Quieren prohibir las carreras en áreas protegidas

Quieren prohibir las carreras en áreas naturales protegidas

Fecha de Publicación: 27/05/2011
Fuente: País 24
Provincia/Región: Río Negro



Los legisladores María Inés Maza y Facundo López, consideraron necesario adaptar normas de protección y conservación de dichas zonas a los impactos producidos por vehículos motorizados.
Los legisladores María Inés Maza y Facundo López, del bloque Encuentro-Frente Grande, propusieron que una ley prohíba desarrollar cualquier tipo de competiciones con vehículos motorizados en todas las áreas naturales protegidas de la provincia de Río Negro.
Maza y López consideraron necesario adaptar normas de protección y conservación de las áreas naturales protegidas a los impactos producidos por vehículos motorizados que “más allá de los caminos y senderos habilitados para ello, recorren los paisajes en forma aleatoria e indiscriminada con vehículos especiales, perjudicando el ambiente”.
Explicaron que este tipo de normas específicas que rigen para áreas naturales protegidas dependientes de la administración nacional y de otras provincias y municipios, aún en varios países, donde más allá de las reglamentaciones específicas para los lugares existen prohibiciones para transitar fuera de cualquier sendero o ruta que no esté expresamente habilitada para vehículos motorizados.
Ambos legisladores indicaron que el Consejo Provincial de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA), dictó la resolución Nº 519/20, que prohíbe en forma expresa las competiciones y regula las travesías con vehículos automotores en todas las áreas naturales protegidas, basándose en normas provinciales y nacionales.
Finalmente, estimaron “correcto y necesario elevar esta normativa administrativa a la categoría de ley provincial a efectos de un mayor y mejor control por parte del Estado provincial ante las posible infracciones en desmedro de nuestras áreas naturales protegidas”.
Uno de los artículos del proyecto de ley busca prohibir en todas las áreas naturales protegidas de la provincia de Río Negro el desarrollo de cualquier tipo de travesía, recorrido o tránsito con vehículos motorizados fuera de los caminos o senderos específicos y demarcados para itinerarios preestablecidos por la autoridad de aplicación, que elaborará un protocolo marco de estricto cumplimiento para travesías en que se especificará por vía reglamentaria y, en casos excepcionales, la habilitará para extender autorizaciones.

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