Plan de Ordenamiento Territorial en Río Negro preocupante



Preocupa a Asociación el tratamiento del plan de Ordenamiento territorial y los bosques

Fecha de Publicación
: 26/11/2015
Fuente: bariloche2000.com
Provincia/Región: Río Negro


Señalaron desde la Asociación Arbol de Pie que un grupo de vecinos se hizo presente en la sesión del 5 de noviembre del Concejo cuando se intentó aprobar el Plan de Ordenamiento Territorial. Cuestionan que no se respeta documentación técnica que garantiza la seguridad, en términos de riesgos físicos y a más largo plazo, económicos y de calidad de vida.
El pasado 5 de noviembre, el Concejo Municipal intentó aprobar el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), que supone que se pueden urbanizar áreas con pendientes que superan los 30º, y algunos mallines y bosques protegidos por ley dado su carácter de permanentes y protectores, según los ha clasificado la sub-secretaría de medio ambiente en cumplimiento de lo que indica la ordenanza 2020-CM-10. El POT, cuyo “arquitecto” es la ex secretaria de Planeamiento Fabiela Orlandi, fue terminado en noviembre del 2011 y aplicado de hecho hasta la fecha con una Resolución del ex Intendente Cascón, sin aprobación del órgano legislativo. Curiosamente, pocos días después de que la sub-secretaría de medio ambiente diera a conocer el mapa de bosques protectores en mayo pasado, que el ejecutivo insiste en no aplicar, apareció el proyecto de ordenanza para aprobar el POT y convertirlo en documentación oficial de referencia a la hora de urbanizar zonas boscosas.
Afortunadamente, el Concejo no es un frasco y este tipo de información, aunque intente pasar desapercibida, termina socializándose y produciendo la reacción  espontánea de los vecinos. Fue así como se hizo presente un numeroso grupo que, argumentando dentro de las limitaciones del lugar y el momento, forzó a que el proyecto volviera a ser tratado en comisión.
Por qué la gente se opone a la aplicación de este POT? Simplemente porque pasa por alto documentación técnica oficial que garantiza nuestra propia seguridad, en términos de riesgos físicos y a más largo plazo, riesgos económicos y de calidad de vida.
El 31 de agosto del 2006 el Concejo Deliberante aprobó la ordenanza 1640-CM-06 por la cual se define como “Guía de Peligros Geológicos” al Estudio Geocientífico Aplicado al Ordenamiento Territorial de San Carlos de Bariloche (SEGEMAR y BGR). La “Guía de Peligros Geológicos” es el instrumento técnico geológico dentro del ejido municipal de alcance general en toda temática que se refiera a mitigación de peligros geológicos.
El estudio, a la hora de referirse a los peligros naturales en la región, cita textualmente: “Numerosos peligros naturales e inducidos tienen lugar en la región, la cual exhibe una marcada fragilidad frente a acciones antrópicas. Las inundaciones y la inestabilidad de pendientes constituyen los principales factores de peligrosidad natural”. Sin embargo, zonas como las laderas del cerro Bella Vista y del cerro Goye, con pendientes que alcanzan los 30º y recurrentes derrumbes son, según el POT, susceptibles de urbanizar. La caracterización se repite en la cabecera Noreste del Lago Gutiérrez, en ladera norte del cerro Otto hasta los 1065 msnm. y el cipresal de ladera norte del Cerro San Martin, casualmente donde el Sr. Caputo pretendía hace unos años construir su condominio, parte del proyecto de más de 500.000 m² cubiertos. Todas ellas señaladas taxativamente como “no aptas para urbanización” según el estudio del SEGEMAR.
Sin embargo, a la hora de ignorar estudios técnicos, el proyecto que pretende convertir en ordenanza el POT no se limita al estudio del SEGEMAR. Como indicamos en el primer párrafo, tampoco los bosques protectores se salvan de la voracidad de los capitales de especulación inmobiliaria. Los autores del proyecto olvidan, o prefieren ignorar que la provincia es la legítima propietaria de los recursos naturales, entre los cuales se encuentran estos bosques. Para su protección y manejo, la provincia de Rio Negro tiene su ley 757 en cuyo primer artículo adhiere a la ley nacional 13273 (ley de riqueza forestal). Esta última norma proclama en su art. 25: “: “Los bosques protectores y permanentes solamente podrán ser sometidos a explotaciones mejoradoras”, lo que deja en claro que no pueden degradarse, justamente para que sigan siendo protectores, no solo de las laderas de los cerros, sino y sobre todo, de la gente que vive abajo.
Capítulo aparte merece la inaceptable y tendenciosa inacción de la intendencia, al resistirse a aplicar las restricciones a la degradación de los bosques que surgen del mapa que el mismo ejecutivo concluyó hace más de medio año. En estos niveles de superestructura política no existen los olvidos ni los errores, sobre todo cuando nuestra organización viene reclamando su aplicación desde hace meses.
Todos estos manjares de alta cocina se desactivan de una sola manera. Sólo el estado de alerta y movilización de los vecinos provoca pequeñas victorias como la del jueves 5 de noviembre, las cuales por efecto acumulativo, lograrán seguramente detener a aquellos que depredan nuestros bienes comunes y por supuesto, a  quienes con su acción o su omisión terminan siendo artífices del despojo.
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