Jujuy realiza procedimientos por caza furtiva

Contra la caza furtiva de animales silvestres

Fecha de Publicación
: 15/01/2019
Fuente: Jujuy On Line
Provincia/Región: Jujuy


El Ministerio de Ambiente, en ejercicio de la potestad de conservación, fiscalización y control en general sobre fauna autóctona que habita el territorio provincial, y en cumplimiento de la legislación vigente, realizó una denuncia frente a la existencia del delito ambiental de caza ilegal de fauna nativa registrado en la ciudad de San Pedro.
De acuerdo a las disposiciones previstas por Ley Provincial General de Medio Ambiente N° 5063, la Ley Provincial de Caza N°3014, Ley Nacional N° 22421, el Ministerio de Ambiente través de la Secretaría de Biodiversidad, luego de recibir una denuncia anónima, inició las actuaciones administrativas y judiciales correspondientes ante la Delegación Fiscal N° 1 de San Pedro, por el delito de caza furtiva de animales silvestres de la fauna autóctona.
Como resultado del accionar conjunto de la cartera de ambiente, las fuerzas de seguridad, y la justicia, se procedió al arresto de tres personas que habrían cometido el delito de caza furtiva penalizado con dos meses a dos años de prisión, y la inhabilitación especial de hasta cinco años.
Tal y como pudo corroborarse en imágenes y a través de los testimonios relevados, se dio cuenta de la caza indiscriminada en particular de pecaríes labiados, de collar, y corzuelas. Además de que fueron secuestrados cueros de otros ejemplares de animales de la fauna nativa, restos de carne, hueso, y un arsenal de armas.

Protección de la fauna silvestre
La protección de la fauna nativa de la provincia, debido a su delicado estado de conservación, es múltiple a nivel nacional como provincial, mediante la Ley Nacional General de Ambiente (N° 25675), y Ley Nacional de Conservación de la Fauna (N° 22.421); Ley Provincial de Caza (N° 3014), y Ley Provincial General de Ambiente N° 5063.
Por este motivo es que el Ministerio de Ambiente inició las actuaciones del caso, ya que “está terminantemente prohibido la caza, tenencia, tránsito, aprovechamiento en cualquier forma, tiempo o lugar, en propiedad pública o privada, de los animales silvestres, vivos o muertos y de sus productos o subproductos y el aprovechamiento o destrucción de sus crías, nidos, huevos o guaridas” (Art. 7, Ley Prov. de Caza N° 3014).
Finalmente, desde la cartera ambiental informaron que Jujuy posee una de las biodiversidades más ricas del país (alberga aproximadamente el 50% de la fauna nativa que habita el país), siendo por ello su protección estratégica para la conservación, tanto para las generaciones presentes como para las futuras, que tienen el derecho de poder disfrutar de la fauna nativa.
En caso de denuncias, comunicarse al 911 (Emergencias) las 24 hs., o bien al 424-9261 (Ministerio de Ambiente), de lunes a viernes de 7.00 a 13 hs.
.

0 comentarios:

Blog Archive

Temas

Archivo de Blogs