Legislaciones sobre la caza del Puma contrapuestas



Cacería de Pumas en Argentina

Fecha de Publicación
: 13/01/2014
Fuente: Iguazú Noticias
Provincia/Región: Rio Negro - Neuquén


Cacería de Pumas: ¿Que dicen las leyes? La Nación lo prohibe. Las Prov. de Rio Negro y Neuquén comparten territorios limítrofes pero con legislaciones distintas. Rio negro prohibe la caza y Neuquén la habilita.
La Ley nacional 22421 de Conservación de Fauna declara de “interés público” la fauna silvestre que, temporal o permanentemente, habita el territorio de la República, así como su “protección, conservación, propagación, repoblación y aprovechamiento racional”.
Los dueños de campos y crianceros son los que pueden dar cuenta concreta de los daños que ocasiona el puma a sus majadas.
La impotencia se extiende por vastos territorios de Río Negro y Neuquén. Pero hay corrientes ambientalistas que resisten su cacería.
Se entiende por fauna silvestre a: los animales que viven libres e independientes del hombre, en ambientes naturales o artificiales; los bravíos o salvajes que viven bajo control del hombre, en cautividad o semicautividad; y los originalmente domésticos que, por cualquier circunstancia, vuelven a la vida salvaje convirtiéndose en cimarrones.
La legislación establece que “todos los habitantes de la Nación tienen el deber de proteger la fauna silvestre, conforme a los reglamentos que para su conservación y manejo dicten las autoridades de aplicación”.
Destaca además que “cuando el cumplimiento de este deber causare perjuicios, fehacientemente comprobados, los mismos deberán ser indemnizados por la vía administrativa, por el Estado Nacional o los provinciales en sus respectivas jurisdicciones, de conformidad con las disposiciones que dictarán al efecto las autoridades de aplicación”.
“En la reglamentación y aplicación de esta ley las autoridades deberán respetar el equilibrio entre los diversos beneficios económicos, culturales, agropecuarios, recreativos y estéticos que la fauna silvestre aporta al hombre, pero dando en todos los casos la debida prelación a la conservación de la misma”.

Río Negro
En Río Negro, sigue vigente la Ley 763 del año 1972. Esta normativa determina un listado de especies consideradas perjudiciales para la agricultura y la ganadería, y la autoridad de aplicación de la misma es la Dirección de Ganadería.
Respecto a la caza deportiva del puma, no se encuentra habilitada en la provincia y dejó de estarlo desde el año 2011. La caza deportiva en la provincia se maneja mediante el dictado de disposiciones anuales, donde se determinan especies, temporadas y cupos. Todas las especies no incluidas se encuentran vedadas para la práctica de la caza deportiva. A nivel nacional se encuentra prohibido el tránsito federal de trofeos de caza de la especie, como así su cuero.

Neuquén.
Hay tres tipos de caza de puma en Neuquén. La caza conservacionista que consiste en dormir a algún ejemplar que pierda el miedo a sitios urbanos, se lo coloca en una jaula y se lo lleva a un sitio abierto donde se lo libera. La caza deportiva, de junio a septiembre, en áreas de caza habilitada donde cada cazador puede abatir hasta dos ejemplares y en cada área un máximo de 10. No se permite la caza de hembras acompañadas de sus crías y se permite el uso de perros. Por último está la caza control de marzo a diciembre que apunta al abatimiento de ejemplares que estén causando daño a majadas mediante solicitud que hagan los productores a la Dirección de Fauna.
“No hay estudios estadísticos que permitan determinar que es una plaga”, dijo el director general de Control de Recursos Faunísticos y Áreas Naturales Protegidas, Marcelo Haag.
Todos los años se emite una resolución para habilitar la temporada de caza mayor para ciervo, jabalí y pumas.
Los cotos de caza pagan $ 1.300 por inscripción por temporada. Los cazadores entre $ 350 y $ 800 según sean residentes o extranjeros. Una vez que se caza un puma se debe pagar un precinto para poder trasladarlo, que cuesta $ 500 en calidad de trofeo (cabeza) o si es para control, el animal abatido $ 150.
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