Salí-Dulce: a juicio dos causas por contaminación
El juez Racedo eleva a juicio oral dos causas por contaminación de la cuenca Salí-Dulce
Fecha de Publicación: 16/07/2011
Fuente: La Gaceta
Provincia/Región: Tucumán
Las resoluciones del magistrado federal subrogante involucran a tres directivos: dos de la citrícola Cota y uno del frigorífico La Barraca. El juez consideró probado que los establecimientos contaminan los cauces de agua por medio del vertido de residuos industriales La unidad judicial a cargo del juez subrogante Mario Racedo investiga a 22 establecimientos fabriles tucumanos por supuesta contaminación de la Cuenca Salí-Dulce.
Tras al menos seis años de discusión judicial, Mario Racedo, magistrado subrogante del Juzgado Federal Nº2, ha decidido elevar a juicio oral dos expedientes por contaminación del río Salí iniciados a raíz de una denuncia genérica que el Gobierno de Santiago del Estero presentó a mediados de la década pasada. Las resoluciones han recaído en procesos que involucran a directivos de la citrícola Cota (José Antonio Trujillo y Miguel Paz Posse) y del frigorífico La Barraca (Manuel Aarón Bliman), todos ellos con procesamientos confirmados por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán.
Racedo consideró que las instrucciones a cargo del fiscal Carlos Brito prueban que los establecimientos mencionados alteran nocivamente -mediante el vertido de efluentes industriales- los cursos de agua de la provincia que desembocan en la cuenca Salí-Dulce. El magistrado ha encuadrado las conductas delictivas de los procesados en el artículo 55 de la Ley de Desechos Peligrosos (Nº24.051), que reprime con reclusión o prisión de tres a diez años al que, utilizando los residuos a los que hace referencia la norma, envenenare, adulterare o contaminare -con riesgo para la salud- el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.
Aunque el auto de elevación a juicio oral es inapelable en virtud del artículo 352 del Código Procesal Penal de la Nación, ambas causas tienen excepciones, nulidades y otros planteos pendientes de resolución en el tribunal de alzada. En paralelo, los procesados pueden solicitar el beneficio de la suspensión del proceso a prueba (ver "Analizan una ’probation"...) hasta antes de la apertura del debate en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán.
Vida acuática reducida
Diferentes peritajes practicados con control de parte determinaron que los residuos fabriles de la citrícola Cota contaminaban las aguas del canal a cielo abierto denominado arroyo "Tafí". Emitido en mayo de este año, el auto de elevación a juicio oral estableció la ruta de este cauce, que cruza la ciudad de Tafí Viejo, atraviesa la zona este de la Capital, se conecta con el canal Norte y, por fin, desemboca en el río que, a su vez, es tributario del dique Frontal de Las Termas de Río Hondo (Santiago del Estero).
Los imputados Trujillo y Paz Posse negaron que los desechos que Cota vierte en el arroyo Tafí sean peligrosos: "estos provienen del lavado de la cáscara del limón, proceso que los convierte en aguas con azúcares disueltos... que se van decantando en el trayecto hacia el Salí". Sin embargo, el juez advirtió que una sustancia que no es tóxica en sí misma se transforma en peligrosa cuando es arrojada en grandes cantidades a un arroyo: "como consecuencia de ello, el Tafí presenta parámetros elevados de demanda biológica y química de oxígeno (DBO y DQO), lo que deriva en el agotamiento considerable de las reservas de oxígeno y, por ende, en la reducción de la vida acuática".
El auto de Racedo recuerda que el propio Paz Posse admitió que Cota había intentado bajar los niveles de DBO y DQO, y alegó que los parámetros que fija la ley son de imposible cumplimiento para este tipo de industria. Dicho reconocimiento ha autorizado al magistrado a considerar que los imputados conocían las deficiencias de la planta en materia de tratamiento de residuos industriales y, sin embargo, no dispusieron las acciones útiles para reducir la contaminación del arroyo.
Delito de peligro
Diversas inspecciones ejecutadas en el frigorífico La Barraca, situado en el Municipio de Banda del Río Salí, concluyeron que este establecimiento descarga sus efluentes por un conducto subterráneo que llega hasta el río. Al igual que en el caso "Cota", las muestras de desechos fabriles estudiadas en el laboratorio de la División Medio Ambiente de Gendarmería Nacional permitieron constatar un exceso en los niveles de DBO y DQO, y en otros valores analizados según los parámetros de la Ley 24.051.
En la indagatoria, Bliman, propietario del frigorífico, afirmó que la planta no vierte los residuos directamente sobre el Salí, sino que aquellos entran en el sistema cloacal de responsabilidad de la Sociedad Aguas del Tucumán y que, por ende, esta empresa está obligada aplicar un tratamiento secundario de los efluentes. Bliman explicó además que el conducto fue creado antes de que allí se instalaran familias que, con el tiempo, incluso rompieron las tuberías para volcar sus desechos cloacales a la red que usa La Barraca.
