La justicia toma acciones contra curtiembre en Corrientes

 


Contaminación: ordenaron el cierre de una curtiembre clandestina

Fecha de Publicación: 07/09/2020
Fuente: El Litoral
Provincia/Región: Corrientes


El fiscal de Investigación Rural consideró “histórica” la sentencia del Juzgado Civil, que dispuso la cesación de la actividad generadora de daño ambiental colectivo de una curtiembre que funcionaba sobre la Ruta 123. Por otra parte, hay una instancia penal que aguarda juicio por delitos de caza furtiva y almacenamiento de pieles de la fauna silvestre.
El Juzgado Civil y Comercial de Mercedes dispuso la cesación de la actividad generadora de daño ambiental colectivo de una curtiembre, al hacer lugar a un amparo ambiental que fuera solicitado por la Fiscalía de Investigación Rural y Ambiental.
Se trata de un comercio que funcionaba de manera irregular, sin habilitaciones oficiales, en el kilómetro 111 de la Ruta Nacional 123 de donde secuestraron casi 1500 cueros de carpinchos en un procedimiento realizado por la delegación local de la Dirección de Recursos Naturales, a cargo de Julio González.
El titular de la Fiscalía Rural, Gerardo Cabral, dijo a El Litoral que es “histórica para la provincia de Corrientes una sentencia de primera instancia como esta, que se dio en base a un amparo ambiental que fue promovido desde este recinto”.
Añadió, además, que “hay dos instancias, una es la del fuero civil, que es el que ahora tuvo respuesta, y la otra se halla en el fuero penal, artículo 55 de la Ley 24.051”, la cual establece: “Será reprimido con penas el que, utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.
Además, será penalizado por atentar contra la fauna y flora silvestres (Ley 22.421), por caza furtiva y tenencia de pieles autóctonas, explicó.
Esto se halla en la faz del Tribunal Oral Penal de la Mercedes a la espera de una resolución, explicó.
En cuanto a la contaminación comprobada en la curtiembre señaló que “se han tomado muestras en seis lugares distintos, ya sea dentro del galpón como afuera, y se ha detectado la altísima presencia de cromo: lo permitido es 500 partes por millón y acá había 7.500 partes por millón, o sea 15 veces más de lo permitido”, enfatizó Cabral a este medio.
Añadió, además, que “la curtiembre funcionaba de manera clandestina porque carecía de las habilitaciones de la Municipalidad de Mercedes, así como del Icaa”.
El Juzgado Civil y Comercial de Mercedes, a cargo de Gustavo Buffil, dispuso la cesación de la actividad generadora de daño ambiental colectivo, causado por una fábrica de curtido y terminación y terminación de cueros, cuya actividad ya había sido suspendida preventivamente.
Vecinos de la zona aledaña a los dos galpones de la firma atestiguaron olores nauseabundos, dolores de cabeza, picazón y alergias en la piel, además de neumonías, patologías que desaparecieron luego de esa suspensión provisoria de actividades.
Los informes periciales realizados dieron cuenta de la presencia de sustancias peligrosas –arsénico, cadmio, cromo total y plomo– tanto en el suelo como en el agua en niveles nocivos para la saludo tanto de los vecinos de la planta como para los propios trabajadores de la empresa, la flora y la fauna.
Según la pericia, esos elementos pueden provocar problemas respiratorios, defectos de nacimiento, infertilidad, formación de tumores (cromo), irritabilidad, insomnio, erupciones, hiperactividad o letargo, pérdida de apetito, dolores de cabeza, disconfort abdominal, daños del sistema nervioso, en altos niveles convulsiones, coma y muerte (plomo), irritación de intestinos, disminución de los glóbulos rojos, cambios de piel, en concentraciones muy altas puede causar infertilidad, abortos, pérdida de la resistencia a infecciones, perturbación y daño en el cerebro, así como dañar el ADN (arsénico), establece el fallo.  
En tanto que los productos terminados eran trasladados a otro local en el que eran almacenados para luego manufacturar boinas, botas, alpargatas, chalecos, cintos, lonjas y otros elementos con producto animal para la venta y comercialización clandestina.
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