “alergias en la piel”, 70% “ardor, picazón o dolor en la piel” y 75% “dolor de cabeza o mareos”.
Agregó que los productos dañan las ónadas, por lo tanto va a haber menos óvulos, menos espermatozoides y menos peces, y peces contaminados.
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