Salí-Dulce: fiscal objeta “probation” de contaminadores



Fiscal objeta “probation” en una causa por contaminación en la cuenca Salí-Dulce

Fecha de Publicación
: 29/07/2019
Fuente: El Liberal
Provincia/Región: Tucumán


El Tribunal Oral Federal de Tucumán (TOF) hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba a dos exdirectivos de un ingenio azucarero, acusados de contaminar la cuenca Salí - Dulce.
La resolución beneficia con una “probation” a dos empresarios, exdirectivos de la firma Azucarera Argentina SA, a cargo del ingenio La Corona.
El tribunal compuesto por Gabriel Casas (presidente), Carlos Jiménez Montilla y Abelardo Basbús, hizo lugar al pedido de la defensa de Silvio José Peluffo y Enrique Fausto González, quienes por el término de 3 años deberán realizar tareas comunitarias 8 horas mensuales, en la Municipalidad de San Miguel de Tucumán.
Ambos tendrán que comprar elementos sanitarios para el Hospital de Niños de San Miguel de Tucumán, por la suma de $150.000 cada uno.
Esta decisión fue objetada por el fiscal federal general de Tucumán, Gustavo Gómez; y la querella -representada por la ex concejal de Las Termas de Río Hondo, Anita Loto-, quienes se opusieron y exigieron que se haga el juicio oral y público. Así lo indicó a EL LIBERAL el fiscal Gustavo Gómez, quien consideró que no se tuvo en cuenta la dimensión del daño causado al medio ambiente.
El tribunal consideró que la suspensión del juicio a prueba “es una solución alternativa a la pena, menos gravosa y conducente a poner fin al conflicto”.
En los considerandos del fallo, se indica que la audiencia se llevó a cabo el día 27 de julio de 2019, en la oportunidad “el Tribunal entiende que debe quedar claro que la norma constitucional, que dispone la protección del medio ambiente, no implica que toda actividad que genere riesgo de ese tipo, deba ser objeto de protección penal, sino que la fijación del ámbito de protección de esa norma específica está a cargo del Congreso de la Nación”.
También afirma que “este mismo tribunal en esta causa había rechazado al pedido (de la defensa), por carecer de ofrecimiento concreto de los imputados. Al haberlo efectuado, y que consiste en $150.000 por cada uno, reunido por crédito bancario, acreditado en la audiencia, ya que uno de ellos es empleado bajo relación de dependencia con una remuneración estándar y el otro es jubilado, también con un ingreso equivalente, se ha cumplido con la norma que señala “en la medida de lo posible”.
La resolución agrega que “se suma a ello que se los imputó como directores de la empresa, con lo que es a esta ultima a la que se le podría haber exigido una reparación monetaria integral, ello sin perjuicio que tal persona jurídica ya no existe en el medio azucarero, por lo menos”.
Durante la instrucción de la causa que comenzó en 2008, la Justicia Federal de primera instancia, había señalado que estaba “probado que la fábrica arroja residuos tóxicos que desembocan al Río Gastona, y luego a la Cuenca del Río Salí-Dulce”.
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