Pese a esos y otros argumentos, nuevos peritajes técnicos confirmaron que los efluentes del frigorífico alteraban el suelo, el agua y la atmósfera. En el auto firmado en junio de 2011, Racedo aseveró que el ilícito discutido es un delito de peligro: "por lo que no se requiere una efectiva lesión del bien jurídico protegido (la salud pública), sino que resulta suficiente colocar en riesgo dicho bien".
"Pantanal putrefacto"
Cota y La Barraca integran el grupo de 22 empresas tucumanas investigadas por el Juzgado Federal Nº2 a instancias de la denuncia "madre" que el Gobierno de Santiago del Estero presentó en 2005, después de una serie de acciones, reclamos y gestiones inconducentes en la Justicia local, el Poder Ejecutivo tucumano y la Nación. Durante aquel año, las autoridades de la provincia vecina hicieron público un informe técnico que afirmaba que el vertido de desechos cloacales e industriales en los ríos Salí (Tucumán) y Dulce (Santiago) habían transformado al dique Frontal de Las Termas de Río Hondo en un "pantanal putrefacto".
Este diagnóstico no ha mejorado pese a los anuncios de inversiones, los programas de reconversión industrial (el último de ellos fue anunciado este 7 de julio, en la Casa de Gobierno de Tucumán) y los compromisos contraídos por empresarios y el Estado. Por el contrario, a finales de mayo, un equipo del Comité de la Cuenca Salí-Dulce (órgano creado en marzo de 2007 a instancias del entonces presidente Néstor Kirchner) constató que la contaminación es aún más grave que la observada en años anteriores.
Los procesos sustanciados en la Justicia Federal atacan el origen de ese problema interjurisdiccional (atañe a cinco provincias argentinas: Salta, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero y Córdoba). Pero los Tribunales no pueden resolver -en soledad- este viejo y complejo conflicto cultural, económico y social: los avances significativos y consistentes dependen de una política de Estado que permita superar la frustrante dicotomía entre producción -es decir, generación y sostenimiento de fuentes de trabajo- y protección del ambiente actualmente implícita en las acciones judiciales dirigidas al saneamiento de la cuenca Salí-Dulce.
Fecha de Publicación: 16/07/2011
Fuente: La Gaceta
Provincia/Región: Tucumán
Las resoluciones del magistrado federal subrogante involucran a tres directivos: dos de la citrícola Cota y uno del frigorífico La Barraca. El juez consideró probado que los establecimientos contaminan los cauces de agua por medio del vertido de residuos industriales La unidad judicial a cargo del juez subrogante Mario Racedo investiga a 22 establecimientos fabriles tucumanos por supuesta contaminación de la Cuenca Salí-Dulce.
Tras al menos seis años de discusión judicial, Mario Racedo, magistrado subrogante del Juzgado Federal Nº2, ha decidido elevar a juicio oral dos expedientes por contaminación del río Salí iniciados a raíz de una denuncia genérica que el Gobierno de Santiago del Estero presentó a mediados de la década pasada. Las resoluciones han recaído en procesos que involucran a directivos de la citrícola Cota (José Antonio Trujillo y Miguel Paz Posse) y del frigorífico La Barraca (Manuel Aarón Bliman), todos ellos con procesamientos confirmados por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán.
Racedo consideró que las instrucciones a cargo del fiscal Carlos Brito prueban que los establecimientos mencionados alteran nocivamente -mediante el vertido de efluentes industriales- los cursos de agua de la provincia que desembocan en la cuenca Salí-Dulce. El magistrado ha encuadrado las conductas delictivas de los procesados en el artículo 55 de la Ley de Desechos Peligrosos (Nº24.051), que reprime con reclusión o prisión de tres a diez años al que, utilizando los residuos a los que hace referencia la norma, envenenare, adulterare o contaminare -con riesgo para la salud- el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.
Aunque el auto de elevación a juicio oral es inapelable en virtud del artículo 352 del Código Procesal Penal de la Nación, ambas causas tienen excepciones, nulidades y otros planteos pendientes de resolución en el tribunal de alzada. En paralelo, los procesados pueden solicitar el beneficio de la suspensión del proceso a prueba (ver "Analizan una ’probation"...) hasta antes de la apertura del debate en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán.
