La Pampa, Glifosato y casos juducializados

Glifosato prohibido: en Chubut sí, en La Pampa no

Fecha de Publicación
: 12/07/2019
Fuente: La Arena
Provincia/Región: La Pampa


Chubut se convirtió en la primera provincia que prohíbe oficialmente la venta, fabricación y utilización de glifosato. En La Pampa el Poder Judicial dejó un caso testigo de la contaminación en el olvido.
Hace tan solo algunos días, la provincia del sur argentino, a través de un decreto de su gobernador, Mariano Arcioni, promulgó la ley provincial que prohíbe el uso de ese agroquímico en todo su territorio. Más al norte, en la provincia de La Pampa un vecino de Guatraché, Héctor Rolando, ex diputado provincial del PJ y dos veces intendente, no encuentra eco en la Justicia para su denuncia contra el reelecto Intendente de Cambiemos Jorge Arrese, al que acusa de «utilizar de manera ilegal e irregular el herbicida Glifosato de Monsanto (Bayer) poniendo en riesgo la salud de la población».
La acusación apuntó a que la comuna «utiliza el pesticida en mochilas de fumigación del personal municipal sin barbijos ni control de dosis incumpliendo la ley provincial 1173». Sin embargo, la desidia judicial hace que los habitantes de La Pampa se enfrenten a diario a contratistas y productores por fumigaciones en áreas rurales y periurbanas. Aquí se sabe que hay innumerables proyectos de organizaciones intermedias a punto de ingresar a la Legislatura, que ahora se acelerarán.

Guatraché en la mira
En La Pampa el caso más sensible sucede en Guatraché y refiere a la salud de la esposa del litigante. En la denuncia se afirma que es de público conocimiento que la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC sigla inglesa), que depende de la OMS, incorporó al glifosato en la lista de sustancias carcinógenas para humanos desde 2015.
La cónyuge de Rolando es atendida en un centro de salud santarroseño. Al iniciar la consulta médica, el profesional que la atendió le consultó si tenía contacto con pesticidas o glifosato. Le llamaban la atención las manchas aparecidas en un pulmón, las cuales podían advertirse gracias a las tomografías que le habían practicado a la paciente. El fiscal que interviene en la investigación, Juan Bautista Méndez, solicitó al Sanatorio Santa Rosa la historia clínica de la mujer, pero al parecer no avanzó más allá de eso.
En Argentina ya son doce los municipios que aprobaron ordenanzas que prohíben el uso, la venta y la comercialización del herbicida glifosato -clave para el cultivo de soja transgénica- bajo sus jurisdicciones. El diputado provincial Darío Hernández presentó hace poco un proyecto para prohibir la fumigación aérea a 3.000 metros de los radios urbanos de municipalidades y comisiones de fomento del producto glifosato. Además, la prohibición se extendería dentro de un radio de 1.500 metros cuando la aplicación sea terrestre.

Denuncias y desmentidas
En el expediente, caratulado «MPF c/Arrese, Sergio, Rolando Héctor (denunciante) s/investigación preliminar», el fiscal consultó al jefe comunal si en la localidad existía alguna ordenanza que regulara el uso de fertilizantes en el radio urbano y si la comuna había comprado el agroquímico (glifosato). Si esto era así, el fiscal pidió que se respondiera si se hizo por licitación privada y cuáles eran los datos del proveedor.
La presidenta del Concejo Deliberante, María Cristina Fantini, al igual que el intendente Arrese informaron al Ministerio Público Fiscal que no poseían ordenanza regulatoria del uso de glifosato en el radio urbano. Sin embargo, el 10 de mayo de 2013 el Consejo Deliberante sancionó la Ordenanza 508/13, cuyo artículo 2º dice: «Queda prohibido en todo el ejido urbano, a partir de promulgación de ordenanza, circular, estacionar y depositar máquinas de fumigación, ya sea en espacios libres o cerrados cargados de agroquímicos».
En su artículo 4º, la norma explicita que «la fumigación terrestre solo está permitida a partir de los mil metros del límite del ejido urbano». Pero además, el 10 de agosto de 2006, Guatraché adhirió a la Ley 1914, Ambiental Provincial. En el expediente aparece la factura 868 del 3 de noviembre de 2017 de la firma Agronomía Guatraché donde surge que la comuna adquirió 40 bidones Glifosato Action Full y Glifosato Magnum Súper II.

Un TIP de otro país
El 24 de octubre del año pasado, el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) por intermedio del juez Pablo Balaguer no hizo lugar al recurso de apelación luego de que el juez achense Héctor Freigedo confirmara que Rolando no podía constituirse como querellante particular en la causa donde denunció el presunto uso ilegal y almacenamiento del agroquímico glifosato por parte del municipio guatrachense.
El magistrado de General Acha consideró que Rolando carecía de «legitimación» porque los delitos investigados tenían «como bienes jurídicos afectados a la salud pública y/o a la administración pública», por lo que el denunciante no revestía el carácter de ofendido penalmente. La defensa, en manos de Guillermo Galcerán, sostuvo que «si bien dichas figuras (penales) en ‘forma primordial’ protegen bienes jurídicos como la administración o salud pública, ello en modo alguno impide que esas mismas conductas investigadas afecten otros bienes jurídicos distintos pero también protegidos por el Código Penal; los que eventualmente facultaría la intervención del titular de ese bien jurídico como querellante particular».
Los hechos denunciados no solo afectan bienes sino la salud personal e integridad física del denunciante, por lo cual hay dos ofendidos penalmente por dicho delito. Balaguer, al rechazar la apelación, argumentó que la investigación aún no está formalizada, no existiendo calificación jurídica de los hechos investigados.
Insólitamente, el TIP falló además que, «más allá de los bienes jurídicos que se ven afectados por la calificación provisoria que podrían tener los hechos, no se reconoce que Rolando haya subsidiariamente visto vulnerado de forma directa y real alguno de sus derechos hasta este estado del proceso».
Realmente, en épocas donde tanto en el país y en el mundo estos casos son considerados de alta prioridad y celeridad para ser tratados, al parecer aquí deberán atravesar innumerables pasos jurídicos en medio de daños colaterales de alta gravedad para la salud de nuestros comprovincianos.
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