Las cotorras se podrán vender en la calle en Catamarca



Ahora autorizan la venta de 'catas' en la vía pública

Fecha de Publicación
: 07/01/2015
Fuente: El Ancasti
Provincia/Región: Catamarca


Hace casi un mes se había secuestrado un centenar de estas aves silvestres en la peatonal Rivadavia.
Hace poco menos de un mes, la Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable, a través de las Direcciones de Fiscalización y de Biodiversidad, secuestraba 93 catas que se exhibían, con la intención de comercializarlas en la vía pública, sobre la peatonal Rivadavia, y difundió un comunicado sobre la prohibición de la venta de este tipo de animales silvestres.
Sin embargo, ahora mediante parte de prensa, el mismo organismo comunica que se encuentra abierta la inscripción para la venta legal de cotorras comunes o "catas”, y que es requisito obligatorio para el comercio de estos animales según Disposición DPB Nº 120/14, la cual establece en su Artículo 5º: Otorgar permisos de venta anual de cotorra común (Myiopsitta monachus) a comerciantes que cumplan con determinados requisitos.
Dentro de los requisitos que se mencionan se encuentra estar registrado en la Dirección Provincial de Biodiversidad, de la Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable, como "Comerciante de cotorra común”, donde se les hará entrega del certificado que lo habilita para ejercer dicha actividad y una planilla donde llevarán un control de ejemplares adquiridos y vendidos para ser exhibido ante personal de la Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable cuando ésta así lo requiera.
Además se deben comprometer a mantener los ejemplares en buen estado de salud, lo que implica que estos animales deberán estar en jaulas/cajas cómodas (no más de veinte animales por jaula/caja de 60 cm. x 60 cm.), al resguardo del sol, con alimento y agua limpia a disposición.
Las cotorras que se permiten vender son solo aquellas que tengan cobertura completa de plumaje (incluso plumas tectrices), lo que indica edad suficiente para alimentarse por sí solas, y se prohíbe la venta de aquellos ejemplares que no reúnan estos requisitos y estar informados en cuanto a zoonosis que pudiesen transmitir los animales y comunicarlo a los compradores. Se aclara que esta norma tiene la finalidad de regular el uso sustentable de la fauna silvestre a la vez que se protege a la especie y su hábitat.
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