Vida acuática reducida
Diferentes peritajes practicados con control de parte determinaron que los residuos fabriles de la citrícola Cota contaminaban las aguas del canal a cielo abierto denominado arroyo "Tafí". Emitido en mayo de este año, el auto de elevación a juicio oral estableció la ruta de este cauce, que cruza la ciudad de Tafí Viejo, atraviesa la zona este de la Capital, se conecta con el canal Norte y, por fin, desemboca en el río que, a su vez, es tributario del dique Frontal de Las Termas de Río Hondo (Santiago del Estero).
Los imputados Trujillo y Paz Posse negaron que los desechos que Cota vierte en el arroyo Tafí sean peligrosos: "estos provienen del lavado de la cáscara del limón, proceso que los convierte en aguas con azúcares disueltos... que se van decantando en el trayecto hacia el Salí". Sin embargo, el juez advirtió que una sustancia que no es tóxica en sí misma se transforma en peligrosa cuando es arrojada en grandes cantidades a un arroyo: "como consecuencia de ello, el Tafí presenta parámetros elevados de demanda biológica y química de oxígeno (DBO y DQO), lo que deriva en el agotamiento considerable de las reservas de oxígeno y, por ende, en la reducción de la vida acuática".
El auto de Racedo recuerda que el propio Paz Posse admitió que Cota había intentado bajar los niveles de DBO y DQO, y alegó que los parámetros que fija la ley son de imposible cumplimiento para este tipo de industria. Dicho reconocimiento ha autorizado al magistrado a considerar que los imputados conocían las deficiencias de la planta en materia de tratamiento de residuos industriales y, sin embargo, no dispusieron las acciones útiles para reducir la contaminación del arroyo.
Delito de peligro
Diversas inspecciones ejecutadas en el frigorífico La Barraca, situado en el Municipio de Banda del Río Salí, concluyeron que este establecimiento descarga sus efluentes por un conducto subterráneo que llega hasta el río. Al igual que en el caso "Cota", las muestras de desechos fabriles estudiadas en el laboratorio de la División Medio Ambiente de Gendarmería Nacional permitieron constatar un exceso en los niveles de DBO y DQO, y en otros valores analizados según los parámetros de la Ley 24.051.
En la indagatoria, Bliman, propietario del frigorífico, afirmó que la planta no vierte los residuos directamente sobre el Salí, sino que aquellos entran en el sistema cloacal de responsabilidad de la Sociedad Aguas del Tucumán y que, por ende, esta empresa está obligada aplicar un tratamiento secundario de los efluentes. Bliman explicó además que el conducto fue creado antes de que allí se instalaran familias que, con el tiempo, incluso rompieron las tuberías para volcar sus desechos cloacales a la red que usa La Barraca.
Pese a esos y otros argumentos, nuevos peritajes técnicos confirmaron que los efluentes del frigorífico alteraban el suelo, el agua y la atmósfera. En el auto firmado en junio de 2011, Racedo aseveró que el ilícito discutido es un delito de peligro: "por lo que no se requiere una efectiva lesión del bien jurídico protegido (la salud pública), sino que resulta suficiente colocar en riesgo dicho bien".
"Pantanal putrefacto"
Cota y La Barraca integran el grupo de 22 empresas tucumanas investigadas por el Juzgado Federal Nº2 a instancias de la denuncia "madre" que el Gobierno de Santiago del Estero presentó en 2005, después de una serie de acciones, reclamos y gestiones inconducentes en la Justicia local, el Poder Ejecutivo tucumano y la Nación. Durante aquel año, las autoridades de la provincia vecina hicieron público un informe técnico que afirmaba que el vertido de desechos cloacales e industriales en los ríos Salí (Tucumán) y Dulce (Santiago) habían transformado al dique Frontal de Las Termas de Río Hondo en un "pantanal putrefacto".
Este diagnóstico no ha mejorado pese a los anuncios de inversiones, los programas de reconversión industrial (el último de ellos fue anunciado este 7 de julio, en la Casa de Gobierno de Tucumán) y los compromisos contraídos por empresarios y el Estado. Por el contrario, a finales de mayo, un equipo del Comité de la Cuenca Salí-Dulce (órgano creado en marzo de 2007 a instancias del entonces presidente Néstor Kirchner) constató que la contaminación es aún más grave que la observada en años anteriores.
Los procesos sustanciados en la Justicia Federal atacan el origen de ese problema interjurisdiccional (atañe a cinco provincias argentinas: Salta, Catamarca, Tucumán, Santiago del Estero y Córdoba). Pero los Tribunales no pueden resolver -en soledad- este viejo y complejo conflicto cultural, económico y social: los avances significativos y consistentes dependen de una política de Estado que permita superar la frustrante dicotomía entre producción -es decir, generación y sostenimiento de fuentes de trabajo- y protección del ambiente actualmente implícita en las acciones judiciales dirigidas al saneamiento de la cuenca Salí-Dulce.
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