Riachuelo y la obsolescencia de ACUMAR

Cuenca Matanza Riachuelo: Obsolescencia de ACUMAR inducida desde el poder

Fecha de Publicación
: 19/01/2017
Fuente: Diario NCO
Provincia/Región: Riachuelo


Cuenca Matanza Riachuelo. La ACUMAR,  Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo creada por la ley 26186, en 2008 recibió de la Corte Suprema de Justicia de la Nación el mandato de recomponer la cuenca.
Casi una década más tarde no ha sabido hacerlo y hoy presenta una  lamentable situación de confusión e inoperancia, que evidencia obsolescencia inducida desde el poder.

Por Raúl A. Estrada Oyuela, 16/1/2017
Presidente de la Academia Argentina de Ciencias del Ambiente
Miembro Honorario de Asociación de Vecinos La Boca

La Asociación de Vecinos La Boca (AVLB), que juntamente con otras cuatro organizaciones de la sociedad civil integra el Cuerpo Colegiado creado por la misma corte para vigilar la ejecución de la sentencia, reiteradamente ha manifestado su preocupación por este estado, que la semana última se hizo aun más complejo con la designación de la diputada nacional Gladys González para presidir ACUMAR. A ella no se le conocen antecedentes este tema en particular ni en la materia ambiental en general.
Conforme la ley 26186 el Ministro de Ambiente, Rabino Sergio Bergman presidía la ACUMAR, aunque no está claro que hubiera comprendido lo que ello implicaba.  Parecía haber delegado esa función en los dos “presidentes ejecutivos¨ que se sucedieron en el año. El 30 de noviembre último, cuando la Corte convocó una audiencia pública, el “presidente ejecutivo” de turno no se presentó porque estaba de viaje. Casi un desacato al tribunal que, después de unas palabras de carácter general del Ministro, prefirió interrogar a los subordinados que debían conocer la materia. Pero estos no pudieron dar una explicación satisfactoria sobre la eficiencia de las inversiones realizadas por el organismo desde su creación.
Con la presidencia ejecutiva de ACUMAR vacante, el Poder Ejecutivo introdujo un nuevo factor de confusión. En el artículo 7 del Decreto de Necesidad y Urgencia 2/2017, dictado para crear los ministerios de Hacienda y de Finanzas, le sacó al Ministro de Ambiente la presidencia de ACUMAR, y estableció que ese cargo lo ejercerá un funcionario con jerarquía de Secretario designado por el PE. Ese DNU no lleva la firma del ministro despojado. Conforme el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional, los DNU deben hacerse en acuerdo de ministros. Entre 2003 y 2015 hubo muchos DNU pero ninguna reunión de gabinete donde deberían producirse los acuerdos de ministrs. En la fecha del DNU 2/2017 el Presidente se encontraba en la Patagonia y varios ministros de vacaciones. El acuerdo de ministros puede haberse hecho por whats app.
El Ministro Bergman sí firmó el 11 de enero el decreto 28/2017que designa a su reemplazante, la diputada González. Por el DNU 2103/2013 el gobierno anterior también le había sacado la presidencia de ACUMAR al entonces Secretario de Ambiente. Esto fue objetado de inconstitucional por quienes representaban en ACUMAR al gobierno de la CABA, ejercido entonces por el PRO. La ley de ministerios del actual gobierno le devolvió al Ministro de Ambiente el cargo que ahora se le retira. El DNU 2/2017 no indica en que ámbito queda la ACUMAR, razón por la cual impera el artículo 1 de la ley de creación del organismo, y la diputada González estará subordinada al Rabino Bergman, al menos teóricamente.
Lo que no parece resuelto es el requisito del artículo 72 de la Constitución, que dice que “Ningún miembro del Congreso podrá recibir empleo o comisión del Poder Ejecutivo, sin previo consentimiento de la Cámara respectiva”. No hay constancia que esa autorización se haya otorgado. Algunas versiones periodísticas indican que la diputada González ha renunciado, pero sobre esto no hay certeza, no se han  producido la aceptación de la renuncia ni el reemplazo de la legisladora que son los pasos que perfeccionarían esa renuncia. Entre tanto la designación podría ser objetada por nula.
El 18 de febrero de 2016, el juez federal Canicova Corral nombró a la diputada González interventora en el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos, cargo que desempeñó con notable repercusión pública, pero la Constitución no impone a los jueces la limitación que el art.72 establece para el Poder Ejecutivo.
Un pilar del sistema ideado por la Corte para asegurar el cumplimiento de su fallo es el Defensor del Pueblo de la Nación, pero este cargo creado por la Constitución Nacional se encuentra acéfalo desde 2009, cuando terminó el mandato de quien entonces era su titular. El congreso ha recibido exhortaciones del Poder Judicial para que designe al defensor pero puede asumirse que no existe interés político en hacerlo.
Esta situación de obsolescencia prematura perpetúa la contaminación del suelo, del aire y del agua, y consecuentemente afecta la salud y la expectativa de vida de los habitantes y los trabajadores expuestos. En mi opinión esa situación no se resuelve porque desde el poder  se prefiere evitar el costo de controlarla, reducirla y suprimirla, para proteger en cambio las ganancias que derivan de aquello que la teoría económica llama externalidades negativas y en el lenguaje popular se dice “que lo pague Dios”.
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