Suspenden actividades en el primer pozo de shale oil

La Justicia suspende las actividades en el pozo de petróleo no convencional El Trébol

Fecha de Publicación
: 16/04/2015
Fuente: El Patagónico
Provincia/Región: Chubut


La titular del Juzgado Laboral N° 2 de Comodoro Rivadavia, Iris Pacheco, hizo lugar al amparo presentado por la explotación del pozo de petróleo no convencional denominado El Trébol de YPF. La empresa deberá suspender las operaciones en ese sector.
El Juzgado Laboral N° 2 suspendió las actividades del primer pozo de fracking del Chubut, que se encuentra ubicado en El Trébol, a 18 Km del centro de Comodoro. Aunque se advirtió que el Gobierno de Chubut puede apelar la medida.
El recurso de amparo lo presentó Marcelino Pintihueque, del pueblo mapuche, patrocinado por la abogada comodorense Silvia de los Santos. En esta determinación jugó un rol determinante el informe del perito de oficio Roberto Ochandio -designado por el Juzgado- que plantea que la fractura hidráulica pone en riesgo las napas de agua; el argumento de que existe separación entre las capas acuíferas y las capas gasíferas es falso.
La argumentación de Ochandio fue coincidente con el aporte del perito de “parte”, judicialmente un consultor técnico de la parte demandante, el ingeniero en Petróleo y master en Evaluación de impacto ambiental y energías alternativas -entre otras cosas- Eduardo D’Lía. Cabe recordar que Ochandio había sido cuestionado por el Gobierno de Chubut al indicar que no tenía como especialidad la explotación petrolera, sin embargo es geógrafo y cuenta con más de 30 años de experiencia como trabajador petrolero.
Sobre el fallo, De los Santos indicó que la Justicia consideró que “el pozo no tenía garantías necesarias para no vulnerar el ambiente y que está acreditada la afectación directa del agua hasta que se demuestre lo contrario, pero no existe tecnología en el mundo que evite la contaminación del agua y el aire”.
La medida cautelar en una primera instancia suspendió algunas de las actividades en el pozo, luego, en el mes de febrero, esa decisión fue apelada y la justicia falló a favor del Gobierno, y ahora “se llegó a una sentencia de primera instancia de la acción de amparo es decir del proceso principal, efectivamente ordena suspender todas las actividades de fractura hidráulica en la zona de El Trébol”, dijo De los Santos.
La jueza y los actores parte de la causa realizaron el año pasado una inspección ocular en la zona de instalación del pozo. “Nos vamos dando cuenta de que la actividad produce serios daños, como muchas otras actividades que nos damos cuenta con el tiempo del daño que producen. Hay miles de ejemplos, el plomo, el mercurio, el pcv, glifosato en este caso más de 15 años de lucha y ahora la OMS (Organización Mundial de la Salud) acaba de confirmar que es potencialmente cancerígeno, vamos en esa línea”, agregó la abogada.
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